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Antecedentes para incluir en la Oferta |
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Se adjuntan Formato de Declaración Jurada, Anexo I Técnico y Anexo II Económico, aclarar además la importancia de la Declaración Jurada simple, la cual indica que no ha sido condenado por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos de los trabajadores.
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Requisitos para Contratar al Proveedor Adjudicado |
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Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento de la ley 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la ley N° 19.886 de Compras Públicas.
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Porcentaje Mínimo para poder optar a ser adjudicado |
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El Oferente seleccionado tendrá que obtener un puntaje mínimo de 60% para ser escogido, independiente a que haya sido el mejor evaluado entre todos los oferentes. El no cumplimiento de este requisito conllevará a un análisis por parte de la Entidad Licitante, quien decidirá si es factible la elección del oferente ganador, o bien si se tendrá que revocar la licitación y realizar el proceso licitatorio nuevamente, a pesar de haber obtenido el mayor puntaje, pues las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
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Resolución de Empates |
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En caso de empate se adjudicará al oferente que obtenga la mayor ponderación en precio, luego por Desarrollo Local y si persiste se adjudicará por Experiencia.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Se recibirán y contestarán a través del correo electrónico oscar.estrada@educangol.cl, hasta 5 días desde la adjudicación, las que posteriormente serán adjuntadas en el portal.-
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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De la Readjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases y no acepta la orden de compra una vez transcurridos 24 horas desde dicha solicitud, podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Cumplimiento de los requisitos formales |
Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y se verificará:
- Que, anexe Anexo I Técnico (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar).
- Que, anexe Anexo II Económico (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar).
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De la Admisibilidad |
Se determinará la admisibilidad de las propuestas, debiendo comprobarse que se haya efectuado en la forma establecida en las presentes bases y se verificará:
- Que, anexe Declaración Jurada.
- Que, presente Garantía de Seriedad de Oferta.
- Que, cumpla con los requerimientos generales contenidos en el Anexo “Término de Referencia (TDR)”
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Modificación de las Bases |
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Se podrán modificar los documentos de la Licitación ya sea por iniciativa propia de la Dirección de Educación Municipal de Angol o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta la entrega de las aclaraciones informando de ello, a través del portal Mercado Público. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, debiendo ser aprobadas por autorización firmada por la Dirección de Educación Municipal de Angol.
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Consultas y aclaraciones |
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Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación durante su publicación, deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público. Las respuestas en el portal se pondrán a disposición de los proponentes de acuerdo a la calendarización del foro entregado por el portal Mercado Público. Se responderá cada consulta sin hacer mención al participante que la haya formulado.
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Presentación de ofertas |
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El proceso de licitación que se regula por las presentes bases se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, de tal forma que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del mencionado portal. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al señalado y será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
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Consideraciones Generales |
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El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna a aquellos Proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes Bases.
Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, el Municipio podrá solicitar, a cada uno de los Proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por parte de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
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Forma de Pago |
La Municipalidad pagará en estados de pagos mensuales, previa entrega de factura, la falta u omisión de algunos de los antecedentes solicitados, generará el no pago respectivo.
a) Plazo de Pago
El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la Factura de la Dirección de Educación Municipal o área que corresponda la compra, pudiendo extenderse hasta 45 días corridos en el caso excepcional de alguna contingencia justificada.
b) Certificado de Recepción Conforme
El inspector técnico designado por la Dirección de Educación Municipal deberá emitir un certificado de recepción conforme del servicio al Encargado de la Compra, indicando que el servicio ha sido recibido de forma satisfactoria y según lo estipulado con el proveedor.
c) Una vez entregado la totalidad del servicio, la factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Angol, RUT. N° 68.180.100-4, la cual debe ser enviada al correo facturas@educangol.cl o hacerla llegar a la Dirección de Educación Municipal de Angol, Lautaro N° 89 Angol.
d) Lugar de Pago
Transferencia o el cheque respectivo deberá ser retirado por el proveedor, en las oficinas de la tesorería municipal ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda N° 509 de la comuna de Angol.
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Vigencia de la Oferta |
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La oferta económica presentada por cada uno de los oferentes, deberá mantener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta.
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Adjudicación |
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El plazo para adjudicar será de un máximo de 30 días corridos luego de la apertura electrónica, en el caso de cualquier contingencia de sobrepasar la fecha se informará a través de un documento en el formulario de bases de la licitación.
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De la Comisión Evaluadora |
El proceso de adjudicación de la propuesta se iniciará con la evaluación de las distintas ofertas por parte de la Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora, para una mejor evaluación, podrá solicitar información adicional a los oferentes con posterioridad a la recepción de las ofertas, debiendo comunicar esta solicitud a todos los oferentes que estén siendo evaluados para que exista igualdad de condiciones, a través del portal Mercado Público. Se podrá solicitar todo documento que permita obtener una mejor oferta, menos los indicados en de la Apertura y Admisibilidad, con el objeto de contar con más elementos.
Finalizado el trámite de evaluación, la Comisión someterá a consideración del Alcalde las ofertas, proponiendo la propuesta más ventajosa, tomando en consideración los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, según lo establecido en la Sección "Criterios de Evaluación'.
La Comisión antes citada estará compuesta por los (as) Srs. (as):
- Director de Educación Municipal
- Coordinadora Comunal UTP
- Encargado de Adquisiciones (que no haya participado en el proceso de licitación).
Si alguno de los titulares de los cargos mencionados no está en el momento de la Evaluación, lo reemplazará la persona subrogante.
La Municipalidad aceptará la propuesta que sea más ventajosa para los intereses municipales y de la comuna, considerando los criterios de evaluación que se presenta en las bases.
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Contrato |
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Considerando que esta licitación se formalizará con la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, según lo estipulado en el Art. 63 Reglamento de Ley N°19.886, “Los contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. De la misma forma podrán formalizarse los contratos superiores a ese monto e inferiores a 1000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas bases de licitación”. Al tratarse de una licitación de servicio estándar de simple y objetiva especificación es posible formalizar el contrato con la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. Por lo que lo indicado en las presentes bases será parte integral para el buen funcionamiento, o término anticipado del servicio en el caso de no cumplimiento.
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Término anticipado del Contrato |
La Dirección de Educación Municipal de Angol podrá dar término administrativamente y en forma anticipada y sin derecho a indemnización, al contrato en los siguientes casos:
a) Mutuo acuerdo de las partes. La parte interesada en resciliarlo deberá formular una presentación por escrito a la otra parte, y ésta aceptarlo.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución, la ejecución parcial o la ejecución tardía de las prestaciones que el proveedor adjudicado se obligó, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, que implique un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones a la Municipalidad, o en caso de que las multas excedan del límite máximo estipulado en el punto 9.19 de las presentes Bases administrativas
c) Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario.
d) Disolución del adjudicatario, cuando se trate de sociedad, sin tener continuadora legal.
e) Registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, mientras dure la ejecución del contrato.
f) Que el adjudicatario, y personal directo o indirecto, no mantenga la confidencialidad de la información reservada, de que tomen conocimiento con motivo de este contrato.
Para concretar lo indicado en el párrafo precedente la Municipalidad, notificará por carta certificada escrito al proveedor, con un aviso previo de 10 días hábiles.
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Liquidación del Contrato |
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Una vez efectuada la recepción conforme del servicio, sin observación alguna por parte de la Comisión Receptora, la Municipalidad procederá dentro de los treinta días siguientes, a realizar la liquidación del contrato, actos que se aprobarán mediante Decreto Alcaldicio, sujeto a trámite de toma de conocimiento por la Contraloría Regional de la Araucanía, si procediere.
En el evento que el contrato haya terminado anticipadamente, la liquidación del mismo se sujetará a las siguientes formalidades:
El Decreto Alcaldicio que apruebe u ordene el término anticipado del contrato, designará a la vez a la comisión liquidadora del mismo, la que actuará válidamente con la concurrencia de la mayoría de sus miembros. La Comisión será conformada, considerando funcionarios de la Dirección de Educación Municipal, y comunicado a la fuente financiera.
Esta Comisión tendrá un plazo de quince días hábiles, contados del decreto antes mencionado, para emitir un informe fundado que permita la liquidación del contrato.
A los efectos precedentes se fijará una fecha para una reunión, comunicándosela al menos con cuatro días corridos de anticipación al contratista, mediante remisión de carta certificada. En el día y hora de la reunión, se constituirá la comisión, dejando constancia mediante un acta cada una de las observaciones que le mereciere el estado actual de la ejecución del servicio, el que será suscrito por los integrantes de la Comisión que asistieren y el contratista si hubiere concurrido al acto y así lo deseare. En caso de negarse a firmar, se dejará constancia de tal hecho en el acta señalada. La concurrencia o falta de ella por parte del contratista, no afectará la validez del acto.
Con el informe mencionado en el punto segundo anterior, se procederá a efectuar la liquidación del contrato que será remitida al contratista para su conocimiento y concurrencia al municipio para su suscripción en el plazo que se indique en dicha carta.
Una vez vencido el plazo señalado haya o no concurrido el contratista a la suscripción de la liquidación mencionada, ésta será suscrita por el Alcalde y los miembros de la comisión, siendo aprobada por decreto alcaldicio.
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Multas |
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Se aplicará una multa de 1% valor neto adjudicado, por cada día que no se respete la planificación estipulada para la entrega del servicio, la cual será notificada por el proveedor a través de carta certificada o correo electrónico.
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Forma de pago de Multas |
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El valor de la multa deberá ser pagado en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la misma, ingresando dicho monto en dinero efectivo en la caja de la Tesorería Municipal. Una vez realizado el pago de la multa, el oferente deberá presentar en la Dirección de Educación Municipal de Angol el comprobante de pago de multas (copia de la orden de ingreso que se le entrega en caja).Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en moneda nacional. Si el oferente multado no pagare la multa aplicada, el municipio no efectuará el pago de la factura emitida, hasta que ello se concrete.
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Procedimiento de Impugnación |
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Las multas serán notificadas al proveedor adjudicado conforme a lo señalado en el artículo precedente. El proveedor adjudicado podrá apelar mediante carta dirigida al Alcalde de la Municipalidad de Angol en un plazo de 5 días hábiles contados de la notificación de la multa, dicha carta deberá ser ingresada en la oficina de partes de la Municipalidad de Angol.
El Alcalde, tendrá un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de recepción de la apelación, en el cual resolverá fundadamente pudiendo dejar sin efecto, rebajar o mantener la multa.
El monto máximo por concepto de multa será de un 10%. La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando las multas aplicadas superen el 10% del monto adjudicado.
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De la Unión Temporal de Proveedores, UTP. |
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Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entras las partes respeto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
La UTP que no acredite al momento de contratar que no se ha formalizado de manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al de la vigencia del contrato, no dará cumplimiento a las presentes Bases y por ende la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que sigue en puntaje o declararla desierta si fuese la UTP el único proveedor.
Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y Directiva N°22 de Chile Compra
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Reclamo |
Se realizará reclamo en la ficha del proveedor del portal www.mercadopublico.cl cuando:
- Se efectúe el término anticipado del contrato
- Se haga cobro de multa
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Disminución de Partidas |
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No se considera disminución de partidas, salvo que sea producto de alguna modificación del servicio o partidas consideradas dentro de lo establecido en Modificaciones del Servicio y Modificaciones de Partidas.
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Modificaciones de Servicio y Modificaciones de Partidas |
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El mandante podrá ordenar con el fin de llevar a un mejor término del servicio contratado, modificaciones que signifiquen aumento o disminuciones del servicio.
En el caso de disminución de servicio, los valores a descontar corresponderán a los precios unitarios respectivos contenido en el presupuesto compensado, teniendo en consideración los plazos que procedan.
En las otras modificaciones deberán convenirse con el contratista los precios, teniendo en consideración aquellos estipulados en su oferta y los plazos que procedan.
El monto total de los servicios que se intervengan en base a lo señalado en esto artículo, no podrá ser superior a un 30% del valor de contrato original.
A falta de acuerdo, en caso de urgencia, podrá disponerse la realización de estos servicios, pagándose al contratista los gastos directos comprobados, más un porcentaje de esos valores para compensar los gastos generales y de utilidad, porcentaje que considera con el establecido por el contratista en su oferta. El pago se efectuará una vez aprobado por el Decreto Alcaldicio el detalle y justificación de dichos gastos.
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De la Inspección Técnica |
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La Dirección de Educación Municipal de Angol designará como Inspector técnico del servicio a la Coordinadora Comunal UTP de la unidad o quien la subrogue, quien deberá entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezca la calidad del servicio prestado. Además, será el encargado de coordinar con la empresa adjudicada los horarios y planificación del preuniversitario.
Una vez terminada la recepción conforme del servicio, el Inspector deberá entregar un certificado de recepción conforme a la Dirección de Educación de Angol para su posterior facturación y pago del servicio prestado.
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Acuerdo de Concejo Municipal |
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Considerando el monto de la licitación requiere de acuerdo del concejo municipal, de acuerdo a lo indicado en la Ley N°18.695, articulo N°65 “El alcalde requerirá el acuerdo de concejo municipal para” de la letra J “Celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente de 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo municipal; no obstante , aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el periodo Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo municipal.
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