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INSTRUMENTO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar a la Hospital San Camilo dentro de los diez días hábiles siguientes de la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por el Hospital, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa.
Con todo, la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato tomada por el adjudicatario, por un tercero a su nombre o por uno o varios integrantes de la unión temporal de proveedores, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento) del precio total del contrato, a la orden del Hospital San Camilo, Rol Único Tributario N° 61.602.038-2, con un plazo de vigencia no inferior a 60 (sesenta) días hábiles posteriores al término de la vigencia del mismo.
En el evento de que la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva.
En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, extendida a nombre del Hospital San Camilo. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único.
La garantía podrá ser otorgada físicamente, caso en el cual deberá ser presentada en la oficina de la Oficina de Partes, del Hospital San Camilo, ubicada en Av. Miraflores N°2085, y ciudad de San Felipe, entre 09:00 y 13:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario, o bien, podrá otorgarse electrónicamente, en cuyo caso deberá ajustarse a las disposiciones de la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico hsc.oficinadepartes@redsalud.gov.cl.
Glosa: Para garantizar el Fiel y Oportuno cumplimiento de Contrato de la licitación pública “SERVICIO DE MANTENCIONES Y REPARACIONES DE VEHICULOS DEL HOSPITAL SAN CAMILO SAN FELIPE”, ID 619133-106-LE23, RUT.:61.602.038-2
Monto: Equivalente al 5% (cinco por ciento) del precio total del contrato, con impuesto incluido a la orden del Hospital San Camilo, Rol Único Tributario N° 61.602.038-2.
Vigencia: Con un plazo de vigencia no inferior a 60 (sesenta) días hábiles posteriores al término del contrato
Devolución: El Instrumento de Garantía será devuelto al proveedor al término de 60 días después de finalizada la duración del contrato, siempre que no existan causales para su cobro. Corresponderá a la Sección de Abastecimiento comunicar a Contabilidad que debe hacer devolución de dicha garantía.
La custodia de los Instrumentos de garantía de Seriedad de Oferta y de Fiel Cumplimiento de Contrato, corresponderá a la Unidad de Contabilidad del Hospital San Camilo.
En caso de no cumplirse con algunas de las exigencias anteriores, será causal suficiente para que el Proveedor quede fuera de la Licitación, en especial, si la omisión u error se considera un aspecto de fondo, por ejemplo, no adjuntar Instrumento de Garantía por seriedad de la oferta o el tomador de la garantía presentada es distinto del oferente.
El Hospital estará facultado para hacer efectiva estas garantías, en caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato, sin perjuicio de las acciones que el Hospital pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o determinar el término anticipado del contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
En caso que no se haga entrega del Instrumento de garantía de carácter irrevocable, pagadero a la vista de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en la forma y plazo establecido en las presentes Bases 10 días hábiles después de haberse adjudicado en el portal www.mercadopublico.cl. ) en Hospital San Camilo se reserva el derecho de readjudicar al segundo oferente mejor evaluado
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