Licitación ID: 1058052-3-LE26
CONVENIO SUMINISTRO DE FARMACOS PROG. DE LA MUJER
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD IQUIQUE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Estradiol etinil 18000 Unidad
Cod: 51181807
Tibolona 2,5mg  

2
Estradiol etinil 800 Unidad
Cod: 51181807
Estradiol gel 1% 35g  

3
Levonorgestrel 10000 Unidad
Cod: 51181805
Levonorgestrel 150mcg / Etinilestradiol 30 mcg x 28 comprimidos  

4
Estradiol etinil 15000 Unidad
Cod: 51181807
Progesterona 100mg  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO SUMINISTRO DE FARMACOS PROG. DE LA MUJER
Estado:
Adjudicada
Descripción:
el Servicio de Salud de Tarapacá debe asegurar la continuidad, regularidad y oportunidad de los tratamientos farmacológicos vinculados al Programa de la Mujer 2026, garantizando así la adecuada resolución de las prestaciones comprendidas en el Programa de Adquisición y Gestión de Medicamentos, Dispositivos Médicos e Insumos, tanto GES como No GES, asociados a la Atención Primaria de Salud
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Fármarcos
R.U.T.:
61.606.100-3
Dirección:
Bienes y Servicios
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-03-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-03-2026 10:00:52
Fecha inicio de preguntas: 16-03-2026 15:24:00
Fecha final de preguntas: 18-03-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-03-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-03-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-03-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-04-2026 9:41:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- según punto 10.1. de bases administrativas
Documentos Técnicos
1.- según punto 10.2. de bases administrativas
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Los precios ofertados se evaluarán inversamente proporcionales a la oferta más baja. Precio más bajo presentado a la propuesta dividido por precio de cada oferta * 0,70 x por 100 puntos, para cada oferta Calificación del Pr⁡e cio=[(Oferta más baja)/(Valor Oferta "n")×0,70]x100 70%
2 Oferta Administrativa El cumplimiento de los requisitos administrativos se divide en la siguiente formula: Administrativos: (Requisitos Formales + Pacto de Integridad) * 0,05 5%
3 Oferta Plazo Entrega Este criterio evalúa el tiempo efectivo comprometido por el oferente para la entrega de los bienes en las bodegas del Servicio de Salud Tarapacá, ubicadas en la región de Tarapacá, contado desde la emisión de la respectiva Orden de Compra, independiente de que la logística sea propia o contratada. El objetivo de este factor es medir la capacidad real del proveedor para cumplir oportunamente con el abastecimiento y permitir una adecuada planificación y coordinación de la distribución institucional. Se considerará además lo siguiente: • Plazos tales como “1 día”, “24 horas” u otros equivalentes serán evaluados dentro del rango de menor plazo establecido (50 puntos), por cuanto en la operación logística real dichos tiempos no resultan verificables y pueden afectar la continuidad del servicio al usuario final. • Los plazos de entrega superiores a 10 días corridos serán declarados inadmisibles, por cuanto impiden una adecuada planificación y gestión del abastecimiento institucional y afec 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERVICIO DE SALUD TARAPACÁ
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 9 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CONTABILIDAD SST
e-mail de responsable de pago: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Diego Leyton Labbé
e-mail de responsable de contrato: diego.leyton@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2405744-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
3. MARCO NORMATIVO DE LA LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN
Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre el Servicio de Salud Tarapacá, en adelante “El Servicio” y quien provee de los bienes a que se refiere la presente licitación, en adelante “Proponentes”, "Oferentes", o “Participantes”, durante el proceso y en todas las materias relacionadas con esta licitación. Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las disposiciones de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas Generales, Anexos, Especificaciones Técnicas, en lo sucesivo "Bases". La presentación de una propuesta implica para la persona natural o jurídica que haga una oferta, la aceptación de las presentes Bases, a las cuales se somete desde ya. Esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos: a) Ley Nº19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento. b) Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas. c) Las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, los anexos aclaratorios, si los hubieren, lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas No19.886, su Reglamento y sus modificaciones, demás normas generales vigentes. d) Ley Nº19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. e) El Código del Trabajo, que regula la relación laboral entre los empleadores/as y los trabajadores/as por este Código y por sus leyes complementarias, contratados bajo vínculo subordinación o dependencias en virtud de un contrato de trabajo, donde se establece cumplimiento de horario de trabajo, seguir instrucciones impartidas por el empleador/a, remuneraciones por los servicios contratados, etc. Las infracciones a las normas que regulan las entidades a que se refiere este artículo se sancionan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 507 de este Código. Los derechos establecidos por las leyes Laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato del trabajo. f) Ley Nº16.744 de accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. g) Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la ley Nº20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. h) Las Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas, el cual se efectuará a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. i) Las modificaciones de las Bases, si las hubiere. j) Oferta Técnica, económica, catálogos, manuales, etc., de los servicios ofertados. k) Resolución de Adjudicación. l) Orden de Compra. m) Toda documentación aclaratoria enviada por el referente técnico, a los proponentes, durante el período de estudio de las propuestas. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: • La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. • DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. • DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. • DFL. Nº 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL. Nº 2763/79 y las leyes 18.469 y 18.933, que regulan las funciones propias de esta, como el Reglamento del Ministerio Orgánico del Ministerio de Salud, Decreto Nº 136, de 2004, ambos del Ministerio de salud. • D.S. Nº 140/2004, del Ministerio de Salud, que fija el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
5. DE LOS PROPONENTES
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4°, N° 24 del Reglamento de Compras Públicas, contenido en el Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, los proveedores interesados en participar podrán ser personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras. Estos podrán actuar de manera individual o, exclusivamente en el caso de empresas de menor tamaño, formar Uniones Temporales de Proveedores para la provisión de bienes y/o servicios a las entidades públicas. Será requisito indispensable que todos los proveedores interesados estén inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores del Estado en Mercado Público al momento de presentar sus ofertas. No podrán participar aquellos proveedores que se encuentren inhabilitados para pertenecer al Registro de Proveedores conforme artículo 154 del Reglamento de Compras Públicas, Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. a) En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica deberá presentar: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/las) Representante (s) Legal (es) de la Empresa - Certificado Representante Legal (con vigencia a la fecha de presentación de la propuesta). - Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad. En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y rol único tributario. a) De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados). - Certificado de Habilidad. En caso de constitución de Unión Temporal de proveedores/as, junto con los antecedentes legales para poder ofertar, descritos en los puntos a.) y b.) de cada uno de los proveedores/as que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá presentar el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma y lo que se indica a continuación.
6. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Se admite la participación en el presente proceso licitatorio de oferentes que actúen bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, conforme al artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886 (D.S. N° 661/2024), bajo las siguientes condiciones: 1. La UTP debe estar integrada por al menos una empresa de menor tamaño. 2. Se constituye exclusivamente para esta licitación y su vigencia deberá abarcar, como mínimo, la duración del contrato adjudicado, incluidas eventuales prórrogas. 3. Su formalización deberá realizarse mediante escritura pública o, si el monto del proceso es inferior a 1.000 UTM, por instrumento público o privado. 4. El acuerdo debe incluir: responsabilidad solidaria entre sus miembros y el nombramiento de un representante común con poderes suficientes para actuar durante todo el proceso.
7. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
De conformidad a lo establecido en el artículo 4, N° 4 Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda, si los/las oferentes presentaran consultas de carácter administrativo o técnico respecto a los requerimientos, éstas deberán ser remitidas por medio del foro establecido en www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos establecidos para tal efecto se encuentra el punto N°5 “ETAPAS Y PLAZOS” indicados en la Ficha de Licitación, no pudiendo los proveedores contactar de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios/as, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso, salvo lo que esté expresamente indicado en las presente bases. Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por el Servicio de Salud Tarapacá mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley 19.886. El Servicio de Salud Tarapacá podrá introducir modificaciones a las presentes bases mediante acto administrativo fundado, por parte de la autoridad superior del Servicio, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal y hasta 3 días hábiles del término del plazo para recibir ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderán forman parte integral de las bases de licitación, siendo su aplicación obligatoria para todos los participantes. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, el Servicio deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, el que no podrá ser inferior a 3 días hábiles, pudiendo ser mayor dependiendo de la complejidad de éstas. Es exclusiva responsabilidad del proponente la revisión del portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en el punto precedente.
8. FINANCIAMIENTO
El desarrollo y ejecución del proyecto licitado será financiado por el Servicio de Salud, cuyo Presupuesto disponible asciende a $48.206.900.- (Cuarenta y ocho millones, doscientos seis mil, novecientos pesos) IVA incluido. Por lo anterior, el gasto que irrogue el desarrollo y ejecución del proyecto licitado será imputado al ítem correspondiente, del presupuesto del Ministerio de Salud, según se indique en el convenio suministro correspondiente. El o la oferente deberá calcular en base a su propio análisis, los precios, gastos generales, leyes sociales, gastos financieros y las obligaciones contractuales que se contraigan para la prestación de los productos requeridos. Ambas partes de común acuerdo podrán solicitar fundadamente modificación del contrato, siempre y cuando no cambie la naturaleza de este y que dichas modificaciones se atengan a lo dispuesto en las presentes bases y en el contrato. Sólo tratándose de caso fortuito, fuerza mayor o que se adhiera otra/as instalaciones que administre el Servicio, debidamente acreditada la referida modificación podrá implicar un aumento de precio hasta en un 30% del monto originalmente pactado. Para tal caso, se deberá emitir el acto administrativo que corresponda, y posteriormente deberá generarse la orden de compra por el aumento de precio. Las ofertas económicas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor neto unitario, por la adquisición de los bienes y expresados en moneda nacional. El oferente deberá utilizar los formatos que se anexan y las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente el día y hora señalada en el Portal. Los precios deben consignar valores por las especies puestas en las dependencias que el Servicio de Salud Tarapacá indique y los precios deben estipularse de acuerdo con lo indicado en los Cuadros de Oferta Económica que se adjuntan en el Anexo Nº 6 Formulario Técnico -Económico de ofertas, de estas Bases.
9. VIGENCIA DE LA OFERTA
Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de 60 días corridos desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. La oferta cuyo periodo de validez sea menor que el requerido será declarado inadmisible. Vencido este plazo si no hubiere realizado la adjudicación o ésta no se encontrare totalmente tramitada por cualquier causa, el Servicio podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
10. PRESENTACIÓN DE OFERTAS AL PORTAL
Las ofertas, deberán presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, con todos los antecedentes, formularios y anexos que se exigen en las presentes Bases Administrativas Generales, deberán entregarse debidamente firmados (firma electrónica simple) por el oferente o su representante legal, según corresponda. Si el oferente se encuentra con inscripción vigente en Chile Proveedores, podrá obviar la presentación de aquellos antecedentes exigidos que se encuentren en dicho portal y que a la fecha de la apertura estén vigentes. Todos los anexos deberán estar redactados en idioma español, debidamente firmados por el oferente o su representante legal. Los cuáles serán escaneados e ingresados al portal www.mercadopublico.cl, así también, la documentación anexa debe ser subida al portal en formato digital no modificable. Las ofertas deberán ser ingresadas al portal de Compras Públicas en el plazo establecido en las presentes bases. Posterior a la fecha y hora de cierre indicada en la ficha de licitación del portal, el sistema se cierra automáticamente y no permite el ingreso de ninguna otra oferta, ni archivo adjunto. Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta. La existencia de documentos ajenos a la nómina señalada se considerará complementaria y, por lo tanto, su presentación no dará motivo de descalificación del oferente. 10.1. Oferta Administrativa: Deberán presentarse electrónicamente, en el Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes antecedentes: A) Anexo Nº1: Formulario Identificación del Oferente. Identificación completa del Oferente y su Representante Legal cuando corresponda, incluyendo nombre completo, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, domicilios y números de cédula nacional de identidad y/o rol único tributario. En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada B) Anexo Nº1-A: Formulario identificación del Oferente Unión Temporal de Proveedores: Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, deberá completar el Formulario N°1-A, adjuntando el acuerdo de participación conjunta. El objeto del acto constitutivo del acuerdo deberá contemplar el desarrollo y ejecución del proyecto, entendiendo por ello, la entrega de la totalidad de los bienes de las características contempladas en el proceso de licitación. Asimismo, deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente: • El acuerdo de participación conjunta en la licitación como unión temporal de proveedores; • La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante • El nombramiento de un apoderado común con poderes suficientes. • Vigencia no inferior al plazo del contrato adjudicado. • Porcentaje de participación de sus integrantes en experiencia. Se entenderá por participación aquel porcentaje distinto de 0% que declare en experiencia. • La o las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el presente numeral serán declaradas inadmisibles. • También aquellas que no den cumplimiento a lo señalado en artículo 180, letra a) en relación con lo dispuesto en artículo 4, N° 14 del Reglamento de Compras, esto es integrada por una o más empresas de menor tamaño. C) Anexo N°2: Formulario Declaración Jurada Simple. Declaración jurada simple en que el Oferente declare estar en conocimiento de las características de la licitación, de su situación legal, de los antecedentes que forman parte de esta propuesta y de la aceptación de ésta en todas sus partes, así como la facultad privativa del Mandante de adjudicar la licitación. En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada. D) Anexo Nº3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios e Inhabilidad Contemplada en el Artículo 4, Inciso Primero, 35 quáter y 35 septies de la ley 19.886, En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada. E) ANEXO N°4: Programa de Integridad, Deberá indicar mediante declaración respectiva, el Programa de Integridad vigente implementado en su empresa y acreditar con medios de verificación afines la difusión del programa y que este sea conocido por su personal. F) ANEXO N°5: Declaración Jurada Simple de no encontrarse inhabilitado para contratar con el estado (Ley 20.393, DL 211/1973 y Ley N° 21.595). G) Antecedentes Legales para Poder Ofertar a. En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/las) Representante (s) Legal (es) de la Empresa - Certificado Representante Legal (con vigencia a la fecha de presentación de la propuesta) - Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad. En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y rol único tributario. b. De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) - Certificado de Habilidad. c. En caso de constitución de Unión Temporal de proveedores/as, junto con los antecedentes legales para poder ofertar, descritos en los puntos a.) y b.) de cada uno de los proveedores/as que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá presentar No se exigirán los documentos administrativos de declaraciones juradas que se encuentran el portal de mercado público al momento de ofertar relativos a identificación completa del oferente, en caso de UTP por cada integrante y declaraciones juradas sobre no haber sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecido en los artículo 463 y siguientes del Código Penal dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta, no haber sido condenado por el Tribunal de Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración contemplado en el artículo 26 letra d), del Decreto con fuerza de Ley Nº 1, de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 211, de 1973, si se trata de una persona jurídica no haber sido condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley 20.393. Además de los conflictos de interés. 10.2. Oferta técnica/económica: Deberán presentarse electrónicamente, en el Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes antecedentes: A) Anexo N° 6: Formulario Técnico-Económico: corresponde al documento obligatorio mediante el cual el oferente deberá detallar su propuesta, indicando la información técnica y económica de los productos requeridos en la presente licitación. Este formulario deberá ser completado íntegramente y adjuntado junto a la oferta en el portal, constituyendo la base para la evaluación técnica y económica por parte de la Comisión Evaluadora. En dicho anexo el oferente deberá señalar, al menos: - Descripción del producto ofertado conforme a lo requerido en la presente bases. - Cantidad ofertada. - Plazo de despacho expresado en días corridos. - Fecha de vencimiento de los productos. - Precio unitario neto. - Valor total con impuestos y recargos incluidos. El valor total informado deberá considerar todos los costos asociados al suministro, incluyendo transporte, despacho, embalaje, seguros, impuestos y cualquier otro gasto necesario para la correcta entrega de los productos en el lugar indicado por la entidad licitante. La información contenida en este anexo será utilizada para verificar el cumplimiento técnico de los productos y para la evaluación económica de la oferta. En consecuencia, la omisión de datos, inconsistencias, falta de información o el llenado incompleto del formulario podrá afectar la evaluación de la oferta e incluso dar lugar a su inadmisibilidad, conforme a lo establecido en las presentes bases. El oferente será responsable de la veracidad de la información declarada en el formulario. 10.3. Presentación de documentos omitidos El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Durante la evaluación el Servicio podrá solicitar la presentación de certificaciones y documentos que los oferentes hayan omitido al momento de presentar sus ofertas, siempre que dichos antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar su oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar su oferta y el periodo de evaluación, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. El plazo para la presentación de los documentos omitidos será de 48 horas desde que se le notifique el requerimiento al oferente, a través del portal. En estos casos, las presentes bases contemplan, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido. Sin perjuicio de lo anterior, no podrán solicitarse documentos faltantes que hayan sido categorizados como esenciales en las presentes bases, cuya omisión, o presentación incompleta, ilegible, adulterada o errónea, facultará a la comisión evaluadora a dejar inadmisible la o las ofertas respectivas. Todos los anexos presentados, tanto en el sistema digital como en soporte físico, deberán entregarse debidamente firmados por el oferente, en caso de ser persona natural, o por su representante legal, en caso de corresponder a una persona jurídica.
11. REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES
Los proponentes deberán presentar todos los antecedentes administrativos, la oferta técnica, la oferta económica y la totalidad de los anexos que forman parte de las presentes bases en formato físico o digital, en el plazo de recepción que se indican en estas bases. La apertura de las ofertas de la licitación se efectuará a través del portal Mercado Público, el día y hora señalados para tal efecto en el cronograma. Al efectuar el acto de apertura se procederá con la revisión de los antecedentes requeridos, cuyo objeto será verificar que se hayan presentado todos los antecedentes administrativos solicitados. En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público, que provoque la imposibilidad de ingresar archivos correspondientes de algún oferente, este tendrá un plazo de 24 horas, contados desde el inicio del acto de apertura, para presentar al Servicio un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar dicha situación ante la comisión respectiva y el resto de los oferentes de la licitación. En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte de papel de los antecedentes de la Oferta Administrativas, Técnica y Económica, a través de la Oficina de Partes del Servicio de Salud Tarapacá, ubicado en Aníbal Pinto Nº815 de la ciudad de Iquique, Región de Tarapacá, en sobre cerrado, indicando el número y nombre de la licitación. Adicionalmente deberá contar con el código de reclamo efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información, para su verificación. Los antecedentes serán resguardados por la Jefatura del Departamento de Abastecimiento y Logística del Servicio, quién deberá adoptar las medidas para resguardar su inviolabilidad y correcta conservación, y en ninguna circunstancia o solicitud, la recepción de sobres se podrá hacer fuera de la fecha y hora indicados como último plazo.
12. DOCUMENTOS ESENCIALES
Para la aceptación de las ofertas, se considerarán requisitos y condiciones esenciales, los siguientes documentos, cuya omisión, cualquiera de ellos, faculta para declarar inadmisible la respectiva oferta: - Anexo N°6: Formulario Técnico-Económico. - El producto ofertado deberá contar con una vigencia mínima de caducidad de 12 meses al momento de la entrega. - El plazo de entrega ofertado no podrá ser superior a 10 días corridos. - En el caso de proveedores conformados como UTP, deberán cumplir con todas las exigencias expresadas en estas Bases y en la Directiva N°22 de la Dirección de Compras Públicas.
13. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La apertura de las ofertas de la licitación se realizará a través del portal Mercado Público, en la fecha y hora estipuladas en el cronograma correspondiente. Durante este proceso, se llevará a cabo la revisión de los antecedentes requeridos con el objeto de verificar que las propuestas cumplan con todas las exigencias de estas Bases, en una sola etapa. En primera instancia las ofertas que hayan sido aceptadas serán sometidas a un proceso de verificación de los documentos exigidos en estas bases y a la revisión de su contenido. Esta revisión permitirá diferenciar entre las ofertas que serán evaluadas y aquellas que se considerarán inadmisibles. En este contexto, el Departamento de Abastecimiento y Logística del Servicio será responsable de revisar las ofertas y establecer cuáles resultan admisibles e inadmisibles, dejando constancia de las observaciones relacionadas con los oferentes que hayan sido excluidos por no cumplir con los requisitos establecidos. Las ofertas que sean consideradas admisibles, continuarán a la etapa de evaluación técnica-económica. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores no esenciales o meramente formales, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las ofertas, requiriendo a los oferentes que se encuentren en esta situación, que subsanen o aclaren tales situaciones, dentro del plazo de 48 horas desde que esto se comunica a través del sistema de información. En todo caso, la Comisión evaluará en cada caso si ejercerá la facultad prevista en el artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas. La responsabilidad de revisar y responder adecuada y oportunamente las solicitudes de antecedentes omitidos o aclaraciones disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes. Cabe indicar que no se puede corregir o complementar lo que se respondió en primera instancia a través de dicho sistema de aclaraciones. Los proponentes tendrán la oportunidad de formular observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la apertura a través del portal www.mercadopublico.cl. Estas observaciones serán resueltas por el mismo medio dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes. En caso de que se presente un problema técnico en el portal Mercado Público se deben regir bajo el artículo 115 número 3 del Reglamento de Compras Públicas, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad. Es requisito esencial que la oferta sea presentada a través del Portal de Mercado Público antes del cierre del período establecido. El incumplimiento de este requisito excluye automáticamente la oferta del proveedor para seguir participando en la presente licitación. A partir de este momento, los oferentes no podrán modificar sus propuestas. El proceso de evaluación estará a cargo de la Comisión designada al efecto. Al finalizar el proceso de evaluación, la Comisión emitirá un informe dirigido al director del Servicio, que deberá contener las indicaciones previstas en el artículo 57 del Reglamento de Compras Públicas. Este informe será subido al sistema de información de compras públicas. La comisión evaluadora será apoyada administrativamente por un funcionario/a del Departamento de Abastecimiento y Logística, quien cumplirá la función de secretario de esta y realizará su labor de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en estas bases. Para las ofertas presentadas por Uniones Temporales de proveedores (UTP), la nómina y los certificados solicitados en las bases para acreditar experiencia, en caso de corresponder, se solicitarán a cada uno de los integrantes que conforman el grupo licitante. Estos serán prorrateados para la evaluación de acuerdo con el porcentaje de participación en la UTP, independiente del mecanismo de formalización o constitución de dicha Unión. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes de conformidad a lo dispuesto en el artículo 35 ter de la Ley N°19.886, salvo que se realice a través del sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Se establece que está estrictamente prohibido que los/las integrantes de la Comisión Evaluadora del proceso licitatorio acepten cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o regalos de parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión. Esto se enmarca en la ley N°20.730 y su reglamento, contenido en el decreto supremo N°71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y funcionarios de la Administración del Estado. Los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir la declaración jurada simple relativa a intereses y confidencialidad de los miembros de la comisión evaluadora. La Comisión Evaluadora estará facultada para admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales de la oferta, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no impida la correcta evaluación de las propuestas. Una vez dictado el acto administrativo que constituye la Comisión Evaluadora, cada integrante de esta deberá cumplir con lo siguiente: a) Verificación de antecedentes requeridos en las Bases y Anexos. b) Declaración de admisibilidad de acuerdo con estas bases. c) Evaluación: Una vez verificado el cumplimiento estricto de los requisitos de admisibilidad, las ofertas se evaluarán considerando los criterios que se indican a continuación, adjudicándose la licitación a la oferta con mayor puntaje y que convenga a los intereses del Servicio de Salud de Tarapacá. d) La Comisión estará presidida por la Jefatura del Departamento de Abastecimiento y Logística. e) Deber de abstención: Las autoridades y funcionarios, así como quienes presten servicios a honorarios en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación, de los organismos regidos por la ley Nº19.886 y el presente Reglamento, deberán abstenerse de participar en los procedimientos de contratación regulados por dicho cuerpo normativo, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, Nº6, de la Ley Nº18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Todo ello de conformidad a lo indicado en el artículo 15 del Reglamento de Compras Públicas
15. RESOLUCIÓN DE EMPATES:
En el caso de que se presente un empate posterior a la suma ponderada de las evaluaciones, los criterios de Evaluación y subfactores de desempates serán los siguientes y en el orden que indican a continuación: 1. Oferta Económica. 2. Oferta Plazo Despacho 3. Oferta Administrativa De persistir el empate, se preferirá la propuesta de quien haya hecho ingreso primero de su oferta en el portal de compras www.mercadopublico.cl. Una vez que el Servicio haya definido la adjudicación de las ofertas, procederá a notificar a todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, del resultado de la licitación. A los oferentes que hubieren resultado adjudicados con la licitación, se les emitirá la respectiva Orden de Compra digital a través del portal www.mercadopublico.cl., quedando obligado el oferente adjudicatario a su aceptación, de acuerdo con lo expresado en la ley de compra 19.866. El o los adjudicatarios quedarán obligados a dar estricto cumplimiento a las menciones contenidas en su oferta y en el Contrato que se suscriba al efecto u orden de compra, según el caso.
16. DE LA ADJUDICACIÓN, DE LA DECLARACIÓN DESIERTA O INADMISIBLE
La adjudicación de las ofertas se efectuará entre aquellas que se ajusten plenamente a las Bases de licitación como a las Especificaciones Técnicas y demás documentos anexos, al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas. Se podrá declarar desierta la propuesta por Resolución Fundada, cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien estas no fueran convenientes a los intereses del Servicio, de conformidad al artículo 62 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. Se declararán inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de Licitación y/o Especificaciones Técnicas, de conformidad al Artículo 59 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, como, asimismo, las ofertas riesgosas o temerarias de conformidad al artículo 61 del mismo reglamento y las ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionas entre sí de conformidad a lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento. En estos casos anteriormente mencionados, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna, por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la propuesta. En el caso de que se presente un empate posterior a la suma ponderada de las evaluaciones, los criterios de Evaluación y subfactores de desempates serán los indicados en el punto “Resolución de Empates” de las Bases Administrativas. El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: a) Resolución de Adjudicación: Se adjudicará a través de resolución del director de Servicio. b) Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar al adjudicatario mediante el portal con pleno conocimiento de los demás oferentes que se hubiesen presentado en la propuesta. c) Publicación en página web: Se publicará en página web, en la licitación pública correspondiente. d) Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el cronograma www.mercadopublico.cl, el Servicio publicará una nueva fecha en el portal, informando allí las razones del atraso. La entidad licitante se reserva la facultad de poder variar la cantidad de bienes adjudicados, distintos al licitado (mayor o menor), previa aprobación del proveedor mediante consulta en el portal. Los proponentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la resolución, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por el referente técnico a través de este mismo medio, dentro de los 2 días Hábiles siguientes. 16.1. Re-adjudicación Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 58 inciso final del Reglamento de la ley 19.886, el Servicio podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro de 120 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación primitiva. 16.2. Revocación o Invalidación Los actos administrativos podrán ser revocados por la entidad licitante. Se podrá́ otorgar el estado de “revocada” en aquellas situaciones donde la licitación ya está́ publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, sin ser posible seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “inadmisible”, pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado en forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así́ lo autorice y se podrá́ realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. Lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el artículo 61 de la Ley N°19.886.
17. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Al momento de la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá cumplir lo siguiente: 17.1. Si el adjudicatario es persona natural - Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores, lo que se verificará en el sistema de información. - Debe presentar Anexo Nº3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios e Inhabilidad Contemplada en el Artículo 4, Inciso Primero, 35 quáter y 35 septies de la ley 19.886. - Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad de la persona natural adjudicada, la que deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores. 17.2. Si el adjudicatario es persona jurídica - Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores, lo que se verificará en el sistema de información. - Debe presentar un Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Este documento podrá enviarse por correo electrónico al Servicio. - Debe presentar un Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Este documento podrá enviarse por correo electrónico al Servicio. - Debe presentar Anexo Nº3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios e Inhabilidad Contemplada en el Artículo 4, Inciso Primero, 35 quáter y 35 septies de la ley 19.886. Esta declaración debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien tenga poder suficiente para representarla para estos efectos. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes. No podrán contratar con organismos del Estado, aquellas personas jurídicas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo. - Anexo Nº 5: declaración jurada simple de no encontrarse inhabilitado para contratar con estado (ley 20.393, dl211/1973 y ley n°21.595). - Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30). En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago que se devenguen a favor del proveedor, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. La contratación de los bienes se materializará mediante la emisión de la Orden de Compra a través del Portal www.mercadopublico.cl, según corresponda; los que no considerarán el pago de reajustes, pago de impuestos, pago de tasas, embalajes, pago de aranceles, pago de fletes ni intereses de ninguna especie por parte del Servicio de Salud Tarapacá. Todo pago por estos conceptos será de responsabilidad del adjudicatario. En el contrato se establecerán los derechos y obligaciones de ambas partes, los precios de los bienes adquiridos, los plazos de entrega y revisión del ítem, la forma de pago, las sanciones, las responsabilidades del contratista y del Servicio, entre otros. Los derechos emanados en la presente licitación suscrita con la empresa adjudicada no podrán ser cedidos en ninguna circunstancia. Formarán parte integrante del Contrato los siguientes documentos, en el orden de prelación que se indica: 1. Las Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas. 2. Serie de preguntas y respuestas de Licitación Pública aprobada por resolución. 3. Modificaciones si las hubiere. 4. Oferta del Proponente. 5. Resolución de Adjudicación 6. Orden de Compra. 7. Toda documentación aclaratoria enviada por la Unidad Técnica, a los proponentes, durante el período de estudio de las propuestas. Toda discrepancia entre distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta en primera instancia por el Administrador de Contrato procediendo todos los recursos administrativos que franquea la Ley N° 19.880 sobre Procedimiento Administrativo. De conformidad al artículo 117 del Decreto 661/2024, del Ministerio de Hacienda, los contratos menores a 1.000 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, cuando se trate de bienes y/ o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación. En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. 17.3. De la emisión de la orden de compra Una vez adjudicada la licitación, el Servicio de Salud Tarapacá procederá a emitir la(s) Orden(es) de Compra correspondiente(s), las que se generarán en función de los requerimientos efectivos del Servicio, de acuerdo con las condiciones, precios y demás antecedentes establecidos en la oferta adjudicada. Los plazos de ejecución empezarán a contar a partir de la coordinación entre las partes. Es fundamental que el proveedor acepte formalmente la Orden de Compra. Si la Orden de Compra no es aceptada en un plazo de 3 días hábiles posteriores a su emisión, el Servicio de Salud Tarapacá podrá solicitar al proveedor su rechazo. Se entenderá que la Orden de Compra ha sido definitivamente rechazada si el proveedor no responde dentro de las 24 horas siguientes a dicha solicitud de rechazo. El (los) adjudicatario(s) deberá(n) confirmar la recepción y aceptación de la Orden de Compra dentro del plazo estipulado, y coordinar con el Servicio de Salud Tarapacá los aspectos logísticos necesarios para la entrega de los bienes, conforme a lo estipulado en el contrato. - Causales admitidas para el rechazo de órdenes de compra: El proveedor sólo podrá rechazar la orden de compra, en el plazo de tres días hábiles, contado desde su envío, en los siguientes casos: a) Cuando exista un error evidente en la orden de compra; b) Cuando el monto total neto de la orden de compra sea inferior o superior al monto adjudicado, o bien, c) En aquellos casos de fuerza mayor o caso fortuito que le impidan dar cumplimiento oportuno e íntegro a las solicitudes de entrega de los bienes debidamente justificado. Para ello, deberá comunicar vía correo electrónico, en el mismo plazo indicado para la aceptación de la orden de compra, dicha circunstancia debidamente justificada al administrador del contrato por parte del organismo contratante. En tal caso, el proveedor deberá justificar el hecho que constituye el evento que considera como caso fortuito o fuerza mayor, acompañando la documentación que lo acredite, en caso de que la hubiere, y entregando mayores detalles respecto de cómo éste afecta al cumplimiento de lo solicitado, que motiva el rechazo de la orden de compra. Corresponderá al Servicio ponderar los antecedentes y calificar privativamente si los hechos invocados por el proveedor configuran una situación de caso fortuito o fuerza mayor. En caso de que no se configure una causal de caso fortuito o fuerza mayor, el Servicio podrá aplicar la multa que corresponda, de acuerdo con estas bases. Transcurrido el plazo para la aceptación de la orden de compra, no se aceptará justificación ni reclamo alguno del proveedor, por lo que ésta se entenderá rechazada, quedando facultado para Re adjudicar la licitación, de acuerdo con estas bases.
18. VIGENCIA DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El contrato tendrá vigencia desde la fecha de adjudicación del presente proceso y hasta el 31 de diciembre de 2026.
19. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONVENIO DE SUMINISTRO
El plazo de ejecución del suministro corresponderá al período de vigencia del contrato. Durante dicho período, el proveedor deberá asegurar el abastecimiento oportuno y continuo de los fármacos adjudicados, conforme a los requerimientos del Servicio de Salud Tarapacá. Este plazo se regirá por las siguientes disposiciones: 1. Modalidad de suministro: La adquisición se ejecutará bajo la modalidad de suministro, por lo que el Servicio emitirá Órdenes de Compra parciales en función de sus necesidades efectivas, hasta completar el monto máximo adjudicado o hasta el término de la vigencia del contrato, lo que ocurra primero. 2. Plazos de entrega: Los fármacos deberán ser despachados dentro de los plazos comprometidos en la oferta del proveedor, contados desde la emisión de cada Orden de Compra, debiendo resguardar la continuidad de los tratamientos de los pacientes beneficiarios. 3. Modificación del contrato: El contrato podrá modificarse únicamente por las causales y en las condiciones establecidas en el artículo 129 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, resguardando los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y libre concurrencia. Las modificaciones podrán comprender aumentos o disminuciones de prestaciones, cambio de bienes, ampliaciones de plazo u otras necesarias para satisfacer de mejor forma el interés público que dio origen a la contratación, siempre que no se altere la naturaleza del contrato. En ningún caso el monto total de las modificaciones, consideradas individual o conjuntamente durante la vigencia contractual, podrá exceder el 30% del monto originalmente pactado y estarán siempre sujetas a la disponibilidad presupuestaria del Servicio. Toda modificación deberá aprobarse previamente mediante acto administrativo fundado, totalmente tramitado y publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado antes de su ejecución, debiendo posteriormente emitirse la correspondiente Orden de Compra cuando proceda. 4. Ampliaciones de plazo por requerimiento del Servicio: El Servicio de Salud Tarapacá podrá, por razones fundadas, solicitar la modificación del plazo de entrega de los bienes, extendiéndolo a una fecha posterior a la establecida en el contrato y/o en la oferta original. Esta solicitud será formulada mediante correo electrónico institucional, con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación respecto de la fecha originalmente pactada. La extensión no podrá exceder seis (6) meses contados desde la fecha originalmente estipulada y no implicará costo adicional ni aplicación de sanciones al proveedor, siempre que la prórroga haya sido debidamente solicitada y aceptada. 5. Ampliaciones de plazo por fuerza mayor o caso fortuito: Si sobreviene una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida el cumplimiento oportuno del contrato, el proveedor deberá informarlo formalmente al Director del Servicio de Salud Tarapacá, con copia al Departamento competente, dentro de cinco (5) días hábiles desde ocurrido el hecho, acompañando los antecedentes que lo respalden. La aceptación o rechazo será resuelta mediante resolución fundada. Durante el período que subsista la causal se suspenderá el cómputo de los plazos contractuales y no se devengarán pagos asociados al contrato afectado. En caso de otorgarse prórroga, las multas serán exigibles desde el día hábil siguiente al vencimiento del nuevo plazo otorgado. El contratado deberá garantizar el abastecimiento continuo y oportuno durante toda la vigencia contractual. El incumplimiento de los plazos de entrega o la interrupción injustificada del suministro podrá dar lugar a la aplicación de multas y/o término anticipado del contrato conforme a las bases. 19.1. Acta de Recepción Técnica La recepción técnica de los bienes adjudicados estará a cargo del Administrador del Contrato, quien deberá verificar que los bienes entregados cumplan con los estándares de calidad, cantidad, oportunidad y demás especificaciones técnicas establecidas en las bases administrativas, técnicas y en el contrato adjudicado. El Administrador del Contrato realizará una inspección exhaustiva para constatar que los bienes cumplen con los requisitos estipulados, considerando: • Calidad y especificaciones técnicas. • Cumplimiento de plazos y condiciones establecidas. Una vez verificados los bienes, se emitirá un Acta de Recepción Técnica que detalle: • Los bienes recepcionados. • La conformidad o no conformidad de los bienes. • Observaciones, en caso de ser necesarias.
20. CONDICIÓN, PLAZO Y MODO EN QUE SE COMPROMETE EL O LOS PAGOS DEL CONTRATO
20.1. Facturación El pago se efectuará mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria informada por el proveedor, dentro del plazo máximo de 30 días corridos contado desde la recepción conforme de los bienes o servicios y la recepción del respectivo documento tributario de cobro (factura, boleta de honorarios u otro instrumento tributario válido), de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.983 y la normativa vigente sobre pago oportuno a proveedores del Estado. Para efectos del pago, deberá acreditarse la recepción conforme de los bienes, mediante el acta o documento emitido por el Administrador del Contrato o la unidad técnica correspondiente, que certifique el cumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases, especificaciones técnicas y contrato. Lo anterior se ajustará a lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento aprobado por el Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que regula los procedimientos de contratación pública y la gestión de los pagos asociados a los contratos administrativos. El proveedor deberá emitir el documento tributario correspondiente una vez obtenido la aprobación del Administrador de Contrato. Dicho documento deberá emitirse a nombre del Servicio de Salud Tarapacá y cumplir con los siguientes requisitos: • Incorporar el número de Orden de Compra emitida a través del Portal Mercado Público. • Adjuntar, cuando proceda, las guías de despacho u otros documentos que acrediten la entrega efectiva de los bienes. El documento tributario deberá ser emitido con los siguientes datos: Razón Social: Servicio de Salud Tarapacá RUT: 61.606.100-3 Domicilio: Aníbal Pinto N°815, Iquique Giro: Salud Correo electrónico: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl Asimismo, el proveedor deberá enviar copia del documento tributario a los siguientes correos electrónicos: • contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl • abastecimiento.ssi@redsalud.gob.cl • dipresrecepcion@custodium.com En caso de que el proveedor requiera ceder la factura, esta deberá encontrarse previamente en estado “aceptada” por el Servicio de Salud Tarapacá, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la factura. La factura se entenderá irrevocablemente aceptada si dentro del plazo de ocho días corridos desde su recepción no se reclama en contra de su contenido o respecto de la entrega total o parcial de los bienes o servicios. El Servicio de Salud Tarapacá podrá reclamar o rechazar el documento tributario dentro del plazo legal señalado, cuando se verifique alguna de las siguientes situaciones: a) Errores en el precio o en los antecedentes consignados en el documento. b) Entrega total o parcial no conforme de los bienes o servicios. c) Falta de antecedentes que respalden la prestación o entrega correspondiente. d) Incumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases. Asimismo, los documentos tributarios deberán encontrarse debidamente registrados en el Sistema de Facturación Electrónica del Servicio de Impuestos Internos (SII). En caso de que se hayan aplicado multas u otras sanciones administrativas, estas serán descontadas del monto a pagar al proveedor al momento de efectuar el pago correspondiente, previa tramitación del acto administrativo que las apruebe, de conformidad con lo establecido en las presentes bases. Para efectos de la transferencia electrónica, el proveedor deberá informar oportunamente al Administrador del Contrato los datos de su cuenta bancaria, siendo de su responsabilidad mantener dicha información actualizada. 20.2. Forma de pago El pago se efectuará una vez verificada la recepción conforme de los bienes suministrados en el período correspondiente, lo cual deberá constar en una o más Actas de Recepción Técnica Conforme que acrediten la efectiva entrega de los productos. Para proceder al pago, es necesario que se presenten los siguientes documentos: 1. Factura y/o boleta de honorarios electrónica emitida al Servicio de Salud de Tarapacá correspondiente al valor del servicio, la cual deberá ser enviada a los correos electrónicos los cuales se indicarán una vez se encuentre adjudicada la licitación y notificada a cada proveedor. 2. Resolución que aprueba las Bases Administrativas y Técnicas. 3. Resolución de Adjudicación. 4. Orden de Compra en estado recepción conforme. 5. Acta de Recepción conforme o documento equivalente que acredite la recepción conforme de los bienes o servicios.
21. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
La administración del Contrato, estará a cargo por el referente técnico del Jefe Departamento de Gestión Farmacéutica del Servicio de Salud Tarapacá el cual será identificado al momento de generar y notificar por correo electrónico la orden de compra, quién actuará en representación de su Director y tendrá a su cargo la función de supervisar, fiscalizar y exigir al oferente adjudicado la correcta aplicación de las Bases Administrativas, Bases Técnicas y cumplimiento de la oferta, para la correcta ejecución del contrato de suministro de acuerdo a lo estipulado en contrato y oferta. En ejercicio de sus funciones, el Administrador del Convenio, tendrá las más amplias facultades para participar en la supervisión del contrato de suministro en materia de las presentes Bases. El oferente adjudicado no podrá entrabar, impedir, perturbar o dificultar en manera alguna las funciones del Administrador del Programa y deberá exhibirle toda la documentación relacionada que éste le exija. La infracción de este punto de las bases constituirá una infracción grave del contrato y será sancionado de conformidad a lo indicado en las presentes Bases, sin perjuicio de las acciones civiles que competan al Servicio.
22. MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR
Ante incumplimientos del proveedor adjudicado, el Servicio de Salud Tarapacá podrá aplicar multas y demás medidas establecidas en las presentes bases, sin perjuicio del término anticipado del contrato u otras acciones legales que correspondan. 22.1. Multas El proveedor adjudicado estará afecto a la aplicación de multas en los siguientes casos: 1. Incumplimiento de plazos de entrega: Por cada día corrido de atraso en la entrega de los fármacos respecto del plazo ofertado y aceptado en la Orden de Compra, se aplicará una multa equivalente al 3,5% del valor neto de la Orden de Compra afectada, con un tope máximo del 30% de dicho valor. 2. Entrega incompleta o quiebre de stock imputable al proveedor: La no entrega total de los productos solicitados dentro del plazo comprometido será considerada atraso mientras no se complete la entrega, aplicándose la multa indicada en el numeral anterior. 3. Incumplimiento de especificaciones técnicas o calidad: La entrega de productos que no cumplan las condiciones técnicas, sanitarias, rotulación, vencimiento mínimo u otras exigidas en las bases facultará al Servicio para rechazar los bienes y aplicar una multa de hasta el 30% del valor de la Orden de Compra afectada, sin perjuicio de exigir su reposición. 4. Falta de documentación obligatoria: La no presentación de certificados, registros sanitarios u otros documentos exigidos implicará una multa de 1 UF por cada documento no presentado dentro del plazo requerido. 5. Interrupción injustificada del suministro: La negativa a despachar productos adjudicados o la suspensión unilateral del abastecimiento facultará al Servicio para aplicar una multa de hasta el 100% del valor de la Orden de Compra afectada, sin perjuicio del término anticipado del contrato. 22.2. Descargos del proveedor El proveedor podrá presentar sus descargos fundados por escrito dentro del plazo de cinco (5) días hábiles administrativos contados desde la notificación de la multa mediante correo electrónico. Los descargos deberán enviarse al Administrador del Contrato vía correo electrónico o ingresarse por Oficina de Partes ubicada en Aníbal Pinto N°815, Iquique. La multa sólo se aplicará mediante resolución administrativa fundada, la cual deberá pronunciarse sobre los descargos presentados y publicarse en el sistema de compras públicas. Contra dicha resolución procederán los recursos establecidos en la Ley N° 19.880. 22.3. Causales de excepción No procederá el cobro de multas cuando el incumplimiento se deba acaso fortuito o fuerza mayor, conforme a los artículos 45 y 1547 del Código Civil, o a una causa totalmente ajena a la voluntad del proveedor, debidamente acreditada y calificada por el Servicio. 22.4. Pago y cobro de multas La multa deberá ser pagada por el contratante dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la resolución firme que la aprueba. En caso de no pago dentro del plazo indicado, el Servicio procederá a: • Descontar el monto de la multa de cualquier pago pendiente al proveedor; y/o • Compensar administrativamente la deuda con obligaciones actuales o futuras que el Servicio mantenga con el proveedor. Si no existieren montos pendientes de pago, el Servicio podrá iniciar las acciones de cobro administrativo o judicial correspondientes, conforme a la normativa vigente. El cobro de multas se regirá además por lo dispuesto en el párrafo 7° del Capítulo IX del Reglamento de Compras Públicas. 22.5. Causales De Terminación Anticipada Del Contrato Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 130 del Reglamento de Compras Públicas, y del hecho que el contrato termine naturalmente por su completa y correcta ejecución, el Servicio podrá poner TÉRMINO ANTICIPADO AL CONTRATO, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el/la proveedor adjudicatario/a, salvo los recursos administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 bis de la Ley de Compras y/o incumplimientos atribuibles al/a la proveedor/a y especialmente por alguna de las siguientes causales: A. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. B. Inobservancia de las Normas de Confidencialidad y Protección de Datos. C. Acumulación de Multas por Incumplimientos en un 30% del total del contrato. D. Si se comprobase distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta del adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. Se entenderá parte de esta cláusula, especialmente cuando un bien y/o servicio no cumple técnicamente con lo señalado en la oferta del proveedor. E. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. F. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. G. Incurrir o suscitarse las situaciones descritas en el artículo 4° de la Ley 19.886. H. La muerte del proveedor en caso de ser persona natural, o de uno de sus socios en caso de ser persona jurídica a menos que la legislación o el pacto social permitan su continuidad. I. Si el proveedor fuere procesado, acusado o condenado por delito que merezca pena aflictiva. J. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del Reglamento de compras. En tal caso, la Entidad solo pagará el precio por los bienes que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento de compras K. Las demás que se establezcan en las bases de la licitación o en el contrato. Para efectos de aplicar la terminación anticipada del contrato por incumplimiento de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, el Servicio deberá comunicar a la empresa, mediante oficio, su intención de poner término al contrato, indicando los antecedentes que fundamentan dicha decisión. Esta comunicación será notificada al correo electrónico único que fije el proveedor conforme al artículo 140 del reglamento de compras. La empresa dispone de un plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la notificación del ordinario que informa sobre el término anticipado de contrato, para formular sus descargos en relación con el eventual incumplimiento. La medida definitiva, deberá formalizarse a través de resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren y publicarse, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, en el sistema de Información Pública de conformidad a lo dispuesto artículo 132 del Reglamento de Compras Públicas. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880. Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario/a, debiendo este concurrir al pago de las obligaciones que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato, para los casos de término anticipado de contrato, por razones atribuibles al proveedor, se procederá a dar el aviso respectivo de el o los incumplimientos en el Registro de Proveedores.
23. PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
El Proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del presente contrato, y en especial los que se establezcan en los términos de referencia contrato, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que emanen de los términos de referencia serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
24. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere. 3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere. 6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
25. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del recinto de salud que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes. Lo anterior, sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa (aplica el dictamen N° 19.735, de 2011).
26. CONSTANCIA
Se deja constancia, que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas y documentos anexos, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa, en los correspondientes Contratos de Suministro de Bienes Muebles y Órdenes de Compra que se suscriban o se giren al adjudicatario, y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
27. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos legales emanados de la licitación a que se refieren estas Bases, así como de los que se deriven de la presente bases, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Iquique y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.