Licitación ID: 1230663-1-LE26
Servicio técnico audio iluminación y pantallas
Responsable de esta licitación: CORPORACION CULTURAL MUNICIPAL DE VICUNA
Fecha de Cierre: 22-06-2026 18:31:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Global
Cod: 80141607
Contratación de implementación técnica de audio, iluminación y pantallas led para la XI Feria del Libro Gabriela Mistral de Vicuña que se ejecutará por 10 días desde el 26 de junio al 5 de julio de 2026.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio técnico audio iluminación y pantallas
Estado:
Publicada
Descripción:
En el marco del desarrollo de la XI Feria del Libro Gabriela Mistral de Vicuña, se requiere la contratación de un servicio integral de implementación técnica de audio, iluminación y pantallas LED, destinado a la correcta ejecución de las actividades programadas durante el evento, el cual se desarrollará durante 10 días, entre el 26 de junio y el 05 de julio de 2026.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CORPORACIÓN CULTURAL MUNICIPAL DE VICUÑA
R.U.T.:
65.100.165-k
Dirección:
Chacabuco 334
Comuna:
Vicuña
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-06-2026 18:31:00
Fecha de Publicación: 17-06-2026 17:54:48
Fecha inicio de preguntas: 17-06-2026 20:00:00
Fecha final de preguntas: 18-06-2026 20:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-06-2026 20:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-06-2026 18:32:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-06-2026 18:32:00
Fecha de Adjudicación: 23-06-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario Administrativo
Documentos Técnicos
1.- Formulario Técnico
 
Documentos Económicos
1.- Formulario Económico
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Sello Empresa Mujer Según lo establecido en las bases 15%
2 Programas de integridad y compliance Según lo establecido en las bases 5%
3 Comportamiento contractual anterior Según lo establecido en las bases 15%
4 Cumplimiento de los requisitos Según lo establecido en las bases 5%
5 Experiencia de los Oferentes Según lo establecido en las bases 25%
6 Precio Según lo establecido en las bases 20%
7 Desarrollo Local Según lo establecido en las bases 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimo
Monto Total Estimado: 18742500
Justificación del monto estimado Monto estimado determinado sobre la base de cotizaciones de mercado para servicios de implementación técnica de audio, iluminación y pantallas LED, considerando equipamiento, montaje, operación técnica, soporte durante el evento y desmontaje.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daniela Rodríguez Perez
e-mail de responsable de pago: administracion@vicunacultura.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes requeridos para contratar, no acepta la orden de compra dentro del plazo establecido o no cumple con los requisitos necesarios para la formalización de la contratación, la Corporación podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con el resultado de la evaluación, y así sucesivamente, salvo que, por razones fundadas, se estime procedente declarar desierta la licitación.
TÉRMINO ANTICIPADO
Se podrá modificar la contratación o ponerle término anticipado, por las siguientes causales: a)Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b)Incumplimiento grave de las obligaciones establecidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, o aquellas que se establezcan en la contratación, cuya calificación quedará a juicio exclusivo de la Corporación Cultural Municipal de Vicuña. c)Notoria insolvencia del proveedor adjudicado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación. d)Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e)Si durante la vigencia de la contratación se constata incumplimiento al pacto de integridad regulado en las presentes Bases Administrativas. f)El incumplimiento de la normativa que resulte aplicable al proveedor. g)Si el proveedor fuere una sociedad y se disolviera, encontrándose pendiente la ejecución de la contratación. h)Las demás que establezca la Corporación Cultural Municipal de Vicuña en la contratación. Cabe destacar, que, en el caso de una UTP, se podrá modificar el contrato o ponerle término anticipado, por las causales anteriormente mencionadas y, además, por las siguientes causales: a)La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificar tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. b)Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c)Ocultar información relevante pata ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de los miembros de una UTP. d)Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida de la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e)Disolución de la UTP. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Corporación Cultural Municipal de Vicuña, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución de la contratación, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. El término anticipado de la contratación definitiva o su modificación se realizará mediante resolución fundada, que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. En los casos indicados precedentemente y cuando el término anticipado se deba a un incumplimiento de las obligaciones del proveedor, se harán efectivas por la Institución las multas correspondientes, mediante descuento en los pagos a que tenga derecho el proveedor, de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases de la licitación. Se procederá a pagar al proveedor, los servicios efectivamente ejecutadas y recibidas a satisfacción, menos las multas y descuentos a que hubiere lugar.
JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS
Para todos los efectos legales, en la contratación que se realice, las partes fijarán su domicilio en la comuna de Vicuña, y se someterán a la jurisdicción de sus tribunales de justicia, prorrogando la competencia para ante ellos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.