Licitación ID: 2833-18-LE25
MEJORAMIENTO ESCUELA BASICA ABEL GUERRERO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 136
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de edificios y departamentos 1 Unidad
Cod: 72131501
Mejoramiento Escuela Básica Abel Guerrero  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MEJORAMIENTO ESCUELA BASICA ABEL GUERRERO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SE REQUIERE REALIZAR LOS TRABAJOS DE MEJORAMIENTO EN HIGIENICOS, PISO Y GRIFERIA DE BAÑOS DAMAS Y VARONES. CAMBIO DE CIELO Y PISO EN DUCHAS, CAMBIO DE CIELOS, Y PISOS DE SALAS DE PROFESORES Y SALA DE ASISTENTES.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DEPARTAMENTO DE EDUCACION MUNICIPAL
R.U.T.:
61.930.600-7
Dirección:
DAEM QUILLOTA, CALLE ESMERALDA 625
Comuna:
Quillota
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-11-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 22-10-2025 9:42:00
Fecha inicio de preguntas: 22-10-2025 10:05:00
Fecha final de preguntas: 27-10-2025 12:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-10-2025 12:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-11-2025 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-11-2025 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-11-2025 13:13:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANTECEDETES CALIFICACION DEL OFERENTE
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- ANTECEDENTES EVALUACION OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CALIFICACION DE LOS OFERENTES CALIFICACION DE LOS OFERENTES: -Modulo Anexos Administrativo 10% -Modulo Anexos técnicos 90% EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN BASES ADMINISTRATIVAS PUNTO 13.3.1 A), B) 20%
2 CALIFICACION DE LA OFERTA CALIFICACION DE LA OFERTA: -Modulo económico 80%. -Equipo de trabajo 5%. -Análisis de precios unitarios 5%. -Presupuesto y monto 5%. -Plazo 5%. EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN BASES ADMINISTRATIVAS PUNTO 13.3.2 A), B), C), D), E) 80%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FAEP 2025
Monto Total Estimado: 42081375
Justificación del monto estimado SEGÚN EL CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Ulises Arancibia
e-mail de responsable de pago: ulises.arancibia@redq.cl
Nombre de responsable de contrato: Carlos Gutierrez
e-mail de responsable de contrato: carlos.gutierrez@quillota.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-296612-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL DE QUILLOTA
Fecha de vencimiento: 11-06-2026
Monto: 5 %
Descripción: 11.1 DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. 11.1.1 DEL MONTO Y SU VIGENCIA El Proponente adjudicado deberá entregar al momento de la suscripción del contrato, uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza pagaderos a la vista y con carácter de irrevocable y a primer requerimiento, que en conjunto representen el 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, tomada en pesos chilenos, y extendida a nombre del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota, RUT N° 61.930.600-7, con la finalidad de garantizar el correcto y oportuno fiel cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario. En caso que esta garantía fuera rendida bajo la modalidad de una póliza de seguro, debe excluir las cláusulas de arbitraje y no puede contener deducible de cargo del municipio, sino que deberá ser garantizado por el adjudicatario. La garantía deberá ser entregada en el área de infraestructura e informática del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota, dentro del plazo fijado en las presentes bases para la suscripción del contrato, contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público. Se entenderá efectuada la notificación transcurridas 24 horas desde la publicación del decreto alcaldicio de adjudicación en el portal mercado público. La garantía deberá tener vigencia durante todo el plazo contratado para la ejecución de las obras y hasta al menos de 60 días hábiles desde la fecha de la Recepción Provisoria (sin observaciones). Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, al menos 60 días hábiles desde la fecha de Recepción Provisoria de las obras. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del contratista. Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas. En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, este deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la reemplazada, dentro del plazo de 15 días hábiles desde la notificación del cobro. La garantía podrá otorgarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento.
Glosa: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de la licitación pública ID 2833-18-LE25, del proyecto denominado “MEJORAMIENTO ESCUELA BASICA ABEL GUERRERO”, QUILLOTA. y el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante, cuando corresponda.
Forma y oportunidad de restitución: 11.1.3 DEL COBRO DE LA GARANTÍA. En caso de incumplimiento del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, el Departamento de Educación de la Municipalidad de Quillota estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. En caso de aprobarse aumentos de plazo, se deberá modificar el contrato respectivo. Al mismo tiempo se deberán modificar la fecha de vencimiento de la garantía en igual cantidad de días del aumento de plazo. El Departamento de Educación de la Municipalidad de Quillota, tendrá el derecho de hacer efectivo el cobro de la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en los siguientes casos: a) En el evento que el proponente contratado no cumpla con las obligaciones y/o plazos que establecen las presentes bases y contrato. b) En caso de alcanzar el monto máximo de multas durante la vigencia del contrato, según lo establecido en el punto 21 de las presentes bases. c) Si al momento del fallecimiento del proveedor, disolución de la sociedad o Unión Temporal de proveedores, existieran pagos de multas, retenciones u otros a favor del municipio. d) Por cualquiera de las causales establecidas en punto 23.2 de Resolución o Término Unilateral del Contrato. e) En el caso de que el proveedor, durante la ejecución del servicio, mantenga deudas en el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores, o por cualquier condena laboral, y producto de la cual el Departamento de educación de la Municipalidad de Quillota, en su calidad de mandante del servicio, deba asumir efectivas responsabilidades. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Departamento de Educación de la Municipalidad de Quillota pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del Proveedor.
    Otras Garantías
Beneficiario: DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE EDUCACION MUNICIPAL DE QUILLOTA
Fecha de vencimiento: 15-04-2027
Monto: 3 %
Descripción: 11.2 GARANTIA POR CORRECTA EJECUCION Y BUEN COMPORTAMIENTO DE LA OBRA. 11.2.1 DEL MONTO, SU VIGENCIA Y GLOSA Para la Recepción Provisoria, el contratista, deberá entregar, junto a la correspondiente factura, uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza pagaderos a la vista y con carácter de irrevocable y a primer requerimiento, que en conjunto representen el 3% del monto total del contrato tomada en pesos chilenos y extendida nombre del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota, RUT N° 61.930.600-7, con la finalidad de garantizar la correcta ejecución y buen comportamiento de la obra. La vigencia de esta garantía, será de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos contados desde la fecha de recepción provisoria de las obras (sin observaciones), más 30 días corridos adicionales sobre dicha fecha. La garantía deberá ser entregada en el área de infraestructura e informática del Departamento de Administración de Educación Municipal de Quillota.
Glosa: Para garantizar la Correcta Ejecución y Buen Comportamiento de la Obra de la licitación pública ID 2833-18-LE25, del proyecto denominado “MEJORAMIENTO ESCUELA BASICA ABEL GUERRERO”, QUILLOTA
Forma y oportunidad de restitución: .2.3 DEL COBRO DE LA GARANTÍA. Esta garantía, podrá hacerse efectiva por parte del Departamento de Educación Municipal de Quillota, previo informe fundado de la Inspección Técnica, si habiendo detectado fallas en la obra, el contratista no se hiciere cargo de ellas, o, si a su fecha de vencimiento, no ha sido realizada la Recepción Definitiva. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad que al contratista le corresponda de conformidad a lo dispuesto por el Código Civil. 11.2.4 DE SU DEVOLUCION Esta garantía será restituida en forma definitiva una vez efectuada la Recepción Definitiva de las obras (sin observaciones), siempre y cuando así lo amerite la Inspección Técnica, debiendo para este efecto el contratista, solicitar su devolución por escrito a dicha Inspección, quien dará el visto bueno para su retiro.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
13.5 RESOLUCIÓN DE EMPATE.
Si en el resultado de la evaluación final, hubiese un empate, se adjudicará al oferente con la mayor puntuación obtenida en el criterio de evaluación indicado en el punto 13.3.1, letra B. MODULO ANEXOS TÉCNICOS. En caso de persistir el empate, como segundo factor de desempate, se adjudicará al oferente con la mayor puntuación obtenida en el criterio de evaluación indicado en el punto 13.3.1 letra A MODULO ANEXOS ADMINISTRATIVOS. De persistir el empate, como tercer factor de desempate, se adjudicará al oferente con la mayor puntuación obtenida en el criterio de evaluación indicado en el punto 13.3.2, letra A. MODULO ANEXOS ECONOMICOS. De persistir el empate, como cuarto factor de desempate, se adjudicará al oferente con la mayor puntuación obtenida en el criterio de evaluación indicado en el punto 13.3.1, letra D. PLAZO

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.