Licitación ID: 2704-246-LP17
SC 2572 Arriendo de computadores
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DEL BIO BIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 133
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Productos o servicios
1
Computadores de escritorio 93 Unidad
Cod: 43211507
SC 2572 servicio arriendo de computadores Desktops  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SC 2572 Arriendo de computadores
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SC 2572 Arriendo de computadores
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Universidad del Bío-Bío - Campus Concepción
R.U.T.:
60.911.006-6
Dirección:
Avenida Collao 1202
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-11-2017 20:00:00
Fecha de Publicación: 23-10-2017 16:39:33
Fecha inicio de preguntas: 23-10-2017 20:01:00
Fecha final de preguntas: 30-10-2017 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-11-2017 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-11-2017 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-11-2017 11:00:00
Fecha de Adjudicación: 23-11-2017 18:30:41
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ir a bases administrativas
Documentos Técnicos
1.- ir a bases administrativas
 
Documentos Económicos
1.- ir a bases administrativas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica Modelo Puntaje CPU Intel I7-4000 - 5999 0.8 Intel I7-6000 -6999 0.9 Intel I7-7000 o técnicamente superior 1 MONITOR LED 23" (*) 1 DISCO DURO 500GB 0,9 1TB 1 2TB o superior 0,2 35%
2 Tiempo de entrega de los equipos El Tiempo de Entrega de los Equipos, consistirá en los días corridos que el adjudicatario se demorará en hacer entrega material de los equipos a la Universidad. Deberá indicarse en el formulario B y tendrá una ponderación del 4%. 4%
3 Soporte y Continuidad del Servicio El Soporte y Continuidad del Servicio (SYCS) consistirá en dar solución a los problemas reportados (falla hardware o siniestros) dentro de 48 horas cronológicas, como máximo. El tiempo de solución a fallas de los equipos deberá ser en horas, el cual deberá indicarse en el formulario B y tendrá una ponderación del 5%. El puntaje del Soporte y Continuidad del Servicio, se obtendrá en base a la aplicación de la siguiente formula: 5%
4 Oferta Económica (Menor Oferta Económica Total/Oferta Económica Total Evaluada) X 100 51%
5 Presentación formal de documentos • Entrega todos los documentos oportunamente: 100 puntos. • Entrega documento en forma tardía: 50 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 2844,72
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Mariano Osorio
e-mail de responsable de pago: mosorio@ubiobio.cl
Nombre de responsable de contrato: Lubaska Dibarrat Jara
e-mail de responsable de contrato: ldibarrat@ubiobio.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-3111679-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Universidad del Bio-Bio
Fecha de vencimiento: 09-03-2018
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Arriendo de computadores desktops para la Universidad del Bío-Bío
Forma y oportunidad de restitución: La Universidad hará devolución de la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles y/o en el caso de declararse desierta la licitación, dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la notificación, por medio del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, del acto administrativo que resuelva la licitación. Para los efectos previstos en el párrafo final del numerando 16º de estas Bases Administrativas, y conforme lo faculta el artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, aprobado por el Decreto Supremo de Hacienda N° 250 de 2004, el plazo de devolución de la garantía de seriedad de la oferta a los licitantes cuyas propuestas sean válidas pero no hayan resultado adjudicadas se hará dentro los cincuenta (50) días corridos siguientes a la notificación, por medio del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, del acto administrativo que resuelva la licitación. Tratándose del proponente adjudicado, la devolución de la garantía se hará una vez que éste suscriba el correspondiente contrato y haga entrega de la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, a que se refiere el punto 17.2 de estas Bases Administrativas. Asimismo se hará efectiva administrativamente la Garantía de Seriedad de la oferta, en el caso que la empresa no hiciere entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato en el momento de la suscripción del contrato con la Universidad, aunque esta última gestión no haya podido realizarse por cualquier causa, en la medida que dicha causa no sea imputable a la Universidad.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Universidad del Bio-Bio
Fecha de vencimiento: 31-03-2021
Monto: 4000000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Arriendo de computadores Desktops para la Universidad del Bío-Bío
Forma y oportunidad de restitución: La Universidad hará devolución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato al proponente adjudicado, transcurrido el plazo de 60 días hábiles contados desde el término del periodo señalado en el Nº 18 de las presentas bases. El instrumento en que conste la garantía podrá ser retirado por el proponente, transcurrido el plazo señalado, en las oficinas del Departamento de Contabilidad y Cobranzas, a su requerimiento. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N°19.886, esta garantía comprenderá, además, el aseguramiento del pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante por parte de éste, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 17.322.-
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
consultas
Tanto las preguntas como las respuestas serán puestas en conocimiento de todos los proveedores interesados, a través del Sistema de Información, sin indicar el autor de las mismas. Las respuestas, se emitirán exclusivamente a través del Sistema de Información, Portal www.mercadopublico.cl, y estarán a disposición de todos los eventuales oferentes, a partir de las 18:00 horas del segundo (2°) día hábil siguiente al vencimiento del plazo para formular consultas.
resolucion de empates
En caso de existir empate entre dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel que haya obtenido el mayor promedio considerando las variables Oferta Económica, Oferta Técnica y Soporte y continuidad de servicio. Si el empate aún persistiera, sólo se considerarán el mayor promedio de las variables Oferta Económica y Oferta Técnica.
READJUDICACION
Si el proponente adjudicado, en su caso, no acompañare los documentos requeridos en los casos y la forma señalada en los párrafos tercero, cuarto y quinto de este número 16; o no suscribiere el contrato; o no entregare la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en el plazo señalado en el párrafo primero anterior, la Universidad del Bío-Bío, mediante Decreto Universitario exento, podrá dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectiva administrativamente, la garantía de la seriedad de la oferta a que se refiere el número 17.1 de estas Bases Administrativas, dictando el correspondiente acto administrativo fundado. Si la Universidad hiciere uso de esta facultad, podrá adjudicar la licitación a los otros proponentes comenzando por la oferta que hubiera obtenido el segundo mayor puntaje, de acuerdo al orden de prelación que hubieren obtenido en la evaluación de la ofertas o bien, llamar a una nueva licitación pública, según así fundadamente lo declarare.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.