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MULTAS Y SANCIONES: |
- MULTAS
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los productos, de conformidad con las presentes bases
La Ilustre Municipalidad de Colchane aplicará las siguientes multas al adjudicatario:
a) Multa por atraso de entrega: Las multas por atraso en la entrega de los bienes se aplicarán por cada día corrido que transcurra desde el día siguiente al último día de plazo para entregar los productos y se calcularán como un 2% del valor de los bienes entregados con atraso (incluido los impuestos), con un tope máximo de 10 días hábiles.
Por lo tanto, las multas por atraso en la entrega de productos se aplicarán de acuerdo a la siguiente fórmula:
- Monto de la multa = días Corrido administrativos de atraso en la entrega * valor de los bienes entregados con atraso (incluido los impuestos) * 0,02.
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b) Multa por incumplimiento de Canje: Las multas por el incumplimiento de las “Políticas de Canje” ofertadas, se calcularán como un 20% del valor de los bienes (incluido los impuestos) en que el proveedor no cumpla con las políticas de canje.
c) Multa por productos sin stock para despacho: En el caso de que el proveedor informe que no cuenta con stock para el despacho de lo solicitado en la Orden de Compra, se aplicará una multa que se calculará como un 10% del valor de los bienes sin stock (incluido los impuestos) que fueron solicitados en la Orden de Compra. Además, el proveedor deberá informar el plazo dentro del cual podrá cumplir con la entrega.
d) Multa por rechazo injustificado de una orden de compra: En casos en que el proveedor rechace injustificadamente una orden de compra, esto es, que sea por una causa distinta a las previstas en estas bases de licitación para el rechazo de ésta, se procederá a aplicar una multa equivalente al 10% del valor neto de la orden de compra que ha sido rechazada.
1.1 Procedimiento para Aplicación de Multas.
a) La Dirección de Administración y Finanzas efectuara los descuentos que correspondan de acuerdo al informe entregado por la Unidad Técnica.
b) El Supervisor o funcionario responsable designado para esta función, éste le informará al adjudicatario, a través de correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, la Entidad dictará la respectiva resolución, aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico.
c) Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo o resolución que aplica la multa.
d) En el evento que el proveedor no pague la multa, el monto de la misma podrá ser descontado del monto de la factura correspondiente que deba pagar a la Ilustre Municipalidad de Colchane.
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TÉRMINO ANTICIPADO Y ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO |
- DEL TÉRMINO DEL CONTRATO.
La Ilustre Municipalidad de Colchane se reserva el derecho de poner término al contrato en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo.
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes bases y las cláusulas del Contrato de Suministros, La Municipalidad estará facultado para poner, de manera unilateral, término anticipado al Contrato que haya adjudicado, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento de ninguna especie al infractor.
- Si el Consultorio comprobare, previo peritaje técnico, errores graves en la calidad de los productos suministrados, los que comprometiesen la seguridad de los funcionarios y/o pacientes, y dicha situación no haya sido solucionada por el proveedor satisfactoriamente de acuerdo a las presentes Bases
- Incurrir en rechazo injustificado de la Orden de Compra durante la ejecución del contrato suscrito.
- Incumplimiento reiterado de los requerimientos técnicos, solicitados en la propuesta pública.
- Por entrega de información errónea, maliciosa o no fidedigna proporcionada por el proponente adjudicado
- Por incurrir el adjudicatario en atrasos reiterados en la solicitado del servicio adjudicado.
- Por haber sido multado el adjudicatario en tres o más oportunidades por atraso en la entrega.
- Cualquier incumplimiento al contrato por causas imputables al oferente, adjudicado, facultará al mandante, para poner término anticipado a éste, por simple resolución administrativa, sin forma de juicio, no obstante, cualquier otra medida que el caso requiera.
- El adjudicatario será el único y exclusivo responsable por los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse durante la ejecución de los servicios contratados, tanto a personal dependiente de sí mismo, a la Municipalidad o a sus funcionarios, o a terceros ajenos.
- Si el adjudicatario incurre en un atraso de entrega de los productos que supera los 10 días hábiles, se procederá dar término al contrato.
- Si el proveedor o alguno de sus socios cayera en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Rescindir contrato cuando hay quiebre de stock por un plazo mayor de 2 meses.
En caso de término anticipado del contrato deberá procederse a la liquidación de los servicios, la cual será aprobada por decreto Alcaldicio.
- Procedimiento termino anticipado:
Mediante oficio se informará al proveedor adjudicado el término anticipado del contrato, para lo cual se le concederá traslado, a fin de que manifieste sus descargos. Dicho traslado será de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación por carta certificada del referido oficio.
Dicha atribución de término se formalizará a través de una resolución fundada de la autoridad, a través de la cual se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará dentro de 24 horas en el sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl.
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6. SALDOS INSOLUTOS |
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En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pagos deberán ser destinados a pagar tales obligaciones (incumplimientos es causal para poner término al contrato).
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
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7. PUBLICACION DE LA LICITACION Y PRESENTACION DE OFERTAS |
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El llamado a presentar propuestas y la recepción de las ofertas se hará exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, Sistema de Información creado por la Ley de Compras Públicas N°19.886.
Las Bases de licitación se publicarán en el referido portal una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que las apruebe.
El proponente deberá presentar los Anexos Administrativos, su Oferta Económica y Oferta Técnica, sólo a través del sistema web www.mercadopublico.cl , de la Dirección de Compras y Contratación Pública, con sus anexos, en formato digital.
La Municipalidad podrá modificar, suplementar o complementar los requerimientos técnicos y plazos de la licitación y otras modalidades de la propuesta pública, fundadamente, a través de un decreto alcaldicio, hasta antes de la apertura de la propuesta, informando lo anterior a través del portal Mercado Público. Se faculta para modificar, por razones fundadas, el plazo de adjudicación a través de decreto alcaldicio.
Sin perjuicio de lo anterior, y previo a la Apertura de las Ofertas, la Municipalidad se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las aclaraciones a las bases y modificaciones en las fechas que estimare necesarias, o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación.
Las consultas que los interesados deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta, deberán ser realizadas a través de portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) en los plazos estipulados en la publicación y que se lleva a cabo en el ciclo determinado para el foro de consultas. Las respuestas se podrán a disposición del público en la página web www.mercadopublico.cl, en los plazos estipulado en el plazo de consultas y desde entonces pasarán a formar parte de las Bases.
Desde la Publicación de las Modificaciones, Aclaraciones y Respuestas a las consultas, éstas se entenderán informadas a los participantes, por el sólo hecho de ser publicadas en la página www.mercadopublico.cl, Adquisición ID 722640-6-LE25, y desde entonces pasarán a formar parte integrante de las presentes Bases.
Por lo anterior, queda estrictamente prohibido todo contacto por parte del proponente con la Municipalidad mientras dure el proceso de evaluación de las ofertas, según lo dispuesto en el Artículo 39° del Reglamento de la Ley N°19.886 de Compras Públicas. El no cumplimiento a este punto será causal de exclusión del proponente del presente proceso.
Las bases administrativas y las técnicas deberán considerarse como integrante del contrato a que de origen la adjudicación de la presente licitación.
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8. ETAPAS Y PLAZOS |
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Los oferentes deberán estudiar la propuesta de acuerdo al calendario de etapas y plazos proporcionado en las presentes bases, así como también en el sistema de información de acuerdo a la ley de compras públicas.
Fecha Publicación 11/11/2025 22:15 horas
Fecha Inicio de Preguntas 11/11/2025 22:15 horas
Fecha Final de Preguntas 13/11/2025 16:15 horas
Fecha Publicación de Respuestas 14/11/2025 16:15 horas
Fecha de cierre de Recepción ofertas 17/11/2025 18:49 horas
Fecha Acto de Apertura 17/11/2025 18:50 horas
Fecha de Adjudicación 18/11/2025 18:50 horas
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9. FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO |
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Los servicios y/o bienes a realizar materia de la presente propuesta serán financiados por el PROGRAMA SERVICIO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE URGENCIA (SAPU-SUR) AÑO 2025”, cuyo presupuesto disponible es de $ 10.000.000.- (diez millones pesos) IVA incluido. En la presente propuesta también se podrá ofertar, exento de impuesto o IVA incluido.
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10. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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ofertas (Técnica y Económica), documentos administrativos y anexos deberán ser presentadas a través del Portal de Chile Compra en la fecha y horas del cierre señalados.
El orden de las ofertas está determinado por lo siguiente:
a) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedente requerido en las presentes Bases, e independiente de la cantidad de páginas que lo constituyan, debe estar en un solo archivo digital, y en formato PDF.
Por consolidado o unificado se entiende que cada documento o antecedente requerido debe estar en un solo archivo (es decir, un documento no podrá estar distribuido en distintos archivos, salvo que este exceda el límite de 20 MB establecido por el portal www.mercadopublico.cl, caso en el cual podrá fragmentarse, en 2 o más archivos debidamente identificados con su respectivo número de parte).
b) Nombre y contenido de los archivos digitales: Al ingresar la documentación en el portal www.mercadopublico.cl, se deberá especificar en el nombre del archivo el contenido de éste, a fin de poder identificar rápidamente a qué documentación corresponde a fin de agilizar el proceso de apertura de las ofertas.
c) Formato: El formato digital de los antecedentes deben ser en PDF.
d) La Oferta Económica deberá contener el valor total neto, a suma alzada por la totalidad del producto/o servicio solicitado, y el valor total bruto en el Formulario de Oferta Económica, según las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación.
e) El valor a ofertar en el portal de Mercado Público, es el valor unitario total por la sumatoria de cada ítem requerido, según el Formulario de Presupuesto Detallado (formato adjunto a las bases).
f) Los datos que contengan ambas Ofertas (Económica y Técnica) deberán coincidir, si no coinciden puede ser excluido del proceso de licitación.
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11. CONTENIDO DE LA OFERTA |
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Antecedentes administrativos
Los antecedentes administrativos se deberán rotular como sigue:
Nombre de archivo Contenido
Formato N°1 Formato tipo de identificación del proponente para personas naturales o jurídicas, escaneado con firma original o firma electrónica. (Anexo Nro. 1).
Cédula de Identidad Un único archivo con la fotocopia de la cédula de identidad, por ambos lados, del representante legal. De haber más de un representante legal, subir igualmente un único archivo con la fotocopia de ambos lados de la cédula de identidad.
Formato N°2 Declaración Jurada Simple de conocimiento y aceptación de las Bases Administrativas y Generales, que rigen la licitación, escaneado con firma original o firma electrónica por el representante legal (Anexo Nro. 2).
Formato
N°3 Declaración Jurada Simple Programa de Integridad. Debidamente completado y firmado según formato tipo adjunto, por el (los) Representante(s) Legal(es). En caso de postular como una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la UTP deberá presentar el Anexo Nro. 3.
En caso de tratarse de personas jurídicas se deberá incorporar además lo siguiente:
Nombre de archivo CONTENIDO
Escritura Copia escaneada de la escritura de Constitución Social o Individual y las modificaciones posteriores de la empresa, si las hubiere, donde aparezca identificado el representante legal. En caso de que el oferente sea sociedad anónima se exigirá además Estatutos de la sociedad.
Certificado de Vigencia Certificado de vigencia de la constitución de la empresa o sociedad del proponente. La vigencia de este certificado deberá ser de una antigüedad no superior a 30 días antes del día fijado para la apertura de la propuesta. En caso de tratarse de Unión Temporal de Proveedores, y siempre que el Representante o Apoderado Común sea una persona Jurídica, se deberá adjuntar el Certificado de Vigencia de este último.
Rol Único Tributario Fotocopia del Rut de la Empresa (Rol Único Tributario)
Cédula de Identidad Un único archivo con la fotocopia de la cédula de identidad, por ambos lados, del representante legal. De haber más de un representante legal, subir igualmente un único archivo con la fotocopia de ambos lados de la cédula de identidad.
Encontrarse habilitado en el Portal Chile Proveedores.
En caso de tratarse de una persona natural, deben acompañar, además en el portal lo siguiente:
Nombre de archivo CONTENIDO
Documentos Se deberá adjuntar la siguiente documentación:
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Certificado de Antecedentes Personales, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha no superior a 30 días de antigüedad a la fecha de la apertura
- Certificado Laboral y Previsional vigente emitido por la Dirección o Inspección del Trabajo que permitan acreditar si el oferente registra saldo insoluto de remuneraciones o cotizaciones previsionales o litigios laborales con sus trabajadores.
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República con una vigencia no superior a 30 días.
- Encontrarse habilitado en el Portal Chile Proveedores.
Antecedentes Técnicos
Los Antecedentes Técnicos (oferta técnica) solicitados son de carácter esencial para la evaluación, por lo tanto, se deberán subir al portal y rotular como sigue:
Nombre de archivo CONTENIDO
Formato N°4 Formulário de Oferta Técnica (Anexo Nro. 4), debidamente firmado por el representante legal.
Detalle Individualizado de productos Ofertados con sus características o atributos. De no ser así se aplicará castigo cumplimiento de los requisitos formales.
Antecedentes Económicos
Los antecedentes por subir al portal Mercado Público de la propuesta económica son de carácter esencial para la evaluación:
Nombre de archivo CONTENIDO
Formato N°5 Oferta económica del proponente, deberá completar los campos requeridos y escaneado con firma original o firma electrónica.
Nota importante: El oferente deberá ingresar el valor neto (sin IVA) de la oferta, en el portal www.mercadopublico.cl Los documentos digitales a ingresar en cada una de las carpetas, deben estar unificados en uno o en un mínimo de archivos, dependiendo de su tamaño, en orden consecutivo, y formato PDF.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la licitación. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en términos que se imposibilite su evaluación o no se ajuste sustancialmente, esta será declarada inadmisible por resolución fundada por la Ilustre Municipalidad de Colchane
El oferente debe constatar que el envío de su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. Siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Todos los documentos, antecedentes comerciales y personales y demás datos subidos electrónicamente, se presumirán fidedignos y la Municipalidad de Colchane se basará en el contenido de dichos antecedentes para el análisis de la Propuesta. Cualquier falsedad en los datos y documentos proporcionados, falsificación de firmas, timbres o simulación de documentos, etc., será de exclusiva responsabilidad del proponente, sin perjuicio de las acciones legales a que diera lugar contra sus autores.
La Municipalidad de Colchane, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, en tanto que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio ni se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.
La Comisión de Evaluación podrá admitir ofertas que contengan errores evidentes y meramente formales siempre que ello no afecte la igualdad de los oferentes.
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12. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS OMITIDOS |
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Asimismo, la Municipalidad de Colchane podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta siempre que ello no afecte la igualdad de los oferentes y de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56 del Reglamento de la Ley de Compras. El plazo para la presentación de los documentos omitidos será de 48 horas desde que se le notifique a través del portal al oferente que haya incurrido en la omisión. El cumplimiento oportuno de los requisitos formales se encuentra incorporado como criterio de evaluación Esta facultad no podrá aplicarse a la omisión de presentación de la Oferta económica. (ANEXO NRO. 5).
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13. APERTURA DE LA PROPUESTA |
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Se entiende por “Apertura de la Propuesta” el acto en que la Comisión de Evaluación o encargado de la Licitación procede a verificar y aceptar o rechazar electrónicamente, a través el Portal, las ofertas, constatando que respecto de cada una de ellas se haya constituido y entregado oportunamente en el Municipio los antecedentes requeridos.
Las actas que se originen producto de esta apertura estarán a disposición de los interesados una vez adjudicado el proceso en el portal de Mercado Público, según el número de ID N° 722640-10-LE25, correspondiente a la licitación en cuestión.
La Municipalidad de Colchane se reserva el derecho de rechazar todas o cada una de las ofertas, sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presente de la propuesta.
En tal sentido, la oferta se declarará inadmisible, si de acuerdo al estudio de los antecedentes presentados se estimará que las propuestas no reúnen los requisitos exigidos en las bases; o desierta, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Municipalidad.
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14. LA COMISIÓN DE APERTURA y EVALUACIÓN |
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La Comisión de Evaluación es un órgano colegiado al que le corresponde recibir las propuestas, velar por que éstas cumplan con las Bases, y en definitiva sugerir la adjudicación o declararla desierta al Sr. alcalde. La Comisión de Evaluación de Propuesta, será nombrada por Decreto Alcaldicio, previo, esta comisión podrá estar integrada por cuatro funcionarios municipales (Uno de ellos actuará como ministro de Fe) y cuyo nombramiento se efectuará antes de las fechas de adjudicación del presente proceso de licitación.
Reunida la Comisión de Apertura y Evaluación de Propuesta, sólo, "Constatará la existencia y el cumplimiento en cuanto a su forma y plazos de la documentación exigida en estas Bases". Finalmente emitirá un acta de apertura de propuesta, mediante el cual se informará a la Comisión de Evaluación de Propuesta los antecedentes revisados y las determinaciones dispuestas por esta instancia.
La Municipalidad pone en conocimiento de los oferentes que, aunque se haya aceptado la documentación presentada en el acto de apertura, ésta queda sujeta a otras revisiones, pudiendo encontrar diferencias u omisiones que no fueron observadas en la mencionada apertura. Esta situación implica que el (los) oferentes puedan quedar fuera de base en la etapa de evaluación técnica.
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15. DE LA INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
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Para que las ofertas sean declaradas inadmisibles, es decir, que no podrán ser evaluadas por la Comisión Técnica respectiva, son causales de inadmisibilidad y se dará en los siguientes casos:
a) En caso que no se acompañe la Oferta Económica y/o presupuesto detallado o este contenga errores imputables al oferente.
b) En caso que no se acompañe la Oferta Técnica o este contenga errores imputables al oferente.
c) En caso que los valores señalados en la oferta económica y la del formulario oferta técnica no sean coincidentes.
d) En caso de que los antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en las presentes bases (emisión del documento y legalizaciones pertinentes).
g) En caso de entregar archivos digitales en formatos diferentes a PDF (solo se admite documentos en formato PDF).
e) En el caso de no cumplir con el proceso de admisibilidad de la licitación.
f) En caso de no adjuntar los formatos o anexos N° 1, 2, 3, 4, 5 y los demás antecedentes o información esencial solicitada en el punto N° 10 - 11 y 1 – 2 de las Bases Administrativas Especiales y Bases Técnicas Especiales respectivamente.
g) El oferente deberá facturar a nombre de la Empresa, la cual se está emitiendo la oferta.
h) En caso que la oferta económica supere el presupuesto disponible.
i) En caso que la fecha de vencimiento sea inferior a 12 meses de los medicamentos.
j) Cualquier otra situación que a juicio de la mayoría de la comisión amerite dejar al oferente fuera de bases, siempre que ello no se afecte el principio y estricta sujeción a las bases y la igualdad de los oferentes.
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16. EVALUACIÓN: |
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Recepcionados las ofertas a través del Portal de Compras Públicas, la Comisión deberá evaluar y estudiar los antecedentes de cada una de ellas, emitiendo una decisión fundada que propondrán en su respectivo Acta de Apertura y Evaluación al Sr. Alcalde para la emisión del respectivo Decreto Alcaldicio.
La Comisión, para efecto de la selección y evaluación de las propuestas, deberá basarse en los criterios que al respecto se han establecido en las presentes Bases. Sin perjuicio de ello, la Comisión queda facultada para realizar consultas a expertos en temas relacionados con la propuesta, solicitar informes técnicos ante dudas, inquietudes o aclaraciones que estimen convenientes para transparentar el proceso y dar recomendaciones más claras respecto a él o los proponentes a adjudicar.
Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, la presentación y descripción de otro tipo de garantías, servicios adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados conforme a los criterios previamente señalados.
Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, la Unidad Técnica podrá solicitar vía portal de Mercado Público, a cada uno de los Proponentes, en conjunto o individualmente, aclaraciones, documentación o certificados sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones deberán ser ingresadas por el oferente en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Colchane, a más tardar dentro de las 48 horas siguientes, contados desde la emisión del requerimiento a través del portal de Mercado Público.
Los criterios de evaluación de la presente Propuestas, los cuales serán utilizados por la Comisión de Evaluación serán los establecidos en los cuadros siguientes:
CRITERIO SUBFACTOR PONDERACION OBSERVACIONES
ADMINISTRATIVO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5% El oferente deberá adjuntar toda la documentación solicitada en las presentes bases administrativas, cuya evaluación será de la siguiente forma:
Puntaje Descripción
100 puntos Presenta todos los antecedentes.
0 puntos Omisión de antecedentes.
PACTO DE INTEGRIDAD 5% El criterio de evaluación referente al Pacto de Integridad será evaluado de la siguiente forma:
Puntaje Descripción
100 puntos Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal
0 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, no informa o no presenta.
ECONOMICO PRECIO 55% Se aplicará la siguiente ponderación:
Precio=(Precio Minimo Ofertado)/(Precio Oferta)*100*0.55
TÉCNICO FECHA VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS 20% Con el fin de garantizar la seguridad de los pacientes y la correcta utilización de los medicamentos e insumos médicos, se evaluará la vigencia mínima de los productos ofrecidos de la siguiente forma:
Puntaje Descripción
100 puntos De igual o superior a 36 meses, la fecha de vencimiento del medicamento e insumo.
50 puntos De 12 a 35 meses, la fecha de vencimiento del medicamento e insumo.
0 puntos De igual o inferior a 11 meses, la fecha de vencimiento del medicamento e insumo.
Se evaluará en el anexo N°4.
TECNICO PLAZO DE ENTREGA 15% Para evaluar este criterio, se tomará en cuenta el plazo que el proveedor ofrezca, una vez que se le haya solicitado por correo electrónico, de la siguiente manera:
Puntaje Documentos
100 puntos De 01 a 02 día hábil
una vez recibida la solicitud mediante correo electrónico.
60 puntos De 03 a 05 días hábiles
una vez recibida la solicitud mediante correo electrónico.
30 puntos De 6 a 08 días hábiles
una vez recibida la solicitud mediante correo electrónico.
10 puntos Superior a 09 días hábiles.
0 puntos No informa plazo de entrega.
Se evaluará en el anexo N° 4.
TOTAL 100%
No procederá a adjudicar al oferente que NO tenga un puntaje igual o superior al 60% en el cuadro de evaluación, respectivo.
Del mismo modo, la I. Municipalidad de Colchane podrá solicitar cualquier aclaración o antecedentes que permita evaluar algún aspecto relacionado con la oferta técnica.
El resultado de la adjudicación será comunicado a todos los Proponentes cuyas ofertas haya sido abiertas.
Desempate: En caso de obtener iguales puntajes entre dos o más oferentes se aplicará la siguiente regla de desempate:
Se preferirá al proveedor que oferte servicios con mejor precio.
Se preferirá al proveedor que tenga mejor plazo de entrega.
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17. EFECTOS DE LA OMISIÓN DE ALGÚN DOCUMENTO, O REQUISITO ESPECIFICO EN LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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omisión de uno o cualquiera de los documentos que, de acuerdo a los términos de referencia, deba publicarse en el portal de mercado público, así como la omisión del nombre o firma o suscripción del respectivo original cuando ello se exija expresamente, será solo motivo para calificar por incumplimiento de formalidades con el menor puntaje, previo a tomar esta decisión se procederá a hacer la consulta por el portal www.mercadopublico.cl donde se solicitará la documentación faltante o aclaración si correspondiente y se determinará la fecha y hora para la entrega de estos antecedentes, vía correo electrónico del contacto en caso contrario quedará fuera de proceso de licitación. Las propuestas que se ajusten a los términos de referencia serán evaluadas sobre la base de los criterios y factores, publicados en el portal utilizándose dos decimales para la ponderación.
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18. ADJUDICACIÓN O RECHAZO DE LAS PROPUESTAS |
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Se adjudicará la presente licitación de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos en las presentes bases, la que se materializará a través de Decreto Alcaldicio, basado en el informe de la Comisión de Evaluación de la Propuesta, el que será notificado mediante la publicación el en portal www.mercadopublico.cl.
El proveedor adjudicado, al momento de la contratación deberá estar habilitado en Chile
Proveedores. Si no fuera el caso, el proveedor tendrá 5 días corridos para hacerlo.
La licitación, en consideración con las necesidades de la Municipalidad de Colchane, se adjudicará de manera MÚLTIPLE Y/O PARCIALIZADA al (los) proponente(s) que presente(n) una oferta económica por los productos requeridos por ÍTEM, que obtenga(n) el mejor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases administrativas.
El Alcalde, en representación de la I. Municipalidad de Colchane, se reserva el derecho de adjudicar la presente propuesta, de acuerdo a lo que más convenga a los intereses fiscales, en consecuencia, podrá disminuir algunas de las partidas indicadas en el presupuesto a fin de adecuarla a los fondos destinados para este proyecto. Se faculta para modificar, por razones fundadas, el plazo de adjudicación a través de decreto alcaldicio.
Sin perjuicio de lo anterior, la I. Municipalidad de Colchane podrá declarar no adjudicada la presente propuesta, con expresión de causa. La Comisión evaluará cada una de las ofertas de acuerdo a criterios específicos, ventajas económicas, plazos de entrega, debiendo el Municipio emitir resolución o circunstancias de la adjudicación. El adjudicatario de la presente licitación se elegirá de entre los proponentes que, habiendo cumplido todos los requisitos señalados, presente la oferta más conveniente y mayor puntaje total en la evaluación.
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19. READJUDICACIÓN |
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En el evento que el adjudicatario, se desista de su oferta, no suscriba el contrato en el plazo establecido en las bases; la Municipalidad podrá readjudicar al segundo mejor oferente que alcancen los puntajes mínimos para adjudicar.
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20. PROCEDIMIENTO PARA GENERAR LA ORDEN DE COMPRA |
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La orden de compra autorizada conforme por la unidad técnica se generará previa autorización de la Dirección Administración y Finanzas. La generación de las órdenes de compra la generará la Unidad respectiva. Una vez enviada la orden de compra a través del sitio de internet http://www.mercadopublico.cl el proveedor tendrá un plazo máximo de 3 días corridos para aceptarla o rechazarla. Si el proveedor no se pronunciare o rechazare la Orden de Compra del plazo estipulado, se informará a la Unidad de Compra respectiva y se procederá a rechazar la Orden (es) compra (s) y hacer efectiva la multa a los señalados en las Bases Administrativas.
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21. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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No se requerirá Contrato, ya que, en este caso, la Orden de Compra actuará como el acuerdo entre ambas partes, para tales efectos el adjudicatario, tendrá un plazo no superior a tres días corridos, para aceptar la OC. En caso que durante la ejecución del contrato se produzcan hechos que ameriten aumento o disminución de plazos o valores, podrá modificarse el respectivo contrato, con la anuencia del adjudicatario y sin necesidad de llamar a Nueva Propuesta, previa calificación de la Unidad Técnica. Todo lo anterior enmarcado bajo la Ley Nº 19.886 de Contratación y Compras Públicas.
Será responsabilidad del oferente adjudicado solicitar el respetivo contrato a la Municipalidad y gestionar su curso normal de acuerdo a lo establecido en estas bases, como también su entrega firmada al Municipio dentro de los plazos establecidos. Cualquier falta o incumplimientos de los plazos establecidos para llevar a cabo la tramitación del presente contrato, imputable al oferente adjudicado, será motivo de la aplicación de multas.
Duración del Contrato: La duración del Contrato y/o orden de compra tendrá un plazo máximo de ejecución hasta el 31 de diciembre del año 2025 contados desde el día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra, o hasta la entrega total de los productos solicitados.
Son Obligaciones del adjudicatario. Sin perjuicio de lo señalado en las especificaciones técnicas, las siguientes:
• Se deja expresa constancia que será de responsabilidad exclusiva del adjudicatario todo daño ocasionado a terceros o sus bienes como consecuencia de lo prestación de los servicios, eximiendo a lo municipalidad de toda responsabilidad para estos efectos.
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22. DEL PAGO, ENTREGA Y FACTURACION |
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Los pagos se efectuarán en un plazo máximo de treinta (30) días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de la correspondiente factura, recepción conforme por parte de la Unidad Técnica de los productos solicitados, y cumplidos todos los requisitos necesarios establecidos en las presentes bases
La Ilustre municipalidad de Colchane solicitará los productos requeridos, mediante una orden de compra, suscrita a través de la página web www.mercadoPublico.cl, conforme a los valores establecidos en el anexo adjunto y que correspondes a los ofertados durante el proceso de licitación.
El proveedor se obliga a hacer entrega de los productos requeridos por medio de orden de compra, según el plazo de entrega propuesto en su postulación, de acuerdo con requerimiento de la Ilustre Municipalidad de Colchane.
Los productos adquiridos se pagarán de manera posterior a la recepción total y conforme de la Ilustre Municipalidad de Colchane, en concordancia con la orden de compra respectiva.
Para los efectos del pago el adjudicatario presentara en el lugar de entrega de la Ilustre Municipalidad de Colchane, la siguiente documentación:
• Factura correspondiente al monto a pagar, la cual deberá indicar el numero de la correspondiente orden de compra, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Colchane, Rut: 69.250.400-3, domicilio Av. Teniente Gonzales S/N.
• Copia de la orden de compra con recepción conforme.
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23. MULTAS |
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El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los productos, de conformidad con las presentes bases
La Ilustre Municipalidad de Colchane aplicará las siguientes multas al adjudicatario:
a) Multa por atraso de entrega: Las multas por atraso en la entrega de los bienes se aplicarán por cada día corrido que transcurra desde el día siguiente al último día de plazo para entregar los productos y se calcularán como un 2% del valor de los bienes entregados con atraso (incluido los impuestos), con un tope máximo de 10 días hábiles.
Por lo tanto, las multas por atraso en la entrega de productos se aplicarán de acuerdo a la siguiente fórmula:
• Monto de la multa = días Corrido administrativos de atraso en la entrega * valor de los bienes entregados con atraso (incluido los impuestos) * 0,02.
b) Multa por incumplimiento de Canje: Las multas por el incumplimiento de las “Políticas de Canje” ofertadas, se calcularán como un 20% del valor de los bienes (incluido los impuestos) en que el proveedor no cumpla con las políticas de canje.
c) Multa por productos sin stock para despacho: En el caso de que el proveedor informe que no cuenta con stock para el despacho de lo solicitado en la Orden de Compra, se aplicará una multa que se calculará como un 10% del valor de los bienes sin stock (incluido los impuestos) que fueron solicitados en la Orden de Compra. Además, el proveedor deberá informar el plazo dentro del cual podrá cumplir con la entrega.
d) Multa por rechazo injustificado de una orden de compra: En casos en que el proveedor rechace injustificadamente una orden de compra, esto es, que sea por una causa distinta a las previstas en estas bases de licitación para el rechazo de ésta, se procederá a aplicar una multa equivalente al 10% del valor neto de la orden de compra que ha sido rechazada.
23.1 Procedimiento para Aplicación de Multas.
a) La Dirección de Administración y Finanzas efectuara los descuentos que correspondan de acuerdo al informe entregado por la Unidad Técnica.
b) El Supervisor o funcionario responsable designado para esta función, éste le informará al adjudicatario, a través de correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, la Entidad dictará la respectiva resolución, aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico.
c) Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo o resolución que aplica la multa.
d) En el evento que el proveedor no pague la multa, el monto de la misma podrá ser descontado del monto de la factura correspondiente que deba pagar a la Ilustre Municipalidad de Colchane.
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24. DEL TÉRMINO DEL CONTRATO. |
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La Ilustre Municipalidad de Colchane se reserva el derecho de poner término al contrato en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo.
a. Mutuo acuerdo entre las partes.
b. Ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes bases y las cláusulas del Contrato de Suministros, La Municipalidad estará facultado para poner, de manera unilateral, término anticipado al Contrato que haya adjudicado, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento de ninguna especie al infractor.
c. Si el Consultorio comprobare, previo peritaje técnico, errores graves en la calidad de los productos suministrados, los que comprometiesen la seguridad de los funcionarios y/o pacientes, y dicha situación no haya sido solucionada por el proveedor satisfactoriamente de acuerdo a las presentes Bases
d. Incurrir en rechazo injustificado de la Orden de Compra durante la ejecución del contrato suscrito.
e. Incumplimiento reiterado de los requerimientos técnicos, solicitados en la propuesta pública.
f. Por entrega de información errónea, maliciosa o no fidedigna proporcionada por el proponente adjudicado
g. Por incurrir el adjudicatario en atrasos reiterados en la solicitado del servicio adjudicado.
h. Por haber sido multado el adjudicatario en tres o más oportunidades por atraso en la entrega.
i. Cualquier incumplimiento al contrato por causas imputables al oferente, adjudicado, facultará al mandante, para poner término anticipado a éste, por simple resolución administrativa, sin forma de juicio, no obstante, cualquier otra medida que el caso requiera.
j. El adjudicatario será el único y exclusivo responsable por los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse durante la ejecución de los servicios contratados, tanto a personal dependiente de sí mismo, a la Municipalidad o a sus funcionarios, o a terceros ajenos.
k. Si el adjudicatario incurre en un atraso de entrega de los productos que supera los 10 días hábiles, se procederá dar término al contrato.
l. Si el proveedor o alguno de sus socios cayera en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
m. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
n. Rescindir contrato cuando hay quiebre de stock por un plazo mayor de 2 meses.
En caso de término anticipado del contrato deberá procederse a la liquidación de los servicios, la cual será aprobada por decreto Alcaldicio.
• Procedimiento termino anticipado:
Mediante oficio se informará al proveedor adjudicado el término anticipado del contrato, para lo cual se le concederá traslado, a fin de que manifieste sus descargos. Dicho traslado será de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación por carta certificada del referido oficio.
Dicha atribución de término se formalizará a través de una resolución fundada de la autoridad, a través de la cual se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará dentro de 24 horas en el sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl.
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25. FACTURACIÓN. |
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La facturación deberá indicar el Número de la Orden de Compra que la genera y debe ser acompañado con una copia de la Orden de Compra. Todo documento o pedido que llegue incompleto será devuelto. Los datos de facturación son:
NOMBRE : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLCHANE
DOMICILIO : AVENIDA TENIENTE GONZÀLEZ S/N
RUT : 69.250.400-3
GIRO : MUNICIPALIDAD
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