|
1.10. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS: |
|
Pacto de integridad: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°,4°,5°,6°,12° y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
e. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
h. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
i. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.1. NORMATIVA
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/24, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.2. PARTICIPANTES
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl
1.10.3. MODIFICACIONES A LAS BASES
La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada.
Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal.
Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.
1.10.4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La Dirección de Vialidad de la Región del Biobío, requiere para sus faenas de Administración Directa, un servicio de topografía, que debe incluir lo siguiente:
1.10.4.1 PERSONAL
• 1 Profesional, debe contar con licencia de conducción clase B.
Ingeniero Geomensor.
Ingeniero de ejecución en Geomensura.
Ingeniero Geomático
Ingeniero en Geomensura
Ingeniero en Geomensura y Cartografía
Ingeniero en Geomensura y Geomática.
• 1 Profesional (Topógrafo), debe contar con licencia de conducción clase B, tener experiencia comprobada en obras viales (a lo menos 1 año de experiencia).
Deberá realizar levantamientos topográficos detallados, incluyendo curvas de nivel, límites del terreno.
Identificar y documentar las condiciones físicas y geográficas del terreno, considerando factores como pendientes, drenajes y accesibilidad.
Deberá realizar nivelaciones, cubicaciones, fotogrametría y replanteos.
• 3 Alarifes calificados en el área de topografía. Al menos uno de los alarifes debe contar con licencia de conducción clase B.
Nota: Al menos dos (2) personas del personal solicitado deberán conducir la camioneta solicitada en el punto 1.10.4.2.
En el caso de que uno de los trabajadores adscritos no pudiese concurrir a realizar sus funciones en los horarios establecidos, será responsabilidad de la Empresa designar personal que cubra el mismo día y el horario establecido. Además, deberá informar de esta situación indicando nombre del trabajador que realizará el reemplazo, quien además deberá cumplir obligatoriamente con idénticos requisitos exigidos por bases al trabajador titular. El incumplimiento de este reemplazo en los términos indicados será causal de sanción, siendo considerando incumplimiento del servicio y se multará según lo indicado en las sanciones.
El Inspector fiscal citará al adjudicatario a una reunión de coordinación del inicio del contrato, la que se realizará una vez notificada la Orden de Compra y hasta el 5° día hábil, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl
1.10.4.2 EQUIPAMIENTO
El servicio de topografía, debe realizar labores de ejecución o materialización de proyectos de caminos básicos (replanteo de proyectos) y en menor medida o cuando se requiera levantamientos topográficos para elaboración de proyectos de Caminos básicos. Así como también se debe considerar trabajos topográficos requeridos para la Administración Directa.
Para lo anterior, el servicio de topografía debe disponer durante todo el contrato con los siguientes elementos:
• Camioneta doble cabina o vehículo tipo sub año 2017 o superior.
Considerar: en caso de avería o vehículo fuera de servicio debe disponer de otro vehículo de iguales o superiores características para reemplazo. Se deberá realizar mantenciones programadas del vehículo fuera del horario de trabajo estipulado en la bases.
• GNSS Geodésico (Base + móvil) con capacidad de rastrear señales GPS, GLONASS, Galileo y BeiDou, debe poseer un software de post-proceso. Además debe incluir trípode, base nivelante tribach con adaptador 5/8 para instalación de antena fija, jalón para equipo cinemático, libreta de datos, cable o sistema de descarga de datos RINEX a PC, Baterías extra de respaldo.
• Software del instrumento GNSS Geodésico que permita el procesamiento y ajuste de los datos GNSS. Debe procesar tanto archivos crudos como archivos Rinex y procesar posicionamientos diferenciales estáticos y cinemáticos.
Precisión mínima solicitada
Medición GNSS estática de alta precisión
Horizontal 3 a 5 mm + 0.1 ppm
Vertical 3.5 a 5.5 mm + 0.4 ppm
Medición GNSS cinemática con post-proceso
Horizontal 8 a 12 mm + 1 ppm
Vertical 15 a 18 mm + 1 ppm
• Estación total de 5” de precisión angular, debe estar con su certificado de calibración al día y vigente durante toda la duración del contrato.
• 2 jalones + 2 prismas + 2 bases nivelante tribach (Poligonales Topográficas)
• 2 trípodes con materialidad a elección de la empresa adjudicada
• 1 base nivelante tribach con adaptador 5/8 para instalación de antena fija
• 1 montaje magnético de triple imán para antena GNSS( para vehículos)
• 4 equipos de radio comunicadores de corto alcance (comunicación entre profesional y alarifes)
• Nivel topográfico 32X, debe estar con su certificado de calibración al día y vigente durante toda la duración del contrato.
• 2 miras estadimetricas de 4 metros.
• Notebook con programa de dibujo
• 1 Huincha de medir de 5 metros
• 1 Huincha de medir de 30 metros
• 1 Odómetro
• 2 Palas
• 2 Chuzos
• 3 Rozones
• 2 Combos o macetas
• 30 kg de Clavos de 2”
• 3 rollos de cintas de peligro de 15m
1. Equipamiento Inspección Fiscal (Ver Anexo Complementario)
El Inspector Fiscal al comenzar el contrato deberá verificar que el contratista cuenta con todo el equipamiento solicitado en las bases de licitación. En el caso de que el contratista no contare con el equipamiento solicitado en las bases de licitación, el Director Regional pondrá término anticipado al contrato, haciendo efectiva la garantía de Fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
En caso mantención programada, avería, panne, u cualquier otro imprevisto que ocurra con algún equipo, el contratista deberá reemplazarlo inmediatamente por algún otro equipo de iguales o superiores características a las señaladas en este punto de las bases de licitación.
1.10.4.3 SERVICIO REQUERIDO
El servicio de topografía, considera todo tipo de trabajos topográficos genéricos que se podrán solicitar en cualquier momento del contrato de acuerdo a los requerimientos de la Dirección de vialidad estos trabajos serán los siguientes:
- Replanteos de proyectos y control de proyectos de caminos.
- Levantamientos en coordenadas locales y/o georeferenciales.
- Confección de planos de planta, perfiles longitudinales y transversales. La entrega en digital o física según requerimiento del Inspector Fiscal.
- Cubicaciones de cualquier tipo.
- Comprobación de cotas y nivelaciones de terreno para escurrimiento de aguas.
- Levantamiento topográfico y control para la reposición o construcción de obras de arte.
Adicionalmente el servicio de topografía deberá ejecutar controles topográficos de cubicaciones para todas las faenas que involucren acopios de material pétreo y gravilla así como también para faenas de recebos de capetas granulares cuando el material es puesto en la carpeta del camino por las empresas contratistas del Vialidad.
El procedimiento de control será el siguiente:
Tipo Acción inicial Acción de control Producto a entregar
Acopios de material pétreo o gravilla
• Se deberá realizar el levantamiento topográfico con estación total (coordenadas locales) con 2 puntos de referencia (estacón de madera de 4x4” o monumento de hormigón prefabricado) los cuales deben poseer cota geométrica (nivel de ingeniero) y coordenadas.
• Se deberá levantar toda el área, lugar o superficie que recibirá el material pétreo o gravilla. Con esta información se deberá generar una base topográfica con cotas tipo sistema de damero con puntos separados cada 5m aprox.
• Una vez terminado el acopio se deberá realizar un nuevo levantamiento con las coordenadas de los puntos de referencia y se deberán tomar todos los puntos que formen el acopio (inferiores superiores, cambios de dirección, etc.)
• Luego completar la base de datos inicial y cubicar el material material.
Plano de acopio y cuadro de cubicaciones.
Recebos de carpetas puestos en la plataforma del camino
• Se deberá realizar un levantamiento topográfico con estación total (coordenadas locales) desde el kilometraje de inicio y hasta el kilometraje de término en donde se colocará el material pétreo. Se deben considerar a lo menos un punto de referencia (estacón de madera de 4x4” o monumento de hormigón prefabricado) cada 250m los cuales deben tener coordenadas locales o LTM y cota Geométrica (levantamiento con nivel). Luego se debe realizar el levantamiento con estación total imponiendo la cota geométrica a la estación total. Se deben tomar a lo menos 3 puntos (eje y bordes de camino) desde el kilometraje de inicio y cada 20m en zonas planas y sin curvas y cada 10m en zonas con curvas verticales u horizontales
• Con esta información se debe generar una base de datos y planos de planta más los respectivos perfiles longitudinales y transversales • Una vez colocado el material pétreo en la superficie del camino, se debe repetir el levantamiento topográfico con las mismas instrucciones de la etapa anterior esto es tomando los mismos puntos de terreno con estación total (coordenadas locales o LTM) Imponiendo la cota geométrica a la estación total. De esta forma se debe completar la base de datos generada en la situación inicial y completar los perfiles longitudinales y trasversales con la nueva información de terreno. Perfiles longitudinales y transversales más cuadro de cubicación.
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de revisar los trabajos encomendados con la unidad de topografía de Vialidad, quienes revisarán las especificaciones y la calidad del trabajo solicitado por el inspector fiscal. En caso de que los trabajos no sean satisfactorios se emitirán observaciones para que sean subsanadas, y en caso de que las observaciones no sean superadas quedara registrado como un “Trabajo mal ejecutado” lo cual es constitutivo de multa.
1.10.4.4 ZONAS DE TRABAJO
El servicio de topografía, considera la posibilidad de cubrir trabajos eventuales sobre cualquier punto que sea indicado por el Inspector Fiscal.
El contratista deberá contar con un lugar fuera de las instalaciones de Vialidad para el trabajo de gabinete que solicite el Inspector Fiscal, acudiendo a las oficinas de la Dirección de Vialidad para reuniones o entrega de trabajos solicitados por el Inspector Fiscal.
1.10.4.5 HORARIOS DE TRABAJO
El servicio de topografía deberá estar disponible durante todos los días hábiles (lunes a viernes) de los meses que dure el servicio de topografía (12 meses).
El horario de presentación en la oficina provincial que señale el Inspector Fiscal o en terreno según corresponda, será a las 8:30 y el horario de salida a las 17:30 hrs. lo que será controlado por el inspector fiscal del contrato.
1.10.4.6 ORDEN Y BITACORA DE TRABAJO
ORDEN DE TRABAJO: El inspector fiscal del contrato encargará vía correo electrónico a la empresa adjudicada una planificación semanal de los trabajos, los cuales podrán ser modificados por este mismo medio por requerimientos de la Dirección de Vialidad.
BITACORA DE TRABAJO: La empresa adjudicada deberá presentar al inspector fiscal al inicio del contrato (día 1) una bitácora autocopiativa tamaño carta u oficio con folio de 0 al 400 en donde de indiquen los siguientes campos a llenar:
• Fecha.
• Horario de inicio y término de trabajo.
• Nombre profesional a cargo.
• Nombre ayudantes.
• Descripción de faenas diarias ejecutadas.
• Firma profesional a cargo.
• Firma recepción conforme Inspector fiscal.
1.10.4.7 OTRAS CONSIDERACIONES
• Será de cargo de la empresa adjudicada el pago de sueldos, viáticos u otros incentivos del personal.
• Será de cargo de la empresa toda la implementación solicitada en el punto N° “1.10.4.2 EQUIPAMIENTO” de las bases.
• Será de cargo de la empresa adjudicada la mantención, reparación o reemplazo de cualquiera de los equipos y accesorios topográficos que utilice.
• Será de cargo de la empresa adjudicada los costos de combustible, peajes, reparación y mantención o cambio de la camioneta o jeep en que desempeñe el servicio de topografía.
• La empresa deberá entregar informes topográficos firmados, incluyendo planillas de cálculo si es pertinente, así como planos en formato CAD y/o PDF según solicitud del Inspector Fiscal.
• Será de cargo de la empresa adjudicada, validar la información contenida en los informes de los servicio de topografía requeridos por la Inspección Fiscal, esto a fin de garantizar que los datos topográficos sean utilizados de manera efectiva y precisa. Lo anterior, a través de un profesional del área (indicando nombre, Rut y firma).
1.10.4.8 MODO DE EJECUCIÓN
El Inspector Fiscal, designado para este servicio, deberá realizar lo siguiente, para la correcta ejecución del servicio:
a) Entregas:
• Al inicio del Servicio de Topografía, la Dirección Provincial de Vialidad correspondiente, deberá hacer entrega al Inspector Fiscal designado, el Plan de obras de ejecución de faenas de administración directa de las oficinas provinciales de la dirección de vialidad región del Biobío, que requerirán de apoyo de los servicios topográficos contratados. El programa de trabajo oficial, deberá ser aplicado por el Inspector Fiscal de acuerdo a la Ruta Crítica estipulada por la Dirección de Vialidad Provincial Correspondiente.
• En el inicio y desarrollo de los servicios topográficos, el Inspector Fiscal designado, deberá solicitar diversos informes de avances de programa y servicios topográficos, estos informes deberán respetar la estructura predefinida por la Inspección Fiscal. El formato de los informes debe ser entregado en dos versiones: versión PDF y versión Word (editable). Las dos versiones deben ser idénticas. Los cuadros de coordenadas deben ser cuadros elaborados en Excel, no se aceptarán cuadros de coordenadas insertados como imagen.
b) Planificación Trabajos:
• La Empresa deberá emitir informes semanales de planificación de los servicios topográficos a realizar, dichos informes deberán ser entregados cada viernes de la semana anterior a programar.
• La planificación debe ir apoyada por una Carta Gantt en donde se detallen todas las actividades a realizar en terreno y los tiempos correspondientes.
• La estructura y contenido del informe semanal deberá ser acordada entre la Empresa y el Inspector Fiscal al inicio del contrato.
• La Empresa asimismo , a solicitud del Inspector Fiscal vía email, preparará determinados informes para facilitar el control y la coordinación de los trabajos, y detectar cualquier desviación que permita tomar oportunamente medidas en los programas de trabajo que eviten retrasos de las Obras programadas por la Dirección de Vialidad Provincial correspondiente.
c) Control del servicio:
• Terminado el servicio, los primeros días del mes, el Inspector Fiscal, deberá enviar acta de recepción conforme y la evaluación del servicio correspondiente al mes anterior, para gestionar recepción conforme por hito en la orden de compra del Contrato de plataforma www.mercadopublico.cl
• La Unidad de compra, hará llegar el comprobante de recepción por hito, que otorga la de plataforma www.mercadopublico.cl
• Deberá acompañar estos antecedentes para el expediente de pago.
1.10.5. INGRESO DE OFERTAS
La documentación referida en el punto Nº 1.5. "Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, o algún archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.5.1. CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
1.10.6. APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.6.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA
Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRONICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.6.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.7. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de mantenerse la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate de la adjudicación, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia profesional”.
Si se mantiene el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate, que se adjudicará al proveedor que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.
Finalmente si persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en la plataforma www.mercadopublico.cl.
1.10.8. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
Se adjudicará esta licitación, al oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad (designación que se realizará por resolución fundada), y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío.
Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 54 del Reglamento de Compras, la integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.
1.10.8.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN
Se adjudicará a través de una resolución del Director Regional de Vialidad, Región del Biobío.
1.10.8.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL
Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.8.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA
La Orden de Compra, será emitida una vez recibida a plena conformidad la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y con el respectivo contrato aprobado por resolución totalmente tramitada. El plazo de ejecución de este contrato, comenzará a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 63 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, hará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.9. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.10. COMPUTO DE PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO:
El plazo de ejecución, comenzará a regir al día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl
1.10.11. GESTION DEL CONTRATO
a. TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b. HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación. Si esto no ocurre, se procederá a poner término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno del mismo.
c. EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: calidad / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura.
El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d. DURACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato tendrá una duración de 12 meses, y regirá desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
e. PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad, requiere que la Empresa que desarrolle la prestación del servicio, de cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, el personal que efectúa el servicio, debe contar con los elementos de protección personal (zapatos de seguridad, chalecos reflectivos protectores solares gajas entre otros) además la empresa adjudicada deberá poseer conos altos de 90 cm y 2 atriles con señales de obras hombres trabajando (fondo naranjo orla negra) de 80 x 80 cm. Esta información, será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, quien dejará consignado vía correo electrónico cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 1.10.16.1.4 de las presentes bases de licitación.
f. MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
f.1) Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, y por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial. Se entenderá que se alteran en los casos/situaciones explícitamente referidos en el artículo 129 del Decreto 661/2024. Tampoco se podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La Dirección de Vialidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
f.2) Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
ii. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
iii. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
iv. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
v. Disolución de la UTP.
i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
1.10.12. INSPECCIÓN FISCAL
La Dirección de Vialidad designará un Inspector Fiscal mediante la resolución de adjudicación, para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases administrativas y especificaciones técnicas de la licitación.
El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes del Inspector Fiscal, las que serán impartidas siempre por escrito a través de correo electrónico.
Las funciones de la Inspección fiscal del contrato, será en términos generales las siguientes:
a) Velar por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
b) Emitir un acta de recepción conforme, si correspondiere, para adjuntarlo a la factura.
c) Revisar y aprobar la documentación de pago, considerando eventuales multas.
d) Evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido.
e) Desarrollar todas las acciones tendientes al control y gestión que facilite la ejecución del contrato.
Toda la comunicación entre la empresa adjudicada y el Inspector fiscal deberá ser, a través de correo electrónico.
1.10.13. PRÓRROGA DEL CONTRATO
En caso que el nuevo proceso de compras no esté afinado al término del presente contrato, y debido a la imperiosa necesidad de contar con el servicio de topografía funcionando, este se podría prorrogar de común acuerdo de las partes, mientras esté en condiciones de operar el nuevo contrato. Esta prórroga, será por un plazo máximo de dos (2) meses.
En este caso, el proveedor deberá, además, presentar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato por dicha prórroga. El monto de esta Garantía será el equivalente al 5% del valor neto del contrato de prórroga, y el o los instrumentos que garanticen el pago, deberán cumplir con las mismas exigencias y condiciones establecidas para la garantía solicitada inicialmente.
La nueva garantía deberá ser presentada hasta el 5º día hábil, contado de la resolución que autoriza la prórroga. En caso contrario, se procederá al término del contrato, de conformidad con el vencimiento del plazo de vigencia original.
La aceptación de la prórroga por parte del proveedor adjudicado deberá ser entregada en un plazo máximo de 5 días corridos luego de formulada la solicitud por correo electrónico por parte del Área de Adquisiciones Regional. En caso de no manifestar su aceptación dentro del plazo indicado, se entenderá como rechazada.
1.10.14. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO:
1.10.14.1. RECEPCIÓN
El Inspector Fiscal, recibirá conforme el servicio de topografía, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos, lo que deberá acompañar al expediente a pago:
• Que se haya prestado efectivamente el servicio.
• Que se haya obtenido el certificado de habilidad del proveedor, por el encargado de adquisiciones respectivo. En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación. En la eventualidad que no regularice dicha situación, se pondrá término al contrato.
• Acta de recepción Conforme.
• Evaluación del Proveedor.
• Orden de compra en estado de recepción conforme.
• Comprobante de recepción por hito.
1.10.14.2. FACTURACION
El proveedor adjudicado, deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
• Esta se podrá efectuar mensualmente en la medida que se haya ejecutado el servicio establecido en las bases de licitación, de acuerdo a la instrucción del correo electrónico del Inspector Fiscal.
• Luego deberá verificar que en la orden de compra respectiva se haya realizado la recepción conforme por hito.
• La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
• Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
• Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código:
CÓDIGO 972, REG_08_DIRECCIÓN_ DE_ VIALIDAD_CONSERVACION
• La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
• En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la Ley N° 21.722 de presupuestos año 2025, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa.
1.10.14.3. FORMA DE PAGO
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura.
1.10.15. FACTORING
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).
1.10.16. SANCIONES
1.10.16.1. MULTAS: las multas se aplicarán administrativamente y se descontarán del monto de la factura a pagar.
1.10.16.1.1. Multa por no presentación en faena o no presentación del profesional.
Si la empresa adjudicada no se presenta en la faena según solicitud del inspector fiscal, o no se presenta el profesional, se aplicará la siguiente tabla de multas:
Días hábiles de no presentación ( mensual) Multa en % del valor mensual ofertado
1 2.0 %
2 4.0 %
2 días consecutivos 5.0 %
Más de dos días (consecutivos o no) Término anticipado de contrato
En caso de término anticipado de contrato procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
1.10.16.1.2. Multa Por no presentación de alarifes en obra.
Si la empresa adjudicada se presenta en la faena con solo dos alarifes se aplicará una multa equivalente al 1,0 % del valor mensual ofertado por el servicio, por cada día, con un máximo de dos días en un mes.
En caso de que el profesional se presente con menos de dos alarifes, o lo haga con dos alarifes por más de dos días, se descontarán los días y se pondrá término anticipado al contrato, procediéndose al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
1.10.16.1.3. Por Trabajos mal Ejecutados
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de revisar los trabajos entregados por la empresa adjudicaría, donde de encontrarse errores topográficos se procederá la siguiente tabla de multas:
Trabajos mal ejecutados Multa (UTM)
1 2 UTM
2 5 UTM
3 10 UTM
4 o más Término anticipado del contrato
Nota 1: Se considera un trabajo mal ejecutado cuando la Dirección de Vialidad revise los trabajos y se encuentren errores y/o inconsistencias con el trabajo realizado por la empresa adjudicada. Los trabajos mal ejecutados por la empresa adjudicataria serán acumulables a lo largo de todo el contrato.
Nota 2: La UTM a considerar para la aplicación de la multa será la del mes en que se detecte el trabajo mal ejecutado por la Dirección de Vialidad.
En caso de término de servicio por acumular 4 o más trabajos mal ejecutados por cada mes de servicio prestado, se pondrá término al contrato y al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
1.10.16.1.4. MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS
En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.
1.10.16.2. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y COBRO DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
En caso de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, se pondrá término anticipado administrativamente, y se efectuará el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Especialmente en los siguientes casos:
a. No presentación de la empresa en el lugar de faena según solicitud del inspector fiscal, por más de dos día en un mes (consecutivos o no).
b. No presentación del profesional en faena según solicitud del inspector fiscal, por más de dos días en un mes. (consecutivos o no).
c. Haber tenido multa por no presentación de la empresa o del profesional por más de dos meses consecutivos, o tres meses en total.
d. Si el profesional se presenta con menos de dos alarifes, o lo haga con dos alarifes por más de dos días en el mes.
e. Si se determinare que ha ejecutado mal cuatro o más trabajos por cada mes de servicio prestado.
f. No contar con el equipamiento señalado en el punto 1.10.4.2 o no haber entregado a la inspección fiscal, los elementos indicados en el mismo punto.
g. Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
1.10.17. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa.
En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La multa será deducida de la factura del mes en que ocurrió la falta.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Procedimiento para aplicación de término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de cinco (05) días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la sanción o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.18. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada. Esta situación será informada a la empresa que se encuentre “Inhábil”, a través de un correo electrónico, durante la revisión de los documentos para contratar.
1.10.19. ESTÁNDARES DE PROBIDAD
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
1.10.20. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria, deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y
el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado (o disponible), se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a. La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b. La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
1.10.21. FORMULARIOS
FORMULARIO Nº 1
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública “SERVICIO DE TOPOGRAFIA PARA APOYO DE EJECUCION DE FAENAS DE ADMINISTRACION DIRECTA DE LAS OFICINAS PROVINCIALES DE LA DIRECCION DE VIALIDAD DE LA REGIÓN DEL REGION DEL BIOBIO. OFICINA PROVINCIAL DE…………….” declara bajo juramento que:
• El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descrito en el artículo 4º de la Ley 19.886, Ley de Compras Públicas.
• Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ello por los vínculos de parentesco descritos en el Artículo 4° de la Ley N° 19.886, Ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima vierta en aquellos o éstas personas sean accionistas, ni una sociedad abierta en aquellos o estas sean dueños de acciones que representan el 10% o más del capital, y
• No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025.
FORMULARIO Nº 2
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública “SERVICIO DE TOPOGRAFIA PARA APOYO DE EJECUCION DE FAENAS DE ADMINISTRACION DIRECTA DE LAS OFICINAS PROVINCIALES DE LA DIRECCION DE VIALIDAD DE LA REGIÓN DEL REGION DEL BIOBIO. OFICINA PROVINCIAL DE…………”, declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025.
FORMULARIO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Programas de integridad y ética empresarial
En ____ de Chile, a _______ de ________________del 20__, don/doña ____________________________________, RUT __________________________, con domicilio en ___________________, en su calidad de persona natural o representante legal de _________________, viene en declarar que:
MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA:
Es persona natural o jurídica, con personal contratado, y tiene programas de integridad y ética empresarial, los que son conocidos y aplicados por su personal, en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Es persona natural, sin personal contratado, pero tiene programas de integridad y ética empresarial que acompaña.
Es persona natural o jurídica, sin personal contratado al momento de ofertar, tiene programas de integridad y ética empresarial (que acompaña), y por la presente declaración se compromete a implementar y difundir dichos programas, si eventualmente contrata trabajadores.
Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias.
Para el caso de la persona natural, sin personal contratado, igualmente debe acompañar sus programas de integridad y ética empresarial.
En el caso de persona natural o jurídica, sin personal contratado a la fecha de ofertar, y que con posterioridad contrata trabajadores, deberá acompañar, para efectos de la recepción del servicio o suministro (según corresponda) la documentación que permita acreditar que los programas son conocidos por su personal.
_____________________
Nombre, RUT y Firma
Oferente o Representante (s) Legal (es)*
* Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado.
OBSERVACIÓNES:
1. Si el oferente es una UTP, debe presentar este formulario por cada empresa que forme parte de la UTP
2. La Comisión de Evaluación podrá verificar lo informado mediante la presente declaración jurada.
FORMULARIO N° 4
CONTRATO
“SERVICIO DE TOPOGRAFIA PARA APOYO DE EJECUCION DE FAENAS DE ADMINISTRACION DIRECTA DE LAS OFICINAS PROVINCIALES DE LA DIRECCION DE VIALIDAD DE LA REGIÓN DEL REGION DEL BIOBIO - OFICINA PROVINCIAL DE …………….”
En Concepción, a XX de x de 2025, entre la DIRECCION REGIONAL DE VIALIDAD, RUT 61.202.000-0, representada por la Sr. Director Región del Biobío o su Subrogante, ambos con domicilio en Prat 501, piso 5º, Concepción, en adelante VIALIDAD y la empresa xxx, RUT: xxxxxx, representada por don xx, RUT: xx, ambos con domicilio en xxx, Comuna de xx, Ciudad de xx, en adelante LA EMPRESA, se suscribe el presente Contrato:
1. CONDICIONES GENERALES:
1.1. LA EMPRESA acepta la adjudicación de la Licitación por "SERVICIO DE TOPOGRAFIA PARA APOYO DE EJECUCION DE FAENAS DE ADMINISTRACION DIRECTA DE LAS OFICINAS PROVINCIALES DE LA DIRECCION DE VIALIDAD DE LA REGIÓN DEL REGION DEL BIOBIO OFICINA PROVINCIAL DE …………….”, adjudicada por Resolución Exenta DRV Nº xx, de fecha xx de xxxx 2025.
1.2. Las partes estipulan que las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Aclaraciones de la Licitación por "SERVICIO DE TOPOGRAFIA PARA APOYO DE EJECUCION DE FAENAS DE ADMINISTRACION DIRECTA DE LAS OFICINAS PROVINCIALES DE LA DIRECCION DE VIALIDAD DE LA REGIÓN DEL REGION DEL BIOBIO. OFICINA PROVINCIAL DE …………….”, convocada por VIALIDAD y la Oferta presentada por LA EMPRESA, que dan origen a este Contrato, forman parte del mismo para todos los efectos legales y prevalecerán sobre este Contrato.
2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:
LA EMPRESA acepta entregar a VIALIDAD, el "“SERVICIO DE TOPOGRAFIA PARA APOYO DE EJECUCION DE FAENAS DE ADMINISTRACION DIRECTA DE LAS OFICINAS PROVINCIALES DE LA DIRECCION DE VIALIDAD DE LA REGIÓN DEL REGION DEL BIOBIO. OFICINA PROVINCIAL DE……”, de acuerdo a Especificaciones Técnicas de la presente Licitación.
3. GESTION DEL CONTRATO:
3.1) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
3.2) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil", en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (Diez) días corridos, para regularizar su situación.
3.3) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluacion es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
3.4) DURACIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato tendrá una duración de 12 meses, o hasta que el presupuesto disponible sea utilizado, lo que ocurra primero, y regirá desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
3.5) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad, requiere que la Empresa que desarrolle la prestación del servicio, de cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, el personal que efectúa el servicio, debe contar con los elementos de protección personal (zapatos de seguridad, chalecos reflectivos protectores solares gajas entre otros) además la empresa adjudicada deberá poseer conos altos de 90 cm y 2 atriles con señales de obras hombres trabajando (fondo naranjo orla negra) de 80 x 80 cm. Esta información, será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, quien dejará consignado vía correo electrónico cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 1.10.16.1.4 de las bases de licitación.
3.6) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
3.6.1) Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial. Se entenderá que se alteran en los casos/situaciones explícitamente referidos en el artículo 129 del Decreto 661/2024. Tampoco se podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La Dirección de Vialidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
3.6.2) Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
ii. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
iii. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
iv. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
v. Disolución de la UTP.
i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
4.- RECEPCION FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
4.1. El monto del Contrato asciende a un valor aproximado de $ xx.- (xx de pesos), valor que incluye IVA, con un valor mensual de $ xx (x pesos).
4.2. RECEPCION
El Inspector Fiscal, recibirá conforme el servicio de topografía, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos, lo que deberá acompañar al expediente a pago:
• Que se haya prestado efectivamente el servicio.
• Que se haya obtenido el certificado de habilidad del proveedor, por el encargado de adquisiciones respectivo. En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación. En la eventualidad que no regularice dicha situación, se pondrá término al contrato.
• Acta de recepción Conforme.
• Evaluación del Proveedor.
• Orden de compra en estado de recepción conforme.
• Comprobante de recepción por hito.
4.3. FACTURACION:
El proveedor adjudicado, deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
• Esta se podrá efectuar mensualmente en la medida que se haya ejecutado el servicio establecido en las bases de licitación, de acuerdo a la instrucción del correo electrónico del Inspector Fiscal.
• Luego deberá verificar que en la orden de compra respectiva se haya realizado la recepción conforme por hito.
• La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
• Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
• Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código:
CÓDIGO 972, REG_08_DIRECCIÓN_ DE_ VIALIDAD_CONSERVACION
• La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
• En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la Ley N° 21.722 de presupuestos año 2025, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa.
4.4. FORMA DE PAGO
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura.
5. GARANTÍA FIEL Y OPORTUNO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
LA EMPRESA entrega ________________ Nº _______________ por garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato por un monto de $xxxxxxxxxxx.- (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx pesos) con fecha de vencimiento al ___ de ________ del __________.
Vencido el plazo por el cual hubiere sido otorgada, si no hubiere causal para su cobro, la devolución se gestionará en Unidad de Abastecimiento de Conservación Regional de la Dirección de Vialidad.
6. SANCIONES
6.1. MULTAS: las multas se aplicarán administrativamente y se descontarán del monto de la factura a pagar. La UF a aplicar, será aquella correspondiente al día en que ocurra la falta.
6.1.1. Multa por no presentación en faena o no presentación del profesional.
Si la empresa adjudicada no se presenta en la faena según solicitud del inspector fiscal, o no se presenta el profesional, se aplicará la siguiente tabla de multas
Días hábiles de no presentación ( mensual) Multa en % del valor mensual ofertado
1 2.0%
2 4.0 %
2 días consecutivos 5.0%
Más de dos días Término anticipado de contrato
En caso de término anticipado de contrato procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
6.1.2. Multa por no presentación de alarifes en obra.
Si la empresa adjudicada se presenta en la faena con solo dos alarifes se aplicará una multa equivalente al 1,0 % del valor mensual ofertado por el servicio, por cada día, con un máximo de dos días en un mes.
En caso de que el profesional se presente con menos de dos alarifes, o lo haga con dos alarifes por más de dos días, se descontarán los días y se pondrá término anticipado al contrato, procediéndose al cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
6.1.3. Por trabajos mal ejecutados
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de revisar los trabajos entregados por la empresa adjudicaría, donde de encontrarse errores topográficos se procederá la siguiente tabla de multas:
Trabajos mal ejecutados Multa (UTM)
1 2 UTM
2 5 UTM
3 10 UTM
4 o más Término anticipado del contrato
Nota 1: Se considera un trabajo mal ejecutado cuando la Dirección de Vialidad revise los trabajos y se encuentren errores e inconsistencias con el trabajo realizado por la empresa adjudicada. Los trabajos mal ejecutados por la empresa adjudicataria serán acumulables a lo largo de todo contrato.
Nota 2: La UTM a considerar para la aplicación de la multa será la del mes en que se detecte el trabajo mal ejecutado por la Dirección de Vialidad.
En caso de término de servicio por acumular 4 o más trabajos mal ejecutados, se pondrá término al contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
6.1.4. Multa por incumplimiento en materia de prevención de riesgos:
En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, ya sea porque la empresa no se los entregó, o no los renovó cuando debía, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada, debiendo la empresa asumir las sanciones por eventuales incumplimientos que se susciten con motivo de la suspensión de trabajos. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato, y cobro de la garantía que hubiese caucionado el fiel y oportuno cumplimiento.
6.2. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y COBRO DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
En caso de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, se pondrá término anticipado administrativamente, y se efectuará el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Especialmente en los siguientes casos:
a. No presentación de la empresa en el lugar de faena según solicitud del inspector fiscal, por más de dos día en un mes.
b. No presentación del profesional en faena según solicitud del inspector fiscal, por más de dos días en un mes.
c. Haber tenido multa por no presentación de la empresa o del profesional por más de dos meses consecutivos, o tres meses en total.
d. Si el profesional se presenta con menos de dos alarifes, o lo haga con dos alarifes por más de dos días en el mes.
e. Si se determinare que ha ejecutado mal cuatro o más trabajos.
f. No contar con el equipamiento señalado en el punto 1.10.4.2 o no haber entregado a la inspección fiscal, los elementos indicados en el mismo punto.
g. Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
7. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
Procedimiento para aplicación de multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa.
En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La multa será deducida de la factura del mes en que ocurrió la falta.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de cinco (05) días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución fundada la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existen, y las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la sanción o modificar la que fuera la propuesta por el Inspector Fiscal. Dicha resolución será publicada oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Para conformidad, firman el presente Contrato (En la eventualidad que sea de forma manuscrita, deberá hacer llegar 2 copias).
Director Regional de Vialidad Representante Legal
Empresa XXXXXX
|
|
|
|