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GENERALIDADES |
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Las presentes Bases Administrativas Especiales se refieren al llamado a Propuesta Pública para ejecutar el proyecto denominado “Adquisición e Instalación de Juegos Infantiles en Plaza Cívica de la Comuna De Quillón”.
En caso de haber cualquier discrepancia entre las Bases Administrativas, Ficha de Licitación, Contrato, Términos de Referencia y demás documentos, prevalecerá el orden de Prelación de la Documentación.
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DEFINICIONES |
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Para todos los efectos de estas bases, los términos utilizados que se indican a continuación tienen el significado que en cada caso se precisa:
a) Adjudicatario: Es el Oferente cuya oferta ha sido aceptada por la Municipalidad de Quillón para ejecutar el proyecto denominada “Adquisición e Instalación de Juegos Infantiles en Plaza Cívica de la Comuna de Quillón”. de acuerdo a lo solicitado.
b) Bases: Son el conjunto de normas y disposiciones que regulan el proceso de ejecución de obra y a la cual queda sometida la relación del Municipio y el Oferente. Comprenden las Bases Administrativas Especiales, Términos de Referencia, anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
c) Contratista: Es el Adjudicatario cuya oferta ha derivado en un contrato firmado para hacerse cargo de la ejecución de la obra de acuerdo a lo solicitado por la Municipalidad de Quillón.
d) Contrato: Es el acto jurídico que establece los derechos y obligaciones precisas a que se sujetará la vinculación entre la Municipalidad y el Contratista en relación de ejecutar la obra denominada “Adquisición e Instalación de Juegos Infantiles en Plaza Cívica de la Comuna de Quillón”.
e) Días: Siempre significa días corridos, salvo que específicamente en las bases se indique lo contrario.
f) Términos de Referencia: Son el conjunto de características que condicionan al proveedor en la elaboración de la propuesta.
g) Garantías Administrativas: Se refiere, al fiel cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de las obras que se materializarán, a través de cualquier documento bancario que garantice el cumplimiento de obligaciones en dinero y que tenga como finalidad indemnizar en el caso del no cumplimiento de la obligación.
h) I.T.S.: Inspección Técnica del Servicio, quien velará por la coordinación y correcta ejecución del servicio, que en este caso recaerá en un profesional que será designado oportunamente por la municipalidad para dicha función, quien a su vez podrá ser asesorado por otros funcionarios municipales competentes, asesores que no desarrollarán funciones de inspección.
i) Mandante: Ilustre Municipalidad de Quillón.
j) Municipalidad: Corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a la cual le corresponde la administración de una comuna cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.
k) Oferente: Cualquier persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos para participar en la Propuesta Pública y que se encuentre habilitado en el Registro de Proveedores del Estado.
l) Oferta o Propuesta: Es el conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el Oferente, las que deberán ajustarse a los antecedentes exigidos.
m) Suma Alzada: Según dictamen de Contraloría N°19.275, de 2019-, ha manifestado que en los contratos a suma alzada las cantidades de obras se entienden inamovibles, y las cubicaciones constituyen un punto de exclusiva responsabilidad del contratista, asumiendo aquél las diferencias que pudieran existir, y con ello la contingencia de ganancia o pérdida.
n) Unidad Técnica: Unidad encargada fundamentalmente de la gestión del Proceso Licitatorio.
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APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO |
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La presente licitación y su consecuente contrato se regirán exclusivamente por estas bases, Términos de Referencia, Formularios, oficios, aclaraciones y enmiendas que formen parte del mismo y que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación hasta la fecha de respuesta de las aclaraciones.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación vigente en la materia.
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios correspondientes a la comuna de Quillón, ciudad donde las partes fijan su domicilio.
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CONDICIONES DE LA LICITACIÓN |
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3.1.- Modalidad de Contratación
Propuesta pública a suma alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, según calendario de licitación contenido en portal mercado público. Esta contratación incluye todos los antecedentes que conforman la presente licitación.
3.2.- Reglamentación
• Las disposiciones contenidas en el Decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024 del Ministerio de Hacienda, donde aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024.
• Ley N°21.634, que Moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado.
• Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695.
• Ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº19.880.
• Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº18.575
• Ley N° 20.730 y su reglamento de fecha 08.03.2014, la Ley del Lobby.
• Normas Nch, Norma de los fabricantes, en el empleo y uso de los materiales, etc.
• Ley Nº16.744, especialmente en lo referido al Artículo 66 bis, sobre gestión de la seguridad y salud en el trabajo en servicios, faenas o servicios.
• Manuales de fabricante utilizados en el servicio en cuestión. -
• Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores.
• Ley N°20.123 y reglamento que regula el trabajo y en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.
• Ley 19.300 que aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
• Ley 20.123, y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios.
• Normativa principal NCH 1258 para trabajos en altura, que regula los procedimientos y requisitos para garantizar la seguridad de los trabajadores.
• Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores.
• Normativa Aplicable vigente.
3.3.- Orden de Prelación.
Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de Prelación de la Documentación (en orden de mayor a menor importancia), será:
Prelación Administrativa
1. Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas) Decretadas.
2. Bases Administrativas Especiales, Decretadas.
3. Formularios.
4. Contrato.
Prelación Técnica
1. Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas
2. Términos de Referencia, especificaciones y todos los antecedentes técnicos que dan origen al proyecto y la presente licitación, ante cualquier discrepancia en estos antecedentes técnicos prevalecerá el que de mejor cumplimiento de a la ejecución del proyecto.
3. Contrato.
La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del contratista por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
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DE LA PARTICIPACIÓN |
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Podrán participar en la propuesta todas las personas naturales o jurídicas que sean proveedores de los productos requeridos o rubros solicitados y que cumplan con las exigencias que se indican en las presentes BAE, además de encontrarse debidamente inscritos y habilitados en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl
Según los establecido en el Reglamento de la Ley de Compras, Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, los proveedores o personas naturales o jurídicas que deseen participar en forma conjunta, en algún proceso de licitación pública deberán formalizar la unión, constituyéndose como una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en caso de ser adjudicados y a la firma del contrato, deberán presentar documento que adquiere el carácter de escritura pública de la constitución y Nombramiento de un representante o apoderado común.
La vigencia de esta unión Temporal de Proveedores, no podrá ser inferior al plazo contractual.
Sin perjuicio de lo expresado, en caso de resultar adjudicado éste, el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores deberá ser otorgado por escritura pública ante notario público chileno, de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
La Unión Temporal de Proveedores, debe encontrarse dentro de lo regido por el “Párrafo 2” de la Unión Temporal de Proveedores, en los artículos del N°180 al N°184 del Decreto N°661.
Cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los antecedentes indicados en el numeral 13.1.
4.1.- Inhabilidades para participar
No podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas que cuenten con inhabilidades para pertenecer al Registro de Proveedores, según señala el Capítulo X, Artículos contenidos en el Párrafo 7 del Decreto 661 que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886.
Por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que el oferente declara que al momento de la presentación de la propuesta no se encuentra afecto a alguna de estas circunstancias.
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DE LOS PROPONENTES |
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Los oferentes, por el solo hecho de la postulación, aceptan el derecho irrestricto de la Municipalidad de Quillón para hacer interpretación y aplicación de las Bases y suplir la falta de regulación de algún tema determinado, todo ello en la forma necesaria para cumplir efectivamente sus fines, esto es elegir el mejor oferente, que permita la realización en las mejores condiciones y adoptar, durante la vigencia del contrato, las modalidades de buen funcionamiento, para alcanzar el resultado deseado. Además, aceptan y reconocen las facultades de las partes para regular, de común acuerdo, aquellas materias no comprendidas en las bases, término de referencia y todos los antecedentes técnicos que dan origen al proyecto y la presente licitación. Aunque ante cualquier discrepancia en estos antecedentes técnicos prevalecerá el que de mejor cumplimiento de la ejecución del proyecto.
Además, deberán cumplir las obligaciones que contraen desde su participación en la licitación como oferentes o adjudicatarios, en su caso, sin que motivo o razón alguna autorice desconocerlas, excusarse o desistirse de su cumplimiento. Del mismo modo aceptan y quedan obligados a someterse a las decisiones que, en el ejercicio de las facultades consignadas en estas Bases y en la legislación, emitan los organismos municipales correspondientes.
Lo anterior, sin perjuicio de los eventuales derechos que puedan hacer valer los oferentes ante los organismos competentes.
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DEL PROYECTO |
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La propuesta se refiere a la ejecución del proyecto “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE JUEGOS INFANTILES EN PLAZA CÍVICA DE LA COMUNA DE QUILLÓN”, elaborado por la Municipalidad de Quillón. Los alcances corresponden a lo siguiente:
El proyecto considera la adquisición e instalación de juegos modulares nuevos de fábrica, en la plaza cívica de la comuna de Quillón.
Las características de su ejecución, están detalladas en los respectivos Términos de Referencia, detalles y todos los antecedentes técnicos que dan origen al proyecto y la presente licitación.
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DEL PRECIO |
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El presupuesto máximo disponible asciende a $30.000.000 (treinta millones de pesos) impuestos incluidos.
La Unidad Técnica, podrá adjudicar el servicio cuando el monto ofertado no supere el monto indicado, conforme al marco presupuestario efectivamente autorizado.
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DE LOS PLAZOS |
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El plazo para la entrega e instalación de los juegos requeridos en todos sus detalles, serán propuesto por el oferente; sin embargo, el plazo ofertado no podrá ser inferior a 5 días hábiles, ni superior a 10 días hábiles.
Dichos plazos, son considerados a contar de la aceptación de la orden de compra.
El plazo ofertado se entenderá en días hábiles, sin deducción de lluvias, feriados ni festivos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito en los términos establecidos en el artículo 45 del Código Civil.
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CALENDARIO DE LA LICITACIÓN |
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En la siguiente tabla se detalla los plazos máximos de cada proceso de licitación.
ACTIVIDAD PLAZO
Fecha de Publicación Desde la total tramitación del decreto que aprueba el llamado a licitación.
Fecha inicio de preguntas 01 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:30
Fecha cierre de preguntas Dentro de 2 días posteriores a la fecha de inicio de preguntas, en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:00 hrs.
Respuestas de las preguntas Dentro de 2 días posteriores a la fecha de cierre de preguntas, en portal www.mercadopublico.cl a las 18:00 hrs.
Fecha de cierre de recepción de ofertas 10 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 15:00 hrs.
Apertura de las ofertas El mismo día de fecha de cierre de recepción de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
Adjudicación Dentro de los 10 días posteriores a la fecha de la apertura Económica, en el portal www.mercadopublico.cl
En caso que la fecha de cierre de recepción de la oferta corresponda a un día sábado, domingo o festivo, será reemplazado al día hábil siguiente.
Tanto las fechas de Aperturas, como de Adjudicación establecida en el portal de compras públicas podría sufrir algún retraso, la nueva fecha será informada mediante el portal anunciando allí las razones del atraso.
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CONSULTAS |
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Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y Punto N°9 de las presentes BAE.
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RESPUESTAS A LAS CONSULTAS |
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Las respuestas a las consultas serán efectuadas por el portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°9 de las presentes BAE. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones son parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases Administrativas, Términos de Referencia de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.
De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
La Municipalidad de Quillón, podrá a su propia iniciativa o en respuesta a consultas realizadas por los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, realizar aclaraciones, con el sentido de enmendar, rectificar o complementar las presentes Bases de licitación, con la dictación del Decreto Alcaldicio correspondiente, el que será informado en el portal del sistema de información y contratación pública.
De modificarse las Bases mediante Decreto Alcaldicio se podrá postergar la o la fecha de aperturas de las mismas y ampliar el plazo para consultas y respuestas, con el objeto de dar un plazo razonable a los oferentes para el estudio de las modificaciones.
Se comunicará este hecho y los nuevos plazos mediante el portal del sistema de información y contratación pública www.mercadopublico.cl.
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PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
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La Propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en formatos Word, Excel, Jpg o Pdf. No se aceptará otro tipo de formato. Por lo que, dado el caso la municipalidad dejará fuera de bases al proponente.
La oferta se presentará en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses.
Las propuestas, documentos formularios anexos y todo otro antecedente deberán presentarse en idioma español (o con traducción) y con los valores en moneda nacional, indicando claramente el valor neto y el de los impuestos (IVA).
En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto; sin embargo, en la oferta económica e itemizado debe ser con impuesto incluido.
12.1 Archivo documentación Administrativa, deberá incluir:
a) Formulario Anexo 1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por su representante legal.
b) Formulario Anexo 2 Declaración Jurada simple, según formato, debidamente firmado por su representante legal.
c) Fotocopia de Cedula de Identidad del Oferente y/o Representante Legal
Persona Natural:
d) Formulario tramitado de iniciación de actividades del SII, en Original o copia, y presentar fotocopia del título profesional o certificado de título que lo califica como profesional competente, de acuerdo a la ley de urbanismo y construcción.
Persona Jurídica:
e) Copia del RUT de la empresa.
f) Certificado de vigencia de la sociedad. El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación.
g) Certificado de Poder Vigente del representante legal, El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación.
h) Copia de Escritura Pública de la sociedad, cuyo objeto tenga como giro principal el de construcción o afín (esencial).
i) Declaración jurada de Unión Temporal de Proveedores (UTP), cuando corresponda.
j) Patente Municipal vigente, que indique rubro de acuerdo a lo señalado en el Punto Nº4 de las presentes Bases.
k) Copia firmada por el oferente de foro de preguntas y respuestas de la licitación, expuesta en el portal www.mercadopublico.cl.
l) Programa de Integridad según lo establecido en dictamen N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°16 de las presentes Bases Administrativas Especiales.
m) Declaración jurada simple de los trabajadores involucrados en el proceso de compras públicas, que acredite que se encuentran en conocimiento del programa de integridad de la empresa.
n) Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, emitido dentro de los 30 días anteriores al acto de apertura técnica de la propuesta.
o) Acreditación con certificaciones de la dirección del trabajo que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
12.2 Archivo documentación Técnica deberá incluir:
a) Formulario Anexo N°3 Experiencia del Oferente, donde deberá indicar actividades ejecutadas durante los últimos 2 años (diciembre 2023 a diciembre 2025) con características y montos similares al licitado, cuya información será respaldada con documentos adjuntos tales como: Certificaciones emitida por el mandante, Facturas u Órdenes de Compra.
b) Formulario Anexo N°4 Calidad de la propuesta, donde deberá detallar ampliamente todo el contenido que oferta. Vale decir que la oferta deberá cumplir con lo mínimo indicado en los términos de referencia, que se incorporan en la presente licitación. Debe incluir fotografías de referencia.
c) Formulario Anexo N°5, Plazo de entrega e instalación de los juegos.
12.3 Archivo documentación Económica deberá incluir:
a) Formulario Anexo N°6, Oferta económica.
Los oferentes deberán, además, indicar el valor neto de su oferta, a través del portal Mercado Publico. De haber incongruencia entre propuesta en Formulario oferta económica y propuesta ofertada en el portal, se considerará información entregada en el Formulario de Oferta Económica para la evaluación de la oferta.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases.
Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir con la totalidad de los requerimientos obligatorio especificados en las presentes bases. En consecuencia, aquellos oferentes que no cumplan con estos requerimientos serán evaluado con el puntaje mínimo o declarado fuera de bases, según corresponda, Además, los errores u omisiones de tipo aritmético que pudiere contener la oferta que efectúe el oferente en el estudio de la propuesta, no alterarán la suma alzada indicada en ella.
Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales.
La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
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APERTURA DE LA LICITACIÓN |
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La apertura de la propuesta será en la fecha y horario definido en el cronograma de licitación expuesto en portal www.mercadopublico.cl. Y calendario expuesto en el punto 9 de las presentes bases.
El acto de apertura electrónica de la presente licitación se realizará en una sola etapa, esto es, se procederá a abrir tanto la oferta técnica, la oferta económica y anexos exigidos. Dicho proceso se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Servicio estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previo certificado de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público.
Antes de iniciar la evaluación de las ofertas con los criterios, promoviendo la oferta más conveniente para la Municipalidad de Quillón. Si las ofertas no poseen estas consideraciones no se procederá a incluirlas en la evaluación de la oferta. Siendo informado esto en las observaciones del “Acta de Evaluación de la Oferta”. Por lo tanto:
a) Si la oferta del proveedor no cumple en su totalidad con las EE.TT. y las partidas solicitadas, no será considerada su oferta.
b) El plazo de ejecución inferior a 5 días hábiles o superior a 10 días hábiles.
c) Si el precio se encuentra fuera del presupuesto disponible.
d) Si se evidencia adulteración o falsificación de antecedentes presentados.
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DE LAS GARANTÍAS |
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Las Garantías podrán consistir en “cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva”.
b) Las Garantías de Seriedad de la Oferta (si corresponde) y la de Fiel Cumplimiento de Contrato podrán ser tomadas por el proponente, o por un tercero a su nombre, y no únicamente por el oferente o cualquiera de sus socios o integrantes, como se indica en el Dictamen N°18.171, de fecha 19.07.2018, de la Contraloría General de la República, y ser emitida a la orden de la Ilustre Municipalidad de Quillón. RUT: 69.141.400-0. Deberán entregarse con el nombre del proyecto.
c) Las Garantías expresarán claramente lo que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar "el fiel cumplimiento de contrato" o "correcta ejecución", según corresponda con la glosa: “Adquisición e Instalación de Juegos Infantiles en Plaza Cívica de la Comuna de Quillón”.
d) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del contratista y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan.
e) El beneficiario (Mandante o Unidad Técnica según cada caso) estará facultado para hacer efectivas las garantías, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
14.1.- Garantía de fiel cumplimiento de contrato:
Los oferentes deberán garantizar la seriedad de su Oferta, mediante una o más Boleta de Garantía, Vale Vista o cualquier otro instrumento pagadero a la vista o a su presentación y de carácter irrevocable, que asegure el pago de la garantía en forma inmediata, por un monto equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, con una vigencia del plazo contractual aumentado en 60 días contados desde la fecha de emisión del documento. Esta garantía deberá ser extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Quillón, rol único tributario N° 69.141.400-0.
Esta garantía, en caso de ser física (formato papel) deberá ser ingresada a través de la oficina de partes de la I. Municipalidad de Quillón, calle 18 de Septiembre N°250, Quillón, hasta el día que se indique como fecha de cierre de recepción de ofertas, indicadas en Etapas y Plazos de la ficha electrónica de la licitación, siendo ingresada al municipio de lunes a viernes hasta las 13:30 hrs. Toda garantía formato físico, ingresada fuera del horario señalado, será causal suficiente para rechazar la oferta en el acto de apertura electrónica del portal mercado público.
En los casos que dicha garantía sea “electrónica”, conforme a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, podrá ser ingresada junto a la totalidad de los antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl o, a través de la casilla de correo electrónico de Oficina de Partes de la Municipalidad oficinadepartes@quillon.cl, con copia a secretariasecplan@quillon.cl. dentro del plazo (día y hora) indicado para la recepción de las ofertas, para que la oferta sea considerada válida.
La no presentación de esta garantía en los plazos establecidos, tendrá como consecuencia el rechazo de la oferta en el acto de apertura.
Esta Garantía se hará efectiva en los siguientes casos:
• Cuando el oferente adjudicado desista de la oferta entre la presentación de esta y la adjudicación.
• Cuando el adjudicatario no presente la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro de la fecha indicada para ello.
• Cuando la Municipalidad determine la falsedad, falta de autenticidad o integridad de la información aportada por el oferente.
• No estar habilitado en el registro de proveedores al momento de la firma del contrato.
Esta Garantía será devuelta a los oferentes no adjudicados una vez firmado el contrato, previa solicitud, por escrito, de los oferentes participantes. Su devolución se hará efectiva según lo indica el Art 53 del Decreto 661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886.
El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. De existir tal demanda o acción legal, la Municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía.
La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad correspondiente.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.S.
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COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Los integrantes de la comisión de evaluación, serán sujetos pasivos según los dispuesto en la Ley Nº20.730, que Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, por el periodo que dure el proceso de evaluación y estará constituida por los Siguientes funcionarios o quienes subroguen:
NOMBRE UNIDAD
Matías Escobar Escobar Profesional DOM
Juan Fuentealba Montero Profesional Apoyo Administración
Juan Carlos Villalobos Ramos Director Fomento y Turismo
Edgardo Carlos Hidalgo Varela Secretario Municipal, Ministro de Fe
Para todos los efectos legales, en caso de ausencia de algún integrante titular, pasa a formar parte de la Comisión respectiva quien corresponda, o quienes los subroguen o designen. De no poder conformarse dicha comisión por falta de más de la mitad de los integrantes, será quien determine el señor Alcalde mediante Decreto Alcaldicio, los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación. Será la comisión, la responsable de verificar la autenticidad de la documentación presentada por las empresas
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La evaluación de las ofertas se realizará en 1 etapa. La evaluación de las ofertas se hará de acuerdo con la siguiente pauta, y se realizará de acuerdo con los antecedentes de las ofertas, verificando el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, y lo exigido en las Bases que componen la presente Licitación, estableciendo un orden de prelación según la siguiente pauta:
LETRA CRITERIO PONDERACIÓN
a) Valor de la oferta 25%
b) Experiencia 15%
c) Calidad Técnica 30%
d) Plazo de entrega e instalación 20%
e) Programa de Integridad 5%
f) Cumplimiento requisitos formales 5%
a) VALOR DE LA OFERTA (ponderación 25%)
De acuerdo a lo señalado en el Punto Nº4, de las presentes Bases especiales, de haber incongruencia entre propuesta en Formulario oferta económica y propuesta ofertada en el portal, se considerará información entregada en el Formulario N°6, de Oferta Económica para la evaluación de la oferta.
Formula: (Menor Precio Ofertado) * 100 = Puntaje a ponderar
(Precio de oferta evaluada)
La oferta que presente un valor superior al monto máximo disponible, o no presenta información la oferta quedará automáticamente fuera de bases.
b) EXPERIENCIA (PONDERACIÓN 15%)
Se considerará la experiencia de la empresa oferente, acreditada en unidad monetaria certificada en servicios y productos similares. Esta información deberá ser ingresada por el oferente en formulario Anexo N°3 junto con respaldos emitidos por los mandantes de los últimos 2 años, solicitados en punto N°12.2 letra a) de las presentes BAE.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
Servicios de similares Características
Se considerará la experiencia acreditada en unidad monetaria certificada en servicios de adquisición e instalación de juegos modulares.
Mayor monto en unidad monetaria certificada en servicios de similar característica. 100 Pts.
Segundo mayor monto en unidad monetaria certificada en servicios de similar característica. 90 Pts.
Tercer mayor monto en unidad monetaria certificada en servicios de similar característica. 80 Pts.
Cuarto mayor monto en unidad monetaria certificada en servicios de similar característica. 60 Pts.
Quinto mayor monto en unidad monetaria certificada en servicios de similar característica. 40 Pts.
Sexto mayor monto en unidad monetaria certificada en servicios de similar característica y siguientes. 10 pts.
No posee experiencia, no presenta información, información incompleta o con errores. 0 Pts.
c) CALIDAD TÉCNICA (ponderación 30%)
Obtendrá el mayor puntaje el oferente que presente en detalle todo el contenido que se requiere en las Bases Técnicas que forman parte de la presente licitación. Formulario Anexo N°4.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
Presenta Formulario N°4 “Calidad de la propuesta” completa, asegurando cumplir con los requisitos establecidos en las bases de licitación, incluyendo idoneidad del servicio, la capacidad técnica y logística para cumplir con la entrega e instalación de los juegos modulares dentro de plazo establecido. 100 Pts.
Presenta propuesta técnica completa. Sin embargo, en el Formulario N°4 “Calidad de la Propuesta”, no contiene el detalle de la totalidad del servicio, para dar cumplimiento a la entrega e instalación de los juegos modulares dentro de plazo establecido. Sin embargo, la comisión considera que la propuesta es apta para ejecutar el servicio. 50 Pts.
Presenta formulario calidad de la propuesta incompleto, carece de detalle para asegurar la entrega e instalación de los juegos modulares dentro de plazo establecido, en forma satisfactoria o no se relaciona a lo solicitado en las bases de licitación.
No presenta calidad de la propuesta Fuera de bases
d) PLAZO DE ENTREGA E INSTALACIÓN (ponderación 20%)
De acuerdo a lo señalado en el Formulario Nº5, de las presentes Bases Especiales.
PLAZO PUNTAJE
Primer menor plazo de entrega e instalación 100 puntos
Segundo menor plazo de entrega e instalación 90 puntos
Tercer menor plazo de entrega e instalación 80 puntos
Cuarto menor plazo de entrega e instalación 70 puntos
Quinto menor plazo de entrega e instalación 60 puntos
Sexto menor plazo y demás para entrega e instalación 50 puntos
Menos de 5 días hábiles y Más de 10 días hábiles ó
No informa Fuera de bases
e) PROGRAMA DE INTEGRIDAD (5%):
El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por los trabajadores involucrados en el proceso de compras públicas, tal como se exige en el dictamen N°E370752 de 2023.
La no presentación de la documentación solicitada en este punto, no será causal para dejar al proponente fuera de bases, asignándosele el puntaje establecido en tabla.
La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de este por parte de sus trabajadores (*), según el siguiente detalle:
ITEM PUNTAJE
Cuenta con programa de integridad, y es conocido por todo su personal. 100 puntos
Cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal. 50 puntos
No presenta programa de integridad 0 puntos
La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser, a través de una declaración jurada simple de cada uno de sus trabajadores.
NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos los trabajadores atingentes al presente proyecto.
La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores.
El oferente que no presente su respectivo Programa de Integridad, se evaluará con el puntaje mínimo, dicho Programa de Integridad se sugiere debe contar como mínimo, con los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación público, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerles o concederles a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objetivo influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas prácticas, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.
e) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
f) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relaciones directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
f) CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (5%)
DETALLE PUNTAJE
Para la presentación de documentos omitidos de los puntos 12.1, letra a), b), c), d), e), f), g) h), i), j), k), n), o) al momento de efectuar la oferta, la Unidad mandante podrá solicitarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando no otorguen al oferente una situación de privilegio. No afectando la igualdad de participación de los mismos. Los que deberán ser adjuntos a la plataforma en un plazo fatal de 25 horas. Presenta los documentos solicitados en los puntos 12.1, letra a), b), c), d), e), f), g) h), i), j), k), n), o) dentro de los plazos establecidos a través del portal www.mercadopublico.cl
100
Presenta documentación con errores, incompleta o presenta documentos omitidos de los puntos 12.1, letra a), b), c), d), e), f), g) h), i), j), k), y n), fuera del plazo primitivo, solicitada a través de foro inverso. 50
No presenta la documentación solicitada a través foro inverso. Fuera de Bases
Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar otros antecedentes del oferente que permitan determinar, que el proyecto en licitación, será ejecutada correctamente.
16.1 FORO INVERSO
La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que éste presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso.
Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, a excepción de los antecedentes indicados en los puntos 12.2, letra b), c) y antecedentes del punto N°12.3 letra a) los que a falta de su presentación dejarán al proponente, FUERA DE BASES. Mientras que, la falta u omisión de antecedentes en el punto 12.1, l), m) y punto 12.2 a) serán materia de evaluación, acorde a lo indicado en el Punto N°16. Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar y comprobar otros antecedentes del oferente que permitan determinar que el servicio en esta licitación, serán ejecutados correctamente.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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Para conceptos de evaluación se considerará hasta el segundo (2º) dígito decimal y en caso de empate por parte de dos o más oferentes, luego de la evaluación económica, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio de Calidad de Técnica, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de Experiencia, de persistir el empate, será oferente que obtenga el mayor puntaje el criterio de Plazo de Entrega, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de Precio.
Serán causales de eliminación inmediata, para no formar parte de las ofertas propuestas al señor alcalde, los siguientes aspectos (se considerarán los antecedentes con una antigüedad de dos años):
a) Verificación de anomalías, falsificaciones o de adulteración de la documentación presentada.
Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta.
La comisión emitirá un acta de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
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ADJUDICACIÓN |
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Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas de cada una de ellas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°17 en caso de que dos o más oferentes se encuentren con el mismo puntaje.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
18.1. DE LA READJUDICACIÓN
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:
1. Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula N°18, último párrafo, de las presentes bases.
2. No se inscribe en el Registro de Proveedores dentro del plazo señalado en las presentes bases, si procede.
3. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado.
4. No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N°12 de las presentes bases.
5. De conformidad con lo señalado en la cláusula N°19 de estas bases, si no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación.
6. Si el producto o servicio adjudicado perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación cuando se produzca la situación anteriormente señalada.
7. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación.
8. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.
En caso de concurrir a alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo.
La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Se deja expresa constancia que el proveedor es el responsable del correcto ingreso del precio de los productos y que el sólo hecho de participar de esta licitación implica la aceptación de la totalidad de las condiciones señaladas anteriormente.
Las Órdenes de Compra, serán emitidas acorde a los requerimientos de la Municipalidad, las que dependerán de la necesidad del servicio, estas deberán ser aceptada, por el proveedor, en un plazo no superior a 2 días hábiles de su emisión, su no aceptación durante el periodo mencionado, se entenderá por rechazada.
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DEL CONTRATO |
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Orden de Compra
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl, quedará supeditado en su validez, el hecho que, dentro de un plazo no superior a 2 días hábiles desde la emisión de la orden de compra, esta sea aceptada por el proveedor.
Esta relación contractual se formalizará a través de Orden de compra de acuerdo al Art. 117 del Reglamento de la ley Nº19.886 sobre bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
19.2. Entrega de Terreno
La entrega de terreno para la ejecución para la instalación de los juegos modulares, se deberá realizar dentro de los siguientes 5 días hábiles, a partir de la emisión de la Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior el inicio de los servicios de instalación, deberá ajustarse a lo indicado en su propuesta, a contar del acto de la entrega de terreno, salvo que se produzca un retraso administrativo municipal justificado o caso fortuito calificado por la ley vigente.
De no cumplirse con el plazo estipulado la I. Municipalidad de Quillón, por causa atribuible al contratista, podrá hacer efectivas las garantías administrativas y dar término anticipado al contrato, según corresponda.
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PROHIBICIÓN DE CEDER O TRANSFERIR EL CONTRATO |
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El Contratista no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones por él contraídas, a persona natural o jurídica alguna. Sin embargo, y previa autorización municipal podrá subcontratar servicios contenidos en la presente licitación, hasta un porcentaje, no superior al 30% del monto del contrato, entendiéndose no obstante como responsable directo ante la Municipalidad.
Cualquier subcontratista deberá reportar información de sus trabajadores al Contratistas, quien deberá incluir dicha información en conjunto a la entrega de información de sus trabajadores al municipio.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el “Contratista” se establecen en el presente artículo, facultará a la “Municipalidad” para poner término anticipado al contrato.
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SUPERVISIÓN |
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La ejecución del proyecto será supervisada por un Inspector Técnico de Servicios (I.T.S) nombrado por la Municipalidad de Quillón, cualquier duda que surja de la interpretación de los antecedentes, así como los problemas que se deriven de su aplicación durante traslado e instalación de los juegos modulares, deberán ser expuestos a la Unidad Técnica, la que deberá resolver los problemas de orden técnico exclusivamente, correspondiéndole a la asesoría jurídica resolver aquellos de índole legal.
El Inspector Técnico del Servicio, designado por el Municipio, no podrá autorizar cambios en el proyecto, limitando su función a informar a la autoridad competente de la Municipalidad, respecto al grado de cumplimiento por parte de la empresa ejecutora del proyecto.
Para los efectos de consignar observaciones o plantear dudas, el canal de comunicación será el correo electrónico.
Los trabajos defectuosos o efectuados al margen de las normas técnicas correspondientes, que sean observados por el supervisor, deberán ser corregidos por el Contratista según sus indicaciones, sin que signifique mayor obra ni mayor costo para el Mandante.
Cabe señalar que la instalación de los juegos modulares, podrá ser visitada por profesionales del mandante y/o del organismo financista, como también de otro profesional de la administración del estado, quienes serán meros observadores del proceso, sin que signifique su visita inspección técnica del contrato ni aceptación o rechazo de algún elemento o partida.
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PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DEL SERVICIO |
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Será detallado en las respectivos Términos de Referencia, que forman parte de la presente licitación.
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ESTADOS DE PAGOS |
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El precio del Contrato se pagará mediante 1 estado de pago, una vez que se haya entregado con éxito la totalidad del servicio solicitado y posterior a la emisión de Informe de la Inspección Técnica del Servicio, indicando que se ha recepcionado el 100% del servicio requerido, dentro de los plazos establecidos.
Para dar curso al estado de pago el proveedor del servicio deberá acompañar los siguientes documentos en original:
a) Factura Electrónica (Emitida posterior a recepción conforme) a nombre de:
Nombre : I. Municipalidad de Quillón
RUT : 69.141.400-0
Giro : Servicios
Dirección : 18 de septiembre Nº250, Quillón
b) Orden de Compra correspondiente.
c) Informe favorable del ITS
d) Certificado de conformidad extendido por el Director de la Unidad Mandante o quien le subrogue, solicitando se inicie el procedimiento de pago
e) Set fotográfico que incluya un mínimo de 12 fotografías de los juegos modulares que deben ser instalados, durante el proceso de instalación y el término de éste.
Una vez autorizado el estado de pago, el proveedor tendrá la posibilidad de factorizar las facturas, siempre y cuando el ITS hubiere acreditado la recepción conforme al 100% y dentro del plazo correspondiente, dándose cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del Reglamento de la ley 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.
OBSERVACIÓN: La Municipalidad sólo pagará las facturas debidamente cursadas, en un plazo de 30 días posterior al ingreso de la factura por oficina de partes
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DE LAS MODIFICACIONES |
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Las condiciones del servicio que se estipula en las bases técnicas y en la hoja de oferta son inamovibles, la oferta es a precio fijo y no corresponderá pagar mayores servicios ejecutados por el Proveedor, aun cuando exista cualquier error en los estudios realizados.
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DE LAS MULTAS |
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Si el oferente no cumpliera con el servicio ofrecido de acuerdo a lo detallado en los Términos de Referencia, la entrega e instalación de los juegos modulares, la Ilustre Municipalidad de Quillón quedará facultada para aplicar multas, de acuerdo a los criterios, detallados en la tabla siguiente:
DETALLE VALOR
Incumplimiento en el plazo de entrega 2 UTM por día de atraso
Incumplimiento en la ejecución de las instrucciones indicadas por el ITS o incumplimiento de las condiciones estipuladas en bases administrativas o bases técnicas. 2 UTM por cada incumplimiento
Incumplimiento en el plazo de restitución o de subsanación de productos deficientes, defectuosos o dañados. 1 UTM por día de atraso
Ausencia o falencia en las características del servicio ofertado y adjudicado. 5 UTM por evento
El valor de la UTM, corresponderá al día en que sea notificada la aplicación de multa.
En caso que existan falencias o incumplimiento en las características del servicio, el oferente deberá subsanar las faltas en un plazo no superior a 2 días hábiles, sin perjuicio de la correspondiente aplicación de multas.
Las multas establecidas según tabla, se descontarán del estado de pago en curso.
Será la ITS quién se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar y la buena calidad y totalidad del servicio.
Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato.
Será facultad del Sr. Alcalde, aplicar, rebajar o desestimar completamente la multa, en virtud de los descargos y pertinencia de éstos.
1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega del servicio, del ITS y/o quien le subrogue o designen.
2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación.
3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITS.
4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico.
5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.
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TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1.- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2.- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3.- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4.- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5.- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la Ley 19.886. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento.
6.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7.- Las demás establecidas en la ley, en la respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
8.- Poseer más del 30% del monto total en multas.
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DEL DOMICILIO Y JURIDICCIÓN APLICABLE |
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Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Quillón y prorrogan la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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