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ÁMBITO DE APLICACIÓN BASES |
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El Servicio de Salud Metropolitano Central, en adelante e indistintamente “el Servicio” o “SSMC”, requiere contratar la ejecución del proyecto “MEJORAMIENTO DE LA HABITABILIDAD EN ÁREAS DE TRABAJO DEL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN”, establecimiento que forma parte de la Red Asistencial de este Servicio de Salud, que está ubicado en Av. Santa Rosa N°1234, comuna Santiago, Región Metropolitana, proyecto que será contratado por el Servicio de Salud Metropolitano Central de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos. La presente Licitación Pública corresponde a una contratación mayor a 2.000 UTM y menor a 5.000 UTM.
El llamado a participar en el presente proceso licitatorio se efectúa a través del Portal www.mercadopublico.cl. y se regirá por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
Asimismo, regirán las normas relativas a Seguridad y sus Reglamentos, las recomendaciones de los fabricantes, las normas técnicas de Autoridad Sanitaria y el Decreto Supremo N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
2. FINANCIAMIENTO
El desarrollo y ejecución del proyecto licitado será financiado con fondos sectoriales, cuyo presupuesto estimativo corresponde a $245.000.000.- (doscientos cuarenta y cinco millones de pesos) impuestos incluidos.
Por lo anterior, el gasto que irrogue el desarrollo y ejecución del proyecto licitado será imputado al ítem 22-06-001, mantenimiento y reparación de edificaciones, del presupuesto del Servicio de Salud Metropolitano Central.
3. DEFINICIONES
Para la correcta aplicación de las presentes Bases de Licitación se entiende por:
Accidente del trabajo:
Se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo, y aquéllos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro.
Se considerarán también accidentes del trabajo los sufridos por dirigentes de instituciones sindicales a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales.
Exceptúense los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador.
Anexos:
Documentos administrativos, técnicos y legales que entrega “El Servicio” a los proponentes.
Antecedentes del Contrato:
Lo constituyen todos los documentos que forman parte de la Licitación Pública.
Asesoría de Inspección Técnica de la Obra:
Persona natural o jurídica, especialmente contratada bajo la Dirección de la Unidad Técnica del Proyecto, que trabaja con permanencia necesaria para la fiscalización de la obra a cargo directo de la I.T.O. colaborando con la fiscalización administrativa y técnica del cumplimiento del contrato de ejecución de obra.
Aumento o disminución de obra:
La modificación de las cantidades de obras indicadas en los documentos de la licitación, que deriven de una variación del proyecto.
Aumento o Disminución de Plazo: Es la modificación del plazo ofertado para la ejecución total de la obra, expresado en días corridos, y que el contratista lo solicite dentro del período de vigencia del contrato en el plazo máximo estipulado en las presentes bases.
BIM (Building Information Modeling):
Conjunto de metodologías, tecnologías y estándares que permiten diseñar, construir y operar una edificación o infraestructura de forma colaborativa en un espacio virtual. Para aquellos proyectos que cuenten con metodología BIM, el contratista deberá implementar lo indicado en el “Estándar BIM para Proyectos Públicos” y en la Solicitud de Información BIM (SDI BIM) que será entregado por el Mandante como un antecedente de licitación.
Caso Fortuito o de Fuerza Mayor:
Hecho imprevisto al que no es posible resistir, que impide y excusa el cumplimiento de alguna de las obligaciones del contrato. Referencia Código Civil Art. 45. En todo caso y siempre que se recurra a esta figura, ésta deberá ser calificada por la I.T.O., validada por la Unidad Técnica y aprobado o rechazado por el Director/a de Servicio.
Carátula de pago:
Documento de presentación del Estado de Pago mensual de la Obra.
Comité Paritario de Faena:
En toda industria o faena en que trabajen más de 25 personas deberán funcionar uno o más Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, que tendrán las siguientes funciones:
1.- Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección;
2.- Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
3.- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, que se produzcan en la empresa y de cualquiera otra afección que afecte en forma reiterada o general a los trabajadores y sea presumible que tenga su origen en la utilización de productos fitosanitarios, químicos o nocivos para la salud;
4.- Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad, que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales;
5.- Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
Comisión de Recepción de la Obra:
Grupo de profesionales funcionarios del Servicio de Salud, designados por el Director/a del Servicio de Salud Metropolitano Central mediante el acto administrativo respectivo, cuya función es recibir la obra en el período de recepción provisoria y recepción Final, de acuerdo a lo previsto en el Contrato. Dicha comisión tiene como fin dar fe del cumplimiento de la total subsanación de las observaciones levantadas por el I.T.O. y sus A.I.T.O.S.
Dicha comisión estará compuesta al menos por:
1) Jefe del Departamento de Recursos Físicos o quien lo subrogue.
2) Dos profesionales que el Servicio designe.
Currículum Vitae:
Es la identificación detallada de una persona y de sus antecedentes técnicos laborales relacionados con la materia.
Departamento de Monitoreo de Obras:
Departamento dependiente de la División de inversiones de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, encargado de representar a dicha repartición pública en la ejecución de la Obra de Salud. Tiene como misión el monitoreo de la obra, realizar el seguimiento administrativo, velar por el cumplimiento del contrato y estandarizar los procesos administrativos derivados de los contratos de obra desarrollados por los Servicios de Salud.
Días corridos:
Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, sin descontar los feriados.
Días hábiles:
Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
Director(a):
Quien desempeña el cargo de Director/a del Servicio de Salud.
Documentos administrativos:
Para estos efectos se entiende por documentos administrativos las certificaciones, antecedentes y en general, aquellos que dan cuenta de la existencia legal y situación económica y financiera de los oferentes y aquellos que los habilitan para desarrollar actividades económicas reguladas.
Documentos oficiales:
Certificados, resoluciones, oficios y circulares emitidas por una autoridad pública. En caso de documentos extranjeros, deberán presentarse acorde a lo dispuesto en los artículos 345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil.
Entidad Licitante:
Cualquier organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Licitación, en la especie el respectivo Servicio de Salud Metropolitano Central.
Gastos Generales:
Aquellos gastos directos de obra no imputables a partidas específicas de la construcción, que permitirán mantener la operación y/o proceso de construcción en forma efectiva y eficiente.
Gobierno Regional
Organismo autónomo, con personalidad jurídica de Derecho Público, conformado por el Intendente Regional y el Consejo Regional (CORE), creado por la Ley Orgánica Constitucional Nº 19.175, sobre Gobierno y Administración Regional.
Grupo licitante:
Conjunto de personas naturales o jurídicas que se presentan a una licitación acompañando una sola oferta, siendo la responsabilidad de cada uno de ellos indivisible y solidaria, según lo dispuesto en las presentes Bases.
Inspector Técnico de Obras (I.T.O.)
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico de Obra (I.T.O.) al profesional responsable del Contrato perteneciente a la Unidad Técnica a quien el Director/a mediante el acto administrativo que lo apruebe le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de la Obra, la calidad de los trabajos y en general, por la administración y el cumplimiento del Contrato. Esta labor podrá ser ejercida por un profesional Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Constructor y/o Constructor Civil.
Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.):
Indicador económico que para efectos de las presentes Bases se considera este Índice de Precios al Consumidor, que es informado por el Instituto Nacional de Estadística, para la aplicación de la reajustabilidad del valor del contrato o en su defecto el Índice que lo reemplace, en los casos que proceda.
La Subsecretaría:
La Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.
Legalización de documentos extranjeros:
Mecanismo para que los documentos expedidos fuera del territorio chileno sean reconocidos en chile, previsto en los artículos 345 345 bis del Código de Procedimiento Civil.
Ley de compras:
Ley N°19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Mandante:
Organismo para quién se ejecuta la obra. Para estas Bases el Servicio de Salud Metropolitano Central.
Obras Nuevas o Extraordinarias:
Obras que se incorporan o agregan al proyecto durante su ejecución, cuyas características son diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes de la licitación y que tienen por finalidad llevar a mejor término la obra contratada, las cuales serán previamente consultadas según el caso por la I.T.O., y que deberán contar con el VºBº de la Unidad Técnica.
Obras Provisionales:
Son todas las obras no permanentes de cualquier naturaleza, requeridas para la ejecución, terminación o mantención de las obras, o relacionadas con ellas.
Obras de Salud:
Se comprenden en estas, tanto obras nuevas o de remodelación de establecimientos de salud públicos o privados de alta, mediana y baja complejidad, incluidos aquellos recintos donde se ejecuten algún tipo de especialidad hospitalaria, como, por ejemplo, hospitalización, laboratorio, pabellón quirúrgico, Centros de Salud Familiar (CESFAM), Centros Comunitarios de Salud Familiar (CECOSF), Postas de Salud Rural, Centros Médicos, Consultas Médicas y Dentales, etc.
Oferente:
Persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que presenta una oferta a través del Sistema Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Obras equivalentes:
Para efectos de las presentes bases se considerarán como Obras Equivalentes, a todas aquellas obras en edificación que comprenden obras nuevas, de remodelación o ampliación, y que no hayan sido consideradas como Obras de Salud. Deberán contar con al menos las siguientes especialidades: Instalaciones Eléctricas, Instalaciones Sanitarias, Climatización e Instalaciones de Combustible.
Plazo oficial:
El número de días corridos que, de acuerdo al proyecto, se estiman como suficientes para el desarrollo del mismo.
Portal o Sistema de Información:
Sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública: Portal en Internet www.mercadopublico.cl, donde los oferentes deben ingresar las ofertas económicas y los demás antecedentes técnicos y administrativos solicitados en las presentes bases, según lo establecido en la ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y reglamento contenido en el D.S. Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Presupuesto Estimativo o Referencial:
El costo preliminar previsto para una obra con impuestos incluidos.
Presupuesto de Obra:
Presupuesto de obra equivalente a la sumatoria del valor del contrato y el valor proforma indicado por el Contratista.
Profesional competente:
El profesional válido como contraparte de profesión, arquitecto, ingeniero civil, ingeniero en ejecución, ingeniero constructor o constructor civil, a quienes, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, les corresponda efectuar las tareas u obras a que se refiere la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza respectiva.
Profesional Residente:
Representante del Contratista o el propio Contratista, en caso de tratarse de persona natural, y que será la única persona autorizada para actuar técnica y administrativamente y con capacidad resolutiva ante “El Servicio”; deberá ser un profesional competente en la materia motivo de esta licitación.
Prevencionista de Riesgos:
Experto en prevención de riesgos, profesional o técnico, competente del área de la construcción, de acuerdo a lo definido en el artículo N°9, del Decreto Supremo N°40 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, con la certificación como experto de la Secretaría Regional Ministerial de Salud correspondiente.
Programa de Inversión de Obras:
Programación financiera de los estados de pago mensuales que debe informar el Contratista, de conformidad con el programa de trabajo y actualizar en conjunto con éste, en los plazos señalados en las presentes Bases.
Programa de Trabajo:
Ordenación cronológica, dentro del plazo del contrato, del desarrollo de las diversas etapas, partidas o ítem de la obra.
Proyecto:
Conjunto de antecedentes que en conjunto y de forma complementaria forman parte del llamado a licitación de la obra a realizar, el que está integrado por: Bases de licitación Administrativas y Técnicas, Planos generales, Planos de Detalle, Memorias, Especificaciones Técnicas, itemizado de Obras y todos los antecedentes proyectuales necesarios.
Plazo oficial:
El número de días corridos que, de acuerdo al proyecto, se estiman como suficientes para el desarrollo del mismo.
Resciliación del contrato:
Término del contrato adoptado de común acuerdo por las partes.
Reglamento de la Ley de Compras:
Decreto Supremo N°250, de 2004 del Ministerio de Hacienda.
Servicio:
Servicio de Salud Metropolitano Central.
Unión Temporal de Proveedores:
Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o de un trato directo.
Usuario oferente:
Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema Información con el fin de participar en los Procesos de licitación que se realizan a través de él.
Unidad Técnica:
Se entiende por Unidad Técnica de la Obra es el Servicio a través del Departamento de Recursos Físicos, que tendrá a su cargo la función de fiscalizar técnica y administrativa la obra en conformidad a las Bases Administrativas, Técnicas, demás antecedentes del proceso de licitación y el Contrato.
Dentro de la Unidad Técnica habrá un funcionario designado como Inspector Técnico de Obra (I.T.O.) quien junto a los demás profesionales que designe el Servicio, sean estos funcionarios públicos o contratados a honorarios, fiscalizarán, apoyarán el desarrollo y ejecución del proyecto. Sin perjuicio de las funciones que desempeñe la Asesoría a la Inspección Técnica de la Obra (A.I.T.O.), quienes para todos los efectos estarán bajo dependencia del I.T.O.
Valor pro forma:
Rubros que resultan esenciales para el correcto y oportuno desarrollo de los trabajos encomendados, por lo que debe tratarse de labores que sean el complemento necesario de dichos trabajos, que no están suficientemente definidas para permitir al contratista valorarlas, en términos que su realización aparezca indispensable para la completa conclusión y posterior utilización de la obra y que su pago deba ser autorizado por el Inspector Técnico de la Obra y el Director del Servicio a través del acto administrativo respectivo. Corresponden a trabajos o servicios que debe ejecutar un tercero, necesario para la obra, cuya gestión se encomienda al contratista.
Estas partidas se señalarán al final del Formulario de presupuesto detallado y el proponente debe costearlas en su propuesta a título meramente referencial, porque los montos reales no se conocen con anterioridad a la licitación, teniendo el contratista el derecho a que el Servicio le reembolse las cantidades efectivas que acredite haber pagado por su ejecución y su presentación ira al final del presupuesto detallado luego del IVA como un valor bruto y no como Neto más IVA.
4. CONSIDERACIONES PREVIAS
4.1.- Las obras a ejecutar en virtud de lo dispuesto en las presentes bases, comprenden la total y cabal terminación de ellas, e incluyen todas las partidas especificadas o graficadas en los planos de obra. Incluye la ejecución y coordinación de las obras civiles, instalaciones, obras complementarias y otros que se requieran para la completa construcción, habilitación o remodelación del proyecto y sus exteriores, garantizando su óptimo funcionamiento.
También se incluye entre las obligaciones que adquirirá el Contratista, la ejecución y coordinación de las obras civiles, adecuaciones e instalaciones según las exigencias de equipos y equipamiento médico incorporado, aun cuando este último no esté incluido en la presente propuesta.
4.2.- Tratándose de un contrato a Suma Alzada, el Oferente deberá consultar en su propuesta todos los elementos o acciones necesarias para la correcta ejecución y terminación de cada partida, de existir omisiones se deberán consultar en el periodo de consultas y aclaraciones de la licitación.
4.3.- Se da por entendido que los oferentes están en conocimiento de todas las normas, reglamentaciones y disposiciones legales aplicables a la ejecución de los proyectos, por lo que el Contratista deberá responder por cualquier defecto, omisión, dificultad en la obtención de materiales o mala ejecución de cualquier partida. Por tanto, en caso de ser solicitado, deberá reponer los elementos o rehacer los procedimientos rechazados en cualquier ítem dentro del período de la construcción o de garantía de las obras, sin que esto signifique un mayor costo para el Servicio.
4.4.- El proyecto (tanto de Arquitectura como de Ingeniería estructural y especialidades), se compone esencialmente de Planos Generales, de Detalles y de Especificaciones Técnicas que en conjunto conforman un todo indivisible y complementario. De esta manera, la sola mención, especificación y/o dibujo de algún elemento, producto y/o partida con su respectiva individualización, en cualquiera de estos documentos, implicará su provisión y colocación en el valor de la propuesta entregada por el Oferente.
4.5.- En todo caso, las ofertas deberán contemplar todas aquellas obras que son inherentes y necesarias para la correcta ejecución de la construcción y sus instalaciones de acuerdo a la más exacta interpretación de los planos y especificaciones, incluyendo lo respondido formalmente en el portal dentro del proceso de licitación.
4.6.- Se aceptará solo una oferta por Oferente, la cual debe ser por el total de las partidas y Especialidades indicadas para la licitación en la documentación respectiva.
4.7.- El Contratista será el único responsable e interlocutor ante el Servicio, por lo que todos los trabajos, equipos y accesorios que forman parte de los subcontratos serán de su responsabilidad, debiendo este contar con el Vº Bº de la I.T.O. al inicio de cada partida o parte de ella que sea objeto de subcontratación.
4.8.- El Oferente no podrá realizar exclusiones en su oferta. Si se encontrase un ítem sin indicación de su cantidad y/o unidad de medida en el Formulario de Presupuesto Detallado o Itemizado, deberá efectuar las consultas pertinentes a través del foro electrónico en el periodo definido para tal efecto, de no efectuar dicha consulta o solicitar la aclaración respectiva se entenderá que su precio está cotizado, considerado e incluido en la partida respectiva.
4.9.- De encontrar marcas comerciales citadas en las Especificaciones Técnicas para materiales, equipos y artefactos, se considera que estas son siempre meramente referenciales. Por lo tanto, el Oferente podrá presentar en la propuesta, indicando materiales, equipos y artefactos de otras marcas o de idénticas características técnicas de fabricación y normas de calidad relacionadas con su resistencia, durabilidad, desempeño y función.
De no cumplir con los estándares de calidad solicitados, el oferente adjudicado deberá instalar un producto que cumpla con todos los estándares requeridos, sin costo adicional para el Servicio.
En todo caso cualquier modificación de materialidad, especificaciones técnicas o procesos constructivos deberá ser aprobada por la I.T.O. previo a su instalación o ejecución del proceso constructivo.
4.10.- El Contratista no tomará ventaja para su provecho de ningún error, ambigüedad u omisión de los planos, especificaciones y de otros antecedentes, ante cualquier duda que surja, con posterioridad a la adjudicación de la propuesta o durante la ejecución de la obra. Siempre deberá someterse al dictamen de la Inspección Técnica de la Obra.
4.11.- Las presentes Bases Administrativas, conjuntamente con las Especificaciones Técnicas, Planos, Consultas, Respuestas y Aclaraciones, formarán parte integrante del Contrato de Ejecución de Obras, sin perjuicio de otros documentos que sean aprobados por el Servicio. Asimismo, se entenderá como parte integral de la licitación toda la reglamentación vigente que diga relación con los proyectos a ejecutarse como la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Norma Chilena de Construcción” Planos Reguladores, Plano Intercomunal, cuando corresponda, Leyes y Reglamentos atingentes a la ejecución de la obras, como la de los demás servicios tales como agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, pavimentación, gas, Código Sanitario, Normas Técnicas Básicas, normativa específica de la Seremi de Salud, de Transportes u otras.
Estos antecedentes no se adjuntan al presente documento por entenderse conocidos por los oferentes.
5. NORMATIVA APLICABLE QUE REGULARÁ LA LICITACION PARA LA CONSTRUCCIÓN, HABILITACIÓN, NORMALIZACIÓN, REPOSICIÓN O REMODELACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA.
Las obras se licitarán, contratarán y ejecutarán de acuerdo a lo estipulado en los siguientes documentos:
a) Las presentes Bases Administrativas, Anexos, Formularios.
b) Las Bases Técnicas, Especificaciones, Los Planos generales, planos de detalle y láminas aclaratorias del Proyecto previamente aprobados por la autoridad competente.
c) Las Aclaraciones y Modificaciones a las Bases aprobadas por el Servicio, sea de oficio o con ocasión de las consultas o solicitud de aclaraciones efectuadas por los proponentes a través del foro electrónico.
d) Las respuestas a consultas y/o aclaraciones realizadas en la licitación Pública.
e) Resolución de Adjudicación.
f) Contrato de Ejecución de Obras y su respectiva aprobación formal por parte de la autoridad competente mediante la dictación del acto administrativo respectivo totalmente tramitado.
En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente:
a) La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886.
b) DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
d) DFL. Nº 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL. Nº 2763/79 y las leyes 18.469 y 18.933, que regulan las funciones propias de esta, como el Reglamento del Ministerio Orgánico del Ministerio de Salud, Decreto Nº 136, de 2004, ambos del Ministerio de salud.
e) D.S. Nº 140/2004, del Ministerio de Salud, que fija el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.
f) Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y demás Ordenanzas Municipales y
Sanitarias.
g) Planos Reguladores Regionales y Comunales.
h) Normas vigentes para obras de alcantarillado, agua potable, aguas servidas y aguas lluvias (DFL. Nº725/68, del Ministerio de Salud, que establece el Código Sanitario y sus Reglamentos), Ley General de Servicios Sanitarios y sus tarifas, Normas de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
i) DFL Nº382, Ley general de Servicios Sanitarios y sus tarifas; Normas de la Superintendencia de servicios sanitarios y normas vigentes para obras de alcantarillado, agua potable, aguas servidas y aguas lluvias.
j) La Ley General de Servicios Eléctricos, DFL N°1/1982, del Ministerio de Minería y sus modificaciones, incluidos los Reglamentos y normativa emanada de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
k) NCH Elec. 4, de 2003, Electricidad Instalaciones de Consumo de Baja Tensión, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y toda otra Norma Técnica obligatoria que resulte aplicable.
l) Normas Técnicas Oficiales del Instituto Nacional de Normalización, INN.
m) Ley N° 19.472, “Ley de Calidad de la Construcción” y sus modificaciones.
n) Código Civil y Código de Comercio.
o) DFL. Nº 1/2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Código del Trabajo.
p) Ley Nº 20.123, “Ley de Subcontratación”.
q) Ley Nº 16.744, Seguro Social Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Normas de Seguridad y sus Reglamentos.
r) Normas Tributarias.
s) Ley Nº 19.300, “Bases Generales del Medio Ambiente.
t) Toda otra norma de carácter general, legal o reglamentario, que regule o tenga aplicación en materia de construcción.
u) Normas técnicas y Pautas de Acreditación Sanitaria.
v) Norma Chilena de Construcción.
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DE LOS PROPONENTES |
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Podrán participar en la respectiva propuesta pública las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificado por los Nos. 1) y 2) del artículo 401 de la Ley Nº20.720, y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo y cumplan con los requisitos exigidos, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
En caso de una Unión Temporal de Proveedores, la oferta deberá ser presentada por un único apoderado al que se denominará “oferente”, quién actuará en representación del resto de los integrantes de ésta y será responsable directo de la oferta ante la entidad licitante, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes la componen, la que deberá constar en el acuerdo de participación conjunta que deberán suscribir con el objeto de presentarse a la licitación. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del Contrato, establecidas en las presentes bases, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, esta deberá decidir si continuará con el presente procedimiento de contratación con los restantes integrantes no hábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
6.1 PERSONAS JURÍDICAS
Las personas jurídicas deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo.
Cualquiera sea la nacionalidad de las personas jurídicas, al momento de la adjudicación, deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandato con poder suficiente, según lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 19.886.
En el caso que el oferente se presente como Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo a las presentes Bases, deberá adjuntar el acuerdo de participación conjunta, en el que deberá contemplar la forma en que se constituirá legalmente en el evento de resultar adjudicado. Asimismo, el objeto del acto constitutivo del acuerdo deberá contemplar el desarrollo y ejecución del proyecto, entendiendo por ello, la totalidad de las obras de las características contempladas en el proceso de licitación. Se entenderá por participación distinto a 0%.
Cada integrante de la Unión Temporal de proveedores deberá presentar una declaración de no estar afecto a las prohibiciones e inhabilidades contenidas en el artículo 4º de la Ley Nº19.886, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Reglamento de la citada Ley, en las condiciones previstas más adelante.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la totalidad de los antecedentes, formularios y documentos requeridos para el proceso concursal.
La oferta presentada por una Unión temporal de Proveedores que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente numeral será declarada inadmisible.
A la fecha de suscripción del contrato, el oferente adjudicado debe también que estar inscrito en el portal www.chileproveedores.cl.
No podrán participar en este proceso licitatorio aquellos oferentes afectados por alguna de las prohibiciones e inhabilidades contenidas en el artículo 4º de la citada Ley Nº19.866. La oferta presentada que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente numeral será declarada inadmisible.
Para efectos del contrato que se suscriba y tratándose de personas jurídicas, estas no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, financiamiento del terrorismo y Delitos de cohecho que indica. La oferta presentada que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente numeral será declarada inadmisible.
6.2 PROPONENTES QUE NO PUEDEN CONTRATAR EN ESTA LICITACIÓN.
No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la oferta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley Nº 20.720. Tampoco podrán participar caso de que alguno los miembros de la empresa hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N° 2011 del año 1973.
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
De conformidad al artículo 4° de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, el Servicio no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. El Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393.
7. CALENDARIO DE LA LICITACIÓN
Las actividades de la presente licitación se regirán de acuerdo al siguiente cronograma:
CUADRO RESUMEN CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN
DETALLE LICITACIÓN PUBLICA
Publicación del llamado Dentro de los 10 días corridos siguientes, desde que se haya dictado la Resolución que aprueba las Bases de Licitación con su contenido, las Especificaciones Técnicas y la totalidad de los planos de la licitación respectiva y cualquier otro documento atingente al proceso, o por el plazo mínimo que estipula el reglamento de Chile Compra para el monto del presupuesto disponible.
Periodo de Publicación El periodo de licitación será de 30 días corridos.
Presentación de ofertas Hasta el 30 día corrido contado desde la fecha en que se publiquen las Bases de Licitación en el Sistema de información y hasta las 18:00 hrs.
Visita a Terreno Se efectuarán dos visitas a terreno, al cuarto y quinto día corrido contado desde la publicación de la licitación en el Sistema de información. Estas se realizarán a las 12:00 hrs. en Áreas de Trabajo del Hospital Clínico San Borja Arriarán ubicado en Avenida Santa Rosa Nº 1234, Comuna de Santiago. (En caso de caer en día no hábil, se desplaza al día hábil siguiente)
Adicionalmente, y durante el período de consultas, se destinará el séptimo y octavo días, horario de ingreso de 09:00 a 11:00 horas, para que las empresas realicen visitas si lo estiman conveniente, para evaluar las instalaciones existentes de las especialidades como complemento a la información proporcionada en los antecedentes técnicos, las que serán opcionales, por lo tanto, no contabilizadas como requisito de admisibilidad. (En caso de caer en día no hábil, se desplaza al día hábil siguiente)
Las visitas a terreno serán coordinadas por quien designe la Dirección del Servicio.
Será obligatorio que cada proponente asista a la visita a terreno correspondiente al cuarto y quinto día corrido, de las cuales una será obligatoria, es decir que a lo menos asista a una de dichas visitas. En el caso de que un oferente haya presentado una propuesta sin haber asistido a la visita a terreno indicada, dicha oferta será declara inadmisible.
Plazo para formular consultas y solicitar aclaraciones Por un período de 15 días corridos contados desde la publicación del llamado hasta las 18.00 hrs.
Respuestas a consultas y Aclaraciones La entidad licitante publicará las respuestas a las consultas sólo a través del Sistema de Información, hasta el veintiunavo día corrido contado desde la publicación hasta las 18:00 hrs., reservándose el derecho de agrupar las respuestas a las consultas que se refieran a un mismo tema.
Modificaciones El Servicio se reserva la facultad de introducir modificaciones a la documentación aprobada y/o a los antecedentes complementarios aprobados por éste, desde la fecha de inicio del periodo de consultas y hasta dos (2) días corridos, antes de la fecha final de recepción de las propuestas.
Periodo de recepción de ofertas en www.mercadopublico.cl Dentro de los 30 días corridos contados desde publicado el llamado a licitación.
Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre para la recepción de ofertas.
Cierre recepción de ofertas en www.mercadopublico.cl El cierre se efectuará el día 30 corrido contado desde la fecha en que se publiquen las Bases de Licitación en el Sistema de Información, a las 18.00 hrs.
Apertura de las propuestas A las 09:00 hrs. del 31º día corrido, contados desde la publicación del llamado a licitación.
Recepción Garantía de Seriedad de la Oferta La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá presentarse en original, en soporte papel, a más tardar el día del cierre de la propuesta en el Sistema de lunes a viernes, desde las 08:00 hrs hasta las 16:00 hrs. en las dependencias de oficina de partes ubicada en Victoria Subercaseaux Nº381, ciudad de Santiago. Si recae en un día sábado, domingo o festivo, deberá ser entregada al día hábil siguiente.
En caso de garantías en formato electrónico, deberán ser entregadas a través de los canales dispuestos por el portal www.mercadopublico.cl para este fin y mediante la casilla garantías.dssmc@redsalud.gob.cl.
Evaluación de ofertas Plazo máximo de 10 días hábiles a contar de la apertura de la Licitación.
Fecha estimada de Adjudicación Dentro del plazo máximo de 20 días hábiles contados desde la fecha de apertura de la licitación
Suscripción del Contrato Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que el Servicio le haga entrega del contrato al proponente adjudicado, lo que se producirá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Resolución de adjudicación respectiva a través de su Publicación en el Portal del Sistema.
8. VISITA A TERRENO
Será obligatorio que cada proponente asista a una de las dos visitas a terreno formales. Será obligatorio que a lo menos asista a una de dichas visitas, para lo cual se levantará un acta donde se registrará la asistencia, que deberá ser firmada por él o los asistentes y el funcionario designado por el Servicio para tal efecto, el cual actuará como ministro de fe.
A la visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar en la licitación y se efectuará en la fecha, hora y lugar de acuerdo a las condiciones que se indiquen en la respectiva publicación de la licitación a través del Portal indicado en el cuadro resumen cronograma de la licitación.
En las visitas formales se hará una presentación de los alcances del proyecto a ejecutar.
En el evento que un oferente haya presentado una propuesta sin haber asistido a una de las visitas obligatorias a terreno indicada en el cuadro resumen del cronograma de la licitación, dicha oferta será declarada inadmisible por no dar cumplimiento a los requisitos establecidos en las presentes bases.
9. PUBLICACIÓN Y/O CONVOCATORIA
El llamado a licitación se publicará a través del Portal publicando la Resolución que aprueba las Bases Administrativas, Técnicas, Especificaciones Técnicas y la totalidad de los planos de la licitación respectiva y cualquier otro documento atingente al proceso.
Adicionalmente, el Servicio podrá publicitar el llamado a licitación a través de publicaciones en diarios de circulación nacional, regional y/o en otros medios de comunicación no escritos.
El idioma oficial de la licitación será el español, el que deberá ser usado en todos los documentos asociados a la propuesta y también en aquellos que originen la materialización del respectivo contrato.
Todos los plazos que se establecen para el proceso de Licitación son de días corridos, entendiendo por tales los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, excepto en los casos en que el Servicio disponga que serán hábiles
10. ESTUDIO DE ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA
El proponente u oferente deberá elaborar y desarrollar el estudio de la propuesta tomando en consideración lo señalado en las presentes Bases de Licitación, las Especificaciones Técnicas de Arquitectura y Especialidades, los planos generales, los planos de detalle, estudios específicos y cualquier otro documento aprobado por el Servicio y que sea parte de los antecedentes contenidos en la Convocatoria.
Dichos antecedentes se interpretarán siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de los trabajos, conforme a la normativa vigente y a las técnicas de la buena construcción. El proponente deberá incorporar en su oferta todas las obras necesarias a realizar para cumplir con las leyes, normas u ordenanzas ya sean nacionales o locales, aunque ellas no hayan sido mencionadas en los antecedentes de la licitación.
En caso de desacuerdo o discordancia entre los planos y especificaciones, o en general entre cualquiera de los documentos que forman parte de la licitación, el proponente deberá formular las consultas en el período indicado para tales efectos en el Calendario o Cronograma de la Licitación.
El proponente deberá verificar los antecedentes entregados. Deberá además considerar inspección ocular del terreno, el estudio detallado del proyecto y de las especificaciones técnicas, de manera de incluir en su oferta todas las acciones necesarias para dar término a las faenas de ejecución de obras, de acuerdo a lo indicado en los antecedentes de la licitación.
Los documentos y antecedentes para el estudio y presentación de las ofertas estarán disponibles en el portal Sistema de Información de la Dirección de Compras.
Todas las comunicaciones asociadas a la licitación, entre proponentes y Mandante, se realizarán a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
11. PERIODO DE CONSULTAS, RESPUESTAS Y SOLICITUD DE ACLARACIONES
Los proponentes podrán efectuar consultas y/o solicitar aclaraciones, sólo a través del portal del Sistema, por el período de días corridos indicados en el Cronograma de la Licitación, contados desde la publicación del llamado, y hasta la hora que allí se señale.
Las consultas y/o las solicitudes de aclaraciones deben realizarse de manera clara y precisa indicando expresamente el documento y punto pertinente de las Bases Administrativas, Técnicas, Anexos, formularios y demás antecedentes de la Licitación a que se hace referencia.
La entidad licitante publicará las respuestas a las consultas sólo a través del Sistema, en los días indicados en el Cronograma de la Licitación, contados desde la publicación, reservándose el derecho de agrupar las respuestas a las consultas que se refieran a un mismo tema.
Sólo se responderán consultas efectuadas dentro del plazo establecido y por la vía señalada. Las consultas deberán formularse en forma precisa y deben ser pertinentes al desarrollo de la licitación. Las respuestas y aclaraciones que se entreguen complementan las presentes Bases y/o Bases Técnicas, entendiéndose que forman parte integrante de ellas y de sus antecedentes, no pudiendo alegar desconocimiento de ellas. Por tanto, todas las respuestas, aclaraciones a dudas y/o eventuales omisiones complementadas y precisadas en el período de consultas, también forman parte de los antecedentes de la licitación.
El Servicio se reserva el derecho de modificar las Bases Administrativas y Bases Técnicas, ya sea por iniciativa propia, siempre que esto no vulnere el principio de igualdad de los oferentes.
Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes Bases de Licitación. En el caso de modificaciones, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En el caso de aclaraciones, bastará informar de ella a través de la plataforma electrónica.
En este caso, se deberá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las Bases solo serán procedentes si estos no vulneran el principio de igualdad de los oferentes, en conformidad con el artículo Nº77 del reglamento.
El Servicio tendrá la facultad en el plazo señalado en los párrafos anteriores, y con los mismos trámites administrativos, de prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas si el nivel de consultas, y aclaraciones así lo amerita, lo que será debidamente comunicado a través del Portal ya singularizado, por lo que se entenderán conocidas por todos los interesados desde el momento de su publicación.
El oferente podrá presentar sus ofertas o complementar las ofertas que se hubiesen incorporado a la plataforma del Portal del Sistema hasta la fecha y hora final de cierre y recepción de las propuestas.
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PROHIBICIÓN DE COMUNICACIÓN CON LA ENTIDAD LICITANTE |
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Toda comunicación entre los oferentes y el Servicio para efectos de la presente licitación deberá ser hecha a través del portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, por lo que está prohibido tanto a los que hayan obtenido estas Bases como a los proponentes, como su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios del Servicio para fines relacionados con esta licitación, salvo aquellos contemplados expresamente en el artículo 39 del D.S. 250/04 del Ministerio de Hacienda. De presentarse este tipo de situaciones, el involucrado quedará excluido del presente proceso licitatorio cualquiera sea la fase en que éste se encuentre.
13. GASTOS DEL CONTRATO Y GARANTÍAS
Los gastos en que incurra el oferente con motivo de la licitación y la obtención de las garantías serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del Servicio, independiente del resultado del proceso licitatorio.
14. VIGENCIA DE LA OFERTA.
Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre para la recepción de las propuestas.
Si vencido el plazo señalado precedentemente, el Servicio no ha realizado la adjudicación o esta no se encuentra totalmente tramitada, podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio. Se procederá a la devolución de la garantía de seriedad de la oferta a aquellos proponentes que no accedan a la prórroga.
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DEL CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Los proponentes deberán presentar todos los antecedentes administrativos, la oferta técnica, económica y la totalidad de los formularios que forman parte de las presentes Bases, en formato electrónico o digital, en el plazo de recepción de las ofertas y hasta fecha y hora indicada en el Cronograma de la Licitación, a través del portal del Sistema de Información, salvo lo que más adelante se establezca para la garantía de seriedad de la oferta.
Solamente se aceptará una oferta por proponente. Se rechazarán ofertas múltiples, en casos de presentarse por un proponente más de una oferta la Entidad Licitante, aceptará solo la primera, en orden cronológico de ingreso al Portal.
Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes:
15.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Para los efectos de la presente licitación se entiende por documentos administrativos las certificaciones, antecedentes y en general, aquellos documentos que den cuenta de la existencia legal y situación económica y financiera de los oferentes y aquellos que los habilitan para desarrollar actividades económicas y profesionales requeridas para la presente licitación.
Se entenderán de este orden los siguientes formularios, a los que deberán adjuntarse los documentos que avalen la información en ellos contenida.
a. Formulario Nº1A Identificación del Oferente. (Persona Natural o Jurídica) o Formulario Nº1B (Unión Temporal de Proveedores), según corresponda.
En estos formularios se debe indicar la identificación completa del oferente y su representante legal cuando corresponda, como del apoderado correspondiente a la Unión Temporal de Proveedores, incluyendo los domicilios y los números de RUT.
De no encontrarse el oferente inscrito en el portal Chile Proveedores, o en su defecto, estar inscrito, pero de faltar algunos de los documentos en dicho portal o no encontrase vigente, deberán adjuntarse obligatoriamente y de forma electrónica, los siguientes documentos:
A. EN CASO DE SOCIEDADES
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el diario oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio, a menos que dichos antecedentes se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores.
2. Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
3. certificado de vigencia del poder del representante legal. Esto no es aplicable a las Empresas Individuales de Responsabilidad limitada (E.I.R.L.).
La vigencia de la inscripción y del poder a que se refieren los numerales 2 y 3 precedente, solo será acreditada mediante certificado emitido por el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio del lugar donde se inscribió la sociedad.
B. PERSONAS JURÍDICAS CONSTITUIDAS BAJO LA LEY Nº20.659
Los oferentes deberán presentar los certificados digitales correspondientes a las letras c), d) y e) del artículo 29 del decreto Nº45 de 2013, Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº20.659, que son:
1. Certificado de Vigencia.
2. Certificado de Estatuto actualizado.
3. Certificado de Anotaciones.
Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar fotocopia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia en original, o fotocopia del Certificado de Vigencia legalizada, de fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de presentación de la oferta y fotocopia del documento en que conste la personería del representante legal.
Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, deberán adjuntar los antecedentes que acrediten vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan.
Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley Nº20.659, se debe acompañar Certificado de Migración al Régimen Simplificado o Certificado de Migración al Régimen General, según sea el caso, además del Certificado de Vigencia, Certificado del Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº45,de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley Nº20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales.
Tratándose de una Unión temporal de proveedores, deberá completar el formulario Nº1B, adjuntando el acuerdo de participación conjunta, el que deberá contemplar la forma en que se constituirá legalmente en el evento de resultar adjudicado. El objeto del acto constitutivo del acuerdo deberá contemplar el desarrollo y ejecución del proyecto, entendiendo por ello, la totalidad de las obras de las características contempladas en el proceso de licitación. Asimismo, deberá constar claramente, a lo menos lo siguiente:
- El acuerdo de participación conjunta en la licitación como Unión Temporal de proveedores.
- La solicitud entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante.
- El nombramiento de un apoderado común con poderes suficientes.
- Una vigencia no inferior al plazo del contrato adjudicado.
- Porcentaje de participación de sus integrantes y capacidad económica. Se entenderá por participación aquel porcentaje distinto de 0% que declare tanto en experiencia como en capacidad económica.
- En caso de que la adjudicación sea mayor a 1000 UTM, el acuerdo en el que conste la Unión Temporal deberá haberse materializado por Escritura Pública, como documento necesario para la suscripción del contrato, sin que sea necesario constituirse como sociedad. (Art. 67 bis inciso 3° del Reglamento de la Ley 19.886)
Las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el presente numeral serán declaradas inadmisibles sin perjuicio de las demás facultades otorgadas a la comisión de evaluación.
b. Formulario Nº2 Declaración Jurada de aceptación de antecedentes de la licitación: En el caso de las personas jurídicas, la Declaración Jurada deberá suscribirse por él o los mandatarios que tengan poder suficiente para representar y obligar al oferente, sin perjuicio de los dispuesto para tal efecto en el artículo 41 del D.S. Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda.
c. Formulario N°3 Declaración de Habilitación, (Persona Jurídica, Persona Natural o UTP) según corresponda. Declaración Jurada simple de no encontrarse dentro de las inhabilidades establecidas en Art. 4 de la ley Nº 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios.
d. Formulario Nº4 (Capacidad Económica): Se entenderá por capacidad económica el patrimonio disminuido en: a) Los valores del activo que representen inversiones intangibles, b) reservas susceptibles de retiro, salvo en aquellos casos en que exista compromiso notarial de no efectuar retiros, lo que deberá acreditarse oportunamente, y c) 15% del valor total de Obras en ejecución.
La fórmula para determinar la capacidad económica será:
CE = (( P – ANI) – RSD) -%SOE
Siendo:
CE : Capacidad Económica.
P : Patrimonio; corresponde al total de los activos menos los pasivos (circulante, largo plazo)
ANI : Los valores del activo que representen inversiones intangibles.
RSD : Reservas susceptibles de retiro, si procede
SOE : Equivale al 15% del saldo del valor de las Obras por ejecutar.
El oferente declarará su capacidad económica disponible, la que deberá verificar la comisión de evaluación. La capacidad mínima para aceptar la oferta debe ser equivalente al 15% del monto del presupuesto informado en el portal Mercado Público, de no ser así, la oferta no califica y será declarada inadmisible
Se deberá completar la información de acuerdo a lo indicado en el citado Formulario informando los valores correspondientes a los ítems que allí se solicitan, debiendo adjuntar al formulario la documentación de respaldo de lo informado en formato digital, los Estados de Resultado de los dos últimos años y el balance del último ejercicio contable presentado ante el Servicio de Impuestos Internos; además de la última declaración de Renta, y copia de los Formularios 29 de los últimos seis (6) meses anteriores al cierre de la propuesta.
La moneda especificada en los certificados debe ser el peso chileno o señalar su equivalencia y fecha de convertibilidad.
En caso de tratarse de una UTP, la nota final obtenida por este criterio de evaluación será prorrateada de acuerdo al porcentaje de participación de cada integrante, declarado en su acuerdo de participación conjunta. Se entenderá por acuerdo de participación conjunta, aquellas UTP en las que cada uno de sus integrantes declare una participación distinta a 0%.
(Cada integrante de la UTP, debe presentar por separado sus antecedentes)
En caso de detectarse la omisión o inconsistencias relativas a la información indicada en este formulario y las relativas a cualquier obra que el proponente este ejecutando o tenga adjudicada, informada a través del formulario de obras en ejecución, la oferta será declarada inadmisible sin perjuicio de las demás facultades otorgadas a la comisión de evaluación.
15.2. OFERTA TÉCNICA
La oferta técnica debe ser ingresada a través del Portal del Sistema dentro del plazo de recepción de las ofertas en formato digital, sea Word, Excel, MS Proyecto o PDF en archivos separados, según lo señalado en el numeral 15 de las presentes bases.
La Experiencia de los oferentes, se basará en la ejecución de obras cuyo objetivo principal haya sido la construcción, remodelación o mantención de edificaciones en salud o equivalentes, que para estas Bases Administrativas serán medidas en m2 (metros cuadrados).
La experiencia del oferente en superficie construida y terminada dentro de los últimos 15 años sea esta en salud u obras equivalentes (siendo excluyentes entre sí). Tal experiencia deberá ser acreditada con los certificados de Recepción Definitiva emitidos por la Dirección de Obras Municipales y/o por el mandante, según corresponda.
Sólo serán consideradas para la evaluación de la experiencia de los oferentes aquellas obras efectivamente acreditadas.
Se entenderán en esta presentación los siguientes formularios, a los que deberán adjuntarse los documentos que avalen la información en ellos contenida:
a. Formulario N°5, Obras en Ejecución: En el presente formulario se debe informar la nómina de la totalidad de las obras en ejecución sean estas en el sector público o privado, deberá indicarse el Nombre de las Obras, Mandante o entidad licitante, Monto Contratado, % de avance físico y porcentaje de avance financiero, plazo de ejecución, contacto para verificación. Lo anterior, deberá ser acreditado con los certificados respectivos emitidos por los mandantes o entidades licitantes respectivas.
Aquellas ofertas que incorporen obras que aparezcan en el Formulario Nº5 y que no se encuentran acreditados por su certificado respectivo, o que el certificado indique condiciones distintas respecto de lo establecido en mismo Formulario, no serán consideradas en la evaluación. En su defecto cualquier obra presentada en este formulario que no pueda comprobarse su estado de avance o si cuenta con recepción finalizada, no será considerada.
b. Formulario Nº6: Experiencia del Oferente en Obras en Salud: Se deberá acreditar la experiencia en obras en salud con copia de los respectivos certificados de acuerdo a lo señalado en el numeral 15.2
c. Formulario Nº7: Experiencia del Oferente en Obras Equivalentes: Se deberá acreditar la experiencia en obras equivalentes con copia de los respectivos certificados de acuerdo a lo señalado en el numeral 15.2
d. Formulario Nº8: Nómina de Personal encargado de la Administración y control de la obra.
Para efectos del personal requerido para la ejecución del proyecto, se establecen en las presentes bases cantidad mínima de estos y con los siguientes requisitos a cumplir.
Profesional Residente:
Se exigirá que el Contratista mantenga a cargo de las obras, un profesional de la construcción que sea un Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Constructor, o Constructor Civil, a jornada completa, con experiencia en administración de obras civiles de la cantidad de 5.000 metros cuadrados construidos en obras de salud, o en obras equivalentes.
El profesional residente, oportunamente aceptado, deberá dirigir los trabajos y atenderlos en forma que su intensidad esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado.
El profesional residente, con arreglo a lo expuesto anteriormente, estará obligado a: acompañar a los funcionarios de la Unidad Técnica que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; exhibir el Programa de Trabajo (Carta Gantt) y el Cuadro de Avance Físico efectivo; suministrar instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a estos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en construcción; presentar las planillas de trabajadores y tratos, facturas, controles, certificados, cuadro de cubicaciones y otros documentos que guarden relación con el Contrato.
En todo caso, el Profesional Residente, como representante en la obra del Contratista, será el responsable completo de las acciones o inacciones del personal a su cargo, y avalará con su firma toda documentación recibida o emanada desde la Obra hacia el Servicio de Salud.
Prevencionista de Riesgos:
Durante todo el desarrollo del contrato se considera la contratación de un experto en prevención de riesgos, profesional o Técnico competente del área de la construcción, con una experiencia en cargos similares en el desarrollo de proyectos relacionados con la edificación y 5 años de experiencia. Deberá contar. con certificación de la SEREMI de Salud quien deberá tener presencia mínima de dos veces por semana. La asistencia del profesional, deberá quedar registrada cada día, en el libro destinado para tales efectos, el que será avalado por el Profesional Residente El prevencioncita emitirá informes semanales y uno mensual para ser acompañado en el Estado de Pago que presente el contratista además deberá mantener un libro de obras especial en el que se indiquen las observaciones emitidas al contratista y las medidas tomadas a partir de estas observaciones que no deberán pasar más de 48 horas de recibidas en ser implementadas.
En caso de presentarse la solicitud de cambio de alguno de los profesionales, deberá la empresa presentar a la Inspección Técnica la alternativa de un profesional con igual o mayor experiencia y calidad que el profesional saliente acompañados de sus respectivos antecedentes. La Inspección Técnica evaluará los antecedentes y deberá solicitar cualquier documento adicional para acreditar el cumplimiento de lo anterior, para y finalmente seleccionar o rechazar al candidato.
En el caso de fuerza mayor no imputable al Contratista, el ITO podrá autorizar a un profesional calificado por este, a actuar como Profesional Residente en forma interina, por un periodo no mayor a 10 días.
La ausencia de los Profesionales quedará consignada en el Libro de Obras.
Sólo en casos justificados y de fuerza mayor el I.T.O. podrá autorizar la ausencia de un Profesional por un máximo de un día.-
La obra no podrá estar más de 24 horas sin la presencia del profesional residente, por tanto, la Empresa deberá tomar los resguardos para los casos de Licencias Médicas, vacaciones y casos fortuitos para que esta disposición se cumpla, independientemente de las razones del ausentismo.-
Además, deberán presentar los siguientes antecedentes:
• Curriculum vitae.
• Certificado de Título o copia del título legalizado ante Notario. En caso de tratarse de profesionales cuyos títulos hayan sido otorgados en el extranjero, deberán adjuntar, la fotocopia legalizada del título profesional o certificado de título y el certificado que acredite el reconocimiento, convalidación o validación de dicho título profesional, según corresponda, atendido el país en que otorgó el respectivo título y los Convenios internacionales suscritos por Chile en esta materia.
• Acreditación de experiencia y competencia profesional con el certificado emitido por el Mandante y/o el certificado de recepción definitiva emitido por la Dirección de Obras Municipales respectiva.
Los certificados deberán contener como mínimo la siguiente información: Nombre de la obra, Mandante, Metros Cuadrados (M2) construidos. Los certificados que indiquen condiciones distintas respecto de lo establecido en el Formulario N°8, no serán considerados en la evaluación.
15.3. OFERTA ECONÓMICA
La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el Cronograma de la licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor de su oferta económica expresada en pesos chilenos, sin reajuste, ni intereses, ni impuestos y debe corresponder al costo total para la ejecución de las obras licitadas incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las bases y su documentación complementaria.
En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, como en los demás que se indican a continuación deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la contratación licitada, incluyendo seguros y las garantías ofrecidas, entre otros. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos.
Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal del Sistema o que publiquen un valor neto distinto en los respectivos formularios, quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación.
Los Formularios que integran la Oferta económica corresponden a los siguientes:
a. Formulario N°9: Desglose Gastos Generales: En concordancia con el valor establecido en el Formulario de Presupuesto Detallado
En el concepto de gastos generales se entenderán incluidos los siguientes conceptos:
• Leyes sociales, sueldos y otros gastos del personal administrativo que se indica en las Bases.
• Consumos, tales como: luz, agua, teléfono, útiles de escritorio, etc.- Amortización de herramientas y maquinarias. -
• Movilización y pasajes.
• Viáticos. -
• Fletes de maquinarias y varios: repuestos, reparaciones, ensayos, hurtos o extravíos de materiales, herramientas y otros. -
• Gastos parte proporcional oficina central.
• Gastos de Garantía. (Entendiendo garantías por concepto de Anticipo, Fiel Cumplimiento de contrato, Buena ejecución etc.)
• Gastos de Contrato.
• Póliza de Seguros.
• Energía y Servicios.
• Gastos operacionales de la Oficina de la I.T.O., la que debe contar con conexión a internet, escritorio con silla, mesa de reuniones de coordinación y baños.
• Cualquier otro gasto que por lo indicado en las presentes bases correspondan al oferente. -
La base del cálculo de los gastos generales y de las utilidades será por separado cada uno sobre la aplicación del valor del costo directo. -
De no cumplirse con lo indicado anteriormente, la oferta será declarada inadmisible.
b. Formulario N° 10: Desglose análisis de precios unitarios: El Contratista deberá detallar análisis de precio unitarios, tanto de gastos generales en forma obligatoria, como también del resto de las partidas. El análisis de precios unitarios deberá llevar detalladamente los materiales de cada ítem, así como también incluir mano de obra, leyes sociales e imprevistos, etc.-
El análisis de precios unitarios de cada una de las partidas contenidas en el presupuesto detallado,” sólo será” exigido al proponente adjudicado en forma previa a la suscripción del contrato y como requisito condicionante para la aprobación del mismo.
c. Formulario Nº 11.- Presupuesto detallado o itemizado.
En este formulario no podrán omitirse ni refundirse partidas fuera de las indicadas, ni cambiarse las unidades señaladas, debiendo cotizarse todas y cada una de las partidas en él contenidas, salvo autorización escrita del Servicio e informada a través del portal del Sistema como aclaración o como parte de una respuesta.
Este Presupuesto Detallado será en Formato Excel, en pesos chilenos, indicando las cantidades de obras y los precios unitarios de cada una de las partidas de la Obra de acuerdo a itemizado entregado por la Entidad Licitante y que no podrá ser modificado por el oferente.
El proponente deberá indicar en dicho formulario las cubicaciones que calcule para los diferentes Ítems que en él se detallan, sin alterar las unidades señaladas. En el evento de considerar que la Unidad de cubicación indicada no corresponde, se deberá consultar al Servicio a través del Foro Electrónico, no pudiendo alterarse las unidades sin autorización expresa del Servicio, comunicada a los oferentes por vía electrónica.
Es obligatorio ceñirse estrictamente al Itemizado General para la elaboración del Presupuesto y éste debe ser presentado en Pesos. El no cumplimiento dejara inadmisible la oferta.
Si en el formulario el oferente considerara que no se ha indicado alguna partida, se deberá consultar oportunamente al Servicio, a través del foro electrónico, la forma de incluirlo en el presupuesto, si procediere. Si así no se hiciera, como los proponentes no pueden variar los formularios, se considerará que dicho trabajo está incluido en el valor total de la obra y deberá ejecutarse sin costo adicional para el Servicio.
Los totales y subtotales deberán ser los resultados del producto de las cubicaciones por los precios unitarios, reservándose el Servicio el derecho de corregir los errores aritméticos, sin que ello implique cambio en el presupuesto.
d. Formulario Nº 12.- Carta oferta y Plazo de Ejecución de la obra. Se expresa la cantidad de días de ejecución y el valor económico de la oferta. Deberá presentarse electrónicamente, en formato digital, vía portal, según se dispone en las presentes Bases.
Toda oferta que no esté acompañada de la totalidad de los formularios y declaraciones solicitadas según corresponda, y de los antecedentes allí informados será declarada inadmisible, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.
No obstante, lo anterior, el Servicio respectivo podrá recibir ofertas fuera del sistema si se comprueba alguna de las circunstancias previstas en el artículo 62 del Decreto Nº 250/04, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Los documentos que forman parte de la presentación de la oferta no requerirán ser firmados por la entidad proponente o su representante, salvo en aquellos casos relativos a declaraciones juradas.
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GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
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La Garantía de seriedad de la oferta tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y contenido de las ofertas de los procesos de compra, como, asimismo, el cumplimiento de las obligaciones que impone al proponente su condición de tal. Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes y tendrá el carácter de irrevocable.
Cada Proponente deberá entregar cualquier instrumento de garantía, ya sea Vale Vista, Certificado de Fianza pagadero al primer requerimiento, o Boleta Bancaria de Garantía de Seriedad de la Oferta, instrumentos que deberán ser tomados en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca (IGR), con oficinas en la ciudad asiento del Servicio, pagadera a la vista con carácter irrevocable y a la orden del Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6, en moneda nacional, por el monto de $2.000.000.0- (dos millones de pesos), con la siguiente glosa "Garantía de Seriedad de la Oferta para la “Licitación Pública para el proyecto “MEJORAMIENTO DE LA HABITABILIDAD EN ÁREAS DE TRABAJO DEL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN” ID Nº ---------------, si procediere según el tipo de documento, y con una vigencia de 90 días corridos desde la fecha de cierre para la recepción de ofertas en el portal del Sistema.
El Servicio hará efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos, sin perjuicio del derecho del exigir el resarcimiento de todos los perjuicios irrogados por el proveedor:
a) Si el proponente desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.
b) Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo señalado en las presentes Bases o vencido el plazo para la firma del contrato éste no se encuentra inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado.
c) Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
d) Si se comprobare, por los organismos pertinentes, falsedad o falsificación en la oferta del proponente o en alguno de los antecedentes solicitados en las bases.
Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta o que, acompañándola, sea tomada por un período inferior al solicitado o sea tomada en condiciones diferentes a las requeridas, será declarada inadmisible, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases, devolviéndose al oferente respectivo dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución que declare tal inadmisibilidad en el proceso licitatorio.
Devolución por no adjudicación:
Dicho documento será devuelto por el Servicio dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la Adjudicación de la licitación (salvo en el caso del proveedor adjudicado y las 2 ofertas que le siguen en puntaje). Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs., cesando desde este momento, la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 43 del Reglamento de la Ley de Compras.
Devolución por adjudicación:
Para el caso del proveedor con el mayor puntaje y los dos proveedores con los puntajes siguientes, se les devolverá una vez que el proveedor adjudicado firme el respectivo contrato y haga entrega del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
En caso de que el proceso de adjudicación supere la fecha de vigencia establecida, se solicitará la renovación del documento de Seriedad de la Oferta. De no renovarse dicha garantía, se entenderá por desistida su oferta e inmediatamente se procederá a adjudicar al oferente del segundo lugar; si la oferta del segundo lugar se diese también por desistida por la misma causa, se procederá a la adjudicación con el tercer lugar. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs, cesando desde este momento la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central.
15.4.1 PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá presentarse en original, en soporte papel, a más tardar el día del cierre de la propuesta en el Sistema, de lunes a viernes,
La garantía debe presentarse en un sobre cerrado y caratulado como “DOCUMENTO EN GARANTÍA”. Además, en el sobre deberá indicarse lo siguiente:
• Propuesta Pública ID. (Número de Adquisición en el Portal del Sistema)
• Nombre de la propuesta.
• Nombre y firma del proponente.
• Nombre y firma del representante legal (si se trata de una persona jurídica).
• Domicilio del oferente
16. DE LA COMISIÓN, DE LA APERTURA Y LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
16.1 DE LA COMISIÓN
Para efectos de la apertura, evaluación y eventual sugerencia de adjudicación, inadmisibilidad o deserción del proceso licitatorio, el Servicio designará una Comisión de Evaluación de la Propuesta, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 37 del D.S. Nº250/04 del Ministerio de Hacienda, que será responsable de la ejecución de dicha gestión, siendo nombrada antes del cierre de la propuesta, mediante la dictación de la Resolución respectiva la que será publicada en el portal, la comisión estará integrada por funcionarios del Servicio de Salud y que se desempeñen en las áreas atingentes al objeto de la licitación, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 4 y 5 del citado artículo 37.
16.2 DE LA APERTURA
El acto de apertura de las propuestas se llevará a cabo electrónicamente, de acuerdo a las fechas indicadas en el Cronograma de la licitación y publicadas en el Portal del Sistema, y a la hora que se señale en dicho Sistema indicado en Bases, en las dependencias que allí se señalen, sin presencia de los oferentes levantándose acta de dicho acto. Los oferentes podrán efectuar observaciones a dicho acto a través del Portal del Sistema dentro del plazo de 24 horas siguientes a la publicación de la citada acta. Dichas observaciones serán respondidas a través de ese medio, dentro de los dos días hábiles siguientes a su presentación.
En primer término, se efectuará una apertura administrativa cuyo objeto será verificar que se hayan presentado todos los antecedentes administrativos solicitados.
La comisión evaluadora, haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 40 inciso primero del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, podrá solicitar por escrito a los oferentes a través del Portal, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o informaciones que considere oportunas, que no violen o modifiquen las bases de licitación ni el principio de igualdad entre los proponentes. Estas solicitudes y sus respectivas respuestas deberán ser efectuadas a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de la oferta del proponente y deberán efectuarse dentro del plazo máximo de 48 horas desde su publicación en el Portal del sistema y ajustarse a lo descrito en el artículo 40 inc. 1º, del DS Nº250/04
Lo anterior no podrá suponer en caso alguno la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas bases o la modificación de la oferta presentada dado que la finalidad de esta es otorgar a la Comisión de Evaluación, la información clara y precisa que le permita efectuar la adecuada evaluación e interpretación de las propuestas.
En el evento de que la Comisión Evaluadora observe que no se han salvado, corregido o aclarado los errores u omisiones requeridos por esta dentro del plazo fijado para tal efecto, la oferta será declarada inadmisible por no dar cumplimiento a lo establecido en las presentes bases.
En el Acto de Apertura, el Servicio revisará que todas las propuestas y documentos hayan sido presentados vía electrónica en tiempo y forma, conjuntamente con verificar la presentación en soporte papel de la garantía de seriedad de la oferta.
Sólo se tomarán en consideración las propuestas presentadas hasta la fecha y hora señaladas en el Portal, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas, ni pedidos de explicaciones o aclaraciones por parte de los oferentes, salvo las observaciones efectuadas al acta de apertura.
Verificación de la correcta presentación de las propuestas
La Comisión Evaluadora, en primer lugar, verificará respecto de cada propuesta que haya sido presentada, siguiendo las indicaciones entregadas en las Bases y que no exista ninguna deficiencia en la presentación que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los artículos 6° y 10° de la Ley N° 19.886.
De acuerdo a lo anterior y, sin perjuicio de otras disposiciones de las Bases, se declarará inadmisible la(s) propuesta(s) respecto de la(s) cual(es) se presente (n) una o más de las siguientes situaciones:
• Falta de alguno de los documentos exigidos en las bases para la presentación de las propuestas y cuya falta sea causal de tal declaración.
• Agregación de partidas en el Formulario N°11" Presupuesto Detallado" o no cotización de alguna(s) de las partidas existentes, o la modificación del Formulario sin previa autorización por parte de la entidad licitante.
• Visita Terreno Obligatoria según señalado en Bases de Licitación.
• No presenta Garantía de Seriedad de la Oferta.
• Modificación o alteración de cualquier Formulario sin autorización de la entidad licitante.
• Otras que se establezcan en las presentes Bases.
La comisión evaluadora siempre y en todo momento tendrá la facultad de verificar y corroborar la veracidad, consistencia y validez de la información contenida en los documentos aportados por los oferentes por cualquier medio.
En caso de duda de la Comisión Evaluadora, respecto de la legitimidad de uno o más documentos, ésta podrá solicitar al proponente afectado una aclaración al respecto. Si se verifica la falsedad o adulteración de uno o más documentos de la propuesta, la oferta será declarada inadmisible, sin perjuicio de las acciones legales que el Servicio pueda iniciar en su contra y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
Se deja expresamente establecido que, frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del portal Mercado Público, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Comisión estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del Portal de la Dirección de Compras Públicas.
Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde el inicio del acto de apertura, para presentar al Servicio, un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la comisión respectiva y el resto de los oferentes de la licitación, según lo dispuesto en el artículo Nº62 del D.S. Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda.
En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de los Antecedentes y de la Oferta Técnica y Económica en la oficina de partes del Servicio, en sobre cerrado, indicando el número de licitación. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo, efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información, para su verificación.
Comprobada alguna irregularidad en la veracidad de los documentos presentados, el respectivo servicio público tendrá la responsabilidad de tomar las medidas necesarias hacia dicho oferente.
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16.3 DE LA EVALUACIÓN |
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Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Evaluadora la que propondrá la adjudicación o inadmisibilidad de las ofertas o deserción del proceso, emitiendo un Informe de Evaluación que fundamentará las razones técnicas, financieras y jurídicas de las conclusiones y de sugerencia efectuada a la autoridad competente, el que deberá contener un resumen del proceso de licitación con todos sus participantes y evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que ha obtenido cada uno de los respectivos proponentes, como asimismo indicar si uno o más de las ofertas fue declarada inadmisible y el o los motivos que lo justifican.
La evaluación de las propuestas se realizará mediante la aplicación de los siguientes criterios de evaluación con su correspondiente ponderación y fórmula de cálculo señalado a continuación de acuerdo a las siguientes ponderaciones:
• Oferta Económica :60%
• Evaluación Técnica :40%
La escala a utilizar contempla valores desde 1 a 10 puntos, siendo 10 el puntaje máximo y 1 el mínimo a obtener, dicha evaluación se efectuará sobre las siguientes variables:
16.3.1 Evaluación Económica: (Pondera con un 60%). Para las ofertas que se ajusten a los requerimientos de las bases de licitación, este criterio se evaluará mediante la siguiente fórmula:
Fórmula de Cálculo: Puntaje = Valor oferta más económica x 10
Valor Oferta ( i )
Siendo Oferta ( i ), la oferta de cada proveedor
16.3.2 Evaluación Técnica: (Pondera con un 40%). Se considerará la siguiente fórmula de cálculo:
La evaluación técnica se subdivide en 2 (dos) aspectos a evaluar, los cuales se detallan a continuación:
• Experiencia del oferente en ejecución de Obras en Salud (subponderación 50%)
• Experiencia del oferente en Obras Equivalentes (subponderación 50%)
16.3.2.1 Experiencia del oferente en ejecución de Obras en Salud (subponderación 50%)
La experiencia en superficie construida de Obras en Salud será el estipulado por cada oferente en el Formulario Nº6 el cual debe ser completado según las condiciones definidas en el numeral 15,2 de las presentes Bases. Se realizará una revisión previa de la certificación de las obras indicadas en el Formulario Nº6 y solo aquellas que cumplan los requisitos de acreditación exigidos serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula:
Fórmula de Cálculo: Puntaje = Cantidad de m2 acreditados Oferente (i) x 10 =
Oferente con mayor cantidad de m2 acreditados en salud
Siendo Oferente ( i ), la cantidad de m2 correctamente acreditados de cada oferente.
Nota: se considerará como experiencia máxima por oferente la cantidad de 5.000 m2.
16.3.2.2 Experiencia del oferente en Obras Equivalentes (subponderación 50%)
La experiencia de los profesionales en superficie de Obras equivalentes será el estipulado por cada oferente en el Formulario Nº7, el cual debe ser completado según las condiciones definidas en el numeral 15.2 de las presentes Bases. Se realizará una revisión previa de la certificación de las obras indicadas en el Formulario Nº7 y solo aquellas que cumplan los requisitos de acreditación exigidos serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula:
Fórmula de Cálculo:
Puntaje = Cantidad de m2 acreditados oferente (i) x 10 =
Oferente con mayor cantidad de m2 acreditados en obras equivalentes
Siendo Oferente ( i ), la cantidad de m2 correctamente acreditados de cada Oferente.
Nota: se considerará como experiencia máxima por oferente la cantidad de 5.000 m2.
Definidos los criterios de evaluación, sus ponderaciones y subponderaciones, y las fórmulas de asignación de puntaje, el resumen de la matriz de evaluación es la siguiente:
Tabla de Evaluación
Valor Oferta Económica 60%
Evaluación Técnica
40% Experiencia Oferente Obras en Salud 50%
Experiencia del oferente en Obras Equivalentes 5
0%
Los puntajes así obtenidos de las evaluaciones precedentes serán ponderados de acuerdo a lo señalado en la Tabla de Evaluación precedente. Estos puntajes ponderados sumados darán origen a la puntuación obtenida por cada oferente en el ítem respectivo.
17. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Los criterios para resolver un eventual empate entre los oferentes en orden de prelación serán los siguientes:
1. La propuesta con mayor puntaje en su oferta económica
2. La oferta que haya ingresado primero.
18. PRECIO TOTAL DE LA OFERTA.
Para todos los efectos del proceso de evaluación y el respectivo contrato, el precio total de la oferta económica incluirá la totalidad de los impuestos que graven la prestación contratada.
Por lo anterior, y en el marco de la disponibilidad presupuestaria y el mecanismo de financiamiento, el gasto que irrogue la contratación de la ejecución de las obras será imputado al ítem correspondiente, del presupuesto del Servicio o del Gobierno Regional según corresponda.
19. DE LA ADJUDICACIÓN, ACEPTACIÓN, RESOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS Y READJUDICACIÓN
La Comisión dispondrá de 10 días hábiles como tiempo máximo para estudiar los antecedentes de las Ofertas, elaborar el respectivo Informe de Evaluación y proponer la inadmisibilidad de las ofertas, la deserción del proceso o adjudicación de la licitación, según procediere.
En caso de proponer la adjudicación de la propuesta, la Comisión emitirá una proposición de adjudicación que recaerá en el oferente que obtenga el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en estas Bases. Para ello, informará a la autoridad competente el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan a la autoridad competente resolver sobre la propuesta más conveniente para la entidad licitante.
En este orden, el Servicio se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta, que aplicando los criterios de evaluación obtenga el mejor puntaje, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del mismo, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto.
Asimismo, el Servicio podrá declarar desierta la licitación si las ofertas no se ajustaren al presupuesto estimado para este proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los demás casos indicados en la Ley y en las presentes bases. La decisión del Servicio de declarar desierta la licitación o inadmisibles la totalidad de las ofertas, se hará por Resolución fundada que se publicará en el portal.
Si la autoridad competente, en uso de sus facultades decide aprobar la proposición de adjudicación, se dictará la Resolución respectiva, dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde la recepción del informe de la Comisión de Evaluación, la que una vez que se encuentre totalmente tramitada será publicada en el Sistema de Información, notificándose al adjudicatario y a los demás oferentes vía portal.
El Servicio deberá publicar en el Sistema de Información el Informe de Evaluación, el detalle del resultado de la aplicación de los criterios de evaluación y la respectiva Resolución de Adjudicación totalmente tramitada.
En el caso que no se hayan presentado ofertas, la propuesta será declarada desierta, sin perjuicio de las demás causales establecidas en la Ley de Compras para efectuar tal declaración.
19.1 READJUDICACIONES
El Servicio podrá readjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dejando sin efecto la adjudicación previa, en un plazo de hasta 120 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, y en general, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desiste de la oferta.
b) Si el adjudicatario no hace entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en estas Bases de Licitación.
c) Si el adjudicatario no firma el contrato en el plazo estipulado.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas
La re adjudicación será posible sólo si el proveedor a quien se re adjudique mantenga la vigencia de su oferta y siempre que no se haya formalizado el acuerdo de voluntades con el primitivamente adjudicado, conforme al art. 71 del Reglamento de Compras.
20. DESISTIMIENTO DE LAS PROPUESTAS.
Si vencido el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta aún no hubiera ocurrido la adjudicación por razones de fuerza mayor, el Servicio podrá requerir a las empresas oferentes que renueven su garantía bajo las mismas condiciones, por un nuevo período de igual plazo al original, pudiendo en este caso un oferente aceptar o rechazar dicho pedido. En este último caso se entenderá como desistimiento oficial de su oferta.
Si el Contrato no se suscribiera dentro del plazo de vigencia de la de garantía por Seriedad de la Oferta, por causas imputables al Servicio, el Adjudicatario tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados y el adjudicatario y los demás proponentes tendrán derecho a la devolución de la boleta de garantía de seriedad de la oferta, debidamente endosada, lo que se hará efectivo dentro del plazo de 20 días hábiles desde la comunicación escrita por parte del adjudicatario de su decisión de desistirse de su oferta.
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CONDICIONES CONTRACTUALES, SUS MODIFICACIONES, AUTORIZACIONES Y SUS GARANTÍAS |
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CONTENIDO DEL CONTRATO
El contrato será completado por el Servicio, de conformidad con estas Bases Administrativas, bases Técnicas y documentación complementaria, preguntas y respuestas, si las hubiere, modificaciones o enmiendas, si correspondiere, y el contenido de la Oferta Técnica y Económica del Adjudicatario.
En el contrato deberá quedar establecido que el adjudicatario será exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, y que el Servicio no tiene ni tendrá vínculo laboral alguno con ese personal.
Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N° 20.123, sobre Subcontratación, en lo que sea aplicable.
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases de licitación, como en sus anexos, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Leyes, Normas y Ordenanzas, Planos, Estudios de Especialidades, Presupuesto Detallado y cualquier documentación de la licitación como otro documento complementario a esta, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se realice con el adjudicatario y este se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
21.1 REQUISITOS PARA CONTRATAR
Previo a la celebración del contrato, el Servicio exigirá al oferente adjudicado el certificado que acredite su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y ser hábil para contratar con el Estado, conjuntamente con entregar un Certificado de antecedentes laborales y previsionales, que informe respecto de los antecedentes labores y previsionales de los dos últimos años, y la Declaración Jurada Ley 20.393 (Formulario Nº3) en caso de ser el adjudicatario persona jurídica.
El adjudicatario inscrito en el Portal Chile Proveedores que no tiene contratado el servicio de digitalización de documentos deberá acompañar antes de la firma del contrato, en fotocopia legalizada ante Notario, los siguientes documentos según proceda:
Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar fotocopia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o fotocopia del Certificado de Vigencia, de fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de presentación de la oferta y fotocopia del documento en que conste la personería del representante legal.
Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, se deberán adjuntar los antecedentes que acrediten vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan.
Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley Nº20.659, se debe acompañar Certificado de Migración al Régimen Simplificado o Certificado de Migración al Régimen General, según sea el caso, además del Certificado de Vigencia, Certificado del Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº45,de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley Nº20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales
Copia del instrumento de constitución de la sociedad formada por el Grupo Licitante en conformidad a lo previsto en el acuerdo de actuación conjunta.
Los antecedentes solicitados deben tener una fecha no anterior a 30 días contados desde la fecha en que se comunique la total tramitación del acto administrativo que aprueba la adjudicación.
Además de los documentos señalados previamente se deberá adjuntar lo siguiente:
• Formulario N°13: Programa De Trabajo Tipo Carta Gantt: En el que se detalla y se consideran todas las partidas, establecidas en el itemizado considerando una secuencia lógica de trabajo, indicando la ruta crítica, fecha de inicio y término de cada partida o etapas de la Obra, incluyendo el porcentaje de avance mensual en concordancia con el plazo de ejecución ofrecido, el cual se expresa en días corridos y con el Presupuesto Detallado. Esta Carta Gantt deberá ser confirmada o corregida, dentro de un plazo no mayor a 10 días, posterior a la firma del Acta de Entrega de Terreno (se requerirá presentación en formato MS Project) y deberá permitir la evaluación diaria, semanal, quincenal y mensual de los avances físicos programados y reales del contrato.
• Formulario N°14: Programa de inversión o flujo de caja mensual de acuerdo al programa de trabajo expresado en pesos, concordante con la Carta Gantt.
• Nómina de subcontratistas, su experiencia profesional y funciones o tareas a desempeñar en la obra
• El emplazamiento de la instalación de faenas para ser autorizado por el I.T.O.
• Registro computacional del Presupuesto Detallado elaborado en base a planilla Microsoft Excel o equivalente técnico.
• El análisis de precios unitarios detallado por cada una de las partidas correspondiente al cálculo de gastos generales.
• Las fotocopias autorizadas de los títulos de los profesionales ofertados o certificados de título. En caso de tratarse de profesionales cuyos títulos hayan sido otorgados en el extranjero, deberán adjuntar en un original (o en fotocopia legalizada ante Notario) el título profesional o certificado de título y el certificado que acredite el reconocimiento, convalidación o validación de dicho título profesional, según corresponda.
• Los certificados de experiencia de la empresa y de los profesionales ofertados, en dos copias.
• Los documentos fundantes de la capacidad económica informada en el Formulario N°4, en dos copias.
• Certificado de la Inspección del Trabajo respectiva en la que se acredite que se encuentra al día con las obligaciones laborales.
22. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario estará obligado a firmar el contrato a más tardar dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que la entidad licitante le haga entrega del contrato al proponente adjudicado, lo que se considerará dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Resolución de adjudicación respectiva a través de su Publicación en el Portal del Sistema.
Vencido el plazo de 15 días hábiles sin que se haya suscrito el contrato por parte del adjudicatario o no se hayan adjuntado los documentos solicitados en el numeral 15.1 la entidad licitante hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta entregada por éste sin detrimento de la indemnización de los demás perjuicios que acredite el Servicio. A continuación, deberá determinar si adjudica a la segunda o tercera oferta o a la siguiente mejor evaluada, en el marco de los recursos asignados, o declara desierto el proceso licitatorio y efectúa un nuevo llamado.
En el evento de que el contrato no se suscribiera dentro del plazo máximo señalado en las Bases contado desde la fecha de la apertura de la propuesta, por causas imputables al Servicio, el adjudicatario tendrá derecho a desistirse de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados y tendrá derecho a la devolución de la garantía de seriedad de la oferta debidamente endosada, al igual que los demás oferentes de la presente propuesta, y cuyas garantías estén en poder de la entidad licitante.
22.1 APROBACIÓN DEL CONTRATO
Firmado el contrato por el adjudicatario, se dictará la Resolución que lo apruebe, la cual surtirá plenos efectos una vez que se encuentre totalmente tramitada y debidamente notificada a través del Portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Una vez notificada se procederá a hacer devolución a todos los proponentes que se hubiesen presentado a la licitación de la garantía de seriedad de la oferta, dentro de los diez días siguientes desde la fecha en la que se encuentre notificada a través del Portal la citada Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral pertinente relativo a la garantía de seriedad de la oferta.
23. MODALIDAD DEL CONTRATO, PRECIO,
23.1 MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato será a suma alzada sin reajuste.
23.2. PRECIO DEL CONTRATO
El tipo de contrato será a suma alzada, en pesos chilenos, y su pago será efectuado mediante estados de pago y corresponderá al que se indique en la Resolución de Adjudicación, producto de la oferta adjudicada.
24. DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y DEL CONTRATO.
El plazo para la ejecución de la obra encomendada, hasta su total terminación, será de 120 días corridos, sin descuento de días feriados, lluvia u otro evento. Dicho plazo se contará desde el día siguiente a la fecha de Entrega de Terreno realizada por parte del Servicio.
25. AUTORIZACIÓN PARA SUBCONTRATAR
El Contratista podrá subcontratar parte de las obras, hasta un máximo del 30% del valor del contrato, sin perjuicio de lo cual, será siempre el Contratista el que mantendrá la responsabilidad ante la entidad licitante por la calidad, contenido y oportunidad de las obras contratadas y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por el Contratista, sus dependientes o subcontratistas, en conformidad a la ley. Excluye los daños indirectos.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratista un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por otros documentos que garanticen la veracidad de dichos montos y estado de cumplimiento respectivo a los trabajadores de la empresa oferente. Asimismo, se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos los derechos que le asisten al Servicio, de ser informado y de efectuar la retención indicada en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
El Contratista deberá solicitar al Inspector Técnico de Obras (I.T.O.), la aprobación del subcontrato, para lo cual el contratista remitirá al I.T.O. los antecedentes necesarios que justifican su decisión.
El Contratista deberá proporcionar con una anticipación mínima de 10 días al inicio de la o las partidas del subcontrato al I.T.O., los antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos mínimos para los subcontratos:
Empresa Subcontratista.
Certificados que acrediten la experiencia.
Profesional a cargo del subcontrato.
Certificado de título profesional.
Declaración de no tener inhabilidad para contratar con el Estado, según lo indicado en el formulario 3.
El I.T.O. podrá solicitar la sustitución de alguno de los subcontratistas en caso de que no cumpla con los requisitos exigidos como asimismo si este no cumple con las competencias técnicas dada la naturaleza y complejidad de la obra.
El contratista mantendrá la responsabilidad de todas las obligaciones contraídas en virtud del contrato con el Servicio, asimismo será responsable de todas las obligaciones contraídas con los respectivos subcontratistas, trabajadores y terceros.
En ningún caso, los subcontratistas podrán ejecutar trabajos u obras sin la autorización del I.T.O. y, si así ocurriere, el I.T.O. deberá instruir la paralización de los trabajos de dicho subcontrato; dicha paralización no dará origen al Contratista a aumento de plazo o cobro adicional de ninguna naturaleza, y el I.T.O. aplicará la multa correspondiente de acuerdo al numeral respectivo.
26. CESIÓN DEL CONTRATO.
El Contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los que se establezcan en el contrato, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que emanen del contrato serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.
27. DE LAS GARANTÍAS.
27.1. NORMAS COMUNES.
a) Las Garantías se presentan en original y podrán ser Vale Vista, Certificado de Fianza o Boleta Bancaria, todas a la vista y con carácter irrevocable, pólizas de seguro en las condiciones establecidas en la Ley de Compra y sus reglamentos.
b) Las Garantías deberán mantenerse actualizadas. En caso de variaciones ya sea de monto y/o plazo de ejecución, deberá presentarse una nueva Garantía que esté de acuerdo a las variaciones y a lo estipulado en Bases. El costo de este nuevo documento, las veces que sea necesario, será de cargo del proponente
c) Las Garantías serán a la vista, deberán ser tomadas a la orden de Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6
d) Las Garantías, que deberán ser tomadas por el oferente o en su nombre, expresarán claramente la obra que caucionan y el objeto específico de la misma.
e) Las garantías quedarán bajo la custodia del Departamento de Finanzas de la entidad licitante según proceda.
f) Todos los gastos financieros que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo del contratista y éste será responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan.
g) Las garantías no devengarán intereses ni reajustes.
Procedimiento de cobro: Verificada alguna de las hipótesis reguladas en estas Bases para hacer efectiva la garantía de que se trate, el Servicio por si o a través del Gobierno Regional pertinente, previo a su cobro deberá dictar la respectiva Resolución.
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DE OBLIGACIONES LABORALES |
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El adjudicatario deberá a la fecha de suscripción del contrato, rendir esta caución que tiene por objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato y las obligaciones laborales. Esta garantía podrá ser Vale Vista, Certificado de Fianza pagadero al primer requerimiento o Boleta Bancaria de Garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales, cualquier instrumento. En caso que la garantía sea extendida mediante certificado de fianza o póliza deberá señalar expresamente que incluye la cobertura por “obligaciones laborales, previsionales y multas” en sus condiciones generales, particulares o certificado respectivo, instrumentos que deberán ser tomados en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, con oficinas en la comuna asiento de la entidad licitante, pagadera a la vista con carácter irrevocable y a la orden del Servicio de Salud Metropolitano Central RUT: 61.608.600-6 en moneda nacional, por una cantidad equivalente al 10% del monto del Contrato calculada de acuerdo al valor total del contrato, con la siguiente glosa, según proceda de acuerdo al tipo de documento que se adjunte, que indique el nombre del Proyecto “MEJORAMIENTO DE LA HABITABILIDAD EN ÁREAS DE TRABAJO DEL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN”, indicando el Nº de ID, y expresando claramente la obligación que cauciona, esto es, Garantía de fiel cumplimiento del contrato y de obligaciones laborales, y con una vigencia igual al plazo total del contrato aumentado en 120 días corridos. El contratista deberá mantener vigente esta garantía durante el periodo que corresponda.
Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos de obras u obras nuevas o extraordinarias, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el mismo porcentaje y plazo indicado.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales se devolverá al Contratista a su solicitud, previa presentación de la garantía para caucionar la correcta ejecución de la obra, una vez que se haya dado término a la ejecución del mismo y se haya otorgado la recepción provisoria de las obras sin observaciones de ninguna especie.
En caso de ampliación de plazo, la garantía deberá ser reemplazada o complementada con otra de acuerdo al porcentaje establecido, nuevo plazo contractual más el plazo que se indica en las Bases para la garantía original. En caso de disminución de obra y/o plazo podrá reemplazarse por otra de acuerdo a la disminución del monto y/o plazo contractual y su vigencia será de acuerdo al nuevo plazo contractual más el plazo que se indica en las Bases para la garantía original.
El Servicio podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, con cargo a las retenciones o mediante el cobro del documento, cuando el Contratista no haya dado estricto cumplimiento a las obligaciones que le imponga el contrato respecto de la ejecución de la obra. El Servicio estará facultado para imputar con cargo a las retenciones, los daños a terceros que se produzcan con ocasión de dicha obra, en caso que los seguros contratados no respondiesen con la oportunidad pactada en las pólizas de seguro.
Se hace presente que esta garantía, además, caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nº19.836.
27.3 GARANTÍA ADICIONAL
Se exigirá el otorgamiento de una garantía adicional la que podrá ser Vale Vista, Certificado de Fianza pagadero al primer requerimiento o Boleta Bancaria, instrumentos que deberán ser tomados en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, con oficinas en la comuna asiento de la entidad licitante, pagadera a la vista con carácter irrevocable y a la orden del Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6 , en moneda nacional, con la glosa, de acuerdo a la naturaleza del documento acompañado, que indique el nombre del Proyecto “MEJORAMIENTO DE LA HABITABILIDAD EN ÁREAS DE TRABAJO DEL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN”, el Nº de ID, y expresando claramente la obligación que cauciona, esto es, Garantía adicional por un 5%, y con una vigencia que exceda los días la vigencia del contrato en 120 días corridos, la que deberá mantenerse vigente durante todo el contrato, siendo exigida en el siguiente caso:
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 30% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por el Servicio que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El Servicio podrá a través de resolución fundada adjudicar dicha oferta solicitando la ampliación de la garantía hasta por la diferencia del precio de la oferta que le sigue.
27.4 GARANTÍA POR ANTICIPO.
El Servicio puede hacer anticipos al contratista de hasta un 20% del monto adjudicado, quien deberá garantizarlos mediante una o más garantías, hasta un máximo de diez documentos, por un valor equivalente al 100% del anticipo solicitado, y cuya vigencia no podrá ser inferior al desarrollo y ejecución del proyecto más el plazo en exceso que se solicita para la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Dicha garantía que podrá ser Vale Vista, Certificado de Fianza pagadero al primer requerimiento o Boleta Bancaria, instrumentos que deberán ser tomados en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, con oficinas en la comuna asiento de la entidad licitante, pagadera a la vista con carácter irrevocable y a la orden del Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6 según corresponda, en moneda nacional, con la glosa, según la naturaleza del documento acompañado, que indique el nombre del Proyecto “MEJORAMIENTO DE LA HABITABILIDAD EN ÁREAS DE TRABAJO DEL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN”, el Nº de ID, y expresando claramente la obligación que cauciona, esto es, Garantía por anticipo.
La o las garantías serán devueltas al contratista de acuerdo a lo establecido en estas Bases. Para estos efectos el anticipo se descontará en cada Estado de Pago en forma proporcional, de tal modo de restituir gradualmente el valor del mismo. Con todo, el valor del anticipo deberá haber sido íntegramente devuelto al penúltimo estado de pago.
27.5 GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Una vez que las obras estén ejecutadas, recibidas conformes y como requisito previo al pago total de la obra y a la devolución de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales, el contratista deberá tomar una garantía que podrá se Vale Vista, Certificado de Fianza pagadero al primer requerimiento o Boleta Bancaria de Garantía de correcta ejecución de las obras, instrumentos que deberán ser tomados en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, con oficinas en la ciudad asiento del Servicio, pagadera a la vista con carácter irrevocable y a la orden del Servicio o el Gobierno Regional según corresponda, con la siguiente glosa. “garantía de correcta ejecución de las obras de la licitación “MEJORAMIENTO DE LA HABITABILIDAD EN ÁREAS DE TRABAJO DEL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN”, ID de la licitación, equivalente a un 10% del valor total del contrato y con una vigencia de 365 días corridos contados desde la fecha del acta de recepción provisoria sin observaciones
La garantía de correcta ejecución de las obras será devuelta al contratista dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha en que se realice la Recepción Definitiva de la ejecución la obra, y una vez efectuada la liquidación de este.
Lo anterior, sin perjuicio del plazo legal de responsabilidad civil de 5 años a que hace referencia el artículo 2.003, regla tercera del Código Civil, y lo que para tal efecto dispone la Ley General de Urbanismo y Construcción.
28. NOTA DE CAMBIO.
Instrumento elaborado por el Contratista de acuerdo a formato entregado por la I.T.O a través del libro de obra el cual deberá ser enumerado en forma correlativa.
Este será el único instrumento válido para presentar por parte del Contratista las modificaciones al contrato.
El Contratista deberá entregar las Notas de Cambio a través del libro de obra, por intermedio del Administrador de Obra el que deberá ser recepcionado por parte de la I.T.O, adjuntando toda la documentación de respaldo que acredite dicha solicitud y justifique los cálculos y valores presentados.
La I.T.O procederá a su revisión y en caso de existir discrepancias u observaciones, será devuelta al contratista a través del libro de obra para su modificación.
El Contratista podrá presentar Notas de Cambio sin una solicitud previa de la I.T.O. toda vez que el contratista estime pertinente solicitar dicha nota de cambio para la buena y correcta ejecución de la obra.
El Contratista tendrá un plazo máximo de 5 (cinco) días corridos para presentar una Nota de Cambio, con toda la documentación de respaldo, plazo que será contado desde el día siguiente a la anotación por parte de la I.T.O. en el libro de obra.
El Contratista tendrá un plazo de 5 (cinco) días corridos para subsanar las observaciones efectuadas a la Nota de Cambio indicadas por la I.T.O., en caso contrario se dará como válida la observación y el Contratista estará obligado a aceptar dichas modificaciones.
Las Notas de Cambio que se encuentren nulas o rechazadas, deberán quedar consignadas en el Adendum de Contrato respectivo.
29. DISMINUCIONES Y AUMENTOS DE OBRAS
El Servicio podrá ordenar el aumento o disminución de obras debido a imprevistos técnicos o por ser imprescindibles para una mejor funcionalidad de la obra que se ejecuta y que impliquen una modificación del proyecto original.
El monto del aumento de obras o su disminución no podrá exceder al diez por ciento (10%) del monto total del contrato. El contratista quedará obligado a ejecutar los nuevos trabajos o aceptar la disminución de las obras, hasta el porcentaje indicado. Los aumentos o disminuciones de obra podrán dar origen a una variación del plazo, que será resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes del caso y el informe que para tal efecto elabore el Inspector Técnico de la Obra.
El valor de los aumentos o la reducción del precio del contrato se determinará sobre la base de los precios unitarios del Presupuesto Detallado. El precio resultante se recargará o disminuirá en el porcentaje de gastos generales y utilidad de la oferta más I.V.A.
En caso de disminución de obras el contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por parte del Servicio.
En casos de aumento de obras deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías reguladas en las presentes Bases.
La nota de cambio con los presupuestos de aumento y disminución de obra deberán ser presentados por el contratista dentro de un plazo máximo de 5 (cinco) días corridos a la Inspección Técnica de la Obra, desde la orden escrita impartida por dicha Inspección.
El ITO y el Contratista no podrán requerir ni presentar Notas de Cambio dentro de los 10 (diez) días previos a la fecha fijada para el término de la obra y autorizados por el I.T.O. aprobadas formalmente por el Servicio.
Toda modificación al contrato deberá ser efectuada a más tardar 2 (días) días antes del plazo de vencimiento del plazo de ejecución de la obra y dictándose la correspondiente Resolución.
La resolución corresponderá a la formalización suficiente y obligación para que el Contratista proceda al aumento o disminución de obras.
30. OBRAS EXTRAORDINARIAS
El Servicio podrá disponer, durante el desarrollo del contrato, la ejecución de obras extraordinarias, hasta por un diez por ciento (10%) del valor del contrato, que el contratista está obligado a ejecutar.
Las Obras extraordinarias podrán dar origen a una variación del plazo, que será resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes de cada caso y el informe elaborado para tal efecto por el I.T.O.
Para determinar el monto de obra extraordinaria se aplicará a las cantidades efectivas de obra el precio unitario que se pueda deducir u homologar del presupuesto detallado. Si no existiere un valor unitario en el mencionado presupuesto detallado, se considerará para la obtención del mismo, los que se encontraren en el análisis de precios unitarios entregados por el contratista y a falta de alguno de estos, los valores se fijarán de común acuerdo entre las partes en base a tres cotizaciones de elementos de equivalencia en calidad y funcionalidad. El precio resultante se recargará o disminuirá en el porcentaje de gastos generales y utilidad de la oferta más I.V.A.
Las modificaciones de obras originarán convenio entre las partes el que será sancionado por la Resolución respectiva en los mismos plazos señaladas en el numeral anterior.
La resolución corresponderá a la formalización suficiente y obligación para que el Contratista proceda al aumento o disminución de obras. Finalizada la obra las resoluciones emitidas pasaran a integrar un único adendum final al contrato.
Con todo, los aumentos de obras y obras extraordinarias efectivas no podrán exceder del diez por ciento (10%) del valor total del contrato, deduciendo las disminuciones de obras, si las hubiere. Sin perjuicio de lo expresado anteriormente cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá contar con la autorización de Disponibilidad Presupuestaria respectiva.
Los aumentos, disminuciones de obras y obras extras o extraordinarias serán aprobados por el Inspector Técnico de la Obra en primera instancia a través de una nota de cambio. Este documento lo firmará tanto el Inspector Técnico de la Obra como el contratista, y un representante de la Unidad Técnica, el cual estará compuesto por un presupuesto detallado en el mismo formato del itemizado, con descripción de la materia y observaciones aclaratorias.
31. MODIFICACIONES DE PLAZO
31.1 AUMENTO DE PLAZO POR AUMENTO DE OBRAS Y/O OBRAS EXTRAORDINARIAS QUE AFECTAN LA RUTA CRÍTICA
Si existiera impacto en la ruta crítica del Programa oficial de la obra, en base a aumento de obras y/u obras extraordinarias que derivase en un aumento del plazo de ejecución de la obra, el Contratista podrá presentar en conjunto con la Nota de Cambio respectiva, una solicitud por aumento de plazo.
El procedimiento de solicitud de aumento de plazo se iniciará al momento que el Contratista, por medio de Libro de Obras, entregue al Inspector Técnico de la Obra, un estudio que demuestre y justifique la valides del impacto.
El ITO elaborará un informe en base a los antecedentes que presente el Contratista a fin de que el aumento de plazo sea resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes del caso.
La Resolución que aprueba la solicitud, será emitida por el Director del Servicio y deberá ser notificada al Contratista mediante libro de obras.
El aumento de plazo por aumento de obra y/u obras extraordinarias no darán, en ningún caso derecho a indemnización alguna.
31.2 AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL PLAZO POR MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO ORDENADO POR EL SERVICIO
Si en virtud de la instrucción del ITO, se modifica el programa de trabajo vigente, sin que se traduzca en aumentos, disminuciones ni obras extraordinarias, el Contratista tendrá derecho a solicitar el aumento o disminución del plazo, según corresponda.
El procedimiento de solicitud de aumento de plazo se iniciará al momento que el contratista, en un máximo de 5 días corridos contados desde el hecho que justifica la solicitud, por medio de libro de obras, entregue un estudio que respalde y justifique la validez del impacto, el cual deberá ser recibido por el ITO mediante el mismo medio. El ITO elaborará un informe en base a los antecedentes que presente el Contratista, a fin de que el aumento de plazo sea resuelto por el Servicio de acuerdo con los antecedentes del caso.
La Resolución que aprueba la solicitud, será emitida por el Director del Servicio y deberá ser notificada a mediante libro de obras al Contratista.
Si el aumento de plazo tiene su origen en la situación descrita en este numeral, el contratista tendrá derecho al pago de mayores gastos generales, establecidos en el artículo 31.2.1 de las presentes bases.
31.2.1 MAYORES GASTOS GENERALES
Si por la aplicación del artículo 31.2 de las bases, se aumentare el plazo del contrato, se indemnizará al contratista los mayores gastos generales derivados de dicho aumento. EL acto administrativo que dispone dichos pagos será dictado por el Director del Servicio con posterioridad a la finalización del plazo total de ejecución de la obra.
Los mayores gastos generales se calcularán por día y será el resultado de dividir los gastos generales ofertados por el contratista durante la licitación y el plazo de ejecución contemplado en el contrato primitivo, valores que se mantendrán invariables para estos efectos durante toda la ejecución de la obra.
El pago del mayor gasto general se efectuará contra entrega de una factura exenta de IVA por parte del contratista.
31.3 AUMENTO DE PLAZO SOLICITADO POR EL CONTRATISTA BASADO EN LA OCURRENCIA DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, ACEPTADO POR EL SERVICIO
En el evento de caso fortuito o fuerza mayor, en los términos que prescribe el artículo 45 del Código Civil, que impida el desarrollo programado de la obra, el Contratista podrá presentar una solicitud de aumento de plazo por el número de días en que haya durado el impedimento, dentro de los 5 días corridos siguientes a la ocurrencia del hecho que se invoque. Pasado este período, no se aceptará solicitud alguna.
El procedimiento de solicitud de aumento de plazo se iniciará al momento que el contratista, por medio de Libro de Obras, entregue un estudio que respalde y justifique la validez del impacto, el cual deberá ser recibido por el ITO por el mismo medio.
El ITO elaborará un informe en base a los antecedentes que presente el Contratista y remitirá su informe y la solicitud al Director del Servicio, que resolverá conforme a los antecedentes del caso, mediante Resolución fundada. El acto administrativo que apruebe la solicitud en caso de corresponder deberá ser notificado al Contratista por Libro de obras.
El aumento de plazo solicitado por el Contratista basado en la ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito, aceptado por el Servicio, no dará derecho a indemnización alguna.
32. DE LOS SEGUROS.
El contratista deberá asegurar la obra mediante la suscripción de diferentes pólizas, las que deben mantenerse al día en plazos y montos de acuerdo a las variaciones que se hayan incorporado a la obra. Se deberán considerar las siguientes pólizas de seguro:
32.1 CONTRATACIÓN DE SEGURO CONTRA TODO RIESGO DE LA CONSTRUCCIÓN.
El contratista tomará un seguro irrevocable a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6, con vigencia durante todo el plazo de ejecución de la obra (hasta su recepción provisoria), contra todo riesgo de la construcción e incendio por el monto total del contrato y deberá constar el pago al contado de la póliza.
Estas pólizas deberán cubrir los riesgos de las construcciones y equipos, además de las obras que se encomienda ejecutar, así como el de los materiales depositados al pie de la obra.
32.2 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, RC; DAÑOS A PERSONAS Y PROPIEDADES.
El Contratista deberá contratar una póliza de seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros, para asegurar los daños que, por motivo del desarrollo de las obras, materia del Contrato, pueda ser civilmente responsable y deberá constar el pago al contado de la póliza.
Este seguro debe amparar al Mandante, Contratistas, Subcontratistas y a todos los profesionales que participen en el proyecto, contra todas las pérdidas y reclamaciones con respecto a:
(a) muerte o lesión de una persona ajena a las Obras.
(b) pérdida, daños y perjuicios a Terceros (distinta de las Obras), por concepto de daño moral; lucro cesante; gastos de defensa judicial de los asegurados, en procesos civiles y criminales relacionados con las coberturas contratadas; responsabilidad derivada del uso de vehículos, en exceso de póliza base de vehículo y completa en caso que no haya póliza base, tanto dentro del recinto de construcción como fuera de éste, considerando los siguientes adicionales: Cláusula de Conductores Dependientes y Daños causados por la carga; y, opcionalmente, podrá contratarse la cobertura por contaminación súbita y repentina; Incendio/Explosión, Uso de Explosivos y Hundimiento de Terrenos.
(c) pérdidas, daños y perjuicios a terceros que puedan derivarse o ser consecuencia de la ejecución y terminación de las Obras y la corrección de sus defectos, y por todas las reclamaciones, procedimientos, daños, costos, cargas y gastos de cualquier naturaleza al respecto o relacionado con ello.
(d) El monto mínimo asegurado, como límite único por evento y/o acumulado por el período por este seguro será determinado en las Bases. Las pólizas de responsabilidad civil deberán contener en forma explícita cláusulas de responsabilidad civil cruzada, rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se encuentre vigente), de renuncia a los derechos de subrogación, exclusiones y una indicación de la imposibilidad de modificar, suspender, cancelar o dar término al seguro sin la aprobación por escrito de la otra parte.
32.3 SEGURO SOBRE PERSONAS (RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL).
El Contratista deberá incluir un seguro que cubra los daños causados, durante la ejecución de las Obras, por el Contratista o el Sub-Contratista, causados a las personas empleadas por los asegurados de esta póliza, con resultado de lesión, de enfermedad laboral o de muerte, como consecuencia de acciones indemnizatorias, que ocurran durante la ejecución de las obras.
32.4 ADECUACIÓN DE LOS SEGUROS.
Será obligación del Contratista notificar a los aseguradores los cambios en la naturaleza, alcance y programación de la ejecución de las Obras. El Contratista se deberá cerciorar, en todo momento, de la adecuación de los seguros a los términos del Contrato.
32.5 REPARACIÓN DE LA FALTA DE ASEGURAMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO.
Si el Contratista no suscribe o no mantiene en vigor cualquiera de los seguros exigidos por el Contrato o no proporciona las Pólizas al Servicio, este último podrá suscribir y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas que sea necesario para ello, a costa del Contratista, para lo cual podrá deducir en su momento los importes así pagados de cualquier cantidad, devengados o a devengar por el Contratista, descontarlo de los Estados de pagos respectivos o cobrarlos directamente del Contratista. Adicionalmente a lo anterior, el Servicio se reserva el derecho de no dar curso a los Estados de Pagos respectivos hasta que esta situación se encuentre completamente regularizada.
Las pólizas de seguro indicadas deberán ser entregadas a la Entidad Licitante junto con el primer estado de pago. En caso de no hacerlo, tendrá una retención extraordinaria del 5% del valor del estado de pago que se presenta. Su devolución se realizará mediante una factura independiente a la del estado de pago del mes siguiente.
Si el contratista no entregase la Póliza de seguro, dentro de los veinte días posteriores a la fecha de entrega del primer estado de pago, se aplicará una multa diaria de 1 UF.
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