Licitación ID: 1180968-32-LP25
REPOSICION AMBULANCIA SAMU
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD IQUIQUE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Ambulancias 1 Unidad
Cod: 25101703
Ambulancia (Vehículo)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPOSICION AMBULANCIA SAMU
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El presente proceso de licitación tiene por objeto la adquisición de una (1) ambulancia avanzada, destinada a fortalecer y optimizar la capacidad operativa de la red de atención prehospitalaria del servicio de salud correspondiente.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
COMPRAS CONVENIOS GORE IQUIQUE
R.U.T.:
61.606.100-3
Dirección:
Av. Arturo Prat N°1099
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-01-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 22-12-2025 10:46:30
Fecha inicio de preguntas: 22-12-2025 15:19:00
Fecha final de preguntas: 02-01-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-01-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-01-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-01-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-03-2026 10:13:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- según punto 12.1 de bases administrativas
Documentos Técnicos
1.- según punto 12.2 de bases administrativas
 
Documentos Económicos
1.- según punto 12.2 de bases administrativas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio De Evaluación – Tecnico El puntaje final de los criterios de evaluación – Técnico se obtendrá con la siguiente fórmula: Técnico: (Garantía técnica * 0,3 + Oferta Técnica * 0,70) * 0,38 38%
2 Criterio De Evaluación – Económico Para la evaluación de las propuestas, se considerará el total de la oferta económica de la adquisición que se desea contratar, de acuerdo a la propuesta del proveedor presentada en el Anexo Nº 5. Para determinar el puntaje se utilizará la siguiente fórmula: Oferta Económica: ((Precio Mínimo Ofertado)/(Precio Evaluado))* 100 *0,6 60%
3 Criterio De Evaluación Administrativo El puntaje final de los criterios de Evaluación Administrativo se obtendrá con la siguiente fórmula: Administrativos: (Requisitos Formales + Pacto de Integridad) * 0,02 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ
e-mail de responsable de pago: jvaras@goretarapaca.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: SEBASTIAN POBLETE
e-mail de responsable de contrato: sebastian.poblete@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2535017-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ
Fecha de vencimiento: 16-10-2027
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Garantía de Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato de Obligaciones Laborales y Previsionales " Reposición Ambulancias Samu Tarapacá Con Reposición Y Adquisición Equipos Y Equipamiento" Código Bip 40058446-0, 1180968-32-LP25
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor una vez finalizado el período total de vigencia exigido. Para ello, deberá verificarse que se haya cumplido íntegramente con las obligaciones contractuales, lo cual se acreditará mediante las respectivas actas de recepción conforme, en sus aspectos físicos, funcionales y técnicos. La devolución se efectuará siempre que no existan observaciones pendientes o incumplimientos que afecten el cumplimiento del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
El presente proceso de licitación tiene por objeto la adquisición de una (1) ambulancia tipo Box Body 4x2, destinada a fortalecer y optimizar la capacidad operativa de la red de atención prehospitalaria del servicio de salud correspondiente. Este vehículo debe cumplir con los estándares técnicos establecidos en la normativa vigente, garantizando condiciones óptimas de seguridad, confort y operatividad para el traslado de pacientes en situaciones de urgencia y emergencia médica, el ítem a considerar es el siguiente: Ítem Descripción Cantidad Total Valor Total IVA Incluido aproximado Asignación Presupuestaria 1 Ambulancias 1 $190.281.164 Vehículo La ambulancia deberá contar con equipamiento médico y tecnología conforme a las Especificaciones Técnicas adjuntas. Asimismo, deberá cumplir con la normativa nacional sobre vehículo de emergencia, incluyendo las disposiciones del Ministerio de Salud y del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Toda discrepancia entre distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta en primera instancia por el Referente Técnico correspondiente al Departamento de Gestión de Recursos Físicos e Inversiones de la Red del Servicio de Salud Tarapacá en la forma que mejor beneficie al proyecto, pudiendo recurrir a todas las instancias legales que les permite la ley para resolver controversias. Las presentes Bases Administrativas Generales y Bases Técnicas Generales, se complementan con las Especificaciones Técnicas de cada proceso licitatorio y demás documentos que se anexan a la propuesta, y todo otro Reglamento y Ordenanza que rija en el territorio nacional y que norme la ejecución del bien contratado.
3. BASES Y DOCUMENTOS QUE RIGEN LA PROPUESTA
Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre el Servicio de Salud Tarapacá, en adelante “El Servicio” y quien provee de los bienes a que se refiere la presente licitación, en adelante “Proponentes”, "Oferentes", o “Participantes”, durante el proceso y en todas las materias relacionadas con esta licitación. Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las disposiciones de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas Generales, Anexos, Especificaciones Técnicas, en lo sucesivo "Bases". La presentación de una propuesta, implica para la persona natural o jurídica que haga una oferta, la aceptación de las presentes Bases, a las cuales se somete desde ya. Esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos: a) Ley Nº19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento. b) Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas. c) Las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, los anexos aclaratorios, si los hubieren, lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas No19.886, su Reglamento y sus modificaciones, demás normas generales vigentes. d) Ley Nº19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. e) El Código del Trabajo, que regula la relación laboral entre los empleadores/as y los trabajadores/as por este Código y por sus leyes complementarias, contratados bajo vínculo subordinación o dependencias en virtud de un contrato de trabajo, donde se establece cumplimiento de horario de trabajo, seguir instrucciones impartidas por el empleador/a, remuneraciones por los servicios contratados, etc. Las infracciones a las normas que regulan las entidades a que se refiere este artículo se sancionan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 507 de este Código. Los derechos establecidos por las leyes Laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato del trabajo. f) Ley Nº16.744 de accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. g) Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la ley Nº20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. h) Las Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas, el cual se efectuará a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. i) Las modificaciones de las Bases, si las hubiere. j) Oferta Técnica, económica, catálogos, manuales, etc., de los servicios ofertados. k) Resolución de Adjudicación. l) Orden de Compra. m) Toda documentación aclaratoria enviada por el referente técnico, a los proponentes, durante el período de estudio de las propuestas. n) Contrato de Adquisición de Ambulancia y su respectiva aprobación formal por parte de la autoridad competente, mediante la dictación del acto administrativo respectivo totalmente tramitado. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: • La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. • DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. • DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. • DFL. Nº 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL. Nº 2763/79 y las leyes 18.469 y 18.933, que regulan las funciones propias de esta, como el Reglamento del Ministerio Orgánico del Ministerio de Salud, Decreto Nº 136, de 2004, ambos del Ministerio de salud. • D.S. Nº 140/2004, del Ministerio de Salud, que fija el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
4. NOTIFICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán por medio del portal www.mercadopublico.cl. Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario. Sin perjuicio de ello, si el último día del plazo recayera en día sábado, domingo o festivo, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 9° del Reglamento de la Ley de Compras, los plazos establecidos en estas Bases comenzarán a correr una vez notificado el documento, acto o resolución de que se trate, esto es, veinticuatro (24) horas después de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Con excepción del plazo para presentar propuestas, contenido en el artículo relativo a “Calendario Licitación” de estas Bases, el que comenzará a correr desde la publicación en el portal www.mercadopublico.cl del llamado a licitación, dado sus efectos generales. Las notificaciones por correo electrónico: se considerarán practicadas habiendo transcurrido tres días hábiles administrativos desde su envío al Domicilio Digital Único, dejándose expresa constancia en el expediente electrónico, de la fecha y hora de dicho hecho, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento que regula la forma que los procedimientos administrativos deberán expresarse a través de medios electrónicos, en las materias que indica, según lo dispuesto en la ley Nº 21.180 sobre transformación digital del estado.
6. DE LOS PROPONENTES
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4°, N° 24 del Reglamento de Compras Públicas, contenido en el Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, los proveedores interesados en participar podrán ser personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras. Estos podrán actuar de manera individual o, exclusivamente en el caso de empresas de menor tamaño, formar Uniones Temporales de Proveedores para la provisión de bienes y/o servicios a las entidades públicas. Será requisito indispensable que todos los proveedores interesados estén inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores del Estado en Mercado Público al momento de presentar sus ofertas. No podrán participar aquellos proveedores que se encuentren inhabilitados para pertenecer al Registro de Proveedores conforme artículo 154 del Reglamento de Compras Públicas, Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. a. En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica deberá presentar: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/las) Representante (s) Legal (es) de la Empresa - Certificado Representante Legal (con vigencia a la fecha de presentación de la propuesta). - Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad. En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y rol único tributario. a) De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados). - Certificado de Habilidad. En caso de constitución de Unión Temporal de proveedores/as, junto con los antecedentes legales para poder ofertar, descritos en los puntos a.) y b.) de cada uno de los proveedores/as que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá presentar el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma y lo que se indica a continuación.
7. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Se admite la participación en el presente proceso licitatorio de oferentes que actúen bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, conforme al artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886 (D.S. N° 661/2024), bajo las siguientes condiciones: 1. La UTP debe estar integrada por al menos una empresa de menor tamaño. 2. Se constituye exclusivamente para esta licitación y su vigencia deberá abarcar, como mínimo, la duración del contrato adjudicado, incluidas eventuales prórrogas. 3. Su formalización deberá realizarse mediante escritura pública o, si el monto del proceso es inferior a 1.000 UTM, por instrumento público o privado. 4. El acuerdo debe incluir: responsabilidad solidaria entre sus miembros y el nombramiento de un representante común con poderes suficientes para actuar durante todo el proceso.
8. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES.
De conformidad a lo establecido en el artículo 4, N° 4 Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda, si los/las oferentes presentaran consultas de carácter administrativo o técnico respecto a los requerimientos, éstas deberán ser remitidas por medio del foro establecido en www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos establecidos para tal efecto se encuentra el punto N°5 “Calendario de la Licitación” indicados en la Ficha de Licitación, no pudiendo los proveedores contactar de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios/as, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso, salvo lo que esté expresamente indicado en las presente bases. Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por el Servicio de Salud Tarapacá mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley 19.886. El Servicio de Salud Tarapacá podrá introducir modificaciones a las presentes bases mediante acto administrativo fundado, por parte de la autoridad superior del Servicio, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal y hasta 3 días hábiles del término del plazo para recibir ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderán forman parte integral de las bases de licitación, siendo su aplicación obligatoria para todos los participantes. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, el Servicio deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, el que no podrá ser inferior a 3 días hábiles, pudiendo ser mayor dependiendo de la complejidad de éstas. Es exclusiva responsabilidad del proponente la revisión del portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en el punto precedente.
9. FINANCIAMIENTO
El desarrollo y ejecución del proyecto licitado será financiado por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR tradicional), constituidos con fondos regionales, cuyo Presupuesto disponible asciende a $190.281.164.- (Ciento noventa millones, doscientos ochenta y un mil ciento sesenta y cuatro pesos) IVA incluido. Por lo anterior, el gasto que irrogue el desarrollo y ejecución del proyecto licitado será imputado al ítem correspondiente, del presupuesto del Gobierno Regional de Tarapacá, según se indique en el convenio mandato correspondiente. El o la oferente deberá calcular en base a su propio análisis, los precios, gastos generales, leyes sociales, gastos financieros y las obligaciones contractuales que se contraigan para la prestación de los productos requeridos. Ambas partes de común acuerdo podrán solicitar fundadamente modificación del contrato, siempre y cuando no cambie la naturaleza del mismo y que dichas modificaciones se atengan a lo dispuesto en las presentes bases y en el contrato. Sólo tratándose de caso fortuito, fuerza mayor o que se adhiera otra/as instalaciones que administre el Servicio, debidamente acreditada la referida modificación podrá implicar un aumento de precio hasta en un 30% del monto originalmente pactado. Para tal caso, se deberá emitir el acto administrativo que corresponda, y posteriormente deberá generarse la orden de compra por el aumento de precio. Las ofertas económicas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor neto unitario, por la adquisición de los bienes y expresados en moneda nacional. El oferente deberá utilizar los formatos que se anexan y las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente el día y hora señalada en el Portal. Los precios deben consignar valores por las especies puestas en las dependencias que el Servicio de Salud Tarapacá indique y los precios deben estipularse de acuerdo a lo indicado en los Cuadros de Oferta Económica que se adjuntan en el Anexo Nº 5 Formulario Técnico -Económico de ofertas, de estas Bases.
10. DE LAS GARANTÍAS
10.1. DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO El adjudicatario deberá entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato antes de la suscripción del mismo, la cual tiene por objeto asegurar la ejecución íntegra, oportuna y eficiente del contrato, así como el cumplimiento de las obligaciones laborales del contratista, estos últimos en caso de prestación de servicio, conforme al artículo 124 del Reglamento de Compras Públicas. El proveedor adjudicado deberá hacer entrega de la garantía de cumplimiento del contrato a la Entidad licitante hasta antes de la suscripción del contrato definitivo, conforme a lo establecido en el artículo 123 del Reglamento de Compras Públicas. Dicha garantía deberá tener una vigencia que se inicie en la fecha de suscripción del contrato y cubrir, como mínimo, el plazo total de entrega comprometido, según lo dispuesto en el Anexo N° 5 “Formulario Técnico-Económico de ofertas”, más el período de garantía técnica ofrecida por el proveedor, y un adicional no inferior a sesenta (60) días corridos. Esta garantía podrá ser Boleta de Garantía, Vale vista, Póliza o cualquier instrumento financiero que cumpla los requisitos del artículo 121 del Decreto Nº661, de 2024 del Ministerio de Hacienda. Esta garantía deberá ser tomada en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, pagadera a la vista con carácter irrevocable y a primer requerimiento a la orden del Gobierno Regional de Tarapacá, Rol Único Tributario 72.223.100-7, en moneda nacional, con la glosa que señale: “Garantía de Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato de Obligaciones Laborales y Previsionales " Reposición Ambulancias Samu Tarapacá Con Reposición Y Adquisición Equipos Y Equipamiento" Código Bip 40058446-0, ID 1180968-14-LP25, correspondiente al 5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado por el adjudicatario. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, tomada por el oferente o un tercero, podrá entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre Documento Electrónico, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso de que el plazo de entrega de los bienes supere a los plazos ofertados, el oferente deberá aumentar la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato por el periodo desfasado más 60 días corridos adicionales. En el caso planteado anteriormente, la empresa tiene la responsabilidad de renovar o bien actualizar el plazo de vigencia a los menos 30 días antes de su caducidad. El contratista deberá mantener vigente esta garantía durante el periodo que corresponda. Además, deberá presentar en conjunto con un Certificado de Autenticidad emitido por la entidad financiera respectiva. Para el caso de Pólizas, se debe acreditar que las primas se encuentren pagadas anticipadamente. Será responsabilidad de la Unidad Administrativa, esto es, del Departamento de Abastecimiento y Logística, requerir oportunamente la respectiva Garantía, verificando su monto y vigencia según las bases, para luego enviarla a custodia al Gobierno Regional. El Servicio aceptará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva y cumpla las condiciones previstas en las presenten bases y lo dispuesto en el artículo 121 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 19.886. Si por algún motivo justificado, el Servicio otorgara un aumento del plazo de entrega de la o las especies a la empresa adjudicataria, esta deberá actualizar o ampliar la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, por el nuevo plazo acordado. Si el oferente adjudicatario no cumple con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato antes de la suscripción del contrato, el Servicio podrá readjudicar la propuesta al proponente que le sigue en puntaje, y así sucesivamente y hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta. El Servicio tiene la obligación de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en cualquier momento, conforme al artículo 124 del Reglamento de Compras Públicas, en caso de producirse alguna de las siguientes circunstancias: - En caso de que se generen incumplimientos graves respecto de las obligaciones del proveedor, según lo indicado en acápite “CAUSALES DE TERMINACION DE CONTRATO” señaladas en las presentes Bases Administrativas. - En caso de que el Acta N°3 de Recepción Técnica no se encuentre ejecutada dentro del plazo comprometido por el proveedor en su oferta. 10.1.1. DEVOLUCIÓN CAUCIÓN FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta al proveedor una vez finalizado el período total de vigencia exigido. Para ello, deberá verificarse que se haya cumplido íntegramente con las obligaciones contractuales, lo cual se acreditará mediante las respectivas actas de recepción conforme, en sus aspectos físicos, funcionales y técnicos. La devolución se efectuará siempre que no existan observaciones pendientes o incumplimientos que afecten el cumplimiento del contrato. 10.2. GARANTÍA POR PAGO ANTICIPADO Se podrá pagar por adelantado hasta el 100% del valor contratado, de conformidad con el artículo 125 del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda. Para tal efecto el Servicio exigirá la presentación de una Garantía por un valor igual al porcentaje (%) del precio que se paga por adelantado. El otorgamiento del anticipo quedará condicionado a las situaciones especiales que puedan afectar al Servicio o a la Entidad que financia el proyecto, sea en cuanto a la normativa especial como Ley de Presupuesto que podría establecer límites a los porcentajes u otra circunstancia presupuestaria o no, que pueda afectar la entrega del anticipo. Dicha garantía que podrá ser Vale Vista, Certificado de Fianza pagadero al primer requerimiento o Boleta Bancaria, etc., instrumentos que deberán ser tomados en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, con oficinas en la comuna asiento de la entidad licitante, pagadera a la vista con carácter irrevocable, a primer requerimiento y a la orden del Gobierno Regional de Tarapacá, Rol Único Tributario 72.223.100-7, en moneda nacional, con la glosa que señale “Garantiza el pago anticipado de la licitación denominada “Reposición Ambulancias Samu Tarapacá Con Reposición Y Equipos Y Equipamiento", Código Bip 40058446-0, ID 1180968-14-LP25, d de acuerdo al valor del anticipo del contrato expresado en pesos chilenos, cuyo plazo comienza desde la fecha en que fue aceptada la orden de compra, más el “PLAZO DE ENTREGA”, más 90 días corridos. En conjunto con un Certificado de Autenticidad emitido por la entidad emisora respectiva. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, tomada por el oferente o un tercero, podrá entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre Documento Electrónico, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El Servicio aceptará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva y cumpla las condiciones previstas en las presenten bases y lo dispuesto en el artículo 125 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº19.886. Para el caso de Pólizas, se debe acreditar que las primas se encuentren pagadas anticipadamente. Será responsabilidad del Administrador del Contrato, requerir oportunamente la respectiva Garantía, verificando su monto y vigencia según las bases, para luego enviarla a custodia al Gobierno Regional. 10.2.1. DEVOLUCIÓN GARANTÍA POR PAGO ANTICIPADO La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la recepción conforme, esto es una vez suscrita el Acta Nº3 Recepción Técnica por parte de la Entidad, de los bienes o servicios que el Proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo.
11. VIGENCIA DE LA OFERTA
Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de 120 días corridos desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. La oferta cuyo periodo de validez sea menor que el requerido será declarado inadmisible. Vencido este plazo si no hubiere realizado la adjudicación o ésta no se encontrare totalmente tramitada por cualquier causa, el Servicio podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
12. PRESENTACIÓN DE OFERTAS AL PORTAL
Las ofertas, deberán presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, con todos los antecedentes, formularios y anexos que se exigen en las presentes Bases Administrativas Generales, deberán entregarse debidamente firmados (firma electrónica simple) por el oferente o su representante legal, según corresponda. Si el oferente se encuentra con inscripción vigente en Chile Proveedores, podrá obviar la presentación de aquellos antecedentes exigidos que se encuentren en dicho portal y que a la fecha de la apertura estén vigentes. Todos los anexos deberán estar redactados en idioma español, debidamente firmados por el oferente o su representante legal. Los cuáles serán escaneados e ingresados al portal www.mercadopublico.cl, así también, la documentación anexa debe ser subida al portal en formato digital no modificable. Las ofertas deberán ser ingresadas al portal de Compras Públicas en el plazo establecido en las presentes bases. Posterior a la fecha y hora de cierre indicada en la ficha de licitación del portal, el sistema se cierra automáticamente y no permite el ingreso de ninguna otra oferta, ni archivo adjunto. Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta. La existencia de documentos ajenos a la nómina señalada se considerará complementaria y, por lo tanto, su presentación no dará motivo de descalificación del oferente. 12.1. OFERTA ADMINISTRATIVA 1. Anexo Nº 1 - Formulario Identificación del Oferente. Identificación completa del Oferente y su Representante Legal cuando corresponda, incluyendo nombre completo, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, domicilios y números de cédula nacional de identidad y/o rol único tributario. En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada 2. Anexo Nº 1-A - Formulario Identificación del oferente Unión Temporal de Proveedores: Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, deberá completar el Formulario N°1-A, adjuntando el acuerdo de participación conjunta. El objeto del acto constitutivo del acuerdo deberá contemplar el desarrollo y ejecución del proyecto, entendiendo por ello, la entrega de la totalidad de los bienes de las características contempladas en el proceso de licitación. Asimismo, deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente: • El acuerdo de participación conjunta en la licitación como unión temporal de proveedores; • La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante • El nombramiento de un apoderado común con poderes suficientes. • Vigencia no inferior al plazo del contrato adjudicado. • Porcentaje de participación de sus integrantes en experiencia. Se entenderá por participación aquel porcentaje distinto de 0% que declare en experiencia. • La o las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el presente numeral serán declaradas inadmisibles. • También aquellas que no den cumplimiento a lo señalado en artículo 180, letra a) en relación a lo dispuesto en artículo 4, N° 14 del Reglamento de Compras, esto es integrada por una o más empresas de menor tamaño. 3. Anexo N° 2: Formulario Declaración Jurada Simple. Declaración jurada simple en que el Oferente declare estar en conocimiento de las características de la licitación, de su situación legal, de los antecedentes que forman parte de esta propuesta y de la aceptación de ésta en todas sus partes, así como la facultad privativa del Mandante de adjudicar la licitación. En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada. 4. Anexo Nº 3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios e Inhabilidad Contemplada en el Artículo 4, Inciso Primero, 35 quáter y 35 septies de la ley 19.886. En caso de tratarse de una UTP, este formulario debe ser completado por todos sus integrantes de manera separada. 5. Anexo N° 4: Declaración Programa de Integridad”. Deberá indicar mediante declaración respectiva, el Programa de Integridad vigente implementado en su empresa y acreditar con medios de verificación afines la difusión del programa y que este sea conocido por su personal. 6. 7. ANEXO N°7: Declaración Jurada Simple de no encontrarse inhabilitado para contratar con el estado (Ley 20.393, DL 211/1973 y Ley N° 21.595). Antecedentes Legales para Poder Ofertar a. En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/las) Representante (s) Legal (es) de la Empresa - Certificado Representante Legal (con vigencia a la fecha de presentación de la propuesta) - Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad. En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y rol único tributario. b. De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar: - Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) - Certificado de Habilidad. c. En caso de constitución de Unión Temporal de proveedores/as, junto con los antecedentes legales para poder ofertar, descritos en los puntos a.) y b.) de cada uno de los proveedores/as que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá presentar No se exigirán los documentos administrativos de declaraciones juradas que se encuentran el portal de mercado público al momento de ofertar relativos a identificación completa del oferente, en caso de UTP por cada integrante y declaraciones juradas sobre no haber sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecido en los artículo 463 y siguientes del Código Penal dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta, no haber sido condenado por el Tribunal de Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración contemplado en el artículo 26 letra d), del Decreto con fuerza de Ley Nº 1, de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 211, de 1973, si se trata de una persona jurídica no haber sido condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley 20.393. Además de los conflictos de interés. 12.2. OFERTA TÉCNICA - ECONÓMICA Deberán presentarse electrónicamente, al Portal www.mercadopublico.cl, los siguientes antecedentes: 1. Anexo N°5 – Formulario Técnico-Económico de Ofertas, El Anexo N°5 tiene por finalidad centralizar la información técnica y económica de cada una de las propuestas presentadas por los oferentes. Este formulario deberá ser completado de forma obligatoria, clara, veraz y precisa por el proveedor, y será parte constitutiva de la oferta presentada en el proceso licitatorio. En este formulario, el oferente deberá ingresar la siguiente información por cada ítem ofertado: • Descripción del bien ofertado: incluyendo marca, modelo y país de origen. • Valor unitario neto (sin IVA): correspondiente al precio por unidad del bien, excluyendo el IVA. • Indicación del régimen tributario: especificando si la oferta corresponde a Zona Franca (exenta de IVA) o en plaza (afecta a IVA). • Plazo de entrega: indicar en días corridos. • Garantía técnica ofrecida: expresada en meses, no pudiendo ser inferior a 24 meses. Los valores indicados en este anexo deben incluir todos los costos asociados al cumplimiento integral del contrato: transporte, seguros, instalación, capacitación, puesta en marcha y cualquier otro gasto necesario para la entrega efectiva de los bienes ofertados. El formulario será entregado en formato digital por la entidad licitante y deberá ser devuelto debidamente completado como parte integral de la oferta. La información consignada en este anexo prevalecerá por sobre aquella publicada en el portal Mercado Público, en caso de discrepancias, para todos los efectos del proceso de evaluación y adjudicación. 2. ANEXO N°6 Especificaciones Técnicas: Corresponde al documento en el que se detallan las características técnicas que debe poseer el vehículo ofertado, o bien se describen otros requisitos necesarios de la oferta. Los oferentes deberán presentar el Anexo N°6 en formato Excel. Las características de los bienes se clasificaron según el siguiente criterio: 1. Características Excluyentes: Aquellas fundamentales e indispensables para el correcto funcionamiento del equipo, cuya ausencia impediría su adquisición. 2. Características Deseables: Atributos adicionales que complementan las características excluyentes, otorgando valor agregado al bien ofertado. Las características de la oferta, excluyentes y deseables, detalladas en este formulario deben estar respaldadas por documentos que validen su cumplimiento. Los oferentes deben adjuntar los documentos pertinentes, como certificaciones, en formato PDF y/o formato no editable junto con el Anexo. Requisitos y consideraciones: - Cumplimiento obligatorio: Los bienes ofertados deben cumplir el 100% de las Características Excluyentes Y 60% de las características deseables. De no ser así, la oferta será declarada inadmisible por no ajustarse a las bases establecidas. - Documentación de respaldo: En caso de afirmar el cumplimiento de una característica, el oferente deberá presentar los documentos que la avalen, preferentemente en idioma español, tales como manuales, catálogos y fichas técnicas. Además, las ofertas deben incluir los catálogos correspondientes, señalando en ellos el equipo, máquina, artículo, insumo o servicio ofertado. 3. “Programa de Mantenimiento Preventivo (PMP)”: Los oferentes deberán adjuntar obligatoriamente un Programa de Mantenimiento Preventivo (PMP), que deberá ser diseñado y ejecutado de manera rigurosa y en estricto cumplimiento con las especificaciones del fabricante del vehículo. Este programa debe contemplar todas las acciones, actividades y trabajos necesarios para llevar a cabo la mantención preventiva del vehículo, asegurando que se mantenga en condiciones óptimas de operación y seguridad, conforme a los parámetros establecidos por el fabricante. El PMP deberá incluir un plan detallado de inspección, verificación, pruebas de seguridad, reemplazo de piezas o componentes, ajustes, limpieza, lubricación, comprobación y cualquier otra acción que sea recomendada por el fabricante del vehículo. Además, deberá especificar los repuestos y consumibles que se utilizarán, así como los intervalos de mantenimiento recomendados. Es importante que el proveedor sea responsable de ejecutar todas las acciones necesarias para mantener el vehículo en condiciones seguras y operativas, incluyendo la sustitución de piezas cuando se detecten fallas o desgastes durante las actividades de mantenimiento preventivo Los anexos proporcionados por el Servicio de Salud Tarapacá son parte integrante del proceso de licitación y deben ser utilizados en su forma original. No se aceptarán formularios ni anexos alternativos en sustitución de los originales entregados por el Servicio. El incumplimiento de esta disposición será motivo de inadmisibilidad de la oferta. El precio de los bienes se indicará en el Portal de Mercado Público, vigente al menos por 120 días corridos, en moneda nacional, pesos. (Precio neto). Los precios cotizados deberán ser definitivos y considerar el costo del bien entregado e instalado respectivamente en los domicilios que el Servicio de Salud especifique. Los gastos de traslado al lugar de recepción serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. Los proveedores deberán ofertar el artículo en plaza y, en el caso de que el artículo deba importarse, el trámite propiamente tal será efectuado por el proveedor adjudicado, a su costo. Los oferentes deberán llenar los formatos entregados por el Servicio de Salud Tarapacá, que forman parte integrante de la presente licitación. No se aceptarán Anexos alternativos.
13. PRESENTACION DE DOCUMENTOS OMITIDOS
Durante el proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o documentos que hayan omitido al momento de ingresar su oferta, siempre que dichas certificaciones hayan sido emitidas o producidas con anterioridad al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, o bien, que refieran a situaciones que no hayan podido modificarse entre dicha fecha y el periodo de evaluación. Esta facultad se ejercerá conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. El plazo para entregar los documentos omitidos será de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde la notificación del requerimiento correspondiente, la cual será realizada a través del portal www.mercadopublico.cl. El cumplimiento oportuno de los requisitos formales será evaluado conforme al criterio establecido en el punto 16.3 de estas bases, bajo el título “Criterio de Evaluación – Requisitos Formales”. Todos los anexos y antecedentes que se presenten, ya sea mediante medios digitales o en soporte físico —cuando así se haya requerido— deberán estar debidamente firmados por el oferente o por su representante legal, según corresponda. En caso de que los documentos requeridos no sean presentados ni debidamente aclarados por el oferente en la primera instancia del foro inverso, la Comisión Evaluadora podrá efectuar una segunda consulta, cuando ello resulte procedente y con el objeto de garantizar la igualdad de condiciones entre todos los participantes. Si, a pesar de esta segunda oportunidad, la omisión persiste, se asignará al oferente una calificación de cero (0) en el criterio “Requisitos Formales”.
14. REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES
Los oferentes deberán presentar, dentro del plazo de recepción indicado en el punto N° 5 “Calendario de Licitación”, todos los antecedentes administrativos, la oferta técnica, la oferta económica y los formularios que forman parte integrante de estas bases, ya sea en formato físico o digital, según lo indicado expresamente en cada caso. La apertura de las ofertas se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl, en la fecha y hora establecidas en el cronograma del proceso, las cuales serán publicadas en dicho portal. Durante el acto de apertura, se procederá a la revisión formal de los antecedentes presentados por cada oferente, con el objeto de verificar la entrega completa y oportuna de los documentos administrativos exigidos por estas bases. La Entidad Licitante se reserva el derecho de declarar inadmisible una oferta en cualquiera de los siguientes casos: - No adjuntar el Anexo N° 5: Formulario Técnico-Económico de ofertas. - No acompañar el Anexo N°6: Especificaciones Técnicas, documento que deberá ser presentado en formato Excel. - Presentar una oferta que no cumpla al 100% con las características descritas como excluyentes y 60% de las características denominadas como deseables. - Ofertar una garantía técnica inferior a 24 meses. - Si el Oferente ha incurrido en una o más causales de Término Anticipado de Contrato con el Servicio de Salud Tarapacá, durante los últimos 2 años. - Tratándose de Uniones Temporales La o las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el numeral 15.1 N°2 serán declaradas inadmisibles. También aquellas que no den cumplimiento a lo señalado en art 180, letra a) en relación a lo dispuesto en art 4 N° 14 del Reglamento de Compras, esto es, integrada por una o más empresas de menor tamaño. - Detectarse, en cualquier etapa del proceso, la presentación de antecedentes falsos o adulterados. No obstante, la entidad licitante podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores no esenciales o meramente formales siempre que no altere el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las ofertas (Aplica dictámenes de Nº34.051; 27.268; y 70.019/2011 de la Contraloría General de la República, entre otros y artículo 56 del Reglamento de Compras). En caso contrario y no de haber sido subsanada la omisión de alguno de los antecedentes que impactan en la evaluación de la oferta será evaluada con 0 puntos. Los proponentes podrán formular observaciones a dicha acta dentro de las 24 horas siguientes a su publicación del acta citada, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por este mismo medio, dentro de los 2 días hábiles siguientes. En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho servicio. En el caso de los oferentes el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la fecha del envió del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información a través de la Oficina de Partes del Servicio de Salud Tarapacá, ubicado en Aníbal Pinto Nº 815 de la ciudad de Iquique, en sobre cerrado, indicando el número de licitación. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad (artículo 115, N°3 del Reglamento de Compras) Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información, para su verificación. Los antecedentes serán resguardados por la Jefatura del Departamento de Abastecimiento y Logística del Servicio en cuestión, quién deberá adoptar las medidas para resguardar su inviolabilidad y correcta conservación, y bajo ninguna circunstancia o solicitud, la recepción de sobres se podrá hacer fuera de la fecha y hora indicados como último plazo. Se deberá cumplir con el requisito formal de presentación de la oferta a través del Portal de Mercado Publico antes del período de cierre. El incumplimiento de este requisito por parte del proveedor, excluye automáticamente a su oferta para seguir participando en la presente propuesta. A partir de dicha hora, los oferentes no podrán retirar ni modificar sus propuestas. El oferente que presente más de una oferta, debe ingresar todos los antecedentes requeridos, en cada una de las ofertas presentadas, de lo contrario dicha oferta será descartada.
15. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La apertura y posterior evaluación técnica y económica de las ofertas estarán a cargo de una Comisión Evaluadora —en adelante, “la Comisión”— conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Resuelvo. Dicha Comisión estará integrada por funcionarios/as del Servicio de Salud de Tarapacá o por quienes legalmente los subroguen o reemplacen, y contará con el apoyo de un/a funcionario/a del Departamento de Abastecimiento, quien actuará como secretario/a técnico/a del proceso. La Comisión sesionará válidamente con la totalidad de sus integrantes. Para garantizar la probidad, imparcialidad y transparencia del procedimiento, se prohíbe expresamente a los oferentes establecer cualquier tipo de contacto con los miembros de la Comisión, ya sea por reuniones, comunicaciones electrónicas, telefónicas u otros medios. Asimismo, los integrantes de la Comisión tienen prohibido aceptar audiencias, regalos u otros beneficios de parte de los oferentes, en conformidad con lo establecido en la Ley N° 20.730 sobre Lobby y su Reglamento (DS N° 71 de 2014). Cada integrante de la Comisión deberá suscribir la “Declaración Jurada Simple Relativa a Intereses y Confidencialidad de los Miembros de la Comisión Evaluadora”, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, la cual forma parte integrante de estas bases y deberá ser publicada en la plataforma Mercado Público. Las ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad pasarán a la etapa de evaluación técnica y económica. La Comisión verificará que los antecedentes entregados por cada oferente se ajusten a las exigencias establecidas en estas bases. En caso de detectar errores formales u omisiones no sustanciales, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad establecida en el artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas, solicitando su subsanación a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl. Para ello se otorgará un plazo de 48 horas, contado desde la notificación del requerimiento. Esta medida sólo procederá respecto de antecedentes que hayan sido generados con anterioridad al vencimiento del plazo de presentación de ofertas o que refieran a situaciones no sujetas a modificación entre dicha fecha y el periodo de evaluación. Las omisiones o errores subsanables no podrán referirse a aspectos esenciales de la oferta, no deberán alterar el principio de igualdad entre los oferentes, ni comprometer la correcta evaluación de las propuestas. El cumplimiento tardío de dichos requerimientos podrá afectar la ponderación del oferente en el criterio de evaluación correspondiente, conforme a lo establecido en el numeral 16.3, letra A de estas bases. Finalizado el proceso, la Comisión emitirá un informe de evaluación dirigido al Director del Servicio de Salud de Tarapacá, conforme al artículo 57 del Reglamento de Compras Públicas. Dicho informe deberá incorporarse al expediente del proceso y ser publicado en el portal de compras públicas. En el caso de ofertas presentadas por Uniones Temporales de Proveedores, los antecedentes exigidos para acreditar experiencia deberán ser aportados por cada uno de los integrantes que componen dicha unión, evaluándose en proporción al porcentaje de participación de cada uno, con independencia del mecanismo de formalización adoptado. La Comisión Evaluadora deberá resguardar en todo momento la trazabilidad y transparencia del proceso de evaluación, dejando constancia escrita y debidamente fundada de todas sus actuaciones y decisiones en las actas respectivas. Cada una de estas deberá estar incorporada en el expediente del proceso de compra, conforme a los principios de publicidad, probidad y responsabilidad establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento.
17. DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN QUE ADJUDICA.
La Comisión Evaluadora confeccionará el Informe de Evaluación, en el que se analizarán las ofertas presentadas y fundamentalmente se expondrán las razones administrativas, técnicas, legales y económicas que le permite efectuar una propuesta de adjudicación. El informe de evaluación será fundado en los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases, de la cual se obtendrá la calificación de la oferta más conveniente y deberá ser firmado por todos sus integrantes y entregado al director del Servicio de Salud Tarapacá como propuesta, quien autorizará dicha propuesta de adjudicación mediante Resolución. El Servicio de Salud Tarapacá, adjudicará mediante Resolución aquella oferta, que haya obtenido el más alto puntaje de evaluación de acuerdo a lo indicado en Informe de Evaluación. De igual manera el Servicio declarará inadmisible, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan lo exigido en las presentes Bases. El Informe de la Comisión Evaluadora debe dar cumplimiento y hacer referencia a cada una de las materias previstas en el artículo 57 del Reglamento de Compras Públicas.
18. DE LA ADJUDICACION Y NOTIFICACION A LOS PROPONENTES.
Una vez definida la adjudicación por parte del Servicio de Salud Tarapacá y emitido el acto administrativo correspondiente, se notificará el resultado del proceso a todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su reglamento. Al oferente o los oferentes adjudicados se les emitirá la correspondiente Orden de Compra digital a través del mismo portal, la cual será generada una vez suscrito el Contrato de Suministro de Bienes Muebles y/o Servicios y aprobado mediante resolución administrativa, en caso que el monto a adjudicar sea superior a 1.000 UTM. El proveedor adjudicado estará obligado a aceptar dicha Orden de Compra dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde su emisión. El adjudicatario deberá cumplir de manera estricta con todas las condiciones contenidas en su oferta técnica y económica, así como con lo estipulado en la Orden de Compra y el contrato suscrito, especialmente respecto de la calidad, oportunidad y plazos de entrega comprometidos. Todo incumplimiento podrá ser causal de sanciones conforme a lo establecido en las presentes bases y la normativa vigente.
19. DE LA ADJUDICACIÓN, DE LA DECLARACIÓN DESIERTA O INADMISIBLE
La adjudicación de las ofertas se efectuará entre aquellas que se ajusten plenamente a las Bases de licitación como a las Especificaciones Técnicas y demás documentos anexos, al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas. Se podrá declarar desierta la propuesta por Resolución Fundada, cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien estas no fueran convenientes a los intereses del Servicio, de conformidad al artículo 62 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. Se declararán inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de Licitación y/o Especificaciones Técnicas, de conformidad al Artículo 59 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, como, asimismo, las ofertas riesgosas o temerarias de conformidad al artículo 61 del mismo reglamento y las ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionas entre sí de conformidad a lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento. En estos casos anteriormente mencionados, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna, por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la propuesta. En el caso de que se presente un empate posterior a la suma ponderada de las evaluaciones, los criterios de Evaluación y subfactores de desempates serán los indicados en el punto “Resolución de Empates” de las Bases Administrativas. El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: a) Resolución de Adjudicación: Se adjudicará a través de resolución del director de Servicio. b) Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar al adjudicatario mediante el portal con pleno conocimiento de los demás oferentes que se hubiesen presentado en la propuesta. c) Publicación en página web: Se publicará en página web, en la licitación pública correspondiente. d) Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el cronograma www.mercadopublico.cl, el Servicio publicará una nueva fecha en el portal, informando allí las razones del atraso. La entidad licitante se reserva la facultad de poder variar la cantidad de bienes adjudicados, distintos al licitado (mayor o menor), previa aprobación del proveedor mediante consulta en el portal. Los proponentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la resolución, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por el referente técnico a través de este mismo medio, dentro de los 2 días Hábiles siguientes.
20. SOBRE READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el Servicio de Salud podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 58 inciso final del Reglamento de Compras
21. REVOCACIÓN
Los actos administrativos podrán ser revocados por la entidad licitante. Se podrá́ otorgar el estado de “revocada” en aquellas situaciones donde la licitación ya está́ publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, sin ser posible seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “inadmisible”, pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado en forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así́ lo autorice y se podrá́ realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. Lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el artículo 61 de la Ley N°19.886.
22. REQUISITOS DE CONTRATACIÓN
Al momento de la suscripción del contrato, el o los adjudicatarios deberá(n) acompañar: - Certificado de Habilidad en el Registro electrónico Oficial de Proveedores del Estado. - Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección o Inspección del Trabajo u entidad competente sobre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. - Anexo Nº3: Declaración Jurada Simple del Sistema de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Delitos funcionarios e Inhabilidad Contemplada en el Artículo 4, Inciso Primero, 35 quáter y 35 septies de la ley 19.886 - Anexo N° 7, Declaración Jurada Simple de no Encontrarse Inhabilitado para contratar con el Estado (Ley 20.393, DL 211/1973 y Ley N°21.595). La no entrega de la documentación señalada en lo numerales anteriores, facultará a este Servicio para dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar al oferente que le seguía en puntaje, de conformidad a lo establecido en el artículo 58 inciso final del Reglamento de Compras Públicas. La compra de los bienes y sus componentes se materializará con la suscripción de un “Contrato de adquisición de ambulancias”, y, con ello, con la emisión de la Orden de Compra a través del Portal www.mercadopublico.cl , lo cual no considerará el pago de reajustes, pago de impuestos, pago de tasas, embalajes, pago de aranceles, pago de fletes ni intereses de ninguna especie por parte del Servicio de Salud Tarapacá. Todo pago por estos conceptos será de responsabilidad del adjudicatario. Formarán parte integrante del Contrato los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica: 1. Las Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas. 2. Serie de preguntas y respuestas de Licitación Pública aprobada por resolución. 3. Modificaciones si las hubiere. 4. Oferta del Proponente. 5. Resolución de Adjudicación 6. Orden de Compra. 7. El Contrato. Toda documentación de carácter aclaratorio remitida por el referente técnico del Servicio de Salud a los oferentes durante el período de estudio de las propuestas formará parte integrante del proceso licitatorio y será considerada para todos los efectos contractuales. Cualquier discrepancia entre los distintos documentos que conforman el contrato, así como toda diferencia en la interpretación de su contenido, será resuelta, en primera instancia, por el referente técnico del Servicio de Salud de Tarapacá, privilegiando siempre una interpretación que permita la correcta y completa ejecución de los bienes contratados para satisfacer la necesidad pública que dio origen al procedimiento de adquisición. Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán recurrir a las instancias legales que establece la normativa vigente para la resolución de controversias. El Servicio de Salud de Tarapacá elaborará el contrato de adquisición de ambulancias en estricto apego a las presentes Bases Administrativas y a la oferta del proveedor adjudicado. Este contrato será puesto a disposición del adjudicatario, quien deberá revisarlo, firmarlo y devolverlo al Servicio en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la fecha de su recepción. Previo a la firma del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en un plazo máximo de cinco (7) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl. Dicha garantía deberá ser otorgada conforme a lo establecido en estas Bases Administrativas. Si el oferente adjudicado no cumple con el requisito de firmar el contrato en el plazo señalado ni entregase la garantía por fiel cumplimiento de contrato, según lo indicado en el párrafo anterior, el Servicio de Salud Tarapacá podrá asignar la propuesta al que le sigue en puntaje según lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, al oferente que le sigue en puntaje y así sucesivamente. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
23. DE LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
La Orden de Compra será emitida a favor del proveedor adjudicado una vez suscrito el contrato definitivo de adquisición de ambulancia entre este y el Servicio de Salud Tarapacá, y previa dictación del acto administrativo que apruebe dicho contrato, si correspondiere conforme a la normativa vigente. En caso de que la Orden de Compra no sea aceptada por el proveedor dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde su emisión, el Servicio de Salud podrá solicitar su cancelación en el mismo portal. La Orden se entenderá cancelada de pleno derecho veinticuatro (24) horas después de efectuada dicha solicitud, sin que ello genere derecho a indemnización alguna para el proveedor. 23.1. CAUSALES ADMITIDAS PARA EL RECHAZO DE ÓRDENES DE COMPRA El proveedor sólo podrá rechazar la orden de compra, en el plazo de un día hábil, contado desde el envío de ésta, precedente, cuando: Exista un error evidente en ésta, cuando el monto total neto de la orden de compra sea inferior o superior al monto adjudicado, o bien, en aquellos casos de fuerza mayor o caso fortuito que le impidan dar cumplimiento oportuno e íntegro a las solicitudes de entrega del servicio del Servicio de Salud Tarapacá, debidamente justificado. Para ello, deberá comunicar vía correo electrónico, en el mismo plazo indicado para la aceptación de la orden de compra, dicha circunstancia debidamente justificada al administrador del contrato por parte del organismo contratante. En relación con lo anterior, en caso de notificar una situación de caso fortuito o fuerza mayor, el proveedor deberá explicitar en dicha comunicación el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando la documentación que lo acredite, en caso que la hubiere, y entregando mayores detalles respecto de cómo éste afecta al cumplimiento de lo solicitado y a causa de lo cual debe rechazar la orden de compra. Corresponderá al Servicio de Salud Tarapacá representado por el administrador del contrato, calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el proveedor configurarían caso fortuito o fuerza mayor son atendibles. En caso de que no se configure una causal de caso fortuito o fuerza mayor, el Servicio de Salud Tarapacá representado por el administrador del contrato, podrá aplicar la multa asociada al acápite MULTAS.
24. DE LAS RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO
a. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración. b. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad a la Dirección Chile Proveedores y a los órganos públicos mandantes, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. c. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores. d. El proveedor deberá entregar oportunamente documentación que solicite la Dirección Chile Proveedores o el órgano público mandante. e. Suministrar los bienes licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta adjudicada y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación. f. Aceptar las órdenes de compra emitidas por el organismo comprador, durante el período de suministro, debido a sus requerimientos particulares de abastecimiento. g. Aceptar la orden de compra en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos. h. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de Adquisición de ambulancias.
25. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
La Factura correspondiente a la solicitud realizada deberá ser emitida de manera oportuna y en un plazo no superior a los primeros cinco (5) días corridos a partir de la fecha de la solicitud por el administrador del contrato. El pago será realizado, dentro de los 30 días corridos, según la Ley 21.131, recibida conforme y se encuentre conforme la recepción de los bienes. Una vez suscrita el Acta N°4 “Recepción Definitiva” y previa solicitud del administrador contrato, la factura debe ser enviada a través del sitio web del SII según ley N°19.983, con copia al correo contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl, abastecimiento.ssi@redsalud.gov.cl el envío de la factura no puede ser superior a 2 días corridos a partir de su fecha de emisión. La Factura debe ser emitida a nombre del Gobierno Regional de Tarapacá, Rut. 72.223.100-7, deberá ser enviada a los siguientes correos electrónicos contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl y yenifer.perez.t@redsalud.gob.cl. Una factura dentro de los ocho días corridos siguientes a su emisión puede ser reclamada o rechazada, según ley N°19.983 articulo N°3, lo anterior ocurre en los siguientes casos: • “Reclamo al contenido del Documento”, la factura no con tiene toda la información completada y/o correcta, específicamente cuando no colocan la ID de la orden de compra, en el detalle de esta, en el proceso de la emisión de la factura. Es importante señalar, que cuando se emite una factura, donde deben enviar el documento en archivo XML a dipresrecepcion@custodium.com. El proveedor es el encargado de verificar si el DTE fue recibido y aceptado por el SII/ Sistema ACEPTA. • En caso que en campo 801 coloquen la Id de la Orden de Compra. • “Reclamo por FALTA PARCIAL O TOTAL DE MERCADERÍAS O SERVICIOS”, cuando el Servicio de Salud no recibe conforme los productos adquiridos. • “Factura Duplicadas”, son los casos cuando emiten nuevamente una nueva factura por una compra ya facturada. En caso que la factura contenga errores en el precio, falta total o parcial de la entrega de las mercaderías, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción se reclamará o rechazará la factura, según ley N°19.983 articulo N°3. El Gobierno Regional de Tarapacá, se harán responsables de todas las facturas que contengan la siguiente información: - Orden de compra generada por el Mercado Publico, previo a la facturación. - Enviar archivo XML del DTE a dipresrecepcion@custodium.com Los datos necesarios para la emisión de la factura son los siguientes: Razón Social: Gobierno Regional de Tarapacá. RUT: 72.223.100-7. Domicilio: Arturo Prat Chacón 1099, ciudad de Iquique. Giro: Gobierno Central. Correo: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl, abastecimiento.ssi@redsalud.gov.cl y jvaras@goretarapaca.gov.cl El pago de las especies se efectuará mediante transferencia electrónica emitido a nombre del proveedor, dentro del plazo de 30 días corridos una vez recepcionada la factura conforme por parte del Servicio de Salud Tarapacá. Para proceder con los pagos se requerirá que previamente la respectiva Entidad certifique la recepción de las especies adquiridas en sus cuatro etapas. El pago de los bienes se realizará en un único estado de pago correspondiente al 100% del valor de los bienes. Con todo para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente el Servicio registre en el Sistema de información: a) La entrega de los bienes por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra. b) La recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos por la Jefatura de la Unidad encargada de adquisiciones del servicio, por quien tenga delegada dicha facultad o por quien haya sido designado administrador del contrato. Si no hubiera conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan. Pago Indebido y su restitución: Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u orden de compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la ley de compras. El proveedor que reciba un pago indebido total o parcial queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 134 del Reglamento de Compras públicas.
26. ESTADO DE PAGO
El Servicio de Salud pagará al proveedor en único estado de pago, una vez suscrita el Acta N°3 Recepción Técnica del bien, considerando los valores ofertados por el oferente adjudicado, según Anexo N°5: “Formulario Técnico Económico de ofertas”. Para proceder con el pago, la empresa deberá hacer entrega de los siguientes antecedentes: - Factura en original de la empresa a nombre del Gobierno Regional de Tarapacá, correspondiente al 100% del valor del bien, la cual deberá ser enviada al siguiente correo electrónico contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl / abastecimiento.ssi@redsalud.gob.cl / jvaras@goretarapaca.gov.cl - Guía de Despacho, con identificación de todos los bienes entregados. - Orden de Compra en estado “Recepción conforme”. - Bases de Licitación - Informe Evaluación Técnico Económico de la comisión evaluadora. - Resolución de Adjudicación. - Resolución aprobatoria de contrato - Copia Garantía Fiel cumplimiento de contrato. - Acta N°1 Recepción Física. - Acta N°2 Recepción Funcional. - Acta N°3 Recepción Técnica. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales F-30, en estado vigente a la fecha de facturación. - Certificación de Habilidad emitido por el Registro de Proveedores del Estado, que deberá acreditarse al momento de concretar el pago. El incumplimiento en la entrega de la documentación solicitada para efectuar el estado de pago, no dará lugar al pago de este hasta completar los antecedentes requeridos. Todo bien deberá ser recibido por el referente técnico con Guía de Despacho. Queda expresamente prohibido, el envío de facturas al interior de bultos o ser proporcionada a través del personal y técnico de la empresa que realice la entrega, instalación del bien y/o capacitación. En el evento de que el proveedor requiera un pago por adelantado de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda, según se especifica en estas bases, deberá proporcionar la boleta de garantía correspondiente por el porcentaje indicado para dicho pago anticipado. El otorgamiento del anticipo quedará condicionado a las situaciones especiales que puedan afectar al Servicio o a la Entidad que financia el proyecto, sea en cuanto a la normativa especial como Ley de Presupuesto que podría establecer límites a los porcentajes u otra circunstancia presupuestaria o no, que pueda afectar la entrega del anticipo. La forma de pago anticipado debe contener los siguientes documentos al momento de tramitación del estado de pago: - Factura en original de la empresa a nombre del Gobierno Regional de Tarapacá correspondiente al % del valor de pago anticipado. - Orden de Compra en estado “aceptada”. - Bases de Licitación. - Resolución de Adjudicación. - Resolución aprobatoria de contrato. - Copia Garantía Fiel cumplimiento de contrato. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales F-30, en estado vigente a la fecha de facturación. - Certificación de Habilidad emitido por el Registro de Proveedores del Estado, que deberá acreditarse al momento de concretar el pago. - Garantía por concepto de pago anticipado, correspondiente al % del valor del pago anticipado. - Resolución que autoriza el Pago Anticipado. - Certificación de Habilidad emitido por el Registro de Proveedores del Estado, que deberá acreditarse al momento de concretar el pago.
27. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
La administración del Contrato, estará a cargo de un Profesional del Departamento de Gestión de Recursos Físicos e Inversiones de la Red del Servicio de Salud Tarapacá, quién actuará en representación de su Director y tendrá a su cargo la función de supervisar, fiscalizar y exigir al contratista adjudicado la correcta aplicación de las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Cronograma de Ejecución y cumplimiento de la oferta, para la correcta ejecución de los servicios de acuerdo a lo estipulado en contrato y oferta. En ejercicio de sus funciones, el Administrador del Contrato, tendrá las más amplias facultades para participar en la supervisión de los servicios materia de las presentes Bases. El proveedor adjudicado no podrá entrabar, impedir, perturbar o dificultar en manera alguna las funciones del Administrador del Contrato y deberá exhibirle toda la documentación relacionada que éste le exija. La infracción de este punto de las bases constituirá una infracción grave del contrato y será sancionado de conformidad a lo indicado en las presentes Bases, sin perjuicio de las acciones civiles que competan al Servicio.
28. REFERENTE TÉCNICO
Es un Profesional del Departamento de Gestión de Recursos Físicos e Inversiones de la Red del Servicio de Salud Tarapacá, que se encarga de asesorar en aspectos técnicos para verificar los términos establecidos en las bases de licitación y que valide la calidad y funcionalidad del bien.
29. MULTAS
Las multas se componen por el siguiente detalle: Tipo de Incumplimiento Porcentaje de Multa sobre el Valor Total del contrato u orden de compra (con IVA incluido) I. Multas generales Falta de entrega de documentación obligatoria. 0,1 % por día II. Incumplimiento en la Recepción Física del ítem Retraso en la entrega del bien 0,6% por día III. Incumplimiento en la Recepción Funcional del ítem Retraso en la instalación funcional (armado, montaje y/o pruebas funcionales). 0,3% por día IV. Incumplimiento en la Recepción Técnica del ítem Retraso en la capacitación del personal clínico y/o técnico 0,2% por día V. Incumplimiento en la Recepción Definitiva del ítem Retraso en la recepción definitiva del ítem. 0,2% por día De acuerdo a lo indicado en tabla anterior, entiéndase como: I. Multas generales - Falta de entrega de documentación obligatoria: No envío de documentos solicitados en la oferta por bases de licitación o especificaciones técnicas en un período de 10 días hábiles posterior de ser solicitadas por el administrador de contrato. II. Incumplimiento en la Recepción Física del ítem a.) Retraso en la entrega del bien: Este incumplimiento ocurre cuando la fecha de entrega total del ítem excede lo establecido por el proveedor en el Anexo N°5. El documento que certificará la recepción de los bienes será el 'Acta N°1 de Recepción Física'. Se considerará que el producto no ha sido recibido en las siguientes circunstancias: • No recepción del bien. • Si la guía de despacho no detalla correctamente el producto entregado, deberá incluir toda la información relevante, especificando ítems, componentes, accesorios, partes e insumos, conforme a lo indicado en las bases técnicas. • Despacho total de los bienes fuera del plazo de entrega establecido por el proveedor. III. Incumplimiento en la Recepción Funcional del ítem - Retraso en la instalación funcional: Se considerará incumplido el plazo acordado con el proveedor a partir del día siguiente a la fecha estipulada para la recepción funcional, la cual implica el armado, montaje y/o pruebas funcionales del bien. IV. Incumplimiento en la Recepción Técnica del ítem - Retraso en la capacitación del personal clínico y/o técnico: Se considerará incumplido el plazo acordado con el proveedor, si éste no da inicio a esta actividad, a partir del día siguiente a la fecha estipulada para la capacitación y entrenamiento a personal clínico y técnico. V. Incumplimiento en la Recepción Definitiva del ítem - Retraso en recepción definitiva del bien: La multa se aplicará por cada día de atraso en la recepción definitiva, contados a partir del día siguiente al vencimiento del plazo comprometido en la oferta del proveedor. La recepción definitiva será certificada mediante el documento "Acta N°4: Recepción Definitiva. 29.1. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE MULTAS - Las multas comenzarán a aplicarse desde el día siguiente al vencimiento del plazo correspondiente. - La suma total de las multas no podrá exceder el 20% del valor total adjudicado (incluido IVA). Si se alcanza este límite, el Servicio dará término al contrato anticipadamente por incumplimiento grave, previa emisión de un informe por parte del Administrador del Contrato. - La resolución de término anticipado de contrato se adoptará sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento establecida en la presente licitación. - El Administrador del Contrato será responsable de aplicar las multas correspondientes y notificará al proveedor mediante una resolución, la cual será enviada por correo electrónico único para efectos se notificación (según Anexo 1 o 1-A, según aplique), y publicada en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl. 29.2. DESCARGOS DEL PROVEEDOR El proveedor podrá presentar sus descargos, de manera fundamentada y por escrito, en un plazo de 5 (cinco) días hábiles administrativos (se descuentan sábados, domingos y festivos), contados desde la notificación de la multa. Dichos descargos deberán enviarse a la directora del Servicio Salud Tarapacá, con copia al Administrador del Contrato mediante correo electrónico o entregarse físicamente en la Oficina de Partes, ubicada en Calle Aníbal Pinto 815, ciudad de Iquique. La multa se aplicará únicamente tras una resolución administrativa debidamente fundada, la cual deberá analizar los descargos presentados, si los hubiera, y publicarse oportunamente en el sistema de compras públicas. Contra dicha resolución podrán interponerse los recursos establecidos en la Ley N°19.880. 29.3. CAUSALES DE EXCEPCIÓN No procederá el cobro de las multas en caso de que el incumplimiento sea consecuencia de un caso fortuito o fuerza mayor, conforme a los artículos 45 y 1547 del Código Civil, o de una causa totalmente ajena a la voluntad de las partes. La justificación de dicha causal deberá ser evaluada por el organismo comprador, previa presentación de los antecedentes correspondientes por parte del proveedor adjudicado. 29.4 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Ante incumplimientos graves del proveedor adjudicado, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento sin necesidad de juicio ni notificación previa, bastando únicamente el requerimiento directo a la entidad emisora de la garantía. La multa se descontará de los estados de pago o de las garantías vigentes hasta cubrir su monto. En caso de que el valor de la garantía exceda el de las multas, el Servicio deberá consignar el excedente a favor del proveedor en un plazo máximo de 15 (quince) días hábiles. Posteriormente, el proveedor deberá entregar una nueva garantía por un monto y vigencia iguales a la garantía inicial. Respecto de las multas se aplicará el párrafo 7 del capítulo IX contrato de suministro y servicios del Reglamento de Compras Públicas.
30. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse por las causales previstas en el artículo 129 del Reglamento del Compras Públicas. La posibilidad de modificar el contrato no podrá alterarse de la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado El servicio estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad publica que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto original del contrato; siempre que el servicio cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
31. AMPLIACIONES DEL SERVICIO
31.1. POR REQUERIMIENTO DEL SERVICIO El Servicio de Salud de Tarapacá podrá, por razones fundadas, solicitar al proveedor la modificación del plazo total de entrega de los bienes, extendiéndolo a una fecha posterior a la establecida en el contrato y/o en la oferta original. Esta solicitud será formulada mediante correo electrónico institucional, con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación respecto de la fecha originalmente pactada para la entrega. La extensión del plazo no podrá exceder los seis (6) meses contados desde la fecha de entrega originalmente estipulada. Este ajuste de plazo no implicará costo adicional alguno para el Servicio ni dará lugar a la aplicación de sanciones al proveedor, siempre que la prórroga haya sido debidamente solicitada y aceptada en los términos establecidos. 31.2. POR FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida el cumplimiento oportuno de las obligaciones contractuales, el proveedor deberá informar formalmente dicha circunstancia al director del Servicio de Salud Tarapacá, con copia al jefe del Departamento de Gestión de Recursos Físicos e Inversiones de la Red, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho. La notificación deberá realizarse por escrito, ya sea a través de la Oficina de Partes del Servicio o por correo electrónico institucional dirigido a sda.ssi@redsalud.gob.cl, o aquel que determine el Administrador del Contrato. En la comunicación, el proveedor deberá describir detalladamente los hechos que configuran la causal de fuerza mayor o caso fortuito y acompañar los antecedentes documentales que respalden su solicitud. La aceptación o rechazo de la solicitud será resuelta mediante resolución fundada por el director del Servicio o por quien este designe, considerando la naturaleza del evento, su duración y el impacto en el cumplimiento del contrato. Durante el período en que subsista la causal de fuerza mayor, se suspenderá el cómputo de los plazos contractuales y no se devengarán pagos a favor del proveedor por conceptos vinculados al contrato afectado. En caso de que se otorgue una prórroga, las eventuales multas solo serán exigibles a partir del día hábil siguiente al vencimiento del nuevo plazo otorgado. Si la prórroga excede la vigencia original del contrato, el proveedor deberá presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, extendida por el período adicional concedido y bajo las mismas condiciones de la garantía inicial, salvo que el Administrador del Contrato determine condiciones distintas, justificadas en función del interés público.
32. SUBCONTRATOS
El proveedor podrá subcontratar parcialmente la ejecución del contrato con terceros, previa autorización del Administrador del Contrato. No obstante, conservará la plena responsabilidad frente al Servicio de Salud de Tarapacá por el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones contractuales, debiendo asegurar la calidad, oportunidad y contenido de los trabajos ejecutados por los subcontratistas. Asimismo, responderá por cualquier daño directo o indirecto, previsto o imprevisto, que se derive de su actuación o la de sus dependientes o subcontratistas, conforme a la normativa vigente. En cumplimiento del artículo 183-C del Código del Trabajo, el proveedor deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales mediante la presentación de un certificado vigente emitido por la Inspección del Trabajo u otro documento equivalente. De igual modo, deberá presentar los antecedentes que respalden el cumplimiento de estas obligaciones por parte de los subcontratistas, lo que permitirá al Servicio ejercer sus derechos conforme a los mecanismos de información y retención establecidos en los incisos 22 y 32 del citado artículo, y conforme a la responsabilidad subsidiaria regulada en el artículo 183-D del mismo cuerpo legal. Además, de acuerdo con el artículo 128 del Decreto Supremo N° 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda, no será admisible la subcontratación en los siguientes casos: a. Cuando supere el 30% del monto total del contrato. b. Cuando el subcontratista se encuentre afecto a una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores del Estado. c. Cuando el subcontratista incurra en alguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886 sobre Contratación Pública.
33. TERMINACIÓN ANTICIPADA DE CONTRATO
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 130 del Reglamento de Compras Públicas, y del hecho que el contrato termine naturalmente por su completa y correcta ejecución, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato o efectuar modificaciones, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el/la proveedor adjudicatario/a, salvo los recursos administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley de Compras y/o incumplimientos atribuibles al/a la proveedor/a y especialmente por alguna de las siguientes causales: A. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. B. Si se comprobase distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta del adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. Se entenderá parte de esta cláusula, especialmente cuando un bien y/o servicio no cumple técnicamente con lo señalado en la oferta del proveedor. C. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. D. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tales las que se detallan a continuación: - Entrega de un bien que no corresponda a la marca y modelo ofertado en el proceso de licitación, salvo que dicho bien presente características técnicas superiores al originalmente adjudicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 129 del Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda. - Cuando la suma total de las multas aplicadas supere el 20% del valor total adjudicado del bien, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). - Incumplimiento de la vigencia de la Garantía Técnica ofertada por el proveedor. - Cuando, tras aplicarse multas y descontarse de la garantía de fiel cumplimiento, el proveedor no presente una nueva garantía por el mismo monto y vigencia de la garantía inicial. En este caso, el Servicio podrá solicitar a la Dirección de Compras y Contratación Pública la suspensión del proveedor, conforme a lo establecido en el artículo 160 N° 3 del Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda. - Negativa del proveedor a renovar las garantías contractuales al término de su vigencia, dentro del plazo establecido en las presentes bases. - Negativa del proveedor a la realización de las mantenciones preventivas. - Negativa del proveedor a la realización de las mantenciones correctivas. E. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. F. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. G. En caso de eliminación o suspensión del Registro de Proveedores La muerte del proveedor en caso de ser persona natural, o de uno de sus socios en caso de ser persona jurídica a menos que la legislación o el pacto social permitan su continuidad. H. Si el proveedor fuere procesado, acusado o condenado por delito que merezca pena aflictiva. I. Si el oferente se negare a renovar las garantías del contrato al expirar la vigencia de éstas, en el plazo establecido en las presentes bases. J. Las demás que se establezcan en las bases de la licitación o en el contrato. Para efectos de aplicar la terminación anticipada del contrato por incumplimiento de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, el Servicio deberá comunicar a la empresa, mediante oficio, su intención de poner término al contrato, indicando los antecedentes que fundamentan dicha decisión. Esta comunicación será notificada al correo electrónico único que fije el proveedor conforme al artículo 140 del reglamento de compras. La empresa dispone de un plazo de cinco días hábiles a contar de la notificación del ordinario que informa sobre el término anticipado de contrato, para formular sus descargos en relación con el eventual incumplimiento. La medida definitiva, deberá formalizarse a través de resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren y publicarse, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, en el sistema de Información Pública de conformidad a lo dispuesto artículo 132 del Reglamento de Compras Publicas En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880. Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario/a, debiendo este concurrir al pago de las obligaciones que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato, para los casos de término anticipado de contrato, por razones atribuibles al proveedor, se procederá a dar el aviso respectivo de el o los incumplimientos en el Registro de Proveedores.
34. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del recinto de salud que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes. Lo anterior, sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa (aplica el dictamen N° 19.735, de 2011).
35. CONSTANCIA
Se deja constancia, que todas y cada una de las cláusu¬las contenidas en las presentes Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas y documentos anexos, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa, en los correspondientes Contrato de Adquisición de ambulancias y Órdenes de Compra que se suscriban o se giren al adjudicatario, y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan
36. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos legales emanados de la licitación a que se refieren estas Bases, así como de los que se deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la Comuna de Iquique y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.