|
Apertura de las ofertas |
|
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables. Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
|
|
|
|
Adjudicación |
|
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
|
|
|
|
Cláusula de Readjudicación |
|
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
|
|
|
|
Plazo de Adjudicación |
|
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
|
|
|
|
Metodología de desempate |
|
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el desempate se efectuará aplicando los criterios de evaluación, en un orden de mayor a menor del porcentaje de ponderación, en el siguiente orden: Experiencia del oferente, Precio. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
|
|
|
|
Recepción de antecedentes |
|
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
|
|
|
|
Consultas a la adjudicación |
|
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación al siguiente correo: marco.soto@conaf.cl.
|
|
|
|
Cláusula de confidencialidad |
|
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
|
|
|
|
Orden de Compra |
|
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor en un plazo de 2 días hábiles. En caso de no aceptar la orden de compra en el plazo antes indicado, CONAF podrá solicitar su cancelación, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud, según lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas.
|
|
|
|
Aplazamiento del cierre de la Licitación |
|
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse su cierre por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
|
|
|
|
Modificación de Bases |
|
De ser necesario podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
|
|
|
|
Comisión Evaluadora |
|
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por Jefe (a) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe(a) de la Sección Administración o a quien designe, Jefe (a) de Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, el Jefe (a) de la Unidad de Jurídica o a quién designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF.
Los integrantes de la comisión realizarán una declaración jurada sobre su ausencia de conflictos de interés en el proceso licitatorio; esto en virtud del Art. 37 del reglamento de la Ley 19.886 y el Art.62, N°6 dela Ley 18.575.
|
|
|
|
Suscripción del contrato |
|
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF.
En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados desde la adjudicación.
Para suscribir el contrato el adjudicatario debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la adjudicación.
Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación, la documentación necesaria para la confección de éste. Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial y modificaciones, si las hubiere.
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada, no entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato o por desistimiento por parte del adjudicado u otra causal, CONAF quedará en libertad de acción para licitar nuevamente o bien readjudicar la licitación a otro oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de la licitación.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta de adjudicado, formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:
1) Ejecutar las actividades indicadas en el contrato, de acuerdo a los estándares de las actividades indicados en las bases y oferta técnica adjudicada.
2) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en el predio.
3) Incumplir por parte del contratista el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
4) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor.
El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante, de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y se decida por parte de CONAF, continuar con el mismo proveedor del servicio, éste deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases.
Toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el proveedor y CONAF, respecto del cumplimiento, incumplimiento, interpretación, validez, nulidad o cualquiera otra cuestión o consecuencia relacionada, tanto respecto de alguna cláusula del contrato o de las Bases referidas, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Viña del Mar.
|
|
|
|
Término anticipado del contrato |
|
CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1. Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato, mediante carta certificada enviada al domicilio del proveedor, indicado en la oferta, con 15 días corridos de anticipación.
2. El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
4. En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
6. Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
7. Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
8. El haberse cursado más de dos multas.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 4.
|
|
|
|
Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato |
|
1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección
indicada en el contrato, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde el envío de la carta certificada, señalado precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a claudio.ilabaca@conaf.cl
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
|
|
|
|
Finiquito del contrato |
|
Se procederá a elaborar el finiquito del contrato, previo informe técnico de recepción conforme del servicio ejecutado, elaborado por Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos
|
|
|
|
Prórroga de contrato |
|
El contrato podrá ser prorrogado por caso fortuito o fuerza mayor o razones fundadas, situación que deberá ser evaluada por CONAF, quien podrá otorgar un nuevo plazo. La prórroga se regirá de acuerdo a los mismos términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
|
|
|
|
Registros de terreno |
|
Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades, sean estas no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un registro de terreno con observaciones, amonestaciones y multas, las cuales deberán ser obligatoriamente recibidas por el Supervisor de Terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.
|
|
|
|
Sanciones y multas |
|
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma en que cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos:
1) Atrasos en el inicio de faenas o rendimientos comprometidos, según lo comprometido en el Plan de Trabajo, salvo modificaciones acordadas con CONAF. Multa 1 UF/día
2) Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación de CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en la Reserva. Multa 3 UF.
3) Provocar incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales que lleve a cabo CONAF.
4) Incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:
i. Incumplimiento de prescripciones manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados durante las faenas y de sustancias peligrosas, especialmente aquellos a los referidos en estas bases. 1 UF/día según se mantenga la situación detectada.
ii. Incumplimiento de las prescripciones técnicas que se deben aplicar en la ejecución de la faena. 1UF/por cada situación detectada.
iii. Incumplimiento del estándar técnico comprometido en las bases de licitación y oferta presentada. 2 UF/por cada día de situación detectada.
Las multas aplicadas y confirmadas serán de carácter acumulable y se descontarán en la facturación del siguiente estado de pago. El proveedor estará obligado a efectuar el descuento en la factura por el concepto de multa, en la oportunidad que se realiza la facturación en pago por el avance del servicio, CONAF informará el valor que corresponda a el proveedor.
|
|
|
|
Procedimiento de aplicación de las multas |
|
En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF lo registrará y comunicará esta situación, a través del Libro de faenas o Manifold, con el siguiente título: “Amonestación y /o multa”, explicando por escrito en dicho libro, por parte del Supervisor forestal de CONAF. El supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada, estará obligado a dar lectura, tomar conocimiento y firmar dicho registro y comunicar a su empresa.
La aplicación de las multas, será informada a través de correo electrónico indicado en la oferta. El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla oficina.partes.valparaíso@conaf.cl y con copia obligada al jefe del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos claudio.ilabaca@conaf.cl . Una vez transcurrido el plazo para realizar los descargos, se hayan o no efectuado, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880. Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
|
|
|
|
Formas de Pago |
El proveedor, podrá emitir su factura una vez concluida las faenas asociadas a la orden de compra respectiva y previo informe técnico de recepción conforme del servicio por parte de CONAF.
El pago del servicio se realizará a través de 2 hitos de pagos o en un 100% al término de la faena, si el oferente así lo decidiere.
|
Hito de pago
|
Monto
|
Requerimiento para ejecución del pago
|
|
Primer Pago
|
50% del monto adjudicado
|
Cumplida 1 de las siguientes condiciones:
-Preparación de suelo mecanizada ejecutada y recepcionada conforme por CONAF o
-Plantación de 30 ha ejecutadas y recepcionadas conforme por CONAF (para el caso de avance simultáneo de ambas actividades).
|
|
Segundo Pago
|
50 % del monto adjudicado
|
Término de la faena de plantación ejecutada y recepcionada conforme por CONAF.
|
|
Total
|
100% del monto adjudicado
|
|
El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF, dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar el número de la orden de compra en la referencia de ésta, para que pueda ingresar al proceso de pago y debe coincidir con la superficie del servicio recepcionado conforme por CONAF.
La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo), del mes previo a la fecha de facturación del servicio. De no presentar la documentación señalada precedentemente, la factura será rechazada. Una vez contabilizada la factura quedará a disposición de la Tesorería General de la República para pago.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
|
|
|
|
Obligaciones generales del adjudicatario |
|
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.
2) El adjudicatario deberá realizar las instalaciones de campamento que requiera para sus trabajadores, fuera de la Reserva, excepto en el área concesionada, con las autorizaciones respectivas.
3) Será obligación del adjudicatario disponer de un supervisor general de la faena de contratación directa de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
4) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá solicitar al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.
5) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.
6) La vigilancia diurna y nocturna de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente a la Administración de la Unidad.
7) En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.
8) En concordancia con la Ley de Bosques y su respectiva modificación efectuada por la Ley Nº 20.653, se deberá instruir a los trabajadores de la prohibición de hacer fuego y fumar dentro de la Reserva.
9) El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio al interior de la Reserva y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras de CONAF, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal.
10) Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada y/o aplicada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato. Es responsabilidad del proveedor el manejo de residuos y convenios para recepción de envases de productos utilizados.
11) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Asimismo, cumplir con el protocolo COVID-19 para las faenas forestales en la Reserva Nacional Lago Peñuelas durante su vigencia.
12) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo al tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros.
13) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.
14) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.
15) El adjudicatario controlará que la instalación de faenas cumpla con las exigencias legales aplicables, especialmente en lo relacionado con el almacenamiento y disposición de materiales y sustancias peligrosas.
16) No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de la Reserva.
|
|
|
|
Trabajadores dependientes del adjudicado |
|
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
|
|
|
|
Implementación de seguridad |
|
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
|
|
|
|
Otras disposiciones |
|
Ley Subcontratación El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de iniciar los servicios asociados a cada orden de compra enviada, exhibir los siguientes documentos:
1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
4. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
5. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
6. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
7. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
8. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
9. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
11. Seguros COVID 19 de los trabajadores (Según las disposiciones de las autoridades sanitarias y laborales vigentes, al período de ejecución del servicio, si las hubiere).
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
|
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participan en directamente en el servicio. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura correspondiente.
En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
|
|
|
|
DESCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES TÉCNICOS DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS |
La Corporación Nacional Forestal región de Valparaíso, para implementar el Programa de Reconversión Silvicultural de Plantaciones Forestales de Especies Exóticas a Nativas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, en el marco del programa de RESTAURACIÓN DE BOSQUES NATIVOS A GRAN ESCALA – SIEMBRA POR CHILE, requiere el servicio de plantación de especies nativas para una superficie de 64 ha de reconversión de plantaciones de Eucalyptus a especies nativas.
|
Antecedentes generales.
|
|
Plantación
especies nativas
|
Fecha máxima de término de faena:
|
El plazo máximo de ejecución de faenas no podrá exceder los 60 días corridos desde la entrega del terreno.
(El terreno estará disponible en forma inmediata luego de la suscripción del contrato y se realizará la entrega, mediante un acta firmada entre las partes).
|
|
Superficie del servicio de plantación:
|
64 hectáreas
(Ver plano licitación plantación 2023)
|
|
Insumos aporte CONAF
-Plantas puestas en el vivero de la RNLP
-Protectores de plantas de polipropileno
-Fertilizante (Humus)
-Hidrogel
|
Faenas a ejecutar por la empresa prestadora de servicios:
- Preparación de suelos mecanizada.
- Traslado de plantas desde el vivero RNLP a los rodales de plantación.
- Establecimiento de plantas a una densidad de plantación de 500 plantas /ha.
- Aplicación de fertilizantes (Humus) e hidrogel
- Proveer tutores, instalar tutores y protectores de plantas de polipropileno.
|
| |
Descripción de la faena ejecutar por la empresa prestadora de servicios:
|
| |
- Preparación de suelos mecanizada.
|
|
-Casilla mecanizada con dimensiones de 80 cm *80 cm*80 cm, suelo mullido y removido, ejecutada con cabezal con garras tipo tridente o similar, y con un camellón de 30 cm en el borde de la casilla hacia el lado de abajo de la pendiente.
En el caso que, el área de establecimiento de la casilla, requiere remoción de desechos, éstos deberán quedar homogéneamente distribuidos en el área aledaña.
-Se podrá ejecutar casillas manuales sólo en sectores no ejecutados en forma mecanizada por operatividad de las máquinas. Estos sectores deben ser autorizados por CONAF. Las casillas se deben construir con las siguientes dimensiones: un cubo de 40cm X 40cm X 40 cm.
- Se deberá establecer 500 casillas en modalidad de núcleos de acuerdo a lo siguiente:
- Cada núcleo estará compuesto por 5 casillas distanciadas aproximadamente a 2 m entre sí.
VER IMAGEN EN ANEXO ADJUNTO.
- Los núcleos deberán estar distanciados unos de otros a aproximadamente, 10 metros desde su centro.
- En cada hectárea se debe establecer 100 núcleos para completar la densidad 500 plantas por hectárea.
- Puesto que la plantación corresponde a una reconversión de eucalipto a especies nativas, estos distanciamientos podrán ser modificados de acuerdo a las condiciones del terreno o si existe una alta densidad de rebrotes de eucalipto en el área planificada para establecer el núcleo, verificando siempre que se establezcan 100 núcleos de plantas por hectárea. Ejemplo: Si el polígono mide 2,3 ha de superficie, se deberá distribuir 230 núcleos al interior del polígono.
- En sectores con presencia de alta densidad de tocones de eucalipto u otro factor que imposibilite la correcta ejecución de la faena planificada, CONAF, podrá eventualmente autorizar el cambio de modalidad de plantación en núcleos a plantación sistemática tradicional (distanciamiento sistemático de 4m * 5 m).
|
| |
- Traslado de plantas desde el vivero RNLP a los rodales de plantación.
|
|
El traslado de plantas desde el vivero RNLP a los rodales a plantar debe ejecutarse en contenedores o cualquier otra modalidad, cumpliendo la condición que las plantas no sufran daño.
|
| |
- Establecimiento de plantas.
|
|
- Densidad de plantación= 500 pl/ha
- Modalidad de plantación: núcleos de 5 plantas cada uno
- Especies: Mezcla de especies nativas. Cada núcleo deberá estar compuesto por 5 especies diferentes.
-Tipo de planta: Bolsa, dimensiones aproximadas 10 cm*15 cm -15 cm *20 cm /Plantas en speedling.
|
| |
|
PARA TODAS LAS ÁREAS DE PLANTACIÓN:
- Apertura de suelo con pala plantadora y cultivo (mullimiento que permita un mejor arraigo de las plantas), con especial importancia en casillas manuales.
-Colocación de la planta en el hoyo previamente generado, teniendo precaución de no desarmar el plan radicular.
-No deben quedar bolsas de aire.
-Dejar planta enterrada, aproximadamente a 5 cm sobre el inicio del pan radicular, dependiendo de su tamaño.
- En cada planta, para un mejor aprovechamiento del agua de riego o lluvias, se deberá hacer una taza alrededor de la planta, de forma manual o con herramienta y con un radio aproximado de 15 cm.
-Por razonas técnicas, operativas o de disponibilidad de plantas u otros factores CONAF podrá rebajar la densidad y/o modificar la mezcla o composición florística de especies, como así mismo cambiar áreas por otras equivalentes en condiciones y superficies, o la contratación de servicios conexos o complementarios.
-Para iniciar la plantación se requerirá una lluvia previa y que el perfil de suelo se encuentre húmedo como mínimo hasta 15 cm de profundidad, u otro acuerdo técnico con CONAF.
-Si existe la humedad suficiente en el suelo para iniciar la plantación, y habiendo una superficie o polígono con preparación de suelos ejecutada disponible, la empresa deberá iniciar la faena de plantación y continuar con la preparación de suelos en forma simultánea.
|
| |
- Aplicación de fertilizantes (humus) e hidrogel
|
|
Aplicación de humus e hidrogel, de acuerdo a la siguiente prescripción técnica:
- Humus: 40 gr. por planta mezclado en el hoyo de plantación.
- Hidrogel 3 g por planta. Aplicar al fondo del hoyo plantación.
|
| |
- Proveer tutores e instalar tutores y protectores de plantas de polipropileno.
|
|
Se instalará en cada planta un protector de polipropileno que será provisto por CONAF (50 cm por 12 cm y 70 cm *12cm, según tamaño de las plantas), con tutores de madera firmes o caña de coligue, de diámetro y largo acorde a los anclajes del protector, para la instalación del tutor.
El protector debe quedar anclado al tutor y al suelo, de forma estable y firme, para evitar riesgos de daños por el viento o animales.
- Tutores: provistos por el oferente.
- Protectores de plantas: provistos por CONAF
VER IMAGEN EN ANEXO ADJUNTO
|
| |
|
|
|
|
|
|
|
Horario de faenas |
|
Las faenas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas se ejecutarán de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 18:00 horas. Sin embargo, el oferente podrá solicitar a CONAF, mediante correo electrónico dirigido al Jefe DCEBX, autorización para modificar el horario de trabajo antes señalado.
|
|
|
|
Suspensión excepcional de las faenas |
|
Al iniciarse un incendio forestal dentro o en las proximidades de la Reserva, CONAF podrá suspender la faena y ordenar la evacuación del personal del adjudicatario, si las circunstancias lo aconsejan para la seguridad de las personas y los bienes. CONAF, también podrá suspender las faenas, por otras causas que comprometan la seguridad del personal que labora en la faena licitada, o personal de la Reserva u otras faenas.
|
|
|
|
Medidas de protección COVID-19 |
|
Mientras se encuentren vigentes medidas sanitarias y de seguridad establecidas por el Ministerio de Salud (MINSAL) así como, el “Protocolo COVID-19 faenas forestales Reserva Nacional Lago Peñuelas”, deberán ser cumplidas por el oferente durante la ejecución de faenas.
|
|
|
|
Normas de protección ambiental de la Reserva Nacional Lago Peñuelas. |
|
El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas:
1. Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), así como también los provenientes de vehículos o maquinarias (combustibles, petróleo, aceites usados, trapos impregnados con derivados de hidrocarburos u otros) se deberán colocar en recipientes herméticos, sellados con tapa y su disposición final será fuera de los límites de la Reserva, en rellenos autorizados por el Servicio de Salud.
2. Se deberán instalar y mantener operativos e higienizados baños químicos y sitios de descanso adecuados para atender las necesidades de la totalidad del personal asignado a la faena.
3. No se podrá hacer fuego bajo ninguna circunstancia.
4. Está prohibido fumar en los lugares de faena.
5. No se permitirá la presencia ni estadía de personas ajenas a las faenas.
6. Queda prohibida la presencia de animales domésticos en los lugares de la faena.
7. Queda prohibido el uso de armas de fuego y de aire comprimido, así como el uso de hondas y trampas.
8. Se deben proteger los valores del paisaje especialmente en aquellos que limitan con sectores de uso público.
9. Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, en el momento de realizar llenado de combustible de maquinarias (motosierras), etc.
10. Se debe realizar la Mantención de los basureros donde se depositen los residuos generados por la faena. Estos deben ser eliminados a diario de la Reserva por parte de la empresa.
11. Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores.
12. En los rodales a manejar, el contratista deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas o arbustivas.
13. De ser necesario, la Administración de la Unidad desarrollará una inspección técnica de éstos sectores, y podrá determinar la ejecución de actividades de rescate o protección de estas especies. El contratista deberá cumplir las instrucciones de la administración en este sentido y permitir al personal profesional y guardaparques de la Unidad ingresar al sector para el desarrollo de esta labor.
14. Cabe agregar que, antes del inicio de las faenas, todo el personal con el cual el adjudicatario opera al interior de la Reserva deberá asistir, junto con éste, a una exposición de inducción sobre los objetivos de la Unidad y de la importancia de los recursos naturales que se protegen y que impartirá la administración de la Reserva.
15. Por último, el adjudicatario y su personal deberán colaborar en el rescate de especies de flora y fauna silvestre que se hallen en el área de la faena y que sean de interés para la Corporación salvaguardar para su conservación, ya sea trasladando ejemplares o bien con el cercado del lugar donde se localizan.
|
|
|
|