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Resolución de Empates |
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17) DESEMPATE DE LICITACIONES
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En caso de producirse igualdad en el puntaje total final entre dos o más ofertas, la adjudicación se resolverá aplicando, en forma sucesiva y excluyente, los siguientes criterios de desempate:
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Menor Precio Ofertado
Se privilegiará la oferta que presente el menor precio total ofertado, conforme a lo indicado en el Formato N°4 – Oferta Económica.
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Mayor Experiencia Acreditada
De mantenerse el empate, se privilegiará al oferente que acredite mayor experiencia en servicios similares, de acuerdo con los certificados, contratos u otros antecedentes válidamente presentados por el oferente en el Formato N°6 – Experiencia.
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Orden de Postulación en el Portal Mercado Público
Si aún persiste la igualdad, se adjudicará al oferente que haya realizado primero su postulación en el Portal Mercado Público, conforme a la fecha y hora de ingreso registradas en la plataforma.
De mantenerse el empate luego de aplicados los criterios anteriores, la Municipalidad resolverá mediante acto administrativo fundado, dejando constancia expresa de las razones que sustentan la decisión adoptada.
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Las obligaciones del adjudicatario |
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33) DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El proveedor adjudicado deberá cumplir cabalmente con todas y cada una de las obligaciones que se detallan a continuación, así como con aquellas contenidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, sus Anexos, el contrato respectivo, los requerimientos de la Unidad Técnica Municipal y toda normativa legal vigente, incluyendo la Ley N°19.886 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°661 de 2024:
Ejecutar el servicio de equipamiento técnico y producción integral adjudicado, conforme a los plazos, fechas, horarios y lugares establecidos en las presentes bases, su oferta y el memorándum técnico que da origen a la licitación, considerando montaje, pruebas, operación y desmontaje.
Proveer equipamiento técnico profesional de sonido, iluminación, pantallas, escenario, generación eléctrica y demás componentes requeridos, asegurando que estos se encuentren en óptimas condiciones de funcionamiento, cumplan con las especificaciones técnicas exigidas y con la normativa vigente de seguridad.
Disponer de personal técnico calificado y suficiente, responsable de la correcta instalación, operación, supervisión y solución oportuna de contingencias técnicas durante todas las jornadas del evento.
Garantizar la continuidad operativa del servicio, debiendo adoptar las medidas necesarias para evitar interrupciones y contar con planes de contingencia frente a eventuales fallas técnicas.
Mantener una coordinación permanente y comunicación fluida con la Unidad Técnica Municipal, acatando las instrucciones que ésta imparta durante la ejecución del servicio.
Responder de manera oportuna y eficaz ante observaciones, requerimientos o contingencias formuladas por la Unidad Técnica Municipal, disponiendo de los medios técnicos y humanos necesarios para su pronta solución.
No sustituir equipamiento, personal técnico ni componentes del servicio adjudicado sin autorización previa y por escrito de la Unidad Técnica Municipal, garantizando que lo ejecutado corresponda fielmente a lo ofertado y adjudicado.
Cumplir con todas las normas de seguridad, prevención de riesgos, eléctricas y laborales vigentes, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier daño a personas, bienes municipales o de terceros que se produzca con ocasión de la ejecución del servicio.
Dar cumplimiento a la normativa tributaria, municipal y de compras públicas vigente, resguardando en todo momento los principios de probidad, eficiencia, calidad del servicio e interés público que rigen la actuación de la Ilustre Municipalidad de Quinta de Tilcoco.
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multas y sanciones |
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Causal de Incumplimiento
Monto de la Multa
Atraso en el inicio de montaje respecto del horario establecido para cada jornada.
0,5 UTM por cada hora de atraso, con tope de 3 UTM por jornada.
No disponibilidad del sistema completo para pruebas de sonido en la fecha y hora exigida (especialmente la jornada del viernes 27 a las 10:00 hrs).
2 UTM por cada hora de atraso, con tope de 10 UTM por jornada.
No instalar total o parcialmente el equipamiento mínimo exigido por jornada (sonido/iluminación/pantallas/escenario/generación eléctrica), según Bases Técnicas.
3 UTM por cada componente mayor no instalado (Sonido / Iluminación / Pantalla / Escenario / Generación), por jornada.
Instalación de equipamiento distinto al ofertado/adjudicado sin autorización escrita de la Unidad Técnica.
2 UTM por cada sustitución no autorizada, por jornada, sin perjuicio de exigir restitución inmediata.
Equipos instalados con fallas operativas que impidan el funcionamiento normal (sonido saturado, luminarias fuera de servicio, pantalla sin imagen, etc.) y no se solucionen en el plazo indicado por la Unidad Técnica.
1 UTM por cada falla no subsanada, por evento/jornada.
Interrupción del servicio durante show/presentación por falla atribuible al proveedor (sonido, iluminación, pantalla, energía, control).
3 UTM por cada interrupción, más 1 UTM adicional por cada 10 minutos de detención.
No contar con personal técnico mínimo durante la ejecución (FOH/monitores/iluminación/pantalla/eléctrico/escenario), según lo ofertado o requerido.
2 UTM por cada técnico crítico faltante, por jornada.
Falta de soporte técnico en terreno para resolver contingencias (ausencia de jefe técnico o encargado responsable).
2 UTM por jornada.
No disponer de generación eléctrica conforme a lo exigido (KVA requerido / insonorización cuando corresponda / combustible suficiente).
4 UTM por jornada, y 2 UTM adicionales si genera interrupción del evento.
Falta de reposición inmediata o solución efectiva ante falla de equipos críticos (consola, generador, procesador, control iluminación, procesador de video, etc.).
3 UTM por cada equipo crítico sin respaldo/solución, por jornada.
Incumplimiento de medidas de seguridad en montaje/operación (cableado sin protección, tableros sin resguardo, estructuras sin fijación adecuada, ausencia de señalización en zonas de riesgo).
2 UTM por hallazgo, con obligación de corrección inmediata.
No disponer o no mantener en condiciones exigidas los elementos de seguridad y prevención comprometidos (extintores, kit antiderrames, señalética u otros exigidos).
1,5 UTM por incumplimiento, por jornada.
Incumplimiento de pantallas LED (medidas, resolución, orientación, controladores) respecto a lo exigido por jornada.
3 UTM por cada pantalla incumplida, por jornada.
Incumplimiento de escenario / Layher certificado (dimensiones, niveles, accesos técnicos, rampas, barandas, techumbre, rejas de seguridad, etc.) en jornadas que lo exijan.
5 UTM por incumplimiento, por jornada.
No presentar certificaciones / documentación exigible para estructuras o equipos cuando sea requerida por Bases/Unidad Técnica (p. ej. certificación Layher, documentación eléctrica, etc.).
2 UTM por documento no presentado.
No atender instrucciones técnicas de la Unidad Técnica Municipal durante la ejecución (reubicación, ajustes, refuerzos, coordinación, etc.).
1 UTM por instrucción no atendida.
No responder a observaciones o requerimientos formales (correo/acta) dentro del plazo otorgado por la Unidad Técnica.
0,5 UTM por requerimiento no atendido.
Reincidencia: reiteración de un mismo incumplimiento (3 o más veces) durante la ejecución del servicio.
3 UTM adicionales por reincidencia, sin perjuicio de otras multas aplicadas.
Incumplimiento grave que afecte la continuidad del evento o la seguridad del público/artistas (falla mayor sin solución, riesgo estructural o eléctrico, suspensión atribuible al proveedor).
10 UTM por evento, sin perjuicio de término anticipado y cobro de daños si procede.
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