Licitación ID: 1380-303-LE25
PPTA 476-25 ADQUISICION MESA QUIRURGICA VERSION 3 TROI ARAUCANIA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 92
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Productos o servicios
1
Mesas de examen o de procedimiento clínico para uso general 1 Unidad
Cod: 42192001
MESA QUIRURGICA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 476-25 ADQUISICION MESA QUIRURGICA VERSION 3 TROI ARAUCANIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere adquirir mesa de mesa quirúrgica, en adelante “EL Equipo”, definido en las bases administrativas y técnicas. El equipo será requerido para la habilitación del Centro de Tratamiento Oncopediátrico Integral, (TROI Araucanía). Para la habilitación del TROI Araucanía, es fundamental y de preferencia que la entrega del equipo detallado en las presentes. El plazo de entrega es crítico para asegurar la oportuna puesta en marcha del centro y se encuentra establecido como un factor “plazo de entrega” en los criterios de evaluación. Además, se realizará en concordancia con la legislación vigente, bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas que se detallan en el Anexo N°3A y otros anexos que constituyen el referendo llamado a licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-10-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-10-2025 12:36:24
Fecha inicio de preguntas: 16-10-2025 13:00:00
Fecha final de preguntas: 20-10-2025 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-10-2025 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-10-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-10-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-10-2025 16:37:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 1A, Identificación del Oferente, formulario que el oferente debe completar y firmar para efectos de lo señalado en el artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886. (Requisito formal).
2.- - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. N°4 Ley N°19.886 e Inhabilidades Arts. N°8 y N°10 de la Ley Nº20.393. (Requisito formal).
3.- - Anexo Nº 2A, Declaración jurada programa de integridad.
4.- - Anexo N°2B, Declaración jurada de independencia de la oferta. (Requisito Formal).
5.- - Documento de programa de integridad y ética empresarial.
6.- - Copia de la escritura pública de constitución y/o eventuales modificaciones, emitida dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación y/o Estatuto actualizado emitido dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación. En el caso de que la escritura no haya sufrido cambios, acompañar el certificado de vigencia correspondiente, de acuerdo a la naturaleza de la persona jurídica. Sin perjuicio de lo referido en el artículo N°15, inciso 5 de la Ley N° 19.886. (Requisito Formal).
Documentos Técnicos
1.-  Cumplimiento de Especificaciones Técnicas Anexo N°3A que deben ser completados, según lo indicado en el mismo anexo. (Requisito de Admisibilidad).
 
2.-  Certificado o indicación de cumplimiento, emitido por el fabricante, de norma CE O FDA, según lo definido en el factor de evaluación
 
3.-  Certificado o Indicación de cumplimiento norma ISO 13485 según lo definido en el factor de evaluación.
 
4.-  Certificado o Indicación de cumplimiento ISO 9001 (empresa distribuidora en chile), según lo definido en el factor de evaluación.
 
5.-  Certificado Años de Representación de la Marca, según lo definido en el factor de evaluación.
 
6.-  Certificado de Cumplimiento Norma de Seguridad Eléctrica IEC 60601-1 u Homologa, según lo definido en Anexo N° 3A de especificaciones técnicas. (Requisito Formal).
 
7.-  Certificado de Condiciones de Garantía técnica, según lo definido en Anexo N° 3A de especificaciones técnicas. (Requisito Formal)
 
8.-  Cronograma de mantención preventiva del equipo en periodo de garantía, según lo definido en Anexo N° 3A de especificaciones técnicas. (Requisito Formal)
 
9.-  Certificado Servicio Técnico Propio. (Adjuntar carta de compromiso), según lo definido en Anexo N° 3A de especificaciones técnicas. (Requisito Formal
 
10.-  Certificado Representación de la marca, según lo definido en Anexo N° 3A de especificaciones técnicas. (Requisito Formal).
 
11.-  Catálogos, folletos, ficha técnica o documentos adicionales que puedan servir para identificar mejor los insumos y para corroborar el cumplimiento de los Anexos de Especificaciones técnicas (de preferencia en idioma español). Las ofertas que no dispongan del contenido requerido para verificar el cumplimiento del ítem ofertado serán declaradas inadmisibles, dado que este antecedente no podrá ser aclarado, rectificado. Este documento solo puede ser solicitado por omisión. (Requisito formal).
 
Documentos Económicos
1.-  Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe ser completado y firmado, indicando claramente el valor unitario y el valor total ofertado. (Requisito de Admisibilidad de la Oferta). La presentación incompleta de este anexo dejará Inadmisible la Oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 D. AÑOS DE REPRESENTACIÓN DE LA MARCA VER PUNTO 9.8 DEL ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
2 D. GARANTÍA TÉCNICA VER PUNTO 9.8 DEL ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%
3 A. EVALUACIÓN ECONÓMICA 30 PUNTOS VER PUNTO 9.8 DEL ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 30%
4 B. PLAZO DE ENTREGA 25 PUNTOS VER PUNTO 9.8 DEL ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%
5 C. CERTIFICACIONES EVALUABLES VER PUNTO 9.8 DEL ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
6 E. PROGRAMA DE INTEGRIDAD 5 PUNTOS VER PUNTO 9.8 DEL ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
7 F. EVALUACIÓN REQUERIMIENTOS FORMALES 5 PUNTOS VER PUNTO 9.8 DEL ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 45220000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones 2.2 La adquisición de los equipos correspondiente a la línea N°1, será financiado con cargo al Ítem presupuestario Nº 29.05.002.001, denominado: “Máquinas y Equipos para la Producción Iniciativa Operacional” del presupuesto del Hospital.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@asur.cl
Nombre de responsable de contrato: DANIELA MONTES ALDUNATE
e-mail de responsable de contrato: daniela.montes@redsalud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556948-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
20.2. El Adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con el Hospital.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 26-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: VER PUNTO N°5 DEL ÍTEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
Glosa: VER PUNTO N°5 DEL ÍTEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
Forma y oportunidad de restitución: VER PUNTO N°5 DEL ÍTEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

9.12.         En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos (2) o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a)    Mayor puntaje obtenido en punto A de los criterios de evaluación “Precio” y de persistir el empate;

b)    Mayor puntaje obtenido en punto B de los criterios de evaluación “Plazo de Entrega” y de persistir el empate;

c)     Mayor puntaje obtenido en punto D de los criterios de evaluación “Garantía Técnica” y de persistir el empate;

d)    Mayor puntaje obtenido en punto C de los criterios de evaluación “Certificaciones evaluables” y de persistir el empate;

e)    Mayor puntaje obtenido en el punto E de los criterios de evaluación “Programa de Integridad”, y de persistir el empate;

f)      Mayor puntaje obtenido en el punto F de los criterios de evaluación de “Evaluación de requerimientos formales”.

9.13.         Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl., considerando fecha y hora.






Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
10.7. Los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información, para realizar consultas sobre la adjudicación, a través del correo electrónico erwin.contreras@redsalud.gob.cl, Jefe del Subdepartamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital, patricioa.carrasco@redsalud.gob.cl; cesar.vasquezq@redsalud.gob.cl (Jefes subrogantes del subdepartamento de licitaciones). El Hospital dispondrá del plazo de cinco (5) días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación. 
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
El Hospital tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación (Art. N° 56 del Decreto N° 661/24). Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”. No obstante, la solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos no podrán reemplazar documentos exigidos como requisitos de admisibilidad.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de cuarenta y ocho (48) horas corridas,  contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl; prorrogable una sola vez en las mismas condiciones. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Lo dispuesto en esta cláusula se aplicará de acuerdo a los factores de evaluación establecidos en el punto 9.8 del presente apartado de las bases administrativas.  


9.7. Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación. Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en http://www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

Pacto de integridad
18.1. El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. 
18.2. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
18.3. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 
18.4. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
18.5. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 
18.6. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 
18.7. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 
18.8. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 
18.9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
18.10. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. 
18.11. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el punto 10.10, ítem II, de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la letra n) del punto 10.1, ítem III de estas bases de licitación.
1. INICIO DE LA PROPUESTA

1.1           La propuesta será adjudicada mediante resolución exenta dictada por la Dirección.

1.2           Para adjudicaciones con montos inferiores a 1.000 UTM, la fecha de inicio será, la fecha que indica la Resolución de Adjudicación, la que hará las veces de Resolución-Contrato y Orden de Compra.

1.3           El adjudicatario deberá presentar los documentos indicados en el punto N° 10.8 del ítem II, dentro de los plazos estipulados en las presentes bases de licitación. Estos documentos incluyen la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, así como el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) de la Dirección del Trabajo.  Si no se presentan estos documentos en el plazo establecido, se entenderá por desistida la oferta.

1.4           En caso de que la oferta sea considerada desistida por la no presentación de los documentos mencionados o en caso de desistimiento de celebrar el contrato, se procederá conforme a lo dispuesto en el punto 10.10, ítem II, de las bases administrativas. 

2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA Y OFERTA
2.1 La propuesta de adquisición de los equipos será de ejecución inmediata.
20. DE LAS PROHIBICIONES
20.1. Existirá prohibición total de contratar la prestación de estos servicios con el personal o funcionarios del Hospital, en virtud de lo dispuesto en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886, y en los artículos 13 y 14 del Reglamento de la mencionada ley. 20.2. El Adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con el Hospital.
19. PLAZO DE ENTREGA

19.1        De acuerdo a lo indicado en punto B) de los factores de evaluación, la fecha desde cuando se empezarán a contar estos días será desde la fecha de adjudicación y notificación en el portal mercado público

19.2         El plazo de entrega no podrá exceder el 19 de diciembre del 2025.

19.3        Con todo, si el adjudicatario no diese cumplimiento a la entrega en los plazos comprometidos en la oferta, el hospital podrá aplicar las sanciones establecidas en la presente base y cobrar el documento de garantía correspondiente.

17. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones a derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran. Cualquier reclamo o acción de esta naturaleza será responsabilidad exclusiva del proveedor, quien deberá asumir las consecuencias legales y los costos que se generen a raíz de dichas transgresiones.
13. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
13.1. El contrato podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes o, de forma unilateral, por el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades del Hospital o lo exija el interés público. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato o de la orden de compra. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos: a) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; b) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o c) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. 13.2. Las modificaciones de contrato serán aplicables cuando las circunstancias que dieron origen al contrato cambien o se alteren, debiendo adecuarse a las nuevas condiciones sin alterar la esencia de lo pactado, conforme a lo señalado en el punto anterior. 13.3. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº 1), sin alterar la esencia del contrato ni la igualdad entre los oferentes. Cualquier aumento o disminución deberá comunicarse al Adjudicatario oportunamente. 13.4. En ningún caso la modificación podrá superar el treinta por ciento (30%) del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza, objeto o elementos esenciales, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo. 13.5. Cuando la modificación implique un aumento en el plazo o en el valor del contrato, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, aplicando las mismas reglas de presentación de la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondiente a la modificación. 13.6. La nueva garantía podrá complementar la garantía original o ser canjeada por una nueva, que cubra el monto total del contrato modificado, y plazo en los casos que corresponda. 13.7. Toda modificación al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo N°132 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente pactadas.
10. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
10.1. El Hospital, se reserva el derecho de poner término anticipado si el Adjudicatario no diera cumplimiento a las siguientes cláusulas: a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentra en mora de cumplir sus obligaciones. b. La muerte o incapacidad sobreviviente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. c. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. d. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e. Se podrá dar término al contrato anticipadamente cuando las necesidades del Hospital cambien, en el sentido que sea posible cubrir la demanda de las prestaciones que dan origen a esta contratación. f. Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los equipos. g. Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. h. Será causal de término anticipado de contrato el ocultar información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros. i. En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: • Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. • De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. • Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. • Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. • Disolución de la UTP. j. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses. k. Esta entidad podrá dar término anticipada a este contrato cuando existan razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificados por la autoridad respectiva. l. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado. m. Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en la Ley de Compras Públicas y su Reglamento. n. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto 18, ítem III “Pacto de Integridad”. o. Las demás causales indicadas en el Art. N°13 de la Ley N°19.886, en su Reglamento y Art. N°13 bis de la Ley N°21.634.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.