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Bases Administrativas |
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Artículo 1.- Objeto de la licitación:
La CMF llama a presentar ofertas en licitación pública para la contratación del servicio de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales para funcionarios de la CMF, de acuerdo a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
Artículo 2.- Mandante de la licitación:
El mandante de la licitación es la Comisión para el Mercado Financiero, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana, representada por su Presidenta.
Artículo 3.- Datos básicos de la licitación:
Etapas Una (apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
Presupuesto El presupuesto disponible total para el servicio a contratar es de $ 120.000.0000. - (ciento veinte millones de pesos), incluidos todos los impuestos que pudieran corresponder, por el período de 24 meses.
El presupuesto disponible incluye todos los gastos e impuestos que pudieren corresponder.
Participantes Personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los Derechos Fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
Los oferentes tampoco podrán encontrarse inhabilitados en virtud del D.L. N° 211 de 1973, ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393.
Asimismo, no podrán participar quienes se encuentren afectos al impedimento señalado en el inciso sexto del artículo 4° de la ley 19.886, esto es, los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Igualmente, el oferente no debe estar afecto a la inhabilidad contemplada en el artículo 33 de la Ley Nº 21.595, Ley de Delitos Económicos, es decir, no se encuentra condenada a la pena accesoria de "Inhabilitación para contratar con el Estado", conforme a dicha norma.
Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada electrónica que deberán presentar los oferentes en la presente licitación.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo el apoderado o representante de la UTP firmar la declaración jurada en nombre de sus integrantes, conforme a las condiciones previstas en el Portal de Compras Públicas.
Cómputo de plazos Los plazos son de días hábiles, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos.
Se consideran hábiles los días de lunes a viernes, e inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
Todos los plazos de horas se entenderán de horas corridas, salvo que se indique lo contrario.
Idioma Castellano.
Comunicación con la CMF Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl
Soporte de documentos Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.
Funcionario encargado del contrato
Jefe División Operaciones y Compras
Funcionario responsable del pago Jefatura de la División de Finanzas de la CMF
3.1.- Gastos:
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la CMF.
3.2.- Documentación que rige esta licitación:
Esta licitación se rige por lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que, en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:
a) Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación;
b) Modificaciones a las bases que, eventualmente, podrá hacer la CMF, a través de la resolución correspondiente;
c) Respuestas a las preguntas de los oferentes, y
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CMF.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.
3.3.- Modificaciones a las bases:
La CMF podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución y serán publicadas en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
3.4.- Cronograma de la licitación:
El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl.
N° Etapa Plazos (días hábiles) (*)
1 Fecha de publicación de las bases Día uno (1). Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado.
2 Fecha de cierre de recepción de ofertas Veinte (20) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, a las 16:00 horas.
3 Fecha de recepción garantía de seriedad de la oferta Dentro de los veinte (20) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas.
4 Fecha de inicio de preguntas Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde las 09:00 horas.
5 Reunión informativa obligatoria en instalaciones de la CMF Séptimo (7) día después de haberse publicado las bases, a las 10:00 horas.
6 Fecha final de preguntas Decimo (10) días posteriores al inicio de las preguntas, hasta las 18:00 horas.
7 Fecha publicación de respuestas Hasta los tres (3) días posteriores a la recepción final de las preguntas, hasta las 18:00 horas.
8 Fecha de acto de apertura técnica y económica El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl a las 16:05 horas.
9 Fecha de evaluación de ofertas Dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl.
10 Fecha de adjudicación de ofertas Dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 18:00 horas.
11 Suscripción del contrato y entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento y emisión de Resolución que aprueba contrato Dentro de los diez (10) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.
(*) Los días establecidos en el punto 3.4, “Cronograma de la Licitación” son hábiles, considerando días inhábiles a los sábados, domingos y festivos.
Si el día fijado como término de algunos de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.
Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
3.5.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas:
Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberán formularse a través del portal web www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la CMF a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.
Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el proceso licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.
Por su parte, la CMF podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.
3.6.- Reunión informativa obligatoria:
La CMF, con el objeto de otorgar todas las facilidades correspondientes para ofertar y participar de este proceso de licitación, cita a todos los oferentes interesados a una reunión informativa de carácter obligatoria en terreno para el día y hora fijado en el cronograma de licitación.
La reunión será realizada el día señalado según el cronograma de licitación y será dirigida por el Jefe División Operaciones y Compras de la CMF o por quien lo reemplace en su oportunidad. Los oferentes se deberán presentar en la Sede Alameda, específicamente en la Comunidad Stgo Downtown, Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1.449, comuna de Santiago, Torre II, piso 2. De dicha reunión se levantará un acta que contendrá:
a) La fecha y hora de la visita.
b) El nombre / razón social del oferente y su RUT.
c) Nombre, cédula de identidad y firma de la persona que asista a la reunión en representación del oferente.
El acta será publicada en el Portal con posterioridad al término de la misma.
Todas las consultas e inquietudes que surjan en la reunión, deberán ser formuladas únicamente a través del portal web www.mercadopublico.cl en la etapa de consultas, según plazo indicado en el cronograma de licitación, y serán respondidas a través de dicho sistema de Información, en la fecha allí señalada.
Cada oferente deberá participar de esta reunión, siendo obligatoria su participación.
La inasistencia a la reunión informativa será causal de inadmisibilidad de la oferta.
3.7.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas:
Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberá formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la CMF a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.
Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo totalmente tramitado, que será publicado en dicho Portal.
Por su parte, la CMF podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.
Artículo 4.- Contenido de la oferta:
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de estas, según lo indicado en el cronograma de la licitación.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica, de la oferta económica, de las condiciones de empleo y remuneración y del programa de integridad, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4, respectivamente.
Las ofertas deberán presentar la información solicitada en los anexos de las presentes bases, según corresponda, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en el Portal Mercado Público.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
4.1.- Antecedentes administrativos:
Los oferentes deberán presentar, a través del portal web www.mercadopublico.cl, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:
4.1.1.- Declaración jurada electrónica en la plataforma dispuesta por la Dirección de Compras y Contratación Pública, en atención a su Directiva de Contratación Pública N°37, recomendaciones sobre el uso y aplicación del registro de proveedores.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo cada uno de ellos presentar esta declaración en la forma dispuesta en el Portal de Compras Públicas.
4.1.2.- Identificación del oferente.
Todos los oferentes deberán presentar el documento “Identificación del oferente” de acuerdo con el formato del Anexo N° 1.
Además, aquellos oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF, por lo que todos y cada uno de los integrantes de una UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.
Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la CMF. Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.
El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y el contrato.
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la CMF, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
Asimismo, en caso de ser adjudicada su oferta, al momento de contratar, el adjudicatario deberá presentar:
a) Una copia de Inscripción con vigencia de la persona jurídica, otorgada por el Conservador de Bienes Raíces respectivo. De la misma manera, para el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659, deberá presentar el certificado de vigencia y el certificado de estatuto actualizado, ambos otorgados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que no podrán tener una antigüedad superior a 3 meses.
b) Una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de directorio reducida a escritura pública, u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) del proveedor y las facultades de que están investidos para representarla. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
En caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los documentos aludidos en los párrafos que preceden correspondiente a cada una de las personas jurídicas. Junto a lo anterior, deberá acompañar una escritura pública como documento para contratar donde conste la unión temporal de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 67 bis, del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886.
Respecto de los oferentes que se encuentren constituidos como agencias de sociedades extranjeras, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 447 a 450 del Código de Comercio y artículos 121 a 124 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas, deberán acompañar los documentos señalados en el artículo 447 del Código de Comercio o 121 de la Ley N°18.046, según sea el caso.
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro.
4.1.3.- Garantía de seriedad de la oferta:
La seriedad de la oferta se garantizará con una caución equivalente a $ 500.000.- (quinientos mil pesos).
La caución deberá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), tomado por el oferente o señalar en el documento que se toma en nombre del oferente, en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Comisión para el Mercado Financiero, nominativo a nombre de la Comisión para el Mercado Financiero, RUT N° 60.810.000-8, consignando la siguiente glosa: "Garantiza Seriedad Oferta Propuesta Pública ID 1005498-XX-LP24” (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”).
En caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar la seriedad de la oferta, el documento deberá señalar como beneficiario a la “Comisión para el Mercado Financiero”.
La vigencia del documento no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas del llamado a licitación.
Si dentro de ese plazo no se puede suscribir el contrato, la CMF solicitará al adjudicatario, antes de la fecha de su expiración, la renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Si no lo hiciere, la adjudicación se dejará sin efecto.
Esta garantía se hará efectiva, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente:
a) Retira su oferta dentro del plazo de vigencia de la misma, encontrándose en proceso la licitación.
b) Si siéndole adjudicada la licitación, no proporciona oportunamente los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, o no suscribe el contrato dentro del plazo fijado por la CMF para hacerlo.
c) No entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo dispuesto en el cronograma de la licitación.
d) Presenta antecedentes inconsistentes o no verosímiles.
e) En los demás casos que las presentes bases administrativas de licitación lo establezcan.
f) En los demás casos que la Ley N° 19.886 y su Reglamento así lo establezcan.
La entrega física o electrónica de la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo establecido en el cronograma de licitación es obligatoria, por tanto, su no entrega o entrega fuera del plazo señalado implicará la exclusión del oferente respectivo.
Dicho documento deberá ser adjuntado junto a la oferta en el Portal www.mercadopublico.cl y ser entregado en forma física o electrónica dentro del plazo dispuesto en el cronograma de la licitación. En caso de que la caución sea remitida en forma física, se deberá entregar en días hábiles en la Oficina de Partes de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N°1449, Torre I, piso 1, comuna y ciudad de Santiago en horario de 09:00 a 13:30 horas.
En los casos que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada a través de la aplicación CMF sin papel disponible en el sitio web institucional.
La entrega física o electrónica de la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo establecido en el cronograma de licitación es obligatoria, por tanto, su no entrega o entrega fuera del plazo señalado implicará la exclusión del oferente respectivo.
Una vez cerrado el período de recepción de ofertas, se revisará que las garantías de seriedad cumplan con lo requerido en las bases administrativas. En caso que un oferente entregue dentro de plazo una garantía que contenga un error en la fecha de vigencia, glosa o en la individualización del beneficiario o tomador, la CMF solicitará que ésta sea enmendada en un plazo no superior a 72 horas corridas contadas desde la formulación del reparo a través del Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl. Si el documento presentare un error distinto a los señalados en este párrafo, implicará la exclusión del oferente respectivo.
Si la licitación pública es adjudicada, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta a los oferentes que no se encuentren seleccionados en el primero, segundo o tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 días corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, y a los que se encuentran seleccionados en el primero, segundo y tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 días corridos siguientes de dictada la resolución aprobatoria del contrato suscrito con el oferente adjudicado.
En caso que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta al o los oferentes participantes en la licitación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación en el Portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara desierta la licitación.
Será de entera responsabilidad del oferente retirar la garantía de seriedad de la oferta.
Para el retiro de las garantías físicas los oferentes deberán dirigirse al Departamento de Compras de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna de Santiago, en horario de 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 17:00 horas, acreditando la persona que retira tener poder suficiente para ello mediante mandato o poder simple otorgado por el oferente y una fotocopia de su cédula de identidad.
De ser entregada una garantía electrónica, esta se entenderá retirada de la institución una vez finalizada la vigencia de esta.
4.2. Oferta Técnica:
Los oferentes, en conformidad a las bases técnicas que se establecen en la presente resolución, deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, la información solicitada en los siguientes documentos:
El oferente deberá adjuntar en la sección “Anexos Técnicos” del portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente:
A.- Check List de la Oferta Técnica: Correspondiente al documento contenido en el Anexo N° 2, en que el oferente deberá indicar si da cumplimiento o no a las especificaciones detalladas en las Bases Técnicas.
En caso de que el oferente no presente el Check List, de acuerdo a la información contenida en el Anexo N° 2 o el mismo se presente de manera incompleta o la modifique en todo o parte, la oferta será declarada técnicamente inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
Por otro lado, si el oferente en el Check List indica que no cumple con las especificaciones detalladas en las Bases Técnicas, la Oferta será declarada técnicamente inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
B.- Para efectos de la evaluación, el oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes que se indican a continuación:
1. Listado de experiencias laborales de cada uno de los ejecutivos (as) de atención preferente propuesto (2 empleados) para la CMF, para la realización de las labores de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales, en agencias de viajes, agencias de turismo o líneas aéreas, según formato contenido en el Anexo N° 4-A y 4-B.
El oferente que resulte adjudicado no podrá cambiar a los ejecutivos de atención preferente propuestos, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado por éste. En todo caso, deberá reemplazarlo por personal que cumpla con el mismo perfil y experiencia del ejecutivo propuesto, previa aprobación de la CMF y para lo cual, deberá presentar los antecedentes que permitan acreditar la experiencia laboral de la ejecutiva(o).
2. Experiencia del oferente en la prestación de servicios de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales, según lo informado por el oferente en el punto 2 del Anexo N° 5 y acreditando los mismos mediante un certificado emitido por cada uno de los mandantes, según formato del Anexo N° 8. No se aceptarán certificados emitidos por el propio oferente.
3. Fecha de inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos, según lo informado en el punto 1 del Anexo N° 5.
La oferta que no presente la información solicitada en los numerales anteriores, se le aplicará un puntaje de “0” punto en el respectivo criterio de evaluación.
4.3. Oferta Económica:
Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, el valor que corresponde a un $ 1 (un peso) por tratarse de un contrato de suministro del servicio de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales para funcionarios de la CMF.
De forma paralela, el oferente deberá presentar y completar la información solicitada en el Anexo N° 3 “Oferta Económica”, estos valores corresponden a los que tendrá el servicio (Valor Fee por la adquisición de pasajes aéreos internacionales y Valor Fee por reemisiones), como documento adjunto a su oferta, en formato Word, Excel u otro, el que deberá ser completado obligatoriamente con toda la información solicitada. En caso de no presentar esta información, será causal de inadmisibilidad de su oferta.
Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.
En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
4.4.- Plazo de vigencia de las ofertas:
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas dispuesta en el cronograma de la licitación, de estas bases administrativas. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CMF solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas y el reemplazo o ampliación de la vigencia de sus garantías de seriedad de oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.
4.5.- Inadmisibilidad de las ofertas:
Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:
1. No presenta cualquier información de lo indicado en la letra A del punto 4.2 de las bases administrativas.
2. No presenten todos los antecedentes requeridos en el punto 4.3 de las bases administrativas.
3. No cumplir con los requisitos establecidos en las bases técnicas de licitación.
4. Sobrepasen el presupuesto disponible para la contratación.
5. No presenten la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo a lo requerido en el numeral 4.1.3 de estas bases de licitación.
6. No asistan a la reunión informativa obligatoria indicada en el punto 3.6 de las bases administrativas.
7. Si la CMF solicita, de acuerdo a bases, a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.
8. En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.
Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas que no presenten los siguientes antecedentes:
• Información contenida en los Anexos Nos 4, 5, 6, 7 y 8.
La no presentación de la información señalada será evaluada con “0” puntos.
Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el apartado I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.
Artículo 5.- De la apertura de las ofertas:
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas hábiles siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información.
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.
La CMF podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas hábiles siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación:
La CMF podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
La CMF podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, con excepción de la garantía de seriedad de la oferta, la que en caso de no ser presentada dentro del plazo para efectuar ofertas, o de ser presentada dentro de plazo, adolezca de un error distinto de aquellos que permiten ser subsanados en los plazos señalados, significará declarar inadmisible la oferta.
En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 72 horas corridas desde la notificación de la CMF para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.
Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
Artículo 7.- De la evaluación:
Una Comisión de Evaluación nombrada para tal efecto (“Comisión Evaluadora”), analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Presidente de la CMF la adjudicación de la licitación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la Institución o bien, la Comisión Evaluadora podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello.
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la Comisión para el Mercado Financiero:
1.- Claudia Alarcón I., Jefa Área Internacional
2.- Yuri Cárdenas A., Jefe(S) División Operaciones y Compras
3.- Jimena Moreno H., Directora General de Administración y Operaciones.
En caso de que alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución a su reemplazante.
Durante la etapa de evaluación, la CMF podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.
7.1.- Proceso de evaluación:
El proceso de evaluación contempla la evaluación de criterios técnicos, económicos, requisitos formales, y condiciones sustentables, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, requisitos formales, y condiciones laborales, se utilizarán dos decimales.
En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la CMF el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.
La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:
Nº Criterio Ponderador por Criterio
I.- Requisitos formales de la oferta:
Completitud de la oferta. 3%
II.- Aspecto económico de la oferta:
1. Valor del FEE por adquisición de pasajes aéreos internacionales 25%
2. Valor FEE por reemisiones. 5%
III.- Aspecto técnico de la oferta:
1. Experiencia del ejecutivo N°1 de atención preferente para la CMF. 20%
2. Experiencia del ejecutivo N°2 de atención preferente para la CMF. 20%
3. Experiencia del oferente en la prestación del servicio. 20%
IV.- Condiciones sustentables:
1. Condiciones inclusivas. 2%
2. Equidad de género. 3%
V.- Pacto de integridad
1. Programa de integridad 2%
I.- Evaluación requisitos formales de la oferta:
Completitud de la oferta.
Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la CMF. La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo a lo siguiente:
Tramos Puntaje
Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario solicitar información ni documentos omitidos. 100
Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido. 50
Si la CMF requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, quedará fuera del proceso de licitación.
En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica o condiciones inclusivas, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
Respecto de la garantía de seriedad de la oferta, sólo se admitirá la formulación de reparos que digan relación con errores en la fecha de vigencia, glosa de identificación (ID) o en la individualización del beneficiario o tomador.
II.- Evaluación oferta económica:
Las ofertas que sobrepasen el presupuesto total para la contratación del servicio requerido, serán rechazadas y no continuarán con el proceso de evaluación. Para las ofertas que no sobrepasen el presupuesto, este criterio se evaluará de la siguiente forma:
1.- Valor del FEE por adquisición de pasajes aéreos internacionales.
Este criterio evaluará el valor total del FEE por adquisición de pasajes aéreos completando la información solicitada en el recuadro respectivo del Anexo N° 3.
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:
Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]
Dónde:
Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.
P (i): Precio ofertado por el oferente evaluado.
P (m): El menor precio ofertado por los oferentes.
2.- Valor FEE por reemisiones.
Este criterio evaluará el valor total del FEE por reemisiones completando la información solicitada en el recuadro respectivo del Anexo N° 3.
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:
Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]
Dónde:
Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.
P (i): Precio ofertado por el oferente evaluado.
P (m): El menor precio ofertado por los oferentes.
III.- Evaluación oferta técnica:
La oferta técnica deberá efectuarse completando la información solicitada en el Anexo N° 2.
Es importante señalar que el oferente deberá cumplir con todos los puntos solicitados en las bases técnicas, de lo contrario se considerará su oferta inadmisible.
Las propuestas que cumplan con las bases técnicas continuarán en el proceso de licitación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y puntajes que a continuación se indican:
Criterio Ponderación Descripción de los criterios de evaluación
Experiencia del ejecutivo de atención preferente para la CMF
(1) 20% Este criterio de evaluación considera la experiencia del ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF en la ejecución de las labores de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales, realizadas en agencias de viajes, agencias de turismo o líneas aéreas, según lo informado por el oferente en el Anexo N° 4-A.
Para efectos de la evaluación, sólo se considerará la experiencia que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:
1.- Indicar el nombre completo del ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF.
2.- Cada experiencia que se cite en el Anexo N°4-A deberá incorporar la información solicitada en todas sus columnas, no considerándose aquella experiencia que no contenga íntegramente toda la información.
3.- Relativa a labores de gestión integral personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales realizadas en agencias de viajes, agencias de turismo o líneas aéreas.
4.- Se contarán años completos, no tomándose en consideración fracciones de meses, ni sumatorias de éstos.
La CMF se reserva la facultad de corroboración que pueda hacer respecto de la información indicada en el Anexo 4-A, no siendo considerada la experiencia que no sea reconocida por el empleador.
Si el oferente propone más de un ejecutivo de atención preferente, se considerará, para efectos de evaluación aquel ejecutivo que tenga más años de experiencia.
El oferente que resulte adjudicado no podrá cambiar al ejecutivo de atención preferente propuesto, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada por éste y previa validación por parte de la CMF. En todo caso, deberá reemplazarlo por algún otro trabajador y/o personal que cumpla con el mismo perfil y experiencia del ejecutivo propuesto.
Para medir este criterio se utilizará la siguiente escala de puntaje:
Tramos Puntaje
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF cuenta con una experiencia igual o mayor a 10 años. 100
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF cuenta con una experiencia igual o superior a 8 años e inferior a 10 años. 70
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF cuenta con una experiencia igual o superior a 5 años e inferior a 8 años. 50
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF cuenta con una experiencia igual o superior a 1 año e inferior a 5 años.
20
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF, por el Oferente cuenta con una experiencia inferior a 1 año o no cuenta con experiencia en los términos solicitados. 0
La oferta que no presente la referida información se le asignará 0 punto en el presente criterio de evaluación o no se considerará el puntaje en la línea respectiva del Anexo N° 4-A.
Experiencia del ejecutivo de atención preferente para la CMF
(2) 20% Este criterio de evaluación considera la experiencia del ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF en la ejecución de las labores de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales, realizadas en agencias de viajes, agencias de turismo o líneas aéreas, según lo informado por el oferente en el Anexo N° 4-B.
Para efectos de la evaluación, sólo se considerará la experiencia que cumpla con los siguientes requisitos copulativos:
1.- Indicar el nombre completo del ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF.
2.- Cada experiencia que se cite en el Anexo N° 4-B deberá incorporar la información solicitada en todas sus columnas, no considerándose aquella experiencia que no contenga íntegramente toda la información.
3.- Relativa a labores de gestión integral personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales realizadas en agencias de viajes, agencias de turismo o líneas aéreas.
4.- Se admitirá sobreposición de experiencias, vale decir que una experiencia sea en el mismo período que otra.
5.- Se contarán años completos, no tomándose en consideración fracciones de meses, ni sumatorias de éstos.
La CMF se reserva la facultad de corroboración que pueda hacer respecto de la información indicada en el Anexo 4-B, no siendo considerada la experiencia que no sea reconocida por el empleador.
Si el Oferente propone más de un ejecutivo de atención preferente, se considerará, para efectos de evaluación aquel ejecutivo que tenga más años de experiencia.
El oferente que resulte adjudicado no podrá cambiar al ejecutivo de atención preferente propuesto, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada por éste y previa validación por parte de la CMF. En todo caso, deberá reemplazarlo por algún otro trabajador y/o personal que cumpla con el mismo perfil y experiencia del ejecutivo propuesto.
Para medir este criterio se utilizará la siguiente escala de puntaje:
Tramos Puntaje
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF cuenta con una experiencia igual o mayor a 10 años. 100
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF cuenta con una experiencia igual o superior a 8 años e inferior a 10 años. 70
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF cuenta con una experiencia igual o superior a 5 años e inferior a 8 años. 50
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF cuenta con una experiencia igual o superior a 1 año e inferior a 5 años. 20
El ejecutivo de atención preferente propuesto para la CMF, por el Oferente cuenta con una experiencia inferior a 1 año o no cuenta con experiencia en los términos solicitados. 0
La Oferta que no presente la referida información se le asignará 0 punto en el presente criterio de evaluación o no se considerará el puntaje en la línea respectiva del Anexo N° 4-B.
Experiencia del oferente en la prestación del servicio
20% Este criterio de evaluación considera los años de experiencia del oferente en la ejecución de los servicios de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales, informada por el oferente en el punto 1 del Anexo N° 5.
Para efecto de evaluación, se considerarán servicios de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales que cumplan con los siguientes requisitos copulativos:
1.- Que la información en cada línea del punto 2 del Anexo N° 5 “Experiencia del Oferente” esté íntegramente completada.
2.- Relativa al servicio de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales, que se hayan prestado a partir del año 2010 en adelante, hasta antes de la fecha en la cual se haya publicado la presente licitación.
3.- Que se refieran al servicio de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos exclusivamente internacionales, prestado en instituciones públicas o privadas cuyo valor por servicio anual sea igual o superior a 1000 UTM.- (mil unidades tributarias mensuales), impuestos incluidos.
4.- Que cada uno de los servicios incorporados en el Anexo N° 5 se acredite por medio del certificado de acuerdo al formato contenido en el Anexo N° 8, emitido por el mandante de los servicios en que indique el mes y año de inicio y término y el monto anual, impuestos incluidos.
5.- El servicio ofertado debió prestarse con fecha igual o posterior a la fecha de iniciación de actividades en el Servicio de Impuestos Internos del RUT con el cual se presentó el respectivo oferente.
6.- Sólo se considerarán un máximo de 10 experiencias por oferente, con sus respectivos certificados. En caso de superar dicho límite, sólo se considerarán las primeras 10 experiencias informadas en el Anexo N° 5.
7.- Se admitirá la sobreposición de experiencias, vale decir que una experiencia sea en el mismo período que otra.
8.- Se contarán años completos, no tomándose en consideración fracciones de meses, ni sumatoria de éstos, considerándose como límite para el cálculo la fecha de cierre de recepción de ofertas.
La CMF se reserva la facultad para verificar, a través de la página del Servicio de Impuestos Internos, que la fecha de iniciación de actividades del oferente es igual o superior a la información declarada.
Si el oferente está constituido como una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se aceptará la experiencia de cualquiera de los integrantes de la misma.
La CMF se reserva la facultad de corroboración que pueda hacer respecto de la información indicada en el Anexo ros 5 y 8, no siendo considerada la experiencia que no sea reconocida por el mandante de los servicios que acreditó la experiencia en el Anexo N° 5.
El puntaje de las ofertas en este criterio de evaluación se determinará aplicando la siguiente tabla:
Años de experiencia (acreditados por medio del certificado de acuerdo al formato contenido en el Anexo N°8)
Puntaje
10 años o más de experiencia. 100 puntos.
7 años de experiencia o más y hasta 9 años inclusive. 75 puntos.
4 años de experiencia o más y hasta 6 años 50 puntos.
1 año de experiencia o más y hasta 3 años 25 puntos
Menos de un año de experiencia. 0 punto.
La oferta que no cumpla con los requisitos de evaluación antes indicados en el presente recuadro, se le aplicará “0” punto en el criterio de evaluación o no se considerará la información de la línea respectiva del formato contenido en el anexo correspondiente, según sea el caso.
IV.- Condiciones sustentables:
1. Condiciones inclusivas:
En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la inclusión laboral, contratando trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o Sello Chile Inclusivo, de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación.
Tramos Puntaje
Cuenta con tres o más trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o cuenta con Sello Chile Inclusivo. 100
Cuenta con dos trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas. 80
Cuenta con un trabajador en situación de discapacidad, joven entre 18 y 25 años cumplidos o perteneciente a pueblos indígenas. 50
El oferente no tiene contratado trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o no informa. 0
Para efectos de acreditar la contratación de personal con discapacidad, joven, perteneciente a pueblos indígenas o Sello Chile Inclusivo, se requerirá acompañar los siguientes documentos:
Personal en situación de discapacidad:
• La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
• Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
• Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Personal joven entre 18 y 25 años cumplidos:
• La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
• Acreditación beneficiaria de programa “Subsidio Joven” de SENCE o copia de cédula de identidad para acreditar la edad de entre 18 hasta 25 años.
• Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Personal perteneciente a pueblos indígenas:
• La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador, vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
• Documento que acredite la pertenencia a pueblos indígenas, extendido por CONADI.
• Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
Sello Chile Inclusivo (Fuente: http://www.sellochileinclusivo.cl/):
• Adjuntar documento donde conste la obtención y vigencia del Sello Chile Inclusivo del Servicio Nacional de la Discapacidad.
Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información requerida en la letra A) del Anexo Nº 6 “Condiciones Sustentables”, se le asignará “0” puntos en este criterio.
2. Equidad de género:
En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la equidad de género, de acuerdo con los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación.
Tramos Puntaje
Cuenta con Certificado Empresa Mujer o cumple requisitos sin estar inscrita en el Registro de Proveedores al momento de la oferta. 100
El oferente no cuenta con Certificado de Empresa Mujer o no informa. 0
Para efectos de acreditar el certificado empresa mujer, se requerirá acompañar los siguientes documentos:
El oferente es una persona natural de sexo femenino.
• No inscrita en el Registro de Proveedores: copia de cédula de identidad.
• Inscrita en el Registro de Proveedores: acreditar Certificado Empresa Mujer.
El oferente es una persona jurídica liderada por mujer (es).
• No inscrita en el Registro de Proveedores: Instrumento público (escritura de constitución, certificado de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, copia de estatutos vigentes) donde se identifique que más del 50% de la propiedad de la empresa sea de una o más mujeres y su representante legal o gerente general sea mujer.
• Inscrita: acreditar Certificado Empresa Mujer.
Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información requerida en la letra B) del Anexo Nº 6 “Condiciones Sustentables”, se le asignará “0” puntos en este criterio.
V. Pacto de Integridad
Oferente cuenta con pacto de integridad
El oferente deberá acreditar que posee herramientas en relación con el cumplimiento de un programa de integridad que ya ha sido dado a conocer a la empresa. Para tales efectos, el oferente deberá incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, los antecedentes señalados en el Anexo N° 7.
Lo anterior, de acuerdo con lo establecido por la instrucción N° E370752/2023 de Contraloría General de la República, sobre “Obligatoriedad de programas de integridad y compliance por parte de los proveedores” y lo establecido en las presentes bases respecto del Pacto de Integridad.
Con motivos de acreditar la veracidad de la información presentada se deberá adjuntar documento que respalde la declaración, esto es: actas de capacitaciones, código de ética, actas de jornadas de inducción sobre la materia, normativa interna anticorrupción (en relación al soborno y los demás delitos establecidos en la ley 20.393 de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica), u otro documento que conste que efectivamente se instruyó al trabajador en las materias que se están comprometiendo.
Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla:
N° Pacto de integridad Puntaje
1 Presenta información demostrable 100
2 No informa o no se puede demostrar 0
Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora:
La Comisión Evaluadora emitirá un informe (Informe de Evaluación), en el plazo establecido en el cronograma de licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación, indicando el puntaje que haya obtenido cada oferente, describiendo los antecedentes evaluados, y todas las aclaraciones que pudieren haberse realizado.
En caso de producirse empates entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:
1. Mayor puntaje en el criterio “Valor del FEE por adquisición de pasajes aéreos internacionales”.
2. Mayor puntaje en el criterio “Experiencia ejecutivo N°1 de atención preferente para la CMF”.
3. Mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente en la prestación del servicio”.
Artículo 9.- De la adjudicación:
La CMF adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios.
La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del proceso.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la CMF señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 20 días hábiles para la adjudicación.
En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@cmfchile.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.
Artículo 10.- Readjudicación:
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el inciso final del artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La CMF podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
Procederá la readjudicación en caso que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo establecido en estas bases o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4°, inciso 6°, de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles inmediatamente que tenga conocimiento de esta situación, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, mediante una resolución fundada, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación:
La CMF, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases.
La CMF, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886.
Artículo 12.- Del contrato:
De la presente licitación pública derivará el contrato “SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL Y PERSONALIZADA PARA LA RESERVA, ADQUISICIÓN Y POSTVENTA DE PASAJES AEREOS INTERNACIONALES PARA LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO”. El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886; su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, de Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la CMF, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes; y la oferta del adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.
Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso 6° del artículo 4, de la Ley N°19.886, ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N°20.393 ni encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en virtud de lo dispuesto en el D.L. N°211 de 1973. Asimismo, no deberá encontrarse afecto a la inhabilidad contemplada en el artículo 33 de la Ley N°21.595. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada electrónica, que deberán presentar los oferentes en la presente licitación. Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.
Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.
12.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores:
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y encontrarse en estado “Hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “ChileProveedores”, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
En caso que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.
Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Chileproveedores, la CMF podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.
Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.
Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente que no le permita contratar con el Estado y en consecuencia no pueda estar inscrito en ChileProveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.
Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 10 días hábiles.
12.2.- Condiciones básicas del contrato:
12.2.1. Domicilio de la CMF.
Comuna de Santiago.
12.2.2. Subcontratación.
No se permite.
12.2.3. Cesión de derechos.
No se permite, excepto en los casos en que la ley lo autoriza.
12.2.4. Vigencia del contrato.
El contrato entrará en vigencia el 1 de enero de 2025 y se mantendrá vigente por un período de 24 meses, previa total tramitación de la resolución que lo aprueba.
No obstante lo anterior, por razones de buen servicio, la CMF podrá solicitar el inicio de los servicios una vez suscrito el contrato, antes de la formalización de la resolución que lo apruebe. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno, sino una vez totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato.
12.2.5. Precio y forma de pago.
El presupuesto disponible total para el servicio a contratar es de $ 120.000.000.- (ciento veinte millones), incluidos todos los impuestos que pudieran corresponder, por el período de 24 meses.
El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y costos, previstos e imprevistos, necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.
El pago de los servicios adjudicados será según el siguiente detalle:
a) El valor del boleto internacional emitido en dólares estadounidenses.
b) El valor del FEE por el boleto internacional, más Impuestos, según lo ofertado en el Anexo N° 3, en dólares estadounidenses.
c) El valor del FEE por las reemisiones, más impuestos, según lo ofertado en el Anexo N° 3, en dólares estadounidenses.
d) El valor en caso de retomar una tercera reserva para un mismo pasajero, más impuestos, si corresponde, en dólares estadounidenses.
FEE: Corresponde a la tarifa por el servicio de gestión integral y personalizada de la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales y se aplicará a la compra de cada pasaje aéreo internacional, sus complementos, remisiones y endosos, de manera adicional al precio por cada boleto.
El servicio se pagará en moneda nacional, por cada gestión de compra de pasaje aéreo internacional (ver punto 2.1.4 de las presentes bases técnicas) realizado por el proveedor, dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de conformidad del servicio prestado, emanada de la Jefatura de la División de Operaciones y Compras, y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del proveedor respecto de su personal directo y subcontratado.
El valor de las facturas de los pasajes aéreos internacionales deberá estar expresado en moneda nacional. Para obtener este monto se considerará el valor del dólar estadounidense observado informado por el Banco Central al día de la emisión de la factura.
En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.
El proveedor no debe facturar hasta que; habiendo prestado el servicio, reciba el formulario Ficha de Recepción Conforme de Bienes y/o Servicios, el cual será tramitado internamente y puesto a disposición para el proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl
La factura o instrumento tributario de cobro correspondiente, deberá ser enviada por el proveedor a la casilla de correo electrónico cmfrecepcion@custodium.com.
La CMF podrá rechazar las facturas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura.
Los pagos que deban realizarse en virtud del contrato que se suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que aprueba el contrato respectivo.
Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato, se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores o respecto de los trabajadores subcontratados, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
12.2.7. Normativa, antecedentes y documentos aplicables.
La relación contractual con el proveedor adjudicado se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:
1. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
3. Aclaraciones a las bases entregadas de oficio o las respuestas emitidas en el periodo de consulta o respuestas.
4. La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado -Incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los antecedentes señalados en los números anteriores.
5. La Resolución Exenta que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.
6. La Resolución Exenta que aprueba el contrato.
12.2.8. Solución de controversias y legislación aplicables.
La relación contractual se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago.
12.2.9. Notificaciones.
Toda citación, notificación o requerimiento entre las partes, deberá hacerse por escrito. Para ello, ambas partes deberán designar como domicilios los que constan en la comparecencia del contrato.
Ello, sin perjuicio de las eventuales comunicaciones que puedan realizarse por la vía electrónica a los correos institucionales.
12.2.10. Suscripción del contrato.
El respectivo contrato se enviará en 2 ejemplares al proveedor adjudicado, que deberá remitirlos firmados por el adjudicatario o su representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, dentro del plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Compras de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre II, piso 2, comuna de Santiago. En caso de que sea firmado mediante firma digital, podrá hacerlo llegar de manera electrónica y enviado a través de la aplicación CMF sin papel disponible en el sitio web institucional.
Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la CMF quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva y cobrar la garantía de seriedad de la oferta. En este caso, la CMF, procederá a la readjudicación en conformidad a las normas establecidas en estas bases.
Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria totalmente tramitada serán publicadas en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.
12.2.11. Garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
El adjudicatario deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos y el pago de cualquier obligación derivada del contrato, mediante cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista; (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vale vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), por un monto equivalente al 5% del valor total bruto del contrato adjudicado, emitidos en pesos chilenos, tomados por el oferente o consignar que se toma en nombre del oferente y a la orden de la Comisión para el Mercado Financiero. El documento debe ser tomado en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Comisión para el Mercado Financiero.
Esta garantía cauciona también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores propios y subcontratados del oferente adjudicado.
El plazo de vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, será la vigencia del mismo, aumentado en un período no inferior a 60 días hábiles.
Dicha garantía no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento total o parcial del contrato o de cualquier obligación emanada del mismo por parte del adjudicatario.
En los casos que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento@cmfchile.cl, dentro del plazo dispuesto en el cronograma de la licitación.
La CMF estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerir acción judicial alguna.
La garantía será devuelta por la CMF una vez cumplida su vigencia, previa recepción conforme de la totalidad del servicio contratado.
La garantía deberá consignar la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento contrato de la licitación ID 1005498-XX-LP24” (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID).
En caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el documento deberá señalar como beneficiario a la “Comisión para el Mercado Financiero”.
El plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato corresponde al indicado en el cronograma de la licitación.
De proceder el cobro de esta garantía por las causales establecidas en estas bases de licitación, ésta deberá sustituirse por el proveedor por otra garantía de las mismas características, antes de su cobro en el Banco o Institución correspondiente, de forma que el contrato siempre permanezca garantizado.
En caso de no reemplazarse la garantía, de acuerdo a lo establecido en el párrafo que precede, la CMF estará facultada para dar por terminado el contrato.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, pudiendo la CMF readjudicar la licitación y suscribir el contrato respectivo, con el siguiente oferente mejor evaluado o bien, declarar desierta la licitación. La CMF se encontrará facultada en el supuesto de incumplimiento establecido en estas bases por parte del proveedor adjudicado para proceder al cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
El oferente readjudicado, deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de la documentación correspondiente, y firmar el contrato, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la notificación de la readjudicación en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
12.3.- Obligaciones y prohibiciones del adjudicatario:
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.
d) Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La CMF podrá pedir, en cualquier momento, informes al oferente sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, directos y subcontratados. Este informe deberá ser respaldado por certificados de la Dirección del Trabajo. No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor directos y subcontratados y la CMF, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados, directos y subcontratados.
e) Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF.
12.4.- Responsabilidad:
El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en estas bases, en el contrato y demás documentos y antecedentes que se entienden formar parte de él.
Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no lo exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del servicio materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.
12.5.- Multas:
La CMF aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados debidamente por el proveedor.
12.5.1 Causal y monto de la multa:
La CMF aplicará multas en caso de que el adjudicatario incurra en alguna de las siguientes conductas, las que, en todo caso no podrán exceder en su conjunto del 10% del monto total del contrato, durante toda su vigencia:
a) Si el adjudicatario no cambia al ejecutivo de atención preferente para la CMF en el plazo de 20 días hábiles contados desde el requerimiento formulado por la unidad requirente, la CMF aplicará una multa de 5 UF (cinco Unidades de Fomento) por cada día hábil de atraso, con un tope de 10 días hábiles por evento y un tope de 10 eventos durante toda la vigencia del contrato.
b) Atraso del adjudicatario en la entrega de cotizaciones a través de correo electrónico, de acuerdo con los plazos establecidos en el numeral 2.1.2. de las Bases Técnicas. La CMF aplicará una multa de 3 UF (tres Unidades de Fomento) por evento, con tope de 20 eventos durante toda la vigencia del contrato.
c) Atraso del adjudicatario en la emisión del pasaje, una vez que la CMF dé su aprobación, de acuerdo con el plazo establecido en el numeral 2.1.3. de las Bases Técnicas (salvo caso fortuito o fuerza mayor). La CMF aplicará una multa de 3 UF (tres Unidades de Fomento) por evento, con tope de 15 eventos durante toda la vigencia del contrato.
d) Atraso del adjudicatario en ajustar el sistema de registro en línea a los requerimientos planteados en las presentes Bases Técnicas, en los términos señalados en el numeral 2.3.1. de las Bases Técnicas (exceder de los 60 días hábiles contados desde el inicio de ejecución de los servicios contratados. La CMF aplicará una multa de 10 UF (diez Unidades de Fomento) por día hábil de atraso, con tope de 30 días hábiles de atraso.
e) Si el adjudicatario no presta asistencia al pasajero en el aeropuerto de Santiago “Comodoro Arturo Merino Benítez”, en caso de ser requerido. La CMF aplicará una multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento) por evento.
f) Si el adjudicatario emite cotizaciones sobre un 20% los valores de mercado, siendo esto debidamente verificado por la unidad requirente de la CMF a través de los sistemas de distribución, la CMF aplicará una multa de 10 UF (diez Unidades de Fomento) por evento, con un tope de hasta 10 eventos durante la vigencia del contrato.
g) Si el adjudicatario demora más de 1 mes en emitir una nota de crédito a contar de la solicitud efectuada por la CMF se aplicará una multa correspondiente a la suma de 10% (diez por ciento) del monto facturado por cada evento, con un tope de 10 eventos durante la vigencia del contrato.
h) Si el adjudicatario ante el cambio del ejecutivo de atención preferente, presenta a una persona que no cumple con el perfil requerido y ofertado, la CMF aplicará una multa correspondiente a 20 UF por evento, con un tope de 3 eventos.
i) Si el ejecutivo de atención preferente (cualquiera de ellos) no está disponible ante consultas o solicitudes efectuadas por la CMF, sin previo aviso o sin causa justificada, la CMF aplicará una multa de 10 UF (diez Unidades de Fomento) por evento, con un tope de 5 eventos.
12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas:
En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, la Jefatura de la División Operaciones y Compras, deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:
a) Identificación del adjudicatario;
b) Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato;
c) Responsable por parte del adjudicatario;
d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda;
f) Monto de la multa, y
g) Firma de la Jefatura de División de Operaciones y Compras.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Compras de la CMF lo remitirá a través de carta certificada al domicilio del proveedor establecido en el contrato, o se lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser presentados por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1.449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de aplicación de multas.
La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará al proveedor en su domicilio indicado en el contrato, personalmente o por carta certificada, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados en la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique la aplicación de una multa.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
12.5.3.- Pago de las multas:
El monto de la multa será rebajado del pago que se deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se encuentre vigente, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.
Articulo 13.- Administrador de Contratos:
El administrador, será responsable de monitorear los hitos establecidos en el contrato, velar por la eficiente ejecución del presupuesto asignado al mismo, asegurando la correcta entrega de bienes y/o servicios mediante la certificación de dicha entrega con la firma de la ficha de recepción conforme. Además, gestionará la evaluación del comportamiento contractual del proveedor al finalizar el contrato y mantendrá contacto directo y permanente con el proveedor para garantizar el cumplimiento de los hitos y entregables estipulados en las condiciones contractuales establecidas.
Artículo 14.- Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante su ejecución, y que incidan en su normal desarrollo.
Las modificaciones no podrán afectar el precio de la oferta.
La resolución exenta que apruebe cualquier modificación al contrato, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.
Artículo 15.- Confidencialidad y políticas de seguridad:
El adjudicatario y su personal, ya sea directo o subcontratado, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la CMF o de la propia CMF, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.
Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes o subcontratados, ejecutivos y contratistas del adjudicatario, quien deberá velar por su estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminado el contrato.
Asimismo, quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF, especialmente en lo que dice relación con la Política de Relaciones con el proveedor, que se encuentre vigente a la fecha de la suscripción del contrato. Para estos efectos, se hará entrega al adjudicatario, en el acto de suscripción del contrato, un ejemplar de dicha política para que sea aplicada en lo que sea pertinente.
Artículo 16.- Independencia:
El personal del adjudicatario que intervenga en la prestación de los servicios no tendrá vinculación alguna con la CMF, ni tendrá derecho a beneficio de cualquier clase que la Institución pueda otorgar a sus trabajadores.
Artículo 17.- Término del contrato:
17.1.- Término normal:
El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.
17.2.- Término anticipado del contrato:
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y 77 de su Reglamento, el contrato podrá terminarse anticipadamente, por las siguientes causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes;
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante;
c) El estado de notoria insolvencia del contratante.
d) Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso;
e) Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra;
f) Por causa de interés público;
g) Por exigirlo la seguridad nacional;
h) Por razones de buen servicio;
i) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica;
j) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta;
k) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros;
l) Inhabilidad sobreviniente del proveedor o de alguno de los integrantes de la UTP en la medida que ésta no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
m) Disolución de la UTP;
n) No sustituir la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el caso de haber procedido su cobro por alguna de las causales establecidas en las presentes bases.
o) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, directos o subcontratados, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la CMF podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal, directo o subcontratado, empleado en la prestación del servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía de dichos empleados, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Dirección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.
Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contratado las siguientes, que serán certificadas por la Jefatura de División Operaciones y Compras.
a) Si a juicio de la CMF, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.
b) Si este afecta el normal cumplimiento de las funciones de la CMF.
c) Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.
d) El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el 12.3 de estas bases.
e) Por exceder el tope de multa establecido en el numeral 12.5.1 de estas bases.
f) La cesión del contrato, en los casos no autorizados expresamente por una ley.
g) El incumplimiento al punto 12.2.2 “Subcontratación” y al artículo 15 “Confidencialidad y políticas de seguridad” de estas bases.
El término anticipado del contrato será dispuesto por la CMF a través de una resolución fundada, previo informe de la Jefatura de División Operaciones y Compras, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el proveedor.
En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.
En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, la Jefatura de División Operaciones y Compras deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:
a) Identificación del adjudicatario;
b) Identificación de la resolución aprobatoria del contrato;
c) Responsable por parte del adjudicatario;
d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda; y
f) Firma de la Jefatura de División Operaciones y Compras
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Compras de la CMF lo remitirá al domicilio establecido por el proveedor adjudicado a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser presentados por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los mismos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de término de contrato.
La resolución que disponga el término de contrato se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique el término anticipado de contrato.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La CMF hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato en caso de término anticipado del mismo y que sea imputable al adjudicatario, de acuerdo los casos señalados en este numeral.
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Bases Técnicas |
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1.- Requerimientos del servicio
La CMF, en el contexto de sus facultades, trabajo y gestión que realiza, requiere contratar un servicio de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales para sus funcionarios, los cuales, por su cargo, deben realizar viajes en virtud de razones operativas y técnicas, relacionadas con la misma función propia del servicio.
Por lo anteriormente expuesto y con el objetivo de contar con una administración eficiente, ágil y transparente, es que se requiere contratar el servicio descrito en el párrafo anterior, bajo la modalidad de contrato de suministro, de acuerdo con las condiciones expresadas en las Bases Administrativas y a las especificaciones detalladas en las presentes Bases Técnicas.
Para la ejecución del servicio, es deseable (no obligatorio) que el proveedor cuente con el código que le otorga la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) que le permita realizar directamente la adquisición de pasajes aéreos en las aerolíneas asociadas.
2.-Servicio requerido.
La CMF requiere contratar el servicio de gestión integral y personalizada para la reserva, adquisición y postventa de pasajes aéreos internacionales, bajo la modalidad de contrato de suministro, mediante el cual se canalicen y tramiten las solicitudes de ticket aéreos internacionales y sus complementos de transporte, el que deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
2.1. Solicitud, Cotización/Reserva y Emisión de Pasajes.
2.1.1. Solicitud de cotización/reserva de pasajes.
El adjudicatario, por medio de los ejecutivos de atención preferente, deberán gestionar las solicitudes de cotización/reservas realizadas por el correspondiente Analista de Compras de la CMF mediante correo electrónico, siguiendo un mismo historial, de manera que toda la información respecto de una solicitud quede plasmada en una cadena de correos, hasta la emisión del pasaje.
2.1.2. Cotización/reserva de pasajes.
Los ejecutivos de atención preferente asignados para la CMF, luego de la correspondiente coordinación con el Analista de Compras de la CMF, deberán efectuar un mínimo de tres cotizaciones/reservas por cada solicitud, siendo aquellas que resulten más convenientes en términos de costo, conexiones y tiempo de viaje, debiendo indicar además de la tarifa, el tiempo de vigencia de la reserva. Cabe señalar, que el número de cotizaciones mínimas puede variar durante la ejecución del contrato atendiendo a las instrucciones impartidas por la autoridad competente, lo que será informado oportunamente al adjudicatario.
Con el objeto de evaluar el mejor itinerario de vuelo, cada cotización/reserva deberá contener, al menos, la siguiente información:
a. Nombre completo, cédula nacional de identidad o pasaporte del pasajero;
b. Fecha de nacimiento del pasajero;
c. El horario del (los) vuelo (s);
d. Línea aérea;
e. Duración total del viaje;
f. Ruta, con números de escalas o stopover y tiempo de duración;
g. Horarios de salida y llegada;
h. Clase del servicio (económica o ejecutiva);
i. Valor del pasaje;
j. Valor del Fee;
k. Tiempo límite para la emisión del boleto;
l. Política y/o restricciones de la tarifa;
m. Restricciones y documentación necesaria para cada ruta, tales como; vacunas requeridas, visas, restricciones del pasaje (cambios, devoluciones, multas, etc.), exigencia de pasaje ida y vuelta, seguro de viaje, tarjeta de crédito, etc.
El adjudicatario deberá presentar a la CMF las cotizaciones con las alternativas de itinerarios a través de correo electrónico, dentro de los siguientes plazos máximos:
a. 3 horas para itinerario internacional simple. Se entenderá por itinerario simple aquel en que la ruta tenga hasta 4 segmentos (escalas).
b. 4 horas para itinerario internacional complejo. Se entenderá por itinerario complejo aquel en que la ruta tenga más de 4 segmentos (escalas).
c. 2 horas para solicitudes de reemisiones o emisiones de pasajes urgentes. Se entenderá por urgente los viajes que deban realizarse en un periodo igual o inferior a 24 horas, contadas desde la solicitud.
En caso de que existan nuevos requerimientos que complementen o signifiquen una nueva solicitud, los tiempos de respuesta deberán ajustarse a los plazos establecidos previamente, según si se trata de un itinerario simple, complejo o urgente.
Una vez que la unidad requirente de la CMF cuente con las aprobaciones internas necesarias para la adquisición del pasaje respectivo, entregará, a través del correo electrónico, el “visto bueno” para la emisión del (los) pasaje (s).
2.1.3. Emisión de pasajes.
Una vez que la unidad requirente de la CMF apruebe una de las cotizaciones (mediante correo electrónico), los ejecutivos de atención preferente para la CMF deberán realizar todas las acciones necesarias para materializar la emisión del pasaje, la que deberá efectuarse dentro del mismo día en que la unidad requirente da su aprobación, debiendo dejar registro en el sistema de gestión de datos. Al emitirse el pasaje, se deberá enviar una notificación por correo electrónico a la unidad requirente de la CMF, con todos los detalles de información requeridos, tales como: nombre del pasajero, destino, ruta, valor, categoría y cualquier otra información relevante.
Al efectuar dicha emisión, los ejecutivos de atención preferente deberán asignarle un número de negocio, que permitirá la identificación del proceso al efectuar la facturación.
Si se presentara cualquier inconveniente para la emisión del pasaje (por ejemplo, por no haber disponibilidad), los ejecutivos deberán tomar contacto inmediato con la unidad requirente de la CMF. Dicho procedimiento será aplicable también para las reemisiones.
2.1.4. Facturación de los boletos emitidos.
Luego de la emisión del (los) pasaje (s), el adjudicatario podrá proceder a la facturación de éstos, sean usados o no. Por cada ticket emitido el proveedor deberá emitir una factura.
La factura deberá contener, a lo menos, la siguiente información:
a. Número de negocio otorgado por el adjudicatario;
b. Número de Orden de Compra;
c. Nombre del pasajero;
d. Ruta;
e. Fecha original de la emisión;
f. Tipo de cambio (al día de la emisión de la factura);
g. Información relativa a las reemisiones utilizadas, si corresponde (número de transacción, número de factura original, nombre del pasajero original, valor inicial, valor rescatado en esta reemisión, ruta y fecha original de la emisión).
Para el caso de las reemisiones, las facturas deberán incorporar la misma información anterior, más la que se señala a continuación:
2.2. Gestiones asociadas a la emisión de pasajes.
El adjudicatario deberá realizar las siguientes actividades asociadas a la emisión de pasajes aéreos:
2.2.1. Aplicar convenios.
El adjudicatario deberá aplicar los convenios vigentes con líneas aéreas al momento de cotizar y emitir las solicitudes de cotización/reserva de pasajes. Los boletos emitidos deberán indicar el código de tour (Tour Code). Para ello, la CMF informará al adjudicatario, al inicio de ejecución de los servicios, los convenios que mantenga vigentes, las líneas aéreas y sus condiciones.
2.2.2. Gestionar los boletos no utilizados.
El adjudicatario deberá realizar con las líneas aéreas, gestiones de los boletos no utilizados por requerimiento de la CMF, tanto para los que permiten devoluciones o cambios, como en los que no lo permiten expresamente, solicitando mediante la debida comunicación con las líneas aéreas, las autorizaciones a fin de obtener entre otros, reembolso, la utilización de un boleto para otra ruta, el cambio del nombre del pasajero, etc.
Dicha gestión deberá considerar, además, la identificación y comunicación de los boletos por expirar, interpretación de reglas, penalidades y gastos de gestión asociado, calculando e informando el monto rescatable que permita poder realizar el reembolso o reemisión, previa autorización de la unidad requirente de la CMF. También, deberá realizar gestiones para obtener la devolución de las tasas de embarque por boletos no utilizados, de corresponder.
Además, el adjudicatario deberá ejercer ante el Transportador los derechos que le asisten al pasajero, como reembolsos e indemnizaciones, según corresponda, especialmente aquellos contemplados en la Ley 21.392, que modifica el Código Aeronáutico, en lo que corresponda.
El resultado de dichas gestiones deberá estar consignado en el informe requerido en el punto 2.4.2. “Reporte de Boletos Emitidos No Utilizados”.
2.3. Atención personalizada.
El adjudicatario deberá brindar una atención personalizada, la que deberá considerar a lo menos los siguientes elementos:
2.3.1. Plataforma online, extranet u otra herramienta tales como Qlink-Sense, Looker, Power Bi o equivalentes, que permita visualizar la información requerida acerca de los informes de gestión de pasajes.
El adjudicatario deberá poner a disposición de la CMF una plataforma online, extranet u otra herramienta que permita visualizar la información requerida acerca de los informes de gestión de pasajes, cuyo acceso deberá estar disponible para plataformas en línea que permita al menos 2 usuarios simultáneamente.
El sistema de gestión de datos debe permitir la recolección y documentación de datos para mantener registros detallados de todas las transacciones de pasajes, incluyendo información sobre rutas, tarifas, fechas, zona geográfica y pasajeros.
Debe permitir la entrega de los siguientes informes:
• Informe de transacciones y gastos por líneas aéreas, (internacional).
• Informe de los principales destinos, tipo de tarifa, proveedores asociados y su valorización, (internacional).
• Informe de estadísticas que permitan visualizar el ahorro real por las compras realizadas con anticipación, (periodos parametrizados de acuerdo a lo indicado, internacional).
• Informe que muestre un ranking de pasajeros, proveedores, destinos, ruta, valores, fechas (internacional).
• Informe que muestre evolución por tipo de cabina, N° de transacciones, pasajeros y su valorización, (internacional).
• Informe que muestre reemisiones y los costos adicionales generados por esta operación, identificando pasajeros y número de reemisiones asociadas.
• Informe que muestre identificación de emisiones con baja antelación y los costos adicionales asociados, (de acuerdo a la parametrización de tiempos informada).
• Protección de Datos: Adjudicatario posee la capacidad de cumplir con todas las regulaciones de privacidad y protección de datos aplicables en la recopilación y gestión de información, incluyendo la gestión segura de datos.
El sistema debe entregar información de los pasajes emitidos en un plazo no superior a 2 días hábiles y de la información de las facturas en un plazo no superior a 7 días corridos cada semana.
Dicho sistema deberá estar habilitado por el adjudicatario, ajustándose a los requerimientos planteados en las presentes bases, en un plazo no superior a 60 días hábiles contados desde el inicio de ejecución de los servicios contratados. Mediante el referido sistema, la Contraparte Técnica d la CMF podrá acceder a la revisión de la información.
2.3.2 Atención preferente de dos ejecutivos para la CMF.
El adjudicatario, para la ejecución del servicio requerido, deberá poner a disposición de la CMF dos ejecutivos de atención preferente (no exclusivo), siendo deseable que cuenten con experiencia de 5 años en agencia de viajes, agencias de turismo y/o líneas aéreas.
Los ejecutivos deberán haber realizado un curso de construcción de tarifas aéreas.
El adjudicatario deberá brindar la atención preferencial (no exclusiva) principalmente de lunes a viernes desde las 9.00 hrs. a las 18.00 hrs., debiendo estar disponible a través de teléfono fijo, móvil y correo electrónico.
El adjudicatario deberá disponer de un asistente para ambos ejecutivos de atención preferente, que cumpla, al menos, con el mismo perfil del ejecutivo de atención preferente (cualquiera de ellos) para la CMF, tanto en experiencia como formación. Debiendo adjuntar el adjudicatario la documentación que así lo acredite, tanto en lo referente al curso solicitado, como a su experiencia, al inicio de ejecución de los servicios.
En todo caso, el adjudicatario deberá disponer de un teléfono móvil para dar respuesta a atenciones de urgencia fuera de los días y horarios antes señalados.
El adjudicatario, a través de los ejecutivos o su reemplazo, deberán gestionar el proceso de solicitud, cotización/reserva y emisión de los pasajes, teniendo como principales funciones, a lo menos, las siguientes:
a. Realizar las reservas que los analistas de compras de la CMF soliciten, indicando toda la información asociada, según lo señalado 2.1.2 de las presentes bases.
b. Entregar las cotizaciones, a través de correo electrónico, de acuerdo con los requerimientos y coordinaciones realizadas con el analista de compras asignado para tal efecto, aplicando los convenios celebrados con las líneas aéreas.
c. Emitir y entregar el (los) boletos, una vez recibida la aprobación de la reserva por el analista de compras de la CMF, remitida por correo electrónico y registrada en el sistema de registro en línea habilitado por el adjudicatario.
d. Realizar reemisiones a solicitud del analista de compras de la CMF.
e. Solicitar el canje de millaje con las líneas aéreas a solicitud de la analista de compras de la CMF, cuando corresponda.
f. Gestionar los boletos no utilizados en los términos señalados en el numeral 2.2.2 de las presentes bases.
Al inicio de la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la unidad requirente de la CMF, los datos de contacto de los ejecutivos de atención preferente para la CMF y su asistente (teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico). Cualquier cambio de los datos de contacto deberán ser oportunamente informados por escrito por el adjudicatario.
El oferente que resulte adjudicado no podrá cambiar a los ejecutivos de atención preferente propuestos, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada por éste. En todo caso, deberá reemplazarlo por personal que cumpla con el mismo perfil y experiencia del ejecutivo de atención preferente reemplazado, previa aprobación de la CMF.
En el evento que los ejecutivos de atención preferente para la CMF o su asistente no ejecuten los trabajos con la calidad y rendimiento requerido, la CMF podrá solicitar al adjudicatario, proporcionando los debidos fundamentos y siempre que no implique una discriminación arbitraria, el cambio de el o los ejecutivos. El adjudicatario deberá reemplazar al/los ejecutivos por otro del mismo perfil (en experiencia y curso) dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados desde la solicitud, debiendo realizar las gestiones para que el servicio se continúe prestando de manera ininterrumpida. El adjudicatario deberá entregar a la unidad requirente de la CMF, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, tanto en lo referente al curso solicitado, como a su experiencia.
2.3.3. Account Manager.
El adjudicatario deberá, en ejecución del servicio requerido, contar con un account manager, con experiencia deseable en agencias de viaje, agencias de turismo y líneas aéreas.
El account manager deberá prestar asesoría en la ejecución del contrato (no teniendo el carácter de trabajador exclusivo de la CMF), entregar información y apoyo en la planificación del proceso. Así como, velar por el funcionamiento general de la cuenta de la CMF y el control de la gestión de los ejecutivos asignados.
Sus funciones principales son:
a. Realizar el control y seguimiento de la cuenta de la CMF
b. Procurar que el sistema permita a los analistas de compras la obtención de los informes de gestión requeridos en el punto 2.4.1 de las presentes bases.
c. Gestionar la solución de problemas que puedan producirse durante la ejecución del contrato en el funcionamiento en el sistema de Gestión de datos.
d. Supervisar y controlar a los ejecutivos de atención preferente para la CMF y su reemplazo.
e. Velar por la correcta y segura ejecución de los servicios.
f. Actuar como representante permanente del adjudicatario ante la CMF. Lo anterior, sin perjuicio de la participación del representante legal del adjudicatario, cuando así lo requiera la CMF.
Al inicio de la ejecución de los servicios, el adjudicatario deberá entregar por escrito a la unidad requirente de la CMF el nombre, número de teléfono fijo y móvil, y correo electrónico del account manager.
Cuando por alguna razón dicho contacto no pueda estar disponible, el adjudicatario deberá informar a la unidad requirente de la CMF por escrito los datos de contacto de la persona de reemplazo (el nombre, número de teléfono fijo y móvil, y correo electrónico). Los cambios de los datos de contacto deberán ser oportunamente informados.
En el evento que el account manager no cumpla con las características requeridas para el perfil asignado, o bien, no ejecute los trabajos con la calidad y rendimiento comprometido, la CMF podrá solicitar al adjudicatario, proporcionando los debidos fundamentos y siempre que no implique una discriminación arbitraria, el cambio del account manager. El adjudicatario deberá reemplazar al trabajador por otro del mismo perfil dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles, debiendo hacer las gestiones para que el servicio se mantenga de manera ininterrumpida.
2.3.4. Número telefónico de emergencia para pasajeros.
El adjudicatario deberá entregar un servicio de orientación telefónica básica al pasajero sobre información de reservas, vuelos u otros. Este servicio deberá estar disponible las 24 horas los 7 días de la semana, todos los días del año.
En caso de que un pasajero, a través del número de teléfono de emergencia, solicite una modificación del (los) boleto (s) emitido (s), el personal de atención telefónica deberá comunicar dicha solicitud al ejecutivo de atención preferente para coordinar con la unidad requirente de la CMF la autorización a dicha solicitud, si corresponde.
El adjudicatario no podrá llevar a cabo la modificación de un boleto emitido sin la autorización previa por escrito de la unidad requirente de la CMF o de las personas autorizadas para tal efecto, las que serán informadas al adjudicatario al inicio de ejecución de los servicios.
2.4. Reportabilidad.
El adjudicatario deberá mantener la Plataforma online, extranet u otra herramienta que permita visualizar la información requerida acerca de los Informes de gestión de pasajes, de manera que le permita a la unidad requirente de la CMF, acceder al mismo y obtener los siguientes informes, pudiendo fijar el rango de fechas que estime pertinentes:
2.4.1. Reporte general de boletos emitidos: Consiste en un informe consolidado con los boletos emitidos en el período a consultar.
2.4.2. Reporte de boletos emitidos no utilizados: Consiste en un informe consolidado con los boletos emitidos no utilizados en el período a consultar.
2.4.3. Reporte sobre reemisiones: Consiste en un informe de reemisiones realizadas en el período a consultar.
2.5. Otras consideraciones de la operatoria del servicio.
La CMF hará entrega al adjudicatario, dentro del primer mes de vigencia del contrato, una nómina, con indicación del nombre y cédula de identidad de los funcionarios autorizados para realizar solicitudes de pasajes, cambios o modificaciones, reemisiones, etc. Del mismo modo, se informará oportunamente cualquier cambio que se produzca en dicha nómina.
La CMF no será responsable por los requerimientos efectuados por personas no autorizadas para tales efectos y, por consiguiente, no asumirá los costos asociados a dichos requerimientos. Por tanto, será responsabilidad del adjudicatario verificar que la solicitud sea realizada por un funcionario autorizado para ello.
3. Otras obligaciones.
Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas y en estas Bases Técnicas, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones generales:
3.1 Cumplimiento de la legislación laboral vigente.
Será de responsabilidad del adjudicatario el pago de las remuneraciones, de los aportes o cotizaciones a los sistemas de previsión, salud, seguro de desempleo, tributarios, etc. y el cumplimiento de las demás disposiciones legales que resulten aplicables al personal que sea destinado a la ejecución de los servicios.
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