Licitación ID: 5282-6-LQ25
Construcción Alumbrado Público Porvenir -B.Chilota
Responsable de esta licitación: I.MUNICIPALIDAD DE PORVENIR
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Construcción de Alumbrado Público Camino Porvenir-Bahía Chilota  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Construcción Alumbrado Público Porvenir -B.Chilota
Estado:
Suspendida
Descripción:
Construcción Alumbrado Público Camino Porvenir - Bahía Chilota, Comuna de Porvenir
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Secretaria de Planificación Comunal
R.U.T.:
69.250.300-7
Dirección:
Zavattaro Nº 434, Porvenir
Comuna:
Porvenir
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-03-2025 9:00:00
Fecha de Publicación: 25-02-2025 13:11:00
Fecha inicio de preguntas: 26-02-2025 8:00:00
Fecha final de preguntas: 12-03-2025 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-03-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-03-2025 9:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-03-2025 9:01:00
Fecha de Adjudicación: 09-04-2025 8:25:20
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA DE TERRENO 03-03-2025 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- ANEXO N°2 DECLARACIÓN JURADA
3.- ANEXO N°3 DECLARACIÓN JURADA PERSONA JURÍDICA
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°6 DECLARACIÓN DE EXPERIENCIA
 
2.- ANEXO N°7 CARTA GANTT
 
3.- ANEXO N°8 DECLARACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
 
4.- ANEXO N°9 MANO DE OBRA LOCAL
 
5.- ANEXO N°10 CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE INTEGRIDAD
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4 OFERTA ECONOMICA
2.- ANEXO N°5 PRESUPUESTO DETALLADO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CONTRATACIÓN MANO DE OBRA LOCAL PUNTAJE PONDERADO = PO x 0,10 10%
2 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE PONDERADO = PO x 0,15 15%
3 Plazo de Entrega PUNTAJE PONDERADO: ((PM/PE)*100)*0,15 15%
4 Precio PUNTAJE PONDERADO: ((OM/OE)*100)*0,20 20%
5 Cumplimiento de los requisitos PUNTAJE PONDERADO = PO x 0,05 5%
6 EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL RESIDENTE PUNTAJE PONDERADO = PO x 0,10 10%
7 OFERTA TÉCNICA PUNTAJE PONDERADO: PO X 0,20 20%
8 PACTO DE INTEGRIDAD PUNTAJE PONDERADO = PO x 0,05 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBDERE
Monto Total Estimado: 308364430
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE DE ACUERDO A RESOLUCIÓN EXENTA N12356 QUE APRUEBA PROYECTO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 180 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ROSA VIDAL
e-mail de responsable de pago: RVIDAL@MUNIPORVENIR.CL
Nombre de responsable de contrato: FRANCISCO RUDOLPH
e-mail de responsable de contrato: FRUDOLPH@MUNIPORVENIR.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2581868-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE PORVENIR
Fecha de vencimiento: 24-06-2025
Monto: 1500000 Peso Chileno
Descripción: 36.1 Garantía de seriedad de la oferta La Municipalidad de Porvenir, en las Bases Administrativas Especiales, establecerá, de acuerdo a la normativa vigente, si se requerirá o no garantía de seriedad de la oferta. Los oferentes deberán presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como, por ejemplo, boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale vista, entre otro tipo de cauciones), los que, quedarán bajo custodia de la unidad de Administración y Finanzas de la Municipalidad. Las pólizas de seguro deberán ser cobrables a la vista, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere cualquier otra gestión, además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que, el instrumento no se extiende a la vista, y, por tanto, será rechazada, tanto la caución, como la oferta. La garantía de seriedad de la oferta deberá dar cumplimiento en cuanto monto, glosa, beneficiario y vigencia, a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales. El documento podrá generarse física o electrónicamente. En ambos casos las garantías, deberán ingresar a través de Oficina de Partes de la Municipalidad antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas de la licitación, en original y una copia, en sobre cerrado con carta adjunta dirigida al Alcalde indicando “Garantía seriedad de la oferta licitación pública ID y el nombre del Proyecto”, monto y número del documento, acompañado de la identificación del proponente, debiendo, además subir a la plataforma electrónica mercado público una copia digitalizada de la misma. En caso de tratarse de garantías emitidas electrónicamente, aquella deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, incorporándose al proceso a través de la plataforma electrónica mercado público. La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en las siguientes circunstancias: a) Si el oferente, cuya oferta ha sido aceptada, no hace entrega de los documentos requeridos para la firma del contrato o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien, no suscribe el contrato respectivo dentro del plazo indicado posteriormente por estas bases, por causa imputable a él mismo. b) Si el municipio comprueba falta de veracidad de los antecedentes presentados, o cualquier incumplimiento grave de parte del proponente. c) Si no se inscribiere en el Registro Electrónico de Chileproveedores previo a la fecha de firma del contrato. d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886, o no proporciona los datos requeridos para verificar tal condición.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación pública ID 5282-6-LQ25 Construcción Alumbrado Público Camino Bahía Chilota- Porvenir, Comuna de Porvenir
Forma y oportunidad de restitución: Forma devolución: La Unidad de Administración y Finanzas de la Municipalidad será la encargada de devolver la garantía a los proponentes no adjudicados, esto a contar del día siguiente de la fecha en que, se suscriba el respectivo contrato, previo informe de la unidad encargada de la licitación. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta una vez que se firme el respectivo contrato y efectúe la entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato a que se refiere el punto siguiente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE PORVENIR
Fecha de vencimiento: 25-01-2026
Monto: 10 %
Descripción: 36.2 Garantía de fiel cumplimiento de contrato El contratista deberá presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como, por ejemplo, boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale vista, entre otro tipo de cauciones), el que, quedará, en definitiva, bajo custodia de quien figure como beneficiario del mismo. La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá dar cumplimiento en cuanto monto, glosa, beneficiario y vigencia, a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales. El documento podrá generarse física o electrónicamente. En el caso de garantías físicas deberá ser ingresado a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad por el adjudicado, a más tardar dentro de 10 días contados desde que, se notifica la adjudicación a través del portal de compras públicas, salvo que, las Bases Administrativas Especiales dispongan un plazo diferente. En caso de tratarse de garantías emitidas electrónicamente, aquella deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo remitirse en igual plazo al correo electrónico oficinadepartes@muniporvenir.cl indicando en el asunto del correo “Garantía fiel cumplimiento del contrato licitación pública ID y el nombre del Proyecto”, debiendo indicar en el cuerpo del correo monto y número del documento, acompañado de la identificación del proponente. La no entrega de la garantía en el plazo señalado, facultará a la Municipalidad a dejar sin efecto la adjudicación, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar desierta la licitación, revocarla, o readjudicar al oferente acreedor del segundo puntaje. entidad emisora. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere cualquier otra gestión, además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que, el instrumento no se extiende a la vista, y, por tanto, la garantía será rechazada, quedando facultada la Municipalidad para hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. Además, la respectiva póliza debe señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el artículo 78 del Reglamento, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que, constituya una enumeración taxativa, términos anticipados de contrato, cobro de multas que no alcancen a ser cubiertos con estado de pago, y en general, cualquier circunstancias en que el contratista no pueda responder pecuniariamente por sus obligaciones, y sea necesario ejecutar la garantía. En caso de modificaciones contractuales tales como aumentos de contrato u obras extraordinarias, suspensiones, renovaciones y prórrogas; o modificaciones de plazo derivadas del incumplimiento en tiempo y forma del objeto del contrato, o atribuibles a situaciones imprevistas para el contratista, será necesario que se extienda la garantía de fiel cumplimiento por el periodo que corresponda al de la extensión del plazo contractual. A su vez, si se contempla por modificación contractual un aumento en el precio total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía, debiendo ingresar la renovación con a lo menos 10 días corridos anteriores a su vencimiento. En caso de disminuciones se aplicará igual criterio, pudiendo rebajarse el monto o vigencia de la garantía. De no ingresar la extensión de la caución, la Municipalidad estará facultada para cobrar de oficio la garantía, sustituyendo el instrumento comercial entregado como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato por el dinero obtenido del cobro, el que tomará el lugar de la caución para todos los efectos de la contratación, quedando para tales efectos depositados en arcas del Servicio beneficiario. En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato, las Bases Administrativas Generales y Especiales, Especificaciones Técnicas, la Municipalidad, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la Licitación Pública ID 5282- 6-LQ25 Construcción Alumbrado Público Camino Bahía Chilota- Porvenir, Comuna de Porvenir
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada a solicitud del contratista previa entrega de la garantía de buena ejecución de la obra.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE PORVENIR
Fecha de vencimiento: 25-01-2027
Monto: 5 %
Descripción: 36.4 Garantía de buena ejecución de las obras La boleta de buena ejecución de las obras deberá ser presentada, en un plazo máximo de 5 días corridos contados desde la recepción de la obra. En caso de no presentación, se hará efectiva la boleta de fiel cumplimiento de contrato. Deberá ser pagadera a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como, por ejemplo, boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale vista, entre otro tipo de cauciones). Esta garantía deberá cumplir en monto, glosa, beneficiario y vigencia, con lo señalado en las Bases Administrativas Especiales. El objetivo de esta garantía es caucionar la buena ejecución de la obra, la estabilidad y la calidad del trabajo, por lo que, se hará cobro de la garantía en los siguientes casos: a) El contratista no subsanase dentro de plazo las reparaciones, mejoramientos o reposiciones que derivaran de un mal comportamiento de la obra en el periodo de garantía. Los mejoramientos enmarcados en el periodo de garantía serán informados debidamente a través de oficio en el cual se adjuntará un detalle de los desperfectos y se indicará el plazo máximo para subsanar. b) El contratista no se presenta a la recepción definitiva de la obra.
Glosa: Para garantizar la buena ejecución de las obras Licitación Pública ID 5282-6- LQ25 Construcción Alumbrado Público Camino Bahía Chilota- Porvenir, Comuna de Porvenir
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al Contratista una vez que se realice la recepción definitiva. Lo anterior sin perjuicio del plazo legal de responsabilidad civil de 5 años a que hace referencia el artículo 2.003, regla tercera del Código Civil o de los plazos previstos en las normas vigentes.
   
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE PORVENIR
Fecha de vencimiento: 25-01-2026
Monto: 5 Dólar Americano
Descripción: 36.3 Garantía de fiel cumplimiento de obligaciones laborales. Conjuntamente con la garantía de fiel cumplimiento de contrato, el adjudicado, previo a la firma del contrato, deberá entregar una garantía de fiel cumplimiento de obligaciones laborales, la que, deberá ser pagadera a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como, por ejemplo, boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, certificado de fianza, vale vista, entre otro tipo de cauciones). Esta garantía deberá cumplir en monto, glosa, beneficiario y vigencia, con lo señalado en las Bases Administrativas Especiales. El documento podrá generarse física o electrónicamente. En el caso de garantías físicas deberá ser ingresado a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad por el adjudicado, a más tardar dentro de 10 días contados desde que, se notifica la adjudicación a través del portal de compras públicas, salvo que, las Bases Administrativas Especiales dispongan un plazo diferente. En caso de tratarse de garantías emitidas electrónicamente, aquella deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo remitirse en igual plazo al correo electrónico oficinadepartes@muniporvenir.cl indicando en el asunto del correo “Garantía fiel cumplimiento obligaciones laborales del contrato licitación pública ID y el nombre del Proyecto”, debiendo indicar en el cuerpo del correo monto y número del documento, acompañado de la identificación del proponente. Esta garantía tiene por objeto responder ante eventuales incumplimientos laborales o previsionales del contratista para con sus trabajadores, por lo que, se hará efectiva en los siguientes casos: a) Término anticipado del contrato. b) Incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores. c) Declaración de quiebra o insolvencia del contratista.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones laborales del contrato de Licitación Pública ID 5282-6-LQ25 Construcción Alumbrado Público Camino Bahía Chilota- Porvenir, Comuna de Porvenir
Forma y oportunidad de restitución: Forma devolución: una vez ejecutados en su totalidad los trabajos, y posterior al acta de recepción definitiva, previa solicitud del contratista, se procederá a la devolución de la garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
10.9 Criterios de desempate
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA TÉCNICA”
Si aplicada la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, se resolverá adjudicando a aquel que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”.
Si aún persiste el empate, se adjudicará a aquel proponente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN OBRAS SIMILARES”.
Pacto de integridad
11. PACTO DE INTEGRIDAD Y PRACTICAS REÑIDAS CON LA PROBIDAD
11.1 El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de
las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
11.2 Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o
los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o
concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los
contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia
de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivasen.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
13. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
13.1 En virtud de lo dispuesto en Artículo 56, inciso primero, del Reglamento de la ley N° 19.886, la
comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales,
siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
13.2 Así mismo, la comisión evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre
que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes
deberán dar respuesta al requerimiento de la entidad dentro de los dos días hábiles siguientes,
contados desde el requerimiento de la comisión evaluadora, el que se informara a través del
sistema. De emplearse la facultad señalada, se procederá a evaluar con mayor puntaje a aquel de
los oferentes que cumplió cabalmente, otorgando menor puntaje a quien se le solicitó salvar errores
u omisiones, todo según se dispone en los criterios de evaluación de las Bases Administrativas
Especiales.
13.3 Con todo, en cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes
es una facultad para la Municipalidad, por tanto, la comisión evaluadora puede determinar, expresa o
tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios que rigen en materia de
licitaciones y compras públicas, especialmente la no formalización, de igualdad de trato a los
oferentes, y estricta sujeción a las Bases Administrativas.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
13. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
13.1 En virtud de lo dispuesto en Artículo 56, inciso primero, del Reglamento de la ley N° 19.886, la
comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales,
siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
13.2 Así mismo, la comisión evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre
que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes
deberán dar respuesta al requerimiento de la entidad dentro de los dos días hábiles siguientes,
contados desde el requerimiento de la comisión evaluadora, el que se informara a través del
sistema. De emplearse la facultad señalada, se procederá a evaluar con mayor puntaje a aquel de
los oferentes que cumplió cabalmente, otorgando menor puntaje a quien se le solicitó salvar errores
u omisiones, todo según se dispone en los criterios de evaluación de las Bases Administrativas
Especiales.
13.3 Con todo, en cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes
es una facultad para la Municipalidad, por tanto, la comisión evaluadora puede determinar, expresa o
tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios que rigen en materia de
licitaciones y compras públicas, especialmente la no formalización, de igualdad de trato a los
oferentes, y estricta sujeción a las Bases Administrativas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.