_Completar, adjuntar Anexos N°1, N°2A o N°2B , N°3 y N°4
BASES ADMINISTRATIVAS ID 3540-8-LE25 PARA EL SERVICIO DE MANTENCIÓN DE BULLDOZER JOHN DEERE, CON VISITA A TERRENO DE ESTA SUBJEFATURA CMT “COYHAIQUE
- ASPECTOS GENERALES
A. OBJETIVO DE LA LICITACIÓN
Se requiere realizar el Servicio de mantención y reparación de varios elementos para Bulldozer John Deere EJTO-1416, con visita a terreno, con cargo a los convenios vigentes.
B. PRESUPUESTO
El presupuesto total disponible para este servicio es de $ 8.300.000. (Ocho millones trescientos mil pesos chilenos, valor con I.V.A. incluido), según la siguiente distribución:
Centro de Costo La Tapera: $ 8.300.000.
C. MARCO NORMATIVO
La presente licitación se rige por lo establecido en la Ley N.º19.886 de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, y sus modificaciones; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º661 de 2024, del Ministerio de Hacienda; la Ley N.°21.634 que “Moderniza la Ley N.°19.886 y por la siguiente documentación, en el orden de prelación que se indica:
- Las bases administrativas, bases técnicas y anexos.
- Modificaciones a las bases, que eventualmente podrá hacer el Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”, a través de la resolución correspondiente totalmente tramitada.
- Respuestas a las preguntas de los proveedores.
- Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”.
En caso de contradicción, discrepancia o inconsistencia entre los términos señalados, estas disposiciones se interpretarán prevaleciendo lo establecido en el orden de precedencia señalado, sin perjuicio que, en el último caso, se estará al criterio de interpretación del licitador.
D. PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras constituidas en Chile, que, al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463° y siguientes del Código Penal dentro de los dos anteriores años, a contar de la fecha de presentación de ofertas, como asimismo, que no hayan sido condenado por alguno de los delitos establecidos en la Ley N.º 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas aplicable a los delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Cohecho, y del Decreto Ley N.º 211 que Fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia.
Conforme al artículo 35 quáter de la Ley N.º 19.886, no se suscribirá contrato con personal del Ejército de Chile, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con personas naturales contratadas a honorarios, con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Los proponentes no podrán haber sido condenados, conforme al artículo 33 de la Ley N.º 21.595, "Ley de Delitos Económicos", a la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, hasta por el plazo que fije la sentencia definitiva. La inhabilitación rige desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia que la impusiere y su duración se computará desde ese momento.
Si la institución detectare falta de veracidad en la declaración, ello será causal de descalificación del proceso de licitación.
E. UNIDAD DE MEDIDA DE LOS PLAZOS DE LA LICITACIÓN
Todos los plazos que se establecen en este proceso de licitación son medidos en DÍAS CORRIDOS (7 días por semana), salvo que en estas bases se especifique para cada caso una unidad de medida distinta.
F. TIPO DE SOPORTE DE LOS DOCUMENTOS
Todos los documentos y antecedentes solicitados en las presentes bases deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, como archivo adjunto a la oferta, sean estos administrativos, técnicos y/o económicos, según corresponda, y a través del sistema www.mercadopublico.cl.
Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción, establecidos en el artículo 115° del Reglamento de la Ley N.º 19.886.
G. GASTOS
El proponente, para la presentación de su oferta, deberá efectuar un estudio completo y detallado de todas las condiciones, antecedentes y documentos solicitados por la SJZ CMT “Coyhaique”.
Los gastos en que incurran los oferentes en el estudio y preparación de las propuestas serán de su costo y cargo, sin derecho a devolución, reembolso y/o indemnización por parte del CMT.
H. IDIOMA DE LA LICITACIÓN
Todo el proceso de licitación será en idioma español, tanto la oferta del proponente, como el contrato que se celebrare, y todos los documentos y correspondencia que se intercambie entre los proponentes y la SJZ CMT “Coyhaique”, sin perjuicio de los términos técnicos que, en su concepto, denominación y/o aplicación, se utilicen en un idioma distinto.
I. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Todas las consultas y/o aclaraciones que los participantes deseen realizar respecto del proceso, durante la etapa de publicación, deberán realizarse a través de la opción “Foro”, icono incluido para el efecto en el ID en cuestión del sistema de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl, no siendo consideradas aquellas que se realicen por cualquier otro medio.
Para ello, deberán ajustar las consultas conforme al siguiente formato:
Página ______/ Punto ______/ Pregunta:
Todas las consultas deberán realizarse dentro del plazo establecido para ello en la letra K de este punto.
J. MODIFICACIONES A LAS BASES
El Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” podrá modificar las presentes bases de licitación, y sus anexos, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Lo anterior, ya sea por iniciativa propia o a raíz de las consultas emitidas por los oferentes.
Tales modificaciones deberán ser aprobadas mediante la resolución fundada correspondiente, la cual deberá estar completamente tramitada para su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Asimismo, en dicho acto, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
K. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE LICITACIÓN
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ETAPA
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FECHA
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Fecha de publicación
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Dentro de los quince días de la total tramitación de la resolución aprobatoria de estas bases.
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Fecha de inicio de preguntas
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El mismo día de publicación en el portal.
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Fecha de término de preguntas
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El día siete, contado desde el siguiente día de la fecha de publicación.
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Fecha de publicación de respuestas
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El día once, contado desde el día siguiente de la fecha de publicación del llamado a licitación pública, a las 17:00 hrs.
En caso de que el número de preguntas que se realicen sea superior a 15, el Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por tres días, mediante resolución exenta, la que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl en el ID en cuestión.
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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El día catorce contado desde el siguiente día de la fecha de publicación del llamado a licitación pública, a las 17:00 hrs.
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Apertura electrónica
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El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas, a las 15:10 hrs.
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Observaciones a la apertura
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Hasta 24 horas, contadas desde la fecha y hora de la apertura electrónica.
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Adjudicación
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Hasta treinta días, contados desde la fecha de apertura electrónica. Se publicará en el portal la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
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Suscripción del contrato
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Con la emisión de la Orden de Compra
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Entrega de la garantía de seriedad de la oferta
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No se exigirá GSO.
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Entrega de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
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No se exigirá GFC.
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Si el vencimiento de alguno de los plazos establecidos se cumpliese en un sábado, domingo o festivo, éste se entenderá automáticamente prorrogado al día hábil siguiente, pudiendo extender en igual cantidad de días los plazos de las etapas posteriores.
De igual forma, la SJZ CMT “Coyhaique” podrá modificar los plazos antes señalados, lo cual será informado oportunamente en el sistema de información www.mercadopublico.cl, informando ahí las razones de las extensiones.
II. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en este proceso de licitación, deberán proceder conforme se dispone en el párrafo 2 del Capítulo IX, artículos N.°51 al 54, de la Ley N.º 21.634.
III. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
En esta oportunidad no se exigirá garantía de seriedad de la oferta.
IV. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
La oferta debe ser pura y simple, realizadas conforme se señala en estas bases y en los anexos dispuestos para ello, no siendo consideradas aquellas ofertas realizadas en formularios o documentos no incluidos en este proceso de adquisición.
Los antecedentes administrativos, económicos y técnicos serán presentados en archivos separados, dentro de los campos que dispone el portal www.mercadopublico.cl. Será de exclusiva responsabilidad del oferente, la calidad de la información adjuntada, en cuanto al correcto desarrollo de cálculos aritméticos, claridad en la digitalización de los documentos y los antecedentes mínimos solicitados.
Sólo se considerarán en el proceso de licitación, las propuestas y documentos anexos presentados a través del portal www.mercadopublico.cl.
De existir discrepancia entre la oferta del sistema con el anexo económico N°1, se considerará la oferta presentada por el formulario N°1 “Antecedentes de Evaluación”.
Se deja expresa constancia que todas las observaciones expresadas en la oferta que limiten condicionen y/o restrinjan algunos de los términos y/o condiciones solicitadas en las bases serán declaradas inadmisibles.
Los oferentes deberán completar y adjuntar los siguientes anexos:
A. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
-ANEXO N.°2A o 2B, Declaración Jurada Simple Persona Jurídica o Natural: Los proponentes, persona jurídica o natural, respectivamente, deberán presentar una declaración jurada simple, en la cual conste que no se encuentran inhabilitados para contratar con el Ejército, conforme al formato y contenido del anexo adjunto.
- ANEXO N.°3 IDENTIFICACIÓN Y COORDINADOR DEL OFERENTE
La SJZ CMT Coyhaique, podrá solicitar al proveedor que acredite fehacientemente la dirección de su Sucursal, si la Institución detectare falta de veracidad en la dirección, ello será causal de descalificación del proceso de licitación
- ANEXO N.°4 DECLARACIÓN DE PACTO DE INTEGRIDAD:
Los oferentes que participen en este proceso deberán presentar una declaración jurada en donde se certifique que la empresa posee “Programas de Integridad” y que este programa sea conocido por su personal. Las empresas que presenten la señalada declaración deberán demostrar el cumplimiento de ésta. Para que el proveedor obtenga el puntaje por este criterio, se requiere de la presentación de documentación o antecedentes que respalden la existencia y conocimiento efectivo del programa de integridad. La documentación adjunta deberá proporcionar evidencia clara de la implementación y conciencia del personal respecto al programa de integridad de la empresa. (Véase anexos N.°4)
B. ANTECEDENTES TÉCNICOS -FICHAS TÉCNICAS:
Los proponentes deberán adjuntar, en formato PDF, los antecedentes o documentos que verifiquen lo solicitado en las respectivas bases técnicas, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital al anexo del Portal que corresponda. El formato digital debe ser de uso común (JPG, PDF, Word, Excel, etc.), y el oferente será el único responsable de la legibilidad en el portal electrónico. Además, el nombre que le asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido de este.
C. ANTECEDENTES DE EVALUACIÓN
- ANEXO N.°1 Antecedentes de Evaluación: Los proponentes deberán completar y adjuntar el anexo respectivo en el cual se señalan los antecedentes con los cuales se evaluarán y diferenciarán las ofertas, y los antecedentes económicos y comerciales que regirán la contratación.
Por tratarse de un requisito esencial, de no ser adjuntado y completado dicho anexo en su totalidad, la oferta será declarada inadmisible.
V. PLAZO DE VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán mantener su vigencia por un plazo mínimo de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
VI. CARACTERÍSTICAS DEL REQUERIMIENTO
Conforme a Bases Técnicas.
VII. APERTURA DE LAS OFERTAS
El proceso de apertura se realizará en una etapa, en la fecha y hora señalada en “Cronograma del proceso de licitación” de estas bases.
Primeramente, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos en las letras A, B y C del punto IV, examinando el contenido de éstos y desestimando aquellas ofertas que no den cumplimiento a las características y condiciones impuestas en estas bases, sin perjuicio de lo señalado en el punto X de estas bases administrativas.
A los oferentes que den cumplimiento a lo señalado precedentemente, se les evaluarán los antecedentes comerciales y económicos a través de la aplicación de la metodología de evaluación definida en el punto XI.
Los proponentes podrán formular observaciones a la apertura dentro de las veinticuatro horas siguientes al inicio de la misma, a través de la opción dispuesta para tal efecto en el sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por el Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” dentro del plazo de cinco días hábiles.
VIII. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS SIMULTÁNEAS DE PROVEEDORES DEL MISMO GRUPO EMPRASARIAL O RELACIONADAS ENTRE SI.
Se declarará inadmisible una o más ofertas, cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta ,+as conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases. Y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, según lo señalado en el Artículo 60° del Decreto N°661 de Reglamento de la Ley de Compras
IX. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
La entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si se determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto, las ofertas presentadas corresponden a formatos tipos estandarizados, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, lo que daría cuenta de la falta de seriedad de las ofertas formuladas en el marco de este proceso de licitación.
Se considerará que la justificación presentada por el proveedor no es suficiente sí está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde la perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el precio ofertado es el resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneren la libre competencia.
Para declarar inadmisible la SJZ CMT “Coyhaique” dará cumplimiento a los señalado en el Artículo 61° del reglamento la ley N.°19.886.
X. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS EN LA EVALUACIÓN
La SJZ CMT “Coyhaique” podrá solicitar a los oferentes que solucionen errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios o desatenciones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl., “Foro Inverso” para el ID en cuestión.
Asimismo, la SJZ CMT “Coyhaique” permitirá la presentación de certificaciones y/o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones y/o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para lo anterior, los oferentes contarán con un plazo máximo de veinticuatro horas para corregir tales omisiones, contadas desde realizada la solicitud por parte de la SJZ CMT “Coyhaique” a través de la opción “Foro Inverso” para el ID en cuestión en el sistema de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.
Con todo, la SJZ CMT “Coyhaique” asignará una variable de evaluación relacionada al cumplimiento de los requisitos formales “Cumplimiento formal de bases”, asignando mayor puntaje a aquellos oferentes que den cumplimiento oportuno en la presentación de antecedentes del presente proceso, es decir, dentro del plazo de recepción de ofertas.
XI. EVALUACIÓN
Las variables de decisión tienen por objeto diferenciar entre aquellas ofertas que den cumplimiento a los requisitos mínimos, esto es, cumplimiento administrativo y de especificaciones técnicas. Dicha diferenciación, se regirá estrictamente a las variables de decisión y metodología de evaluación definida en estas Bases.
A. PRECIO (40%)
La evaluación económica se realizará sobre la base de todos los costos asociados de los productos requeridos, así como para comparar objetiva y cuantitativamente las ofertas, se utilizará la siguiente fórmula:
La parte económica se evaluará conforme a la siguiente fórmula:
Pj = Xi / Xj x 40
Donde:
Pj = Precio oferente
=Constante=Menor valor ofertado
=Valor ofertado por el proveedor “j”
40= Escala de puntaje 0 - 40
Lo anterior implica que se evaluará la variable respecto del valor mínimo registrado del total de propuestas, disminuyendo el puntaje de un oferente en la medida que éste se aleje del valor mínimo.
B. MATERIA DE ALTO IMPACTO SOCIAL (35%)
Se evaluará a los proveedores que cuenten con un Taller mecánico establecido en Coyhaique, con el objeto de impulsar el desarrollo regional y se comprobará a través de la ficha del proveedor en www.mercadopublico.cl, lo que se indique en el Anexo N°3 o cualquier documento que lo acredite y se evaluará conforme a los siguientes parámetros:
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PARÁMETROS (p)
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CALIFICACIÓN (y)
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|
-Proveedor cuenta con Taller mecánico en Coyhaique
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100
|
|
-Proveedor cuenta con Taller mecánico en otra región o no demuestra la dirección de la sucursal
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0
|
Luego:
Kaj = y x 0,35, donde
Donde:
Kaj = Puntaje en la variable del oferente j
y = Calificación obtenida según puntaje de aj
aj = Cumplimiento del oferente j
0,35 = Escala de puntaje 0 – 35
C. PROGRAMA DE INTEGRIDAD (15 %)
Los oferentes que participen en este proceso deberán presentar una declaración jurada en donde se certifique que la empresa posee “Programas de Integridad” y que este programa sea conocido por su personal. Las empresas que presenten la señalada declaración deberán demostrar el cumplimiento de ésta. Para que el proveedor obtenga el puntaje por este criterio, se requiere de la presentación de documentación o antecedentes que respalden la existencia y conocimiento efectivo del programa de integridad. La documentación adjunta deberá proporcionar evidencia clara de la implementación y conciencia del personal respecto al programa de integridad de la empresa. (Véase anexos N.°4).
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PARÁMETROS (p)
|
CALIFICACIÓN (y)
|
|
Cumple con el Programa de Integridad
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100
|
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No cumple con el Programa de Integridad
|
0
|
Luego:
𝑘b𝐽= 𝑦×0,15
Donde:
kbj = Puntaje en la variable del oferente j.
y = Calificación obtenida según puntaje de yj.
bj = Cumplimiento del oferente j.
0,15 = Escala de puntaje de 0 - 15.
Se evaluará conforme a los antecedentes que adjunte el proveedor en su oferta
D. CUMPLIMIENTO FORMAL DE BASES (10 %)
Conforme a los señalado en el Artículo 56° del Reglamento de la Ley N°19.886 y sin perjuicio de lo indicado en Bases de Licitación, se evaluará el Cumplimiento Formal de las mismas, según la siguiente clasificación:
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PARÁMETROS
(p)
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CALIFICACIÓN
(y)
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|
Cumple 100% con lo solicitado
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100
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Cumple parcialmente con lo solicitado
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50
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No cumple con lo solicitado
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0
|
- Se entenderá que cumple con el 100% con lo solicitado cuando el oferente adjunte la totalidad de lo requerido al momento de la apertura.
- Se entenderá como “Cumple parcialmente”, cuando no adjunte la totalidad de lo requerido o cuando entregue dichos antecedentes en forma tardía solicitados en la aclaración de las ofertas, en conformidad a lo establecido en las presentes bases.
- Se entenderá como “No cumple”, cuando habiendo solicitado el antecedente, éste no es remitido a través del “Foro Inverso”, en conformidad a lo establecido en estas bases administrativas.
Luego:
Kcj = y x 0,10
Donde:
Kcj = Puntaje en la variable del oferente j.
y = Calificación obtenida según puntaje de dj.
cj = Cumplimiento del oferente j.
0,10 = Escala de puntaje de 0 - 10.
E. PUNTAJE FINAL
Finalmente, el puntaje total obtenido por cada oferente estará dado por la sumatoria de los productos entre las calificaciones de cada variable y su respectiva ponderación, como se demuestra en el siguiente cuadro:
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VARIABLES (i)
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%
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Precio
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40
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Materia de Alto Impacto Social
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35
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Programa de Integridad
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15
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Cumplimiento Formal de Bases
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10
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TOTAL PUNTAJE
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100
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F. RESOLUCIÓN DE EMPATE
De existir igualdad de puntaje entre dos o más oferentes, se diferenciará al oferente mejor evaluado a partir del mayor puntaje en cada una de las variables de decisión impuestas, siendo mejor evaluado el que obtenga mayor puntaje según el orden de preeminencia de los criterios de evaluación señalados en estas bases, analizando los resultados desde el criterio precio y en el mismo orden señalado en los números precedentes hasta la variable “Cumplimiento formal de Bases”, hasta encontrar la primera que genere la desigualdad, es decir, si dos oferentes, A y B, mantienen igualdad en el puntaje total, mantienen la misma calificación en “Precio” (Primera variable), “Materia de Alto Impacto Social” (Segunda variable), “Programa de Integridad” (Tercera variable) pero A obtiene mayor puntaje en la variable “Cumplimiento Formal de Bases” (Cuarta variable), ésta será la oferta adjudicada, de seguir con la igualdad, será la primera oferta ingresada al portal la adjudicada.
XII. ADJUDICACIÓN
La SJZ CMT “Coyhaique” adjudicará al Proponente que hayan obtenido el mayor puntaje en la evaluación final, de acuerdo con los criterios contemplados en estas Bases, adjudicando la propuesta mediante resolución fundada a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl, a la cual se le adjuntará la matriz de evaluación.
De no concretarse la adjudicación en el plazo establecido en “Etapas y Plazos” del formulario de bases del sistema de información, la SJZ CMT “Coyhaique” establecerá una nueva fecha para el efecto, la cual será informada mediante resolución fundada a través de www.mercadopublico.cl, para el ID en cuestión, al momento de cumplirse el primer plazo.
Asimismo, la SJZ CMT “Coyhaique” declarará “Inadmisible” cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, o que sobrepasen en suma el monto estimado para esta adquisición, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo con lo establecido en estas bases.
De igual forma, declarará “Desierta” la presente licitación si no se presentasen ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes para sus intereses, en virtud del artículo 62º del Reglamento de la ley N.º 19.886.
XIII. OTRAS CONDICIONES CONTRACTUALES
A. INSCRIPCIÓN EN www.chileproveedores.cl.
Conforme se define el artículo 120° del Reglamento de la Ley N.º 19.886, “podrán contratar con las Entidades, los proveedores que acrediten su situación financiera y técnica. Los Oferentes acreditarán su situación financiera y técnica a través de su inscripción en el Registro de proveedores”.
El proveedor debe contar con un giro económico o comercial concerniente al bien o servicio a adquirir.
Los proveedores que participen en la presente licitación deben estar inscritos y en estado hábil en el registro de proveedores de acuerdo a lo establecido en el artículo N.°4 de la Ley N.°19.886.
B. FACULTAD DE READJUDICAR
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra, la SJZ CMT “Coyhaique” podrá dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicando al oferente que le seguía en puntaje dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación.
C. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Se formalizará con la emisión de la orden de compra. En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, la SJZ CMT “Coyhaique” podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
D. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
No se exigirá garantías
E. FORMA DE PAGO
Los pagos al proveedor o proveedores por los bienes adquiridos por la SJZ CMT “Coyhaique” deberá efectuarse por ésta dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
En caso de que el documento antes señalado presente errores u omisiones ya sea de forma o fondo, implicará su devolución y que el plazo antes señalado se computará a partir de la fecha de la entrega correcta de la nueva factura.
Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la SJZ CMT “Coyhaique” registre en el sistema de información lo siguiente:
a) La entrega de los bienes, por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra.
b) La recepción conforme de los bienes adquiridos, por parte del requirente o administrador del contrato.
Si no hubiese conformidad con los bienes adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
El pago por los bienes y todos sus costos asociados, se hará efectivo por los bienes recepcionados conforme, para ello, la SJZ CMT “Coyhaique” emitirá la correspondiente Acta de Recepción, quedando una copia en PDF en el portal www.mercadopublico.cl.
Cabe precisar que antes de ser informada el Documento Tributario Electrónico (DTE) en el Servicio de Impuestos Internos (SII), el proveedor deberá haber realizado la entrega de los bienes con sus respectivas recepciones conforme. Una vez informado el DTE en el SII, por parte del proveedor, la SJZ CMT Coyhaique podrá Aceptar o Rechazará el documento en cuestión en un plazo de 8 días corridos.
Los datos de facturación deberán ser conforme a lo siguiente:
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RAZÓN SOCIAL
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Ejército de Chile-Cuerpo Militar del Trabajo
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RUT
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61.101.037-0
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DIRECCIÓN DE FACTURACIÓN
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General Parra N.°102
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COMUNA
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Coyhaique
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GIRO
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Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril
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F. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato comenzará su vigencia a partir de la emisión de la orden de compra hasta la recepción del servicio de acuerdo al plazo de entrega ofertado.
En caso de producirse atraso en la entrega, ya sea por fuerza mayor o caso fortuito, o por causas no imputable al proveedor, la ampliación del plazo, será establecida de mutuo acuerdo entre las partes y aprobada mediante resolución fundada totalmente tramitada.
Por lo anterior, el proveedor deberá notificar, a través del administrador del contrato, en un plazo máximo de 2 días hábiles desde ocurrido el caso fortuito, las circunstancias que fundamentan la situación, adjuntando todos los antecedentes que respalden la solicitud, la cual será resuelta por el Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” conforme a derecho.
G. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá nombrar un encargado o administrador para la ejecución del mismo, quien tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:
- Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del servicio.
- Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.
Todo cambio posterior relativo a esta designación deberá ser informado al Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” por el representante legal, a más tardar dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de efectuado.
H. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL CMT
Dicha función será ejercida por el CB1. CESAR SALAZAR BIGORENA, correo electrónico cesar.salazar@ejercito.cl, administrador de este contrato, o por quien lo remplace o subrogue, el cual realizará las siguientes funciones:
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el contrato para el oportuno cumplimiento del mismo, entendiendo como tales la coordinación del servicio, cumplimiento de los plazos de entrega, verificar la aplicación de multas, verificar y validar documentación para el pago, seguimiento al proceso de pago hasta que se haga efectivo.
- Atender las inquietudes y consultas del proveedor.
- Tramitar la realización del bien o servicio.
- Tramitar los certificados de la recepción de los bienes al Escalón Mercado Publico.
- Tramitar las facturas al Escalón Finanzas teniendo en consideración que el ciclo de pago termina con el pago del mismo.
- Las demás que le encomienden las presentes bases administrativas y técnicas.
- Informar por escrito al Jefe Administrativo el incumplimiento de contrato para realizar la notificación por el cobro de multa, si correspondiera.
I. CESIÓN
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento N.º 661 de la ley de Compras el proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
J. DE LA SUBCONTRATACIÓN
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento N.º 661 de la Ley de Compras el proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio, que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado. Por tanto, los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, su importe y nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:
a) Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista.
b) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato, salvo que las Bases de licitación establezcan un porcentaje mayor por razones fundadas.
c) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.
d) Si el subcontratista se encuentra en algunas de las incompatibilidades para ser contratado por la entidad pública a que se refiere el artículo 35 quater de la ley de compras.
El proveedor principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso, de un cambio en la identidad de un subcontratista, el proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en los puntos anteriores.
Sin perjuicio de lo anterior, será el adjudicatario el que mantendrá la responsabilidad ante el CMT por la calidad, contenido y oportunidad del suministro adquirido, como también por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por el adjudicatario.
Asimismo, toda comunicación oficial del CMT se realizará con el adjudicatario.
K. NOTIFICACIÓN
Los proveedores deberán fijar a través del sistema de información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medida aplicadas por incumplimientos contractuales. Es responsabilidad de los proveedores mantener las direcciones de correo electrónico actualizadas e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras. Lo anterior conforme al art. 140 del Reglamento de ley de compras.
L. MULTAS
El adjudicatario podrá ser sancionado por la SJZ CMT “Coyhaique” el pago de multas por el atraso en la entrega de los bienes como sigue:
- MULTAS POR ATRASOS
Si el proveedor incurriese en atraso en la entrega y, por tanto, no entregase los productos dentro del plazo ofertado, el Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” sancionará dicha falta con una multa equivalente al 2% (dos por ciento) del monto total neto de los productos entregados en forma tardía, por cada día hábil de atraso, contados desde el día siguiente de la fecha de emisión de la orden de compra, hasta la fecha efectiva de la misma registrada en el Acta de Recepción.
La fecha de la entrega sólo será válida con la firma del “Acta de Recepción”, por tanto, si ésta es rechazada y sobrepasa el plazo estipulado en la oferta, se aplicará la multa antes señalada.
Dichas multas serán aplicadas hasta un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles.
Con todo, si el atraso supera los 15 días hábiles, ya sea, parcial o por el total de una orden de compra emitida, sin que acredite fehacientemente causal de fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del código civil, calificado como tal, el Jefe de la SJZ CMT podrá dar resuelto el contrato por incumplimiento, mediante resolución administrativa.
2. PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTA
a) Detectada una situación que amerite la aplicación de multa por parte del funcionario responsable, la SJZ CMT “Coyhaique”, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por correo electrónico registrado a través del sistema de información, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva.
b) A contar del día hábil siguiente del envío del correo electrónico, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c) Vencido el plazo indicado en el punto anterior sin que hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”.
d) Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor mediante correo electrónico.
e) Notificada la resolución señalada en el punto precedente, el proveedor sancionado pagará la multa aplicada, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la notificación, mediante la emisión de un vale vista a nombre del CMT o transferencia bancaria.
f) Con todo, se respetarán los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, por lo cual a su vez serán procedentes los recursos administrativos en contra de la pertinente resolución, lo anterior en conformidad a lo establecido en el artículo 137 del Decreto N.° 661.
M. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Sin perjuicio de las acciones y derechos que correspondan al CMT de conformidad al ordenamiento jurídico en caso de incumplimiento del proveedor, se podrá ejercer la facultad de dar por terminado anticipadamente el contrato, si el proveedor incurre en alguna de las situaciones señaladas en el artículo 130° del Reglamento de la Ley N.°19.886 y en particular las que se describen a continuación:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, como por ejemplo incumplimiento de la normativa, la no entrega de los bienes, incumplimiento de las especificaciones técnicas, negligencia grave (culpa lata), entre otras de similar naturaleza.
d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactado, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 13 de la ley 19.886 y artículo 129° de su reglamento. En tal caso, la SJZ CMT “Coyhaique” sólo pagará el precio por los bienes que efectivamente se hubieren entregado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, como así mismo se procederá a que se apliquen las medidas en su compra establecidas en el artículo 13 ter de la ley 19.886 y artículo 135 de su reglamento
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f) Por exigencia del mandante (MOP) ante una situación justificada
g) Si las multas por atrasos superan un plazo máximo de hasta 15 (quince) días hábiles, ya sea, parcial o por el total de una orden de compra emitida.
N. MODIFICACIONES AL CONTRATO
Si durante la ejecución del contrato ocurriesen circunstancias externas de tipo técnica, de personal, económicas, sociales, ambientales u otras de semejante naturaleza que ameriten una modificación debidamente justificada, las partes de común acuerdo, podrán modificar el contrato correspondiente por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, formara parte integrante del respectivo contrato. En ningún caso la modificación podrá alterar la naturaleza del objeto de éste, tampoco podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad de los oferentes y equilibrio financiero del contrato así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del valor total del respectivo contrato, conforme al artículo 13 de la ley de Compras y el 129° del reglamento de la Ley N.°19.886, para lo cual deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente. Toda modificación al contrato deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo.
O. PROCEDIMIENTO PARA EL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
- Detectada una situación que amerite el término anticipado del contrato, conforme a lo señalado precedentemente en las bases administrativas de licitación, el administrador del respectivo contrato notificará inmediatamente de ello al proveedor, por correo electrónico informado en el sistema de información, informándole sobre el término anticipado y los hechos en que aquello se fundamenta.
- A contar del día hábil siguiente del envío del respectivo correo electrónico, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
- Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se dará el correspondiente término anticipado del contrato por medio de una resolución fundada por parte del Jefe de la Sub Jefatura Zonal CMT “Coyhaique”.
- Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecidos para estos efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT, el cual deberá detallarse los fundamentos que determinan el término anticipado del contrato. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor mediante correo electrónico
- Notificada la resolución señalada en el punto precedente al proveedor, la SJZ CMT hará el cobro de la Garantía del fiel y oportuno cumplimiento, si la hubiese, solo si la causal de término anticipado es imputable al proveedor.
P. SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Para estos efectos, la SJZ CMT, al momento del pago exigirá al adjudicatario que acredite el cumplimiento total y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales con su personal en los periodos señalados precedentemente a través de un Certificado de Antecedentes laborales emitido por la Dirección del Trabajo.
Q. OTRAS CONDICIONES
- Queda entendido que, toda empresa o persona natural que se presente a esta propuesta pública conoce estas bases administrativas y técnicas, y acepta sus términos y condiciones.
BASES TÉCNICAS PARA EL ID 3540-8-LE26, PARA EL SERVICIO DE MANTENCIÓN DE BULLDOZER JOHN DEERE, CON VISITA A TERRENO DE ESTA SUBJEFATURA CMT “COYHAIQUE, para ESTA SUB-JEFATURA CMT “COYHAIQUE
I. INTRODUCCION
Con el objeto de mantener las maquinas en funcionamiento, el personal especialista de la SJZ CMT Coyhaique, realizó la revisión del Bulldozer John Deere EJTO-1416, determinando que es necesario realizar el servicio de mantención y reparación de varios elementos, para dejar operacional dicho activo, para ello, se debe realizar una visita a terreno con el objeto de verificar el servicio a realizar.
Por todo lo anterior, es que se requiere realizar el Servicio de mantención de Bulldozer John Deere, con visita a terreno, con cargo a los convenios vigentes, siendo los requisitos mínimos los siguientes:
II. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO
Características conforme a Anexo N°1 “Antecedentes de Evaluación”
Debe asistir a VISITA A TERRENO para evaluación del servicio, el 21ENE2026 desde las 9:00 horas con 15 minutos de espera, en el taller de mantenimiento ubicado en el Kilómetro 0.5 Camino Aysén – Coyhaique, para verificar el servicio a realizar y ofertar en el sistema, se debe incluir la mano de obra e insumos a utilizar.
Debe contar con Taller en Coyhaique, en casos de proveedores de fuera de la región deberán demostrar fehacientemente el arrendamiento del respectivo taller, a través de documentos debidamente legalizados.
El Servicio deberá contar con garantía.
Los trabajos se deben realizar en el Taller del proveedor.
El proveedor deberá trasladar el activo hasta su taller de mantenimiento.
Todos los costos (repuestos, mano de obra, etc.) deberán están incluidos en el valor del servicio.
El monto de la oferta, deben ser en pesos chilenos.
III. ENTREGA DEL ACTIVO
Para la realización del servicio, la SJZ CMT “Coyhaique” deberá hacer entrega del activo mediante la respectiva acta con el objeto de ser recibido por el oferente para la realización de los trabajos.
IV. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
Se entenderá por plazo de entrega a la recepción del servicio ofertado, contados desde el día siguiente de la fecha de emisión de la orden de compra, hasta el día de recepción conforme, ambas fechas inclusive.
El servicio deberá ser recepcionado contra orden de compra Aceptada, asociada a la respectiva licitación en un plazo no mayor a los 20 días hábiles, se deberá entregar en las bodegas del CMT Coyhaique, región de Aysén, ubicadas a la salida de Coyhaique, camino a Pto. Aysén Km 0,5, o donde lo indique el proveedor en su oferta, siempre y cuando este sea de Coyhaique, en coordinación con el encargado de la compra.
El horario para entrega del servicio será de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hrs
El Servicio que no cumplan según lo requerido no serán recepcionados y deberán considerar los costos por la devolución con cargo al OFERENTE