Licitación ID: 2200-13-LR26
ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO SALUD ACONCAGUA - RRFF
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA
Fecha de Cierre: 10-07-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 42
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 29 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Ambulancias 1 Unidad
Cod: 25101703
ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA – RRFF, SE ADJUNTAN EETT, ANEXOS ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO SALUD ACONCAGUA - RRFF
Estado:
Publicada
Descripción:
1. El Servicio de Salud Aconcagua requiere la adquisición de Mamógrafo Móvil para el Servicio de Salud Aconcagua, a través del Gobierno Regional de Valparaiso, Codigo BIP N°40032940-0. 2. La Solicitud de Compra N°30 de fecha 31.03.2026, Oficina de Partes N°194 de fecha 02.04.2026 (Interno N°204), presentada por el del Departamento Recursos Físicos, tomada de razón con observaciones ORD102055
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio de Salud Aconcagua
R.U.T.:
61.606.700-1
Dirección:
dipresrecepcion@custodium.com,asociar OC a Factura
Comuna:
Algarrobo
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-07-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 10-06-2026 11:55:00
Fecha inicio de preguntas: 10-06-2026 13:01:00
Fecha final de preguntas: 17-06-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-06-2026 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-07-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-07-2026 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 03-08-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- COMPLETAR ANEXOS ADMINISTRATIVOS: • Anexo N°1. Identificación del Oferente • Anexo N°2. Declaración jurada simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos y todo Antecedente Asociado a la Licitación. • Anexo N°3. Declaración jurada para contratar • Anexo N°4. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores • Anexo N°5. Coordinador de Contrato • Anexo N°6. Programa de integridad • ANEXO N° 7: Declaración jurada simple del oferente • Anexo N°8: Autorización Simple Validación Garantías (En caso que aplicase)
Documentos Técnicos
1.- COMPLETAR ANEXOS TÉCNICOS: Anexo N°9. (Obligatorio) Oferta y Cumplimiento EETT, Adquisición Mamógrafo Móvil Servicio Salud Aconcagua
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Para determinar el puntaje de la oferta económica, se utilizará la siguiente fórmula: CRITERIO DESCRIPCIÓN PUNTAJE PRECIO Se pondera con 40 puntos la evaluación económica según la siguiente formula: Puntaje=(Oe/O_i )*40 Oe =Oferta más económica Oi = Oferta individual 40 PUNTOS NOTA: La oferta se declarará inadmisible si no presenta oferta económica. Los valores expresados en el comprobante de oferta, debe ser en valor neto (SIN IVA) e incluir todo lo asociado al vehículo ofertado 40%
2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN CLÍNICAS MÓVILES Se evaluará la experiencia específica del oferente en la provisión de Clínicas Móviles de Mamografía, considerando los proyectos ejecutados y entregados a entera satisfacción del cliente durante los últimos siete (7) años, contados hacia atrás desde la fecha de publicación de las presentes Bases. Para efectos de esta evaluación, solo se considerarán aquellas experiencias que correspondan a la provisión integral de clínicas móviles destinadas a la realización de mamografías. Para que una experiencia sea considerada válida y pueda ser evaluada, el oferente deberá presentar obligatoriamente dos (2) documentos por cada proyecto declarado, ya sea que el cliente corresponda a una entidad pública o privada: a) Documento de Encargo: Copia de la Orden de Compra aceptada o Contrato suscrito entre las partes, que acredite la adjudicación o contratación del proyecto. b) Documento de Cumplimiento: Copia del Acta de Recepción Conforme, Certificado de Recepción, o Certificado de Conformidad emitido 15%
3 PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS FORMALES El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación requeridas en el punto N°6“Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas”, antes del cierre de presentación de oferta, obtendrá la totalidad de 4 puntos asignados al criterio. Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se ha omitido antecedentes, se aplica lo dispuesto en el punto Nº 9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá 2 puntos al criterio. Por último, si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las punto Nº 9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, obtendrá 0. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Puntaje Cumple con todos los 4%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. PROGRAMA DE INTEGRIDAD. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°6. PROGRAMA DE INTEGRIDAD. En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se evaluara si cada uno de los miembros que la conforman posee un programa de integridad que sea conocido por su respectivo personal, lo cual deberá ser declarado por 1%
5 Plazo de Entrega Se evaluará el plazo de entrega total del mamógrafo móvil operando en terreno, en días corridos, contados desde la emisión de la orden de compra. PLAZO DE ENTREGA PUNTAJE Plazo de entrega igual o inferior a 90 días corridos 20 puntos Plazo de entrega entre 91 y 120 días corridos 10 puntos Plazo de entrega entre 121 y 150 días corridos 0 puntos Plazo de entrega mayor a 150 días corridos Oferta inadmisible 20%
6 SERVICIO TÉCNICO Y CONTINUIDAD OPERATIVA Se evaluará la capacidad del oferente para garantizar la continuidad operativa de la Clínica Móvil de Mamografía frente a contingencias y el soporte de mantenimiento preventivo extendido, de acuerdo con los siguientes subcriterios: C1. Tiempo de Respuesta Presencial de Soporte: (Máximo 10 puntos) Se evaluará el tiempo garantizado para la respuesta presencial en terreno ante fallas de la Clínica Móvil de Mamografía, una vez que se notifique por correo electrónico. TIEMPO DE RESPUESTA EN TERRENO PUNTAJE Igual o menor a 24 horas hábiles 10 puntos Entre 25 y 48 horas hábiles 5 puntos Superior a 48 y hasta 72 horas hábiles 0 puntos Mayor a 72 horas hábiles Oferta inadmisible C2.Capacidad del Equipo Técnico Certificado: (Máximo 10 puntos) Considerando que el mamógrafo corresponde a equipamiento médico de alta complejidad tecnológica, cuyo correcto funcionamiento depende de la adecuada instalación, calibración, mantención preventiva y correctiva, las Bases Técnicas establecen como requi 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SERVICIO SALUD ACONCAGUA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto con Impuestos Incluidos
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE AROS AHUMADA
e-mail de responsable de pago: jose.aros@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Salud Aconcagua
Fecha de vencimiento: 09-09-2026
Monto: 3 %
Descripción: Características GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Tipo de Documento La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar la Seriedad de la Oferta de todas las obligaciones que asume el prestador de la “ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA – RRFF”. Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1. Presentación Previo al cierre de presentación de ofertas y apertura de estas. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 16:00 hrs. Viernes hasta las 15:00 hrs. Monto Pesos chilenos. Por el 3% del valor de la licitación. Pesos chilenos. Su copia será digitalizada y adjuntada al Anexo N°8 de la oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Este documento de garantía será custodiado por el Servicio de Salud y se liberará una vez adjudicada la propuesta.
Glosa: Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar Seriedad de la Oferta de la licitación pública ID (>) de nombre “__________________”(>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: Vigencia La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días corridos a partir de la de fecha de apertura de la presente licitación. Plazo Devolución • Dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. Procedimiento de devolución - La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles, desestimadas o no adjudicadas se realizará una vez que se emita solicitud a través de documento conductor, emanado por el Referente Técnico respectivo a la Unidad de Abastecimiento. - La Unidad de Abastecimiento validara la información, en caso que aplique la devolución, emitirá un memorándum al Dpto. de Finanzas para que se libere la garantía solicitada por el Referente Técnico. - La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del proveedor. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del proveedor o su representante legal.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional de Valparaíso
Fecha de vencimiento: 21-04-2027
Monto: 5 %
Descripción: Características GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Tipo de Documento • La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. • El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador de la “ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA – RRFF” Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Gobierno Regional de Valparaíso, Rut. 72.235.100-2 pagadera a la vista e irrevocable. Presentación Dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Reemplaza al Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta, en caso que se haya requerido. NOTA: En el caso que dicho instrumento de garantía sea devuelto por algún error, el plazo para su restitución no podrá exceder los 10 días hábiles. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo Dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 14:00 hrs. Viernes hasta las 13:00 hrs. Monto Por el 5% del valor total neto del Contrato. Pesos chilenos. Su copia será digitalizada y adjuntada al Anexo N°8 de la oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Este documento de garantía será custodiado por el Gobierno Regional de Valparaíso y se liberará una vez adjudicada la propuesta.
Glosa: Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato y prestación de Servicios y de las obligaciones legales y previsionales de la licitación Pública ID (>) de nombre “__________________” (>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: Plazo devolución • Al termino del contrato y cumpla su vigencia. • Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas por los organismos contratantes, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado. Procedimiento de devolución • La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas. • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.
    Otras Garantías
Beneficiario: Servicio de Salud Aconcagua
Fecha de vencimiento: 15-11-2028
Monto: 2 %
Descripción: Características GARANTÍA DE CORRECTO FUNCIONAMIENTO Tipo de Documento • La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. • El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador de la “ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA – RRFF” Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio de Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1 pagadera a la vista e irrevocable. Presentación Al momento de la RECEPCIÓN CONFORME DEL MAMÓGRAFO MÓVIL. NOTA: En el caso que dicho instrumento de garantía sea devuelto por algún error, el plazo para su restitución no podrá exceder los 10 días hábiles. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo Dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 14:00 hrs. Viernes hasta las 13:00 hrs. Monto Por el 2% del valor total neto del Contrato. Pesos chilenos. Su copia será digitalizada y adjuntada al Anexo N°8 de la oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Este documento de garantía será custodiado por el Servicio de Salud y se liberará una vez adjudicada la propuesta.
Glosa: Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el correcto funcionamiento del bien adquirido de la licitación Pública ID (>) de nombre “__________________” (>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: Plazo devolución • Al termino del contrato y cumpla su vigencia. • Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas por los organismos contratantes, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado. Procedimiento de devolución • La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas. • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “SERVICIO TÉCNICO Y CONTINUIDAD OPERATIVA”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio EXPERIENCIA ESPECIFÍCA EN CLÍNICAS MÓVILES” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PRESENTACIÓN DOCUMENTOS FORMALES”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en la Cláusula N° 2 de las presentes bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, se consultará en el portal www.mercadopublico.cl. su estado (hábil).

 En caso que no se encuentre inscrito deberá durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. 
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión de Evaluación de la Dirección del Servicio de Salud podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

Además, el Servicio de Salud  podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas referentes a la información reportada por los proveedores en su oferta.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  2. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  3. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  4. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.
  5. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  6. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  8. El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través del sistema establecido en el portal www.mercadopublico.cl.

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas  sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el punto N°9.12 “Readjudicación”de las presentes bases de licitación.

En los dos casos anteriormente señalados, el Servicio de Salud Aconcagua ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor(en caso que la ubiere). Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con el punto N° 10.7.3,”Termino Anticipado contrato” numeral 13, de estas bases de licitación.




PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto N°3, “Etapas y Plazos”, de las presentes bases.

Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El Servicio de Salud Aconcagua pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar al autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida en el punto N°3 “Etapas y Plazos”.

Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente.

Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en el ID de la licitación, en los plazos dispuestos para ello de acuerdo con lo señalado en punto N°3 “Etapas y Plazos” de estas bases de licitación.

MODIFICACIÓN A LAS BASES

Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación, se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA

El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, en la Ley N° 20.393, en la Ley N° 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases de licitación. En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.

Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Aconcagua podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que Servicio de Salud Aconcagua podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.

Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.

Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declararan inadmisibles todas estas ofertas.

Nota:

  • · Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley 21.634.
  • · Del mismo modo, quedan excluidos de esta licitación, para el efecto de la celebración del contrato, las personas jurídicas que hayan sido condenados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, de acuerdo a la ley N° 20.393 (art. 8 y 10), sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO

Si el oferente es Persona Natural

Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores.

ANEXO N° 3: DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR

Todos los Anexos deben ser firmados por lapersona natural respectiva

Acreditar ante el Servicio de Salud Aconcagua

Fotocopia de su cédula de identidad.

Si el oferente no es Persona Natural

Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores.

Fotocopia de cédula de identidad del representante legal.

Acreditar ante el Servicio de Salud Aconcagua

Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos,contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la  Ley N° 20.659, se debe acompañar certificado de migración al régimen simplificado o certificado de migración al régimen general, según sea el caso, además del certificado de vigencia, certificado de estatutos actualizados y certificado de anotaciones, de la correspondiente persona jurídica,  señalados en el artículo 29 del Decreto  Supremo N° 45 de 2013, Ministerio de Economía, fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales, de fecha no anterior a 60 días a lo menos  de la notificación de la adjudicación.

ANEXO N° 3: DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR

Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

Sólo para adjudicatarios UTP:

• Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.

INSTRUMENTO DE GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA

Características

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

Tipo de Documento

La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución.

El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable.

Objetivo

Garantizar la Seriedad de la Oferta de todas las obligaciones que asume el prestador de la “ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA – RRFF”.

Beneficiario

Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio Salud Aconcagua,

Rut. 61.606.700-1.

Presentación

Previo al cierre de presentación de ofertas y apertura de estas.

Forma de Entrega

Electrónica

Se debe) enviar al correo dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl

Física

Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua.

Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De  Valparaíso

Horario de atención

Lunes a jueves hasta las 16:00 hrs.

Viernes hasta las 15:00 hrs.

Monto

Pesos chilenos.

Por el 3% del valor de la licitación. Pesos chilenos. Su copia será digitalizada y adjuntada al Anexo N°8 de la oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Este documento de garantía será custodiado por el Servicio de Salud y se liberará una vez adjudicada la propuesta.

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar Seriedad de la Oferta de la licitación pública ID                        (<>) de nombre “__________________”(<>).

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Vigencia

La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días corridos a partir de la de fecha de apertura de la presente licitación.

Plazo Devolución

  • Dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado.

Procedimiento de devolución

- La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles, desestimadas o no adjudicadas se realizará una vez que se emita solicitud a través de documento conductor, emanado por el Referente Técnico respectivo a la Unidad de Abastecimiento.

- La Unidad de Abastecimiento validara la información, en caso que aplique la devolución, emitirá un memorándum al Dpto. de Finanzas para que se libere la garantía solicitada por el Referente Técnico.

-  La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del proveedor. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del proveedor o su representante legal.

INSTRUMENTO FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Características

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Tipo de Documento

  • ·  La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución.
  • · El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable.

Objetivo

Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador de la ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA – RRFF

Beneficiario

Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Gobierno Regional de Valparaíso, Rut. 72.235.100-2 pagadera a la vista e irrevocable.

Presentación

Dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Reemplaza al Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta, en caso que se haya requerido.

NOTA: En el caso que dicho instrumento de garantía sea devuelto por algún error, el plazo para su restitución no podrá exceder los 10 días hábiles.

Forma de Entrega

Electrónica

Se debe) enviar al correo Dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl

Física

Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua.

Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De  Valparaíso

Horario de atención

Lunes a jueves hasta las 14:00 hrs.

Viernes hasta las 13:00 hrs.

Monto

Por el 5% del valor total neto del Contrato. Pesos chilenos. Su copia será digitalizada y adjuntada al Anexo N°8 de la oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Este documento de garantía será custodiado por el Gobierno Regional de Valparaíso y se liberará una vez adjudicada la propuesta.

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato y prestación de Servicios y de las obligaciones legales y previsionales de la licitación Pública ID (<>) de nombre “__________________” (<>).

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Forma de uso

En las bases de licitación se precisa lo siguiente:

• Tipo de Documento

• Monto

• Moneda

• Plazo de vigencia

• La glosa que debe contener

• Forma de entrega (física o electrónica)

Vigencia

Con una vigencia igual al periodo de duración del contrato, incrementando en 90 días hábiles.

Plazo devolución

  • Al termino del contrato y cumpla su vigencia.
    • ·  Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas por los organismos contratantes, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.

Procedimiento de devolución

  • La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento.

Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato  respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas.

  • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe.

El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.

INSTRUMENTO DE GARANTÍA CORRECTA EJECUCIÓN Y BUEN COMPORTAMIENTO DE LA OBRA

Características

GARANTÍA DE CORRECTO FUNCIONAMIENTO

Tipo de Documento

  • ·  La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución.
  • · El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable.

Objetivo

Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador de la ADQUISICIÓN MAMÓGRAFO MÓVIL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA – RRFF

Beneficiario

Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio de Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1 pagadera a la vista e irrevocable.

Presentación

Al momento de la RECEPCIÓN CONFORME DEL MAMÓGRAFO MÓVIL.

NOTA: En el caso que dicho instrumento de garantía sea devuelto por algún error, el plazo para su restitución no podrá exceder los 10 días hábiles.

Forma de Entrega

Electrónica

Se debe) enviar al correo Dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl

Física

Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua.

Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De  Valparaíso

Horario de atención

Lunes a jueves hasta las 14:00 hrs.

Viernes hasta las 13:00 hrs.

Monto

Por el 2% del valor total neto del Contrato. Pesos chilenos. Su copia será digitalizada y adjuntada al Anexo N°8 de la oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Este documento de garantía será custodiado por el Servicio de Salud y se liberará una vez adjudicada la propuesta.

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el correcto funcionamiento del bien adquirido de la licitación Pública ID (<>) de nombre “__________________” (<>).

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Forma de uso

En las bases de licitación se precisa lo siguiente:

• Tipo de Documento

• Monto

• Moneda

• Plazo de vigencia

• La glosa que debe contener

• Forma de entrega (física o electrónica)

Vigencia

Con una vigencia igual al periodo de garantía ofertado, incrementando en 30 días hábiles.

Plazo devolución

  • Al termino del contrato y cumpla su vigencia.
    • ·  Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas por los organismos contratantes, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.

Procedimiento de devolución

  • La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento.

Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato  respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas.

  • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe.

El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.

COMISIÓN EVALUADORA O EVALUADORES

La Resolución Exenta N°54 B de fecha 28.01.2026 que Aprueba Directiva de Contratación Pública N°14//2026 “Recomendaciones para el Funcionamiento de las Comisiones Evaluadoras”, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora o Evaluadores.

  • Ajustarse en todo momento, a las exigencias contenidas del articulo 57 del decreto 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, Directiva de Contratación Pública N°14 en sus numerales 3.1.7 y 3.1.8.
  • La comisión evaluadora estará conformada por un mínimo de 3 o un número impar de funcionarios para evitar empates en las decisiones, cuando la  licitación sea Mayor a 1000 UTM, al momento de su designación, se recomienda otorgarle a Ia comisión un perfil heterogeneo en su composición, apuntando a contar con profesionales no solo conocedores de los aspectos administrativos sino también de los aspectos técnicos y económicos. Lo anterior, sin perjuicio de Ia posibilidad de proveer a la comisión evaluadora de Ia asesorIa de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar.
  • El o Los Evaluador(es), estará conformada por 1 o 2 funcionarios designados por la dependencia requirentes del proceso(Requirente de la compra), cuando la  licitación sea menor a 1000 UTM.

La Comisión Evaluadora o Evaluador(es) deberá:

  • Al menos un integrante de la comisión evaluadora o Evaluadores debe poseer los conocimientos técnicos necesarios en la materia contratada.
  • Los Integrantes no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
  • Los integrantes deberán estar registrados en nómina de “Registro del Personal” indicada en el artículos 13 del decreto N°661 del 2024, y realizar una declaración de patrimonio e intereses, en la forma que se dispone en la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, en el más breve plazo y hasta treinta días hábiles siguientes desde asumida la función. Además, deberán actualizar la declaración de patrimonio e intereses, en el mes septiembre y marzo de cada año, si correspondiese.

Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos integrantes de la Comisión Evaluadora o Evaluadores (Si fuera el caso) designados por el Servicio de Salud Aconcagua, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión si fuera el caso.

Los Miembros de la Comisión Evaluadora o Evaluadores no podrán:

  • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 35 ter de la ley N°19.886 y artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
  • Aceptar solicitudes de reunión, indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora o Evaluadores.
  • No Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora o Evaluadores, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de interés con aquellos oferentes que participen en el procedimiento de licitación, obligándose, además, a guardar la confidencialidad de este.

Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de evaluación en el presente proceso tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.

Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadora o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada.

En virtud de los principios de probidad administrativa y de abstención, y lo artículos 35 quinquies de la Ley N°19.886, 62 N°6 de la Ley N°18.575 y 12 de la Ley N°19.880, en el evento que un conflicto de intereses se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.

Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora o Evaluadores que haya sido nombrada deberá:

  1. Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
  2. Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
  3. Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
  4. Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.
  5. Proponer la adjudicación a Jefe de Servicio.

Nota: Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Aconcagua estará facultada para designar una comisión evaluadora o Evaluadores compuesta, total o parcialmente, por miembros distintos a los señalados en la resolución de comisión evaluadora o Evaluadores del proceso, ajustándose en todo momento a las exigencias contenidas en los párrafos que lo anteceden.

En el análisis y evaluación de las ofertas el Servicio de Salud Aconcagua podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.

Se hace presente que la ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, establece como sujetos pasivos a los miembros de la Comisión Evaluadora y o evaluador(es), los que tendrán que dar estricto cumplimiento a las restricciones de la citada ley.

PROCEDIMIENTO DE APERTURA

La apertura de las ofertas se realizará a través del portal Mercado Público en la fecha estipulada el punto N°3 ”Etapas y Plazos”, por el Evaluador(es) o comisión Evaluadora.

En dicho acto se revisará que los documentos requeridos hayan sido adjuntados y acompañados en la forma establecida en las Bases.

En el acto de apertura, las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, serán declaradas inadmisibles, salvo que exista una indisponibilidad técnica del portal, en cuyo caso se procederá según lo dispuesto en el artículo 115, número 3, del reglamento de la ley Nº19.886.

Asimismo, serán declaradas inadmisibles en el acto de apertura las ofertas ingresadas mediante el portal que no contengan una propuesta técnica y/o económica, o a la que falte algún documento esencial y que no pueda solicitarse vía foro inverso.

Se dejará constancia al momento de la apertura (a través del acta correspondiente) de la recepción u omisión de los antecedentes generales del proponente.

Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, el Servicio de Salud Aconcagua podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.


Subsanación de errores u omisiones formales

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Servicio de Salud Aconcagua podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte del Servicio de Salud Aconcagua, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

El Servicio de Salud Aconcagua tiene la facultad de solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de el Servicio de Salud Aconcagua, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación

En virtud de lo señalado en el artículo 59 del reglamento de la ley 19.886, el Servicio de Salud Aconcagua se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes Bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y las presentes Bases administrativas.

Asimismo, el Servicio de Salud Aconcagua podrá declarar la inadmisibilidad de cualquier oferta que se encuentre en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 60 y 61 del reglamento de la ley Nº19.886, esto es, aquellas ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, así como las ofertas riesgosas y temerarias. La señalada declaración de inadmisibilidad se sujetará en su sustanciación a lo dispuesto en las ya indicadas disposiciones reglamentarias.

En caso de que no se presenten ofertas, cuando ninguna de ellas fuere admisible, o bien, cuando ninguna de ellas resulte conveniente a sus intereses, el Servicio de Salud Aconcagua declarará desierta la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del reglamento de la ley Nº19.886.

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.

En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.

OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS

El Servicio de Salud Aconcagua conforme lo autoriza el articulo 61 del decreto 661/2024 podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, o cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue (si no fuera oferta temeraria) y se verifique por el Servicio de Salud Aconcagua que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, salvo que justifique su oferta.

Se considerará que la justificación presentada por el proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:

a)  La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.

b)  La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

De ser adjudicada la oferta, el Servicio de Salud Aconcagua (en caso que aplique) deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

En caso que el proceso de licitación no contemple instrumento de fiel cumplimiento de contrato, y la adjudicación sea para una oferta temeraria se solicitará este instrumento de acuerdo a lo estipulado en el artículo 121 del Decreto 661/24.

Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 se declararán inadmisibles las ofertas que simultáneamente hubiese presentado una UTP y uno o más de sus integrantes.

ADJUDICACION

Se adjudicará solo a un proveedor por vehículos licitada, adjudicando al oferente que hubiese obtenido el puntaje más alto luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, y en caso que fuere necesario, a quien obtuviere el puntaje más alto por aplicación de las fórmulas de desempate indicadas en el artículo precedente. Lo señalado deberá realizarse a través de la dictación de una resolución de adjudicación, la que será publicada en el portal www.mercdaopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

El Servicio de Salud Aconcagua contará con un plazo máximo de 15 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, para realizar la adjudicación. Con todo, el plazo de adjudicación podrá ser ampliado por este organismo si la complejidad del proceso u otros factores no permitiesen efectuar la adjudicación en el tiempo previsto originalmente, y de ello se informará oportunamente a los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, indicando de las razones de la ampliación y avisando del nuevo plazo (inciso segundo del artículo 58 del reglamento de la ley N°19.886).

La notificación de la adjudicación se realizará a través del referido portal de Mercado Público, y se entenderá formalmente practicada transcurridas 24 horas desde su publicación en el mismo, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 del reglamento de la ley N°19.886.

La Entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.

No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades.

No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que  superen el presupuesto, cuando este sea DISPONIBLE indicado en el punto N°2 “Antecedentes Administrativos”de las presentes bases.

No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.

Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de noventa días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

READJUDICACIÓN

Servicio de Salud Aconcagua podrá ejercer la readjudicación cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:

  1. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra y/o no suscribe el contrato dentro del plazo indicado para ello en el punto N°10.3”Suscripción del Contrato” por causa que le sea atribuible.
  2. Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
  3. Si el adjudicatario Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
  4. Si el adjudicatario no acredita los requisitos para contratar con el Servicio de Salud Aconcagua.
  5. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo y condiciones establecidas para ello.
  6. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, de vehículos de las cuales, resultó adjudicado.
  7. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en el punto N°10.10 “Pacto de Integridad” de estas bases de licitación.
  8. Si el adjudicatario no cumple con cualquiera de las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación

En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la Servicio de Salud Aconcagua podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 90 días hábiles administrativos desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo.

La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la Servicio de Salud Aconcagua se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Suscripción del Contrato

El/La o adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por el Depto. de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Servicio de Salud Aconcagua, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M.

La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público.

El contrato estará vigente desde la fecha de la Resolución Afecta que Aprueba dicho contrato.

Si por cualquier causa que no sea imputable a el Servicio de Salud Aconcagua, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.

MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

Los contratos solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dén los supuestos establecido en el art. 13 de la ley 19.886 y el artículo 129 de su Reglamento de la misma ley, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación.

Cualquier modificación de aquellas señaladas en el art. 13 de la ley N°19.886, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

En caso de que sea necesario, el Servicio de Salud Aconcagua podrá modificar los contratos, aumentándolos por un monto que no podrá ser superior al 30% del valor total de la contratación, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para ello. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases y expresadas en el respectivo contrato. En caso de aumentar el contrato, la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato se deberá aumentar proporcionalmente (en caso que aplique), salvo que por el tiempo transcurrido se considere que la misma resguarda de forma suficiente el restante de la contratación.

Se deja constancia que, en caso de modificación se deberá emitir la respectiva Orden de Compra, conforme lo señalado en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Los aumentos o disminuciones deberán contar con la aprobación y autorización del Referente Tecnico/ Administrador del Contrato.

NOTA: Cualquier modificación que la Unidad Técnica estime necesario introducir en el proyecto aprobado, deberá ser consultada con el mandante y obtener su aprobación.

MULTAS

Las multas aplicadas en virtud del presente contrato tendrán un tope máximo equivalente al 5% del valor total del contrato, IVA incluido. En caso de que las multas aplicadas alcancen o superen dicho porcentaje, el Servicio de Salud podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio del cobro de la garantía de fiel cumplimiento y de las demás acciones administrativas que correspondan.

Atraso en la entrega de la Clínica Móvil de Mamografía

-        Monto: 8,5 UTM por cada día corrido de atraso.

-        Desarrollo: Esta multa se aplicará en caso de atraso en la entrega de la Clínica Móvil de Mamografía respecto del plazo comprometido por el proveedor en su oferta. El cómputo del atraso se iniciará a partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo de entrega ofertado, considerando que la clínica deberá ser entregada completamente operativa y conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas.

Atraso en la Puesta en Marcha y Capacitación

-        Monto: 4 UTM por cada día de atraso.

-        Desarrollo: Esta multa se aplicará cuando, habiéndose efectuado la entrega física de la Clínica Móvil de Mamografía, el proveedor no haya completado la instalación, configuración y puesta en funcionamiento de los sistemas asociados, incluyendo la instalación de software, calibración del equipamiento y la capacitación del personal designado por el Servicio de Salud. Mientras dichas actividades no se encuentren finalizadas, se considerará que la clínica no se encuentra operativa para su utilización.

Negativa a Inspección en Fábrica

-        Monto: 4 UTM por cada día.

-        Desarrollo: Esta multa se aplicará en caso de que el proveedor impida o no facilite la realización de una inspección técnica en sus instalaciones o talleres, destinada a verificar el avance de fabricación de la Clínica Móvil de Mamografía, incluyendo aspectos tales como el blindaje radiológico, estructura del vehículo, distribución interior y demás elementos constructivos, previo a la entrega final.

Atraso en la entrega de documentación técnica y certificaciones.

-        Monto: 3 UTM por cada día hábil de atraso.

-        Desarrollo: Esta multa se aplicará cuando, al momento de la entrega de la Clínica Móvil de Mamografía, el proveedor no entregue la totalidad de la documentación técnica y certificaciones exigidas en las Especificaciones Técnicas, tales como manuales de operación y mantenimiento, memorias de cálculo del blindaje radiológico, certificaciones eléctricas correspondientes (TE1) y demás antecedentes necesarios para la tramitación de la autorización sanitaria ante la autoridad competente.

Garantía de Correcto Funcionamiento

Durante el período de garantía técnica ofertado por el proveedor para la Clínica Móvil de Mamografía, éste deberá asegurar el correcto funcionamiento de todos los sistemas y componentes del proyecto, incluyendo el equipamiento médico, sistemas eléctricos, sistemas auxiliares y el vehículo base.

Equipo no operativo en Periodo de Garantía

-        Monto: 5 UTM por cada día corrido.

-        Desarrollo: Esta multa se aplicará cuando la Clínica Móvil de Mamografía presente fallas que impidan su correcto funcionamiento o la realización de exámenes de mamografía, y el proveedor no efectúe la reparación correspondiente dentro del plazo técnico previamente acordado entre las partes.

Dicho plazo deberá ser definido y formalizado mediante comunicación electrónica (correo electrónico u otro medio oficial) entre el proveedor y la Contraparte Técnica del Servicio de Salud al momento de reportarse la falla, considerando la naturaleza de esta y las gestiones necesarias para su reparación.

El plazo informado por el proveedor constituirá el plazo comprometido para la reparación, y su incumplimiento dará origen a la aplicación de las multas establecidas en el presente apartado, las cuales comenzarán a contabilizarse desde el día siguiente al vencimiento del plazo comprometido.

Sin perjuicio de lo anterior, la Clínica Móvil de Mamografía no podrá permanecer inoperativa por un período superior a 30 días corridos, contados desde la notificación inicial de la falla.

En caso de que el proveedor informe que la reparación requiere repuestos provenientes del extranjero u otros componentes cuya provisión demande un plazo mayor, deberá acreditar dicha situación mediante documentación verificable, incluyendo, entre otros antecedentes: orden de compra del repuesto al fabricante o proveedor autorizado, factura o documento comercial de adquisición, certificación del proveedor respecto del componente solicitado, documentación de despacho, seguimiento logístico del envío, antecedentes de internación o tramitación aduanera, u otros documentos que permitan verificar la trazabilidad de la adquisición, traslado e ingreso del repuesto al país, así como la autenticidad y especificación del componente requerido.

Si el caso afecta la disponibilidad de la clínica móvil de mamografía, el proveedor deberá proporcionar obligatoriamente, sin costo adicional para el Servicio de Salud, un equipo o solución técnica de reemplazo de características equivalentes o superiores, que permita mantener la continuidad operativa del servicio de mamografía en el menor plazo posible.

La provisión de un equipo o solución de reemplazo no suspenderá ni reemplazará la obligación del proveedor de efectuar la reparación definitiva del equipamiento originalmente suministrado, ni limitará la aplicación de las multas establecidas en el presente apartado.

La multa comenzará a contabilizarse desde el día siguiente al vencimiento del plazo de reparación acordado, y se mantendrá vigente hasta que el equipamiento original sea reparado y se encuentre plenamente operativo, independientemente de la existencia de soluciones temporales o de reemplazo.

La multa se aplicará independientemente de la causa que origine la inoperatividad del equipo, incluyendo fallas de componentes, indisponibilidad de repuestos, problemas de logística, tiempos de importación de partes u otras situaciones imputables al proveedor.

En caso de que las multas aplicadas alcancen el tope máximo establecido en las presentes Bases, el Servicio de Salud quedará facultado para poner término anticipado al contrato, conforme a lo dispuesto en las mismas.

Tiempo máximo de respuesta técnica

-        Monto: 3 UTM por cada día de atraso.

-        Descripción: Se aplicará cuando el proveedor no atienda un requerimiento de soporte técnico dentro del plazo comprometido en su oferta, contado desde la notificación de la falla por parte del Servicio de Salud.

Atraso en Mantenimientos Preventivos

-        Monto: 5 UTM por cada día corrido de atraso.

-        Desarrollo: Esta multa se aplicará cuando el proveedor no realice oportunamente las mantenciones preventivas programadas, de acuerdo con el calendario comprometido en su oferta.

La mantención preventiva deberá considerar todos los sistemas y componentes de la Clínica Móvil de Mamografía, incluyendo el equipamiento médico, sistemas eléctricos, sistemas de climatización, sistemas auxiliares y el vehículo base, según corresponda.

Personal Técnico No Calificado o Cambios No Autorizados

-        Monto sugerido: 2 UTM por cada reemplazo o evento.

-        Respaldo: Esta multa se aplicará cuando el personal técnico del contratista que intervenga en las actividades de instalación, capacitación, mantención preventiva o correctiva no cumpla con los requisitos de calificación establecidos en las presentes Bases o en las Especificaciones Técnicas, o cuando se efectúen cambios de personal sin la debida autorización de la Contraparte Técnica del Servicio de Salud.

Sin perjuicio de la aplicación de la multa correspondiente, el personal objetado no podrá continuar ejecutando las labores asociadas al contrato, debiendo el proveedor designar personal que cumpla con los requisitos establecidos y cuente con la aprobación de la Contraparte Técnica.

Término Anticipado Contrato

El Servicio de Salud Aconcagua está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

  1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  2. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad. 
  3. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado en proceso concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.
  4. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N°19.886, 130 de su Reglamento y las presentes bases. En tal caso, esta Dirección sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas por incumplimiento establecidas en las presentes bases.
  5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.
  6. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, en caso que aplique.
  7. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

  1. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de el Servicio de Salud Aconcagua, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el Servicio de Salud Aconcagua.
  2.  Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 
  3. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de el Servicio de Salud Aconcagua.

  1. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y el Servicio de Salud Aconcagua, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.
  2. En caso de aplicar multas, serán consideradas como casos de incumplimiento grave las siguientes circunstancias:
  3. Superar el monto máximo acumulado de multas, correspondiente a un 5% del valor total del contrato.
  4. Interrupción total o parcial de la entrega del vehículo, sin causa justificada.
  5. Cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de seis meses consecutivos.

10.En caso que el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.
  6. Las demás que se establezcan en las bases de Licitación.

Todas estas causales son sin perjuicio de lo establecido en el artículo 183 del Reglamento de la Ley N°19.886, sobre la posibilidad de reemplazar a un integrante de la Unión Temporal de proveedores, en los términos que ahí se exponen.

11.No renovación oportuna de las Garantías, según lo establecido en el punto N° 8 “Naturaleza y Montos de las Garantias” de las bases de licitación, en caso que aplique.

12.En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula N° 10.3.3 “Prohibición de subcontratación cesión del contrato”.

13.En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto N°10.10 “Pacto de integridad”.

14.En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto N°10.12 “Confidencialidad”.

15.Si el adjudicatario no acata las órdenes e instrucciones que se le den de acuerdo a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones, eventuales modificaciones y la respectiva orden de compra.

16.Si el contratista no cumpliera las ordenes o instrucciones del Administrador de Contrato sin causa justificada y de manera constante, que signifique perjuicio real y cierto para el Servicio de Salud Aconcagua.

17.Si el adjudicatario no cumple, en forma reiterada o flagrante, con las obligaciones previstas en las bases administrativas y en la oferta presentada.

18.Incumplimiento de las observaciones formuladas por el Administrador de Contrato.

19.Por término del presupuesto comprometido en la contratación objeto de la presente licitación.

20.Por término de giro y/o patente comercial, por parte del proveedor.

21.En caso de imponerse al adjudicatario la inhabilitación prevista en el artículo 33 de la ley Nº21.575 y/o las sanciones previstas en los artículos 8 y 10 de la ley Nº20.393.

22.Cualquiera otra situación o circunstancia de responsabilidad del adjudicatario que signifique un perjuicio para el Servicio de Salud Aconcagua.

En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases.

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el Servicio de Salud Aconcagua concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

CAUSALES TÉCNICAS DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

Intervención no autorizada y uso de repuestos no originales en el Mamógrafo:

Si durante el proceso de integración, o durante el período de garantía y mantenimiento preventivo/correctivo del equipo, se comprueba que el proveedor ha utilizado partes, piezas o repuestos alternativos, reacondicionados o no autorizados expresamente por la fábrica original del mamógrafo (especialmente en componentes críticos como el tubo de rayos X, el detector digital o el generador). Asimismo, será causal de término si el equipo es manipulado, intervenido o reparado por personal técnico que no cuente con la certificación oficial y vigente del fabricante de la marca del equipo.

Deficiencia insubsanable en el blindaje radiológico (Riesgo Sanitario):

Si al momento de tramitar la Autorización de Operación de la instalación radiactiva frente a la Seremi de Salud, la clínica móvil es rechazada de forma definitiva debido a fallas estructurales en el plomado radiológico de la sala del mamógrafo, fugas de radiación ionizante detectadas, o si el cálculo de blindaje entregado por el proveedor no se ajusta a la realidad del vehículo construido, impidiendo el cumplimiento del Decreto Supremo N° 133/1984 del Ministerio de Salud y de las Normas Técnicas Básicas de Autorización Sanitaria. Esta causal se aplicará si el proveedor no es capaz de subsanar el blindaje en un plazo perentorio otorgado por la Unidad Técnica.

Inoperatividad crítica y abandono de soporte:

Si durante la vigencia de la garantía técnica obligatoria, el mamógrafo digital o los sistemas vitales del habitáculo sanitario (climatización, generador, UPS) presentan una falla crítica que paralice la atención clínica, y el proveedor no logra reparar el equipo en un plazo máximo de treinta (30) días corridos desde el reporte de la falla, y a su vez, tampoco entrega un equipo de reemplazo de similares o superiores características funcionales que permita la continuidad de las prestaciones. Esta causal es independiente y complementaria a las multas diarias por inoperatividad aplicadas durante dicho periodo de 30 días.

Riesgo eléctrico grave o rechazo de Certificación SEC (TE1):

Si el proveedor hace entrega del vehículo con instalaciones eléctricas deficientes, cables no libres de halógenos, tableros sin las protecciones diferenciales exigidas o si, en definitiva, las instalaciones del carrozado médico no logran obtener la Certificación TE1 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), poniendo en riesgo de electrocución a los pacientes o de cortocircuito a los equipos médicos, y el proveedor no lo soluciona a su entero costo dentro del plazo establecido para la recepción.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

 

Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Aconcagua y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

En este escenario, si alguna de las partes decide poner término, deberá comunicar a la otra la intención, mediante carta certificada y/o correo electrónico al Referente Tecnico/Administrador de contrato, con a lo menos 10 días corridos de anticipación a la fecha que se desea poner término a la contratación.

FACTURACIÓN Y PAGO

Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir a nombre de:

INSTITUCIÓN

RUT

DIRECCIÓN

Gobierno Regional de Valparaíso

72.235.100-2

Blanco 1791, Piso 1, Edificio Costanera Pacífico,  Valparaíso

Para realizar el cobro del vehículo, el proveedor deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Aceptar la respectiva orden de compra en el portal Mercado Público.
  2. Hacer entrega de una guía de despacho que detalle el vehículo y el valor a cobrar, con los correspondientes respaldos.
  3. Hacer entrega de todos los antecedentes exigidos en las Especificaciones Técnicas.
  4. Realizar las capacitaciones correspondientes y entregar el acta de dichas capacitaciones indicando nombres y apellidos, Rut, fecha y hora de la realización de dicha capacitación.
  5. El SSA a través de los establecimientos emitirá un acta de recepción conforme.
  6. Una vez realizada la recepción conforme. El SSA emitirá un Oficio conductor, aprobando el pago, suscrito por el representante legal de la Unidad Técnica, dirigido a la Jefatura de la División de Presupuesto e Inversión Regional del Mandante (Gobierno Regional). La demora en el envío del estado de pago retrasará la autorización que se debe dar para la emisión de la correspondiente factura de acuerdo con la cláusula décima del convenio mandato.
  7. El mandante efectuará la revisión de los antecedentes ingresados en el respectivo estado de pago. En caso de existir observaciones a éste, les serán comunicados al SSA por vía electrónica, sin embargo si los reingresos siguen mantendiendo observaciones que hacen insalvables aprobar administrativamente el Estado de Pago, entonces el mandante hará devolución de manera formal al SSA del expediente respectivo.
  8. La factura asociada al estado de pago programado, sólo podrá ser emitida una vez que el Gobierno Regional apruebe administrativamente dicho Estado de Pago. Para estos efectos, el Gobierno Regional podrá establecer el uso obligatorio de un sistema informatico de seguimiento y controlde estados de pago, el cual registrará el ingreso de la documentación ante el Gobierno Regional.
  9. Solo se autorizará la emisión de facturas de forma previa a procedimiento en el párrafo anterior, en aquellos casos en que los bienes adquiridos requieran de la factura para la inscripción en algún tipo de registro (RNVM, por ejemplo) o algún tramite legal que necesariamente debe realizarse de forma previa a la entrega del bien. Esa situación deberá ser informada por la unidad técnica y autorizada por el mandante.
  10. Antes de emitir la factura, el proveedor deberá verificar que el estado de la orden de compra haya cambiado a “Recepción conforme”, lo cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl.
  11. La factura deberá emitirse con la condición de pago “CRÉDITO”.
  12. El proveedor solo podrá facturar el vehículo efectivamente entregado y recepcionado conforme por el organismo comprador, una vez que el mandante apruebe administrativamente el estado de pago.

m.  Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de la orden de compra en la casilla “Referencias” bajo la opción “Orden de Compra” en el formato de la factura. No será válido incluirlo en la glosa, ya que el sistema no lo reconocerá y la factura será reclamada. En el caso de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota correspondiente.

Se entiende por “recepción conforme” el hito mediante el cual el comprador manifiesta su conformidad con el vehículo entregado, considerando que estos cumplen con lo acordado en las bases de licitación o en el contrato. Este hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, fecha y nombre del funcionario que realizó la recepción del vehículo.

En caso de tratarse de la recepción de un servicio, el funcionario referente técnico/administrador de contrato deberá emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado.

El Gobierno Regional de Valparaíso podrá presentar un reclamo sobre el contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. Si se realiza un reclamo, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la notificación del rechazo.

Los documentos válidamente emitidos, correspondientes al vehículo recibidos, serán devengados y estarán disponibles para su pago por parte de la Tesorería General de la República dentro de los 30 días siguientes a que la operación se haya perfeccionado, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Decreto N° 661, reglamento de la Ley N° 19.886.

Es importante señalar que no se podrá efectuar ningún pago al proveedor hasta que no se haya completado el trámite administrativo que apruebe el respectivo contrato.

El pago del vehículo se realizará en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, conforme al artículo N° 8 de la Ley N° 21.192, o mediante otro medio de pago establecido por la ley.

En cuanto a la facturación, si el monto resulta en un número con decimales, este se redondeará al número entero siguiente si la primera cifra decimal es igual o superior a 5. Si la cifra decimal es menor a 5, el monto se redondeará al número entero anterior.

Si el precio no está expresado en pesos chilenos, el monto a facturar se convertirá a pesos chilenos según el valor del tipo de cambio proporcionado por el Banco Central en la fecha de emisión de la orden de compra. No se permitirá ningún otro cobro adicional no convenido.

En caso de presentarse alguna diferencia entre la factura emitida y la orden de compra, el referente técnico/administrador de contrato deberá solicitar al proveedor la emisión de una Nota de Crédito o Nota de Débito, según corresponda, para procesar oportunamente el pago por el suministro correspondiente.

Confidencialidad

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.

El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el proceso licitatorio y el respectivo contrato.

El proveedor adjudicado debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el Servicio de Salud Aconcagua  el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.

Si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido lo indicado en esta cláusula, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con el punto N° 10.7.3 “Termino Anticipado de contrato”, numeral 14, de estas bases de licitación; lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.