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1.-
Nº Descripción Documento
1 Plazo de Entrega Anexo 3A
Los participantes podrán utilizar anexo N° 3A adjuntos en la plataforma www.mercadopublico.cl, el cual consiste en un documento en formato PDF en blanco dispuesto para que los oferentes indiquen las características técnicas del servicio ofertado que resulten pertinentes a la contratación requerida, o podrán adjuntar antecedentes propios con las descripciones atingentes a una Oferta Técnica.
La presentación de estos anexos antes del cierre del plazo de recepción de las ofertas es obligatoria. Por tanto, las ofertas que no lo adjunten, será rechazadas en la etapa de apertura. En caso de recibirse documentos blanco, sin ningún tipo de contenido visible, se entenderá que el proveedor no ha cumplido con la exigencia establecida, por lo que la oferta será declarada inadmisible
7.3. Documentos Económicos
Nº Descripción Documento
1 Oferta Económica Anexo 4 A
Los oferentes deberán presentar su oferta económica por productos en pesos chilenos (CLP)
Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que ocasionen la ejecución de la contratación y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Cuando existan ofertas con precios anormales o desproporcionados, en atención a su valor unitario excesivamente bajo, comparados con las demás propuestas que hayan sido aceptadas, la Comisión Evaluadora podrá exigir los antecedentes que se estimen pertinente para dar validación a la oferta cuestionada, pudiendo desestimar la oferta en cuestión en caso que el oferente no demuestre su solvencia. Por su parte, según establece el artículo 61 del reglamento de la Ley 19.886, cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, cuyo monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
7.4. Documentos Sustentabilidad
La Universidad suscribió un Acuerdo de Producción Limpia (APL) con la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático, en virtud de lo anterior, el proveedor al momento de ofertar deberá adjuntar en caso de contar con ellos, los siguientes certificados:
N
º Nombre Descripción Documento
1
Sello ProPyme El Sello ProPyme tiene el fin de garantizar mejores condiciones para las empresas de menor tamaño del país. El cual se entrega a las entidades que cumplan con pagar a sus proveedores empresas de menor tamaño en un plazo máximo de 30 días corridos (definición obtenido de www.sellopropyme.cl).
Anexo 5A
2 HuellaChile: cualquiera de los siguientes sellos:
a) Cuantificación
b) Reducción
c) Neutralización
d) Excelencia Es un programa gratuito, voluntario y en línea, por medio del cual toda organización sin importar el sector o rubro pueda cuantificar, informar y gestionar sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), las cuales son responsables del fenómeno del cambio climático. HuellaChile posee un sistema de reconocimientos (sellos) que permite diferenciar a las organizaciones que han realizado esfuerzos en la mitigación del cambio climático (descripción obtenida de www.huellachile.cl)
Anexo 5B
El oferente en caso de contar con estos certificados deberá adjuntarlos a la oferta antes del cierre de la misma, por lo que las ofertas que no lo adjunten serán evaluadas con nota 0, conforme lo señalado en el numeral 11 de las presentes bases administrativas de licitación.
8. Plazo y vigencia de las Ofertas
Las ofertas tendrán una validez de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal de Mercado Público hasta la formalización del contrato. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, FCEI solicitará a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas, dejando constancia en el informe de la comisión evaluadora si estas no fuesen aceptadas o si la empresa concursante retira su propuesta.
9. Apertura de las Ofertas y los requisitos mínimos para la evaluación
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de actividades, en un solo acto, a través del portal www.mercadopublico.cl.
Luego de la apertura de las ofertas y previo al proceso de evaluación, se validará si las ofertas cumplen con el objetivo del llamado, ajustándose a los requisitos de las presentes bases y si presentan, en tiempo y forma los documentos solicitados. Así, para efectos determinar la admisibilidad de las ofertas y su consecuente evaluación, los oferentes deberán considerar lo siguiente:
a) Presentar una oferta técnica y económica que se ajuste al objetivo declarado en las bases administrativas, técnicas y anexos que rigen el proceso.
b) Adjuntar los siguientes documentos:
• Anexo N°2A Declaración Jurada cumplimiento de las obligaciones relativas a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
• Anexo N°2B Declaración Jurada donde se manifiesta no estar afecto a las inhabilidades para contratar con el Estado al momento de presentar la oferta.
• Anexo N°3 Oferta Técnica (Documentos detallados en Anexo) - Anexos Nº 3A
• Anexo N°4 Oferta Económica (Documentos detallados en Anexo) - Anexos Nº 4A
Cabe precisar que, dada la naturaleza de los anexos números 3 (3A), cumplimiento Programa de Integridad, y de oferta económica, respectivamente, y, dada su relación con los criterios de evaluación establecidos para el presente proceso licitatorio, éstos deberán ser adjuntados a la oferta antes del cierre de recepción de las mismas, en caso contrario, la oferta será declarada inadmisible.
Para el caso de omisión de Anexo Nº 1 y/o Anexo Nº 2B, se podrá solicitar, a través del portal, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886, que los oferentes salven errores u omisiones formales del respectivo Anexo, dentro de un plazo de 24 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.
Por su parte, en caso de no presentarse al momento de ofertar, el Anexo Nº 2A deberá ser presentado de manera obligatoria dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl.
A partir de la apertura de las ofertas, y de acuerdo al análisis preliminar del cumplimiento de los requisitos mínimos y la evaluación de las ofertas, se podrá solicitar a los proponentes salvar errores u omisiones formales en sus ofertas o presentar certificados o antecedentes que hubiesen omitidos y que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de recepción de las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre dicho vencimiento y el periodo de evaluación. Todo lo anterior, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. El plazo para presentar los antecedentes y/o certificados es de 2 días hábiles desde que se realiza la solicitud.
La presentación de documentación omitida se evaluará conforme a lo establecido en el Criterio N°6 “Cumplimiento de requisitos formales” de las presentes Bases Administrativas.
10. Criterios de Evaluación
Se evaluará cada oferta con notas que fluctúan entre 0 y 100 (cero y cien), conforme al cuadro de evaluación de las ofertas indicado en este documento. Cada oferente obtendrá una nota final que se multiplicará por el ponderador respectivo, obteniendo la nota definitiva de la propuesta y el ranking en la licitación. Para la asignación de puntajes se considerará hasta 1 (un) decimal.
Cada línea se evaluará con el mismo criterio, pero de forma independiente .
Para efectos de evaluación se considerarán los siguientes criterios y ponderaciones por línea oferta:
Nº Criterio Ponderación
1 Precio 70%
2 Plazos de entrega 25%
3 Criterio de Sustentabilidad:
Sello ProPyme y/o Sello HuellaChile 2%
4 Cumplimiento del Programa de Integridad 2%
5 Cumplimiento de los requisitos formales 1%
10.1. Criterio Nº1 – Precio (70%)
Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N° 4 A, indicando en éste, en peso (CLP), el “Precio Unitario Neto de todos los productos requeridos. Se considerará para efectos de evaluación el “Precio Total Bruto”. Para la admisibilidad de la oferta, el oferente deberá ofertar el 100% Los ítems requeridos en la su propuesta, y deberá adjuntar toda la información técnica relevante para la evaluación de cada producto ofertado, por lo cual si oferta no contempla todos los ítems se declarará inadmisible su oferta.
La nota de este criterio se asignará en base a la siguiente fórmula:
Puntaje propuesta económica = [(Precio total mínimo ofertado / Precio total de la oferta a evaluar) * 100] Nota propuesta económica = Puntaje propuesta económica * 0,70
10.2. Criterio Nº 2 – Plazos de entrega (25%)
Los oferentes deberán indicar en el ANEXO N° 3A, en días hábiles, el “Plazo de Entrega”. Para efectos de evaluación, se considerará el “Plazo de Entrega promedio”. El plazo comenzará a regir al día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra, a través del Portal de Compras Públicas.
La nota de este criterio se asignará en base a la siguiente fórmula:
𝑇𝑖𝑒𝑚𝑝𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑃𝑃𝑒 = ) ∗ 100
𝑇𝑖𝑒𝑚𝑝𝑜 𝐸𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑑𝑜
Nota Propuesta Oferente = Puntaje * 0.25
10.3. Criterio Nº 4 - Criterio de Sustentabilidad (2%)
Los oferentes deberán adjuntar en caso de que cuenten con ellos el Anexo N° 5A y Anexo N° 5B el certificado Sello ProPyme y Sello HuellaChile, dichas certificaciones serán evaluadas conforme lo siguiente:
Descripción Puntaje
Oferente Cuenta con ambos certificados: Sello ProPyme y
Sello HuellaChile 100
Oferente Cuenta con uno de los certificados: Sello ProPyme
o Sello HuellaChile 50
Oferente NO cuenta con certificados. 0
Nota Propuesta Oferente = Puntaje * 0.02
10.4. Criterio Nº 5 - Cumplimiento del Programa de Integridad (2%)
Los oferentes deberán completar el Anexo N° 2C, indicando si cuenta o no con Programas de Integridad. En caso de que el oferente cuenta con dichos programas, deberá acompañar el medio verificable de cómo este fue dado a conocer a su personal y el instrumento que éste identifica como Programa de Integridad. En caso de no acompañar los verificadores, será evaluado con 0 puntos, entendiéndose que se adhiere al apartado de pacto de integridad contemplado en las presentes bases administrativas.
Por el contrario, si el oferente declara que no cuenta con programas de integridad, deberá declararlo en el anexo respectivo, y se entenderá que se adhiere al apartado de pacto de integridad contemplado en las presentes bases administrativas, siendo evaluado con 0 puntos.
Descripción Puntaje
Oferente Cuenta con programas de Integridad, dado a conocer a
su personal, debidamente acreditados 100
Oferente cuenta con programas de Integridad, pero no acompaña
los verificadores 0
Oferente NO cuenta con programas de integridad. 0
Nota Propuesta Oferente = Puntaje * 0.02
10.5. Criterio Nº 6 - Cumplimiento de los requisitos formales (1%)
Se aplicará según lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas. El plazo definido para salvar errores u omisiones formales en sus ofertas o presentar certificados o antecedentes que hubiesen omitidos y que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de recepción de las ofertas conforme lo señalado en la punto N° 10 del presente pliego de condiciones, por los oferentes es de 2 días hábiles, desde notificada la solicitud.
Para el caso de omisión de Anexo Nº 1 y/o Anexo Nº 2B, el plazo definido es de 24 horas conforme lo señalado en el punto N° 10 del presente pliego de condiciones, desde notificada la solicitud.
La nota de este criterio se asignará en base a la siguiente escala:
Descripción Puntaje
No se solicita antecedentes 100
Se solicita antecedentes y responde en el plazo
establecido 0
Nota Propuesta Oferente = Puntaje * 0.01
En caso de solicitar información y no obtener lo solicitado, en tanto corresponda a documentos sin los cuales no resulte posible efectuar evaluación, la oferta será declarada inadmisible de conformidad a lo establecido en el punto 10 de las presentes bases administrativas.
11. Comisión evaluadora e Informe
La aplicación de los criterios de evaluación se registrará en el "Informe Comisión Evaluadora", documento que registra el puntaje final obtenido por cada una de las ofertas en función de la nota y ponderación asignada a los criterios de evaluación.
La comisión evaluadora, que podrá ser asesorada por expertos en materias técnicas, estará compuesta por los siguientes funcionarios/as dependientes de la Facultad de Comunicación e Imagen:
a.- Un funcionario o funcionaria Área Informática
b.- Un funcionario o funcionaria de la Dirección Económica y Administrativa
c.- Un funcionario, funcionaria, académico o académica, definido por la Autoridad de la Facultad.
Si alguno o más de los integrantes de la Comisión no pueda participar, la Decana de la Facultad procederá a nombrar de entre los profesionales de la administración superior de la Facultad su reemplazo, hasta completar los tres integrantes, lo que será debidamente informado en el Portal.
La comisión emitirá una declaración jurada, en la cual se expresa no tener conflicto de interés alguno, así como el deber de confidencialidad de la información a la que tengan acceso, en relación con los actuales o potenciales oferentes respecto del actual proceso licitatorio, en cumplimiento de lo exigido en los artículos 35
quinquies y 35 nonies de la Ley 21.634, que modifica la Ley 19.886, declaración que será publicada en el portal de Compras Públicas, con objeto de garantizar la imparcialidad y probidad en el proceso.
Las ofertas presentadas por los proponentes serán calificadas exclusivamente por la Comisión Evaluadora, responsable de evaluar las ofertas, seleccionar y efectuar la proposición de adjudicación a la autoridad competente.
12. Mecanismo para Resolver Empates
En caso de empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje según los siguientes criterios:
• La primera variable para considerar “Precio”.
• La segunda variable para considerar “Plazos de entrega”.
Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
13. Adjudicación de la propuesta y mecanismo para resolución de consulta
Se adjudicará la licitación a la oferta que obtenga el mayor puntaje, que resulte más conveniente a sus intereses y que cumpla con todos los requisitos establecidos en las Bases del proceso dentro del plazo indicado en el cronograma.
Sin embargo, cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el cronograma, se podrá modificar aquella fecha, para lo cual deberá informar en el Portal de Compras Públicas las razones que justifiquen el cambio del plazo para la selección del proveedor y consecuentemente con ello, deberá indicar un nuevo plazo para la adjudicación.
Cabe señalar que se entenderá como proveedor idóneo para la adjudicación de la presente propuesta, la oferta que presente un puntaje igual o superior a 65 puntos totales, por tanto, cualquier oferta de menor puntaje indicado no será susceptible de adjudicación.
14. Inadmisibilidad de las Ofertas y declaración de deserción
Se declarará desierta la licitación cuando concurra, al menos, una de las siguientes circunstancias:
a) No se presente oferente alguno a la Licitación.
b) Las ofertas presentadas hayan sido declaradas inadmisibles, por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases.
c) Cuando, presentándose uno o más candidatos, ninguna de las propuestas resulte conveniente a los intereses de la Institución.
d) En caso que las propuestas no cuenten con la totalidad de los antecedentes necesarios para ponderar las mismas, o si, en el evento de solicitarse aclaraciones o complementos a las ofertas, a través del mecanismo establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886, no existiere respuesta
por parte de los oferentes, si la respuesta es entregada con posterioridad al plazo fatal establecido, o si la aclaración o el complemento entregado no satisface las exigencias de las bases de licitación, la oferta podrá ser declarada inadmisible en tanto se trate de antecedentes esenciales sin los cuales no se puedan evaluar las ofertas.
15. Inscripción del oferente en el registro del portal www.mercadopublico.cl
Para la presentación de ofertas y las demás etapas de la contratación es obligatorio que el oferente debe estar inscrito y hábil en el Registro Nacional de Proveedores del Estado, www.mercadopublico.cl, administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
La exigencia descrita aplica en los mismos términos para cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.
16. Exigencias de cumplimiento de la calidad del equipo contratado
Además de las obligaciones inherentes a la naturaleza del contrato, el proveedor deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Mantener durante toda la vigencia del contrato las condiciones establecidas en su oferta.
b) Mantener reserva de la información a la que tenga acceso en virtud del contrato.
c) No hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases técnicas de licitación.
d) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
e) Ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
f) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica.
g) Cumplir con todas las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, etc.
h) Responder de todo accidente o daño que durante la vigencia de la contratación le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias de FCEI, que sean imputables al proveedor.
i) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgastes producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
j) Dar cumplimiento a las instrucciones de la autoridad sanitaria que resulten aplicables respecto de los servicios que se contratan.
k) Las demás que le encomienden las presentes Bases.
Si el suministro requerido no cumple con los estándares de calidad o plazos de entrega establecidos por FCEI y no satisface sus necesidades y requisitos técnicos, la institución podrá solicitar al proveedor los cambios y ajustes necesarios.
En el evento de persistir las deficiencias a juicio de FCEI, éste podrá proceder a la aplicación de multas y/o a terminar la contratación de forma unilateral, e imputar los costos en que incurra a causa de las deficiencias por parte del proveedor, de acuerdo a lo que disponen las presentes bases.
En caso de incumplimiento de otras variables, como calidad, incumplimiento de valores ofertados u otras condiciones requeridas o de la oferta, se podrá recurrir a otros proveedores, realizando el proceso de compra que se enmarque en la normativa legal vigente.
17. Contraparte técnica del Área Servicios Informáticos
La contraparte técnica será informada al contratista una vez formalizada la contratación, y realizará, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y controlar el cumplimento de los procedimientos establecidos en las Bases de Licitación.
b) Fiscalizar el correcto desarrollo de lo comprometido por el proveedor en su propuesta, informando en caso de incumplimiento para la aplicación de multa.
c) Dar visto bueno y recepción conforme de los productos requeridos.
d) Las demás que le encomienden en el presente pliego de condiciones.
18. Revocación de la Adjudicación
Se podrá dejar sin efecto la adjudicación a la oferta mejor evaluada y adjudicar al oferente que le siga en puntaje, en un plazo máximo de 60 días corridos con posterioridad a la notificación de la resolución de adjudicación original, o realizar un nuevo proceso de contratación que se ajuste al marco regulatorio vigente, en los casos que se indican a continuación:
a) Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación.
b) Si el adjudicatario no formaliza el contrato a través de la aceptación de la primera orden de compra, o no realiza dicha aceptación dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la notificación de envío. En tal caso, el plazo de la formalización del contrato con el ofertante que le siga en puntaje será de 60 días corridos contados desde que se haya vencido el plazo para la formalización del contrato.
c) Si adquiere un conflicto de interés conforme al Capítulo VII de la Ley N° 19.886, sobre probidad administrativa y transparencia en la contratación pública, ni estar afecto a ninguna otra inhabilidad establecida en leyes especiales.
d) En el caso que el adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores y alguno de sus miembros adquiriera alguna inhabilidad de las citadas en la Ley de Compras Púbicas y/o en su respectivo reglamento, se deberá informar a nuestra institución vía correo electrónico, a la dirección , dentro de un plazo de 48 horas, si desiste de su participación o ejecutará el contrato con los restantes integrantes hábiles.
e) Si el adjudicatario no presenta el Anexo N° 2A, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl. En tal caso, el plazo
de la formalización del contrato con el ofertante que le siga en puntaje será de 60 días corridos, se contará desde que se haya vencido el plazo respectivo.
f) En caso de que un proveedor sea condenado conforme a lo dispuesto en la Ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas. y/o en el artículo 33 de la Ley 21.595 de Delitos Económicos.
g) En caso de sobrevenir al proveedor causales de inhabilidades, no contempladas en los literales anteriores.
19. Contrato
19.1. Formalización del Contrato
Al tratarse de una contratación de simple y objetiva especificación, y considerando la determinación de las condiciones en las presentes Bases, el contrato se formalizará con la emisión y aceptación, por parte del adjudicatario, de la primera orden de compra que se genere a través del Portal de Compras Públicas, por lo que no será necesaria la suscripción de un contrato.
El plazo para hacer envío de la primera orden de compra será en un plazo máximo de 30 días corridos posterior a la notificación de la adjudicación en el Sistema de Información. Por su parte, el proveedor tendrá de un plazo de hasta 30 días corridos para concurrir con la aceptación de Orden de Compra.
19.2. Vigencia del Contrato.
La vigencia del contrato se contará desde la fecha de emisión y aceptación, por parte del adjudicatario, de la orden de compra que se genere a través del Portal de Compras Públicas, y se extenderá por 12 meses.
19.3. Precio del Contrato.
El precio de los productos será el que se fije en el Anexo N°4A de la oferta adjudicada, expresado en pesos chilenos (CLP)
19.4. Condiciones de renovación del Contrato
En virtud de lo establecido en el artículo 42 número 3 y artículo 129, ambos del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, es posible prorrogar el contrato conforme los límites señalados en dicho cuerpo legal. Por lo tanto, el contrato podrá ser prorrogado por motivos fundados, por hasta un 30% del monto originalmente convenido, considerando un plazo proporcional de 6 meses de vigencia. La presente prórroga deberá ser informada mediante correo electrónico a la contraparte técnica de FCEI, al correo jose.lopez@uchile.cl lo anterior siempre que exista disponibilidad presupuestaria.
19.5. Modificación del Contrato.
Las partes de común acuerdo y por escrito podrán modificar la presente contratación, por motivos fundados, a través de acto administrativo, según dispone el artículo 129 del D.S. Nº 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de la contratación. La modificación no podrá superar el 30% del monto originalmente convenido conforme lo Indica el Art. 129 in. Final del dto 661, ni alterar la naturaleza del objeto de éste, y deberá contar con la debida autorización presupuestaria, si fuere procedente.
19.6. Condiciones de pago y facturación
Los pagos se realizarán dentro de los 30 días corridos contados desde la recepción de la factura respectiva en la Oficina Administrativa de la Facultad de Comunicación e Imagen, y previa recepción conforme del estado de pago. La facturación deberá indicar los siguientes datos:
Razón Social : Universidad de Chile
R.U.T : 60.910.000-1
Domicilio : Ignacio Carrera Pinto # 1045 Ñuñoa Stgo Giro : Educacion o Universidad
N° de OC : ID-xxxx-xx-xxxx Copia de Guía de Despacho (si corresponde)
Ante el incumplimiento de alguno de los puntos señalados, la Facultad podrá rechazar la recepción, siendo motivo suficiente para devolver el documento a la dirección de facturación, sin ser responsable de los costos tributarios asociados.
La entrega de documentos tributarios debe realizarse exclusivamente en la dirección Av Ignacio Carrera Pinto 1045, comuna de Ñuñoa, región Metropolitana. Además, el proveedor emite facturas electrónicas, deberá remitirlas a los correos:
contabilidad.fcei@uchile.cl dte.cl@einvoicing.signature-cloud.com
El proveedor no podrá suspender la entrega de bienes y/o prestación de los servicios contratados por la DIS, cuando otra unidad perteneciente a la Universidad de Chile, mantenga deudas con éste.
19.7. Cesión de derechos y obligaciones
El Proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Compras.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
20. Multas
En caso que el proveedor no dé cumplimiento a las obligaciones establecidas en las bases administrativas y técnicas que rigen la presente licitación, y en los documentos que se entienden formar parte de la contratación, en forma oportuna, correcta y satisfactoria, se aplicarán las siguientes multas:
Nº Situaciones Multa
1 Retraso en el plazo de entrega ofertado sin
causa justificada*. 3% del valor de la Orden de Compra por
cada día hábil de atraso.
*Se entenderá por causa justificada aquella que no resulta imputable al proveedor, tales como el caso fortuito o causa mayor, sin perjuicio de aquello, el proveedor deberá notificar, al correo electrónico -o por medio de cualquier medio válido- de la contraparte técnica de la Universidad, dentro de las 24 horas corridas de la ocurrencia del hecho considerado como justificado.
Las multas tendrán como tope el 30% del monto del contrato, que, en caso de alcanzarlo, se procederá al termino anticipado del contrato.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. Si el contratante no procede al pago en el plazo referido, la multa se cobrará del estado de pago más próximo.
Si el contratante no procede al pago en el plazo referido y no existen estados de pago pendientes, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento, si es que ésta se hubiese exigido su otorgamiento al proveedor contratado, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.
Cuando las multas se fijen en moneda extranjera o UF, el monto en moneda nacional será determinado al momento de dictar la resolución que aplica la multa.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante.
21. Término Anticipado
La Universidad podrá declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, en los siguientes casos:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) Caso fortuito o fuerza mayor.
d) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Este se configura en los siguientes casos:
i. Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el proveedor.
ii. Negativa del proveedor a prestar el servicio o entregar los insumos requeridos, sin justificación de causa.
iii. Si la aplicación de las multas sobrepasa los 10 días corridos de retraso en la prestación del servicio o el 30% del monto del contrato.
iv. Incumplimiento de los valores ofrecidos por el proveedor en su cotización.
e) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si el contratista estuviese sujeto a Procedimiento Concursal de Liquidación, o perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
g) Si durante la vigencia del Contrato, la empresa incurriera en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 4 y capítulo VII de la Ley N°19.886.
h) Por registrar, la empresa, saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
i) Si durante la vigencia del Contrato, la empresa o proveedor hayan sido condenado por alguno de los delitos económicos contemplados en la Ley 21.595. La inhabilitación regirá a contar de la fecha en que la resolución se encuentre ejecutoriada, según dispone el artículo 33 del mencionado cuerpo legal. Si se impusiere la inhabilitación para contratar con el Estado a una persona natural, la persona jurídica en la que el condenado fuere directa o indirectamente socio, accionista, miembro o partícipe con poder de influir en la administración no podrá contratar con el Estado mientras el condenado mantenga su participación en ella.
j) En caso de incumplimiento de las obligaciones emanadas del pacto de integridad contemplado en las presente bases de licitación.
k) Durante la vigencia del contrato, el proveedor es condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, mencionada en los artículos 8 y 10 de la Ley 20.393, en razón de lo preceptuado por el artículo 33 inciso 2º de la Ley 21.595: “La inhabilitación para contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena.
l) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del Decreto 661, Reglamento Ley de Compras. En tal caso, la Facultad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento.
m) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución. Lo anterior no será aplicable a las causales de las letras a) y b).
22. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos: Multas y/o Termino Anticipado
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa o el término anticipado en las presentes bases, FCEi notificará de ello al proveedor, al correo electrónico informado por éste en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la FCEI podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la FCEI,
en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor al correo electrónico señalado en el Sistema de Información, según lo señalado en el artículo 140 del Reglamento de la Ley 19.886.
El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880 y artículo 24 del Decreto Supremo 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. LA FCEI deberá resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
23. Subcontratación
Dado las características del contrato, no estará permitida la subcontratación.
24. Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
BASES TECNICAS
1. Descripción de la Licitación
El objetivo de la presente licitación es adquirir la renovación y compra de licencias de adobe para el año 2026 según detalle, las que serán utilizadas para uso académico, y que funcionen de manera compatible entre ellos, y en los diferentes Sistemas Operativos, especialmente en equipos que utilicen MacOS, Windows, Android e IOS en las carreras impartidas por la Facultad de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile, ubicado en Av. Capitán Ignacio Carrera Pinto No 1045, comuna de Ñuñoa, Santiago (interior Campus Juan Gómez Millas).
Es preciso consignar que de faltar alguno de los ítems requeridos, la oferta será declarada inadmisible. NO SE ACEPTAN OFERTAS PARCIALES.
Al presentar su oferta, el proponente acepta expresamente todas las condiciones establecidas en las bases técnicas de licitación y se compromete a cumplirlas integralmente.
2. Detalle de Productos
Para la presente licitación, se deberá considerar todos los insumos señalados en la siguiente tabla:
3. EJECUCIÓN DEL SERVICIO
3.1. Plazos de entrega
Se entiende por “Plazo de Entrega” a la disponibilidad de las licencias para su uso en la Facultad. Todas las propuestas deben indicar claramente un plazo de entrega formal de las licencias solicitadas.
3.2. Aceptación de las bases de licitación
Se entiende que por el solo hecho de presentar su oferta, el proponente declara conocer y acepta en su totalidad las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación y se obliga a respetarlas cabalmente.
ANEXO Nº 1 - IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026
DATOS OFERENTE PERSONA JURÍDICA
Razón Social:
Giro Comercial:
RUT:
Dirección:
Teléfono: Fax:
Correo electrónico:
Notaría y fecha del instrumento o documento de Constitución de la Sociedad:
DATOS REPRESENTANTE LEGAL
Nombre completo:
Cédula de Identidad:
Nacionalidad:
Estado Civil:
Domicilio:
Teléfono: Fax:
Correo electrónico:
Notaría y fecha del documento de la personería:
DATOS DENCARGADO DE LA PROPUESTA
Nombre completo:
Cargo:
Teléfono: Fax:
Correo electrónico
DATOS OFERENTE PERSONA NATURAL
Nombre completo:
Cédula de Identidad:
Nacionalidad:
Estado Civil:
Domicilio:
Teléfono: Fax:
Correo electrónico:
Nombre, Rut y Firma del Representante Legal (Persona Jurídica, Persona Natural y/o UTP)
ANEXO Nº 2A
Declaración jurada simple: cumplimiento de las obligaciones relativas a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026
CONTRATISTA
Nombre:
Cédula de identidad:
Estado civil:
Profesión u oficio:
Domicilio:
Marque con una “X” solo una opción
no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos que fueron contratados en los dos últimos años anteriores a la presente licitación.
registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos que fueron contratados en los dos últimos años anteriores a la presente licitación. En este caso, los primeros estados de pago producto del contrato licitado serán destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses”.
Nombre, Rut y Firma del Representante Legal (Persona Jurídica, Persona Natural y/o UTP)
Santiago,
ANEXO Nº 2B
Declaración jurada simple donde se manifiesta no estar afecto a las inhabilidades para contratar con el Estado al momento de presentar la oferta.
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026.
En Santiago de Chile, a …….. de………………………………… de ………,
Yo, -, cédula nacional de identidad Nº , con domicilio en , en representación de la empresa
, R.U.T del mismo domicilio, declaro lo siguiente:
1. Que conozco las prohibiciones para contratar con el Estado establecidas en artículo 35 quáter de la Ley 19.886, y que, por lo tanto, no me encuentro en ninguna de las siguientes situaciones:
a. Que, la empresa no tiene entre sus socios a una o más personas que sean parte del personal de la Universidad de Chile, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ésta, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad; ni con funcionarios directivos (hasta el nivel de Jefe/a de Departamento o su equivalente) de la Universidad de Chile; ni a personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
b. Que, el proveedor no es una sociedad de persona o empresa individual de responsabilidad limitada de la que formen parte o sean beneficiarios finales los funcionarios directivos y/o personas mencionadas en el punto anterior, ni sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
2. Que conozco las inhabilidades para contratar establecidas en el artículo 4º inciso 1º de la Ley 19.886, y en leyes especiales, en especial en los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N°20.393, y artículo 26 d) Decreto Ley N°211 de 1973, y en el artículo 33 de la ley N°21.595, de Delitos Económicos y que, por lo tanto, no me encuentro en ninguna de las siguientes situaciones:
a. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa.
b. Que le hayan sido aplicadas las penas contempladas en el artículo 8° Nº 2 y artículo 10 ambos de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N°20.393.
c. Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, a la pena contemplada en el artículo 26 letra d) del Decreto Ley Nº 211 de 1973: “ Art. 26 d) En el caso de las conductas previstas en la letra a) del artículo 3°, podrá imponer, además, la prohibición de contratar a cualquier título con
órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada”.
d. No encontrarse condenado por un Delito Económico de acuerdo a la inhabilitación establecida en el artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos.
3. Que, estoy en conocimiento de la obligación contenida en el referido artículo 4° inciso 1° de la Ley 19.886, en cuanto a la necesidad de inscripción y actualización de información en el Registro de Proveedores del Estado y por tanto conozco las causales de inhabilidad para la inscripción o permanencia en dicho Registro, reguladas en el artículo 154 del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, las cuales se señalan a continuación:
a. Haber sido condenado por algunos de los delitos concursales establecidos en el Título Noveno del Libro Segundo del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario.
b. Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a la Ley de Compras, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
c. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la ley.
d. Haber sido condenado por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.
e. Haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo.
f. Haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo.
g. Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
h. Haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393.
i. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
j. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia.
k. Registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
l. Encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720.
m. Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento.
n. Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada.
o. Las demás que determinen las leyes.
4. Que, no me encuentro afecto a ninguna otra inhabilidad para contratar con el Estado considerada en leyes especiales ni de aquellas de las incorporadas por el Capítulo VII de la Ley 19.886, de la probidad administrativa y transparencia en la contratación púbica.
Nombre, Rut y Firma del Representante Legal (Persona Jurídica, Persona Natural y/o UTP)
ANEXO Nº 2C “PROGRAMAS DE INTEGRIDAD”
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026.
En Santiago de Chile, a …….. de………………………………… de ………,
Yo, -, cédula nacional de identidad Nº , con domicilio en , en representación de la empresa
, R.U.T del mismo domicilio, declaro lo siguiente:
(Marque con una “X” su opción)
A.- La empresa que represento NO cuenta con un programa de integridad.
En caso de no contar con los programas de integridad, el oferente deberá cumplir con todas y cada una de las obligaciones contenidas en el apartado “Pacto de Integridad” contenida en las Bases Administrativas del presente proceso de licitación pública.
B.- La empresa que represento SI cuenta con un programa de integridad.
Estos programas fueron dados a conocer al personal a través de cursos, charlas, manuales o cualquier otro medio objetivamente verificable. A continuación, debe indicarse el detalle de cada uno de los medios de información, acompañando su debido antecedente o documento de verificación:
a) ……………………………………………………
b) ……………………………………………………
c) ……………………………………………………
“El o los documento(s) asociado(s) al programa de integridad lo adjunto como anexo al presente proceso"
Nombre, Rut y Firma del Representante Legal (Persona Jurídica, Persona Natural y/o UTP)
ANEXO Nº 3A “OFERTA TÉCNICA POR LINEA”
Plazos de entrega
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026
El Oferente que suscribe debe indicar, en días hábiles, el “Plazo de Entrega”. Para efectos de evaluación, se considerará el “Plazo de Entrega promedio por línea”.
El plazo comenzará a regir al día hábil siguiente a la emisión de la orden de compra, a través del Portal de Compras Públicas.
Nombre, Rut y Firma del Representante Legal (Persona Jurídica, Persona Natural y/o UTP)
ANEXO Nº 4A “OFERTA ECONOMICA”
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026
Considerar N°2 de las Bases Técnicas.
Descripción Renovación/compra Ítem en listado Unidad Presupuesto
definido por línea
Nombre, Rut y Firma del Representante Legal (Persona Jurídica, Persona Natural y/o UTP)
ANEXO Nº 5A - CRITERIO DE SUSTENTABILIDAD SELLO PROPYME
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026
Nombre, Rut y Firma del Representante Legal (Persona Jurídica, Persona Natural y/o UTP)
ANEXO Nº 5B- CRITERIO DE SUSTENTABILIDAD
SELLO HUELLA CHILE
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026
Nombre, Rut y Firma del Representante Legal (Persona Jurídica, Persona Natural y/o UTP)
2º AUTORÍZASE el llamado a licitación pública para la ejecución del contrato denominado “LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA Y APRUEBA BASES ADMINISTRATVAS , ECONÓMICAS Y TÉCNICAS PARA LA RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE ADOBE PARA EL AÑO 2026”, para la
Facultad de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile.
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