Licitación ID: 2409-259-LP25
SERVICIO DE BUSES DE ACERCAMIENTO PARA ALUMNOS DE ESCUELAS MUNICIPALIZADAS AÑO 2026
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Fecha de Cierre: 13-01-2026 9:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 21 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
RECORRIDO N°5 ESCUELA F-947 RINCONADA DEL SALTO, SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS  

2
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
RECORRIDO N°9 ESCUELA G-1009 EL NOGAL, SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS  

3
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
RECORRIDO N°12 ESCUELA F-929 11 DE SEPTIEMBRE, SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS  

4
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
RECORRIDO N°15 ESCUELA F-944 DIEGO PORTALES - B, SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS  

5
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
RECORRIDO N°17 ESCUELA F-935 ESCUELA ITILHUE, SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS  

6
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
RECORRIDO N°27 JOSE MARTIN - BERNARDO OHIGGINS, SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS  

7
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
RECORRIDO N°28 THOMAS JEFFERSON, SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS  

8
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Global
Cod: 78111802
RECORRIDO N°29 LICEO INDUSTRIAL/LICEO TECNICO, SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE BUSES DE ACERCAMIENTO PARA ALUMNOS DE ESCUELAS MUNICIPALIZADAS AÑO 2026
Estado:
Publicada
Descripción:
Contratación de buses, mini buses de acercamiento para transporte escolar de estudiantes de escuelas municipalizadas, según recorridos que se indican en ficha adjunta, con las particularidades de cada una de ellas por el periodo de la fecha indicada.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.101-8
Dirección:
COLO COLO 484
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-01-2026 9:01:00
Fecha de Publicación: 23-12-2025 15:49:30
Fecha inicio de preguntas: 23-12-2025 17:01:00
Fecha final de preguntas: 30-12-2025 17:43:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-01-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-01-2026 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-01-2026 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 13-02-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 24-02-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- En el acto de apertura de la propuesta se verificará que el oferente esté hábil en el Registro de Proveedores, de lo contrario quedará fuera de bases.
2.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE LOS QUE DEBERÁN SER INGRESADOS EN LA SECCIÓN ANEXOS ADMINISTRATIVOS: - Identificación del Oferente, según Anexo Nº1
3.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar obligatoriamente el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además en el evento de no haber suscrito la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar a través del portal de www.mercadopublico.cl deberá adjuntar Anexo Nº2, declaración que deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión, de lo contrario, el oferente se considerará fuera de bases.
4.- Toda la documentación referida deberá ser remitida sólo mediante algunas de las siguientes extensiones: .jpg; .bmp; .pdf; .doc; .tif; .zip; .mmp; rar u otros
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3 EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES acreditar la experiencia en servicios de Buses de acercamiento regulares de alumnos o servicio en transporte escolar con empresas públicas o privadas, en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, de igual forma los oferentes que no posean experiencia deberán indicarlo en el Anexo N°3, para lo cual obtendrán puntaje cero en el criterio experiencia.
 
2.- Para acreditar la experiencia, el oferente deberá adjuntar Orden de compra aceptada mas su respectiva factura, con empresas públicas y/o privadas a las cuales presta o prestó el servicio de buses de acercamiento regular de alumnos en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, las ordenes de compras y facturas presentadas deberán indicar específicamente descripción de los servicios correspondientes al anexo N°3 (periodo de ejecución, monto y ejecución del servicio). La no presentación de las ordenes de compras en estado aceptada y su respectiva factura, dará lugar en el momento de la evaluación a dejar con puntaje cero en criterio de experiencia del oferente.
 
3.- ANEXO N°4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD, el que se deberá ingresar según Anexo N°4. Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El programa de integridad, debe obedecer a la realidad de cada empresa y, en términos generales, tiene como objetivo combatir y prevenir prácticas asociadas a la corrupción en la empresa y los delitos asociados a la Ley Nº20.393 sobre Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica. Así también, busca promover e implementar prácticas de gestión ética. De esta manera, el programa de integridad permite, por una parte, prevenir conductas que vayan en contra de la legislación vigente y que puedan provocar penalizaciones a las compañías, así como problemas éticos al interior de la misma o incluso con sus grupos de interés y, por otra, identificar y abordar los riesgos asociados a la corrupción que puedan dañar la seguridad, imagen y sustentabilidad de la organización. En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), este anexo deberá ser presentado por cada uno de sus integrantes junto a la copia del documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa de cada uno de estos.
 
4.- CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Y ANOTACIONES VIGENTES, en el R.V.M. del vehículo ofertado (Requisito Obligatorio por cada línea de postulación y la cantidad de buses solicitada por cada línea). En el caso de vehículos nuevos, solicitud de primera inscripción para vehículos nuevos con factura de compra del vehículo. El documento presentado deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos hacia atrás desde la fecha de apertura. En el caso que el vehículo sea arrendado, el oferente deberá acompañar el contrato de arrendamiento notarial con un plazo de vigencia igual o superior a la fecha de término de contrato. El OFERENTE QUE NO INGRESE LOS ANTECEDENTES POR CADA VEHICULO OFERTADO SOLICITADOS EN ESTE PÁRRAFO, O LOS INGRESE ILEGIBLES, SERA DECLARADO FUERA DE BASES EN EL PROCESO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS
 
5.- REVISION TECNICA DE CADA VEHICULO OFERTADO: Los oferentes deberán anexar a su oferta, la Revisión Técnica al día, a la fecha de cierre de la licitación, escaneado y subido al portal Mercado Público como parte de su oferta. (Requisito Obligatorio por cada línea de postulación y la cantidad de buses solicitada por cada linea, lo anterior con la finalidad de comprobar la cantidad de asientos del vehiculo ofertado). El OFERENTE QUE NO INGRESE LOS ANTECEDENTES POR CADA VEHICULO OFERTADO SOLICITADOS EN ESTE PÁRRAFO, O LOS INGRESE ILEGIBLES, SERA DECLARADO FUERA DE BASES EN EL PROCESO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS.
 
6.- Toda la documentación referida deberá ser remitida sólo mediante algunas de las siguientes extensiones: .jpg; .bmp; .pdf; .doc; .tif; .zip; .mmp; rar u otros
 
Documentos Económicos
1.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA PREFERENTEMENTE EN LA SECCIÓN "C", ANEXOS ECONÓMICOS
2.- ANEXO N°5 TECNICO ECONOMICO.
3.- El Oferente deberá ingresar toda la información solicitada en Anexo TECNICO ECONOMICO Nº5, de lo contrario quedará fuera de bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA EN TRANSPORTE ESCOLAR REGULAR Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 20%
2 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 5%
3 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 48%
4 AÑO DE FABRICACIÓN Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 25%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FAEP
Monto Total Estimado: 259187000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones MONTO DISPONIBLE PARA AÑO 2026, EXENTO DE IVA.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: RUTH JARAMILLO NORAMBUENA
e-mail de responsable de pago: rjaramillo@educacionlosangeles.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
DE ACUERDO A LA NATURALEZA DEL CONTRATO, EL ADJUDICADO ES EL UNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - ÁREA EDUCACIÓN; RUT: 69.170.101-8
Fecha de vencimiento: 31-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías cuyo monto será el equivalente en pesos al 5% del precio final neto ofertado. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en los artículos nº 121 Y 122 del D.S. 661, Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles - Educación, Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar dentro de los 10 días corridos siguientes una vez adjudicada junto a los otros documentos para contratar.
Glosa: "Para garantizar Fiel cumplimiento del contrato en propuesta pública LICITACION ID 2409-259-LP25 SERVICIO DE BUSES DE ACERCAMIENTO PARA ALUMNOS DE ESCUELAS MUNICIPALIZADAS AÑO 2026". INDICANDO EL RECORRIDO AL QUE SE ADJUDICA. EN CASO SE ADJUDIQUE MAS DE UNA LINEA (RECORRIDO) DEBE PRESENTAR UN DOCUMENTO DE GARANTÍA POR CADA LINEA (RECORRIDO).
Forma y oportunidad de restitución: Toda devolución de documento de garantía deberá ser solicitada por escrito, en documento dirigido al Inspector Técnico, Lautaro Nº 280, Los Ángeles en el cual deberá identificar el nombre de la propuesta, el nombre del oferente, número del documento de garantía y la institución que la emitió. Este documento de garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta una vez se encuentre liquidado el contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 35 quáter de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce la figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Artículo Nº 180 del Reglamento de la Ley nº 19.886.  Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

2.1.   Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, Área educación, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.   En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad área educación, le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

A)      En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

B)      La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 180, letra c. del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

C)      Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá encontrarse hábil en el registro de Proveedores

D)      Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

E)        La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarado inadmisible en la etapa de evaluación. 

2.3.   MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.3.1 Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.

En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en un acta.

En el evento de que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo.
Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente:

2.3.1.1 Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.

2.3.1.2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.

2.3.1.3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.

2.4.   DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.   TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

A)      La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

B)      Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

C)      Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

D)      Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

E)      Disolución de la UTP.

F)       Además de las causales indicadas en la cláusula "Término anticipado del Contrato" de las presentes bases administrativas.

(*1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ITEM

FINANCIAMIENTO: FAEP

ÍTEM: 22.08.007 

PRESUPUESTO TOTAL DISPONIBLE PARA EL AÑO 2026: $259.187.000.-

4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, convenio FAEP,  Anexos, Preguntas y Respuestas;  Aclaraciones si las hubiere, Bases Técnicas así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico-Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA

- Normativa Vigente.
- Convenio FAEP
- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Bases Técnicas .

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.
- Convenio FAEP
- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Bases Administrativas y sus Anexos.
- Oferta Técnico-Económica.
- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o "responsable del Contrato". 

6.- MODIFICACIÓN A LAS BASES 

La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

7.- DE LAS OFERTAS

El o los oferentes participantes podrán presentar su propuesta en anexo Nº5 Oferta  Técnica-Económica por todas las líneas o algunas de ellas, la cual deberá contemplar todos los costos  asociados a la presente licitación, según lo requerido en las presentes bases. Sin embargo, podrá postular con un sólo vehículo por línea (recorrido). De lo contrario, se considerará un sólo recorrido.

Se establece que para la presente licitación  y en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en el Anexo Nº5 "Oferta  técnico-Económica", para todo evento prevalecerá el precio del Anexo Nº5  "oferta técnico-Económica".-

Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria.

En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo oferta técnico-económica, sean correctas, en el caso de haber errores, se recalculará el precio ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta. (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.)

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Anexos y Bases técnicas

El o los oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar todos los costos asociados a la contratación, según lo indicado en las Bases Técnicas que forman parte de la presente licitación.

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica Bases Administrativas y la restante documentación que rige esta Licitación

9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, Convenio FAEP, sus Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

10.- DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las respuestas respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl

11.- DE LA COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por un Profesional de la Dirección comunal de educación, un integrante de la comisión de evaluación y el funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección comunal de Educación, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

12.- DE LA COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizarán dos decimales sin realizar aproximaciones. Lo anterior será aplicable para todos los efectos.

A modo de ejemplo: A continuación, en la tabla se indica los puntajes que obtienen 3 proveedores luego de haber realizado el mecanismo de asignación de puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación:

PROVEEDOR

PUNTAJE PRELIMINAR

PUNTAJE FINAL

Proveedor 1

98,52

98,52

Proveedor 2

98,566

98,56

Proveedor 3

98,4481

98,44


*Puntaje preliminar: Puntaje obtenido de la ponderación de los criterios y luego sumado entre sí.

**Puntaje Final: Puntaje obtenido del ajuste de los dos decimales sin realizar aproximación al Puntaje preliminar.

Cabe señalar que, para la comparación de las ofertas se utilizará lo indicado en la columna Puntaje Final.

En el caso de que un oferente presente más de una oferta en la licitación, La Municipalidad considerará para efectos de la evaluación de la licitación, sólo la oferta más conveniente, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.

13. SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

14. SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS

La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

15. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIA

Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 30% por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole garantía de fiel cumplimiento del contrato (en caso de no tenerla) o ampliación de esta.

El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

16.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La evaluación se realizará por línea, de manera independiente, aplicando los siguientes criterios a cada una de las líneas de la licitación:

16.1.    PRECIO 48%:

Se evaluará según oferente con menor precio diario por recorrido, según lo solicitado en Anexo Nº5, obtendrá "100 PUNTOS", las ofertas restantes inversamente proporcional, según fórmula X=(MENOR PRECIO OFERTADO / PRECIO OFERTA EVALUADA) X 100.

16.2.    AÑO DE FABRICACIÓN 25%:

Este criterio será evaluado en relación al año del bus ofertado y de acuerdo a lo informado en Anexo N°5, según la siguiente tabla:

Modelo año 2023 o superior

100 puntos.

Modelo año 2020 a 2022

90 puntos.

Modelo año 2017 a 2019

70 puntos.

Modelo año 2014 a 2016

50 puntos.

Modelo año 2012 a 2013

30 puntos.

Modelo año 2010 a 2011

10 puntos.

La acreditación del año del vehículo se verificará con el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Y ANOTACIONES VIGENTES, el cual es solicitado por cada vehículo ofertado.

Los vehículos con año anterior al 2010, quedan fuera de bases.

16.3.    EXPERIENCIA EN TRANSPORTE ESCOLAR REGULAR 20%

Para la evaluación de este criterio, se realizará a partir de la información entregada por el proponente de acuerdo al anexo N°3 EXPERIENCIA EN TRANSPORTE ESCOLAR REGULAR.

Los documentos que acrediten la experiencia deberán ser concordantes con lo informado en el anexo N°3. La experiencia se evaluará considerando la sumatoria de servicios de buses de acercamiento regulares de alumnos o servicios en transporte escolar con empresas públicas o privadas, acreditados y de acuerdo a la siguiente tabla:

Mas de 18 órdenes de compras aceptadas y su factura

100 puntos

15 a 18 órdenes de compras aceptadas y su factura

80 puntos

10 a 14 órdenes de compras aceptadas y su factura

60 puntos

6 a 9 órdenes de compras aceptadas y su factura

40 puntos

3 a 5 órdenes de compras aceptadas y su factura

20 puntos

1 a 2 órdenes de compras aceptadas y su factura

10 puntos

No presenta o no acredita experiencia

0 puntos

 16.4.    PROGRAMA DE INTEGRIDAD 5%:

Se evaluará de acuerdo a lo informado en anexo N°4 "Programa de Integridad", y se obtendrá de acuerdo a la siguiente tabla:

CARACTERÍSTICAS

PUNTAJE

SI adjunta programa de integridad y acredita que es conocida por sus trabajadores.

100 puntos

SI adjunta programa de integridad, pero no acredita que es conocida por sus trabajadores.

50 puntos

NO adjunta programa de integridad conocido por sus trabajadores.

0 puntos

NOTA: En caso de UTP, todos los integrantes de la unión deberán presentar el Anexo N°4 y la copia del documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. En caso contrario se le asignará 0 puntos en el criterio respectivo.

Para acreditar el cumplimiento del Pacto por Programa de Integridad de las presentes bases de licitación, se evaluará si el oferente cuenta con Programa de integridad conocido por los trabajadores, por lo que deberá adjuntar el programa de integridad con que cuenta el oferente. A su vez, el programa de integridad debe ser conocido por todos los trabajadores, por lo que deberá adjuntar documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa.

16.5.    CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (2%)

Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla:

DESCRIPCION

PUNTAJE

Oferente cumple con la presentación

completa de antecedentes.

100 puntos

Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en las cláusulas N°4, N°9.13 y N°9.14 de las presentes bases, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado.

50 puntos

Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas N°4, N°9.13 y N°9.14 de las presentes bases.

0 puntos

El puntaje ponderado del criterio se obtiene aplicando:

Ptje. Pond. Cumplimiento de Requisitos Formales (P.P. C.R.F) = 2% x Puntaje (C.R.F.)

16.6.    PUNTAJE TOTAL PONDERADO

El puntaje total ponderado (PTP), se calculará según la siguiente formula:

PTP= (PRECIO)*0.48 + (AÑO DE FABRICACION)* 0.25 + (EXPERIENCIA EN TRANSPORTE ESCOLAR REGULAR)* 0.20 + (PROGRAMA DE INTEGRIDAD)* 0.05 + (Cumplimiento de Requisitos Formales)* 0.02.

17.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “PRECIO” de continuar el empate entre dos ó más oferente, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “AÑO DE FABRICACIÓN”, de persistir el empate entre dos ó más oferente, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “EXPERIENCIA EN TRANSPORTE ESCOLAR REGULAR”, de persistir el empate entre dos ó más oferente, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “PROGRAMA DE INTEGRIDAD” Finalmente, de continuar el empate entre dos ó más oferente, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES”.

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero en día, su oferta al portal de Mercado Público una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal. Por último, de persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en segundos su oferta al portal.

18.- ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante en aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo.

19.- DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, las consultas deberán realizarse dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a través de correo electrónico, dirigido al contacto de la licitación y responsable del contrato indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.

20.- PLAZO DE ADJUDICACIÓN

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

21.- DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al responsable del contrato.

22.-READJUDICACIÓN

Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos para contratar, no firma el contrato, o no acepta la orden de compra (en el caso que no exista contrato), en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

23.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente adjudicado, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días corridos los siguientes documentos:

1.- Escritura de la Sociedad, certificado de vigencia y certificado de estatuto actualizado de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresa.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, la escritura  deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión y el documentos deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación.

En el caso que el contratista se encuentre inscrito en Chileproveedores y el documento solicitado en el punto anterior esté ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta

En el caso de ser una Empresa creada a través de la página web, es necesario presentar el certificado de estatuto actualizado para acreditar la personería de la persona que firmará dicho contrato.

2.- Si el oferente postuló con la modalidad” Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

3.-  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales art. 6 Ley de presupuestos 2025, N°21.722, Estos son los que corresponden al F-30.  En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, la certificación deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

4.- Declaración jurada "Habilidad en Registro de Proveedores". En caso de que el oferente participante sea una Unión Temporal de Proveedores, dicha declaración deberá ser entregada por cada uno de los integrantes de dicha unión.

5.- Documentos del vehículo según el siguiente listado:

5.1.- Permiso de circulación de cada bus adjudicado.

5.2.- Revisión Técnica de cada bus adjudicado.

5.3.- Seguro obligatorio de cada bus adjudicado.

5.4.- fotocopia simple del padrón del vehículo

5.5.- En caso de no ser propietario del Bus, Taxibus, Minibus o Furgón ofertado, deberá presentar Contrato de arriendo con una vigencia mayor o igual a la duración del contrato, es decir, al 31 de diciembre del 2026.

5.6.- Autorización del Ministerio de Transportes para el transporte Escolar Vigente.

6.- Documentos del chofer según el siguiente listado:

6.1.- Hoja de vida de cada conductor actualizada.

6.2.- Cédula de identidad de cada conductor.

6.3.- Licencia de conducir vigente de cada conductor.

6.4.- Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad.

6.5.- Certificado de antecedentes para fines especiales.

7.- Documentos del asistente:

7.1.- Cédula de identidad del asistente.

7.2.- Certificado de inhabilidad para trabajar con menores.

7.3.- Certificado de antecedentes para fines especiales.

8.- Garantía de Fiel cumplimiento del contrato

Para contratar, el oferente deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.

Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado (en adelante el Proveedor), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, redactado por Asesoría Jurídica de DAEM. Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Proveedor remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles

Si el Adjudicado no entregare documento de acreditación y documentos de puntos 1 al 7 ; no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la (s) Garantía (s) de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta.  En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Transportista.

Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será de competencia y/o resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

El Adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

El contrato regirá desde la dictación del decreto Alcaldicio que aprueba el contrato hasta la liquidación del contrato, según lo estipulado en la cláusula DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO, de las presentes bases.

Por tratarse de una licitación superior a 5.000 UTM la suscripción del contrato solo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

24.- DE LA ORDEN DE COMPRA

Una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldicio, se comunicará a través del portal al oferente adjudicado y a los no adjudicados, con la publicación del decreto que resuelve la licitación en el portal www.mercadopublico.cl

El oferente adjudicado será el único responsable de todas las obligaciones contratadas con la Municipalidad en virtud a las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.

La orden de compra para efectos del pago, se emitirá a medida que se haga uso del servicio contratado, la que deberá ser aceptada por el oferente adjudicado y acompañada junto a los otros documentos exigidos para el pago en un plazo de 48 horas contadas de lunes a viernes, desde la fecha de su emisión.

Si el transportista no aceptase la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

25.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO

Será obligación del Proveedor ejecutar el servicio según lo estipulado en los antecedentes de la presente licitación, y cumplir con lo siguiente:

a. Será obligación del Proveedor ejecutar el servicio con sujeción estricta a las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

b. Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

c. Será obligación del Proveedor acatar y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica del Servicio.

d. Deberá contar, para cada recorrido, con una persona que cumpla la función de asistente de bus, el cual será de costo del adjudicado debiendo ser mayor de edad y no tener inhabilidad para trabajar con menores

e. El Proveedor se compromete a mantener en perfecto estado de funcionamiento el o los vehículos, con el que dé cumplimiento al servicio adjudicado, tanto en condiciones mecánicas  (especialmente lo que se refiere a dirección, frenos, amortiguadores y luces) como físicas, acondicionado según las normas de seguridad con juego de herramientas y rueda de repuestos, extintor, botiquín, señalizaciones y todas aquellas condiciones que exigen la Ley de Tránsito y sus reglamentos, así como también que cuente con sus permisos de circulación, seguros y revisión técnica vigentes.

f. será obligación del chofer tener pleno conocimiento de los sectores urbanos y rurales de la comuna de los Ángeles y gran disposición para el trabajo indicado.

g. Informar al IT si factura fue cedida o no al factoring, para el estado de pago correspondiente

h. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al inspector técnico

i. Será de cargo del proveedor el combustible, peajes, gastos de alimentación del personal y de todos los repuestos, mantenciones, reparaciones, provisión de elementos necesarios y renovación de documentación y permisos necesarios para la correcta ejecución del contrato.

j. Será obligación del proveedor que el chofer mantenga sanitizaciones frecuentes del vehículo, manteniendo los elementos necesarios, indicados en las Bases técnicas.

k. El Proveedor está obligado y se compromete a ejecutar los trabajos con el menor malestar a los vecinos y vehículos que deban transitar por zonas contiguas a donde se ejecute el servicio. La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local, por uso indebido de calles y demás terrenos de uso público, que corresponda.

l. Será obligación del proveedor que el chofer se presente en el lugar estipulado en las Bases técnicas para iniciar el recorrido.

m. En caso de accidente, el proveedor asume la total responsabilidad por acciones civiles y/o penales y/o laborales que pudieren interponerse en su contra.

n. En caso que la Municipalidad fuere objeto de alguna de estas acciones legales, las sumas que debiere pagar por cualquier concepto, deben ser reembolsadas íntegramente por el proveedor.

ñ. El proveedor deberá prestar el servicio contratado con un chofer con Licencia que corresponda al tipo de vehículo a conducir, que lo habilite legalmente para la conducción de éste, pudiendo la Municipalidad de Los Ángeles, en cualquier momento, verificar el cumplimiento de esta obligación.

o. En el caso de reemplazar el vehículo contratado por fuerza mayor, entendiéndose por tal a fallas o desperfectos que presente el vehículo y que sean irreparables, mediante la correspondiente certificación técnica y/o documento que dé de baja a dicho vehículo, se deberá reemplazar por uno de idénticas Bases técnicas, previa autorización del Inspector Técnico.

p. En el caso de reemplazar el vehículo contratado por fuerza mayor, entendiéndose por tal a fallas o desperfectos que presente el vehículo en forma temporal mientras sea reparado, deberá ser reemplazado por otro en buenas condiciones y de Bases técnicas equivalentes al vehículo adjudicado con cargo al prestador y por el tiempo autorizado por el Inspector Técnico.

q. En el caso de reemplazar el chofer, por razones de fuerza mayor, solo por el tiempo que dure el impedimento del conductor titular, este reemplazo deberá ser obligatoriamente informado a la Municipalidad de Los Ángeles, específicamente al Inspector Técnico del Servicio, este reemplazante debe contar con licencia de conducir idónea y entregar la misma documentación exigida para el chofer titular, lo cual será verificado por la Municipalidad de Los Ángeles, sin perjuicio que el Municipio, a través del Inspector Técnico del Servicio  pueda verificar el cumplimiento de estas obligaciones en cualquier momento durante la vigencia del Contrato. Misma obligación rige en caso de reemplazo del asistente.

r. Será responsabilidad del Proveedor hacer cambio de chofer cuando la Inspección técnica del Servicio establezca que se produjo un trato descortés, insubordinación, incapacidad y cualquier tipo de agresión verbal o física a los usuarios del servicio de transporte, incluyendo conductas impropias vinculadas al maltrato, violencia de género y acoso sexual Misma obligación rige en caso que el asistente haya incurrido en las conductas antes descritas.

s. Será responsabilidad exclusiva del Proveedor tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Proveedor, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Proveedor, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Proveedor, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.

t. El Proveedor deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda.

u. El Proveedor es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

v. Será obligación del Proveedor cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del Artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre la Gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios.

26.- RESPONSABILIDAD CIVIL

La Municipalidad de Los Ángeles-Área Educación queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión del servicio de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el oferente adjudicado.

27.- CAMBIO DE BUS EN FORMA PERMANENTE

Los adjudicados podrán solicitar el cambio permanente de un vehículo por razones de fuerza mayor como por ejemplo averías mecánicas graves, que impidan su rápido arreglo. 

El vehículo propuesto debe ser del mismo año o superior con características similares o superior al que se solicita reemplazar. La solicitud para el cambio debe ser dirigida al Director de Educación Municipal la cual deberá contar con el VºBº del Inspector Técnico a cargo de la fiscalización.

28.- DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la presente licitación, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del oferente adjudicado.

29.- DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

30.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural.

b) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

c) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

d) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. Respecto de esta letra se aplicará lo estipulado en la Cláusula N°39 de Sanciones y Multas, y lo indicado a las causales que dan término anticipado del contrato.

e) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme con el artículo 129 del Decreto Supremo 661, del Ministerio de Hacienda. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Decreto Supremo 661, del Ministerio de Hacienda.

g) Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 130 del Decreto Supremo 661, del Ministerio de Hacienda

h) Si al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30 - 1, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

i) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

j) Se podría dar término al acuerdo celebrado en el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21.595, de delitos económicos, debiendo añadirse que similar terminación tendría lugar cuando al proveedor adjudicado se le sancionara con la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N°20.393, sustituidos por el artículo 50 de su símil N°21.595 (aplica oficio N°E539710, de 2024, de la Contraloría General de la República).

En caso de producirse las causales indicadas en b); d); e); y/o h), la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

31.- DEL PAGO

El servicio será pagado por mes vencido dentro de los 30 días siguientes al mes trabajado y una vez recibida conforme la Factura por la Dirección de Educación Municipal respecto a la oferta presentada en Anexo N°5.

El pago se realizara de acuerdo a los días en que efectivamente fue prestado el servicio de transporte.

Antes de la emisión de la factura por parte del proveedor adjudicado, éste deberá enviar la cantidad de días efectivamente realizados y trabajados al Inspector Técnico del Servicio, el cual posteriormente los ratificara y verificara. Una vez realizada la corroboración de los días efectivamente trabajados el ITS solicitara la emisión de la orden de compra por el mes correspondiente.

Una vez emitida y enviada la orden de compra al proveedor a través de la plataforma de Mercado Publico, el proveedor adjudicado podrá emitir la factura.

La factura mensualmente emitida deberá indicar el número de días en que efectivamente se efectuaron los servicios contratados, y deberá contar con V°B° del Director Comunal del DAEM y del ITS

En el caso de una UTP, será el representante  de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien  deberá emitir la  factura respectiva para cursar  el pago que genere la ejecución  contractual.

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el oferente adjudicado.

32.-DOCUMENTOS PARA EL PAGO

32.1.    El oferente adjudicado deberá presentar los siguientes antecedentes:
1.1.-  Factura a nombre de MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREA EDUCACIÓN R.U.T. 69.170.101-8, en la que se indique el número de orden de compra.  Al momento de emitir la factura, en la página www.sii.cl, oferente adjudicado deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al IT. 
1.2.- Autorización del Ministerio de Transportes para el transporte Escolar actualizado.
1.3.- En el caso que el oferente adjudicado contrate un chofer y auxiliar deberá adjuntar además la siguiente documentación:
1.3.1-Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales del o los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al estado de pago. 
1.3.2.-Certificado de cumplimiento de obligación laboral y previsional vigente emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Oferente adjudicado no tiene reclamaciones laborales por parte del o los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al estado de pago. 

32.2.    El IT deberá adjuntar los siguientes antecedentes:

2.1.- Factura con V°B° del Director DAEM e IT.
2.2.- Orden de Compra en estado Aceptada.
2.3.-Copia garantía de fiel cumplimiento del contrato. 
2.4.-En el caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl). 
2.5.-Bases administrativas, Bases Técnicas. 
2.6.-Anexo Oferta Técnico-Económica. 
2.7.-Decreto Alcaldicio de adjudicación. 
2.8.-Decreto que aprueba contrato o sus modificaciones 
2.9.-Contrato o sus modificaciones 
2.10.-Decreto que nombra I.T. , titular y suplente.
2.11.-En el caso de multas, adjuntar Decreto Alcaldicio que la sanciona.
2.12.-Certificado detallado de conformidad del servicio. (Firmado por el Inspector Técnico)

33.- DE LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el oferente adjudicado. Los descuentos se harán en el pago correspondiente del oferente adjudicado y/o de las garantías vigentes.

34.- DEL PLAZO

Una vez dictado el decreto que aprueba el contrato, el Inspector Técnico notificará mediante correo electrónico al Proveedor para dar inicio al servicio y tendrá una duración desde la fecha registrada en el libro de inspección técnica y regirá hasta el 31 de diciembre de 2026 o termino escolar año 2026 según calendario del Ministerio de Educación o lo que ocurra primero.

El horario, días de ejecución y recorrido del servicio será el estipulado en las Bases Técnicas que forman parte de la presente licitación.

El plazo fijado para la ejecución del servicio se entenderá en días corridos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Proveedor.

2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
3.- Que el hecho sea insuperable.
4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

35.- DEL INICIO DEL SERVICIO

Una vez firmado el contrato y dictado el decreto alcaldicio que aprueba dicho contrato, el Inspector Técnico del Servicio deberá mediante correo electrónico notificar al Proveedor para dar inicio del servicio. La fecha quedará registrada en el libro de inspección técnica y regirá hasta el 31 de diciembre de 2026 o termino escolar año 2026 según calendario del Ministerio de Educación, lo que ocurra primero. 

El proveedor se entenderá por notificado del inicio del servicio en un plazo de 24 horas hábiles (de lunes a viernes) desde la fecha de emisión del correo electrónico.

36.- INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, IT, al o los Profesionales de la Dirección de Educación Municipal a quién se les haya encomendado velar directamente por el cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio, según requerimientos indicados en los Bases Técnicas  y convenio FAEP, y que deberá ser designado por decreto Alcaldicio e indicando IT suplente y las funciones a desarrollar.

37.- ATRIBUCIONES DEL I.T

El Inspector Técnico, I.T. tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago correspondiente, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

El Inspector Técnico tendrá la atribución de aceptar o rechazar en relacion al interés superior del servicio, la facultad de calificar casos invocados por el transportista como CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.

El IT inspeccionará el cumplimiento del suministro de acuerdo a todos los antecedentes del contrato.

El IT estará facultado para impedir la salida de una máquina cuando ésta presenta condiciones inadecuadas de seguridad para los educandos, de acuerdo a la inspección en terreno, el cual consignará en el Libro de inspección, sin perjuicio de las multas que hubiere, lo anterior, se considerará como servicio no prestado.

El Inspector Técnico, será responsable de verificar que tanto la documentación de los vehículos, de los choferes y auxiliares se encuentren al día y supervisar que el servicio se ejecute conforme a la normativa vigente y sus modificaciones si corresponde, Bases Administrativas y Bases Técnicas.

38.- DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA

El oferente adjudicado mantendrá un libro foliado en triplicado, que será proporcionado por él, denominado Libro de Inspección Técnica, que será el medio de comunicación oficial entre el Inspector Técnico y el oferente adjudicado. En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como:
- Fecha de inicio del servicio.
- Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección Técnica.
- Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el oferente adjudicado.
- Notificaciones de multas que notifique el Inspector Técnico.
- Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.

La hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico, y la primera copia por el oferente adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

39.- DE LAS SANCIONES Y MULTAS

En el caso de incumplimiento del servicio, se procederá  al cobro de las multas estipuladas a continuación:
1.         Se sancionará al oferente adjudicado con una multa equivalente a 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM) por cada falta, con un máximo de 6 UTM durante el período total del contrato. En caso de exceder el máximo indicado, la municipalidad dará término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Serán sancionados en la forma antedicha los siguientes incumplimientos:
a)         Retraso reiterado (5 veces) en el horario de prestación de servicios
b)         Que el vehículo no cuente con combustible para ejecutar las labores para la que fue contratado
c)         Que el vehículo no esté en condiciones de higiene idóneas para ejecutar las labores para las que fue contratado
d)         Cambio de chofer y/o asistente, sin la autorización del Inspector Técnico.
e)         Si los choferes o vehículos no presentan la documentación señalada en las Bases Técnicas o esta no se encuentra vigente.

f)         Que el vehículo se presente a prestar el servicio sin el asistente correspondiente.

2.         El incumplimiento de un servicio diario, se sancionará al oferente adjudicado con una multa equivalente a 1,5 UTM por cada día que no preste el servicio recorrido, diario, o que se presente con vehículo que no corresponda al ofertado, con un máximo de 6 UTM, durante el período total del contrato, en caso de exceder el máximo indicado, se dará término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Las multas se descontarán del Pago de la factura correspondiente al mes de su aplicación.

El responsable de la aplicación de las multas, será el inspector técnico del Servicio. Toda Multa a favor de la Municipalidad de los Ángeles, apelada o no por el oferente adjudicado, será  formalizado mediante decreto Alcaldicio.
-           El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico del Servicio
-           El valor de la UTM  será del mes de registro de la multa en el libro del Servicio.
-           El proveedor se dará por notificado de la multa al día hábil ( lunes a viernes) siguiente de su registro en el Libro del Servicio.
-           Toda Multa apelada no por el proveedor, a favor del mandante, se formalizará mediante decreto alcaldicio.

Las multas serán acumulativas en el caso que lo permitan y la sumatoria de las mismas no podrán exceder, en ningún caso, el monto de la garantía de fiel cumplimiento contrato, ya que, de ser así Municipalidad de Los Ángeles, dará término anticipado al Contrato, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

40.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

Este procedimiento se utilizará para la aplicación de multas, cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento y término anticipado del contrato.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento o término anticipado del contrato, la Dirección a cargo, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por escrito, a través de libro de inspección técnica o correo electrónico, informando sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito acompañando todos los antecedentes que respalden su posición mediante carta dirigida al director (a) de la Dirección a cargo. Dicha comunicación deberá ser ingresada en la secretaría municipal respectiva en horario de 08:15 horas a 14:00 horas y desde las 15:00 a 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes.

Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de decreto alcaldicio.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Municipalidad, mediante una comisión Municipal de Apelación, conformada por el Director de Educación Municipal, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles o quienes los subroguen, tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, para la aplicación de multas.

En caso de rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, la sanción que se aplique deberá formalizarse a través de decreto alcaldicio, en la cual deberá además pronunciarse sobre los descargos presentados.

Todo decreto alcaldicio, se notificará al respectivo proveedor por escrito, y se publicará oportunamente en el sistema de información electrónico.

Cabe señalar que, a estos actos administrativos, le son aplicables los recursos de impugnación estipulados en la Ley N° 19.880 “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

41.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio, será exclusivamente del oferente adjudicado.

42.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Se procederá a realizar la Liquidación del contrato una vez transcurridos 60 días corridos, contados a partir de la fecha de término de vigencia del contrato.

La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado.

Cumplido lo anterior  y  si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto Alcaldicio que sanciona la Liquidación del Contrato y se devolverá al Oferente Adjudicado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

43.- DE LAS GARANTÍAS Y SU DEVOLUCIÓN

De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
Esta garantía deberá ser entregada y permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 60 días hábiles.

En caso de producirse las causales de incumplimiento indicadas en la cláusula Nº30 Del Término Anticipado del Contrato, o en la Nº39. De las Sanciones y/o Multas y su Aplicación, lo que concierne a relación a las causales que darán término anticipado del contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y empresa subcontratada si hubiere), la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

Si dicha garantía consiste en póliza de seguro entregada de manera electrónica y verificable en línea mediante los códigos establecidos en la misma, ésta debe ajustarse a lo establecido en la Ley 19.799 Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma.

Si se ejecuta la garantía de fiel cumplimiento por no haber pagado el proveedor una multa, deberá restituirse al contratista el excedente, si lo hubiera, sin perjuicio de su obligación de entregar una nueva caución (de acuerdo a lo indicado en oficio N°E528837, de 2024, de la Contraloría General de la República).

El instrumento entregado será devuelto al oferente adjudicado, previa solicitud de éste, una vez cumplido el plazo contractual y realizada la recepción conforme del servicio.

44.- PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.