Criterio para dirimir empates: Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará de la siguiente forma:
a) 1º Por clasificación de riesgo.
b) 2° Por precio
c) 3° Por deducible
d) 4° Por experiencia
e) 5° Por cumplimiento de los requisitos formales
En el caso de persistir el empate, se seleccionará la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
La comisión de apertura y evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones referidas a errores u omisiones en su oferta siempre y cuando no se afecte el principio de estricta sujeción a las Bases, ni de igualdad de los Oferentes y que se realice a través del portal Mercado Público. Los Oferentes deberán presentar sus respuestas por el mismo medio, limitándose exclusivamente a los puntos solicitados, las aclaraciones que se soliciten y las respuestas que se entreguen, tampoco podrán alterar la esencia de la oferta o el precio de la misma.
Los oferentes estarán obligados a responder dichas aclaraciones dentro del plazo otorgado a través del portal de compras públicas.
Como plazo para presentar lo solicitado por la Comisión de Apertura y Evaluación, los oferentes dispondrán de 24 horas a contar del momento en que la petición es publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja constancia que el municipio se reserva el derecho de comprobar la veracidad de lo declarado por los oferentes en la documentación presentada, autorizando expresa e irrestrictamente, desde ya para acceder a toda clase de registros públicos como privados que correspondan. Asimismo, de efectuar las denuncias penales y demás acciones legales correspondientes en caso de comprobar alguna forma de falsedad.
A lo anterior deberá sumarse la revisión por parte de la comisión de evaluación de las observaciones que realizan los oferentes al acto de apertura a través del foro inverso y en el caso de que estas sean procedentes, deberán relacionarse en el informe de la comisión respectiva.
En caso contrario, de no poder aplicarse el articulo 40 antes referido, al tratarse de requisitos esenciales y/o evaluables, se procederá al rechazo de la oferta, y no le será aplicada la pauta de evaluación.