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Resolución de desempate |
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En caso de producirse un empate en el resultado final de la
evaluación, la Subsecretaría procederá a adjudicar la licitación
al oferente que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio de
“PRECIO ENCUESTA”. Si aplicado este criterio aún continuara el
empate, la Subsecretaría procederá a adjudicar la licitación al
oferente que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio
“EXPERIENCIA JEFE DEL PROYECTO”. Si aplicado este criterio aún
continuara el empate, la Subsecretaría procederá a adjudicar la
licitación al oferente que haya obtenido el mejor puntaje en el
criterio “EXPERIENCIA DE EQUIPO DE TRABAJO”. Si aplicado este
criterio aún continuara el empate, la Subsecretaría procederá a
adjudicar la licitación de acuerdo con el orden de prelación de la
presentación de las ofertas en www.mercadopublico.cl, es decir, al
oferente que primero haya ingresado su propuesta.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, al participar en este proceso
licitatorio, así como en la posterior ejecución del contrato, en
caso de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones que contenidas el mismo, particularmente las
relacionadas a la probidad en la relación de particulares con el
Estado, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Particularmente, el oferente acepta suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se
extenderán a la ejecución contractual en caso de resultar
adjudicado:
1. El proveedor se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar
ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario o servidor público en relación con su
oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven
de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el
proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
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posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de
ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni concretar acuerdos o
realizar negociaciones, actos o conductas destinadas a
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus
tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la
información y documentación, que deba presentar para efectos
del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas
que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los
principios de legalidad, ética y transparencia en el presente
proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y se
sujetará a las reglas y condiciones establecidas en las Bases
de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que
de ellos derivase.
6. El oferente se obliga y acepta ser responsable de las
consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean
aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el
proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma
en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fueren
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas
sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9. El oferente se compromete a no infringir ni coartar derechos
humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las
eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que
le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados
por Naciones Unidas y aprobados por el estado de Chile. Se
deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” o
“proveedor” efectuada en la numeración de compromisos del
párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario
respectivo, sin distinción, incluidas la totalidad de
obligaciones y deberes previamente establecidos".
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