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DEL OFERENTE |
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Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, así
como uniones temporales de proveedores que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida
en las mismas.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de
Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de
compra, Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones
inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento
público o privado.
Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad
entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento
de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué
antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo
anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que
afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o
para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada
integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a
algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de
contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación
en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato
adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de
este Reglamento.
NO PODRÁN PARTICIPAR.
Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida en el
artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración
jurada disponible de forma digital en el portal de mercado público. Como, asimismo, no podrán
participar quienes estén afecto a las inhabilidades señaladas en el art. 35 quater de la Ley 19.886;
art. 33 de la Ley 21.595; Art. 26 letra d, Decreto Ley N°211. En este sentido, el artículo 35 quáter de
la norma citada, regula los conflictos de interés, ampliando a todos los funcionarios y funcionarias de
SENDA, la imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en que trabajen,
extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o convivientes civiles, parientes y sociedades en que
ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Dicha prohibición se extiende mientras ocupen sus
cargos y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.
Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada que indica el portal
mercado público y el contenida en el Anexo N°1 del Acápite III de las presentes bases.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por
prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
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DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, en
adelante el SENDA, requiere del servicio de operativos para el Programa Cero - Prevención del
consumo de alcohol y otras drogas en conductores.
El servicio requerido deberá ajustarse a las especificaciones y requisitos indicados en las Bases
Técnicas y comprende la provisión de una ambulancia que cuente con los insumos médicos y
operativos indicados en las presentes bases. Asimismo, el servicio contempla, a lo menos, un equipo
humano compuesto por dos médicos, dos auxiliares paramédicos y dos conductores.
El vehículo deberá presentar la resolución expedida por el Servicio Médico Legal que lo habilite para
funcionar como laboratorio móvil de extracción de muestras de sangre. Asimismo, el equipo
humano compuesto por médico y paramédico deberán estar habilitados por el servicio médico legal
para cumplir labores de su especialidad en las ambulancias, o en su efecto, ser habilitados posterior
a la adjudicación, siempre antes del inicio del contrato Esta exigencia no aplica a los conductores de
ambulancia.
En cada línea de servicio, durante la ejecución del servicio, se realizará una cantidad determinada de
operativos, que serán planificados según lo disponga la contraparte técnica de Senda. El operativo
por cada una de las líneas de servicio tendrá una duración de cinco horas continúas contabilizadas
desde el momento de la instalación del operativo en el punto de control, existiendo la posibilidad de
fraccionar un operativo en el rango de 2 y 3 horas las que, en su conjunto, se consideran como un
solo operativo para efectos del pago.
Cada ambulancia, en concordancia a la Resolución Exenta N° 2292, de fecha 06 de octubre de 2022,
del Servicio Médico Legal, deberá mantener anclajes para 2 cajas de seguridad, una para las
alcoholemias y la otra para las muestras toxicológicas o comúnmente denominadas “narcolemias”. La
referida exigencia será constatada por SENDA al momento de realizar la inspección personal del
vehículo, conforme a lo dispuesto en el numeral 8.1 de las presentes Bases.
Además, la ambulancia prevista para cada línea de servicio deberá estar a disposición para trasladar
las muestras de alcoholemia y narcolemia al Servicio Médico Legal de la correspondiente región, en
los días y horarios establecidos por la contraparte técnica regional de SENDA. En el caso de que el
Servicio Médico Legal no disponga de laboratorio de recepción de muestras en dicha región, el
prestador estará excluido de esta obligación.
En cuanto a los operativos, éstos serán planificados y comunicados con a lo menos 05 (cinco) días
hábiles previos a los mismos. Sin perjuicio de ello, se podrán modificar los horarios, fechas y puntos
de ejecución de los mismos, sólo en casos excepcionales y que por razones de fuerza mayor o caso
fortuito lo amerite. El Servicio se compromete a informar, con la máxima antelación posible, sujeta a
la contingencia, para la correcta ejecución de los operativos.
Por su parte, los proveedores no podrán negarse o solicitar modificar la planificación de los
operativos, siendo causal de aplicación de multas, salvo por razones de fuerza mayor o caso fortuito
que lo ameriten.
Además, durante la vigencia del contrato, el proveedor adjudicado deberá, excepcionalmente,
disponer de la ambulancia licitada para actividades de difusión y/o prevención, tales como “Pautas
de Prensa”, “Lanzamiento de Campañas Preventivas”, entre otras de naturaleza similar. La solicitud
de estas prestaciones no sobrepasará el máximo de 6 actividades anuales, según las necesidades del
Servicio, previa coordinación entre el proveedor y el área técnica. Asimismo, cada actividad no
excederá las 3 horas de duración.
En relación a la imagen de la ambulancia, SENDA podrá facilitar elementos distintivos del programa,
los que deberán fijarse en la ambulancia para cada operativo y que podrán ser retirados una vez que
finalice el mismo.
Considerando que los servicios requeridos deben propender a dar cobertura a las distintas regiones
del país, con especial énfasis en algunas de ellas durante ciertos periodos del año, se han definido
16 líneas de servicios, las que tienen como elemento diferenciador el lugar geográfico donde se
debe prestar el servicio (regiones).
Las líneas de Servicio deberán considerar una ambulancia de reemplazo (a excepción de la Linea
N°16, la cual considera una ambulancia de reemplazo por contrato), la cual deberá estar
disponible para los servicios operativos, en la eventualidad que el vehículo ofertado presente
desperfectos mecánicos y/o no cuente con el equipamiento necesario para su funcionamiento
(solicitado en las mismas bases).
En virtud de lo anteriormente señalado, y atendido que se trata de una licitación de adjudicación
por líneas de servicio, los oferentes podrán ofertar respecto de una, varias o todas las líneas de
servicio de la presente licitación, las que se distribuyen como sigue:
a. LÍNEAS DE SERVICIO DE 1 A 15 PERIODO ABRIL 2026 A MARZO 2027
Contempla prestar servicios desde el 01 de abril de 2026 al 31 de marzo de 2027.
N°1: Región de Arica y Parinacota
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos1, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°2: Región de Tarapacá
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N° 3: Región de Antofagasta
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N° 4: Región de Atacama
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°5: Región de Coquimbo
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N° 6: Región de Valparaíso
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°7: Región del Libertador Bernardo O’Higgins
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°8: Región del Maule
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°9: Región de Ñuble
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°10: Región del Biobío
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°11: Región de La Araucanía
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°12: Región de Los Ríos
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°13: Región de Los Lagos Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°14: Región de Aysén
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
N°15: Región de Magallanes y la Antártica Chilena
Una ambulancia que incluya un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos. Además, deberá proveer y administrar los insumos médicos y operativos
requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
Nota: Las líneas de Servicio deberán considerar una ambulancia de reemplazo (a excepción de la
Línea N°16, la cual considera una ambulancia de reemplazo por contrato), la cual deberá estar
disponible para los servicios operativos, en la eventualidad que el vehículo ofertado presente
desperfectos mecánicos y/o no cuente con el equipamiento necesario para su funcionamiento
(solicitado en las mismas bases). Para lo anterior, SENDA gestionará la respectiva autorización ante
el servicio Médico Legal Regional a fin de que dicho vehículo de reemplazo cuente con la
documentación necesaria para el emplazamiento.
b. LÍNEA 16 PERIODO ABRIL 2026 A MARZO 2027 REGIÓN METROPOLITANA
Contempla prestar servicios desde el 01 de abril del 2026 al 31 de marzo de 2027.
Durante la ejecución se realizarán como promedio 10 servicios operativos mensuales con la
Ambulancia N°1 (Ploteada) y 6 servicios operativos mensuales con la Ambulancia N°2 (Sin Plotear),
los que serán planificados, según lo estipule la contraparte técnica de Senda. Cada operativo tendrá
una duración de cinco horas continuas. Además, la ambulancia deberá estar a disposición para
trasladar las muestras de alcoholemia y narcolemia al Servicio Médico Legal de la correspondiente
Región, en los días y horarios establecidos por la contraparte técnica de SENDA. En caso excepcional
y previa coordinación algún operativo podrá ser realizado en las regiones limítrofes a la Región
Metropolitana.
Los operativos serán planificados e informados al proveedor al final de cada mes que anteceda a la
realización de los operativos. Sin perjuicio de ello, se podrán modificar los horarios, fechas y puntos
de ejecución de los mismos, situación que procederá sólo en casos excepcionales y que por razones
de fuerza mayor o caso fortuito lo amerite. El Servicio se compromete a informar con la mayor
antelación posible al proveedor los ajustes de agenda que puedan darse.
Además, durante la vigencia del contrato, el proveedor adjudicado deberá, excepcionalmente,
disponer de las ambulancias licitadas para actividades de difusión y/o prevención, tales como “Pautas
de Prensa”, “Lanzamiento de Campañas Preventivas”, entre otras de naturaleza similar. La solicitud
de estas prestaciones no sobrepasará el máximo de 6 actividades anuales por ambulancia,
completando un total de 12 horas., según las necesidades del Servicio, previa coordinación entre el
proveedor y el área técnica. Asimismo, cada actividad no excederá las 3 horas de duración.
El pago por los servicios contratados se realizará, para la Ambulancia N°1, en cuotas mensuales y
fijas. En caso de que no se cumpla con la totalidad de operativos planificados, se podrán recuperar
en los meses en que SENDA así lo disponga, lo que no afectará en el pago inicialmente estipulado.
En relación a la imagen de la Ambulancia N°1, SENDA solicitará plotear las ambulancias contratadas
con la imagen que entregará la contraparte técnica. El ploteo se deberá realizar durante el período
comprendido desde la firma del contrato y la realización del primer operativo planificado por Senda.
Las ambulancias deberán incluir un equipo humano compuesto mínimo por 2 conductores, 2
paramédicos, y 2 médicos, para cada ambulancia, Además, deberá proveer y administrar los
insumos médicos y operativos requeridos, señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación.
Adicionalmente, se deberá disponer de dos ambulancias de reemplazo que cumplan con las mismas
características (o superiores) de las ambulancias titulares, (con excepción del ploteo en la ambulancia
N°1). Estas ambulancias de reemplazo también deberán contar con todos los documentos necesarios
para operar, los que podrán ser requeridos por la contraparte técnica de SENDA en el evento de
solicitarse hacer uso de ella, conforme se indica en los párrafos siguientes.
La autorización para el empleo de las ambulancias de reemplazo, será de exclusividad de la
contraparte técnica de SENDA, y no la exime del proceso de aplicación de multa en iguales
condiciones que las estipuladas para la ambulancia titular, si ello procediera. Como se ha señalado,
no se requiere que estas ambulancias estén ploteadas.
El uso de estas ambulancias de reemplazo se dará sólo en casos excepcionales y que por razones de
fuerza mayor o caso fortuito lo ameriten, con el propósito de garantizar la continuidad en la
realización de los operativos planificados para el respectivo período. La utilización de las ambulancias
de reemplazo no podrá exceder a los 30 días corridos, contados desde la autorización por parte de la
contraparte técnica de SENDA. Si se excediera este plazo, SENDA se encontrará facultado a la
aplicación de multas, conforme lo señalado en las Bases.
Con todo, si las ambulancias principales no pueden volver a ser utilizadas, por motivos debidamente
acreditados por el proveedor, las ambulancias de reemplazo pasarán a utilizarse como titular,
debiendo procederse a su ploteo.
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INFORMACIÓN BÁSICA DE LA LICITACIÓN |
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Etapas
Una (apertura de Propuesta Técnica y Económica en un solo
acto), que se efectuará a través del sistema de información
Mercado Público
Presupuesto
Máximo $796.556.700.-
Participantes
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y Uniones
Temporales de Proveedores, que no registren alguna de las
inhabilidades establecidas en los incisos 1 y 6 del artículo 4 de la
Ley 19.886. Como, asimismo, a las inhabilidades señaladas en el
art. 35 quater de la Ley 19.886; art. 33 de la Ley 21.595; Art. 26
letra d, Decreto Ley N°211.
Cómputo de los plazos
Todos los plazos son de días corridos, salvo aquellos casos en que
expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.
En caso que un plazo expire en días sábados, domingos o festivos
se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.
Comunicación con el Servicio
Nacional para la Prevención y
Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl
Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol
Soporte de documentos
Soporte digital.
Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en los casos
expresamente permitidos por estas Bases o por la Ley de
Compras y su Reglamento.
Funcionario encargado de la
licitación
El encargado del presente proceso de licitación es:
Natalie Zambrano Neira, cuyo correo electrónico es
natalie.zambrano@senda.gob.cl
Funcionario encargado del
contrato
El encargado del contrato será:
José Ignacio Betancourt Luco cuyo correo electrónico es
jose.betancourt@senda.gob.cl
3.1 Cronograma de actividades
Plazo para publicar las bases de
licitación
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la total
tramitación (toma de razón) de la respectiva resolución que
aprueba las bases.
Publicación Bases Las Bases deberán estar publicadas en el portal de mercado
público durante 30 días corridos.
Consultas Hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de publicación
del llamado a licitación en el portal Mercado Público.
Respuestas Hasta el día 5 hábil, contado desde la fecha de vencimiento del
plazo para presentar las consultas.
Recepción de ofertas Hasta el día 30 corrido, contado desde la fecha de publicación
del llamado a licitación en el portal Mercado Público..
Acto de apertura electrónica de
las ofertas técnicas y
económicas
A partir del día siguiente del cierre de la recepción de las
ofertas, se procederá a efectuar la apertura de las ofertas
presentadas en esta la licitación
Evaluación 10 días hábiles desde la apertura de las ofertas
Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles
siguientes al cierre de recepción de las ofertas.
Plazo para adjuntar documentos
para la contratación
Dentro de los 10 días hábiles desde la notificación de la
resolución que adjudica.
Suscripción del contrato Dentro de los 20 días hábiles desde la notificación de la
resolución que adjudica.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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4.1 RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIÓN.
Estas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de publicación de las
presentes Bases en el citado portal, hasta 10 días corridos contados desde esa fecha.
4.2 RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubieren sido presentadas a
través del portal y dentro de los 10 días corridos, desde la fecha de publicación de las bases en el
portal. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones estarán a disposición de los Proponentes
dentro de los 5 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas y
aclaraciones señalado en el numeral precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las Bases de esta licitación; y
en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol , además,
podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su
juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que
pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición,
deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
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DE LAS OFERTAS |
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5.1 CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS.
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de SENDA revisará que
los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la garantía de seriedad de la oferta señalada
en el N° 6 de estas Bases, y la declaración jurada del Anexo N° 1 y la Declaración Jurada de
Requisitos para Ofertar, emitiendo un informe que dé cuenta de ello.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad,
ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión,
dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección
Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, si continuará con los restantes
integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
5.2 RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal
www.mercadopublico.cl hasta 30 días corridos contados desde esa fecha, hasta las 15:00 horas.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, o
en caso de la concurrencia de alguna de las causales del artículo 115 N° 3 del Decreto Supremo Nº
661 (Procesos de compra fuera del Sistema de Información), de Hacienda, de 2004,
excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente
cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago
Centro o mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del
plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo
modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez
presentadas.
5.3 INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA.
El proponente deberá ingresar como Oferta Técnica al portal www.mercadopublico.cl, como archivo
adjunto, indicando con detalle las características y descripción de lo ofertado, debiendo cumplir,
como mínimo, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas.
El oferente deberá presentar los siguientes antecedentes:
a) Experiencia de la entidad participante.
Todo oferente deberá presentar el Anexo N° 2 debidamente completado y firmado con el objeto de
evaluar su experiencia en servicios de traslado de pacientes o procedimientos médicos , si es que la tuviere, indicando referencias de trabajos anteriores, y señalando detalladamente las fechas de
ejecución de los mismos con la respectiva individualización de sus mandantes.
El oferente deberá, además, adjuntar copia de todos sus contratos, órdenes de compra o facturas
que acrediten haber prestado servicios en el año y mes que informa. En consecuencia, la información
que no pueda ser acreditada de esta forma, no será considerada en la evaluación.
b) Equipo humano que ejecutará el servicio.
Para las actividades del programa, el oferente, junto con la ambulancia, deberá proveer el
equipo humano necesario para el óptimo desarrollo del mismo, el que debe estar calificado de
acuerdo a las funciones requeridas. El equipo debe estar compuesto al menos por: a) 2 conductores,
b) 2 Técnicos de Nivel Superior en Enfermería, y c) 2 médicos para cada una de las líneas a licitar.
Se deberá adjuntar los documentos que a continuación se solicitan:
b.1) Curriculum vitae de los médicos y de los Técnicos de Nivel Superior en Enfermería, en el que
debe señalar la prestación de servicios con empleadores anteriores en relación al servicio de toma de
muestras (Formato libre, esto es, se acepta cualquier tipo de formato que contenga la información
requerida).
b.2) Copia simple de título que acredite calidad correspondiente (médicos y Técnicos de Nivel
Superior en Enfermería). En el caso de extranjeros, el título deberá encontrarse validado en Chile,
conforme a la normativa vigente.
b.3) Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de prestadores individuales de salud de los
médicos y de los Técnicos de Nivel Superior en Enfermería.
b.4) Curriculum vitae actualizado de los conductores, (Formato libre, esto es, esto es, se acepta
cualquier tipo de formato que contenga la información requerida).
b.5) Copia simple de la licencia de conducir clase A2 o A3 de los conductores vigentes, la cual debe
ser coherente con las clases vigentes de la Hoja de Vida del Conductor.
b.6) Hoja de vida del conductor (Con fecha de emisión no superior a 30 días previos a la presentación
de la oferta)
b.7) Con el objeto de acreditar la experiencia señalada en los Curriculum vitae de los médicos y
Técnicos de Nivel Superior en Enfermería, se deberán adjuntar, respecto a cada uno de ellos, los
respectivos contratos con la entidad, que contenga los datos para demostrar la antigüedad
declarada. Conjuntamente con los referidos contratos, el proponente debe adjuntar, los respectivos
certificados de pago de cotizaciones previsionales (para quienes tengan contrato de trabajo) y/o
Informe Anual de boleta de honorarios. (para quienes desempeñan funciones bajo dicha modalidad).
Se deja expresa constancia que la información proporcionada en la letra b1), debidamente
acreditada de conformidad a letra b7), permitirá a la Comisión Evaluadora la asignación de puntaje
en el criterio de evaluación denominado “Antigüedad del equipo de trabajo (médicos y Técnicos de
Nivel Superior en Enfermería) en la entidad”, por lo que la experiencia que no sea acreditada
conforme a la letra b7), no permitirá la asignación del correspondiente puntaje.
Se evaluarán sólo dos médicos, dos Técnicos de Nivel Superior en Enfermería, y la presencia de dos
conductores. Si algún proveedor presenta a más de dos personas para cada “cargo”, estos no serán
evaluados, considerándose solamente a los dos primeros presentados, para el cargo respectivo, en el Anexo N° 5 y, por lo tanto, los documentos ingresados que correspondan solamente a dichas
personas.
Para el caso particular de la Línea de Servicio N°16 “Región Metropolitana”, la cual considera 2
ambulancias, se deberán presentar 2 equipos médicos y 2 conductores por cada uno de los
vehículos, esto significa 4 médicos, 4 TENS y 4 conductores.
c) Antecedentes del vehículo (ambulancia) ofertado:
c.1) Copia simple de la Revisión Técnica y el permiso de circulación al día de la ambulancia ofertada.
c.2.) Copia simple de Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) al día de la ambulancia
ofertada.
c.3) Copia simple de autorización sanitaria emitida por la Secretaría Regional Ministerial de Salud
vigente para Transporte Sanitario Simple.
c.4) Set de fotos del vehículo ofertado, según corresponda, para el servicio que se licita por las
presentes Bases; acompañando al menos 4 fotos de los mismos, una por cada uno de sus lados (parte
delantera, posterior y laterales) en donde se visualice la patente. Deberá también detallar las
medidas y dimensiones de la misma y los metros cuadrados disponibles en la zona de atención. Todo
lo anterior deberá ser presentado a través del Anexo N° 3.1.
c.5) Certificado de inscripción y anotaciones vigentes emitido por el Registro Civil e Identificación que
indique las limitaciones al dominio del vehículo ofertado, el cual deberá señalar como tipo de
vehículo: Ambulancia (dicho documento no podrá tener una fecha superior a 30 días de emisión a la
fecha de presentación de las ofertas). La no presentación de este documento, como la inconsistencia
respecto a los datos indicados en el certificado de inscripción del vehículo, implicará la declaración de
inadmisibilidad de la oferta presentada, mediante la dictación del acto jurídico correspondiente
Descripción del servicio ofertado: para estos efectos, los oferentes deberán individualizar el vehículo
ofertado (indicar placa patente), indicar las especificaciones técnicas que comprende la ambulancia,
el equipo humano y los insumos médicos y operativo.
d) Especificar la autorización del SML para servicio de toma de muestra móvil.
Deberá informar el estado de la habilitación como laboratorio móvil otorgado por el Servicio Médico
Legal (SML), de la Región que corresponde a la Línea de Servicio que oferta.
Cabe destacar que dicho requisito no es excluyente para la postulación al presente proceso. No
obstante, el proveedor adjudicado deberá gestionar y obtener dicha autorización previo al inicio de
los operativos.
Además, la oferta técnica deberá contener todos los anexos indicados:
Anexo 1: Declaración jurada persona natural, persona jurídica o unión temporal de proveedores,
según corresponda, que indica no estar afecto a inhabilidades y conocer los documentos de la
licitación y veracidad de la oferta.
Anexo 2: Declaración jurada de experiencia de la entidad. Se debe indicar la experiencia de la entidad
de acuerdo al cuadro. La que no esté contenida en el mismo no será contabilizado en la evaluación.
Anexo 3: Descripción del servicio. Se debe indicar la descripción del servicio de acuerdo al cuadro. La
que no está contenida en el mismo no será contabilizado en la evaluación.
Anexo N° 3.1: Set de 4 Fotos con Dimensiones de Ambulancia Titular Ofertada.
Anexo 4: Formato de propuesta económica indicada en monto bruto por operativo, y en el caso de la
línea N° 16 el monto mensual) Ambulancia 1). En ningún caso podrá exceder el monto máximo para
cada línea de servicio.
Anexo 5: Formato de recurso humano. Se deberá indicar el recurso humano de acuerdo al cuadro. La
que no está contenida en el mismo no será contabilizado en la evaluación.
5.4 INGRESO DE LA OFERTA ECONÓMICA.
La propuesta económica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl , en el ID que identifica esta licitación, para ello el oferente contará con el
Anexo N° 4.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, indicando el valor bruto2 (esto
es, incluyendo todos los impuestos que pudieren corresponder) y no estará sometida a reajuste
alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal
y traslado, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo
cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de
él.
Considerando la disponibilidad presupuestaria dispuesta por el SENDA, para la contratación del
servicio que se licita, las respectivas propuestas no podrán exceder de los siguientes precios:
a) Líneas de Servicio de 1 a 15:
Las ofertas económicas presentadas en cada línea de servicio por un monto superior a los que a
continuación se indican, no serán objeto de evaluación y serán rechazadas por SENDA.
Para la ejecución del servicio que se licita SENDA ha dispuesto los siguientes montos máximos por
línea, incluyendo los impuestos que pudieran corresponder:
Línea de
Servicio
Monto Por
operativo
2024
Cantidad
Aprox.
Operativo
Mensual *
Monto
Mensual
Cantidad
Operativos
Temporada
Monto Total
Temporada (12
meses)
Temporada
2022-2023
N° 1: Región
de Arica y
Parinacota
$615.825 5 $3.079.125 60 $36.949.500
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 2: Región
de Tarapacá $641.700 9 $5.775.300 108 $69.303.600
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 3: Región
de
Antofagasta
$615.825 5 $3.079.125 60 $36.949.500
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 4: Región
de Atacama $652.050 5 $3.260.250 60 $39.123.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 5: Región
de Coquimbo $641.700 5 $3.208.500 60 $38.502.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 6: Región
de
Valparaíso
$610.650 7 $4.274.550 84 $51.294.600
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 7: Región
de O'Higgins $646.875 5 $3.234.375 60 $38.812.500
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 8: Región
del Maule $652.050 6 $3.912.300 72 $46.947.600
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 9: Región
del Ñuble $641.700 5 $3.208.500 60 $38.502.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 10:
Región del
Biobío
$569.250 10 $5.692.500 120 $68.310.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 11:
Región de La
Araucanía
$641.700 5 $3.208.500 60 $38.502.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 12:
Región de
Los Ríos
$641.700 5 $3.208.500 60 $38.502.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 13:
Región de
Los Lagos
$641.700 5 $3.208.500 60 $38.502.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N° 14:
Región de
Aysén
$652.050 5 $3.260.250 60 $39.123.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
N°15 Región
de
Magallanes
$652.050 5 $3.260.250 60 $39.123.000
1 abril 2026-
31 marzo
2027
TOTALES $9.516.825 87 $54.870.525 1044 $658.446.300
*Los operativos se distribuirán mensualmente según las necesidades del Servicio.
b) Línea 16, Región Metropolitana:
Valor Total mensual para Ambulancia N°1 y detallado por operativo para la Ambulancia N°2,
expresado en pesos chilenos. (según siguiente cuadro)
Las ofertas económicas presentadas en esta línea de servicio por montos superiores a los que a
continuación se indican, no serán objeto de evaluación y serán rechazadas por SENDA.
Para la ejecución del servicio que se licita SENDA ha dispuesto los siguientes montos máximos para
esta línea de servicio:
Línea de
Servicio
Monto Por
operativo
Cantidad
Operativos
Mensual*
Monto
Mensual
Cantidad de
Operativos
Período
abril 2020 a
marzo 2021
Monto Total
Temporada
(12 meses)
Temporada
2026-2027
N°16 Región
Metropolitan
a
(Ambulancia
N°1)
No aplica 10 $7.659.000
120
operativos 6
actividades
preventivas
y de
difusión
$91.908.000
1 abril 2026-31
marzo 2027
N°16 Región
Metropolitan
a
(Ambulancia
N°2)
$641.700 6 $3.850.200
72
6
actividades
preventivas
y de
difusión
$46.202.400
1 abril 2026-31
marzo 2027
TOTALES 16 $11.509.200 192 $138.110.400
* Los operativos se distribuirán mensualmente según las necesidades del Servicio.
5.5 VIGENCIA DE LA OFERTA.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre
de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo período de
validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA. Sin perjuicio de lo anterior, ante el
silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene la vigencia mínima de 120 días exigidos en
estas bases.
5.6 FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo para la
presentación de las mismas indicado en el número 5.2 precedente a las 15:00 horas, el cual será
informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación, una
vez publicadas las presentes bases en el referido portal.
Sin embargo, si el plazo de cierre para la recepción de ofertas venciera en un día inhábil, lunes o en
un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15 horas, se postergará la fecha de cierre de recepción
de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
5.7 MODIFICACIÓN A LAS BASES
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, “SENDA”,
podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, el que será sometida a la
misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el
portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo
para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan
conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
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Esta garantía se exige para proteger al SENDA contra los riesgos de desistimiento de la oferta dentro
del período de validez exigido en las Bases, retiro de la oferta una vez seleccionada, falta de seriedad
en los términos de la oferta, inhabilidad del seleccionado para contratar con el Estado; falta de
entrega de los antecedentes requeridos para elaborar el contrato, falta de firma del contrato y falta
de entrega de la garantía de cumplimiento de contrato.
El Proponente deberá presentar una caución o garantía pagadera a la vista, con el carácter de
irrevocable, cuyo monto mínimo será de $310.500.-, por cada línea a la que postule, exceptuando la
línea N°16 que deberá ingresar una garantía total de $ 931.500.-, a la orden del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9,
(El nombre podrá abreviarse pero, en caso que se abrevie, siempre deberá indicarse el RUT); con
una vigencia no inferior a 120 días corridos contados desde la fecha de apertura de las ofertas en el
portal www.mercadopublico.cl.
La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como Garantía de Seriedad de la
Oferta e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación en el portal
www.mercadopublico.cl, siendo estos requisitos esenciales para la validez de la misma.
Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el emisor del documento
respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera
chilena.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera
electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y
Servicios de Certificación de dicha firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, los antecedentes podrán ser enviados de manera virtual
mediante el sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual o podrá ser ingresada junto con su oferta en la plataforma
Mercado Público, y dentro del mismo plazo para presentar las ofertas.
Cuando se trate de garantías en papel, deberán presentarse en las oficinas del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N°
1235, piso 7° comuna de Santiago o en la Dirección Regional de SENDA correspondiente al domicilio
del oferente, hasta el día de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal
www.mercadopublico.cl
El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un acta
debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la que deber constar el nombre de la licitación, el nombre del proponente, nombre y cédula de identidad de la
persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la misma. La copia de dicha
acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía.
Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su presentación es
extemporánea, o no estuviera extendida en los términos antes señalados la oferta será declarada
inadmisible. Dicha situación será comunicada a la Comisión Evaluadora por la División Jurídica,
previo al proceso de evaluación.
La Garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si:
● El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, retira la misma en el período de validez de ésta.
● El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, no acompaña dentro de plazo la garantía de fiel
cumplimiento de contrato.
● El oferente se desiste de su oferta, antes de la dictación de la resolución que adjudica.
● El oferente cuya oferta ha sido adjudicada no suscribe el contrato dentro del plazo señalado
en el número 9.4. de estas bases.
● El oferente cuya oferta haya sido adjudicada haya presentado datos inexactos o no
fidedignos en su oferta y ésta deba ser revocada.
● El oferente incurre en cualquier otra causal señalada en las presentes bases.
Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable
Beneficiario
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9. El nombre podrá abreviarse pero siempre
deberá indicarse el RUT.
Vigencia Mínima
Vigencia mínima de 120 días corridos contados desde la fecha de apertura de las
ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
Monto mínimo $310.500.- y $931.500.- respectivamente
Expresada en
Pesos chilenos. En caso de corresponder a una póliza de seguros expresada en U.F.,
su monto será calculado a la fecha de su emisión.
Glosa
Garantía de Seriedad de la Oferta, indicando el número de ID que identifica a la
presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Tratándose de vale o
depósito a la vista, atendida la naturaleza del mismo, no se requerirá glosa.
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CÓMPUTO DE PLAZOS |
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Todos los plazos son de días hábiles administrativos, salvo aquellos casos en que expresamente se
indique que los plazos son de días corridos.
En este último caso, si un plazo expira en sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado
hasta el día hábil siguiente.
7.1. Apertura Y Evaluación De Las Ofertas.
A partir del día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas, se procederá a efectuar la
apertura de las ofertas presentadas en esta licitación. La presente licitación será en una etapa,
procediéndose en el acto de apertura a abrir tanto la oferta técnica como la económica.
7.2. MODALIDAD DE LA LICITACIÓN.
La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a abrir tanto la oferta
técnica como la económica.
7.3. COMISIÓN EVALUADORA.
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, será realizada por una Comisión Evaluadora
integrada por los siguientes funcionarios(as):
1.- Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol por el (la) funcionario(a) que designe mediante memorándum, el cual
deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la OIRS del
Servicio.
2.- Jefatura de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, por el (la) funcionario(a) que designe mediante
memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al
encargado de la OIRS del Servicio.
3.- Jefatura del Área de Detección e intervenciones Breves en la Comunidad, o por el (la)
funcionario(a) que designe, mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente,
mediante correo electrónico al encargado de la OIRS del Servicio.
Un Abogado de la División Jurídica del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, podrá obrar como Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la
comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en
el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que
ello no ocurra, deberá proponer rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el
acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, aclaraciones y que
salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las
rectificaciones no signifique asumir una situación de privilegio respecto a los demás
oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los
proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes
a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá
solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
e) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, certificaciones o
antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos,
deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá
enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos
establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren
ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no
resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la
asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de
aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la
decisión final.
7.4. ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES Y SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O
ANTECEDENTES
Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones
que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que salven errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una
situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a
través del portal www.mercadopúblico.cl.
Asimismo, SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta,
siempre que dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad
al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopúblico.cl.
7.5. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las condiciones administrativas
señaladas en las bases, lo que será revisado por la comisión evaluadora.
7.5.1. Evaluación de Ofertas Técnicas (50%).
Se evaluarán las Ofertas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y escala de puntajes, de 0 a 100,
que se indican a continuación:
Criterio Escala de Calificación Puntos Ponderador Cumplimiento de los
requisitos formales de
presentación de la
oferta. Se evaluará el
cumplimiento de la
entrega formal de todos
los antecedentes
administrativos
El Oferente cumple con todos los
requisitos formales en la
presentación de la oferta en los
plazos establecidos para ello y no
se le solicitan antecedentes
conforme al art. 56 del Decreto
N°661 reglamento de la Ley
19.886
100
8%
No cumple con la presentación
completa de los antecedentes,
pero los acompaña con
posterioridad, o se le solicitó
salvar errores u omisiones
formales, conforme al art. 56 del
Decreto N°661 reglamento de la
Ley 19.886.
50
No acompaña con posterioridad
los documentos solicitados,
conforme al art. 56 del Decreto
N°661 Reglamento de la ley
N°19.886, o lo acompañado no
cumple con lo solicitado.
0
Cumplimiento de
Programa de Integridad.
Oferente cuenta con un programa
de integridad conocido por su
organización o en caso de las
personas naturales cuenta con
formación personal acreditada en
materia de integridad o
compliance.
100
2%
Las entidades deberán
acompañar documentos
que permitan verificar la
existencia del programa
de integridad y su
difusión dentro de la
empresa u organización
Oferente no cuenta con un
programa de integridad conocido
por su organización o en caso de
las personas naturales no se
cuenta con formación personal
acreditada en materia de
integridad o compliance.
0
Experiencia del
oferente. Se evaluará la
experiencia del oferente
en servicios de traslado
de pacientes y /o
procedimientos
médicos.
Sin experiencia, experiencia
inferior a un año o no acredita la
experiencia declarada
0
30%
Entre 1 año y 3 años de
experiencia. 30
Sobre 3 años y 5 años de
experiencia. 70
Más de 5 años de experiencia 100
Antigüedad del equipo
de trabajo en la entidad
(médico y paramédico)
Sin antigüedad o con antigüedad
inferior a 6 meses, en promedio
del equipo de trabajo (médico y
paramédico) en la entidad.
También se asignará este puntaje
en caso de no acreditar
debidamente la antigüedad
declarada.
0
Entre 6 y 24 meses de antigüedad 30%
en promedio del equipo de
trabajo (médico y paramédico) en
la entidad.
50
Desde 25 meses de antigüedad en
promedio del equipo de trabajo
(médico y paramédico) en la
entidad.
100
Características de la
ambulancia
Largo del vehículo inferior a 5.4
metros 50 15% 30%
Largo del vehículo igual o superior 100
5.4 metros
Altura del vehículo inferior a 2.7
metros 50
Altura del vehículo igual o superior 15%
a 2.7 metros. 100
Ancho del vehículo inferior a 2
metros 50
Ancho del vehículo igual o 15%
superior a 2 metros. 100
Año del vehículo igual o inferior a
2014. 0
Año del vehículo superior al 2014 55%
e inferior al año 2017. 50
Año del vehículo igual o superior a
2017 100
7.5.2. Puntaje Técnico.
La suma de los puntajes obtenidos de acuerdo a la pauta anterior, debidamente ponderados según la
tabla de evaluación precedente, dará la nota final de la propuesta técnica. El puntaje técnico
obtenido se expresará con dos decimales sin aproximación.
7.5.3. Evaluación de Ofertas Económicas. (50%)
Las ofertas serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntaje económico = OPM * 100
OE
Donde:
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas
OE : es el precio de la oferta evaluada
100 : es el puntaje mayor
Del párrafo anterior, debe entenderse como valor de la oferta evaluada, el valor bruto (valor total
por operativo en las líneas N°1 a la N°15 y valor total en la línea N° 16, sumada ambas ambulancias),
el que no podrá ser superior al monto máximo establecido para esta contratación, según lo dispuesto
en el punto 5.4 de estas Bases.
No obstante, lo anterior, si bien para línea N°16 evaluará económicamente la suma de ambos
servicios, éstos de forma independiente, no podrán superar los montos establecidos en el punto 5.4
de estas Bases.
7.5.4. Puntaje Final.
El Puntaje Final de las Ofertas considera asignar un 50% al puntaje obtenido en la Evaluación Técnica
y un 50% al puntaje obtenido en la Evaluación Económica, quedando la evaluación final como sigue:
PFTE = Puntaje Técnico * 50 % + Puntaje Económico * 50%
7.5.5. Mecanismo de Desempate.
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre dos o más
Oferentes, se seleccionará al Proponente de acuerdo a la siguiente secuencia:
a) El proponente que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación técnica.
b) De persistir el empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje en los
criterios de evaluación, analizados uno a uno, según el orden siguiente:
1.- Características de la ambulancia.
2.- Experiencia del oferente.
3.- Antigüedad del equipo de trabajo en la entidad (médico y paramédico)
c) Si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se seleccionará al Proponente que
obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación Cumplimiento de los requisitos
formales de presentación de la oferta.
d) Si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se seleccionará al Proponente que
obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación Cumplimiento de Programa de
Integridad.
e) Si persistiese el empate entre dos o más oferentes, se resolverá mediante sorteo realizado
por la Comisión Evaluadora, actuando como Ministro de Fe un abogado de la División
Jurídica de este Servicio.
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|
|
|
ADJUDICACIÓN. |
|
La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente
tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus
fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
8.1 SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación de cada línea de servicio,
será seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación mediante acto administrativo
fundado del SENDA, debidamente notificada al Adjudicatario y al resto de los Oferentes, a través del
Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de
evaluación y el puntaje que hayan permitido al Adjudicatario obtener la calificación de oferta más
conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no adjudicados,
se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
Con todo, previo a la suscripción del contrato SENDA citará al oferente adjudicado a una inspección
personal del vehículo ofertado a fin de verificar que cumplan las características técnicas ofertadas y
los requisitos mínimos exigidos por bases. Respecto de cada inspección se levantará un acta
respectiva de la que se le entregará copia al adjudicatario.
Es requisito esencial para suscribir el contrato que la inspección personal del vehículo se realice, que
esto conste en el acta suscrita por el encargado de SENDA y que la ambulancia cumpla los requisitos
y especificaciones técnicas exigidas en bases, de igual forma es necesario que se ajuste a lo consignado en los antecedentes que fueron evaluados. La inspección debe realizarse durante el
plazo que se ha fijado para formalizar el contrato.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, que desista
de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se hará
efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta y se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de
Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los
intereses del SENDA, o bien se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según
corresponda, a través de acto administrativo fundado.
8.2 RECHAZO DE LAS OFERTAS.
SENDA declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos mínimos
establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas
o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses de SENDA. En cualquiera de dichos casos
la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
8.3 DEVOLUCIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Considerando que las presentes Bases contemplan la posibilidad de adjudicar aquella oferta que le
siga en puntaje a quien haya tenido la mejor calificación, la devolución de la garantía de seriedad, de
la oferta con la segunda calificación más alta, será devuelta en el plazo de 21 días hábiles, contados
desde la notificación de la resolución que adjudica.
Asimismo, la devolución de garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido
desestimadas o rechazadas se devolverá en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de adjudicación o inadmisibilidad de la oferta.
Los oferentes deberán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en las oficinas del
SENDA, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 7°, comuna de Santiago. La devolución de los
documentos de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en caso que sean
endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se
efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
Tratándose del Oferente adjudicado, la restitución del documento de garantía de seriedad de la
oferta se hará una vez que el contrato respectivo se encuentre firmado por el adjudicatario y una
vez que éste haya hecho entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
8.4 CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN.
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las
siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el numeral
9.1.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el
punto 9.2 de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el punto 9.3 de las presentes Bases.
d) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera de su
oferta.
e) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo
establecido en el punto 9.4 de las presentes Bases.
f) Si el vehículo ofertado no tuviera las características técnicas o cumpliera con las normas
indicadas en la oferta, las que se verificarán en una inspección que se hará del móvil previa
suscripción del contrato.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA hará efectiva la garantía
de seriedad de la oferta y adjudicará al Oferente que, según el Acta de Evaluación Final, hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico en la respectiva línea de servicio, si
dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según
corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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DEL CONTRATO. |
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Se celebrará un contrato de prestación de servicios, por cada línea adjudicada, dentro de los 20 días
hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
9.1 INHABILIDADES PARA CONTRATAR.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las siguientes
inhabilidades:
a) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo
35 quater de la Ley 19.886.
b) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la
oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 19.886.
c) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o que estén unidas a ellos por los
vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
d) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o las
personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra a) del
artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o
anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas
abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del
capital, directamente o como beneficiarios finales; ni con los gerentes, administradores,
representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
e) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las
Personas Jurídicas en los Delitos que Indica.
f) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
g) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°211 de 1973.
h) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo
33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA adjudicará la licitación, al
Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final
técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta
la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
9.2 REQUISITOS PARA CONTRATAR.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro de los 20 días
hábiles siguientes a la notificación de la resolución que adjudica, la documentación que a
continuación se indica para suscribir el contrato respectivo.
9.2.1 Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la Dirección de
Compras y Contratación Pública.
2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Según las indicaciones contenidas en el punto 9.3
de las presentes Bases.
3. Haber presentado oportunamente la ambulancia ofertada al proceso de inspección
contemplado en el 8.1 de estas bases.
4. Seguro de responsabilidad civil vigente, según lo establecido en la letra D de las bases
técnicas, a nombre del adjudicado.
5. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con
sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años, el adjudicatario
deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes Laborales y Previsionales,
otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante los últimos
dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica,
debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a ……………………………….
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los haya tenido
durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los últimos
dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de
dichas obligaciones, debiendo la entidad acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la
entidad contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la
oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones adeudadas. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará derecho a dar por
terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la entidad
referida no podrá participar.
9.2.2 Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° incisos primero, de la Ley
N° 19886, de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y Prestación de Servicios. Como,
asimismo, a las inhabilidades señaladas en el art. 35 quater de la Ley 19.886; art. 33 de la Ley
21.595; Art. 26 letra d, Decreto Ley N°211.
No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos
en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado.
Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de
personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en
comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni
sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10%
o más del capital.
La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los artículos
8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los
Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho, que le impida
celebrar actos o contratos con organismos del Estado.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
9.2.3 Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la
acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal,
si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e
inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los
casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas
o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la
entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes Raíces y de
Comercio en donde se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de Justicia :
Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación
Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a
escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente
autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el
artículo 548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado
de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas
Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando
corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que
existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes publicaciones en
el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente
autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
C. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración que a
continuación se indica.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
1.- No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° de la Ley 19.886, de
Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Como, asimismo, a
las inhabilidades señaladas en el art. 35 quater de la Ley 19.886; art. 33 de la Ley 21.595; Art. 26
letra d, Decreto Ley N°211.
2.- No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
3.- Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de
personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en
comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni
sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10%
o más del capital.
4.- La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los
artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas
en los Delitos que indica
5).- La entidad que represento no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de
1973.
6) No se encuentran inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley
N°21.595 sobre Delitos Económicos.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las Universidades,
Corporaciones o Fundaciones.
9.2.4 Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten
dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país
de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello
escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que
acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si
hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad
chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad
chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de
agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante
legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe
comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a
lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
D. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar la
escritura pública donde se materialice el acuerdo para constituir la Unión Temporal, además, cada
uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores,
según sea el caso.
Asimismo, cada proveedor que integre dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro de
Proveedores para suscribir el contrato.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos señalados cuando se encuentren
digitalizados y vigentes en el Registro de Proveedores.
9.3 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 20 días hábiles, a contar de
dicha notificación, presentar una caución o garantía, por cada línea de servicio adjudicada, con una
vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de vigencia del contrato, a objeto de
garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Cada caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (el nombre podrá
abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT.); por un monto igual o superior al 5% del valor
neto total del contrato3, en pesos chilenos.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será pagadera a la vista, con carácter de
irrevocable.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con garantizar el
fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato.
En el caso de que se acompañe una póliza de seguro, ésta deberá excluir las cláusulas de arbitraje.
La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada como “Garantía de Fiel y
Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el número de ID que identifica a la presente
licitación en el portal www.mercadopublico.cl, además de la línea de servicio correspondiente.
Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza, no requerirá expresar
la mencionada glosa ni la vigencia.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el extranjero, el emisor
del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o
institución financiera chilena.
Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya
indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA hará efectiva la garantía de seriedad
de la oferta y adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el
siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores
del adjudicado, de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 19.886.
El SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez
recibido conforme los servicios y cumplido a satisfacción el contrato.
Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable
Beneficiario
“Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, o SENDA, RUT N° 61.980.170-9.” El nombre podrá abreviarse pero
siempre deberá indicarse el RUT.
Vigencia mínima
Vigencia mínima de 60 días hábiles con posterioridad al término de la vigencia del
contrato.
Monto Deberá ser igual o superior al 5% del valor neto total del contrato.
Expresada en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro expresada
en U.F., su equivalente en pesos se calculará a la fecha de emisión del instrumento)
Glosa
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las obligaciones
laborales con sus trabajadores y multas, e indicar el número de ID que identifica a
la presente licitación a través del portal www.mercadopublico.cl, además de la
línea de servicio correspondiente.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto
con garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se garantiza
el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales y el pago de multas a las que
pudiera dar origen el incumplimiento del contrato.
Tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza, no requerirá
expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
9.4 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El Adjudicado deberá suscribir un Contrato por cada línea de servicio adjudicada dentro del plazo de
20 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su
oferta. En tal caso SENDA hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, a menos que la no
suscripción del contrato se deba a una causa imputable a SENDA, y adjudicará al Oferente que,
según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará desierta
la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Se deja expresa constancia que si la adjudicataria registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser
destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un
máximo de seis meses, para estos efectos en este plazo deberá presentar los comprobantes de
pagos que demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento
de esta obligación por parte de la entidad contratada dará derecho a dar por terminado
anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación en la que la entidad
no podrá participar.
9.4.1 APROBACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato que SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de
dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio
desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Con
todo, los pagos sólo podrán realizarse una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto que
apruebe el contrato.
9.4.2 CLÁUSULAS DEL CONTRATO.
9.4.3 Del Pago.
El pago de los servicios se realizará en cuotas mensuales, pagaderas a mes vencido contra recepción
conforme por parte de la Contraparte Técnica del SENDA de los servicios prestados durante dicho
periodo. El monto total se determinará de acuerdo a los operativos efectivamente prestados- en los
términos que se indican en los párrafos siguientes- y al valor indicado por el Contratista en su oferta
económica, salvo en la Línea de Servicios N° 16, cuyo pago se realizará en 12 cuotas iguales y
sucesivas.
El pago se realizará por cada operativo efectivamente realizado, es decir, que dure las 5 horas
estipuladas, esto no contempla los traslados a los puntos de control. De todas formas, si la duración
del operativo es menor a 5 horas, por motivos externos al Servicio y al Proveedor adjudicado,
también se realizará el pago del 100% del valor por operativo.
En caso que SENDA disponga la suspensión de un operativo con más de 3 horas de antelación, no se
pagará dicho operativo.
En caso que SENDA disponga la suspensión de un operativo con menos de 3 horas de antelación por
motivos ajenos al proveedor, se realizará un pago equivalente al 50% del valor total del operativo
ofertado y adjudicado.
En el caso que la entidad contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de
dichas obligaciones, debiendo la entidad acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis
meses. Senda exigirá que la entidad contratada proceda a dichos pagos y le presenten los
comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento
de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará derecho a dar por terminado el
respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la entidad referida no podrá
participar.
Para cada pago, el contratista deberá presentar a SENDA un Certificado de Antecedentes Laborales y
Previsionales, y además acreditar el pago completo de las obligaciones con sus trabajadores
(personal que presta el servicio contratado) durante la ejecución del contrato, tengan estos
contrato de trabajo o presten servicios a honorarios a través de cualquier antecedente idóneo para
respaldar el cumplimiento de tales obligaciones, como por ejemplo certificados de previred o del
servicio de impuestos internos, entre otros, dejando expresa constancia que no basta para cumplir
este requisito el envío de una declaración jurada.
Los pagos deberán efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la
factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Para proceder a ejecutar el o los pagos que
correspondan, la o las Órdenes de Compra deben encontrarse aceptadas por el Proveedor, en el
portal www.mercadopublico.cl.
Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente
tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del
Contratista de las facturas correspondientes. Se deja constancia que, atendida la naturaleza del
servicio contratado, no se aceptaran boletas de honorarios, y la factura deberá corresponder a un
giro o actividades, que sean coherente con los servicios que se están contratando, en el evento de
no cumplirse estos requisitos no se autorizará el pago en tanto no se rectifique dicha anomalía.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro
del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983
9.4.4 Contraparte Técnica.
La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por la Jefatura del Área de Detección e
intervenciones Breve en la Comunidad. Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las
siguientes:
a) Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al contratista las observaciones y/o
recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias. Asistir en la ejecución del
servicio, coordinando las actividades que involucren salidas a terreno del oferente seleccionado,
facilitando el contacto con los funcionarios de las regiones.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los
objetivos y de los servicios contemplados.
d) Remitir al contratista, a través de correo electrónico, la programación de las fechas de todos los
operativos que se ejecutaran durante el mes siguiente.
e) Notificar al contratista mediante correo electrónico con al menos 3 horas de anticipación la
suspensión o modificación de algún operativo.
f) Coordinar la inspección personal del vehículo ofertado previo a la suscripción del contrato.
g) Autorizar los desplazamientos de la ambulancia que presta los servicios fuera de los horarios y
operativos planificados.
h) Recepcionar las solicitudes efectuadas por el contratista en virtud de las cuales solicite
autorización para cambiar la ambulancia o el personal ofertado.
i) Otras obligaciones que le impongan las presentes bases o que le correspondan de acuerdo sus
funciones dentro de SENDA.
9.4.5 Plazos de ejecución.
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha de total tramitación de la resolución
que apruebe el contrato y hasta el 31 de marzo de 2027. Con todo, por razones de buen servicio,
las prestaciones podrán comenzar a ejecutarse a contar de la fecha indicada en el respectivo
contrato y siempre que cuente con la respectiva autorización del Servicio Médico Legal.
Durante este período el contratista deberá mantener la ambulancia disponible para los
requerimientos y operativos que organice el Servicio los que serán comunicados oportunamente.
9.4.6 Modificación del contrato.
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, SENDA estima necesario realizar modificaciones en
sus requerimientos de servicio, en conformidad con el art. 129 del Reglamento de Compras Públicas,
podrá realizar aquellas modificaciones que no puedan alterar los elementos esenciales del contrato
inicial. Se considera que si se alteran estos cuando:
I. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y
de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta
distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de
contratación;
II. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
III. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de
suministro o servicio puntual.
Del mismo modo, se podrán realizar modificaciones que no han sido previstas por estas bases
cuando:
I. En una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por SENDA.
II. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento
sustancial de costes para SENDA.
III. Aquellas en que se introduzcan variaciones estrictamente indispensables para responder a
la causa objetiva que la haga necesaria.
IV. Cuando se respete el equilibrio financiero del contrato.
SENDA estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure el
impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos
en el contrato, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer
de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de
contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su
conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al
treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del contrato respectivo,
sancionado a través del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado.
9.4.7 Término Anticipado.
El SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Si el Contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria
insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean
suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad contratista.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el
Contratista, siempre y cuando ello no se deba acaso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá
por incumplimiento grave, entre otras hipótesis de igual magnitud, la aplicación en dos
oportunidades de una misma medida del 9.4.8, o la aplicación de 3 causales distintas de las
medidas contempladas en el 9.4.8 de las bases.
f) Si el Contratista que al momento de contratar registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los dos últimos dos años no dio cumplimiento a la obligación de imputar los
primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no
acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
g) Si el contratista no obtiene la autorización del Servicio Médico Legal para que en las
ambulancias se puedan realizar procedimientos de toma de muestra de sangre para
alcoholemia o pericias toxicológicas sobre presencia y cuantificación de sustancias
estupefacientes o psicotrópicas.
h) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su
contenido, ya sea al momento de postular, de la suscripción del contrato o durante la
ejecución de los servicios, lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren
corresponder.
i) La no presentación de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en
los términos establecidos en el párrafo final del 9.4.8 de estas bases.
j) Si las multas alcanzan el 20% del monto total del contrato.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, SENDA pondrá
anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de
perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común. En todos
aquellos casos en que el término anticipado de contrato se disponga por causa imputable al
proveedor, SENDA hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Con todo, en aquellos casos en que el término anticipado del contrato se produzca por algunas de
las causales previstas en las letras d) o e), el SENDA antes de dictar y notificar el acto administrativo
que disponga el término anticipado del contrato, podrá - atendida la gravedad de las circunstancias
acontecidas - ordenar mediante oficio suscrito por la Jefa de la División Territorial de SENDA, que el
contratista no participe en los operativos programados, y en este caso SENDA, sólo deberá pagar
por los servicios que efectivamente se hayan alcanzado a prestar hasta esa fecha.
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al contratista los hechos y
circunstancias que constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que
dan cuenta de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán
personalmente o mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato,
comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida la carta en la oficina
de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para
efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la
existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad
en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el
Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditada la causal
de término anticipado dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá de diez
días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazando o
acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los
cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá
por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo
acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo
indicado, el término quedará firme.
9.4.8 Multas
SENDA dará inicio al procedimiento de aplicación de multas, en el evento que acaeciere alguna de
las siguientes circunstancias:
1) En caso que el contratista no se presente oportunamente a la realización de algún operativo, de
los desarrollados durante la ejecución de los servicios, deberá pagar una multa de 20 UF (veinte
Unidades de Fomento). Si esto sucediese en una segunda oportunidad será considerado un
incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
2) Si el contratista cambia la ambulancia ofertada, sin informar previamente a SENDA, quien podrá
autorizar el cambio velando por que sea una ambulancia que cumpla con las características
técnicas y requisitos mínimos exigidos en estas bases o si el vehículo no cumple las características
exigidas por estas bases, se aplicará una multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si el
vehículo no cumple las características exigidas no podrá prestar el servicio y deberá ser sustituido
por otro; en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento grave de
las obligaciones del contrato. Este cambio de ambulancia no podrá ser superior a 30 días
corridos desde la autorización por parte de la contraparte técnica, en caso contrario, será sujeto
de aplicación de multa de 20 UF (veinte Unidades de Fomento). Si esto sucediese en una
segunda oportunidad será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
3) Si el contratista cambia el personal ofertado sin informar y ser autorizado previamente por
SENDA. En el evento de producirse esta falta se aplicará una multa de 20 UF (veinte Unidades de
Fomento), en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento grave
de las obligaciones del contrato.
4) Si el contratista se niega a cumplir con la ejecución de la planificación de los operativos, cuando
esta haya sido enviada en los plazos establecidos, será sujeto de aplicación de multa de 10 UF
(diez Unidades de Fomento). En este caso, se considerará causal de aplicación de multas, salvo
por razones de fuerza mayor o en casos fortuitos que lo ameriten y que sean respaldados y
documentados, en caso de cometer esta falta por segunda vez se considerará incumplimiento
grave de las obligaciones del contrato.
5) Si el contratista usa la ambulancia con la gráfica institucional de SENDA, en cualquier actividad no
relacionada con el servicio requerido o en un desplazamiento no autorizado por SENDA, deberá
pagar una multa de 10 UF (Diez Unidades de Fomento), en caso de cometer esta falta en más de
dos ocasiones, será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
6) No hacer retiro de la gráfica institucional, en el plazo señalado en estas bases y/o no enviar
dentro de plazo a la contraparte técnica las fotografías que dan cuenta de este hecho, deberá
pagar una multa de 10 UF. Con todo, no será requisito retirar la gráfica en los casos en que el
mismo vehículo, en virtud de otro convenio suscrito con el SENDA deba continuar prestando
servicios, para tal efecto la contraparte Técnica de SENDA deberá consignar esta circunstancia al
recepcionar los servicios conforme.
7) En caso que el contratista no se presente al operativo con todo el personal descrito y/o no se
presente con todos los insumos detallados según lo descrito en el numeral 2 de las Bases
Técnicas, deberá pagar una multa de 10 UF (Diez Unidades de Fomento). Si esto sucediese en
una segunda oportunidad será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del
contrato.
Con todo el monto máximo de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del contrato.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) La Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, notificará por escrito al contratista los hechos y
circunstancias que constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de
ello y la multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán
personalmente, al correo electrónico informado en la presentación de la oferta o mediante carta
certificada dirigida al domicilio registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a
partir del tercer día después de recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para
efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la
existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad
en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el
Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las
faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que correspondan, dictándose la
pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá de cinco
días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazando o
acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista personalmente o
por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de
los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien
dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para
resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición
dentro del plazo indicado, la multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su defecto
que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o entregar
directamente en la Unidad de Tesorería, quién extenderá el respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto dos, pudiendo proceder a depositar el
documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el
respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de
Tesorería
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el RUT del
Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado para
descontar el monto de la multa, de cualquier estado de pago pendiente, o hacer efectiva la Garantía
de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en este último caso, el Contratista deberá entregar
una nueva caución o garantía, dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la aplicación de la multa, en los mismos términos señalados en el 9.3. de las Bases y el SENDA restituirá el saldo si
lo hubiere.
9.4.9. Cesión de contrato y subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las
obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor tampoco podrá concertar con
terceros la subcontratación del contrato.
9.4.10. Excepciones
Si durante la vigencia del contrato se presentaren eventos de caso fortuito o fuerza mayor que
impidan al contratista dar cumplimiento oportuno o integro de sus obligaciones, este podrá dentro
de las 48 horas siguientes al hecho en cuestión, comunicar por escrito a la contraparte técnica de
SENDA dicha circunstancia, explicitando el evento de caso fortuito o fuerza mayor invocado y la
forma en que ha provocado el incumplimiento, lo cual, en caso de ser aceptado, permitirá acordar
con la contraparte técnica un nuevo plazo para la ejecución de los servicios.
Transcurrido el plazo de 48 horas antes indicado, no se aceptará justificación por parte del
contratista, dándose inicio a los procedimientos de aplicación de la sanción correspondiente
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