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Bases Técnicas |
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1. ANTECEDENTES GENERALES:
El Instituto Antártico Chileno requiere adquirir el servicio de traducción e impresión para la revista ILAIA, con el fin de ser entregada a las y los asistentes de reuniones internacionales en que participa este instituto para estimular la colaboración internacional con Programas Antárticos Nacionales del Sistema del Tratado Antártico y otros países con interés en las regiones polares.
2. PRODUCTOS REQUERIDOS:
1000 Revista ILAIA
Formato cerrado 21 x 29,5 cm, extendido 42 x 29,5 cm.
Tapa: en couché opaco 300 grs., 4/4 colores + polimate por tiro.
Interior: 74 páginas, en couché opaco 100 gr, a 4/4 colores.
Encuadernación: fresado y hot melt.
Considera traducción del español al inglés por hablante nativo con
experiencia en traducción de textos científico-técnicos.
INACH proporciona textos preeditados en español para su traducción.
INACH diagrama y diseña la revista y entrega el archivo a proveedor para su impresión.
Incluir despacho a la ciudad de Punta Arenas.
La aprobación final de los productos, tanto en forma como en contenido, corresponde al INACH, así
como todos los derechos patrimoniales sobre todo el material generado. Todos los participantes en el
proceso ceden a INACH todos los derechos patrimoniales sobre el material generado mediante el
acto de esta contratación, como también la posibilidad de que dicha obra sea objeto de posteriores
ediciones, ya sea con el mismo u otro proveedor. En este mismo sentido, el proveedor deberá
entregar a INACH los archivos empaquetados (“packaged INDD file” o equivalente), que contienen
textos, fotos, tipografías, etc., con la versión final del producto, de tal forma que permitan su
reimpresión o reedición por parte de INACH con el mismo u otro proveedor, si así lo estima necesario
en el futuro.
3. CONTINUIDAD DE LA MARCA Y/O CALIDAD
El oferente adjudicado debe establecer el compromiso de dar continuidad a la marca y/o calidad ofertada y adjudicada, por todo el periodo de vigencia del contrato. En caso de que ello no suceda, el Instituto Antártico Chileno, quedará facultado para devolver los productos, con cargo al oferente adjudicado.
4. CALIDAD DE LOS PRODUCTOS
El Instituto Antártico Chileno, solicitará la emisión una nota de crédito, cuando corresponda, en atención a lo dispuesto en el artículo 57 del Decreto Ley N°825, de fecha 31/12/1974 “Ley sobre impuestos a las ventas y servicios”, del Ministerio de Hacienda, de todos aquellos productos, que, a juicio fundado del referente técnico de esta contratación, se encuentren en las condiciones que se detallan a continuación:
• Productos dañados o defectuosos:
• Producto adulterado o mal rotulado;
• Producto distinto a lo adquirido;
• Productos con problemas de calidad (excesiva humedad, sellado deficiente);
• Cuando por orden del organismo competente, se ordene retirar el producto por considerar que éste no está apto para su uso y/o por considerarse un riesgo.
Por lo anterior, INACH, procederá a informar esta situación mediante el correo electrónico dispuesto en el Anexo N°4, indicando el número de la factura y guía o guías de despacho que se vean afectadas, junto con solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente.
Las ofertas que no cumplan con lo exigido en estas Bases Administrativas y Técnicas o que las modifiquen en todo o en parte, serán declaradas técnicamente inadmisibles, quedando excluidas del proceso de licitación.
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Resolución de Empates |
En caso de empate en el puntaje técnico-económico
final, entre dos o más propuestas, el INACH optará por aquella propuesta que
obtenga el mejor puntaje, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
1.
Criterio de evaluación “Precio”.
2.
Criterio de evaluación “Experiencia
del Oferente”.
3.
Criterio de evaluación “Experiencia
del Traductor”.
4.
Criterio de evaluación “Plazo de
entrega”
5.
Criterio de evaluación
“Comportamiento Contractual Base”.
6.
Criterio de evaluación “Certificación
Programa de Integridad”.
7.
Criterio de evaluación “Cumplimiento
de Requisitos Formales”.
En caso que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista,
se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de
ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en
el portal www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El INACH a través de la Unidad de Adquisiciones, de acuerdo al inciso
primero del artículo 56 del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de
Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, “Errores u
omisiones detectados durante la evaluación. Durante la etapa de evaluación
la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1.
Salvar los errores u
omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal
errores en el precio de la oferta.
2.
La presentación de certificaciones o
antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del
plazo para presentar ofertas; y,
3.
La presentación de certificaciones o
antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las
rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad
licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no
podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores,
dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.”
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Adjudicación |
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El INACH adjudicará la presente licitación a un solo oferente, hasta el día indicado en el punto 4 precedente: “Cronograma de la Licitación”, quien se entenderá como el oferente adjudicado, y será el que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación por línea.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el INACH publicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
La adjudicación se realizará mediante resolución fundada, debidamente notificada al oferente adjudicado y al resto de los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl. En dicho acto se especificarán los criterios de evaluación que hayan permitido al oferente adjudicado obtener la calificación de oferta más conveniente.
Asimismo, el INACH podrá dejar sin efecto la adjudicación y se procederá a readjudicar al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si la respectiva oferta es conveniente para los intereses del INACH, y así sucesivamente, dentro del plazo de 20 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses del Servicio.
De la readjudicación:
La readjudicación podrá ser ejercida por el Mandante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:
a) Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta;
b) Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado;
c) No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, o no entregue las respectivas garantías de fiel cumplimiento de contrato, cuando proceda;
d) No firme el contrato en el plazo detallado en las presente Bases Administrativas;
e) Si el producto o servicio adjudicado por proveedor perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación sólo respecto de aquellas líneas de producto en donde se produzca la situación anteriormente señalada.
f) No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación;
g) Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado;
h) Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste.
En el caso de la unión temporal de proveedores, si a alguno de sus integrantes le afecta alguna inhabilidad, ésta deberá decidir si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desistiere de su participación. En este último caso, el INACH dejará sin efecto la adjudicación y re adjudicará la licitación, dentro del plazo de 20 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si la respectiva oferta es conveniente para los intereses del INACH, y así sucesivamente, o declarará desierta la licitación, según corresponda.
El INACH declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del INACH.
En todo caso, las declaraciones del INACH se efectuarán mediante resolución fundada.
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Antecedentes Económicos |
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Se deberá ofertar electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, ingresando una oferta económica en valor neto por el total de los requerido, en números enteros y sin decimales correspondientes, expresados en pesos chilenos.
El oferente deberá completar y subir al portal en la sección “Anexo Económico – Precio”, contenido en el Anexo N° 5, la valorización de todo el itemizado, expresados en montos netos y con IVA incluido, pudiendo ser una oferta exenta de impuestos, lo que deberá quedar informado en el portal al ofertar y en el anexo de Precio en números enteros y sin decimales correspondientes, expresados en pesos chilenos, debidamente completado y firmado por el representante legal o persona natural según corresponda.
Esta licitación considera un PRESUPUESTO DISPONIBLE de $9.000.000.- (nueve millones pesos chilenos), impuestos incluidos. Si la oferta es exenta debe señalarlo en el portal y en el anexo de Precio.
Los oferentes deben incluir la TOTALIDAD de los productos que se solicitan.
El precio ofertado será firme y definitivo. En caso de errores de medición o cálculo aritmético, el INACH se reserva el derecho a considerar el menor valor de los señalados como valor de la oferta presentada.
La oferta que no presente íntegramente la referida información, será declarada económicamente inadmisible, siendo excluida del proceso de licitación.
De la oferta temeraria o riesgosa.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento, el Servicio podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentalmente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. En este sentido, se considerará como temeraria la oferta económica que sea inferior en un 50% de la que la sigue o del presupuesto disponible informado.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio comprometa el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneren la libre competencia.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Servicio analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) Quien evalúe deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) Quien evalúe analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
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Modificación de Bases |
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Las bases de licitación podrán modificarse durante el proceso de la propuesta y hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
La resolución que modifica las bases debe ser publicada en el Portal Mercado Público y en caso necesario, deberá considerarse un nuevo plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
Todos los plazos establecidos en las presentes Bases y los instrumentos que la complementen se entenderán que son de días corridos, salvo estipulación expresa en contrario. Igualmente, todos los horarios de las presentes Bases y de los instrumentos que la complementen, corresponden al horario oficial de la Región de Magallanes y Antártica Chilena (GMT –3), salvo estipulación expresa en contrario.
En caso de que el vencimiento del plazo cayere en sábado, domingo o feriado, se prorrogará para el día siguiente hábil. Si dicho plazo de cierre venciere en un día lunes o en un día siguiente a un inhábil, a las 15:00 horas o antes, éste se prorrogará hasta las 23:59 horas del mismo día.
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Multas |
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Si el proveedor no cumple con la entrega de los productos definidos en las presentes Bases y comprometidos en su oferta, el INACH podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el proveedor ante INACH.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas Bases, sean constitutivo de multa, el INACH notificará por escrito esta circunstancia al proveedor, indicando en forma precisa el hecho que se le imputa. El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito, al correo electrónico inach@inach.cl, con copia a los correos electrónicos apena@inach.cl y rcanales@inach.cl.
Los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas según el horario de la región de Magallanes y de la Antártica Chilena. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles, sin que el proveedor haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el Registro de Proveedores de Mercado Público, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación por escrito, al correo electrónico inach@inach.cl con copia a apena@inach.cl y rcanales@inach.cl, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.
El INACH resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada.
Para los efectos de la aplicación de la multa, las causales serán la siguientes:
SITUACIÓN MULTA
Incumplimiento del plazo de entrega solicitado 1% del valor total de la oferta adjudicada por cada día de atraso, con un máximo de 10 días corridos.
Posterior a ello INACH pondrá término al contrato.
El proveedor podrá pagar las multas directamente en la oficina de Tesorería de INACH, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado del estado de pago correspondiente.
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