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Pacto de integridad |
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El Pacto de Integridad es una declaración mediante la cual el proveedor se compromete a no incurrir en prácticas indebidas, como sobornos, colusión, fraude o conflictos de interés y a cumplir las normas de probidad y transparencia en los procesos de compra del Estado. El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con toda y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
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Resolución de Empates |
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En caso de producirse un empate, este será resuelto considerando el siguiente orden de los criterios:
- PRECIO
- EXPERIENCIA DEL OFERENTE
- EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR
- PRESENCIA COMUNAL, REGIONAL Y NACIONAL
- MEJORES CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES
PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Se podrá solicitar a los Oferentes, si se estimare necesario y entre el proceso de apertura y de evaluación, que salven errores formales, las solicitudes serán publicadas en Mercado Público, otorgándoles a los oferentes un plazo de dos días hábiles contados desde la solicitud, para salvar dichos errores u omisiones formales. Si el oferente no cumple con lo solicitado, el CFT de La Araucanía no evaluará su oferta y el oferente quedará fuera del proceso de licitación, declarándose inadmisible su oferta.
El error en el precio no constituye un error de forma, salvo lo dispuesto en dictamen N°7.948 de 2018, de la Contraloría General de la República de Chile
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Toda consulta que se origine con posterioridad a la publicación de la adjudicación de la licitación deberá canalizarse a través de la plataforma de Mercado público dentro de los 10 días hábiles posteriores y en el caso que se solicite, CFT de la Araucanía emitirá la respuesta correspondiente en plazo establecido en portal mercado público.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El pago se realizará contra presentación de la respectiva factura, pagadera en un plazo máximo de treinta (30) días, previa autorización y conformidad del responsable del contrato, y la modalidad será acorde lo indicado en el N°10.3 de las presentes bases. De requerirlo el adjudicado podrá solicitar trasferencia electrónica dando aviso de ello con anterioridad y otorgando los datos necesarios para ello. Para proceder al pago el oferente adjudicado deberá presentar, junto a su factura: 1.- F30-1: Certificado de la Inspección del Trabajo de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, que acredite la no existencia de deudas de remuneraciones, finiquitos o deudas previsionales de sus trabajadores y, en caso de existir, de los trabajadores de sus subcontratistas que directa o indirectamente han ejecutado la obra y/o servicio en cuestión por el periodo que ésta se lleve a cabo. 2.- F30: Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales En el caso que no pueda emitir el F30-1 al no contar con trabajadores, bastará con el F30. El gasto que irrogue el contrato para los demás años presupuestarios se imputará al ítem que corresponda en la medida que se contemplen recursos para ellos. • PAGO A PROVEEDORES EXTRANJEROS: En el caso que un proveedor extranjero, sin domicilio ni residencia en Chile, se adjudicará alguna de las líneas del proceso licitatorio presente, deberá cumplir con la normativa de Tributación Simplificada establecida en la Ley N° 21.210. Para efectos de respaldo del pago y cumplimiento tributario, el proveedor extranjero deberá estar inscrito en el Registro Simplificado del SII, debiendo emitir la correspondiente factura. Es importante señalar que, para emitir la orden de compra respectiva, el proveedor extranjero que se haya adjudicado algunas de las líneas, deberá estar inscrito en el Registro Simplificado del SII. Si el proveedor no estuviere inscrito en el régimen simplificado, en un plazo de 10 días hábiles, desde la notificación de la adjudicación, el CFT podrá realizar la respectiva Re-adjudicación al siguiente proveedor con el mejor puntaje, si es que hubiera.
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