Responsabilidad del contratante y del organismo ejecutor |
El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago queda liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables al adjudicatario, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del Contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
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Confidencialidad y propiedad de los documentos y productos |
Todos los resultados intelectuales o materiales, sea que estén en soporte material, electrónico u otros, que el proveedor desarrolle con ocasión de los servicios contratados, tales como informes, bases de datos, procedimientos, modelos, diagramas u otros, y sin que la enumeración sea taxativa, serán de propiedad del Gobierno Regional Metropolitano, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin perjuicio de la eventual aplicación de la normativa sobre protección de datos personales y secreto estadístico, no pudiendo por ende el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, sin la autorización previa, expresa y escrita del Gobierno Regional Metropolitano. Dicha autorización no implicará, salvo que se señale específicamente, el licenciamiento del derecho de autor o ningún otro derecho.
Además de las obligaciones que emanan de la naturaleza del contrato, el proveedor estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información a ninguna otra parte, relacionada o no, tanto durante la vigencia del contrato como después de su terminación, e instruir de ello a su personal, que se desempeñe en cualquier calidad jurídica. Con todo, no será considerada información confidencial la que al inicio del contrato era considerada de dominio público, o que con posterioridad pase a serlo, sin intervención de las partes.
En caso de incumplimiento de la citada obligación, se establece de consuno como evaluación anticipada de los perjuicios el monto total que el proveedor hubiera recibido por concepto de la ejecución del contrato, debidamente reajustado.
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