1.- OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de
“SERVICIO DE TERAPIA INTEGRAL PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las
condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación,
las condiciones del contrato, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas
bases.
No podrá el proveedor ofertar servicios distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o
extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo extra ofertado, no será considerado en la evaluación.
Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser
separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará
causal para ser declarada inadmisible la oferta.
El servicio solicitado, así como los montos estimados de gasto, se encuentran detallados en las bases Técnicas de
licitación.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas
a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan
asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004
del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y
domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y
para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin
perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos
por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo
de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan
ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será
responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con
la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos,
cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar
en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad
entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores
deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar
de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y
reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por
escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
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Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha
unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar
información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
• No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
• Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N°
1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y
sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
• Tampoco podrán participar como oferentes funcionarios del mismo organismo, cualquiera sea su calidad
jurídica, ni sus cónyuges o convivientes civiles ni demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco en
segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales.
Estas y otras prohibiciones se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que moderniza
la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
• Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con
el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
• Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
• Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la presentación
de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la
legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar
una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo
procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su
participación en el respectivo proceso.
• Se deja constancia que queda prohibida la contratación con personal Directivo, jefaturas de área, de unidad
y/o de departamento.
• Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento de
estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus ofertas,
por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse
a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que
posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma español,
en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e
imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma
obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de
Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios
y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus
modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna
La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese
lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días corridos. En
todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día
lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga
mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media
noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y
cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital
deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a través
del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No se atenderá
ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su
aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad
de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
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Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su
aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad
de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante veinte (20) días corridos, desde la
fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del quinto día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a través
de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el décimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el vigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez (10) días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los cinco días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos chilenos, indicando el VALOR NETO
MENSUAL por el servicio, y señalando si el servicio es afecto de IVA. Además, se deberán presentar todos los
anexos solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido claramente identificado.
El valor ofertado deberá incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción
conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, transportes, derechos, patentes,
legalización de documentos, etc.
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Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una oferta
más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las ofertas.
La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada señala la
oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la
prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su
decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la cual
deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO N°1. El
oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir respuesta se
entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o vencido
el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los proponentes para
su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las siguientes
especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa a declarar
inadmisible la o las ofertas.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $200.000 (doscientos mil pesos chilenos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia Mínimo 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción
de ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA
“ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE TERAPIA INTEGRAL PARA EL HOSPITAL
LA FLORIDA”, ID: 812261-XX-LQ24.”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar no permite, por su naturaleza, señalar la
glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta
adherida al documento.
Forma y Oportunidad de
Entrega
El oferente o su representante deberá:
SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA FÍSICA
Entregar físicamente la garantía a profesional a cargo Sr. Anat Silva, en
oficina de Unidad de Licitaciones, ubicada en calle Diego de Almagro
5210, Ñuñoa, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30
a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de
ofertas en mercado público. Las garantías deben entregarse en sobre
cerrado dirigido a señor Anat Silva, Unidad de Licitaciones del Hospital La
Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
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• GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LQ24 (donde
se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
• IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
Siendo recibido el sobre se abrirá este y revisará si viene en su interior el
documento físicamente, sin analizar su correcta emisión.
Confirmado el contenido del sobre por el profesional a cargo de la
recepción, este quedará facultado para firmar cualquier documento de
recepción conforme, que se acompañe a la entrega, por parte del
proveedor.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Si el sobre es entregado por un servicio de encomiendas (correos de chile,
Chilexpress u otros de similar rubro), que no permite abrir el sobre para
verificar si el documento viene en su interior, sin firmar antes la recepción
conforme que pide la empresa de encomienda, el proveedor se hace
responsable en caso de ser rechazada su oferta, si se verifica
posteriormente que el sobre no contenía el documento en físico en su
interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
requisitos de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTIA ELECTRONICA
En caso que el proveedor caucione su oferta a través de una Garantía en
Formato Electrónico, deberá adjuntar dicha garantía a su oferta en portal
Mercado público (no será necesario, en este caso, la entrega material del
documento), antes del cierre de la recepción de ofertas.
PARA AMBOS TIPOS DE GARANTIA:
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s)
oferta(s) presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último,
sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse,
además, a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos
electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma,
que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s)
oferta(s) presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s).
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Calle Diego de Almagro 5210, Ñuñoa, funcionan distintas Unidades
del Hospital y SSMSO, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la
garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no
presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa), o en
más de una línea, este solo deberá presentar una garantía por todas las ofertas publicadas.
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5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad de la
información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del
mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el cobro de
multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
Las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o
desestimadas, estará a disposición del proveedor para su retiro, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde
la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente que
hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible readjudicación,
su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste entregue la
garantía de fiel cumplimiento del contrato.
PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCION MATERIAL DE GARANTIA:
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y custodia
del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a través de correo electrónico al profesional de
Unidad de Licitaciones responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad que custodia, el profesional a cargo de la licitación informará al
oferente mediante correo electrónico, los requisitos, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía. La
devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro desde
las dependencias del HLF.
Para el retiro el proveedor deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira.
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones a los
documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para que
puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de cierre para
estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el
acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale
en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto
en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la presentación de ofertas,
revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
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5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente
pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin
perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con
su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del
o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan
por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva,
en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos
del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así
como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad
de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o
agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud
o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de
las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen
y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado en el
numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una evaluación
objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases, de
modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta alternativa,
no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta,
de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
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CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial respecto
de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado.
Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre “Anexo 02:
Declaración Jurada Del Oferente”.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar, este
anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación
hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo
al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses
contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones
vigentes.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres
(3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y uno
de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes
Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses
contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en que consten
los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía, Fomento
y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en
el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para acreditar
su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
• Si es Unión Temporal de Proveedores:
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En el caso de una unión temporal de proveedores, los oferentes adjudicados que se unan de esta forma,
deberán además de las Declaraciones Juradas de cada integrante, presentar el documento que materialice
la unión temporal de proveedores, según corresponda. Dicho documento deberá establecer la solidaridad
entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o
apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la
vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del
mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado
por el Decreto Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03
DEL PERSONAL QUE
PRESTARA LOS
SERVICIOS
Documento que identifica al personal que prestará el servicio.
Se deberán adjuntar los respaldos señalados para comprobar tanto los
requisitos obligatorios como deseables.
Si no se logran acreditar los requisitos obligatorios, la oferta será
declarada inadmisible.
Si no se logran acreditar los requisitos deseables, estos no serán
considerados en la evaluación respectiva, según corresponda.
Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica
con el nombre “Anexo 03: Del personal que prestará el servicio”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04
CERTIFICADO
CONDICIONES DE
EMPLEO Y
REMUNERACIÓN
Documento en el cual el oferente declara la cantidad de mejoras en las
condiciones laborales de las y los trabajadores. Debe adjuntarse en la
carpeta administrativa con el nombre correspondiente, tal que permita
su inequívoca identificación.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la
carpeta técnica con el nombre: Anexo N°4: Certificado Condiciones de
empleo y remuneración.
05 EXPERIENCIA DEL
OFERENTE
Anexo para completar y adjuntar a la oferta que contiene el tipo de
experiencia del proveedor:
• Si se trata de experiencia en sector público:
Se deberá completar la tabla del Anexo indicando el ID de las órdenes de
compra de Mercado las que deberán contar, expresamente, en el sistema
de información Mercado Público con recepción conforme.
En este caso no se deberán adjuntar las órdenes de compra a la oferta, solo
identificarlas, ya que estas serán verificadas en línea en el sistema de
información Mercado Público directamente al momento de evaluar.
• Si se trata de experiencia en sector Privado:
Se deberá completar la tabla del anexo indicando el ID de las órdenes de
compra y sus correspondientes facturas.
En el caso de experiencia en sector privado además de completar este
anexo se deberán adjuntar a la oferta, las respectivas órdenes de compra
señalas y facturas indicadas en la tabla.
Estas Ordenes más sus facturas se deben adjuntar al anexo con el nombre
de: “Anexo 05 Experiencia del Oferente” en la carpeta Técnica de su oferta
en el portal mercadopublico.cl.
06
DECLARACIÓN
JURADA PROGRAMA
DE INTEGRIDAD CON
APLICACIÓN DE
CÓDIGO ÉTICA PARA
PROVEEDORES
Documento que declara la aplicación de programas de integridad de
Código de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31
ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores.
Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no
conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en
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(DIRECTIVA N°31
CHILECOMPRA)
Código de ética para proveedores, por tanto, su oferta no será evaluada en
este criterio de evaluación.
Anexo N°6: Declaración jurada programa de integridad con aplicación
de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 OFERTA
ECONÓMICA
Documento donde se oferta el valor mensual neto, en pesos chilenos por el
servicio requerido.
El proveedor deberá indicar en este anexo, cuando corresponda, si su oferta
económica está afecta a IVA.
El valor a ofertar deberá incluir todos los gastos asociados en los que incurra el
adjudicatario hasta la total recepción conforme de su servicio, comprendiéndose
entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, traslados, derechos, patentes,
etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica con
el nombre: Anexo N°07 Oferta Económica.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en este anexo que
conforma su oferta económica, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal,
prevalecerá la oferta subida a www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado
Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos
en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo adjuntos
en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o acreditar
algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados, declaraciones,
contratos, Ordenes de Compras, catálogos, etc. según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”, según el
siguiente detalle:
a.1 Documento, Antecedente o Anexo Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación
o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto
llenado del documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior,
sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo
al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
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Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°07 Oferta Económica.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o errores
no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el
Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a través
de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se efectuará
de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes que
no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación
y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa, técnica y
económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el Hospital en las
presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales
1. Jefatura Abastecimiento.
2. Jefatura Gestión de Contratos.
3. Referente/s Técnico/s.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su lugar el
subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la comisión sesione
con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea informada
en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente conforme al inciso
final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en un
número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del mencionado
reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la administración, (en
los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación), deberán abstenerse de
participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación, cuando exista cualquier
circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de sus integrantes, firmará una
Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por mayoría
simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación dará
inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
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1. Jefatura Abastecimiento.
2. Jefatura Gestión de Contratos.
La comisión deberá sesionar en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se tomarán
conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director, quien
en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución fundada,
inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no
cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten
convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por
estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada
en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de
la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones formales, siempre y
cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases
y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del
Portal Mercado Público.
• Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la presentación
de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta,
siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento
del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48 horas,
según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl,
de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el
requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la
oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación,
analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que obtenga
el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a un
solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos los
ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
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La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación, dicotómico
o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje máximo
y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor
valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor
valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia,
generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual al
menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN PUNTAJE
Requisitos Formales 1% 100
Condiciones de empleo y remuneración 3% 100
Programas de integridad con aplicación de código
de ética para proveedores del Estado 1% 100
Comportamiento Contractual Anterior 10% 100
Experiencia del oferente (Órdenes de compra) 10% 100
Requisitos deseables del personal 15% 100
Oferta Económica 60% 100
8.4.1 Evaluación Requisitos Formales (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, en consideración lo
indicado en el acta de apertura, asignándose el siguiente puntaje al criterio:
CRITERIO PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a
través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
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Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a
través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
Aquellas ofertas que no cumplan con los documentos, antecedentes o anexos de carácter esencial serán declaradas
inadmisibles, de acuerdo al numeral 6.1. de las presentes bases.
Aquellas ofertas que presenten requisitos administrativos, técnicos y/o económicos de carácter subsanable
observados y no rectifiquen las observaciones dentro del plazo asignado para ello, no recibirán puntaje por ese
concepto, ya que se asumirá que el requisito observado no se cumple.
8.4.2 Condiciones de empleo y remuneración (3%)
El puntaje correspondiente a las mejores condiciones laborales para el personal que prestará el servicio será el
resultado de la sumatoria de los puntajes obtenidos por el oferente, según Certificado Anexo N°04 de su oferta y
según la siguiente tabla:
Condiciones de Empleo y Remuneración Puntaje
Políticas de capacitación continua 20
Contratación personas con discapacidad 20
Seguro salud 10
Bono Escolaridad 10
Bono Fiestas Patrias 10
Bono Navidad 10
Políticas de Reajustabilidad remuneraciones 10
Contratación de personas adulto mayor 10
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MAXIMO
Mejores Condiciones de empleo y remuneración Anexo Nº
04
100
El proveedor deberá adjuntar el certificado que declare estas condiciones laborales.
Las condiciones declaradas en este anexo, se deberán mantener durante toda la vigencia del contrato y serán
comprobadas en los estados de pagos según corresponda, sin perjuicio de lo anterior, el Hospital en cualquier
momento podrá verificar si se cumplen estas condiciones durante la vigencia del contrato, solicitando los
antecedentes que estime conveniente al proveedor.
8.4.3. Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de ética
para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente acreditada, a
través de declaración jurada del proveedor (Anexo N°06), donde se señala expresamente como política de su
empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de
ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código
de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el Anexo N°06:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para
proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus 100
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contrataciones con el estado.
NO aplica programa de integridad con código de ética para
proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus
contrataciones con el estado, o no logra acreditar.
0
8.4.4. Comportamiento Contractual Anterior (10%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente en base al registro de comportamiento en el
Sistema de información Mercado Público y/o Chileproveedores realizado por las instituciones públicas con las
cuales este haya contratado, según el registro de comportamiento contractual anterior de Chile Proveedores y/o
Mercado Público.
8.4.5 Experiencia del oferente (10%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la evaluación
de órdenes de compra que cumplan con:
• Mismo rubro.
• Misma envergadura.
• Emisión 24 meses anterior al cierre oferta.
• OC sector público con recepción conforme.
• OC sector privado con factura.
• Máximo 6 OC por ítem.
Lo anterior, según lo siguiente:
Experiencia en Sector Público: Con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y con
recepción conforme” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben
indicar los clientes/contratos que tenga o haya tenido del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la
presente licitación, emitidas en el portal de mercado público, aceptadas por el oferente y donde conste
expresamente su recepción conforme, que acrediten la experiencia del proveedor en la venta del servicio
requerido.
Experiencia en Sector Privado: Con la presentación de “Órdenes de Compra” con su correspondiente factura” que
hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes/contratos que tenga o haya tenido del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente
licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Órdenes de compras de MP y las Órdenes de
compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta del servicio requerido en esta adquisición y se considerará
de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con organismos de salud pública o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Órdenes de
compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente/contrato. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada, solo
será considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
El Sistema de Información NO REGISTRA sanciones al oferente
dentro de los 24 meses anteriores al cierre de las ofertas. 100
El sistema de información REGISTRA sanciones al oferente,
dentro de los 24 meses anteriores al cierre de las ofertas. 0
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En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través
de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no cuenten con Recepción
conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su correspondiente factura, se
entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de
clientes/contratos por los mismos servicios, emitidas con fecha no superior a 24 Meses anterior a la fecha de cierre
de recepción de ofertas.
Si presenta más de una Orden de Compra emitida por la misma organización de salud Pública o privada, sólo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán en la evaluación las 6 órdenes de compra
de fechas de emisión más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 cliente 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.6 Requisitos deseables del personal (15%)
Se evaluará en este criterio el cumplimiento de los requisitos deseables especificados en las Bases Técnicas, según
lo indicado por el oferente en su Anexo 03, mediante el mecanismo de mayor valor. El oferente que acredite la
mayor cantidad de requisitos deseables, obtendrá el mayor puntaje.
Se entenderá que no cumple el requisito deseable cuando:
• No señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el certificado o
documento de respaldo.
• También se entenderá que no cumple la especificación técnica deseable, si el documento y/o certificado
que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y
se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
Mecanismo de mayor valor:
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑂𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑜𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑜) 𝑥 100
8.4.7 Oferta económica (60%)
Se debe ofertar en Anexo N°7 el valor mensual por el servicio, sin IVA y en pesos chilenos, incluidos todos los gastos
en los que incurra el adjudicatario en la prestación del servicio hasta su total recepción conforme, incluidos todos
los seguros, fletes, impuestos y tasas, personal que prestará los servicios, capacitación, especificaciones técnicas
licencias, etc.
Para efectos de discriminar entre las ofertas, se aplicará el Criterio de Menor Valor, al valor total ofertado en el
Anexo N°7.
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SERVICIO PARA 24 MESES PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Se establece expresamente que, si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada
inadmisible.
Con todo, el valor total de la oferta (impuesto incluido), no podrá superar el valor correspondiente al tipo de
licitación, so pena, de declararse inadmisible la oferta.
8.5.- Situación de Empate:
En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios:
a) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el factor requisitos
deseables del personal que prestará el servicio.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio oferta
económica.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Experiencia del Proveedor.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Condiciones de Empleo y Remuneración.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
cumplimiento de requisitos formales.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Programas
de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y horaen el
portal Mercado Público.
8.6.- Acta de Evaluación:
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, siendo
rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que fueron
evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de
bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas inadmisibles por la autoridad
y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de
los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con especificación del
puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no resulten
convenientes para los intereses del establecimiento, cuando proceda.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor evaluado
o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
Se adjudicará a aquel Proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de la
institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades
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y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de
servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá plena
vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a
través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación
aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de
ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el
desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones; las cuales
se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos desde la
publicación de la Resolución de Adjudicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje
total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento solicitado
para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y
6° y el artículo 35 quáter de la Ley 19.886, lo dispuesto en el artículo 33 de la ley 21.595, o según lo establecido en
el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la
Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de
Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha
condición o le sobreviene una inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar el
proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar la
Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que adjudiquen un
monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias líneas. Además, deberá
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presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de
estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a través
de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de la Garantía
de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a través de
la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato
y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Gestión de Contratos
del Departamento de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y según
el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o superior a
50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según
monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica,
deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de
poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a 3
meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: En formato físico firmada por el representante legal de la empresa o
la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por los vínculos de
parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades
establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, Que no se encuentra afecto a ninguna de las prohibiciones
que se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que moderniza la Ley N°19.886, sobre
Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio, tampoco podrán participar
aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con el estado, a que se refiere
el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos y que tratándose de personas jurídicas y que
tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y
contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores: Los
oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la
unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la
unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica
mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado
en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de
Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar un
certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por
parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del
Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado
arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente
adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del
período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de
presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una
nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro, tendrá
un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para inscribirse, sin
perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo dispuesto en párrafo
primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso
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se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el proceso
licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas
exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor oferta evaluada no
resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía
correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado
estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre de
Unidad de Gestión de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-
XX-LQ24 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en secretaria
de Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se procederá a
firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que aprueba dicho
contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: Una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra
respectiva, por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
La orden de compra será emitida según las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes, según los valores
ofertados por el proveedor.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir solo una vez
completa la tramitación de la Resolución que aprueba dicho Contrato.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra en
el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas las 24
horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el
proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el pago
no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta, además
señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose las
capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las licencias, de
todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso correcto, útil y
adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones legales
correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las obligaciones
accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable ante las
autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general ante
cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales que le
correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que nacen del contrato de
trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo laboral alguno entre el Hospital
y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo momento, información relativa al
cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores,
y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que
trata la presente licitación y el respectivo contrato.
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10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe,
o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda.
La duración del contrato será de 24 meses.
10.6.- Renovación del Contrato
De acuerdo a las condiciones establecidas en este proceso licitatorio, no procede la renovación de contrato.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a
continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción
a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del
monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
Dicha modificación, deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo dispuesto,
entre otros, en el dictamen N° 34.713, del 2015.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el adjudicatario
deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea
presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale
vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que
cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadera a la vista.
• No sujeto a modalidad.
• Irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto 10% del monto total del contrato en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, RUT
Nº65.075.485-9
Vigencia 24 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones
laborales del “SERVICIO DE TERAPIA INTEGRAL PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”
ID 812261-XX-LQ24. (donde se señala XX reemplazar por el número de la
Licitación).
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su
texto, esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al
documento.
Forma y oportunidad
de Entrega Física o
electrónica
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en la Unidad
Gestión de Contratos, ubicados en dependencia del Hospital La Florida, Avenida
Froilán Roa 6542, primer piso (hall central OIRS y llamar a los siguientes números
26121568 / 26121516 / 26121319), en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 12:30
y de 14:00 a 16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Contratos del
Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
• GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LQ24
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
• IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
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La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la
misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar
y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una
fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional,
indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico
viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Gestión de
Contratos.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas
al correo: garantiahlf@hospitallaflorida.cl, antes del del vencimiento del plazo de 5
días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la
Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta
adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que, además,
deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos
electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que
deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir
dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato
respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al
cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso
licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el
proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad del Tesorería del Hospital La Florida.
Se hace presente que la Unidad de Gestión de Contratos, se encuentra ubicada en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, donde funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue en
un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la garantía
de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos. La garantía
original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la ley N°19.886 y 22, número 6, del decreto N°250, de
2004, de Ministerio de Hacienda, ésta también deberá asegurar el pago de las obligaciones laborales y previsionales
de los trabajadores del proveedor.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente
que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes
económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole
una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento por
parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que corresponda
aplicar.
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Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días
hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de
dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Gestión de Contratos
o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar la
devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el documento
respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito
que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que
aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan
obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de transporte y/o
distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado será reajustado anualmente, según variación experimentada por el índice de precios al
consumidor (IPC) de los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reajuste.
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11. DE LAS ACTIVIDADES. |
11.1.- Inicio de Actividades.
El inicio formal de las actividades comenzara a regir una vez enviada la solicitud de servicio por parte del Referente
técnico de contrato del Hospital.
Dicha solicitud será enviada al correo electrónico del proveedor señalado en anexo 01.
Con todo, la solicitud podrá ser enviada por el RRTT del Hospital, solo una vez formalizado el contrato.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por
el Hospital de La Florida, a través del referente técnico.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director, poner
administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de incumplimiento
del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 de la Ley
Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además
de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto
total sea igual o superior al 30% del monto del contrato
b) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del servicio, condiciones de
su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por la Entidad.
c) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
d) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
e) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
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f) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se
procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
g) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos
justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas
del derecho común.
h) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
i) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
j) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
k) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del proveedor,
el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato, sin que el
adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida
por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista
acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del Hospital,
aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el monto que se
indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Manipulación fraudulenta de los datos e información de trazabilidad o cualquier otro, para el cobro del
Servicio. Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
b) Conductas que conlleven falta o falla que atente directa o indirectamente, contra la integridad física o
moral de pacientes y/o funcionarios, tanto el adjudicatario y/o su personal. (por ejemplo, daño doloso o
negligente al paciente y/o funcionarios; maltrato físico o verbal al paciente y/o funcionarios; robo o hurto
a pacientes y/o funcionarios, incumplimiento de la obligación de relevo de turno, etc) se aplicará una multa
de 10 UTM por cada falta antes descrita.
c) Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo a normas de infecciones
intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del servicio. (por ejemplo, no cumplir con los
protocolos de seguridad y/o infecciones, protocolos COVID, etc.). Se aplicará una multa de 10 UTM por
cada una de las faltas antes descritas.
d) Conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos de atención y/o seguridad definidos con el
Hospital. (Por ejemplo, aviso inoportuno de causal de fuerza mayor o caso fortuito que impida la adecuada
ejecución de los servicios, se estima inoportuno si excede de 24 horas contadas de sucedido el hecho;
incumplimiento en tiempo y forma con los informes clínicos y/o administrativos solicitados por el Hospital).
Se aplicará una multa de 3 UTM por el incumplimiento de cada conducta descrita anteriormente.
e) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM.
f) Incumplimiento de horarios: Se aplicará una multa de 0.5 UTM por cada hora de atraso en el inicio de los
servicios requeridos, según horarios, jornadas y/o turnos establecidos en bases para cada prestación y por
profesional. Con todo, si el atraso supera las 5 horas, se entenderá que el servicio no fue prestado durante
la jornada o turno requerido, aplicándose la multa por incumplimiento de turno o jornada estipulada en la
letra h).
g) Ejecución del servicio con personal no ofertado: En el caso que el proveedor oferte un personal y este
personal no sea el que está en el recinto durante la ejecución del contrato, y sea cambiado sin aviso y este
no haya sido evaluado y aceptado por el RRTT según bases, se aplicará multa de 10 UTM.
h) Se aplicará una multa de 3 UTM por no prestar los servicios requeridos por un profesional durante una
jornada o turno completo, según lo establecido en punto 2, 3 y 4 de Bases Técnicas.
i) Se aplicará una multa de 0.5 por cada Incumplimiento de obligaciones contenidas en Bases Técnicas, punto
8.2 “RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL PERSONAL QUE PRESTARÁ LOS SERVICIOS” y punto 9 “DE LAS
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO”.
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El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4.- Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Gestión de Contratos
del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5.- Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o termino
anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico administrador
del contrato, dirigido a la Unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Comercialización. Recibido el
informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una sanción,
multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través del
módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por escrito a
través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del informe emanado
por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la sanción o Multa y si se trata
de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando
todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación, a
través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe emanado por
el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término anticipado de contrato,
a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente
dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la medida y
detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días hábiles
a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo
total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución fundada del Hospital,
en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el término anticipado de
contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la Unidad
de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el módulo de
sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción
en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los
recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través del
módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6.-. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de la factura,
es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán
descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
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c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer el
cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7.- Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta certificada
de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el
Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen
eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o carta ante la autoridad máxima del
servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar mediante carta certificada o con entrega
presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver
el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la
respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien,
en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante el
cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una vez notificado el
cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
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13.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho ni de
facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción conforme
señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones correspondientes
al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se tratara de errores
subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el
documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días
hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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14.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad de
Gestión de Contratos del Hospital al Departamento de Finanzas, previa confirmación de los siguientes
antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) Emisión de factura la cual deberá indicar el Numero de OC que se generó por los servicios.
c) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega del servicio brindado.
d) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
e) Formulario F30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
f) La eventual aplicación de multas y sanciones.
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal, la
que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya aceptado
expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de la
aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará en 10 días
hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos administrativos de la
institución.
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En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo
4º de la Ley 19.886.
14.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a los
proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con transferencia
electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en calidad de
representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza,
para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con dicha entidad,
en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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15.- RESPECTO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá
solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable,
y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que puedan sufrir el
inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que el ingreso
tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetos
a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será
oportunamente informado.
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16.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
16.1.- Administración, control y validación por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato y recepción conforme, se designa a
María Paz Toledo, Jefa de Medicina Física y Rehabilitación, o quienes sean titular de los mismos cargos al momento
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de la ejecución del contrato, o quienes los subroguen, o a quienes jefatura designe, en calidad de Referente Técnico
del Contrato, quien, junto a la Unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital,
tendrán las siguientes responsabilidades
Referente Técnico del contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y entrega
oportuna del servicio.
• Validar la recepción conforme, cuando corresponda.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las presentes
bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe a la Unidad de Gestión de Contratos.
Unidad de Gestión de Contratos:
• Administración y gestión Administrativa del contrato
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para que
se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o
solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que faciliten
la ejecución del contrato y recepción conforme.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso oportuno
al proveedor vía correo electrónico.
16.2.- Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el Administrador
del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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17.- LEY Nº20.584 |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
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18.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar o
hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo en
especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1. OBJETO
El servicio que se licita tiene por finalidad contratar el “SERVICIO DE TERAPIA INTEGRAL PARA EL HOSPITAL LA
FLORIDA”, destinado a proveer prestaciones de salud a los pacientes beneficiarios del Hospital Clínico
Metropolitano de La Florida Doctora Eloísa Díaz por 24 meses, de acuerdo a las especificaciones técnicas que se
indican.
2. DEL SERVICIO
Los servicios a licitar se requieren por un periodo de 24 meses según el siguiente detalle:
ÍTEM SERVICIO REQUERIDO CANTIDAD DE MESES
VALOR GASTO
ESTIMADO
POR 24 MESES EN
UTM
1
SERVICIOS DE TERAPIA INTEGRAL PARA
EL HOSPITAL LA FLORIDA 24 MESES DE SERVICIO 4.892 UTM
2.1 DE LAS PRESTACIONES
Las prestaciones serán pagadas por mes vencido, en base a la cantidad de horas diurnas y horas turno
efectivamente realizados al mes.
La distribución de las funciones y/o asignación de pacientes por cada turno o jornada diurna, será de exclusiva
responsabilidad de las unidades donde prestarán servicios.
Además, a manera de velar por el correcto cumplimiento del servicio a licitar, el Hospital llevará durante toda la
duración del contrato el registro del personal, registro de marcas de entrada y salida de jornadas y/o turnos, fecha
y prestaciones efectivamente realizadas.
3. DEL LUGAR A PRESTAR EL SERVICIO
Los servicios serán prestados en dependencias del Hospital de La Florida, ubicadas en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna de La Florida, y en las instalaciones del Ex CRS Bellavista de la Florida ubicado en Av. Froilán Roa 6420,
Comuna de La Florida.
PRESTACIÓN
DEMANDA
ESTIMADA
MENSUAL EN
HORAS
DEMANDA
ESTIMADA PARA 24
MESES EN HORAS
VALOR TOTAL NETO
ESTIMADO DE
GASTO PARA 24
MESES EN UTM
TERAPIA KINÉSICA Y TERAPIA
OCUPACIONAL MODALIDAD
DIURNA
352 HORAS 8.448 HORAS 1.199 UTM
TERAPIA KINÉSICA Y TERAPIA
OCUPACIONAL EN MODALIDAD
4TO TURNO Y 4TO TURNO
MODIFICADO
1.080 HORAS 25.920 HORAS 3.693 UTM
MONTO ESTIMADO
PARA 24 MESES 4.892 UTM
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4. DEL HORARIO
La prestación diurna deberá ejecutarse en horario diurno día hábil, entre las 08:00 horas y las 17:00 horas, con
posibilidad de extenderlo hasta las 20:00 hrs. en caso que el jefe técnico y/o referente técnico del contrato lo solicite.
La prestación en 4to turno y 4to turno modificado deberá ejecutarse de 08:00 AM y 20:00 PM, y 20:00 PM a 08:00
AM del día siguiente, según definición de jefatura de Medicina Física y Rehabilitación. Estos horarios podrían ser
ajustados en relación a los requerimientos propios de cada unidad, lo cual será acordado previamente con el
proveedor.
5. RELOJ CONTROL
Al momento de iniciar y terminar su jornada de trabajo, tanto el proveedor y todo su personal, deberá registrar su
asistencia en reloj biométrico de control, ubicado en un sector designado por el Hospital. El reloj control deberá ser
proporcionado por el proveedor y deberá ser instalado dentro del plazo de 10 días hábiles desde iniciado el servicio,
previa coordinación con el Referente Técnico del contrato del Hospital. En espera de la instalación del reloj control
se debe de implantar un mecanismo de control en coordinación con el referente.
6. SOLICITUDES DE JORNADA
El Hospital a través de su Referente Técnico y de forma oportuna, por un medio escrito o digital, solicitará las
jornadas y turnos requeridos de forma programada, teniendo como máximo mensual un total de 352 horas diurnas,
y 1.080 horas turno distribuidas en jornadas según lo estipulan las bases de licitación.
Se entenderá como oportuna y programada aquella solicitud realizada como mínimo 7 días corridos previos al
requerimiento de horas.
Sin prejuicio de lo anterior y por razones de buen servicio, se podrá solicitar con menor plazo de cobertura de
jornadas diurnas y turno al adjudicatario mediante un medio escrito o digital, lo cual será definido de común
acuerdo entre ambas partes. Dicha solicitud debe ser aprobada previamente por el Referente técnico antes de ser
solicitado al proveedor, debiendo éste responder en un plazo no mayor a 24 hrs.
7. VISACIÓN DE HORAS
Para el registro de asistencia y control de horas, se establecen los siguientes términos para un registro fidedigno de
las prestaciones a realizar por el adjudicatario:
7.1 OBLICACIONES DEL ADJUDICATARIO
a) Registrar fielmente en el sistema digital biométrico instalado por el proveedor el tiempo exacto en horas y
minutos de cada servicio, ya sea diurno o de turno y velar por el cumplimiento de este registro.
b) Facilitar el acceso a un registro mensual de horas emitido por el sistema de control biométrico instalado,
al jefe técnico y/o administrador de contrato para realizar el informe de visación técnica de horas.
c) Contar con un sistema de respaldo de horas realizadas por cada profesional en caso de falla súbita,
inadvertida e irreparable del sistema de registro biométrico instalado.
d) Informar por escrito, dentro de las 24 horas siguientes, con la posibilidad de justificar en casos
excepcionales y siempre que no alteren el correcto funcionamiento del servicio, la falla o no marcación del
control biométrico en un máximo de una (1) oportunidad por profesional al mes. Para ello se utilizará el
certificado de justificación de ausencia de registro reloj control adjunto en las presentes bases, el cual debe
ser enviado a RRTT para su firma dentro de las 24 horas siguientes de la no marcación.
e) La falta de registro de la hora exacta de ingreso y/o egreso al servicio del profesional en el sistema de
control biométrico, se entenderá como servicio no prestado y no estará sujeto al pago de éste.
f) El adjudicatario será responsable del registro de los datos clínicos en la ficha clínica, de la entrega de un
registro estadístico por profesional que realiza el turno al RRTT y además, estará bajo la supervisión directa
del Jefe/a de la Unidad de Medicina Física y Rehabilitación.
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7.2 OBLIGACIONES DEL REFERENTE TÉCNICO DEL CONTRATO
a) Velar por el cumplimiento del registro de asistencia.
b) Revisar con carácter mensual, las horas prestadas por el adjudicatario y sus profesionales e informar al
proveedor a través de medio escrito o digital las horas realizadas por mes calendario vencido, con un plazo
no superior a 30 días desde la presentación de las horas por parte del adjudicatario.
c) Permitir la corrección en casos excepcionales y justificados la falla o no marcación del control biométrico
como lo indica la letra d) del título precedente.
d) Confeccionar con carácter mensual el informe de visación técnica de horas realizadas por los profesionales
para acreditar los servicios realizados, teniendo como referencia el informe de horas emitido por el sistema
de control biométrico instalado por el hospital durante la duración del contrato o su sistema de respaldo
cuando lo amerite.
e) Supervisar a los profesionales que prestaran los servicios mediante los registros ingresados en ficha clínica,
entrega de registro estadístico por profesional que realiza el turno y supervisión directa del RRTT de manera
aleatoria.
8. DEL PERSONAL QUE PRESTARÁ EL SERVICIO
Profesionales requeridos para prestar el servicio:
PRESTACIÓN CANTIDAD
KINESIÓLOGOS PARA REHABILITACIÓN Y NEURORREHABILITACIÓN
INFANTIL
2
KINESIÓLOGOS PARA CUIDADOS MEDIOS Y URGENCIA PEDIÁTRICA 4
TERAPEUTA OCUPACIONAL 2
8.1 REQUISITOS OBLIGATORIOS Y DESEABLES DEL PERSONAL
A. KINESIÓLOGOS PARA REHABILITACIÓN Y NEURORREHABILITACIÓN INTANTIL
N° REQUISITO FORMA DE ACREDITAR REQUISITO
(DOCUMENTO RESPALDO)
TIPO DE REQUISITO
1
Título de Kinesiólogo de a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una
Universidad o Instituto Profesional del
Estado o reconocido por éste o aquellos
validados en Chile de acuerdo con la
legislación vigente.
Certificado de título OBLIGATORIO
2
6 meses de experiencia profesional en
neurorrehabilitación pediátrica y
neonatal.
Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del
empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
- Funciones
- Meses/años de servicio.
OBLIGATORIO
3 Curso RCP Certificado OBLIGATORIO
4 12 meses de experiencia profesional Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del DESEABLE
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empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
- Funciones
- Meses/años de servicio.
5 Experiencia en el sector público
Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del
empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
- Funciones
- Meses/años de servicio.
DESEABLE
6
Capacitación en manejo y tratamiento en
disfunciones derivadas de diversas
patologías de origen neurológico y
derivadas de la condición de prematurez.
Certificado. DESEABLE
7 Diplomado relacionado con
neurorrehabilitación pediátrica Certificado DESEABLE
8 Curso IAAS Certificado DESEABLE
9 Curso BLS Certificado DESEABLE
B. KINESIÓLOGO PARA CUIDADOS MEDIOS Y URGENCIA PEDIÁTRICA
N° REQUISITO FORMA DE ACREDITAR REQUISITO
(DOCUMENTO RESPALDO)
TIPO DE REQUISITO
1
Título de Kinesiólogo de a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una
Universidad o Instituto Profesional del
Estado o reconocido por éste o aquellos
validados en Chile de acuerdo con la
legislación vigente.
Certificado de título OBLIGATORIO
2
6 meses de experiencia profesional en
Ventilación Mecánica Invasiva y No
Invasiva en pacientes hospitalizados
pediátricos y en al menos 6 meses en
Cánula de alto flujo en pacientes
hospitalizados pediátricos (CNAF).
Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del
empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
- Funciones
- Meses/años de servicio.
OBLIGATORIO
3
Capacitación en manejo y tratamiento en
disfunciones derivadas de diversas
patologías de origen cardiorrespiratorio
pediátrico.
Certificado. OBLIGATORIO
4 12 meses de experiencia profesional
Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del
empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
DESEABLE
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El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
- Funciones
- Meses/años de servicio.
5 Experiencia en el sector público
Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del
empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
- Funciones
- Meses/años de servicio.
DESEABLE
6 Diplomado relacionado con el manejo de
paciente con patologías respiratorias o
Curso /Diplomado Terapia Respiratoria y
Ventilación Mecánica.
Certificado DESEABLE
7 Curso RCP Certificado DESEABLE
8 Curso TQT Certificado DESEABLE
C. TERAPEUTA OCUPACIONAL
N° REQUISITO FORMA DE ACREDITAR REQUISITO
(DOCUMENTO RESPALDO)
TIPO DE REQUISITO
1
Título de Terapeuta Ocupacional otorgado
por una Universidad Chilena o título
extranjero reconocido y homologado por
el Gobierno de Chile.
Certificado de título OBLIGATORIO
2
Experiencia con usuarios hospitalizados y
ambulatorios.
Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del
empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
- Funciones
- Meses/años de servicio.
OBLIGATORIO
3
12 meses de experiencia profesional en
Medicina Física y Rehabilitación.
Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del
empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
- Funciones
Meses/años de servicio.
DESEABLE
4
Experiencia en el Sector Público.
Se podrá acreditar mediante
finiquitos, certificado del
empleador y/o relación de
servicios de la administración
pública.
El documento deberá detallar:
- Nombre
- Fecha
DESEABLE
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- Funciones
- Meses/años de servicio.
5
Curso o diplomado en confección de
órtesis Certificado DESEABLE
6 Curso o diplomado en Geriatría. Certificado DESEABLE
7 Curso o diplomado en Rehabilitación de
extremidades superiores. Certificado DESEABLE
8 Curso, Diplomado o Magíster en el Área
de traumatología.
Certificado DESEABLE
9 Curso, diplomado o magíster en:
• Neurorrehabilitación y rehabilitación
de adultos, o
• Evaluación cognitiva, o
• Demencias y rehabilitación.
Certificado DESEABLE
8.2 RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL PERSONAL QUE PRESTARA LOS SERVICIOS
TERAPIA KINÉSICA
- Brindar atención oportuna al usuario con indicación médica de kinesioterapia, realizando la evaluación y plan
kinésico correspondiente, siguiendo los procedimientos establecidos.
- Establecer coordinaciones necesarias para asegurar la completa rehabilitación de los pacientes comunicando
al equipo tratante posibles cambios y/o nuevos planes de manejo del paciente según sea requerido.
- Participar activamente de las reuniones de coordinación o reuniones técnicas de la Unidad.
- Participar en la elaboración de programas educativos dirigidos a funcionarios o pacientes y familiares acorde
con la necesidad de cada usuario y conforme al programa de capacitación diseñado con anterioridad,
efectuando la evaluación final a cada programa ejecutado.
- Instruir adecuadamente a usuarios y familias, entregándoles indicaciones y contenidos educativos en el
contexto de su tratamiento y su continuidad.
- Establecer una adecuada comunicación con la familia del paciente, procurando relacionarse con ellos de forma
cordial y asertiva, entregándoles información veraz y oportuna cuando lo requieran, y garantizando la
continuidad y oportunidad de la atención directa.
- Cumplir con las normas, protocolos y definiciones impartidas por la institución, adhiriéndose a la difusión y
cumplimiento de las políticas, procesos y procedimientos clínicos y administrativos de la Institución y/o Servicio
o Unidad. Asimismo, conocer, respetar y hacer cumplir los derechos y deberes de los pacientes.
- Capacitarse continuamente en el Sistema Informático del Hospital La Florida.
- Cumplir con otras tareas relacionadas con el cargo encomendadas por su Jefe Directo.
TERAPIA OCUPACIONAL
- Colaborar con los profesionales del equipo de Medicina Física y Rehabilitación en la planificación y ejecución
del Plan de Tratamiento y rehabilitación del paciente y su familia, coordinando el trabajo en equipo al interior
de la unidad, así como también con el resto de la red de salud, participando para ello en reuniones técnico
administrativas programadas.
- Brindar atención a usuarios y familias de manera oportuna, amable y segura, entregándoles además
indicaciones, contenidos educativos, y gestionando su acceso a actividades de rehabilitación en la Comunidad,
todo ello en el contexto del plan de tratamiento integral y rehabilitación y su continuidad.
- Adaptar el entorno del usuario hospitalizado a la patología del usuario, velando siempre por la comodidad y
confort de éstos.
- Mantener actualizado el registro de atenciones realizadas, registrando en forma clara y precisa las
intervenciones efectuadas en el usuario, encargándose de mantener el adecuado flujo de información al
interior de la unidad y fuera de ésta.
- Tomar conocimiento de normas y técnicas de procedimiento y/o novedades del Servicio, ejecutándolas
correctamente.
- Participar en capacitaciones programadas por la Unidad y/o Institución en temas de su competencia y
asistiendo a actividades de capacitación y/o actualización.
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- Mantener el espacio de desempeño profesional en condiciones óptimas para la adecuada atención de los
usuarios, definiendo y gestionando los materiales para el trabajo de terapia ocupacional y colaborando en el
adecuado mantenimiento del equipamiento y manejo de los insumos.
- Capacitarse continuamente en el Sistema Informático del Hospital La Florida.
- Cumplir con otras tareas encomendadas por su Jefe Directo.
8.3 BACK UP DEL PERSONAL QUE PRESTARÁ EL SERVICIO
8.3.1 BACK UP A SOLICITUD DEL HLF POR DESEMPEÑO DEFICIENTE:
Si durante la vigencia del contrato se determina que el desempeño del personal del proveedor que presta los
servicios es deficiente o insatisfactorio, el Hospital solicitará el cambio del profesional al proveedor.
Se considerará un desempeño insatisfactorio lo siguiente:
• Atrasos e inasistencias reiteradas: según reporte de asistencia y registro estadístico.
• Relaciones interpersonales deficientes, tanto con cliente interno como externo del hospital: reclamos
oficializados por escrito a través de jefatura de unidad/ referente técnico.
El proveedor que deba reemplazar al profesional, por desempeño deficiente, deberá presentar los antecedentes
del profesional de reemplazo dentro de los 2 días hábiles posteriores a la solicitud del Hospital, dicho profesional
en back up deberá cumplir con todos los requisitos obligatorios señalados en las presentes bases de licitación.
La jefatura de unidad donde se prestan los servicios deberá autorizar y visar al personal en back up, según los
requerimientos de especificaciones técnicas para cada perfil y tareas a desarrollar evaluadas en el proceso.
Con esta visación se coordinará el inicio de actividades del reemplazo, de no ser satisfactorio los antecedentes
presentados, se solicitará al proveedor enviar nuevos antecedentes de otro profesional para ser evaluado, dentro
de los 3 días hábiles siguientes al aviso de no visación.
8.3.2. BACK UP POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR (incluye licencias, renuncias)
De ser necesario por parte del proveedor reemplazar al profesional que prestará los servicios por razones de caso
fortuito o fuerza mayor, incluyendo la renuncia o licencia médica del profesional, el proveedor deberá contar con
personal de back up para dar continuidad al servicio, el cual deberá contar con las mismas competencias y
características técnicas exigidas en bases y ofertadas por el adjudicado.
El proveedor deberá notificar la fuerza mayor o caso fortuito al Hospital y enviar todos los antecedentes del
profesional de reemplazo dentro de las 12 horas posteriores al evento que origina la causal. El profesional de
reemplazo deberá cumplir con todos los requisitos obligatorios señalados en las presentes bases de licitación.
La jefatura de unidad donde se prestan los servicios deberá autorizar y visar al personal en back up, según los
requerimientos de especificaciones técnicas para cada perfil y tareas a desarrollar evaluadas en el proceso.
Con esta visación se coordinará el inicio de actividades del reemplazo, de no ser satisfactorio los antecedentes
presentados, se solicitará al proveedor enviar nuevos antecedentes de otro profesional para ser evaluado, dentro
de las 24 horas siguientes al aviso de no visación.
9. DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO
Al inicio del contrato, el referente técnico acordará un protocolo que, junto a las actividades citadas en el punto 8.2
de estas Bases Técnicas, dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario podrá agregar
las siguientes:
a) Asistir al Hospital oportunamente a prestar los servicios señalados y según programación que el Hospital
les asigne.
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b) Cumplir con las normas establecidas por la institución (reglamentos, registros, protocolos,
procedimientos e IAAS).
c) Efectuar los registros tanto clínicos como administrativos, en los sistemas documentales que posea el
Hospital, sean estos en formato papel y/o electrónicos.
d) Resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizada. En caso de daño, perdida, mal
uso o desperfectos, y que se compruebe que fueron causados por el personal del proveedor, estos
deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral al pago de la prestación.
e) Mantener un ambiente de respeto profesional y personal con los colegas, personal de la unidad,
funcionarios del HLF y pacientes.
f) Ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el hospital, a través
del jefe de servicio clínico y referente técnico del contrato.
g) Cumplir con la Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con
acciones vinculadas a su atención en salud.
h) Guardar confidencialidad de los antecedentes clínicos de los pacientes.
i) Queda prohibido que el proveedor o los profesionales cobren alguna suma de dinero o especie a los
pacientes.
10. DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL HOSPITAL
El Hospital se obliga a cumplir con la Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en
relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
El Hospital se obliga a guardar confidencialidad de los antecedentes clínicos de los pacientes.
11. INEXISTENCIA DE VÍNCULO DE SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA.
Ni la celebración del Contrato ni la ejecución de los Servicios Adjudicados, creará o dará lugar a vínculo de
subordinación o dependencia laboral alguno entre el Hospital y el personal que preste los servicios, siendo para
todos los efectos, el proveedor adjudicado, el único empleador de todos los profesionales.
12. INSUMOS Y EQUIPAMIENTO
Serán de cargo y costo del Hospital los insumos necesarios para realizar las prestaciones detalladas en la presente
licitación.
Las dependencias, equipos, instrumentos y otras especies inventariables del Hospital sólo podrán cederse en
comodato no translaticio de dominio, a fin de ser empleados en la ejecución del convenio.
13. OTROS INFORMES
Las partes podrán acordar además de los informes clínicos, l a e n t r e g a d e algunos informes de gestión o
de otro tipo arequerir por el referente técnico del contrato, para esto se definirá su objeto, alcance y periodicidad.
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