Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y en lo no previsto en éstas, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases, las aclaraciones que emita CONAF, en respuesta a las consultas que fueren requeridas por los participantes a través del Foro del portal www.mercadopublico.cl. Las ofertas sólo se recibirán por medio de ésta plataforma de compras, y la Corporación podrá excluir de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en las Bases.
MODIFICACIÓN DE BASES
La CONAF podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. También podrá ampliarse la fecha de cierre, en el caso de no presentarse ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
POSTULACIÓN
Podrán participar en esta licitación, personas naturales o jurídicas que cumplan las especificaciones técnicas y administrativas indicadas en estas Bases de Licitación. El proveedor deberá postular en el Portal Electrónico www.mercado.publico.cl, debiendo cumplir con los criterios de evaluación exigidos e indicados en las presentes bases de licitación. Las ofertas deberán hacerse en un valor fijo mensual neto en pesos chilenos.
CONSULTAS Y ACLARACIONES ANTES DEL CIERRE DE LA LICITACIÓN
Las consultas referentes a las Bases de esta licitación pública, deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del Portal de Compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad, en los plazos estipulados en las presentes bases.
PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
En caso que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de CONAF, a través del foro inverso. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición. (Artículo N° 40 del Reglamento) De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, de acuerdo a lo indicado en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos"
CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE SU ADJUDICACIÓN
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “FORO INVERSO” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrá constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
OBSERVACIONES O RECLAMOS
El o los proponentes que deseen efectuar alguna observación, respecto de la apertura de las ofertas, deberá hacerlo a través del portal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadora de las ofertas recibidas en la presente licitación pública estará integrada por los siguientes funcionarios de la Corporación:
- Jefe del Departamento de Protección contra Incendios Forestales Región de Los Lagos, o quien designe
- Jefe de Sección Logística, Departamento de Protección contra Incendios Forestales Región de Los Lagos, o quien designe
- Jefe de Sección Administración Regional, o quien designe
- Jefe de Unidad Jurídica Regional o quien designe, en calidad de Ministro de Fe y asesor jurídico de la Comisión durante en proceso.
RESOLUCIÓN DE EMPATES
Ante una eventual igualdad de puntaje final ponderado, entre dos o más proveedores, se procederá al desempate dando prioridad a los Criterios de Evaluación en el siguiente orden consecutivo:
- “Tiempo de Respuesta”
- “Año de la Maquinaria ”
- “Precio”
De persistir la igualdad y no es aplicable ningún criterio anterior, se adjudicará al proveedor que haya ofertado en primera instancia, de acuerdo a fecha y hora registrada en el sitio web www.mercadopublico.cl
ADJUDICACIÓN, DESERCIÓN O INADMISIBILIDAD
La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho de adjudicar y/o declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidos en las Bases. Podrá además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. En estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada.
FECHA DE LA ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del E-mail lucinda.alvarado@conaf.cl, y serán respondidas por el mismo medio.
CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN
En el caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases; se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, o no de cumplimiento a los requisitos técnicos de la oferta, CONAF podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
ACEPTACIÓN DE LA OFERTA
a) La aceptación de la Oferta se comunicará inmediatamente por el Portal www.mercadopublico.cl
b) La Corporación se reserva el derecho de rechazar aquella maquinaria que, habiendo sido preseleccionada, no cumpla en forma satisfactoria, a su juicio, los requerimientos mecánicos, técnicos o de implementación y equipamiento, según lo exigido en estas Bases.
ANTECEDENTES LEGALES PARA REALIZAR EL CONTRATO
Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) al momento de la aceptación de la orden de compra, son los siguientes:
Encontrarse inscrito en el registro oficial de Proveedores del Estado, denominado Chile proveedores. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 06 de marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva. Esta Corporación examinará la habilidad legal del oferente adjudicado a partir de los antecedentes del proveedor, que se encuentren publicados en el registro de proveedores del estado.
FORMALIZACION Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato por la adquisición del servicio objeto de la presente licitación se formalizará dentro del plazo de 20 días a contar de la notificación de la adjudicación.
Se estima que el período de arriendo será de aproximadamente de 4 meses, dependiendo del inicio y término de la operación según planificación; sin perjuicio que por razones de fuerza mayor, como condiciones climáticas u otras, obliguen a CONAF modificar fechas, previa comunicación enviada al proveedor, con una semana de anticipación.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2) Si se disuelve la empresa adjudicada.
3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
5) En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 10 días hábiles.
6) En caso que la sumatoria de las multas cursadas por atrasos en la entrega inicial de los servicios y/o atrasos en la entrega de la maquinaria de reemplazo, sobrepasen la cantidad de 6 multas.
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
8) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
El Procedimiento de aplicación de Término del Contrato será: Una vez detectada una situación que amerite el término anticipado del contrato, el Encargado de Contrato notificará al proveedor a través de una carta del Director Regional, la cual se hará llegar en cualquiera de las siguientes canales, forma personal (libro de despacho), por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen el término anticipado del Contrato. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada de Término de Contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
En este caso de término anticipado de contrato, la renta de arrendamiento se pagará por la Corporación contra la presentación de la factura respectiva y cumplimiento de los demás requisitos exigidos en estas Bases, la que será proporcional al número de horas efectivamente realizadas hasta la fecha del término anticipado.
MULTAS
Con el objeto de asegurar la calidad y continuidad del servicio, CONAF estará facultado a cobrar multas de acuerdo a faltas al proveedor adjudicado, que según su gravedad se clasifican en:
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DESCRIPCIÓN
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MONTO
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APLICACIÓN
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Retraso inicial en la entrega de los servicios
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2.5 UF (valor vigente al día del cobro de la multa)
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Por cada día de atraso de la fecha de inicio acordada, que el oferente no preste el servicio
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Atraso en la entrega de la maquinaria de reemplazo que exceda de las 24 horas, contado desde la notificación realizada.
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2.0 UF (valor vigente al día del cobro de la multa)
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Por hora de atraso
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El proveedor que se adjudique la Licitación deberá cumplir diariamente con el servicio solicitado con la maquinaria que oferta, en caso que alguna de estas se descomponga, el proveedor deberá disponer y prestar el servicio de igual manera con una maquinaria igual o similar a la que ofertó, de lo contrario se aplicará multa según lo anteriormente descrito, y se dejará constancia del incumplimiento en la plataforma de compras públicas, todo lo anterior para resguardar un buen servicio.
No serán admitidas en ningún caso justificaciones presentadas una vez producido el retraso. El proveedor deberá comunicar por escrito, tan pronto prevea un retraso, el nuevo plazo, alegando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega del servicio, o en su defecto, no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente, por correo electrónico o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
El pago de las multas deberá materializarse rebajando el monto respectivo en la Factura, o mediante la emisión de una Nota de Crédito.
ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
La Corporación se reserva el derecho de solicitar las planillas de pago de cotizaciones y remuneraciones de los trabajadores del adjudicatario, si así lo estimare necesario.
FACTURACION Y FORMA DE PAGO
a) Los pagos se realizarán contra factura y recepción conforme del servicio, dentro de los 30 días siguientes del mes en el que se prestó el servicio.
b) Las facturas correspondientes al cobro deben ser emitidas por la misma persona o empresa que suscriba el contrato.
c) La Corporación exigirá, previo al pago de cada renta mensual, que el Contratista acredite mediante Certificado Laboral Previsional emitido por la Inspección Provincial del Trabajo, el cual señale el cumplimiento a la Ley Nº 20.123 sobre trabajos en Régimen de Subcontratación y Empresas de Servicios Transitorios (formularios F30 y F30.1)
d) La Corporación Nacional Forestal rechazará las facturas que no vengan acompañadas con los formularios F30 y F30.1.
La factura deberá ser extendida de la siguiente forma, a nombre de:
Razón Social: Corporación Nacional Forestal
RUT: 61.313.000-4
Giro: Otros servicios de apoyo a la silvicultura n.c.p.
Domicilio: Ochagavía N° 458
Comuna: Puerto Montt Región: De Los Lagos
Deberá enviar la factura electrónicamente a windte_dte@custodium.com indicando que dicha factura es a crédito. Él envió electrónico de la factura no debe ser superior a un plazo de 48 horas desde la emisión de la factura. Se deberá indicar en el campo Folio de la Referencia de la Factura el número de la orden de compra, el cual debe ser igual al número indicado en la orden de compra, sin puntos ni espacios, pero sí debe considerar todos los guiones (Ejemplo: 1037-XX-SE24 ).
DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El oferente adjudicado estará obligado a entregar el producto y/o servicio solicitado de acuerdo a lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas, anexos, contrato de adquisición de bienes o de prestación de servicios y otros documentos que así lo establezcan. Lo mencionado aplica igualmente para el caso de utilizar servicios y/o productos en calidad de subcontratación.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
En caso de falla de un vehículo, el proveedor deberá reponer el servicio mediante un vehículo de reemplazo dentro de 24 horas de comunicado el hecho que lo amerite, si pasado este plazo no cumple con la reposición del vehículo, a las 72 horas se podrá poner término al contrato.
SERÁN DE CARGO EXCLUSIVO DEL CONTRATISTA LOS SIGUIENTES GASTOS:
Lubricantes, reparaciones, servicios de mantención, repuestos y cualquier otro gasto que provenga de daños, o desperfectos que sufra el vehículo.
Los gastos que emanen el traslado de ida y vuelta del vehículo al lugar al que sea asignado por CONAF.
Las presentes Bases de Licitación formarán parte integrante del Contrato que se suscriba con el adjudicado, aunque nada se exprese al respecto en dicho Contrato.
RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES
Las responsabilidades de las partes emanadas de las bases de licitación, se adquieren desde el momento de la firma del contrato entre CONAF y el adjudicatario.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Las partes procurarán solucionar sus conflictos buscando puntos de común acuerdo. En caso que esto no prospere, se someterán a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt.
CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna circunstancia, la información verbal o escrita que, con motivo de la ejecución de lo licitado, reciba o tome conocimiento, relativa a actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, incluso después de la terminación del mismo. En consecuencia será responsabilidad del Proveedor el instruir a sus empleados que tengan acceso a dicha información, que deberán mantener la confidencialidad correspondiente.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación bases de que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA.
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
DESCRIPCION DEL SERVICIO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS:
CONAF requiere contratar la cantidad de 2 Excavadoras, para Prevención y Combate de Incendios Forestales, que cumplan con las exigencias técnicas requeridas, por horas de trabajo efectivo para actividades de Prevención y Combate de Incendios Forestales, con un total de 450 horas de trabajo para dos maquinarias durante el periodo desde la firma del contrato hasta el 30 de abril de 2025.
CARACTERÍSTICAS DE LA MAQUINARIA
Las Excavadoras deben corresponder como mínimo del año 2018 y de 20 toneladas o similar. Cabina en buen estado, Cerrada con protección, sistema hidráulico sin pérdidas, contar con horómetro, espejos, chicharra de retroceso, luces y sin logotipos publicitario de la empresa.
En términos de contexto como equipos mecanizado, se pueden desplazar a velocidades máximas de entre 5 a 15 km/h, con potencias hasta 770 HP con tren de rodaje tipo oruga con un cucharón 1,0 a 1,25 m³ para arrancar material, para hacer cortafuegos o zanjas y preferentemente contar con gancho agarrador (garra de agarre) compatible con la Excavadora para mover material.
Los antecedentes de las maquinarias deben ser anexadas a los antecedentes de postulación
UBICACIÓN DE LAS MÁQUINAS E INSTRUCCIONES TÉCNICAS PARA OPERADORES
CONAF Puerto Montt proporcionará un área de estacionamiento para las máquinas que estén prestando servicio. Una vez adjudicada la licitación de las maquinarias excavadoras, la empresa deberá disponer de su personal para que el personal técnico de CONAF le instruya sobre el trabajo realizar y sobre la metodología de control del trabajo de las maquinarias. CONAF a través de la Central de Operaciones Regional denominada COIGUE 1 ubicada en la ciudad de Puerto Montt, indicará los lugares de trabajo. Los trabajos serán dirigidos y controlados por un asistente de Operaciones o Jefe de Brigada CONAF.
CONSIDERACIONES DE LA OPERACIÓN DE LA MAQUINARIA
- Se considera hora efectiva de operación cuando la maquinara comienza a prestar el servicio en el lugar solicitado por CONAF a través de su Central de Coordinación Regional (CENCOR), por lo tanto los tiempos y traslados de las maquinarias deben ser considerados por los oferentes como parte del servicio requerido.
- Así mismo, la cantidad de horas efectivas trabajadas por cada máquina, por día, serán destinadas por CONAF, según la necesidad operativa.
- La empresa contratista deberá contar con un camión de transporte para el traslado de ambas máquinas dentro de la provincia de Llanquihue, estimándose una cantidad de 75 traslados en el periodo.
- Se considera un traslado, a la ida y el retorno por medio de camión cama baja. Estos costos deberán ser considerados en el valor total de la oferta.
- El soporte técnico para mantenimientos y combustibles son costos de la empresa de servicio.
- Ante emergencias por incendios forestales, las maquinarias podrán trabajar además en las provincias de Osorno y Chiloé, en este caso los traslados de la maquinaria CONAF lo pagará por separado por kilómetro recorrido de acuerdo a lo indicado por el oferente en su oferta.
- Por los traslados fuera de la provincia CONAF reintegrará los gastos de peajes y transbordos incurridos por la Empresa de Servicios por las operaciones de excavadoras en Prevención y Combate de Incendios, para esto el contratista deberá realizar una rendición adjuntando los comprobantes de pago de dichos gastos. Los costos por concepto de remuneraciones del operador de la excavadora, mantenimientos, reparaciones y combustible son de cargo del contratista.
- Son costos del contratista la alimentación de los operadores, el alojamiento y la entrega de vestuario y equipos de protección personal para los operadores. Los costos de peajes y transbordos serán a cargo de CONAF.
- El tiempo de respuesta para prestar servicio en el combate de incendios forestales será de 30 a 60 minutos, desde el momento en que la central de coordinación de CONAF, Coigüe1, llama al operador y/o coordinador de la empresa contratista.
- Ante emergencias que ocurran en otras provincias de la Región o en otras regiones del país la maquinaria será despachada en apoyo, solamente con la instrucción de la Central Regional de Coordinación CENCOR Puerto Montt.
MANTENIMIENTO
- Para la obtención del permiso de circulación, revisión técnica y contratación del seguro obligatorio, el Contratista dispondrá de no más de 1 (un) día, el que será previamente autorizado por el Jefe Regional de Departamento Protección contra Incendios Forestales de CONAF Región de Los Lagos o Jefe Sección de Control de Incendios Forestales.
- El Contratista dispondrá de 1 (un) día al mes, no acumulativo ni consecutivo, para efectuar el mantenimiento de cada maquinaria. Por razones de fuerza mayor la Corporación podrá parcializar este día de permiso en dos medios días, dentro del mes.
- Una vez autorizados los permisos indicados en los puntos a y b la Central Regional de Coordinación (CENCOR Región de los Lagos) del Departamento Manejo del Fuego CONAF Región de Los Lagos informará al propietario y coordinará su realización.
- Cualquier desperfecto de la Excavadora o por el cual éste resulte fuera de servicio (no operativo), deberá ser reparado por el Contratista en el tiempo ya indicado.
- Las mantenciones y reparaciones, o cualquier otro daño que sufra o cause la maquinaria, serán de costo del Contratista.
- En caso de accidente será obligación del contratista gestionar los trámites ante la Compañía de Seguros que corresponda.
- Si la reparación requiriese de un tiempo superior al ya indicado, el Contratista deberá reemplazar por su cuenta la excavadora por otra de similares características, y en lo posible con el mismo conductor. El reemplazo deberá realizarse al día siguiente del plazo señalado. En caso contrario, la Corporación queda facultada para contratar con cargo al propietario de la maquinaria que presta el servicio, una excavadora de reemplazo, en el valor diario que proporcionalmente corresponda según contrato.
- En todo caso, CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al número de días no trabajados, que superen el tiempo permitido para el mantenimiento o reparación de la excavadora.
INSPECCIONES
Se fiscalizará por parte de funcionarios de la Corporación, la conducción segura de cada conductor, además de las condiciones que presente el vehículo según Contrato a través de observaciones o inspecciones de acuerdo a lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud Ocupacional del Departamento de Protección contra incendios forestales.
USO DE LA MAQUINARIA
- La maquinaria será utilizada preferentemente dentro de la Provincia de Llanquihue, pudiendo trasladarse a las demás provincias de la Región de Los Lagos, o a cualquier punto del país, si las circunstancias así lo requieren.
- Durante el período de prestación del servicio, es decir en la Temporada de Prevención y Combate de Incendios Forestales 2024-2025, la maquinaria, como su o sus conductores, deberán permanecer en funciones para CONAF las 24 horas de cada día de la semana, considerando inclusive los Sábados, Domingos y Festivos. Durante el período del arriendo, el propietario deberá prever la disposición de un conductor de reemplazo, a objeto de que el titular disponga de sus días de descanso, de acuerdo a lo establecido en la legislación laboral vigente.
- Cada maquinaria se contratará con conductor u operador.
CONDUCTORES U OPERADORES
En lo relativo a los Conductores, titular y de reemplazo, se deberá dar cumplimiento a los siguientes aspectos:
- No existirá ningún vínculo contractual con CONAF, siendo de exclusiva responsabilidad del contratista el pago de las remuneraciones, horas extras, leyes sociales, etc., de acuerdo a la Ley Nº 20.123.
- Conocer cabalmente la maquinaria que operará y estar en posesión de licencia profesional vigente para operar la excavadora.
- El Operador deberá acatar las instrucciones del Asistente de Operaciones o Jefe de Brigada, respecto de la utilización de la maquinaria y, además, cumplir tanto con lo dispuesto en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad y el anexo: Normas de Higiene y seguridad para el personal que labora en el programa de protección contra incendios forestales.
- Por razones debidamente calificadas por la Corporación, queda facultada para que en cualquier momento, pueda exigir el cambio del Conductor u Operador sin apelación al respecto.
- Será responsabilidad del Contratista disponer para el Calzado de seguridad, Pantalón de Seguridad tipo Cargo color verde, Chaqueta azul con reflectantes tipo geóloga con estampado en la espalda color blanco la palabra CONDUCTOR U OPERADOR, camisa de trabajo color amarillo o polera manga larga protección UV, Antiparras, Protección auditiva, Bloqueador solar (Factor 50 mínimo), Guantes de cuero, Gorro tipo safari o Quepí-Jockey, casco amarillo y Lentes de protección UV.
- El Conductor deberá disponer de un fondo en dinero efectivo, en forma permanente, de $100.000, (cien mil pesos) para poder pagar reparaciones menores de la maquinaria. A su vez, deberá tener la precaución de establecer un mecanismo de reposición de dicho fondo, que no entorpezca la operatoria de la maquinaria arrendada. Las jefaturas del Departamento de Protección contra Incendios Forestales y Jefes de brigada en cualquier momento podrán solicitarle al conductor que indique la cantidad del fondo disponible.
- Será responsabilidad del Contratista, a través del conductor u operador, mantener la maquinaria operativa con combustible, en las diferentes misiones de operación de prevención o control de Incendios Forestales.
- Documentos del conductor (ley 20.123) El conductor deberá mantener carpeta en la maquinaria con la siguiente información: Contrato Trabajo, Copia Obligación de Informar DS.40, Procedimiento de trabajo seguro para operadores de excavadora, Copia de la recepción de capacitación EPP, Copia de entrega del Reglamento Interno Higiene y Seguridad de la empresa y un ejemplar de este documento. Además el conductor debe mantener libro de asistencia en todo momento, este podrá ser revisado por las Jefaturas del Departamento, Jefes de Brigada, Asistentes de Operaciones y Encargados de Seguridad del DEPRIF.
- Los conductores o contratista deberán costear los peajes y transbordos, los que serán rendidos por medio de una rendición de gastos donde cada comprobante o boleta será firmada por el respectivo Asistente de Operaciones o Jefe de Brigada de la unidad a la que sea asignada.
- El contratista deberá presentar la maquinaria para una pre-recepción 1 día antes del inicio del contrato para la revisión general del estado mecánico, de seguridad y accesorios solicitados en estas bases de licitación, previa coordinación con el administrador del contrato.
- El Contratista deberá colocar las excavadoras a disposición de la Corporación con estanque lleno de combustible, en el recinto que CONAF le indique previamente en la ciudad de Puerto Montt, y los gastos en que incurra por este concepto, serán de su costo. La Corporación al término de la temporada, devolverá las maquinarias en el mismo lugar.
- A la entrega de la maquinaria a CONAF el adjudicatario deberá acompañar copia del o de los Contratos de Trabajo de los conductores u operadores titulares y su reemplazo, salvo que éste sea el propietario del mismo, Carné de conductor y certificado de antecedentes.
- Para el caso que uno u otro operador fuera reemplazado, se deberá remitir a CONAF copia del contrato del nuevo operador dentro del plazo de 24 horas, sin lo cual no podrá percibir el pago de la renta mensual respectiva. Se deberá documentar además el contrato con el Organismo Administrador de accidente a la cual está adherida la empresa (Mutualidad) y cualquier otra documentación referida a la Ley 20.123 sobre Trabajos en Régimen de Subcontratación y Empresas de Servicios que la Corporación Nacional Forestal requiera para revisión.
- El conductor u operador deberá disponer de talonario de Reporte diario de operación, indicando horómetro de Inicio y termino de operación, además de indicar la actividad realizada fecha lugar (sector o Nombre Incendio Forestal) de ejecución. CONAF solicitará este documento para validar y llevar control de las operaciones y como medio de respaldo para el consiguiente pago.
- Todo conductor, deberá cumplir con una batería de capacitaciones dictadas por el personal de Prevención de Riesgos del Departamento, para con esto se valide idoneidad en la conducción según las necesidades operativas de cada brigada y su geografía.
SEGUROS
Conocido los resultados de la selección, el oferente adjudicado deberá contratar a su costa los seguros que cubrirán, por lo menos, los riesgos indicados a continuación, hecho que se acreditará mediante la entrega de las respectivas copias de las pólizas de seguros o fotocopias de éstas, emitidas por la compañía Aseguradora. Los vehículos deberán contar con los seguros solicitados en esta licitación, al momento de ser recepcionados por Conaf.
Seguro obligatorio:
- Seguro por daños propios y de terceros.
- Seguro por robo de accesorios y vehículo.
- Seguro por responsabilidad civil, y
- Seguro de asiento.
La vigencia de las pólizas de seguro deberá contemplar todo el período del contrato, de lo contrario, el contratista estará obligado a la renovación inmediata, siendo entregadas fotocopias de éstas al momento de la firma del contrato.
Si el vehículo queda fuera de servicio por cualquier motivo, este debe ser reemplazado a costa del contratista, por otro de similares características. El reemplazo se deberá realizar sin originar interrupción del servicio. En caso contrario CONAF queda facultada para contratar a costa del oferente adjudicado de un vehículo de reemplazo de las mismas características.
En caso de accidentes, será obligación del arrendador gestionar los trámites de los seguros señalados anteriormente.
INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y GRÁFICA INSTITUCIONAL
Adicionalmente CONAF instalará por su cuenta, los siguientes accesorios y equipos:
- Un equipo de radiocomunicación VHF, montado en un bastidor de abrazadera, que requiere de perforaciones en la cabina, el que será retirado una vez finalizado el contrato. Para el buen funcionamiento del equipo, el propietario deberá cuidar que en cada revisión o mantención preventiva sea verificada la caja reguladora de voltaje, de tal forma que no entregue más de 13.8 volts. La custodia de dichos equipos será responsabilidad del contratista, y la pérdida por cualquier motivo será de su cargo.
- Gráfica corporativa adhesiva, la que será retirada una vez finalizado el contrato.