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1.- ENTIDAD QUE CONVOCA A LA LICITACIÓN. |
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La convocatoria a la licitación a la que se refieren las presentes Bases es efectuada por la Agencia
Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en adelante también denominada AGCID o “la
Agencia”, servicio público descentralizado, creado por el Título III de la Ley Nº 18.989, con domicilio en
Teatinos Nº 180, Piso 8, comuna de Santiago, Región Metropolitana.
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2.- OBJETIVO DE LA LICITACIÓN. |
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El contrato que se espera celebrar en virtud de las presentes bases de licitación tiene por finalidad la
provisión de servicios de capacitación en el idioma inglés, en niveles básico, intermedio y avanzado, a
través de sesiones grupales dirigidas, tanto a funcionarias/os y profesionales a honorarios del MMA, SMA
y MEN que desarrollan funciones vinculadas al proyecto PMI, como a las y los profesionales contratados
específicamente en el marco de dicho proyecto. Estas capacitaciones buscan mejorar el manejo del
idioma inglés para abordar de manera más efectiva los aspectos técnicos asociados al desarrollo del PMI
y, a la vez, contribuir a la instalación de capacidades dentro de las instituciones participantes. Para ello,
se dividirá en dos grupos que se orientan al desarrollo y fortalecimiento de las cuatro habilidades
lingüísticas del idioma inglés: comprensión auditiva (listening), expresión oral (speaking), comprensión
lectora (reading) y expresión escrita (writing).
Lo anterior facilitará la comprensión e interpretación de experiencias y avances internacionales
relacionados con el mercado de carbono y el cambio climático, permitiendo la realización de objetivos
del proyecto PMI, mediante seminarios, talleres y diversas instancias participativas con los distintos
sectores.
En el caso de profesionales contratados por el proyecto PMI, se revisarán requisitos de inglés en caso
de ser solicitados en sus contratos, a efectos de la selección de participantes por parte de los puntos
focales del Proyecto PMI con base en MEN y MMA. Los criterios de selección y los participantes de las
capacitaciones quedarán consignadas en un oficio remitido por la jefatura de la División de Planificación
Estratégica y Desarrollo Sostenible del MEN de los servicios mencionados, dirigido al Director Ejecutivo
de AGCID, en base a lo cual AGCID informará al proveedor para ejecutar el servicio.
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3.- PRESUPUESTO DISPONIBLE. |
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El presupuesto máximo para esta contratación es de US$ 14.000 (catorce mil dólares) con todos los
impuestos incluidos.
Aquellas ofertas cuyo monto supere el presupuesto disponible para la realización del servicio, serán
declaradas inadmisibles.
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4.- PUBLICACIÓN DE BASES Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS. |
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Las presentes bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas, serán publicadas en el Sistema
de Información y Gestión de Compras y contrataciones del Estado, en adelante e indistintamente “el
Sistema de Información”, (www.mercadopublico.cl), una vez que se encuentre totalmente tramitado el
acto administrativo que las apruebe. En suma, todo el proceso se hará usando el referido Sistema de
Información.
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5.- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES |
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ACTIVIDAD
PLAZO DESDE LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES
Publicación del llamado.
0 día
Plazo para formular consultas y aclaraciones.
3 días hábiles.
Publicación de las respuestas a las consultas
y aclaraciones.
Cierre de recepción de propuestas
3 días hábiles desde el plazo para formular
consultas y aclaraciones.
12° día.
Apertura de las propuestas.
12° día.
Inicio de Evaluación de las propuestas.
12° día.
Adjudicación, estimado.
35° día.
Firma del contrato, estimado.
30 días desde la adjudicación
5.1. Cómputo de Plazos
Los plazos de días establecidos en estas bases corresponden a días corridos, salvo que se indique
expresamente que son días hábiles, entendiéndose en tal caso que son inhábiles los días sábados,
domingos y festivos.
En el evento que el último día de algún plazo señalado en las presentes bases recayera en un día inhábil,
se prorrogará al día hábil siguiente.
El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un
día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
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6.- REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR |
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Presentar Ofertas
por Sistema. Obligatorio.
Habilidad del
Proveedor
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección
de Compras y Contratación Pública.
Lo anterior será verificado por la Comisión Evaluadora al momento de la apertura de
las ofertas.
En caso de que el oferente no se encuentre inscrito en el Registro de
Proveedores o hábil para participar en el presente proceso de licitación, su
oferta será declarada inadmisible.
Anexos
Administrativos.
1.- Anexo N°1. Declaración jurada simple para ofertar (No haber sido condenado
por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años
anteriores a la fecha de presentación de la oferta, sin perjuicio de las facultades de
AGCID para verificar esta información en cualquier momento, a través de los medios
que se encuentren a su disposición).
2.- Anexo N°2. Declaración jurada simple (Conflictos de interés), suscrita por el
oferente, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades
contempladas en los artículos 4°, y 35 quater, ambos de la Ley Nº19.886.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal
de la persona jurídica, según corresponda.
3.- Anexo N°6. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores, si
corresponde.
4.- Anexo N°6.1. Documento público o privado que da cuenta del acuerdo para
participar en Unión Temporal de Proveedores, si corresponde.
5.- Anexo N°8. “Programa de integridad”.
Los anexos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información
(www.mercadopublico.cl), en la sección Anexos Administrativos.
En caso de que no se presenten los Anexos N°1, N°2 y N°8, y si corresponde,
los anexos N°6 y N°6.1, la oferta será declarada inadmisible.
En el caso de una unión temporal de proveedores, los Anexos N°1 y N°2 deberán
ser completados por cada uno de los representantes legales de las personas
jurídicas que la integren, respecto de la situación particular de su entidad.
Anexos Técnicos.
1. Anexo N°4. Oferta Técnica.
2. Anexo N°9. Equipo de Trabajo.
3. Anexo Nº10: Plataforma Online.
4. Propuesta Técnica.
Los anexos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información
(www.mercadopublico.cl), en la sección Anexos Administrativos.
En caso de que no se presenten los Anexos N°4, N°9, Nº10 o la Propuesta
Técnica, la oferta será declarada inadmisible.
Anexos
Económicos.
Anexo N°5. Oferta económica
El anexo referido debe ser ingresado a través del Sistema de Información
(www.mercadopublico.cl), en la sección Anexos Económicos.
En caso de que no se presente el Anexo Económico o que la oferta se presente
en una moneda distinta a la requerida en dicho anexo, la oferta será declarada
inadmisible.
6.1. Observaciones
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información
(www.mercadopublico.cl), en la forma requerida en estas bases. No se aceptarán ofertas que se
presenten por un medio distinto, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de
conformidad con el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras.
En caso de que se acredite la indisponibilidad del Sistema de Información
(www.mercadopublico.cl), las ofertas en formato papel deberán ser entregadas en la Oficina de
Partes de la AGCID, de lunes a viernes, en horario de 09:00 a las 13:00 horas, antes de las 13:00
horas de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, según lo dispuesto en el numeral 10 de
las presentes bases administrativas.
Será responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar
oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes serán responsables de constatar que el ingreso de su propuesta a través del Sistema de
Información haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos
requeridos, completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Se debe verificar que
los archivos que se ingresen contengan efectivamente los documentos solicitados.
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7.- REQUISITOS LEGALES PARA PODER SER CONTRATADO |
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SI EL OFERENTE
ES PERSONA
NATURAL
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural
respectiva. Acreditar en el
Registro de
Proveedores
Fotocopia de su cédula de identidad.
Anexo N°3. Declaración Jurada Para Contratar (Deudas Vigentes Con Trabajadores)
Anexo N°7. Datos bancarios para transferencia de pagos.
SI EL OFERENTE
ES PERSONA
JURÍDICA
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal
de la persona jurídica.
Acreditar en el
Registro de
Proveedores
Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con
una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde
la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el
Conservador del Registro de Comercio correspondiente o, en
los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente
que acredite la vigencia del poder del representante legal del
oferente, a la época de presentación de la oferta.
Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no
superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de
notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la
existencia jurídica del oferente.
Fotocopia de R.U.T. del adjudicatario.
Anexo N°3. Declaración Jurada Para Contratar
(Deudas Vigentes Con Trabajadores)
Anexo N°7. Datos bancarios para transferencia de pagos.
7.1. Persona Extranjera (Jurídica o Natural)
Los documentos solicitados para contratar, indicados anteriormente, deberán ser otorgados o
acreditados por las instituciones o funcionarios que según las leyes o practicas del país de origen, están
autorizados a su emisión, los que deberán a su vez ser certificados por el Agente Consular Chileno en el
país de origen.
En el caso de proveedores extranjeros con idioma nativo distinto al español, deberán entregar la
documentación traducida al español.
En términos de plazo, o fecha de emisión de tales certificados, se aceptarán aquellos cuya vigencia no
exceda de 180 días, contados desde la fecha de su emisión y hasta la fecha de presentación de su oferta.
7.2. Convenio Apostilla
Se aceptarán documentos de proveedores extranjeros con certificado de Apostilla de los 111 países
miembros del Convenio de La Haya, y se les considerará como válidos para estos efectos (La
presentación del Certificado de “Apostilla” implica que dichos documentos no requieren protocolización
o similar).
El Certificado de Apostilla debe ser entregado físicamente en original o fotocopia legalizada previo a la
suscripción del contrato.
En el caso de “Escrituras” y “Certificados de vigencia” (o similares), si se requiere además la entrega de la respectiva traducción (sea oficial o no) realizada en su país de origen al idioma español, y esta
traducción también debe venir apostillada. (No es necesario que el Certificado de Apostilla sea traducido
al español. Se aceptan Certificados en inglés).
7.3.
7.4.
Unión Temporal de Proveedores
En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, cada uno de los integrantes deberá
presentar los antecedentes exigidos para las personas jurídicas y/o naturales, nacionales o
extranjeras, según corresponda.
Al momento de presentar la oferta, la Unión Temporal de Proveedores deberá acompañar un
documento que formaliza la unión, singularizando a las partes e indicando a lo menos la
solidaridad respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante y el
nombramiento de un representante o apoderado con poderes suficientes.
El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar,
el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
El acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como
documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La AGCID exigirá para suscribir el contrato la inscripción en el Registro de Proveedores, a cada
integrante de la unión temporal de proveedores.
La descripción de la organización de la Unión Temporal de Proveedores deberá definir con
claridad la función que se espera de cada una de las entidades de la Unión en el cumplimiento
de los requisitos del servicio ofertado, lo cual debe detallarse en el Anexo N°6.
La oferta presentada por una Unión compuesta por proveedores que no correspondan a una
empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
Inscripción en el Registro de Proveedores
Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantenerse en condición de inscrito y hábil en el Registro
Nacional de Proveedores.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá encontrarse
inscrito y en condición de hábil durante todo el proceso de licitación y contratación en tal Registro.
7.5.
Cumplimiento de las condiciones administrativas
El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases
Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se
entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta en el presente proceso, implica que
tal oferente ha analizado las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y las preguntas y
respuestas a la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su
conformidad y aceptación con ellas, sin ningún tipo de reservas ni condiciones.
7.6.
Observaciones
No podrán contratar aquellos proveedores sancionados por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración del
Estado, prevista en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio
de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del
Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo
de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado
aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la Ley N° 19.913, en el
artículo 8° de la Ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición
de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. AGCID verificará esta información a través del
Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del
terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Los antecedentes legales para contratar sólo se requerirán respecto del adjudicatario, y deberán estar
disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante
la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Si el proveedor adjudicado no entregare la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado
dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación, AGCID podrá dejar sin efecto tal selección,
readjudicando al siguiente oferente mejor evaluado.
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8.- CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones
a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), dentro del plazo establecido en el numeral
5 de estas bases. Dicho plazo podrá ser extendido de acuerdo con los siguientes criterios:
En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a:
100, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días hábiles;
500, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 10 días hábiles;
1000, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 15 días hábiles.
En caso de ampliación en el plazo de publicación de las respuestas, de conformidad con los criterios
anteriormente mencionados, el plazo de cierre de recepción de propuestas será extendido en igual
cantidad de días otorgados en la ampliación de entrega de respuestas.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el Sistema de
Información www.mercadopublico.cl.
Las preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su
publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, sin individualizar al autor de las
preguntas.
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9.- NATURALEZA Y MONTO DE LAS GARANTÍAS |
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9.1.
NATURALEZA Y MONTO DE LAS GARANTÍAS
Garantía de Seriedad de la Oferta
La presente licitación no considera la presentación de una garantía de seriedad de la oferta.
9.2.
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
La presente licitación no considera la presentación de una garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del
Contrato.
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10.- APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Una vez cumplido el plazo de recepción de ofertas establecido las presentes Bases, no se recibirá
propuesta alguna, ni solicitudes de aclaración, procediéndose a la apertura electrónica de las ofertas
técnicas, salvo en el caso de indisponibilidad del Sistema de Información, previsto en el artículo 115,
numeral 3, del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
La apertura de las propuestas se llevará a cabo electrónicamente en las dependencias de la Agencia
Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AGCID-, ubicadas en Teatinos N°180, piso 8,
comuna de Santiago, en el día y hora que indica el cronograma expuesto en estas Bases Administrativas.
En el acto de apertura se procederá a abrir electrónicamente todas las propuestas válidamente recibidas
y se verificarán los antecedentes administrativos, técnicos, económicos y legales. 10.1.
Comisión Evaluadora
De acuerdo con el artículo 35 nonies de la ley Nº 19.886, los integrantes de la comisión deberán suscribir
una declaración jurada en la que señalen expresamente la ausencia de conflictos de interés, obligándose
además a guardar confidencialidad sobre el proceso licitatorio.
Además, según lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 19.886, los integrantes de la
comisión deberán realizar una declaración de patrimonio e intereses, en la forma que dispone la Ley Nº
20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, en el más
breve plazo y hasta treinta días hábiles siguientes desde asumida la función.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
● Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados
por el reglamento de la ley N° 19.886;
● Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o
indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora;
● Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas
que prestan servicios de asesoría, o bien, personas naturales, sociedades consultoras,
asociaciones, gremios o corporaciones.
Un representante de la Unidad de Adquisiciones de AGCID, arbitrará como coordinador administrativo
de la referida Comisión y conducirá el procedimiento de elaboración de la respectiva Acta de Resultado,
la calificación de las propuestas se realizará a través de la elaboración del cuadro de evaluación el que
será confeccionado íntegramente por la Comisión. El Acta de Resultado deberá ser fundada respecto
de la ponderación que se haya asignado a las propuestas evaluadas y de la decisión finalmente adoptada
en el proceso licitatorio.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director Ejecutivo la
adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación
y en virtud del proceso de evaluación descrito.
10.2.
Consideraciones Generales
1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Apartado “Requisitos mínimos
para participar”. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Sistema de Información,
en los términos solicitados, quedarán marginadas de la evaluación, a menos que concurra alguna
de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
2. AGCID declarará inadmisible cualquiera de las ofertas que no cumplan con los requisitos o
condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones formales, conforme con las reglas establecidas en el
artículo 56 del Reglamento de la Ley N°19.886, así como en las presentes Bases.
3. Los documentos solicitados por AGCID deberán estar vigentes a la fecha del cierre de recepción de
ofertas indicado en el Apartado de las presentes Bases administrativas, y ser presentados en copias
simples, legibles y firmadas por el representante legal del oferente. Sin perjuicio de ello, AGCID
estará facultada para verificar en cualquier etapa del proceso la veracidad de la información
entregada por el proveedor.
10.3.
Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, AGCID podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando tales rectificaciones no confieran a esos oferentes una
situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de
los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación
al oferente por parte de AGCID, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período
de evaluación recaerá exclusivamente en los respectivos oferentes. 10.4.
Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
AGCID podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que tales documentos se hayan producido u obtenido
con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de
certificaciones o antecedentes incompletos, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá
aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, se otorgará un plazo fatal de 2 días
hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de AGCID, la que se informará a través
del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho
sistema durante el período de evaluación recaerá exclusivamente en los respectivos oferentes.
10.5.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
AGCID declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones
establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases, conforme
lo señalado en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N.° 19.886.
AGCID podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones se materializarán a través de la dictación de una resolución fundada y no darán
derecho a indemnización alguna a los oferentes.
10.6.
Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas
La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de
evaluación y subcriterios:
En una primera instancia se evaluará la admisibilidad de la propuesta de acuerdo a la siguiente tabla de
requisitos obligatorios:
REQUISITOS OBLIGATORIOS
Presenta el Anexo N°1. Declaración jurada simple para ofertar.
(Firmado por cada uno de los integrantes en caso de UTP, cuando corresponda).
SI / NO
Presenta el Anexo N°2. Declaración jurada simple (Conflictos de interés)
(Firmado por cada uno de los integrantes en caso de UTP, cuando corresponda).
Presenta el Anexo N°4. Oferta Técnica.
Presenta el Anexo N°5. Oferta económica.
Presenta el Anexo N°6. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores.
(Cuando corresponda).
Presenta el Anexo N°6.1. Documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar en Unión Temporal de Proveedores. (Cuando
corresponda).
Presenta el Anexo N°8. Integridad de Proveedores.
Presenta el Anexo N°9. Equipo de Trabajo. El equipo se compone de al menos
2 profesionales según el numeral III de las Bases Técnicas.
Presenta el Anexo N°10. Plataforma Online.
Presenta Propuesta Técnica.
La oferta económica presentada no supera los US$ 14.000 (catorce mil
dólares) impuestos incluidos.Pasarán a la siguiente etapa de evaluación aquellos oferentes que hayan cumplido la totalidad de los
requisitos obligatorios, el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos facultará a la AGCID para
declarar la oferta inadmisible.
Posteriormente y considerando el producto requerido, se utilizará un proceso de evaluación basado en
el método combinado de puntuación.
Se evaluarán las ofertas de acuerdo a cada línea licitada, considerando los siguientes criterios de
evaluación:
CRITERIO SUBCRITERIOS PARAMETRO
DE MEDICIÓN
MEDIOS
DE VERIFICACIÓN
CRITERIO
ADMINISTRATIVO
10%
Completitud de
la oferta
presentada
40%
1. La Oferta se presentó de forma
completa dentro del plazo de
entrega estipulado: 100 Puntos.
2. La Oferta presentada está
incompleta y se subsana dentro del
plazo permitido de 48h: 50 Puntos.
3. La Oferta presentada está
incompleta y no es subsanada
dentro del plazo permitido de 48h:
0 Puntos.
Documentos Administrativos. Técnicos,
Económicos y anexos requeridos adjuntos a la
Oferta:
1.Documentación ingresada en mercado
público.
Criterio
programa de
integridad por
parte de los
proveedores
30%
Acreditación de existencia de
programas de integridad y ética
empresarial.
1. El oferente presenta el Anexo
N.°8, declarando que tiene
personal contratado y que posee
un programa de integridad
conocido y aplicado por su
personal adjuntando la copia del
Programa de Integridad y el
respaldo de la difusión o
conocimiento por parte de su
personal: 100 puntos.
2.El oferente presenta Anexo N.°8,
declarando que no tiene personal
contratado por lo que no cuenta
con un programa de integridad: 50
puntos.
3. El oferente presenta Anexo N.°8,
declarando que tiene personal
contratado y que no posee un
programa de integridad, o no
adjunta la copia del Programa de
Integridad o no justifica el
conocimiento del personal: 0
puntos.
Para la evaluación de este criterio, se verificará
si el oferente que tiene personal contratado
posee un programa de integridad conocido por
su personal, por cualquier medio idóneo, como
correo electrónico dirigido al personal
informando el programa, o constancia de
capacitación sobre la materia o publicación en
el sitio web del oferente, lo cual deberá ser
declarado en el Anexo N° 8, adjuntando el
respectivo respaldo.
En caso de que dicho anexo no se encuentre
debidamente completado y firmado, se
entenderá que el oferente tiene personal
contratado y no cuenta con un programa de
integridad.
Asimismo, se considerará que el oferente no
cuenta con dicho programa de integridad
cuando así lo declare en el anexo referido o
cuando no acompañe a su declaración copia
del programa de integridad en cuestión, o
respaldo sobre el conocimiento del programa
por su personal.
Se entenderá por programas de integridad
cualquier sistema de gestión que tenga como
objetivo prevenir -y si resulta necesario,
identificar y sancionar- las infracciones de
leyes, regulaciones, códigos o procedimientos
internos que tienen lugar en una organización,
promoviendo una cultura de cumplimiento.
Criterio de
sustentabilidad e
Inclusión laboral
30%
1. El oferente presenta dentro de
su personal, cualquiera sea el rol
que desempeñe, al menos a 1
persona que presente algún tipo de
discapacidad o pertenezca a algún
pueblo originario: 100 puntos.
2. No presenta dentro de su
personal, a lo menos a 1 persona
que presente algún tipo de
discapacidad o pertenezca a algún
pueblo originario: 0 puntos.
Para demostrar la discapacidad el empleado
debe estar inscrito en el Registro Nacional de
la Discapacidad y el oferente debe presentar
copia simple de la Credencial de discapacidad
de este o duplicado de la Credencial de
Discapacidad, emitido por el Registro Civil junto
a un contrato de trabajo vigente.
Para demostrar que un empleado pertenece a
algún pueblo originario, el oferente debe
presentar copia simple del certificado
entregado por la CONADI que acredita la
calidad de indígena, junto a un contrato de
trabajo vigente.
CRITERIO
TÉCNICO
70%
Experiencia del
Oferente
30%
Oferente deberá indicar la
experiencia en realización en
cursos de nivelación de inglés
en los últimos 5 años.
1. El oferente presenta entre 13 a
15 contrataciones de servicios de
nivelación en el idioma ingles: 100
puntos.
2. El oferente presenta entre 10 a
12 contrataciones de servicios de
nivelación en el idioma ingles: 80
puntos.
3. El oferente presenta entre 7 a 9
contrataciones de servicios de
nivelación en el idioma ingles: 60
puntos.
4. El oferente presenta entre 4 a 6
contrataciones de servicios de
nivelación en el idioma ingles: 40
puntos.
5. El oferente presenta entre 1 a 3
contrataciones de servicios de
nivelación en el idioma ingles: 20
puntos.
6. No posee contrataciones de
servicios similares: 0 puntos.
Anexo Nº4: Oferta Técnica:
1. Informar cada servicio de nivelación en
el idioma ingles contratado.
2. Indicar fecha de ejecución del servicio
realizado.
3. Indicar el número de contrataciones en
los últimos 5 años desde la fecha de
cierre de la presente licitación.
La experiencia informada deberá ser
acreditada mediante documentos adjuntos
tales como: contrato, resolución aprobatoria
del contrato, factura, orden de compra y/o
factura, sin perjuicio de la corroboración que
pueda hacer el personal de AGCID.
Experiencia del
Docente
30 %
Oferente deberá indicar la
experiencia de los docentes, en
base a la cantidad de cursos
impartidos en los últimos 5
años.
- En conjunto, los docentes
ofertados registran una
experiencia promedio de entre 19
a 25 cursos de nivelación de inglés
impartidos: 100 puntos.
- En conjunto, los docentes
ofertados registran una
experiencia promedio de entre 13
a 18 cursos de nivelación de inglés
impartidos: 80 puntos.
- En conjunto, los docentes
ofertados registran una
experiencia promedio de entre 8 a
12 cursos de nivelación de inglés
impartidos: 60 puntos.
- En conjunto, los docentes
ofertados registran una
experiencia promedio de entre 4 a
7 cursos de nivelación de inglés
impartidos: 40 puntos.
- En conjunto, los docentes
ofertados registran una
experiencia promedio de entre 1 a
3 cursos de nivelación de inglés
impartidos: 20 puntos.
No posee contrataciones de
servicios similares: 0 puntos.
Anexo Nº4: Oferta Técnica:
1. Informar listado del personal que
prestará el servicio.
2. Indicar nombre completo y Profesión de
cada integrante del personal ofertado.
3. Indicar el número contrataciones en
cursos impartidos de nivelación de
inglés contrataciones en los últimos 5
años desde la fecha de cierre de la
presente licitación.
4. La experiencia informada deberá ser
acreditada mediante documentos
adjuntos tales como: contrato,
resolución aprobatoria del contrato,
factura, orden de compra y/o boleta de
honorario, sin perjuicio de la
corroboración que pueda hacer el
personal de AGCID.
5. Se evaluará la experiencia promedio
del personal presentado en la oferta.
Calidad de la
Propuesta
Técnica
40%
1. El oferente demuestra un
completo conocimiento del
requerimiento: Esto es: a) presenta
la descripción de la Metodología. b)
presenta distribución de los
recursos técnicos y humanos para
todas las tareas a ejecutar, lo que
permite la adecuada ejecución de
las tareas y plazos definidos en las
presentes bases de Licitación: 100
puntos
2. El oferente demuestra
conocimiento del requerimiento,
pero no presenta el detalle para
una (1) de las actividades
indicadas en el numeral 3.1:”
Actividades Mínimas” de las Bases
Técnicas. y presenta: a) La
descripción de la Metodología y/o
b) presenta distribución de los
recursos técnicos y humanos;
cumpliendo parcialmente con lo
solicitado en las Bases de
Licitación: 70 puntos.
3. El oferente demuestra
conocimiento del requerimiento,
pero no presenta el detalle en dos
(2) de las actividades indicadas en
el numeral 3.1:” Actividades
Mínimas” de las Bases Técnicas. y
presenta: a) La descripción de la
Metodología y/o b) distribución de
los recursos técnicos y humanos;
cumpliendo parcialmente con lo
solicitado en las Bases de
Licitación: 30 puntos.
4. El oferente no desarrolla en
detalle la propuesta metodológica
ni presenta una distribución de los
recursos técnicos y humanos para
la adecuada ejecución de las
tareas y plazos definidos en las
presentes bases: 0 puntos
Se evaluará la propuesta técnica en relación a
los objetivos de cada una de las actividades
detalladas en el numeral 3.1:” Actividades
Mínimas” de las Bases Técnicas.
La evaluación de este criterio se realizará a
partir de la información entregada por el
proponente en su propuesta técnica.
Debe incluir los plazos de las entregas del
Proyecto.
Se evaluará este factor en relación a la
concordancia que exista entre la propuesta
técnica elaborada por el proponente y lo
solicitado en las bases del proceso y la
documentación referida.
* Se entenderá como descripción metodología
los aspectos y/o procesos necesarios para
desarrollar las tareas y alcanzar el objeto
planteado en las presentes bases.
* Se entenderá por distribución de los recursos
técnicos y humanos la información presentada
mediante una Carta Gantt o documento que
detalle la planificación de las actividades y la
entrega de informes, así como un organigrama
que describa la estructura y organización del
equipo de trabajo.
* Cabe destacar que, en el presente criterio,
no se evaluará la presentación o formato de
la propuesta técnica, la carta Gantt ni el
organigrama, sino el contenido y la calidad
de la información contenida en dichos
documentos.
CRITERIO
ECONÓMICO
20%
Oferta
Económica
100%
La evaluación de las ofertas
económicas se hará mediante la
aplicación de la siguiente fórmula:
PEi = 100 x [V min / Vi]
PEi: Puntaje Económico Oferta
evaluada.
Vmin: Valor mínimo ofertado.
Vi: Valor Oferta evaluada.
Anexo Nº5: Oferta económica.
Evaluación Económica del monto ofertado en
relación con el valor mínimo ofertado.
Presupuesto máximo disponible corresponde a
USD 50.000.
El puntaje final corresponderá a la suma de puntajes de todos los criterios de evaluación.
Para obtener el puntaje total de la evaluación de cada oferente, se sumarán los puntajes finales
ponderados de cada criterio ya referido, al cual finalmente se le aplicará la regla contenida en el acápite
“Cálculo del puntaje asociado al Comportamiento Contractual Anterior (CCA)”, a continuación. Por lo
tanto, el puntaje final del oferente se obtendrá de la siguiente forma:
Puntaje final oferta = Suma puntajes ponderados obtenidos en los criterios de evaluación – Puntaje
Comportamiento contractual anterior (CCA)
Cálculo del puntaje asociado al Comportamiento Contractual Anterior (CCA)
Para la obtención de este puntaje, el cual se descontará del puntaje total de la oferta obtenido en función
de la suma de puntajes ponderados obtenidos por la oferta al aplicarse los criterios de evaluación, se
utilizará se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los contratos con
la entidad licitante, durante los últimos 24 meses antes del momento del cierre de presentación de ofertas.
Sólo se considerarán las sanciones ejecutoriadas durante el periodo señalado.
El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje indicado en la tabla
siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación por el número de sanciones a firme recibidas por
parte de la entidad licitante:
Sanción
Puntaje por descontar del puntaje total de la oferta
Término anticipado de contrato
20 puntos.
Cobro de multa
10 puntos por cada multa aplicada.
Con el objetivo de asegurar la idoneidad técnica de la contratación, si la propuesta mejor evaluada
obtuviese un puntaje inferior a 30 puntos en la Oferta Técnica, AGCID estará facultada para declarar
desierto el proceso licitatorio por no ser las ofertas convenientes a los intereses institucionales, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N° 19.886 y el artículo 62 de su Reglamento.
10.7.
Mecanismo de Resolución de empates
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más
proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de
resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la
siguiente secuencia, con los criterios que resulten aplicables:
1° Criterio de evaluación “Criterio Calidad de la Propuesta Técnica”.
2° Criterio de evaluación “Criterio Experiencia del Docente”.
3° Criterio de evaluación “Criterio Económico”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta del proveedor que haya ingresado
primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
10.8.
Adjudicación y su notificación
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por el Director Ejecutivo de AGCID,
la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada la
resolución que la aprueba.
10.9.
Consultas sobre la Adjudicación y su Resolución.
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados
desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo
electrónico unidad_adquisiciones@agcid.gob.cl.
AGCID dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
10.10. Procedimiento de reclamo.
Cualquier persona interesada, natural o jurídica, podrá deducir una reclamación administrativa, en los
términos establecidos en el Reglamento de Compras, a través de la Plataforma de Reclamos habilitada
en el Sistema de Información, contra las acciones u omisiones ilegales que se hayan cometido durante
un procedimiento de contratación administrativa o en la ejecución un contrato administrativo.
Este reclamo deberá entablarse ante la AGCID a través de la plataforma, dentro del plazo de cinco días
hábiles contados desde que se haya notificado el acto impugnado o desde que la parte interesada haya conocido o debido conocer la ilegalidad que alega. Planteada la reclamación, se interrumpirá el plazo
para ejercer las acciones jurisdiccionales establecidas en el artículo 24 de la Ley N° 19.886.
AGCID deberá responder al solicitante a través de la plataforma, dentro de cinco días hábiles contados
desde el ingreso del reclamo.
10.11. Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese
con alguna de las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases para la suscripción o
aceptación de los referidos documentos, AGCID podrá dejar sin efecto la adjudicación original,
readjudicando la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente,
dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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11.- CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS |
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11.1.
Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre AGCID y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes
documentos:
a) Bases de licitación y sus anexos.
b) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
c) Oferta.
d) Contrato suscrito entre las partes.
e) Orden de compra.
f)
Los documentos de carácter técnico, indicados en las Bases Técnicas.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan
recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los
documentos señalados. Se hace presente que, en caso de discrepancias que pudieren suscitarse en el
contenido de estos documentos integrantes, prevalecerán las disposiciones de las presentes Bases.
11.2.
Validez de la oferta.
Las propuestas deberán tener una validez no inferior a noventa (90) días corridos, contados desde el
término del plazo para la presentación de las propuestas, no pudiendo el Proponente alterar, de mutuo
propio, su contenido.
11.3.
Modificación de las bases
La AGCID podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, sea por iniciativa propia, o a propósito de
alguna aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de la recepción de
propuestas, hasta un día antes del plazo de su cierre.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sistema de información de
contratación y compras públicas contenida en www.mercadopublico.cl.
Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases de licitación.
11.4.
Suscripción del Contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro del plazo fijado en el cronograma establecido en el
Apartado de la presentes Bases.
Si por cualquier causa, no imputable a AGCID, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se
entenderá como un desistimiento de la oferta por parte del proveedor seleccionado, pudiendo
readjudicarse la adquisición al siguiente proveedor mejor evaluado.
Al momento de la suscripción del contrato, el proveedor deberá encontrarse inscrito y en calidad de
“Hábil” en el Registro de Proveedores.
11.5.
Aprobación del contrato
El contrato que la Agencia suscriba con el proveedor deberá ser aprobado a través del correspondiente
acto administrativo, por lo que no procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se
encuentre totalmente tramitado.
11.6.
Modificación del contrato
El contrato podrá modificarse, previo informe de la Contraparte Técnica que justifique la enmienda, por
alguna de las siguientes causales:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Tales modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto del
contrato, o de salvar imprevistos ocurridos durante su ejecución.
En caso de que la modificación implique una ampliación en los plazos de ejecución del servicio,
establecidos en las presentes bases, éstos podrán ser prorrogados, previo informe de la Contraparte
Técnica, el que deberá ser enviado a la AGCID con una anticipación no menor a seis (06) días hábiles
anteriores al cumplimiento del plazo que se requiere modificar.
Las reformas introducidas podrán significar una variación del precio del acuerdo, pudiendo aumentar o
disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, impuestos incluidos, siempre
que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos. Tales enmiendas deberán ser aprobadas
mediante el acto administrativo que corresponda, y siempre que no implique una modificación sustancial
al objeto del acuerdo.
El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del Sistema de Información
de Compras y Contratación Pública.
En ningún caso, las modificaciones podrán:
i.
ii.
iii.
11.7.
Establecer condiciones que alteren los principios de igualdad de los oferentes y de estricta
sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a
la aceptada inicialmente, o que hubieren atraído a más participantes al procedimiento de
contratación;
Alterar el equilibrio financiero del contrato; o
Dar como resultado un contrato de naturaleza diferente.
Derechos e Impuestos
Todos los gastos e impuestos que se generen o produzcan con ocasión del Contrato, tales como los
aranceles notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el
cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de su
cargo exclusivo.
11.8.
Cesión de contrato y Subcontratación
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, ni total ni parcialmente, los derechos y
obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo
contrato que se celebre.
El proveedor no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial ni total del contrato, dado que se
trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista.
11.9.
Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor
11.9.1. Multas
LETRA
INCUMPLIMIENTO
MEDIO DE
VERIFICACIÓN
SANCIÓN
a)
Atraso en la entrega de informes
1 UTM por día hábil de atraso,
con un tope máximo de 10 días
hábiles de retraso.
b)
Reagendar o posponer las
sesiones de capacitación sin
previa coordinación de las partes
2 UTM por sesión reagendada o
pospuesta
Informe de la contraparte
técnica con fecha de
entrega del informe.
Informe de la contraparte
técnica.
sin
previa
coordinación de las partes.
5 UTM por diferencias de forma
en las capacitaciones realizadas
según la planificación inicial.
c)
Deficiencia en la calidad de las
sesiones de capacitación según
la planificación de actividades y
sesiones solicitadas al inicio.
10 UTM por diferencias de fondo
en las capacitaciones realizadas
según la planificación inicial.
Informe de la contraparte
técnica.
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato. Igualmente, el
Adjudicatario no podrá recibir más de 2 multas totalmente tramitadas en un período de 2 meses
consecutivos. En ambos casos, se configurará una causal de término anticipado de contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que AGCID deba efectuar al Adjudicatario en los estados
de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se
le cobrará directamente. Por lo tanto, el plazo de pago de multas corresponderá a la fecha del estado de
pago en que se rebajará.
En caso de no existir estados de pago pendiente u otra razón que impida el descuento en el documento
tributario electrónico, el Adjudicatario deberá depositar el costo de la multa directamente en la cuenta
bancaria de AGCID, la que será informada en su oportunidad.
El monto de la multa será cobrado en pesos chilenos de acuerdo al tipo de cambio informado por el
Banco Central el día de la emisión del acto administrativo de AGCID que dispone su cobro, cuando el
cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales,
éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de AGCID de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de
Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Término anticipado del Contrato
AGCID, está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier
momento, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor y sin perjuicio de las demás acciones
legales que resulten procedentes, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a. Si el proveedor se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor
o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas.
b. Si se disuelve la entidad Adjudicada o la unión temporal de proveedores adjudicada.
c. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario. Se entenderá por
incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del Adjudicatario de las
obligaciones contractuales descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que
le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere para AGCID o a cualquier
institución involucrada en el proyecto, perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
d. Si el Adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren
éticamente durante la ejecución del contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la AGCID o de la
contraparte, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el
Adjudicatario, la AGCID o la contraparte.
Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un
funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente contratación.
e. En caso de que el atraso en la presentación de los entregables solicitados o sus respectivas
correcciones supere los 10 días hábiles.
f.
Si las multas aplicadas, en total, sobrepasan el 10% del valor total del contrato o si se aplican 2
multas totalmente tramitadas en un período de 2 meses consecutivos.
g. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente contrato.
h. Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
i.
j.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
En caso de muerte del Contratante o socio que implique término de giro.
k. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en las cláusulas: “Fraude y Corrupción” y/o "Pacto
de integridad".
l.
En los casos mencionados de la cláusula: “Salvaguardia”
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las
presentes Bases.
Resuelto el término anticipado deberá la AGCID concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que
se encontrasen insolutas a la fecha.
11.9.2. Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la AGCID y el respectivo proveedor podrán poner término al contrato en
cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento, siempre que el
Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
11.9.3. Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de
incumplimientos contemplados en las presentes Bases, AGCID notificará inmediatamente de ello al
Adjudicatario mediante correo electrónico, informándole sobre los hechos que la fundamentan y la
medida a aplicar. Para estos efectos, el proveedor deberá fijar a través del Sistema de Información,
siendo de su responsabilidad mantener dicha dirección actualizada e informar cualquier cambio, según
lo dispone el artículo 140 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días
hábiles para efectuar sus descargos por escrito, debiendo señalar todas las circunstancias o
antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen
la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción, sin perjuicio
de otras presentaciones o antecedentes posteriores que se hagan valer en el curso del procedimiento
sancionatorio con el mismo objeto, pudiendo además, si lo estimara pertinente, solicitar diligencias
probatorias.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida
por medio de una resolución fundada de AGCID.
Si el proveedor hubiere presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, AGCID
tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del Adjudicatario, para
rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del
proveedor se formalizará a través de la dictación de una resolución fundada de AGCID, en la cual deberá
detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución se notificará al
respectivo Adjudicatario. Si el Adjudicatario solicitara dentro de sus descargos la realización de
diligencias probatorias, el plazo para resolver respecto de la aplicación de la respectiva medida podrá
ampliarse hasta en 5 días hábiles.
La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse
sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. Contra el acto administrativo que aplica la medida, el Proveedor agraviado podrá interponer los recursos
que establece la ley N° 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar,
modificar o reemplazar la respectiva medida, teniendo AGCID un plazo prudencial para resolver. La
resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. La
resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Con todo, el Adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no
atribuibles a terceros ajenos.
Para efectos de recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, el
proveedor deberá fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única,
siendo de su responsabilidad mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar
cualquier cambio a la Dirección de Compras y a AGCID, de conformidad con lo establecido en el artículo
140 del Reglamento de la Ley N.° 19.886.
11.10. Del Pago
El pago máximo de los servicios estimado a suma alzada del contrato es US$ 14.000 (catorce mil
dólares) con todos los impuestos incluidos. La propuesta deberá ser presentada en dólares americanos,
incluyendo todos los impuestos de ley a que haya lugar y debiendo indicarse expresamente que es
exento de IVA, si correspondiere.
Para el pago de los servicios para cuya prestación se celebre el contrato, AGCID, se compromete a
pagar, un valor en dólares americanos o su equivalente en pesos chilenos, impuestos incluidos, previo
procedimiento de Recepción Conforme de la Contraparte Técnica, de acuerdo al tipo de cambio
informado por el Banco Estado al momento de solicitar la AGCID el traspaso de dólares a pesos para
proceder al pago. La variación del tipo de cambio, no será imputable a la AGCID. El valor en pesos será
informado al proveedor para la emisión del respectivo DTE (Documento Tributario Electrónico).
El pago de los servicios para cuya prestación se celebra el contrato, se efectuará a través de pagos
parciales asociados a la entrega de productos específicos de cada una de las etapas del proyecto, los
cuales se detallan a continuación:
N°
HITO DE
PAGO
PRODUCTO
MONTO (*)
PLAZO MÁXIMO DE
ENTREGADE ENTREGA
1
Entregable
N°1
INFORME TÉCNICO
Nº1
(US$)
10 días hábiles desde la
fecha de término del 50%
de las horas lectivas, para
todos los niveles y de
ambos cursos.
2
Entregable
N°2
INFORME TÉCNICO
Nº2
50%
10 días hábiles desde la
fecha de término 100% de
las horas lectivas, para
todos los niveles y de
ambos cursos.
50%
(*) Los pagos antes indicados sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente
tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato correspondiente.
(**) La fecha de inicio de los servicios quedará estipulada en la primera reunión de coordinación con el
proveedor denominada “Reunión de Inicio”, en que se levantará un Acta de la reunión, denominada “Acta
de Inicio.”
Para estos efectos, el proveedor con el que se haya celebrado el contrato deberá enviar la factura al
correo dipresrecepcion@custodium.com o a la casilla que la AGCID le notifique al momento de la emisión
del DTE.
Para el pago señalado, el proveedor deberá entregar a la AGCID el documento tributario correspondiente
con una anticipación mínima de treinta (30) días corridos a la fecha del pago. Los datos para la emisión de la factura son los siguientes:
Nombre
R.U.T
Dirección
Giro
:
:
:
:
Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo
60.108.000-1
Teatinos 180, Piso 8º, Santiago
Servicio Público
Forma de Pago:
Crédito a 30 días
Si el adjudicatario corresponde a un proveedor nacional, junto con la factura y con carácter de obligatorio,
deberá enviar los siguientes documentos al correo electrónico opartes@agcid.gob.cl con copia al
correo unidad_adquisiciones@agcid.gob.cl:
1. Certificado de antecedentes laborales y previsionales (Formulario 30): Debe estar vigente
al momento de su presentación y ser enviado en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la
fecha de publicación de la factura en el Sistema de Gestión de DTE del Estado.
2. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario 30
1): Debe tener una antigüedad no superior a 30 días corridos desde su presentación y ser enviado
en un plazo no superior a 5 días hábiles desde la fecha de publicación de la factura en el Sistema
de Gestión de DTE del Estado.
Ambos certificados son otorgados por la Dirección del Trabajo. Cabe señalar que, de no cumplir con la
entrega de estos documentos en el plazo indicado, la factura será reclamada.
Para emitir la factura es requisito Obligatorio del Consultor:
i.
ii.
Aceptar la Orden de Compra en Mercado Público.
Ingresar el número de la Orden de Compra en el campo 801 de su Documento Tributarios
Electrónicos (DTE).
iii. Enviar el archivo XML de su DTE a la casilla dipresrecepcion@custodium.com. En caso de la no
recepción del DTE a través del correo o la casilla indicada, AGCID dará un plazo máximo de 48
horas para su envío, de lo contrario el sistema rechazará automáticamente dicho DTE.
En caso de no enviar los documentos solicitados y no cumplir con los requisitos de emisión, el DTE será
rechazado.
AGCID pagará al proveedor los servicios efectivamente prestados y de acuerdo al importe que sea
facturado, incluidos los descuentos que se puedan producir durante el desarrollo del servicio por
concepto de multas, servicios no ejecutados y acuerdos generados entre las partes, referidos a
disminución de costos del servicio, y demás requisitos establecidos en las bases de licitación.
11.11. Vigencia del Contrato
La contratación se formalizará mediante la suscripción de un contrato, el que comenzará a regir a contar
de la fecha en que quede totalmente tramitado el acto administrativo de la AGCID que lo apruebe. La
prestación de los servicios tendrá una duración de hasta 120 días corridos, contabilizados a partir
de la fecha de la reunión de inicio, sin perjuicio de los plazos de revisión de entregables y
formulación/subsanación de observaciones. El contrato se extenderá hasta la aprobación y pago por
parte de AGCID del último documento de cobro o mientras subsistan obligaciones entre las partes.
Posterior a la total tramitación de la resolución de AGCID que aprueba el contrato y en un plazo no
superior a 5 días hábiles, se realizará la primera reunión de coordinación con el proveedor, denominada
“Reunión de Inicio”, en la que se deberá levantar un acta de la reunión, denominada “Acta de Inicio”.
Excepcionalmente, por razones de buen servicio, AGCID podrá autorizar la prestación de los servicios
desde la fecha de la firma del contrato, previa solicitud expresa de la contraparte técnica del Contrato.
No obstante, la validez de los pagos estará condicionados a la total tramitación del acto administrativo
que apruebe el contrato, en concordancia a lo dispuesto por la Contraloría General de la República (en
sus dictámenes Nº 78.106, de fecha 14 de diciembre y Nº 72.213, de fecha 18 de noviembre, ambos del
año 2011). 11.12. Contraparte Técnica y Administrador del Contrato
Actuarán como Contraparte Técnica del Contrato, Daniella Mella, dmella@mma.gob.cl, coordinadora del
Proyecto PMI en MMA, Iván Castillo, ivan.castillo@sma.gob.cl, profesional de la SMA y Dina Guajardo
dguajardo@minenergia.cl Gestora Administrativa en MEN o la persona que sus jefatura designe.
Para fines de seguimiento de en la entrega e instalación del producto, así como para velar por la correcta
ejecución de las obligaciones del proveedor, la comunicación formal entre el proveedor y AGCID será a
través de el/la Contraparte Técnica, y de este con el Departamento de Cooperación Sur-Sur y Desarrollo
Nacional de AGCID, que, a su vez, se encargará de canalizar e informar a la División de Administración,
Finanzas y Desarrollo de personas de la AGCID.
A la contraparte técnica le corresponderá:
1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, verificando el
cumplimiento de los plazos de entrega.
2. Proporcionar al proveedor la información disponible, la asistencia y plazos establecidos que
requiera para el desarrollo de su trabajo y los logos institucionales a utilizar.
3. Dar observaciones, visto bueno y recepción conforme de los entregables y a los pagos
presentados por el proveedor, los cuales serán comunicados vía correo electrónico.
4. Constatar e informar a AGCID cualquier incumplimiento por parte del proveedor para la
aplicación de multas, término del contrato u otros efectos previstos en las presentes bases.
5. Coordinar, supervisar y fiscalizar toda actividad relacionada con el desarrollo de las actividades
necesarias para la correcta ejecución del contrato.
6. Constatar que los requerimientos desde el inicio hasta el término del contrato sean cumplidos.
7. Dirigir la documentación a la AGCID para que apruebe y comunique cualquier información que
deba ser enviada al Adjudicatario y que diga relación con la situación contractual.
8. Supervisar que los cobros del Adjudicatario sean acordes con la propuesta económica
presentada por el mismo.
9. Las demás tareas que se le encomienden en el marco de la presente licitación.
Actuará como Administrador/a del contrato la jefatura del Departamento de Cooperación Sur-Sur y
Desarrollo Nacional de AGCID o el/la profesional que éste designe para tales efectos, debiendo ejercer
la supervisión integral del desarrollo del servicio en sus aspectos administrativos.
El Administrador/a del contrato deberá:
1. Coordinar la entrega del servicio en la institución e informar la ocurrencia de incidentes en la
entrega de este.
2. Será además responsable dar la conformidad final a los servicios, y de validar los pagos por el
servicio, previa aprobación conforme de la Contraparte Técnica, controlando que estos se
realicen de acuerdo a lo dispuesto en las bases de licitación, informando su ejecución
presupuestaria y la fecha de vencimiento del contrato.
3. Será encargado de solicitar formalmente las modificaciones a la contratación previo
requerimiento de la contraparte técnica
4. Informar los incumplimientos a la Jefatura de la División de Administración, Finanzas y Desarrollo
de Personas de AGCID, en coordinación con la contraparte técnica proporcionando los
antecedentes respectivos, evaluar los resultados de las medidas acordadas y realizar el análisis
de los descargos del Proveedor del Servicio conjuntamente con la contraparte técnica. 11.13. Coordinador del Contrato del proveedor del servicio
El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada a
AGCID.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
1. Informar oportunamente a la Contraparte Técnica de todo hecho relevante que pueda afectar el
cumplimiento del contrato.
2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del
contrato.
3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al
responsable de administrar el contrato por parte AGCID, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes
de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
11.14. Lugar y jornada de trabajo
El proveedor deberá ejecutar la capacitación para el grupo Nº1 en las Superintendencia del Medio
Ambiente, ubicado en Teatinos 280, Santiago, y para el grupo Nº2 en las dependencias del Ministerio del
Medio Ambiente, y/o del Ministerio de Energía, ubicados en, San Martín 73 y Av. Alameda Libertador
Bernardo O'Higgins 1449, Santiago.
Las instituciones proporcionarán el espacio y equipamiento necesario para el desarrollo adecuado de las
actividades del curso.
Adicionalmente, deberá suministrar a la contraparte toda la información necesaria para poder contactarlo
telefónicamente, por correo electrónico y/o videoconferencia, con ocasión del desarrollo de sus servicios.
11.15. Comportamiento ético del Adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato,
el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben
entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en
conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
11.16. Auditorías
El proveedor podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por AGCID a entidades auditoras
independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las
medidas de seguridad comprometidas por el adjudicatario en su oferta. No obstante, lo anterior, el
adjudicatario deberá ajustarse a los estándares de las auditorías de la Contraloría General de la
República.
Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del adjudicatario, el
proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar a AGCID, según las presentes bases.
11.17. Confidencialidad
Salvo previo consentimiento escrito de AGCID, el proveedor no podrá comunicar a ninguna persona o
entidad ninguna información confidencial que adquiera en el curso de los servicios, o como resultado de
los mismos.
El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación,
los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en
virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El proveedor, así como su personal dependiente
que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar
confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios. El proveedor, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en
cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el
desarrollo de los servicios.
El proveedor debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información,
reservándose la AGCID el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con
las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad
o parte de la información referida.
Toda información que la AGCID entregue al adjudicatario será entendida como reservada obligándose
éste a no revelar dicha información a personas que no formen parte del servicio y, en consecuencia, a
mantenerla de manera confidencial y privada para evitar su divulgación no autorizada, ejerciendo el
mismo grado de cuidado que utilizan cada una de las partes para proteger información reservada de
propiedad de cada una, excepto que las partes acuerden explícitamente por escrito revelar dicha
información o que se encuentre dentro de las exclusiones señaladas en las presentes bases.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos
anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes
después de finalizado éste, podrá dar pie a que la AGCID entable en su contra las acciones judiciales
que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de
confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida
Privada.
11.18. Propiedad de la Información
El Ministerio de Energía y AGCID serán los titulares de todos los recursos, archivos, bases de dato y
toda información física que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente
licitación.
El Adjudicatario no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del
contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de AGCID. Por tal motivo,
una vez que el adjudicatario entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual,
deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.
11.19. Seguridad de la información
El proveedor y sus trabajadores, quedarán obligados al cumplimiento de los requisitos de seguridad de
la información estipulados en las presentes bases, así como en las políticas y procedimientos de
seguridad de la información de la legislación vigente. Por lo anterior, el proveedor deberá traspasar la
información de los requisitos de seguridad de la información a sus trabajadores.
Asimismo, el adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de las condiciones de uso de los diversos
sistemas, herramientas, software, plataformas y equipos, asumiendo su uso sólo para las actividades
propias del servicio. Sin embargo, y en caso de que ocurriera su uso en forma privada o personal, ya sea
intencional o involuntariamente, el adjudicatario declara renunciar a cualquier intención de reclamo,
denuncia o demanda relacionada con la privacidad de la información personal que se encuentre en
dichos sistemas y Plataformas.
11.20. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos
insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años.
AGCID podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios
para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros
estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones,
debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al
cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. AGCID exigirá que el adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas
que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte
del adjudicatario dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación
en la que el adjudicatario referido no podrá participar.
11.21. Normas laborales
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y
oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de
seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus
trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea
taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios,
gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por
cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de
trabajo.
AGCID se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del
Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y
previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen
la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el
propósito de hacer efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los
incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad
subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del
mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en
caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos,
adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o
dependencia entre ellos con el órgano comprador.
11.22. Idiomas
Las propuestas técnicas, financieras y otros antecedentes solicitados en el marco de la presente licitación
deberán estar escritos en idioma español, así como la correspondencia intercambiada entre el proveedor
y la AGCID.
En el caso de los informes técnicos, documentos y cualquier otro material que se genere en el marco de
los servicios objeto del contrato, deben ser escritos en español.
11.23. Cláusula de género
En el diseño, planificación, ejecución y monitoreo de las actividades y/o acciones que se adopten para la
implementación del contrato respectivo, las Partes se comprometen a:
1. Respetar el principio de igualdad y no discriminación de sexo.
2. Procurar contribuir a la eliminación de la discriminación hacia la mujer y a la ampliación de la
participación equitativa de hombres y mujeres en todos los sectores y ámbitos relacionados con
el cumplimiento del contrato.
3. Considerar las implicancias para hombres y mujeres que importen el desarrollo de las acciones
y/o actividades derivadas de su cumplimiento.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover la
equidad de género.
11.24. Cláusula de salvaguardia
En el marco de las contrataciones de bienes y servicios que sean adquiridos para los proyectos con
fondos en administración, AGCID deberá dar cumplimiento a las directivas de lucha contra el fraude y la corrupción impartidas por cada fuente de financiamiento, y deberá verificar la habilidad de los
proveedores a contratar, comprobando que éstos no se encuentren en situación de exclusión por delitos
de Lavado de Activos (LA), Financiamiento del Terrorismo (FT) y Delitos Funcionarios (DF), en las bases
de datos y sistemas de detección precoz dispuestos para tales efectos. En los casos que el o los
oferentes se encuentren dentro de estas listas de exclusión, AGCID estará facultada para:
1. Declarar inadmisible la oferta presentada.
2. Poner término anticipado al Contrato, cuando la inhabilidad se configure con posterioridad al
inicio del contrato.
11.25. Fraude y corrupción
Si la AGCID determina que el Adjudicatario y/o su personal y/o subcontratistas, (hayan sido declarados
o no), proveedores de servicios o proveedores de insumos, han participado en actividades corruptas,
fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas al competir por el contrato en cuestión, la Agencia
estará facultada para rescindir el contrato que se suscriba.
Si se determina que algún empleado del adjudicatario ha participado en actividades corruptas,
fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante la ejecución del contrato, dicho empleado
deberá ser removido de su cargo.
a) Definiciones: Para los efectos de la aplicación de la presente cláusula, la AGCID define las siguientes
expresiones:
(i)
(ii)
“Práctica corrupta”: Significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o
indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente en la actuación de
otra persona;
“Práctica fraudulenta”: Significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación
de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona,
con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evitar el cumplimiento de una
obligación;
(iii) “Práctica de colusión”: Significa un arreglo de dos o más personas diseñado para lograr un
propósito impropio, incluyendo influenciar impropiamente las acciones de otra persona;
(iv) “Práctica coercitiva”: Significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente, a
cualquiera persona o las propiedades de una persona, para influenciar impropiamente sus
actuaciones.
(v) “Práctica de obstrucción”: Significa la destrucción, falsificación, alteración o
escondimiento/ocultamiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o
brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por
parte la AGCID o cualquier organismo fiscalizador, de alegaciones de prácticas corruptas,
fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier
persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación
o que lleve a cabo la investigación, o las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio
de los derechos AGCID o cualquier organismo fiscalizador a inspeccionar y auditar (El
adjudicatario permitirá y deberá realizar las gestiones necesarias, para que sus subcontratados
permitan que AGCID o cualquier organismo fiscalizador y/o las personas designadas por estos
inspeccionen las cuentas y registros contables relacionados con el proceso de selección y con la
ejecución del contrato y realice auditorias por medio de auditores designados por AGCID o
cualquier organismo fiscalizador, si así lo requiere AGCID o cualquier organismo fiscalizador. El
adjudicatario deberá prestar atención a lo estipulado en la presente cláusula, según la cual las
actuaciones dirigidas a obstaculizar significativamente el ejercicio por parte de la AGCID o
cualquier organismo fiscalizador de los derechos de inspección y auditoría constituye una práctica
prohibida que podrá resultar en la terminación del contrato (al igual que en la declaración de
inelegibilidad de acuerdo de los procedimientos vigentes).
b) Medidas que deberán Adoptarse:
(i)
Se sancionará al Adjudicatario, con el término anticipado del contrato y se establecerán las
acciones legales que correspondan, si en cualquier momento determina que el Adjudicatario ha participado directamente o a través de sus agentes, en prácticas corruptas, fraudulentas,
colusorias o coercitivas al competir o ejecutar un contrato financiado por AGCID;
c) Comisiones y Gratificaciones:
(i)
Exigirá al Adjudicatario que revele cualquier comisión o gratificación que pueda haber pagado o
pagaderas a sus agentes, representantes o agentes comisionistas, en relación con el proceso
de selección o ejecución del contrato.
(ii) La información manifestada deberá incluir por lo menos el nombre y dirección del agente,
representante o agente comisionista, la cantidad y moneda y el propósito de la comisión o
gratificación.
11.26. Responsabilidades y obligaciones del proveedor adjudicado
1. El proveedor adjudicado deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes a
los usuarios designados de AGCID, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de
incumplimiento de lo solicitado.
2. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de
Proveedores.
3. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad a la AGCID en caso de acciones
entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de
patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad
Intelectual.
4. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la
persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse
fehacientemente.
5. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados
por la AGCID en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.
6. Entregar oportunamente informes solicitados por la AGCID.
11.27. Evaluación del contrato
Luego de finalizado el contrato, la Contraparte Técnica y el Administrador del contrato deberán evaluar el
desempeño del proveedor a través de una encuesta que se encuentra disponible en el módulo de Gestión
de Contratos en www.mercadopublico.cl.
Esta encuesta permite construir la Nota de Comportamiento por Evaluación que se publica, ahora
también, en la Ficha del Proveedor en la sección de Comportamiento por Evaluación de Contratos,
además de encontrarse en el módulo de gestión de contratos.
Responder la encuesta es clave para conocer cómo ha sido el cumplimiento de los proveedores en la
ejecución de los contratos, especialmente los de más de 1.000 UTM, permitiendo destacar a los oferentes
que cumplen con sus compromisos de entrega de bienes y servicios, como también generar información
para apoyar la toma de decisiones de todos los organismos.
11.28. Continuidad del personal
La AGCID exigirá que durante el desarrollo y vigencia del contrato exista continuidad del personal
designado para la prestación de cada servicio.
De acuerdo con lo anterior, en caso de requerirlo durante la vigencia del contrato, el proveedor podrá
solicitar a la AGCID, a través de su contraparte, el cambio de personal, teniendo en consideración
realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio y de acuerdo con lo establecido en
este artículo.
Si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor, como, por ejemplo, jubilación, muerte,
incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, el
proveedor deberá proponer oportunamente un cambio en la nómina de personal. Para la solicitud y aprobación de cambio de personal deberán considerarse, a lo menos, los siguientes
elementos:
1. La criticidad del servicio y de la etapa en la que esté involucrado el personal.
2. El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir, al menos, con los mismos requisitos
y competencias que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.
La solicitud de cambio de personal debe ser aprobada por la AGCID, quien se reserva el derecho de
aceptar o rechazar la petición. En caso de rechazo, el proveedor podrá proponer a otras personas, hasta
que sea aceptado por el comprador, siempre y cuando el tiempo involucrado en esta gestión no
perjudique el cumplimiento de plazos del contrato. En todo caso, si el órgano comprador considera que
estos cambios afectan la integridad y oportunidad del cumplimiento del contrato, le podrá poner término
anticipado.
El proveedor debe informar y entregar a la AGCID, junto con la solicitud de cambio de nómina de
personal, todos los antecedentes solicitados en las bases para que la AGCID evalúe y apruebe la
experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo.
El proveedor debe esperar la aprobación de la solicitud, por correo electrónico, de parte de la AGCID
antes de ejecutar el contrato con el o los nuevos trabajadores.
11.29. Tratamiento de datos personales por mandato
En caso de que se encomiende al proveedor el tratamiento de datos personales por cuenta de AGCID,
éste deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor en donde se especifiquen las
condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre
Protección de la Vida Privada.
En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que
se entrega al proveedor adjudicado (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un
procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor
adjudicado, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos
personales para fines distintos a los que persigue la AGCID (en calidad de órgano público mandante) y
señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros.
11.30. Pacto de Integridad
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la
presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con
todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el
resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°,
12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a
respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos
adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar
esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos
y Empresas de Naciones Unidas.
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta,
con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente
proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce
y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente
analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es
presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad
de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente
proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos
se derivase.
7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes,
asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa
o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes.
8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición
contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre
los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o
participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que
participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido
directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y
Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y
en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos
los oferentes.
9. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el
Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del
respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles.
Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de
Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que
la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue
adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases
de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la AGCID ejecutará la garantía de seriedad
de la oferta presentada por el proveedor incumplidor, si se hubiere solicitado en las bases.
Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor
contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del
contrato en conformidad con la cláusula referida a Término Anticipado de Contrato, de estas bases
de licitación.
11.31. Plagio y uso de inteligencia artificial
El proveedor declarará y garantizará que todo trabajo, contenido, informe, obra o entregable presentado
en el marco de la contratación será original y de su autoría, o contará con las autorizaciones
correspondientes para su uso.
Queda expresamente prohibido el plagio, entendiéndose como tal: la copia total o parcial, no autorizada,
de obras, textos, ideas, datos o contenidos de terceros, la utilización de las palabras de otro sin indicarlo
en forma de cita en el texto o sin citar la fuente en la lista de referencias bibliográficas, la presentación
de las ideas originales de otro, de manera modificada, sin la citación de la fuente, la falsificación las
palabras o las ideas otros, citando incorrectamente una fuente de información, simulando ser el dueño
del trabajo de otro y en todos los casos ya sea de orígenes humanos o generados mediante sistemas
automatizados. En caso de utilizar herramientas de Inteligencia Artificial, total o parcialmente, el proveedor se obligará a
declarar expresa y detalladamente dicha utilización, indicando el tipo de herramienta empleada y el
alcance de su intervención, manteniendo en todo momento la responsabilidad plena sobre el contenido
generado.
El incumplimiento de lo indicado será considerado una falta grave facultando a la AGCID a adoptar las
medidas legales y contractuales correspondientes, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que
pudieran derivarse.
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BASES TÉCNICAS |
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I.
ANTECEDENTES DE LA CONTRATACIÓN
El Proyecto PMI-Chile
Al Gobierno de Chile le fueron asignados fondos de donación bajo la Iniciativa Partnership for Market
Implementation (en adelante PMI) del Banco Mundial, para ejecutar el proyecto PMI, los que serán
administrados financieramente por la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo
(en adelante AGCID), y ejecutados por el Ministerio de Energía de Chile (en adelante el Ministerio), como
ha quedado consignado a través del Convenio de Donación N° TF C3139-CL, firmado por el Banco
Mundial y AGCID el 14 y 27 de noviembre de 2023, respectivamente.
Los objetivos del Proyecto PMI son entregar asistencia técnica al Beneficiario (i.e., República de Chile)
para poner en marcha un Sistema Piloto de Emisiones Transables para el sector energía (con el fin de
apoyar la transición energética); implementar los instrumentos económicos y normas de emisión bajo la
Ley Marco de Cambio Climático, que incluyen el Artículo 6 del Acuerdo de París; ejecutar las mejoras al
sistema de compensaciones del impuesto verde; y fomentar la cooperación regional, abriendo puentes
de conexión con países que han avanzado en el diseño y la aplicación de instrumentos de precio en la
región.
El cumplimiento de los objetivos antes planteados requiere que las instituciones involucradas se
relacionen de forma continua con actores internacionales, colaboren en el establecimiento de metas y
planes de trabajo, y se inserten en el contexto internacional para aprender de otras experiencias y
compartan las suyas. Por lo mismo, el manejo del idioma inglés por parte de los equipos directamente
vinculados al Proyecto PMI y que ejecutan sus labores en dependencias del Ministerio del Medio
Ambiente (MMA), de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y del Ministerio de Energía (MEN),
respectivamente, resulta fundamental, pues la comunicación y manejo de conceptos específicos exigen
un dominio acabado y preciso del inglés. Los equipos a los que se hace referencia están compuestos
por funcionarios/as de dichas instancias, así como por profesionales que han sido contratados/as bajo
el citado Proyecto.
En virtud de lo anterior, se requiere contratar un servicio de capacitación en inglés para los profesionales
y funcionarios/as de las instituciones señaladas anteriormente y que cumplen un rol bajo el Proyecto
PMI, lo que les permitirá comprender y aplicar conceptos técnicos, participar en discusiones con expertos
internacionales y, de este modo, asegurar una ejecución exitosa del proyecto.
II.
OBJETIVO DE LA CONTRATACION
El contrato que se espera celebrar en virtud de los presentes términos de referencia tiene por finalidad
la provisión de servicios de capacitación en el idioma inglés, en niveles básico, intermedio y avanzado,
según corresponda, a través de sesiones grupales dirigidas, tanto a funcionarias/os y profesionales
a honorarios del MMA, SMA y MEN que desarrollan funciones vinculadas al proyecto PMI, como a las
y los profesionales contratados específicamente en el marco de dicho proyecto. Estas capacitaciones
buscan mejorar el manejo del idioma inglés para abordar de manera más efectiva los aspectos técnicos
asociados al desarrollo del PMI y, a la vez, contribuir a la instalación de capacidades dentro de las
instituciones participantes. Para ello, se dividirá en dos grupos que se orientan al desarrollo y
fortalecimiento de las cuatro habilidades lingüísticas del idioma inglés: comprensión auditiva (listening),
expresión oral (speaking), comprensión lectora (reading) y expresión escrita (writing).
Lo anterior facilitará la comprensión e interpretación de experiencias y avances internacionales
relacionados con el mercado de carbono y el cambio climático, permitiendo la realización de objetivos
del proyecto PMI, mediante seminarios, talleres y diversas instancias participativas con los distintos
sectores.
En el caso de profesionales contratados por el proyecto PMI, se revisarán requisitos de inglés en caso
de ser solicitados en sus contratos, a efectos de la selección de participantes por parte de los puntos
focales del Proyecto PMI con base en MEN y MMA. Los criterios de selección y los participantes de las
capacitaciones quedarán consignadas en un oficio remitido por la jefatura de la División de Planificación
Estratégica y Desarrollo Sostenible del MEN de los servicios mencionados, dirigido al Director Ejecutivo
de AGCID, en base a lo cual AGCID informará al proveedor para ejecutar el servicio.
III.
ASPECTOS TÉCNICOS MÍNIMOS DEL SERVICIO
El proveedor adjudicado deberá realizar todas las actividades necesarias para dar cumplimiento al
objetivo descrito en el numeral anterior. Se organizará una reunión virtual de inicio (kick-off), así como se
podrán organizar reuniones quincenales de seguimiento, para ofrecer aclaraciones e información
actualizada sobre los avances, y validar los resultados preliminares. El proveedor adjudicado deberá
proponer un plan de trabajo detallado que incluya todas las actividades requeridas para alcanzar el
Objetivo General del servicio (revisión de información pertinente, reuniones con contrapartes, etapas de
consulta, horarios de clases, etc.).
3.1 Actividades Mínimas
i.
ii.
iii.
iv.
v.
Capacitación práctica y presencial de inglés con apoyo de una plataforma online en sus niveles
Básico, Intermedio y Avanzado, según las necesidades de las personas participantes.
La capacitación se deberá impartir en la ciudad de Santiago, el grupo Nº1 en las dependencias
de la Superintendencia del Medio Ambiente y el grupo Nº2 en el Ministerio del Medio Ambiente
y/o del Ministerio de Energía.
Diagnóstico presencial o telemático (previa coordinación y aprobación), durante el primer día de
clases, a fin de determinar el nivel de los alumnos.
Cada curso debe contemplar un mínimo de 40 horas pedagógicas1.
Debe considerar un total de 35 alumnos(as),15 profesionales correspondientes al grupo Nº1 y
20 profesionales en el grupo Nº2.La metodología de la capacitación debe considerar un profesor
por cada seis personas como máximo, para cada nivel (básico, intermedio y avanzado)
GRUPONº1:
SERVICIOS DE
CAPACITACIÓN EN
IDIOMA INGLES
15 PROFESIONALES
SUB GRUPOS DE
MÁXIMO 6
PROFESIONALES
CLASIFICADOS POR
NIVEL.
GRUPO Nº2:
20 PROFESIONALES
SUB GRUPOS DE
MÁXIMO 6
PROFESIONALES
CLASIFICADOS POR
NIVEL.
Los subgrupos, conformados por un máximo de seis profesionales, podrán clasificarse en los
niveles básico, intermedio y avanzado. Sin embargo, no es obligatorio que exista un subgrupo
para cada nivel. De acuerdo con los resultados obtenidos en la prueba diagnóstica, dos o más
subgrupos, según corresponda, podrán ser asignados al mismo nivel. 3.2 Inicio del Curso
El proveedor adjudicado deberá definir un coordinador técnico dentro de las 24 horas posteriores
a la tramitación del acto administrativo aprobatorio de la presente contratación, para la
interlocución con la contraparte técnica del contrato. Este coordinador informará al alumnado
sobre los detalles logísticos y contenidos de los cursos, comunicará al alumnado y profesores(as)
la casilla de e-mail y el número de teléfono para ser contactado, y reportará la finalización exitosa
de los módulos y/o cursos. Además, recibirá solicitudes, reclamos, justificaciones, etc., por parte
del alumnado y las dirigirá a la jefatura del proyecto. También velará por el adecuado desarrollo
logístico de la capacitación, supervisando que se cuente con los materiales necesarios para su
desarrollo, entre otras tareas.
Se deberán conformar dos grupos principales de participantes. El grupo Nº1 se compondrá de
15 profesionales de la Superintendencia del Medio Ambiente, cuyas clases deberán ser
impartidas en sus dependencias. El grupo Nº2 se compondrá de 20 profesionales del Ministerio
del Medio Ambiente (MMA) y el Ministerio de Energía (MEN), cuyas clases deberán ser
impartidas en algunas de sus dependencias.
El proveedor adjudicado deberá aplicar a las personas participantes de ambos cursos, una
evaluación diagnóstica presencial o telemática, para los casos definidos en la planificación, antes
del inicio de las actividades, a fin de clasificar por nivel, básico, intermedio y avanzado, a los
profesionales en grupos homogéneos de máximo 6 integrantes.
Dichos grupos, de seis profesionales, podrán clasificarse en los niveles básico, intermedio y
avanzado. Sin embargo, no es obligatorio que exista un subgrupo para cada nivel. De acuerdo
con los resultados obtenidos en la prueba diagnóstica, dos o más subgrupos, según corresponda,
podrán ser asignados al mismo nivel.
3.3 Planificación y Material de Apoyo
El proveedor adjudicado deberá presentar una propuesta de planificación de actividades y
sesiones de capacitación por nivel. Esta planificación deberá ser revisada y aprobada por la
contraparte técnica.
El proveedor adjudicado deberá entregar a cada participante un texto guía y de ejercicios (digital
o físico) y el acceso a una plataforma de ejercitación en línea, habilitada las 24 horas del día,
todos los días de la semana.
El proveedor adjudicado deberá contemplar también la entrega de material de estudio y apoyo
necesario para la capacitación.
La oferta presentada por el proveedor, deberá considerar todo el material didáctico necesario
para la realización del curso y acceso a la plataforma online.
3.4 Equipo Docente:
El equipo de docentes debe estar compuesto al menos de 2 profesionales, los cuales deber ser
suficientes para cubrir las necesidades de ambos grupos, para cada nivel.
Requisitos obligatorios para el equipo de docentes:
Las personas del equipo docente deberán presentar certificación para la enseñanza del inglés
(certificación internacional o nacional), requisito indispensable para ejercer clases.
Para docentes no nativos, deberán además presentar certificación internacional del dominio del
idioma, requisito indispensable para ejercer clases.
Para docentes nativos de un país de lengua inglesa, deberán presentar certificado que acredite
su nacionalidad.
Las personas del equipo docente deberán contar con experiencia demostrable en la enseñanza
del idioma.
Se valorará experiencia en el ámbito de la sostenibilidad o temas ambientales. El equipo de docentes deberá ser informado en el Anexo Nº9: “Equipo de trabajo” de la presente
licitación.
La AGCID exigirá que durante el desarrollo y vigencia del contrato exista continuidad del personal
designado para la prestación de cada servicio. Si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del
proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros,
fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, el proveedor adjudicado deberá proponer
oportunamente un cambio en la nómina de personal, de acuerdo a lo establecido en la cláusula
“Continuidad del personal” de las bases administrativas de la presente licitación.
3.5 Desarrollo de las Clases:
Clases prácticas y presenciales: La entrega de los contenidos deberá considerar la interacción
en un ambiente académico y que consideren el uso de diversas herramientas de aprendizaje
(por ejemplo, exposición del relator, revisión de textos guía y de ejercicios, presentaciones de
los(as) alumnos (as), videos, revisión de textos, papers o noticias contingentes de diversas
fuentes, aplicaciones informáticas, dinámicas de interacción en subgrupos).
Los programas de cada nivel deberán orientarse a lograr un incremento en el grado de dominio
del idioma que poseen los y las profesionales, de manera que al término de cada nivel estos se
encuentren en condiciones de acceder a un nivel superior. Al término de cada módulo, el
proveedor deberá certificar por escrito el nivel alcanzado por cada alumno(a).
El Proveedor podrá agrupar al alumnado, de acuerdo con su metodología en grupos con un
tamaño no superior a 6 personas clasificado por nivel (básico, intermedio y avanzado).
Los cursos deben adecuar sus horarios a la disponibilidad de las personas participantes. Los
horarios deben contemplar la posibilidad de realizar a lo menos 2 sesiones semanales de 2 horas
pedagógicas cada una (90 minutos), lo cual será coordinado entre la contraparte designada por
el proveedor y la contraparte técnica.
Al inicio de la capacitación, para cada nivel, el Proveedor deberá entregar al alumnado el
programa del curso, indicando objetivos y contenidos, expresados en unidades con sus
respectivos niveles de logro.
El Proveedor deberá considerar la realización de evaluaciones individuales para cada persona,
con el fin de medir el avance de los alumnos en al menos tres de las siguientes dimensiones:
grammar, vocabulary, reading, listening, speaking y writing, de acuerdo con los contenidos y
objetivos del módulo o curso.
El Proveedor ha de definir durante el desarrollo de los cursos algún tipo de reuniones u otra
instancia de comunicación con los y las profesionales fuera del horario de clases por correo
electrónico para aclaración de dudas, informarles acerca de su rendimiento, estado de avance o
actividades que deberían realizar para superar las deficiencias que se hayan advertido.
El proveedor deberá definir actividades y/o sesiones extra que permitan a estudiantes recuperar
clases perdidas por encontrarse en comisión de servicio u otro motivo debidamente justificado.
Si la deserción de un participante al curso ocurre antes de avanzadas las primeras cuatro clases2
del curso, el puesto puede ser tomado por otro profesional, previa evaluación diagnóstica y
asignación al grupo del nivel que le corresponda.
Al final del curso, el proveedor deberá aplicar una encuesta de satisfacción a las personas que
formaron parte del curso.
Se exigirá que durante el desarrollo y vigencia del contrato exista continuidad del personal
designado para la prestación del servicio. De acuerdo con lo anterior, en caso de requerirlo
durante la vigencia del contrato, el proveedor podrá solicitar a la AGCID, a través de su
contraparte, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación
suficiente.
Si por algún motivo ajeno a la gestión del proveedor, como, por ejemplo, jubilación, muerte,
incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, el proveedor deberá proponer oportunamente un cambio en la nómina de personal a la
contraparte técnica.
El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir, al menos, con los mismos requisitos
y competencias que cumplía el personal establecido en estos TDR. La solicitud de cambio de
personal debe ser aprobada.
3.6 Término del Curso:
El proveedor adjudicado deberá entregar un informe que indique el detalle de alumnos personas
aprobadas, reprobadas (indicando el puntaje obtenido en el test final) y de quienes renunciaron
a un determinado módulo. Deberá incluir el porcentaje de asistencia y de cumplimiento de tareas
o trabajos. Por último, deberá adjuntar las encuestas de satisfacción aplicadas a cada alumno.
Los formatos del informe y la encuesta de satisfacción serán provistos por la Contraparte
Técnica.
Plazo de entrega: dentro de 10 días hábiles contados desde la fecha del término de cada módulo.
Se deberá entregar un certificado de participación a cada alumno, al finalizar el curso, sujeto a
la asistencia superior al 90% de las sesiones3.
IV.
PLAZOS Y PRODUCTOS ESPERADOS
Los productos por entregar a la Contraparte Técnica (Ministerio de Energía) deberán ser entregados en
formato digital a través de la Oficina de partes de AGCID, al correo opartes@agcid.gob.cl, y a las
profesionales Daniella Mella, dmella@mma.gob.cl, coordinadora del Proyecto PMI en MMA, Iván Castillo,
ivan.castillo@sma.gob.cl, profesional de la SMA y Dina Guajardo dguajardo@minenergia.cl Gestora
Administrativa en MEN.
Estos productos serán:
Informe técnico Nº1 (Entregable N°1):
Se deberá presentar el Informe Nº1 por el curso Nº1 y el informe Nº1 por el curso Nº2, ambos
deben contener como mínimo lo siguiente:
Evaluación diagnóstica. Pauta y resultados.
Lista de estudiantes y seguimiento de asistencia.
Programa y planificación de las actividades incluyendo las sesiones para toda la extensión del
curso. Esto debe incorporar los días y horarios en que fueron realizadas las clases.
Copia o link del texto guía, de los ejercicios realizados y de cualquier otro material de estudio
entregado a los estudiantes durante el 50% de las primeras horas lectivas.
Pautas y resultados de evaluaciones realizadas durante el periodo.
Informe técnico Nº2 (Entregable N°2):
Se deberá presentar el Informe Nº2 por el curso Nº1 y el informe Nº2 por el curso Nº2, ambos
deben contener como mínimo lo siguiente:
Copia o link del texto guía, de los ejercicios realizados y de cualquier otro material de estudio
entregado a los estudiantes durante la segunda etapa del curso.
Pautas y resultados de evaluaciones realizadas durante el periodo y de la evaluación final.
Especificación de cambios en la planificación original, en caso de existir, debidamente
justificados.
Detalle de la asistencia de los alumnos durante el periodo completo del curso.
Pauta y resultados de encuesta de satisfacción del curso.
Certificado de participación a cada uno de los participantes (sujeto a una asistencia superior al
90% de las sesiones). Todos los entregables deberán realizarse en formatos editables y adjuntar los archivos de apoyo
desarrollados. En el caso de que los plazos de entrega antes señalados sean sábado, domingo o
festivos, se pospondrán al día hábil siguiente.
Los plazos de entrega señalados anteriormente deberán ser respetados a cabalidad. No obstante, dichos
plazos podrán ser prorrogados por la AGCID, previa solicitud escrita del proveedor al Administrador del
Contrato y Contraparte Técnica, que deberá ser remitida con una anticipación no menor de catorce (14)
días corridos al vencimiento del plazo de entrega de un determinado entregable.
V.
OBSERVACIONES A LOS ENTREGABLES
La Contraparte Técnica emitirá, dentro de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción del
respectivo entregable, un pronunciamiento en relación con aprobar, rechazar o formular observaciones
e indicaciones al citado entregable. En el caso de que dicho plazo para la emisión de las observaciones,
sea sábado, domingo o festivo, se pospondrá al día hábil siguiente.
En el evento que realice observaciones, estas serán remitidas mediante correo electrónico al proveedor,
las cuales se entenderán notificadas el mismo día de la remisión de dicho correo.
El entregable corregido deberá ser presentado a la Contraparte Técnica en formato digital a través de la
Oficina de partes de AGCID, al correo opartes@agcid.gob.cl, con copia a dmella@mma.gob.cl,
ivan.castillo@sma.gob.cl y dguajardo@minenergia.cl en un plazo de 5 (cinco) días hábiles para hacer
la subsanación a las observaciones del respectivo entregable. En ese sentido la Contraparte Técnica
tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para emitir un pronunciamiento en relación con aprobar,
rechazar o formular observaciones e indicaciones al citado entregable. En el caso de que dicho plazo
para la emisión de las observaciones, sea sábado, domingo o festivo, se pospondrá al día hábil siguiente.
En el caso que la revisión de alguno de los entregables presentase una segunda ronda de observaciones,
el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción del entregable
observado. En ese sentido la Contraparte Técnica tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para
aprobar o rechazar el citado entregable. En el caso de que dicho plazo para la emisión de las
observaciones, sea sábado, domingo o festivo, se pospondrá al día hábil siguiente.
El entregable definitivo deberá ser presentado en formato digital a través de la Oficina de partes de
AGCID, al correo opartes@agcid.gob.cl, con copia a dmella@mma.gob.cl, ivan.castillo@sma.gob.cl y
dguajardo@minenergia.cl en un plazo de 5 (cinco) días hábiles.
La Contraparte Técnica emitirá, dentro de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción del
entregable corregido, un pronunciamiento en relación con aprobar o rechazar definitivamente el citado
entregable.
En el caso de que alguno de los entregables no cumpla con subsanar las observaciones realizadas por
la Contraparte Técnica, en los tiempos y forma descritas, se aplicarán las sanciones por incumplimiento
de las obligaciones del contrato.
Los plazos de entregable que se establezcan en el contrato deberán ser respetados a cabalidad. No
obstante, lo anterior, dichos plazos podrán ser prorrogados por la AGCID, previa solicitud escrita del
proveedor al Administrador del Contrato y Contraparte Técnica, que deberá ser remitida con una
anticipación no menor de diez (10) días hábiles al vencimiento del plazo de entrega de un
determinado entregable, con tal que ello no implique modificar la vigencia del contrato.
Se deja constancia de que los términos para formular observaciones y realizar las correcciones a los
entregables no interrumpen o suspenden los plazos para evacuar el o los entregables siguientes, a
menos que la magnitud e importancia de las observaciones formuladas sean de una cuantía tal que no
sea posible continuar con el desarrollo de los servicios mientras aquellas no sean subsanadas. Esto
deberá ser señalado por la Contraparte Técnica mediante comunicación escrita por correo electrónico a
la AGCID para que le notifique al proveedor, en relación con que dicha interrupción o suspensión no
cambiará la vigencia del contrato. AGCID deberá, en conjunto con la Contraparte Técnica, establecer
nuevos plazos para la entrega de los entregables posteriores y en ningún caso, el plazo de presentación
del entregable final podrá exceder la vigencia del contrato.
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