Durante el proceso de evaluación, el SEP podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales detectados en sus ofertas administrativa y técnica, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose de la solicitud a través del sistema de información. Efectuado tal requerimiento, el oferente deberá dar respuesta dentro del plazo de 48 horas al SEP; en caso contrario, su oferta se tendrá por no presentada.
En caso de que un oferente haya debido subsanar algún error en la presentación formal de su propuesta, ésta será calificada con una menor puntuación según el criterio de evaluación denominado “Presentación formal de la Oferta”.