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CESIONES DE CREDITO O FACTORING |
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La Ilustre Municipalidad de Lampa, cumplirá con lo establecido en los contratos de Factoring, realizados por el adjudicatario, siempre y cuando se notifique oportunamente de dicho contrato a la Inspección Técnica del Servicio dentro de las 48 horas siguientes a su celebración y a la Dirección de Administración y Finanzas, departamento de contabilidad (departamento.contabilidad@lampa.cl y tesoreria@lampa.cl), quedando consignado en el pago y que el adjudicatario no tenga obligaciones o multas pendientes, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 126 y 127 del Reglamento de la Ley Nº 19886.
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RESOLUCION DE DESEMPATE |
En caso de haber un empate en el puntaje máximo final al aplicar la pauta de evaluación publicada, la Comisión Evaluadora deberá, sobre la base de condiciones objetivas, privilegiar los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden:
1° De presentarse una situación de empate se va a privilegiar la “Oferta Económica”.
2º En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Propuesta Técnica”.
3° Si continua esta situación, se establece como tercer mecanismo de adjudicación la “Experiencia de los Oferentes”.
4° De seguir la situación de empate, se establece como cuarto mecanismo de adjudicación la “Garantía Técnica”.
5° Si se mantiene la situación de empate, se contempla como quinto mecanismo de adjudicación la “Desarrollo Local ”.
Finalmente, de permanecer el empate, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero la oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual se corroborará con el “Comprobante de Ingreso de Oferta” que otorga dicho portal.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente este pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de la licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada como necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) No ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo de naturaleza y/o monto a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) No intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva en cualquiera de sus tipos de formas.
c) Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
d) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos derivasen.
f) Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir la misma en las condiciones y oportunidad ofertada.
h) Se obliga a tomar todas la medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumida y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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READJUDICACION |
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Si el adjudicatario de la presente licitación se desiste de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el Municipio podrá, dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, esto acorde a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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