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LEGALES PARA OFERTAR |
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No se exigirán antecedentes legales para ofertar más que los exigidos en el Punto 4. Sin embargo, el oferente que se adjudique una o más líneas de esta licitación pública deberá estar inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, en el portal www.chileproveedores.cl, o deberá inscribirse en caso de que no lo esté en un plazo no superior a 5 días contados desde la fecha de adjudicación, de no inscribirse en el plazo indicado, se re adjudicará la o las líneas de la presente licitación a la persona natural o jurídica que haya obtenido el segundo mejor puntaje de la evaluación.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN. |
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La Licitación Pública será adjudicada al oferente que presente la oferta que resulte más conveniente desde el punto de vista técnico, presupuestario y logístico. Los antecedentes a evaluar deberán estar contenidos en los “documentos técnicos”, que suministre el oferente para participar en el proceso de evaluación. Los criterios de evaluación y sus respectivos puntajes se describen a continuación:
Cuadro 1. Criterios de evaluación de la licitación
ITEM CRITERIO PUNTAJE PONDERACIÓN
Criterios Técnicos 60%
1. Oferente (personas naturales o jurídicas)
(40%) N° de estudios técnicos aprobados por CONAF y presentados por el o la profesional Ingeniero(a) Forestal relacionados a manejo de bosque nativo como Planes de Manejo, Normas de Manejo o Informes de Acreditación de Actividades Bonificables. Más de 50 estudios técnicos 100 10%
Más de 30 y hasta 50 estudios técnicos 75
Más de 10 y hasta 30 estudios técnicos 50
Hasta 10 estudios técnicos 25
No posee experiencia acreditable 0
Experiencia acreditable del o la profesional Ingeniero(a) Forestal en asistencia técnica o supervisión/fiscalización de actividades de manejo sustentable de bosque nativo. Más de 15 años 100 15%
Más de 10 años y hasta 15 años 75
Más de 5 años y hasta 10 años 50
Hasta 5 años 25
No posee experiencia acreditable 0
Detalle de experiencia acreditable de la empresa oferente en ejecución de faenas de manejo sustentable en bosque nativo Más de 15 años 100 15%
Más de 10 años y hasta 15 años 75
Más de 5 años y hasta 10 años 50
Hasta 5 años 25
No posee experiencia acreditable 0
2. Generación de empleo local (20%)
Dirección comercial de la empresa o proveedor oferente La empresa o proveedor tiene domicilio comercial en una de las comunas en donde se ejecutarán las faenas. 100 5%
La empresa o proveedor tiene domicilio comercial en otra comuna de la región de La Araucanía. 60
La empresa o proveedor tiene domicilio comercial en otra región del país. 30
Nº de personas a contratar en la provincia vinculada a la presente licitación (Anexo 6). Más de 15 personas de la provincia 100 5%
Entre 10 y 15 personas de la provincia. 75
Entre 6 a 9 personas de la provincia. 50
Entre 1 a 5 personas de la provincia. 25
No efectuará contratación de personas de la provincia 0
Sueldo base trabajadores/as (Anexo 6) La propuesta de sueldo bruto imponible de la plantilla excede el sueldo bruto mínimo legal en más de un 20% 100 10%
La propuesta de sueldo bruto imponible de la plantilla excede el sueldo bruto mínimo legal en un rango de más de un 10% y hasta un 20% 75
La propuesta de sueldo bruto imponible de la plantilla excede el sueldo bruto mínimo legal en hasta un 10% 50
La propuesta de sueldo bruto imponible de la plantilla excede el sueldo bruto mínimo legal es igual al sueldo mínimo legal 0
Criterio Económico 35%
1. En base al método del análisis del mínimo costo Puntaje económico = (Oferta Mínima*100) / Oferta en Evaluación) 35%
Criterio Administrativo 5%
2. Presentación de toda la documentación al momento de la apertura. Sí presenta 100 5%
Presenta después 10
No presenta No se evalúa
TOTAL 100%
6.1 Evaluación de la oferta técnica.
Se evaluará su experiencia y desempeño acreditable de la empresa en trabajos relacionados con las actividades que se han descrito en esta licitación. Todos los antecedentes que se declaren podrán ser requeridos para su corroboración.
Se tendrá en cuenta la experiencia acreditable del oferente de acuerdo a Anexo 3 y lo establecido en Bases técnicas, con detalle en la tabla de cálculo correspondiente mediante declaración jurada simple y certificaciones relacionadas a lo solicitado en el mismo anexo y que corresponden a contratos y/o respectivos finiquitos de contrato u órdenes de compra y documentos tributarios relacionados a ellas, que acrediten la experiencia y detallen explícitamente las faenas en los cuales se prestaron los servicios. No se admitirá otro tipo de documentación, salvo lo referido al o la Profesional Ingeniero(a) Forestal.
El proveedor deberá completar, firmar y entregar los anexos y certificaciones exigidas tal como es solicitado expresamente en las presentes bases. No se admitirán otros formatos.
Así mismo una variable de interés es la generación de empleo en el territorio en donde se desarrollarán las actividades y la reactivación económica local
Todos los anexos deben completarse de manera íntegra, indicando toda la información que se solicita para cada ítem y acompañar todos los documentos que los acrediten. De existir antecedentes incompletos, éstos podrán ser incluidos mediante Foro inverso, de persistir la carencia de antecedentes, la oferta no será evaluada y se declararás inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
Personal de CONAF verificará en terreno el cumplimiento de la oferta adjudicada durante todo el proceso de faenas y hasta su cierre, en relación con la efectiva contratación de mano de obra local informada en su oferta y otros compromisos declarados.
6.2 Oferta Económica.
Se deberá presentar el Formulario de oferta económica vía portal Mercado Público, expresado en moneda nacional y no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible para esta contratación. El valor indicado en el portal deberá ser expresado en valor neto sin considerar los respectivos impuestos (IVA en el caso de uso de factura o el porcentaje de retención de impuestos en caso de uso de boleta de honorarios)
CONAF aplicará el método del “Análisis del Mínimo Costo”, donde se considera la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente fórmula:
Puntaje económico = OM x100
OE
Dónde:
OM: Valor de la oferta mínima
OE: Valor de la oferta en evaluación
6.3 Cumplimiento de Antecedentes y Requisitos.
En este criterio se asignará puntaje de acuerdo con la siguiente escala:
• Presenta todos los antecedentes y requisitos solicitados en las bases: 100 puntos
• Presenta todos los documentos y requisitos solicitados en las bases, pero parte de ellos entregados vía FORO posterior a la fecha de cierre de la licitación: 10 puntos
• No presenta todos los documentos y requisitos solicitados en las bases aún después de haberse solicitado por FORO Inverso posterior a la fecha de cierre de la licitación: Oferta no se evalúa y se declara inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
6.4 Puntaje Final.
El puntaje final de la oferta evaluada estará constituido por la suma de los anteriores puntajes con su respectiva ponderación.
6.5 Resolución de empates.
Cabe señalar, en caso de igualdad de puntaje, se aplicarán los siguientes criterios en orden descendente:
• Mayor puntaje ponderado del ITEM 1 “Oferente (personas naturales o jurídicas)”.
• Menor oferta económica según ITEM 3. “Método del análisis del mínimo costo”.
• Mayor sueldo base trabajadores/as según ITEM 2 Generación de empleo local.
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PRODUCTOS Y MONTOS. |
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7.1 Montos y Duración Contrato.
Monto total : $13.300.000 Neto
Presupuesto total disponible referencial sin impuestos.
Fuente de financiamiento : Financiamiento Interno
Estimación en base a : Presupuesto referencial
Observaciones : Contrato de ejecución en el tiempo
Duración de Contrato : No podrá superar el 30 de septiembre de 2024, salvo caso fortuito o fuerza mayor ponderada debidamente por la unidad técnica de CONAF.
Forma y plazo de pago : El pago se realizará contra entrega de informes y la presentación del respectivo documento tributario, el que se pagará a 30 días.
Opciones de pago : Transferencia Electrónica por parte de Tesorería General de la República o por la Corporación Nacional Forestal.
Nombre de responsable de pago : Orlando Pichintines Sepúlveda, orlando.pichintines@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato : Omar Levet Cuminao, Jefe Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, CONAF, Región de La Araucanía, omar.levet@conaf.cl
Prohibición de subcontratación : Se permite subcontratación, pero se prohíbe ceder o transferir a cualquier título, parte o todo el contrato.
El valor indicado en el portal deberá ser expresado en valor neto.
Como se indica previamente, el término de las actividades técnicas o de terreno no podrá superar el 30 de septiembre de 2024, salvo que por disposición expresa de CONAF este plazo pueda ser prorrogado para el oportuno cumplimiento del contrato, previo anexo de contrato. La coordinación técnica de las labores del servicio estará radicada en el Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, sección Manejo Sustentable de Bosque Nativo, Corporación Nacional Forestal de la Región de La Araucanía, leonardo.balbontin@conaf.cl.
7.2 Forma de Pago.
Se hace presente que solo se pagarán las actividades y servicios expresamente contratados y efectivamente
recepcionados conforme según las especificaciones señaladas.
El precio total del contrato podrá disminuir en el evento de que una o más personas propietarias desistieren o se negaren a participar de las actividades señaladas en las presentes bases, aun cuando en primera instancia se hayan mostrado interesadas. Esta situación se considerará como caso fortuito, no siendo imputable a CONAF. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF hará los esfuerzos para el reemplazo del predio por otro de similares características, y de no ser posible, se procederá al descuento de las mismas por no haberse prestado los servicios.
El pago será en base a la recepción conforme de la actividad en tres diferentes etapas y sus respectivos informes de cumplimiento de todas las actividades estipuladas y acreditadas, los que se encuentran contenidos en el cuadro que se presenta a continuación:
Cuadro 2. Etapas de pago consideradas en la presente licitación.
Etapa Oportunidad Observaciones Pago
1 Plan de trabajo y gestión Plan de trabajo y gestión confeccionado por el adjudicatario y aprobado formalmente por el Jefe Provincial CONAF respectivo. 10 % del total adjudicado
2 Predio(s) terminados con todas sus actividades debidamente ejecutadas Entrega por parte del adjudicatario de un informe de avance que considere a aquellos predios terminados que cumplan con la ejecución de la totalidad de las actividades planificadas para ellos.
El informe debe ser recibido conforme por la contraparte (CONAF) según lo estipulado en el plan de trabajo y aprobado formalmente por el Jefe Provincial CONAF respectivo. X % del total adjudicado
El pago será en base a la recepción conforme de cada etapa, con sus respaldos correspondientes:
• Etapa 1 Plan de trabajo. Presentación del plan de trabajo en formato proporcionado por CONAF que contendrá en forma obligatoria a lo menos: un programa mensual de ejecución de las faenas, los profesionales o técnicos que apoyarán la gestión de faenas (Prevencionista, Ing. o Téc. Forestal), el número de supervisores de la empresa y número de cuadrillas para el cumplimiento de la superficie comprometida entre otros indicados por CONAF, entre otros.
• Etapa 2 Informe de avance. Presentación en formato proporcionado por CONAF + Archivo KML y Shapes por predio + Liquidaciones y cotizaciones de sueldos pagadas y firmadas por los trabajadores y que corresponden a la etapa terminada + Formulario F30 y F30-1 + Recepción conforme elementos de seguridad de parte de los trabajadores + Informe de cumplimiento por parte de CONAF por cada pago solicitado.
El pago lo realizará Tesorería General de la República o por la Corporación Nacional Forestal y se realizará en moneda nacional (pesos chilenos), dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
a) Aceptación de la Orden de Compra mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
b) Recepción conforme de los servicios contratados, la cual será efectuada por la contraparte técnica.
c) Emisión del documento tributario (Factura, boleta de honorarios): debe indicar en la sección “Referencias” el número completo de la Orden de Compra emitida por la Corporación. El documento tributario debe ser emitido con fecha posterior a la recepción conforme de los bienes contratados.
d) Informar datos bancarios de la empresa adjudicada.
El adjudicatario deberá encontrarse hábil en el Registro Electrónico de proveedores del Estado, denominado Chileproveedores.
Emitir documento tributario una vez recibido conforme los BB y/o SS a windte_dte@custodium.com, en el campo Folio de la Referencia de la Factura debe indicar claramente el ID de la Orden de Compra y publicar el archivo de intercambio dentro de 24 horas.
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NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTIAS |
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8.1 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Tipo de Documento: : Boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza y/o similares que aseguren el cobro de esta de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista e irrevocable, física y electrónicamente (cumpliendo Ley N°19.799)
Beneficiario: : Corporación Nacional Forestal, RUT. 61.313.000-4
Pagadera: : A la vista
Vigencia mínima: : Su vigencia mínima será el 26 de diciembre 2024
Monto: : Equivalente en pesos al 10% del precio total del contrato, incluido impuesto.
Glosa: : Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de “Marcación de Bosques para Manejo Forestal Sostenible, Provincia de Cautín”.
Forma y oportunidad de su restitución : Una vez que se haya firmado el finiquito de término del contrato y se haya cumplido de manera oportuna e íntegra el contrato.
La entrega de esta garantía se debe efectuar en forma presencial dentro de los 5 días hábiles siguientes de realizada la adjudicación por resolución y publicada en el portal de compras públicas. De no ser entregada dentro del plazo estipulado, se realizará una readjudicación al siguiente oferente mejor evaluado (con mayor puntaje).
Para la tramitación anterior, el documento debe venir en un sobre sellado. Dicho documento debe ser ingresado en Oficina de Partes de CONAF, calle Francisco Bilbao N°931 Pasillo D, Temuco, a nombre de CONAF, con alusión a la ID de la Licitación y el nombre de la Licitación.
La garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones y compromisos que se imponen al Adjudicatario y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores contratados pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa y por la sola voluntad de CONAF, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada. Será responsabilidad del Adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregarla en la forma solicitada y en el plazo establecido, como asimismo de mantenerla vigente.
El finiquito será firmado una vez que CONAF haya verificado la superficie y el cumplimiento íntegro y oportuno de todas las actividades y obligaciones contempladas en el contrato, las bases y en las ofertas adjudicadas.
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APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS. |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de compras del Estado y será efectuada en reunión presencial por:
- Titular: Jefe del Departamento de Administración y Finanzas Regional. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe de la Sección Bosque Manejo Sustentable del Nativo. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
Actuará como Ministro de Fe velando por la legalidad del proceso el Jefe de la Unidad Jurídica Regional, o quien lo subrogue o a quien se designe.
La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación; esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS RECIBIDAS. |
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Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta licitación serán evaluadas por una Comisión compuesta por los siguientes funcionarios:
- Titular: Jefe del Departamento de Administración y Finanzas Regional. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe Provincial respectivo. Suplente o quien lo subrogue o a quien se designe.
- Titular: Jefe de la Sección Manejo Sustentable de Bosque Nativo. Suplente: Quien lo subrogue o a quien se designe.
Actuará como Ministro de Fe velando por la legalidad del proceso el Jefe de la Unidad Jurídica Regional, o quien lo subrogue o a quien se designe.
La comisión deberá velar por la correcta aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en el Punto 6 de las presentes Bases.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO INVERSO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Cronograma de esta licitación (punto 3). Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la mencionada modalidad FORO de esta licitación en el mencionado portal de compras. No obstante lo anterior se podrá formular consultas básicas en la visita técnica programada.
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ERRORES U OMISIONES. |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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ADJUDICACIÓN DE ESTA LICITACIÓN. |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo con las Bases Administrativas y Técnicas y podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en éstas.
Podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
Esta licitación se adjudicará por línea a la oferta que obtenga el mayor puntaje, obtenido de la información que ingresen los oferentes, de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del reglamento de Compras Públicas, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación pública, declarando inadmisible el proceso.
Si es declarado desierto el proceso anterior, CONAF podrá realizar la contratación a través de la modalidad “trato directo”.
Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor, que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas, cuestión que será decidida y evaluada por CONAF.
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DOCUMENTOS QUE REGULAN LA OFERTA. |
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Esta licitación y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
• Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
• Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivado del procedimiento establecido en las Bases.
• La oferta técnica y la oferta económica del(los) oferente(s) adjudicado(s) (Anexo N° 4).
• Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas, si las hubiere.
• El reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo.
• Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
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MODIFICACIONES DE LAS BASES. |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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VIGENCIA DE LA OFERTA. |
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La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 30 días corridos a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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TÉRMINO ANTICIPADO DE LOS SERVICIOS. |
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La Corporación queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del servicio, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre a lo menos una de las causales que se señalan:
a. Mutuo acuerdo entre las partes
b. Si el Contratista fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
c. Si se disolviese la empresa adjudicataria.
d. Si se produjese cualquier incumplimiento o retraso en las de alguna de las obligaciones del adjudicatario.
e. Si el representante legal del adjudicado es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
f. Fallecimiento del representante legal del adjudicatario, que implique el término del giro de la sociedad o persona.
g. Si el Contratista no comenzare a prestar los servicios dentro de los 10 días después de haber suscrito el contrato.
h. La no entrega oportuna de la Garantía establecida en el Punto 8 de las presentes Bases.
i. Incumplimiento a la legislación laboral, de accidentes laborales, de cualquiera de las obligaciones para con sus trabajadores incluido el no pago de cotizaciones previsionales
j. Cualquier incumplimiento o trasgresión de la normativa ambiental o forestal.
Si se verificare a lo menos 1 de las siguientes causales: b, c, d, e, f, g, i, j se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato de manera administrativa y sin más trámite.
En todos los casos de procedencia de cobro de garantías, se procederá sin perjuicio de reservarse las acciones legales para perseguir todo tipo de responsabilidades e indemnizaciones en caso de que los daños sean superiores.
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MULTAS. |
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En caso de retraso o demora de los plazos definidos en el cronograma de trabajo fijado por CONAF en conjunto con el adjudicatario, se aplicará una multa equivalente a 1 UF por cada día de retraso. Se exceptúan razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificadas y calificadas así por CONAF, como condiciones climáticas, razones de violencia rural, tomas, ocupaciones ilegales, usurpaciones, manifestaciones políticas, cortes de camino u otras.
El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente de la fecha de entrega acordada en el cronograma. No serán admitidas a análisis, en ningún caso, justificaciones presentadas una vez producido el retraso, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso, proponiendo el nuevo plazo de entrega y fundando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo al mérito de los antecedentes que se presenten, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega de los Informes, o en su defecto no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
Monto máximo Cobro Multa
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto estimado del contrato.
El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación:
1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas.
2) El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de las multas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Director Regional, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden sus descargos. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de la Oficina Regional de CONAF.
4) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada.
5) Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional de CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
6) La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
7) La aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
8) En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
9) Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF.
10) La Directora Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
11) Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor.
Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
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CONSIDERACIONES GENERALES. |
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CONAF no considerará para ser evaluadas las ofertas que no acompañen los documentos o antecedentes solicitados ni aquellas cuyos contenidos no se ajusten a las exigencias establecidas en las Bases Técnicas y Administrativas.
El oferente adjudicatario asume la responsabilidad plena en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios y productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes bases.
En los casos en donde el proveedor(a) dentro del año calendario hubiera cumplido a cabalidad lo contemplado en su contrato, podrá evaluarse por parte del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos regional y en concordancia a la disponibilidad de recursos, la entrega de un suplemento presupuestario para el desarrollo de labores de la misma naturaleza contratada, cuyo monto no podrá superar el 30% de valor total del respectivo contrato considerando el valor adjudicado (art. 77 del reglamento de la Ley de Compras Públicas).
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MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION. |
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En caso de existir dudas después de la adjudicación, se deberá consultar a los correos electrónicos de claudio.tenorio@conaf.cl o mauricio.vasquez@conaf.cl serán respondidas por el mismo medio. Solo se responderán las consultas ingresadas hasta 48 horas (hábiles) a contar de la adjudicación.
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PACTO DE INTEGRIDAD. |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE LEYES SOCIALES. |
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Junto con la presentación de la factura o boleta, el prestador de servicios deberá acreditar ante CONAF, mediante documentación consistente en liquidaciones de pago de remuneraciones u honorarios, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores de su dependencia que han ejecutado labores en los servicios materia de esta licitación, por el periodo del cobro que está realizando.
22.1 Cláusula Ley subcontratación.
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato. Este documento, a su vez, será entregado por la Corporación al momento de contratar los servicios del adjudicatario.
La Corporación podrá solicitar al momento de la entrega del servicio y/o suscripción del contrato copia de los siguientes documentos, sin éstos tener el carácter de taxativos;
a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo.
b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
c) Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
d) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
e) Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
f) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
g) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.
h) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
i) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
j) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
k) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
22.2 Responsabilidad del proveedor.
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor conoce el territorio y sector en donde se ejecutarán las obras.
El proveedor está en conocimiento de las situaciones de violencia rural existentes en la región.
El proveedor será único responsable de cuidar y velar por sus propias herramientas y equipos de trabajo o vehículos.
El proveedor o adjudicatario será el responsable único y exclusivo por los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas. Es el único responsable de velar por el cumplimiento de la normativa ambiental y forestal, será responsable por el daño ambiental, por afectar alguno de los elementos o componentes del medio ambiente, por no tomar las medidas preventivas señaladas en las salvaguardas y por causar perjuicios en virtud de una mala aplicación de las mismas, todo ello en relación al Punto 23.5 de las presentes bases y Anexo Nº 5.
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ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE LEYES SOCIALES. |
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Junto con la presentación de la factura o boleta, el prestador de servicios deberá acreditar ante CONAF, mediante documentación consistente en liquidaciones de pago de remuneraciones u honorarios, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores de su dependencia que han ejecutado labores en los servicios materia de esta licitación, por el periodo del cobro que está realizando.
22.1 Cláusula Ley subcontratación.
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato. Este documento, a su vez, será entregado por la Corporación al momento de contratar los servicios del adjudicatario.
La Corporación podrá solicitar al momento de la entrega del servicio y/o suscripción del contrato copia de los siguientes documentos, sin éstos tener el carácter de taxativos;
a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo.
b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
c) Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
d) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
e) Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
f) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
g) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.
h) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
i) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
j) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
k) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
22.2 Responsabilidad del proveedor.
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor conoce el territorio y sector en donde se ejecutarán las obras.
El proveedor está en conocimiento de las situaciones de violencia rural existentes en la región.
El proveedor será único responsable de cuidar y velar por sus propias herramientas y equipos de trabajo o vehículos.
El proveedor o adjudicatario será el responsable único y exclusivo por los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas. Es el único responsable de velar por el cumplimiento de la normativa ambiental y forestal, será responsable por el daño ambiental, por afectar alguno de los elementos o componentes del medio ambiente, por no tomar las medidas preventivas señaladas en las salvaguardas y por causar perjuicios en virtud de una mala aplicación de las mismas, todo ello en relación al Punto 23.5 de las presentes bases y Anexo Nº 5.
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OTRAS CLÁUSULAS. |
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23.1 Cláusula prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.”
23.2 Principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
• Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
• Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
• Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
• En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.”
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