|
Bases Administrativas |
|
A. BASES ADMINISTRATIVAS LICITACION 1057430-81-LE24
CONVENIO SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN PARA EL HOSPITAL DE LOTA
1. OBJETIVO DE LA LICITACION
Las presentes Bases Especiales y documentación anexada tiene por objeto regular los procedimientos de: Licitación Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, Ejecución, Recepción y Puestas en Marcha del contrato respectivo motivo de la presente Licitación.
Se requiere el Servicio de esterilización en autoclave proceso que incluya: traslado, recepción, y Esterilización de acuerdo a requerimientos especificados en Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación. Se pretende obtener la mejor calidad y oportunidad en la proveeduría del servicio a un precio conveniente.
2. CARACTERISTICAS DE LA LICITACION:
La presente Licitación Pública se realizará en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos, a través de sistema de información. Estas ofertas estarán sujetas a un Proceso de Evaluación, a partir del cual se determinarán él o los Oferentes Adjudicados. En la tabla siguiente se resume el tipo de Licitación:
Nombre Adquisición Convenio Servicios de Esterilización
Descripción La necesidad de contar con un convenio de servicios de esterilización para el Hospital de Lota, de acuerdo a lo establecido en las Bases, Especificaciones Técnicas y Protocolos del Mandante.
Tipo de Adquisición Licitación Pública entre 100 y 1000 UTM, con adjudicación múltiple, sin emisión automática de Orden de Compra.
Tipo de Convocatoria Abierta
Moneda Peso chileno
Etapas Una etapa
Toma de Razón por Contraloría NO requiere Toma de Razón por Contraloría
Suscripción de Contrato SÍ, escriturado
Publicidad Ofertas Técnicas Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la Licitación
3. ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social HOSPITAL DE LOTA
Unidad de Compra HOSPITAL DE LOTA, ABASTECIMIENTO
RUT 61.602.203-2
Dirección CARRERA 702
Comuna LOTA
Región OCTAVA
4. ETAPAS Y PLAZOS:
a) Calendario:
Etapa Plazos
Convocatoria de la Propuesta 1 día corrido a contar de la fecha y firma de Resolución Exenta Aprobatoria de Bases.
Fecha de cierre de recepción de ofertas 10 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
Fecha Acto Apertura Técnica y Económica 10 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
Fecha de inicio de preguntas 1 día corrido, a partir de la fecha de publicación.
Fecha final de preguntas 2 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
Fecha publicación de respuestas 6 días corridos a partir de la fecha de publicación.
Plazo de Evaluación de ofertas 40 días corridos, a partir de la fecha de Apertura
Fecha de Adjudicación 40 días corridos, a partir de la fecha de Apertura.
Si alguna fecha coincide un día sábado, domingo o festivo, el proceso se realizará el día hábil siguiente.
Visita a terreno: NO tiene
b) Consultas y Respuestas, Aclaraciones y/o Modificaciones:
Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de Licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal, haciendo referencia explícita al punto de las Bases, Especificaciones Técnicas o documentos que la integran y que motiva la consulta.
Las respuestas serán también públicas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos.
La Unidad Técnica podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas y hasta el día de la fecha indicada en el calendario de la Licitación como fecha de término de consultas y respuestas. Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Mandante. Cualquier modificación las Bases deberá ser aprobada mediante la respectiva Resolución.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena compresión de las presentes Bases, Especificaciones Técnicas o documentos que integran la propuesta.
NO SE DARÁ RESPUESTA A LAS CONSULTAS VERBALES, TELEFÓNICAS O EFECTUADAS FUERA DE PLAZO O EN FORMA DISTINTA A LA INDICADA ANTERIORMENTE.
5. GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional, salvo que expresamente se indique otra cosa.
6. DOCUMENTOS DE LA LICITACION:
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
• Las presentes Bases Administrativas
• Las Especificaciones Técnicas
• Las consultas y Respuestas
• Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
• Los formularios
• La oferta adjudicada
• La orden de compra y/o contrato
• Todo otro documento que forme parte de la licitación que emane del Hospital de Lota.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la licitación. El Servicio podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las Bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Servicio a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
7. MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
El Hospital podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia o solicitada por un oferente, antes de la recepción de las ofertas y hasta el día de la fecha indicada en el calendario de la Licitación como fecha de término de consultas y respuestas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl. Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Mandante. Cualquier modificación a las Bases deberá ser aprobada mediante la respectiva Resolución.
8. DE LOS PARTICIPANTES:
Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas que cuenten con la capacidad profesional y técnica necesaria para la prestación del servicio que se licita y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas; en la ley Nº 18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley Nº 19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S. 250/04).
Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Servicio, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
Los oferentes que participen de este proceso declaran conocer las disposiciones legales, normativas y reglamentarias que rigen las transacciones que se realizan a través del portal y no podrán alegar desconocimiento de ellas bajo ninguna circunstancia estando obligados a cumplirlas cabalmente, aunque ellas no se señalen en forma tácita ni expresa en este documento.
9. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES:
a) PERSONA NATURAL:
Requisitos para ofertar:
i. El oferente debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos mediante
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos 2 años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
ii. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
Requisitos para ser contratado: El adjudicado debe acreditar que cumple con las siguientes causales de inhabilidad:
• No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecido en el Código Penal”
• No estar afecto a lo señalado en el art. 35 quáter de la ley 19.886, que establece, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
• Estar Inscritos en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
• No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26 letra d) del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto de Ley N°211, de 1973
b) PERSONA JURIDICA
iii. Requisitos para ofertar: El oferente debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal y los señalados en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
iv. Requisitos para ser contratado: El adjudicado debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos:
• No estar afecto a lo señalado en el Art. 4º inciso 8 de la Ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios de los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la Letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas".
• No estar afecto a lo señalado en el art. 35 quáter de la ley 19.886, que establece, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
• Estar Inscritos y hábil en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos o hábiles en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse y regularizar su habilidad dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
• No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (Incumplimiento artículo 8 y 10, Ley 20.393)
• No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26 letra d) del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto de Ley N°211, de 1973.
c. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES. En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica. Los miembros de la unión temporal de proveedores deben estar inscrito y habilitados en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
Documentos UTP:
- Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
- Declaración Jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
- Escritura pública en el que conste la unión.
- Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
- En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
10. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA PROPUESTA:
10.1 Oferta administrativa:
Para los efectos de la presente licitación se entiende por documentos administrativos las certificaciones, antecedentes y en general, aquellos que den cuenta de la existencia legal y situación económica y financiera de los oferentes y aquellos que los habilitan para desarrollar actividades económicas y profesionales requeridas para la presente licitación.
El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en los Anexos N°1, N°2, N°3-A;3-B, N°4, N°5, N°6 y N°7 según corresponda, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural.
En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
10.2 Oferta técnica:
La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en formulario anexo y adjuntar las certificaciones o documentos necesarios para obtener el puntaje asignado.
• El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las especificaciones técnicas (Catálogos, fichas técnicas, certificados, entre otros)
• Deben incluir las Fichas Técnicas o catálogos en formato PDF, sólo de los productos o servicios solicitados en esta licitación, debe señalar claramente el N° de la Página.
• Cumpliendo con las características de los ítems señalados en el formulario anexo, el proponente deberá incorporar todos los antecedentes requeridos, a efectos de obtener la máxima calificación en la evaluación de la oferta técnica de los bienes. En caso contrario, es decir, en el evento en que el oferente no acompañe o presente solo algunos de los documentos, ejemplo que no adjunte Experiencia, su oferta será considerada inadmisible.
• El oferente deberá identificar todos sus equipos esterilizadores y ficha técnica, indicando capacidad diaria de esterilización en litros.
• El oferente deberá contar con supervisión permanente del proceso mediante un profesional de Enfermería calificado
• Los Formatos permitidos son: Word, Excel, PDF.
10.3 Oferta económica
El oferente debe cotizar en su oferta el valor unitario neto, sin considerar impuestos. El monto a señalar, debe considerar costo asociados.
La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en Formulario anexo N°7.
En caso que exista una contradicción entre el valor de la oferta publicada en el portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en la ficha electrónica.
- Las ofertas que no cumplan con lo anteriormente solicitado, se declararán inadmisibles.
10.4 De los Anexos:
Para presentar su oferta en la presente Licitación, el oferente deberá completar y presentar en Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos del Portal www.mercadopublico.cl los Formularios entregados por la Unidad Técnica en los Anexos de la Ficha Técnica del Portal. Para la presente Licitación los documentos requeridos son:
Antecedentes Administrativos ANEXO N°1 Identificación del Oferente:
Deberá completar y subir este anexo indicando antecedentes del oferente.
ANEXO N°2: Declaración Jurada Socios:
Deberá completar Anexo indicando Nombre, Rut y porcentaje de participación en la sociedad de cada uno de los integrantes de la Sociedad. De lo contrario, agregar que es persona Natural, sin dejar de completar el Anexo.
Además, El oferente deberá firmar los formularios electrónicos de declaraciones juradas de Mercado Público según corresponda.
Antecedentes técnicos ANEXO N°3-A Y 3-B: Experiencia: Deberá completar el formulario anexo con los datos solicitados y acompañar su oferta con respaldo de facturas y/o órdenes de compra con recepción conforme.
ANEXO N°4 Plazos: Deberá completar el formulario anexo indicando lo siguiente:
Tiempo procesos de esterilización, debe considerar el tiempo del transportista
porque se considera el servicio entregado en el Hospital.
ANEXO N°5: Cobertura:
Deberá completar el formulario anexo indicando lo siguiente:
• Ubicación donde se encuentran las instalaciones en que se realizarán los procesos de esterilización. Nombre y teléfono de contacto.
ANEXO N°6: Identificación de Equipos y Operador
Antecedentes Económicos ANEXO N° 7: Oferta económica:
Deberá completar el formulario en todos los campos solicitados. Debe incluir todos los costos asociados, presentes y futuros.
11. MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO
Estimación en base a Presupuesto Referencial
Fuente de Financiamiento Hospital de Lota
Moneda Peso chileno
Duración del Contrato Contrato de Ejecución en el tiempo, vigencia 24 meses
Prórroga SI, por 30 días hábiles y de mutuo acuerdo entre las partes.
Plazos de pago 30 días
Opciones de Pago Transferencia Electrónica.
Nombre responsable del Pago Jefe Contabilidad y Presupuesto
Email Responsable Pago ggonzalez@ssconcepcion.cl
12. PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS:
La Entidad podrá solicitar al proveedor la aclaración de errores u omisiones de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, no pudiendo afectar el principio de igualdad de los oferentes ni el principio de estricta sujeción a las Bases Administrativas. Se deberá informar dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contados desde el requerimiento vía portal www.mercadopublico.cl, para responder lo solicitado por el Hospital de Lota, o acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital de Lota no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
13. CRITERIOS DE EVALUACION:
Criterios Puntaje
a) Oferta económica 35%
b) Experiencia 20%
c) Tiempo procesos de esterilización 25%
d) Cobertura 10%
e) Cumplimiento Requisitos Formales 5%
f) Comportamiento Contractual Anterior 5%
a) Precio = 35%
Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Precio = Valor Oferta Mínima
Valor Oferta Evaluada
Se entenderá que la oferta mínima corresponde a la de menor valor del total de ofertas presentadas.
b) Experiencia: 20%
Para la evaluación de experiencia se considerará en prestación de Servicios de Esterilización por el proceso realizados que tenga o haya tenido en el mismo rubro.
Criterio Asignación de puntajes Medio de verificación
Experiencia • 10 puntos por cada Orden de compra con Recepción conforme y/o facturas, con un máximo de 100 puntos.
• Inadmisible: puntos si no acredita o no sube información completa. Formulario Anexo 3-A y 3-B,
CONSIDERAR PERIODO 2023 y 2024
Cálculo de puntaje: Total puntos X 0.20
IMPORTANTE: Debe presentar electrónicamente documentación que permita evaluar este criterio y los documentos a considerar son:
o Órdenes de compra con Recepción Conforme
o Facturas.
c) Tiempo Procesos de Esterilización = 25%
La Empresa deberá indicar el tiempo del proceso de esterilización de cada una de las líneas ofertadas, considerando una capacidad mínima diaria.
Los rangos de puntajes que le serán asignados a cada proceso son:
• Menor a 1 hasta 6 horas = 100 puntos
• Superior a 6 hasta 10 horas = 80 puntos
• Superior a 10 horas hasta 24 horas = 50 Puntos
• Superior a 24 horas = 30 Puntos
• No indica = 0 Punto
Los oferentes deberán indicar plazo en cada uno de los procesos indicados en el Formulario Anexo creado para esta instancia, considerando también el traslado hacia el Hospital de Lota.
d) Cobertura: 10%
La Empresa deberá indicar donde tiene las instalaciones para realización de los procesos de esterilización.
Los puntajes a otorgar son:
• Tiene sus instalaciones en las Comunas de Lota, Coronel, Arauco, San Pedro de la Paz, Concepción, Talcahuano = 100 Puntos
• Tiene sus instalaciones en otras Comunas = 1 Punto
• No indica = 0 puntos
Cálculo puntaje: Total puntos X 0.10
e) Comportamiento contractual anterior: 5%
Se considerarán las sanciones aplicadas y publicadas (amonestaciones, multas, términos anticipados y otros) en Mercado Público, dentro de los últimos 12 meses contados desde la fecha en que las presentes bases administrativas se encuentren en estado cerrada en el Sistema de Información, o en caso de no aparecer las sanciones en el Portal, las que haya aplicado el Hospital de Lota y que se encuentren totalmente tramitadas. Aquellos proveedores que no registren sanciones, automáticamente obtendrán el puntaje máximo.
N° sanciones dentro de los últimos 12 meses Puntaje
0 sanciones 100
Entre 1 y 2 sanciones 60
Entre 3 y 5 sanciones 30
Sobre 5 sanciones 1
Cálculo de puntaje = puntaje obtenido x 0.5
f) Cumplimiento de los Requisitos Formales: 5%
El Hospital de Lota podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores. A los proveedores que hayan ingresado todos los antecedentes hasta el cierre de recepción de ofertas se les otorgará el máximo puntaje 100 puntos. A aquellos oferentes que se les solicite aclaratoria de ofertas para los anexos administrativos y se le otorgue un plazo de 48 horas para presentar estos antecedentes, se le otorgará un puntaje inferior de 1 Punto.
Criterio Puntaje
Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre 100 puntos
Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud 1 punto
No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. Contados desde la solicitud. OFERTA INADMISIBLE
Cálculo de puntaje: Suma de puntos X 0.05
La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
Tratándose de las Uniones Temporales de Proveedores, y si el documento en que consta la unión no hace referencia en cómo evaluar los criterios de evaluación, la entidad promediará todos los antecedentes que se presenten por 2 o más integrantes del consorcio, y aplicables a los criterios de evaluación que corresponda.
14. SUBCONTRATACION:
Prohibido subcontratación: NO
15. NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTIAS:
15.1 GARANTIA SERIEDAD: No tiene
15.2 GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO:
A objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo a lo ofertado en todos sus términos, el proveedor adjudicado deberá entregar en Oficina de Partes del Mandante, dirección Carrera N° 702, Lota, en un plazo de 10 días hábiles, una garantía tomada por uno o varios integrantes del adjudicatario, a cual debe venir en un sobre cerrado y caratulado con la ID, nombre del proveedor y nombre de la propuesta a que se refiere la caución.
Esta garantía, además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886 (este párrafo corresponde sólo cuando se trate de compra de servicios habituales). En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Documento deberá tener carácter de irrevocable y las siguientes características:
Tipo de Documento Boleta de Garantía, el Vale Vista o Depósito a la Vista, Póliza de Seguro Electrónica, el Certificado de Fianza a la Vista o u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva.
Beneficiario Hospital de Lota – RUT 61.602.203-2
Pagadera A la vista
Vigencia Hasta 60 días hábiles posteriores al término del contrato
Expresada en Pesos
Monto 5% del monto estimado del contrato (Impuesto incluido).
Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. ID 1057430-81-LE24 Convenio Servicio de Esterilización para el Hospital de Lota.
Forma y oportunidad de restitución Respecto del o los oferentes adjudicados, para recuperar dicho documento, el oferente podrá elegir entre las siguientes opciones:
Opción N° 1: Les será devuelta transcurrido 60 días hábiles, contados desde la fecha término del contrato, la que podrá ser retirada personalmente en el Hospital de Lota, Oficina Caja, ubicada en Carrera N° 702, Lota, en horario administrativo.
Opción N° 2: Les será devuelta transcurrido 60 días hábiles, contados desde la fecha término del contrato, por carta certificada, al domicilio indicado en el Anexo N° 1 Identificación del Oferente.
El oferente deberá solicitar por correo electrónico a ggonzalez@ssconcepcion.cl la devolución de su Garantía, indicando la opción elegida.
Cobro:
El Hospital hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto.23, letra b) del 1 al 10. Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en el Pto.22 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dicho párrafo se indica.
En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles posteriores a la culminación del respectivo contrato.
16. DE LAS OFERTAS:
Las ofertas deberán ser ingresadas en el Portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación) dentro del plazo y hora estipulados en las presentes Bases.
16.1. Plazo de vigencia de las ofertas:
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días, desde la fecha de la publicación de la Licitación, si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Mandante podrá solicitar mediante correo electrónico u otro medio escrito a los proponentes antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los oferentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación.
16.2 Apertura de las ofertas:
El acto de apertura de las ofertas se efectuará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto los antecedentes administrativos, oferta técnica y oferta económica, a través del sistema de información.
16.3 Inadmisibilidad de ofertas y facultad se declara desierta la licitación:
Las ofertas serán declaradas fuera de bases o inadmisibles cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y el Hospital podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. A modo de ejemplo:
• La no presentación de las ofertas técnicas y económicas en el Portal de acuerdo a los requerimientos solicitados.
• No respaldar las ofertas técnicas con documentos solicitados en las Bases o subir los anexos o documentos en formatos no conocidos o compatibles.
• Si el adjudicatario infringiere la Ley N” 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4” de la referida Ley.
Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada, dejando establecido en estas Bases que los oferentes no favorecidos, no percibirán indemnización alguna, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas.
16.4 Evaluación de las ofertas:
Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación en una sola etapa, a partir del cual se determinarán él o los oferentes adjudicados. Este proceso se realizará de la siguiente forma:
Primero, se revisará el cumplimiento de los requerimientos mínimos estipulados en Planilla Evaluación Ofertas indicada a continuación, que resume lo señalado en el punto “ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA PROPUESTA”, en el que se verificará la presentación de los documentos anexos y certificaciones requeridas. El análisis de los mismos se efectuará con posterioridad. La Comisión Evaluadora será la encargada de realizar el check list de cumplimiento.
PLANILLA EVALUACION OFERTAS
(Uso exclusivo Comisión Evaluadora)
INGRESA DOCUMENTOS EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS SI / NO
ANEXO N°1: Identificación del Oferente
ANEXO N°2: Declaración de Socios
ANEXO N°3A- N°3B: Experiencia
ANEXO N°4: Plazos
ANEXO N°5: Cobertura
ANEXO N°6: Identificación Equipos y Operador
ANEXO N°7: Oferta Económica
Además, El oferente deberá firmar los formularios electrónicos de declaraciones juradas de Mercado Público según corresponda.
Las ofertas que no den cumplimiento total a los requerimientos mínimos exigidos en el referido anexo, no avanzarán a la segunda parte de la Evaluación.
Se procederá a la evaluación de las propuestas, lo que se efectuará internamente, analizando los antecedentes de aquellos proponentes que los presentaron en forma completa, ponderando las ofertas de acuerdo a los Criterios de Evaluación indicados en el Punto N° 13 de estas Bases.
En esta etapa de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá requerir el apoyo o la asesoría técnica que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento y establecer contacto con los oferentes en los términos descritos en el artículo 39 del Reglamento “Contactos Durante la evaluación”.
Se levantará un acta del proceso de evaluación en la cual quedará constancia de las actividades realizadas y se consignarán las observaciones formuladas respecto de las ofertas declaradas inadmisibles y los fundamentos de tal declaración que, caso de ser necesario, se complementará con un informe técnico por parte del referente. Finalmente incluirá una proposición de adjudicación o deserción, según sea el caso, que será firmada por los integrantes de la Comisión Evaluadora y formará parte de los antecedentes de la propuesta.
16.5 Comisión Evaluadora
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital de Lota, o quienes le subroguen legalmente:
Referente Técnico Enfermera de Esterilización o quien le subrogue
Subdirector Unidades de Apoyo o quien le subrogue
Subdirector Administrativo o quien le subrogue
Encargada Calidad Hospital o quién le subrogue
Encargada IAAS o quién le subrogue
Enfermero Gestión del Cuidado o quién le subrogue
Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercado público, el Hospital de Lota, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la Comisión Evaluadora.
En caso de considerar pertinente, la Comisión Evaluadora podrá requerir asesoría del Departamento Jurídico del Servicio de Salud Concepción.
La Comisión de Evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Mandante, de acuerdo al contenido de estas Bases y demás antecedentes, queda facultada para:
Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnicas y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas. Así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión.
Si, alguno de los miembros de la Comisión Evaluadora detectara que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el acto de evaluación, debiendo reemplazarlo su subrogante legal, en caso de ser jefatura o un profesional de igual calidad en caso de no serlo, quien continuará en el proceso de evaluación.
Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones o terceros sen oferentes o no, relativas a materiales vinculadas en la evaluación.
De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
El informe final de la comisión evaluadora, deberá referirse a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Adjuntar en el informe una declaración en la cual cada uno de los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses y se comprometen a resguardar la confidencialidad del proceso. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario, de acuerdo al orden de subrogancia establecido en la resolución que designa la comisión, o en su defecto, mediante acto administrativo.
16.6 RESOLUCION DE EMPATES
En el caso que dos o más oferentes al final de la evaluación obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la mejor oferta serán los siguientes, los que se aplicarán de uno a uno, en el orden de su numeración, hasta resolver el desempate:
1. Mayor puntaje Criterio precio
2. Mayor puntaje Criterio Plazo
3. Mayor puntaje Criterio Experiencia
4. Mayor puntaje Criterio Cobertura
5. Mayor puntaje cumplimiento requisitos formales
Si a pesar de lo anterior, continúa la igualdad, se adjudicará a la empresa que según la Comisión Evaluadora presente un mejor nivel de cumplimiento considerando comportamiento contractual, informe obtenido de las calificaciones existentes en la plataforma de compras públicas.
17. CONTACTO CON LOS OFERENTES:
Está definido que no puede existir contacto con los oferentes, salvo aclaraciones y lo especificado en las Bases y solo a través del Portal hasta la fecha de cierre de las ofertas.
Respecto a las consultas de adjudicación, el proveedor podrá realizar sus consultas vía email al contacto angela.rodriguez@ssconcepcion.cl
Las preguntas y respuestas serán publicadas en la Licitación y formarán parte integrante del proceso adjudicatorio.
18. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada Iuego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
En el evento que, los adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la adjudicación.
El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.
Por otra parte, la adjudicación será dejada sin efecto dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. Incluye el rechazo de la primera Orden de Compra que formaliza el contrato.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
d) Si se comprobare que alguno de los documentos o antecedentes presentados por el adjudicado no corresponden a la realidad.
En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El Hospital tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente indicando las razones del atraso, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).
19. DEL CONTRATO Y SU INICIO
El contrato se formalizará con la orden de compra, debido a que se trata de la compra de bienes de objetiva y simple especificación, siendo el documento que respalde el compromiso entre las partes. La orden de compra se entenderá notificada al adjudicatario 24 horas posteriores desde su envío en el portal Mercado Publico. En caso que no haya sido aceptada, se podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 48 horas desde la solicitud. Ésta deberá indicar en forma individual la descripción de los artículos adquiridos.
El convenio iniciará desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación y tendrá una vigencia de 24 meses.
20. DEL SERVICIO:
a) Operatoria del Convenio:
Durante la vigencia del contrato se seguirá el siguiente procedimiento:
• Esta Licitación se regirá por el sistema denominado “Adjudicación múltiple sin emisión automática de la Orden de Compra”, cuyas características y condiciones generales se encuentran en la Normativa e Instrucciones del Sistema de Compras y Contratación Pública, por lo cual el Mandante irá emitiendo a medida que se presenten las necesidades o requerimientos.
El Servicio es requerido directamente por el HOSPITAL DE LOTA a la Empresa Adjudicada, sin intermediarios, con requerimientos de Lunes a Domingo, según se describe en “HORARIOS Y LUGAR DE RETIRO O ENTREGA DE MATERIALES”.
• La Empresa debe firmar con fecha y hora el retiro de los materiales, en los Formularios que dispone el Hospital de Lota, según sea el caso.
• La Empresa al momento de entrega de los materiales esterilizados, debe firmar con fecha y hora. Lo anterior, para corroborar el cumplimiento del horario definido en estas bases.
• Cada entrega por parte de la empresa deberá ser acompañada con Guía de Despacho, semanalmente se chequeará las guías y obtenido el visto bueno, se generará la Orden de Compra y posterior a ello, la empresa adjudicada podrá facturar el servicio.
• En caso que se requiera un servicio de esterilización de carácter urgente, será la Enfermera de PABELLON, quien solicitará este servicio puntual, avisando a la Enfermera de Esterilización responsable del convenio, acordado con esta el plazo de entrega. Este servicio, aunque sea esporádico no tendrá un costo adicional con respecto a lo ofertado por la Empresa en línea de licitación.
b) De los precios:
• El ingresado por línea de licitación en ficha electrónica debe ser valor neto y expresado en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo, con excepción de los impuestos, que incida el mismo.
• Este valor será considerado para aplicar los criterios de evaluación, el proveedor deberá presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº 7 de estas Bases.
c) De las cantidades:
• El Hospital se reserva el derecho de modificar las cantidades licitadas o programadas, ya sea disminuyéndolas o aumentándolas, respetando en ambos casos los precios adjudicados, sin que dichas modificaciones signifiquen gravamen alguno para el Hospital.
• Se considerarán como modificaciones (aumentos) de las cantidades adjudicadas, los requerimientos de productos/servicios que se formulen en virtud de las variaciones de la demanda.
d) De la orden de compra:
• La primera orden de compra será emitida una vez que esté totalmente tramitado la Resolución de Adjudicación. Las órdenes de compra generadas al proveedor adjudicado sin compromiso mensual. El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para aceptar la orden de compra desde la notificación en el portal Mercado Público.
e) Entrega y Recepción:
• Al momento de recepción, se revisará envío de respaldo de verificación de controles químicos correctamente virados en cada carga.
• Disponibilidad para realizar el proceso de esterilización (Esterilización y despacho al hospital)
• Proceso de Esterilización por autoclave a vapor; con mínimo disponible ciclos de 134 °C, 121° C y ciclo de priones.
• Capacidad para esterilizar aproximadamente entre 5.000 y 5.500 litros diarios en autoclave.
• Autoclave con capacidad para esterilizar cajas grandes (medidas: 60 cms de largo, 30 cms de ancho, 19 cms de alto aprox.)
• Transporte acorde a las necesidades de resguardo del instrumental, carros con puertas o contenedores con tapa.
• Enviar registro de controles biológicos realizados para ser archivado en nuestra Central.
• Enviar copias de las cargas realizadas con nuestras cajas y con copia del boucher entregado por el esterilizador para tener los registros en nuestra unidad.
e) De la facturación
• De la facturación y presentación de estado de pago:
El adjudicatario deberá presentar una factura que deberá indicar los siguientes datos:
• Razón Social
• RUT
• Domicilio
• Nº de Orden de Compra
o Detalle servicio
o Valor
La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital de Lota, RUT. 61.602.203-2, dirección Carrera N° 702, Lota, cancelada en original y dos copias.
En el caso que la adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico indicado en la orden de compra.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
NOTA: Se solicita revisar o actualizar sistema de facturación electrónica a fin de que su factura sea enviada al correo dipresrecepcion@custodium.com en formato XML para poder ser rescatados por nuestro sistema. Adicionalmente incorporar número de orden de compra en COD: 801 al momento de emitir factura
f) Del pago:
El pago se realizará contra Acta de Recepción Conforme sin observaciones extendida por el Referente Técnico (Jefe Servicio de Esterilización o quién le subrogue) de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en las presentes bases, especificaciones técnicas.
Debe indicar cuenta corriente y entidad bancaria, para efectuar pago mediante transferencia electrónica.
El pago se efectuará en el plazo 30 días (de acuerdo a la Ley de Presupuestos 21.640 del sector público año 2024), contados desde la fecha de recepción conforme de la factura y de los artículos requeridos, salvo que se presenten algunas de las siguientes situaciones:
Las facturas mal extendidas o que no se incorporen los antecedentes propios de los productos adquiridos serán causales de devolución, por tanto, el plazo regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos.
21. DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
22. SANCIONES Y MULTAS:
a) De las multas y sanciones:
Cualquier incumplimiento de las bases y del acuerdo establecido con el proveedor facultará al Hospital de Lota para aplicar una o varias de las siguientes multas y sanciones:
FALTAS LEVES (1UTM)
Hechos Sanciones
1.- Retraso en la entrega de material Esterilizado Retraso En La Entrega De Material Estéril: Se aplicará una multa de 10 UTM por retraso, entendiéndose este cuando el material estéril sea entregado posterior al día y horario convenido entre las partes.
Se solicitará como documento de prueba a la enfermera coordinadora de pabellón o Enfermera de Esterilización, quienes al momento de recibir los materiales se percaten de este hecho, para lo cual se deberá realizar un informe describiendo la falta.
FALTAS GRAVES (2UTM)
Hechos Sanciones
2.- Pérdida O Daño De Instrumental O Equipamiento: Se aplicará una multa de 10 UTM por cada evento de pérdida o daño en el Instrumental o equipamiento que sea enviado a la empresas proveedora del servicio, para los procesos de esterilización convenidos, sin prejuicio de esto, el proveedor deberá además restituir el instrumental o equipamiento dañado o perdido, por otros con las mismas especificaciones técnicas de los originales, cuando esto sea producto de mal manejo de las mismas durante la vigencia del convenio.
Se considerará como responsable del instrumental o equipamiento a la empresa proveedora del servicio desde el momento en que este es entregado para su transporte hacia las dependencias de la central de esterilización y hasta la recepción conforme por parte de la enfermera de Esterilización del Hospital de Lota y/o quien la subrogue.
3.-Suspensión de Esterilizacion Programada El Hospital cobrará una multa de 10 UTM, cuando el proveedor adjudicado nos rechazare la solicitud de Esterilización por no contar con disponibilidad de maquinaria suficiente, por encontrarse en mal estado o en mantención, siendo por responsabilidad del adjudicado.
FALTAS GRAVÍSIMAS (3 UTM)
4.- Material NO estéril Se aplicará una multa de 10 UTM por cada evento, donde se detecte que el proveedor ha despachado material no estéril.
Se solicitará como documento de prueba a la enfermera coordinadora de pabellón o Enfermera de Esterilización, quienes al momento de recibir los materiales se percaten de este hecho, para lo cual se deberá realizar un informe describiendo la falta; Se considerará para esta causa aquel material que no cumpla con:
a) Empaque indemne: Se considerará a todo aquel material que su empaque no presente: Desgarros, agujeros, humedad, manchas, ruptura de sellos y/o cierres, libre de suciedad y se encuentre el empaque ajado por compresión.
b) Etiqueta fecha: según norma técnica sobre esterilización y desinfección de alto nivel y uso de artículos médicos estériles en establecimientos de atención en Salud. Minsal 2018, cada artículo esterilizado debe tener una etiqueta que indique la fecha de vencimiento, la cual se expresará informando mes y año de vencimiento.
c) Indicadores químicos: Cada uno de los artículos estériles debe tener indicador químico externo virado.
d) Secos: Se considerará a todo aquel material que no presente:
• Gotas de condensado en el exterior del empaque, siendo este papel grado médico o contenedores metálicos.
• Gotas de condensado en el interior de los empaques, la cual se detecta generalmente al abrir el material estéril, sin visualizar esta anomalía externamente a la inspección externa del empaque.
• Humedad absorbida dentro del empaque o retenida dentro de la caja, sin comprometer el empaque.
5.- Certificación
Del proceso de Esterilización La Institución prestadora del servicio debe enviar mensualmente copia de los indicadores biológicos realizados a sus máquinas. (Con resultados Negativos)
Para el cálculo de la multa, el valor a considerar de la UTM, para aplicación de ésta, será el valor del día en que ocurrió el incidente reportado en el informe que emitirá para tal efecto la persona encargada del contrato.
b) Procedimiento de aplicación de sanciones:
En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte del Referente Técnico, informarán a la Oficina de Contabilidad de aquellos proveedores que no dieron cumplimiento, hecho que deberá quedar registrado en el formulario de recepción de cada factura, al igual que el motivo de incumplimiento.
Luego, se le informará al adjudicatario por carta certificada, email, presencial u otro, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. A contar del quinto día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Dichos descargos deberán presentarse por correo electrónico a angela.rodriguez@ssconcepcion.cl o ser entregados en la Oficina de Partes del Hospital de Lota, ubicada en Carrera Nº 702, Comuna de Lota. Para estos efectos, el horario de recepción será de lunes a jueves de 08:00 a 16:50 y viernes de 08:00 a 15:50 horas.
Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará de respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la sanción. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de 5 días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada o vía email al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas, y al encargado del contrato.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de sanción, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La no recepción del correo certificado (postal) o correo electrónico por razones no imputables al Hospital, serán de responsabilidad exclusiva del proveedor.
El documento donde conste los descargos deberá indicar expresamente como referencia el número de documento del Hospital que informa la proposición de sanción.
Tratándose de las multas, éstas se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
El Hospital podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa de los Estados de Pago más próximos hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El Hospital podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
23. DE LAS MODIFICACIONES Y DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
a) De las modificaciones:
El Hospital podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).
b) Del Término Anticipado:
Serán causales de término anticipado del contrato que suscriba el Adjudicatario, las numeradas en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 y el Artículo 77 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley Nº 19.886, a saber:
1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere sancionado por el acto administrativo correspondiente:
a. Por una Falta Grave;
b. Por una Falta Gravísima.
2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
4. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
5. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
6. Por la incapacidad del adjudicatario para seguir adelante con la prestación de servicios contratados, derivada de problemas internos, pérdida de la representación de la marca ofertada, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros.
7. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
8. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e. Disolución de la UTP.
9. Por infracción a lo estipulado en el artículo 4º de la ley de compras.
10. Abandono de prestación del convenio. Esto ocurre cuando el proveedor suspende el despacho arbitrariamente e interrumpe la comunicación con el mandante.
11. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
a. No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
b. Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.
En el evento que se incurra en una de las causales contempladas precedentemente, se producirá el término del contrato, sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor de esencial a la presente cláusula.
c) Del procedimiento:
a. En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 al 10, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada u otro medio, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada u otro medio al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, si lo considerase necesario.
b. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 12 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
24. PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
25. DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el Punto 23 de las presentes bases.
26. RE-ADJUDICACION:
La presente Licitación podrá ser re-adjudicada a la segunda oferta, en los siguientes casos:
Que el proveedor adjudicado rechazara la primera Orden de Compra que formaliza el contrato.
Por interrupción del servicio por parte de la empresa adjudicada sin dar ningún tipo de explicación en un plazo no mayor a 10 días corridos.
En aquellos casos que por razones de interés público así lo determine el Hospital de Lota.
|
|
|