Resolución de Empates |
En caso de que se produzca un empate al momento de realizar la evaluación, el orden de las variables a considerar para el desempate será el siguiente:
I. El mayor puntaje obtenido en la evaluación de la Experiencia.
II. El mayor puntaje en la evaluación en la oferta económica.
III. De mantenerse el empate se escogerá al oferente que haya dado obtenido mayor puntaje en el Plazo de Entrega.
IV. De persistir aun el empate, se evaluará el que posea mayor experiencia, indistintamente de haber obtenido la misma evaluación de la Experiencia con otro Oferente.
V. De mantenerse el empate, se evaluará el que haya ofertado un menor plazo de entrega, independiente de posea una misma evaluación en este punto a otra oferta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por el Instituto en las presentes Bases Administrativas.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En el evento que la empresa contratada no dé cumplimiento en aquello que dice relación con el pago de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley de Compras Públicas, N° 19.886.
El IND no tendrá vínculo jurídico ni laboral alguno con el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio. En consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Seguro de Responsabilidad Civil, Seguro de Vida, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario.
En caso de accidentes laborales, el contratista deberá responsabilizarse y dar al perjudicado la atención de salud adecuada. Por obligación, el contratista debe cumplir con la ley 16.744 de “Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y poseer todos los seguros obligatorios exigidos por la norma vigente para prestaciones de servicios de seguridad.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
El IND podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
El IND podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Aceptación de los términos de las Bases. |
La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
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Interpretación de las Bases. |
El IND se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
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Aclaraciones y/o modificaciones de oficio a las Bases. |
El IND, podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes. El Instituto podrá modificar las presentes bases hasta 24 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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Antecedentes Generales. |
La evaluación de los antecedentes determinará si se acepta o se rechaza una propuesta de acuerdo al rigor del oferente respecto de las bases y al control de su seriedad, capacidad y aptitud para proveer los bienes/servicios requeridos, sin afectar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las Bases.
Los Oferentes NO inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado --como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro del plazo de 5 días hábiles-- con la inscripción vigente en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración.
Los Oferentes inhábiles en www.chileproveedores.cl, En el evento que el oferente adjudicado no se encuentre hábil en el portal de chileproveedores, tendrá un plazo de 5 días hábiles para regularizar su habilidad. De no darse cumplimiento dentro del término indicado el IND se reserva el derecho de readjudicar la licitación al segundo proveedor mejor evaluado y así sucesivamente, o declarar desierta la licitación según corresponda.
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La Oferta Técnica. |
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas.
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La Oferta Económica. |
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total NETO ofertado, es decir, que no deben contener el IVA, pues el propio portal agrega el impuesto.
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional.
Para el cálculo de su oferta económica presentada, será responsabilidad del oferente determinar el recurso humano, necesarios para la correcta y completa ejecución de la presente licitación en las condiciones establecidas en las bases.
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Contenidos mínimos de la oferta técnica. |
Las ofertas que no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases técnicas, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en la presentación de todos los anexos. La falta de presentación de cualquiera de los Anexos requeridos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación; es decir, se declarará inadmisible.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word o Excel según corresponda, en el portal mercado público. Sin perjuicio de lo anterior si el oferente adjunta otro formato su oferta será evaluada siempre que contenga toda la información requerida en los anexos definidos para tales efectos, de lo contrario serán inadmisible. En caso que el oferente quisiera completar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
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Costo de formulación de las ofertas |
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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La Comisión Evaluadora. |
Las ofertas serán evaluadas, por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes:
-El Sr. César Salas Núñez o en caso de ausencia, la Srta. Ivette Barraza Vásquez.
-La Srta. Carla Luco Cuellar o en caso de ausencia el Sr. Diego Alliu Morales.
-El Sr. Marcelo Waldo Oyarzun Bugueño o en caso de ausencia el Sr. German Espinaza Álvarez.
La Comisión será presidida por el funcionario de mayor jerarquía y efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.
En cualquier caso, y conforme al artículo 54 y 57 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final
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Consultas Aclaratorias a Oferentes. |
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
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Evaluación Puntaje Mínimo de Ofertas Técnicas |
En el caso que en la respectiva licitación se presente solo UN OFERENTE, para que pueda adjudicársela deberá obtener como puntaje mínimo dentro de la evaluación total una nota 3.5, en caso contrario no podrá adjudicarse el proceso licitatorio.
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos contenidos en las presentes bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos serán declaradas inadmisibles.
Sólo a aquellas propuestas admisibles, se evaluará de acuerdo a los criterios establecidos.
Las propuestas globales que no alcancen el puntaje mínimo de 3.5 puntos, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán en el proceso de licitación.
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Alcances (Calidad Técnica). |
En el Punto N°1 de las Especificaciones / Bases Técnicas “PRODUCTOS REQUERIDOS”, se indicarán cada una de las especificaciones técnicas que se deben adjuntar al momento de realizar las ofertas, toda vez que estas especificaciones técnicas se deben cumplir en su totalidad, en caso contrario, la oferta será declarada INADMISIBLE y por ende no continuarán en las siguientes etapas del proceso de evaluación y licitación. Para tales efectos deben completar el Anexo N°3.
El oferente debe señalar en la cotización al momento de postular la oferta por el total del producto solicitado y con las especificaciones técnicas descritas de cada uno de los productos requeridos. Será declarado inadmisible las ofertas que liciten en forma parcializada los productos solicitados o que no cumpla en un 100% con las especificaciones requeridas.
Los productos deben llegar a domicilio y considerar el almacenamiento en las bodegas del IND, ubicadas en calle Condell N°2113 Esquina 21 de Mayo en la ciudad de Antofagasta.
Por capacidad de bodega en nuestras instalaciones, el despacho deberá ser 3 veces en el año, de acuerdo a la solicitud del mandante que se realizará con 15 días corridos de anticipación.
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Evaluación Oferta Económica (EOE). |
El valor de la Oferta Económica, para efectos de su evaluación, corresponderá al Valor Total Neto. Las ofertas que hayan calificado técnicamente serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntaje Económico = OPM * 5
OE
Donde:
OPM: Es el precio menor de todas las ofertas evaluadas.
OE: Es el precio de la oferta evaluada.
5: Es el puntaje mayor.
Las ofertas económicas de monto mayor al indicado en las presentes bases no serán evaluadas técnicamente y serán declaradas inadmisibles.
NOTA: Se debe adjuntar en la respectiva oferta, la cotización itemizada por cada uno de los productos solicitados en la presente licitación, mediante Anexo N°1.
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Evaluación Plazo de Entrega (EPE). |
El Plazo de Entrega máximo que se evaluará en las ofertas recibidas, será de 30 días corridos, toda oferta que indique un plazo superior a este o que no lo indique, será declarada inadmisible.
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Evaluación Experiencia (EEX). |
Los oferentes deberán acreditar su experiencia a través de cartera de Clientes a los cuales se hayan entregados productos químicos similares a los solicitados en la presente licitación. Esta Cartera de Clientes debe tener nombre de la Institución y teléfono o correo electrónico de contacto, de manera tal de realizar trazabilidad y conformidad de los productos entregados, tanto en forma, tiempo y calidad de los mismos. Esta cartera deberá comprender las ventas realizadas por el Oferente durante los años 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025.
Para efectos de la presente licitación la experiencia en el rubro DEBERÁ SER RELPALDADA por la cartera de Clientes eventualmente modificando el anexo propuesto, pero debe incluir toda la información antes requerida, en el caso de que algún Cliente no posea la información solicitada y que no permita realizar la trazabilidad, este no será considerado en la contabilización de la cartera.
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Adjudicación |
La Adjudicación se hará por Resolución fundada de la Dirección Regional de Antofagasta del Instituto Nacional de Deportes de Chile, sobre la base del acta de evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora.
“El Instituto” adjudicará la licitación a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, y aunque ella no sea la de menor valor.
El oferente cuya propuesta u oferta ha sido seleccionada de este modo será, entonces, denominado Adjudicatario.
En caso de no adjudicarse o no resolverse la inadmisibilidad de las ofertas o la deserción del proceso en el plazo señalado en el cronograma establecido en el portal, el Instituto fijará un nuevo plazo de días hábiles para dictar el acto administrativo respectivo, el cual, se informará a través de www.mercadopublico.cl junto a las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo original.
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Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta. |
El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación de la licitación, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
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De la Orden de Compra. |
Una vez efectuada la evaluación por parte del IND, se dictará la Resolución de Adjudicación, posteriormente se elaborará el contrato (si procediera) y luego se emitirá la orden de compra nominativa al oferente seleccionado, a través del portal. La orden contendrá los bienes y/o servicios adjudicados, la descripción técnica general y, en su caso, el lugar de entrega. La orden de compra debe ser aceptada a través del portal por el oferente seleccionado en un plazo máximo de 24 horas desde su emisión. En el caso que la orden de compra no haya sido aceptada, el IND podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurrido 24 horas desde dicha solicitud.
El Instituto se reserva el derecho de anular la orden de compra emitida, por incumplimientos del proveedor.
En el caso de las personas naturales y jurídicas, deberán adjuntar declaración jurada simple de no estar afecto a la prohibición contemplada en el artículo 10 de la Ley N° 20.393, esto es, no haber sido condenada, temporal o perpetuamente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.
El oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse en estado hábil en el registro de Chileproveedores. En el caso de encontrarse inhábil se le otorgara un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para regularizar su estado en el Registro Electrónico.
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Modalidad de pago |
El/los pago/s al o los proveedores por los bienes adquiridos o servicios contratados por el Instituto, deberá efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente el Instituto registre en el Sistema de Información:
a) La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.
b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.
Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
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FACTURACIÓN. |
La factura respectiva deberá ser extendida de la siguiente forma:
- Nombre: Instituto Nacional de Deportes de Chile.
- R.U.T N°: 61.107.000-4.
- Domicilio: 21 de mayo N° 511.
- Ciudad: Antofagasta.
- Giro: Gobierno Central.
Una vez entregado el servicio, el proveedor debe cumplir con lo siguiente:
a) Primero deben aceptar la OC, y facturar después que la institución genere la RECEPCIÓN CONFORME.
b) Deben enviar el archivo Xml a la casilla de intercambio: indrecepcion@custodium.com"
c) El DTE emitido por el proveedor, debe incluir correctamente el ID de la orden de compra, no incluyendo abreviaturas ni espacios en el ID asignado. Obligatoriamente debe completar el campo 801 (orden de compra) con el número de la OC emitida por nuestra institución.
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PRESUPUESTO DISPONIBLE. |
El instituto Nacional de Deportes, Dirección Regional de Antofagasta, cuenta con un presupuesto disponible anual para la presente licitación de $ 18.000.000.- (Dieciocho millones de pesos) IVA INCLUIDO.
Cualquier oferta, que supere ampliamente el monto disponible, será declarada inadmisible.
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ANTICIPOS Y REAJUSTES |
No se contempla pagos anticipados ni reajustes por ningún concepto.
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Causales de Término Anticipado del Contrato. |
El contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, el IND sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las multas según lo establecido en las presentes bases y en el artículo 135 del reglamento N°661.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el IND pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
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Contraparte técnica |
Para los efectos de la presente licitación, se entenderá contraparte técnica para la coordinación del servicio y comunicación con el adjudicatario, el Administrador General de Recintos Deportivos de la Dirección Regional del IND de Antofagasta, o quien la subrogue o remplace.
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MULTAS |
El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte el adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a lo estipulado en este punto.
- Por cada día corrido de atraso en el plazo de entrega ofertado
MULTA: 1 UF
La multa se aplicará por cada día corrido de atraso respecto del plazo de entrega estipulado, desde la aceptación de la orden de compra.
La aplicación de multas no libera al adjudicatario de otras sanciones, como el término del contrato si procediera.
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Procedimiento de aplicación de multas |
Cuando se verifique un hecho constitutivo de multa de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y/o en las Bases Técnicas, se deberá notificar por escrito al proveedor de dicha circunstancia, con indicación expresa de los hechos que se le imputan, concediéndose un plazo de cinco días hábiles para que éste efectué sus descargos respectivos, debiendo señalar todas las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como la negación de la concurrencia de los hechos , o que demuestren que no constituye infracción, adjuntando todos los antecedentes que sustenten sus alegaciones.
Asimismo, deberán solicitarse las diligencias probatorias pertinentes.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, deberá formalizarse la medida a aplicar por la contraparte técnica, al departamento de Administración y Finanzas, solicitando la aplicación de la multa en caso que ello sea procedente, mediante resolución fundada, dentro de una plazo de 5 días hábiles. El acto administrativo indicado se publicará oportunamente en el sistema de información.
La medida deberá ser notificada al proveedor mediante correo electrónico. Sera responsabilidad del proveedor, mantener actualizada la dirección de correo electrónico e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
Una vez aplicada la multa al proveedor, se harán efectivas a través de descuentos en los pagos del mes siguiente o el IND podrá facturar el monto de la multa.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de su notificación. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada.
Asimismo, podrá interponer el recurso jerárquico subsidiariamente con el de reposición, debiendo en este caso elevarse los antecedentes al Director/a Nacional del IND para que conozca del recurso o deducirlo directamente dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación del rechazo total o parcial del recurso de reposición.
La autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos referidos tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
No se aplicaran las multas si se trata de caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica y alegados dentro de los 5 primeros días hábiles de ocurrido el hecho que impida al contratista cumplir con sus obligaciones. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.
La aplicación de multas no podrá superar al 20% del valor total contratado.
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Notificaciones electrónicas al proveedor |
Los proveedores y adjudicatario deberán fijar, a través del sistema de información, una dirección de correo electrónico única para recibir todas las notificaciones sobre todos los hitos importantes del proceso licitatorio y contractual, incluyendo las medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.
Es de responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizado e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
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SUBCONTRATACIÓN |
No existe prohibición de subcontratación.
El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado.
Los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores.
El límite de la subcontratación será del 30% del total del monto adjudicado, y en ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión del contrato.
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CAUSALES DE INADMISIBILIDAD |
- Se declararán inadmisibles las ofertas de los proponentes que tengan vínculo de parentesco con funcionarios directivos del Instituto Nacional de Deportes de Chile, o que dichos funcionarios y/o sus parientes formen parte, o posean acciones, derechos o cargos en la respectiva sociedad o empresa, o hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la presentación de las ofertas. Todo lo anterior en los términos establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios.
- La presente licitación será evaluada en forma global, teniendo presente que el oferente deberá ofertar por el total de los ítems solicitados y no por parte de ellos, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
- Las ofertas que no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases técnicas, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalló en la presentación de todos los anexos. La falta de presentación de cualquiera de los Anexos indicados anteriormente, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación; es decir, se declarará inadmisible.
- En el caso que en la respectiva licitación se presente solo UN OFERENTE, para que pueda adjudicársela deberá obtener como puntaje mínimo dentro de la evaluación total una nota 3.5, en caso contrario no podrá adjudicarse el proceso licitatorio.
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos contenidos en las presentes bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos serán declaradas inadmisibles.
Sólo a aquellas propuestas admisibles, se evaluará de acuerdo a los criterios establecidos.
Las propuestas globales que no alcancen el puntaje mínimo de 3,5 puntos, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán en el proceso de licitación.
- En el Punto N°1 de las Especificaciones / Bases Técnicas “PRODUCTOS REQUERIDOS”, se indicarán cada una de las especificaciones técnicas que se deben adjuntar al momento de realizar las ofertas, toda vez que estas especificaciones técnicas se deben cumplir en su totalidad, en caso contrario, la oferta será declarada INADMISIBLE y por ende no continuarán en las siguientes etapas del proceso de evaluación y licitación. Para tales efectos deben completar el Anexo N°3.
El oferente debe señalar en la cotización al momento de postular la oferta por el total del producto solicitado y con las especificaciones técnicas descritas de cada uno de los productos requeridos. Será declarado inadmisible las ofertas que liciten en forma parcializada los productos solicitados o que no cumpla en un 100% con las especificaciones requeridas.
- En caso de no indicar el plazo de entrega o si este es mayor a 30 días corridos, la oferta será declarada inadmisible.
- El instituto Nacional de Deportes, Dirección Regional de Antofagasta, cuenta con un presupuesto disponible anual para la presente licitación de $ 18.000.000.- (Dieciocho millones de pesos) IVA INCLUIDO.
Cualquier oferta, que supere el monto disponible, será declarada inadmisible.
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MODIFICACION DE CONTRATO |
El contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
Durante la ejecución del contrato el IND podrá aumentar hasta en un 30% prestación de bienes o servicios contratada o convenida. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado.
El IND podrá aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra cuando existan razones fundadas para ello.
Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, las modificaciones podrán alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos:
(i) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
(ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
(iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.
Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 129 del Decreto N°661 del 2024.
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SUGERENCIAS AL PROVEEDOR PARA OFERTAR. |
- Presentar sólo los documentos solicitados en las bases.
- En caso de ser varios anexos a presentar como respaldo, subir estos archivos en formato comprimido (WINZIP o WINRAR) y no individualmente.
- Procurar que los nombres de los archivos sean abreviados o cortos, ya que al ser muy extensos puede haber problemas al tratar de abrir o descargar.
- La iniciación de actividades solicitada para acreditar la experiencia la puede descargar u obtener directamente desde la página del S.I.I. (Consultar situación tributaria de terceros).
- Procure adjuntar todos los anexos obligatorios solicitados en la bases.
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