Licitación ID: 1271359-44-LE26
SERVIC. DE MANTENCIÓN GENERADORES ELECTRICOS LAMPA
Responsable de esta licitación: Corporación Municipal de Desarrollo Social Lampa
Fecha de Cierre: 18-05-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
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Productos o servicios
1
Generadores diesel 13 Unidad
Cod: 26111601
SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE GENERADORES ELÉCTRICOS UBICADOS EN DEPENDENCIAS DE SALUD, EDUCACIÓN Y ADMINISTRACIÓN CENTRAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVIC. DE MANTENCIÓN GENERADORES ELECTRICOS LAMPA
Estado:
Publicada
Descripción:
La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa requiere la contratación del servicio de mantención preventiva y correctiva de generadores eléctricos ubicados en dependencias de salud, educación y administración central, con el fin de asegurar su correcto funcionamiento, continuidad operativa y respuesta oportuna ante contingencias.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
LICITACIONES
R.U.T.:
70.954.200-1
Dirección:
Sargento aldea 898
Comuna:
Lampa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-05-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 05-05-2026 16:30:27
Fecha inicio de preguntas: 05-05-2026 20:01:00
Fecha final de preguntas: 11-05-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-05-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-05-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-05-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 03-06-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 15-06-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Semanas
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.
2.- Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público
3.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha hasta el cierre de recepción de ofertas. (F-30)
4.- Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”
5.- Formulario N°5 “Datos de pago”
6.- En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores” Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP): • Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores” • Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello. • No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP. • Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM
7.- Anexo “A” Declaración jurada firma manuscrita (En caso de que aplique)
Documentos Técnicos
1.- Formulario N°3: Oferta técnica
 
2.- Respaldo de capacitación o certificación del personal técnico, tales como: • certificados de cursos, • capacitaciones, • diplomas, • certificados del fabricante, • credenciales técnicas, • currículum firmado con respaldo suficiente.
 
3.- certificado SEC vigente del instalador; • Copia simple de la licencia o certificado descargado del registro SEC
 
4.- Informe de Disponibilidad Técnica: Documento detallado que describa el equipamiento, herramientas e instrumentos de diagnóstico destinados al servicio, adjuntando imágenes que acrediten fehacientemente la existencia y estado de: • herramientas de mantención, • instrumentos de diagnóstico, • elementos de medición, • equipos para pruebas, • y medios para la correcta ejecución del servicio.
 
5.- Procedimiento o declaración de seguridad para trabajos en grupos electrógenos, indicando uso de EPP, medidas de aislamiento, trabajo seguro, resguardo del área y cumplimiento de normativa eléctrica aplicable.
 
6.- Procedimiento de retiro, manejo y disposición de residuos generados en la mantención, incluyendo filtros, aceites, baterías, envases y demás residuos asociados
 
7.- Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda
 
8.- Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.
 
9.- Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”
 
10.- Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
 
11.- Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
 
12.- Formulario N°8 “Condiciones Laborales”
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE DESCRIPCIÓN 100 Acredita debidamente 5 experiencias 80 Acredita debidamente 4 experiencias 60 Acredita debidamente 3 experiencias 40 Acredita debidamente 2 experiencias 20 Acredita debidamente 1 experiencias 0 No declara o no acredita debidamente su experiencia Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, vinculados a: • mantención preventiva de grupos electrógenos, • mantención correctiva de grupos electrógenos, • reparación de sistemas de respaldo eléctrico, • servicios técnicos de generadores diésel o equivalentes. Con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos: a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas: • Decretos o Resolución de Adjudicación • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL. Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3. La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente: - En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL - En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente - Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible - No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente - La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde. El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo: - Nombre del cliente o mandante - Fecha de la entrega del servicio - Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación. - Tipo de servicio contratado - Teléfono de contacto Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,12 12%
2 Otras Materias de Alto Impacto Social 1. Inclusión laboral El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad. El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años). Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.  Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a. NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras. 2. Inclusión de género El oferente es una Empresa liderada por una mujer. Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer) 3. Fomento a empresas de menor tamaño. El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos. 4. Fomento de buenas prácticas ambientales La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables Deberá presentar alguno de los siguientes documentos: • Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente) https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/ • Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf • Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl. Se evaluará si el oferente acredita, mediante al menos un medio de verificación válido, el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones: • inclusión laboral; • enfoque o participación de género; • calidad de empresa de menor tamaño; • adopción de buenas prácticas ambientales. Para efectos de este criterio, las condiciones antes señaladas tendrán el carácter de alternativas, no siendo acumulables entre sí. En consecuencia: Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos. Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos. Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,02 2%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,02 2%
4 Precio Para efectos exclusivos de la evaluación económica, se entenderá por “Precio Evaluado” el monto total neto resultante de la valorización del itemizado oficial contenido en el Formulario N°4, calculado sobre la base de las partidas, unidades y cantidades referenciales definidas por la Corporación. La evaluación económica considerará: a) el valor ofertado para las mantenciones preventivas, entendiéndose que dicho precio incorpora el servicio completo, incluyendo mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas necesarias para su ejecución; y b) el valor ofertado para la mano de obra de las mantenciones correctivas. . PM= Precio mínimo ofertado PE= Precio que se evalúa Puntaje C7 = ((PM/PE) *100) * 0,50 La omisión de precios unitarios, la alteración del itemizado oficial, la modificación de partidas, unidades o cantidades referenciales, o la incorporación de condiciones que impidan la comparación homogénea de las ofertas, hará inadmisible la propuesta. Sin perjuicio de lo anterior, durante la ejecución del contrato el pago se efectuará únicamente por los trabajos efectivamente requeridos, ejecutados y recepcionados conforme, de acuerdo con las respectivas Órdenes de Trabajo y a los precios unitarios adjudicados. 50%
5 Cumplimiento de los requisitos Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos. Si Cumple = 100 puntos No Cumple = 0 puntos Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,02 2%
6 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3. Se evaluará la capacidad de respuesta y la garantía adicional ofrecida por el oferente. El puntaje se asignará según los plazos de respuesta ante fallas y la extensión de la garantía técnica. Se evaluará como se indica el siguiente detalle: • Evaluación por Sub-factor Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor Ej. Tiempo de garantía técnica 50 puntos * 0,09 • Ponderación TOTAL A% + B% + C% + D% + E% = C6 SUBFACTOR % DETALLES TIEMPOS MÁXIMOS DE RESPUESTA A. Tiempo de llegada a establecimientos de Salud 5 Hasta 6 horas = 100 puntos. Más de 6 y hasta 8 horas = 80 puntos Más de 8 y hasta 10 horas = 60 puntos Más de 10 y hasta 12 horas = 40 puntos Más de 12 horas = inadmisible B. Tiempo de llegada al resto de las dependencias 4 Hasta 12 horas = 100 puntos Más de 12 y hasta 16 horas = 80 puntos Más de 16 y hasta 20 horas = 60 puntos Más de 20 y hasta 24 horas = 40 puntos Más de 24 horas = inadmisible C. Tiempo de solución provisoria en establecimientos de Salud 5 Hasta 12 horas = 100 puntos Más de 12 y hasta 16 horas = 80 puntos Más de 16 y hasta 20 horas = 60 puntos Más de 20 y hasta 24 horas = 40 puntos Más de 24 horas = inadmisible D. Tiempo de solución provisoria en el resto de las dependencias 4 Hasta 24 horas = 100 puntos Más de 24 y hasta 32 horas = 80 puntos Más de 32 y hasta 40 horas = 60 puntos Más de 40 y hasta 48 horas = 40 puntos Más de 48 horas = inadmisible E. GARANTÍA TÉCNICA ADICIONAL A LA MÍNIMA EXIGIDA 9 24 meses o más = 100 puntos 18 a 23 meses = 70 puntos. 13 a 17 meses = 40 puntos 12 meses = 10 puntos Menor a 12 meses = 0 puntos 27%
7 Condiciones de empleo y remuneración En este criterio deberá ser informado en el formulario n°8 y se evaluará como se indica el siguiente detalle: • Ponderación TOTAL A% + B% = C5 SUBFACTOR % DETALLES a. Remuneración Bruta Mensual del equipo de trabajo (Formulario N°9) 3 RE: Remuneración evaluada RM: Remuneración máxima Puntaje = ((RE/RM) *100) * 0,03 El oferente deberá acompañar respecto del personal individualizado para la ejecución del contrato, cualquiera de estos: • Liquidaciones de remuneración de los últimos tres meses, • Comprobantes de cotizaciones previsionales pagadas del mismo período. • Contrato de trabajo o anexo vigente. • En caso de personal que aún no se encuentre contratado al momento de ofertar, podrá acompañarse compromiso formal suscrito por el representante legal, indicando cargo, jornada, remuneración bruta mensual y condiciones ofrecidas, sin perjuicio de la obligación del adjudicatario de acreditar la contratación efectiva al inicio de la ejecución. b. Tasa de empleo comunal (domicilio en Comuna de Lampa) del personal asignado a la ejecución 2 Sobre 80% = 100 puntos. Sobre 60% a 79% = 80 puntos. Sobre 40 a 59% = 60puntos. Sobre 20 a 39% = 40 puntos Sobre 10% a 19% = 20 puntos Inferior al 10% = 0 puntos. Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor Ej. 80 puntos * 0,02 Documento que acredite domicilio en la comuna de Lampa, respecto de cada trabajador computado para este subfactor. Puede ser cualquiera de estos: • certificado de residencia emitido por Junta de Vecinos, Municipalidad o notario; • cartola o certificado del Registro Social de Hogares, si consigna comuna; • certificado emitido por la AFP, Isapre/Fonasa, banco o institución oficial que registre domicilio. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SEGUN CDP
Monto Total Estimado: 7000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 20 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JAVIERA AYALA
e-mail de responsable de pago: javiera.ayala@corporacionlampa.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
Fecha de vencimiento: 15-09-2026
Monto: 5 %
Descripción: Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva. La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso. INSTRUMENTOS • Certificados de fianza • Boletas de Garantías • Vale vista • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: ID 1271359-44-LE26 SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE GRUPOS ELECTRÓGENOS 2026-2027
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía. El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente. XI. EFECTIVIDAD GARANTÍA La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato podrá hacerse efectiva, total o parcialmente, por la Corporación, en forma administrativa y mediante acto fundado, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial previa, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le imponen las presentes Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, la oferta adjudicada, el contrato y los requerimientos formalizados durante su ejecución. Para los efectos precedentes, se entenderá que el incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto, tardío o parcial de las obligaciones del adjudicatario. Sin que la siguiente enumeración sea taxativa, la Corporación podrá hacer efectiva la garantía en los siguientes casos: a) Termino anticipado del contrato, imputable al proveedor. b) Incumplimiento grave o reiterado. c) Cobro improcedente de materiales, repuestos, insumos o accesorios, cuando éstos no hayan sido previamente cotizados, revisados y autorizados por la Contraparte Técnica, o cuando los valores cobrados no se ajusten a lo aprobado. d) Daños causados a los grupos electrógenos, instalaciones o bienes de la Corporación, cuando éstos sean imputables al adjudicatario por mala ejecución, negligencia, manipulación incorrecta, falta de resguardo o cualquier otra causa atribuible a su actuación, y no sean reparados o asumidos íntegramente por éste dentro del plazo instruido. e) Multas impagas o no descontadas, cuando el adjudicatario no pague directamente las multas aplicadas o no sea posible descontarlas del respectivo estado de pago, caso en el cual la garantía podrá hacerse efectiva por el monto necesario para cubrirlas. f) Incumplimiento comprobado de obligaciones laborales y sociales respecto del personal del adjudicatario, o falta de entrega de los antecedentes exigidos para acreditar su cumplimiento, de conformidad con la normativa vigente y lo establecido en las presentes Bases. La efectividad de la garantía será compatible con la aplicación de multas, con el rechazo de cobros improcedentes, con la obligación de subsanar el incumplimiento y, cuando proceda, con el término anticipado del contrato y el ejercicio de las demás acciones que correspondan. En caso de cobro total o parcial de la garantía, el adjudicatario deberá reponerla o reemplazarla por otra de igual monto y condiciones, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la notificación del acto administrativo que disponga su cobro. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, tratándose de esta contratación de servicios, asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, y deberá mantenerse vigente hasta, a lo menos, sesenta (60) días hábiles después de culminado el contrato, o por el plazo superior que establezcan las presentes Bases. La garantía deberá ser prorrogada por el oferente adjudicado cuando exista extensión en los plazos de la entrega de los bienes o servicios adquiridos u otras circunstancias que se le informen. Dicha prorroga será requerida por la corporación quedando obligado el oferente adjudicado a endosar su garantía o emitir una nueva a satisfacción de esta corporación, la que deberá ser entregada dentro del término de 5 (cinco) días hábiles una vez sea solicitada por la entidad, siendo obligación del oferente adjudicado mantener vigente su garantía durante la vigencia de la formalidad.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, TECNICAS Y FORMULARIOS

NOMBRE

SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE GRUPOS ELECTRÓGENOS 2026-2027

    I.       ASPECTOS GENERALES

Unidad Solicitante

Unidad de Movilización

Centro de Costo

Administración central

Educación

Salud

Tipo de licitación

LE de 100 a 1.000 UTM

Presupuesto estimado

2026

SALUD

$2.500.000

$ 7.000.000.-

EDUCACIÓN

$500.000

ADMINISTRACIÓN

$500.000

2027

SALUD

$2.500.000

EDUCACIÓN

$500.000

ADMINISTRACIÓN

$500.000

Financiamiento

Según certificado de disponibilidad presupuestaria

Precios

Valor unitario, el precio se determina por unidad de medida, y no por un precio global (suma alzada). Esto significa que el pago se realiza en función de la cantidad de bienes o servicios efectivamente entregados o ejecutados, multiplicada por el precio unitario adjudicado.

Etapas

La apertura de las ofertas se realizará en una sola etapa a través del sistema de información del Portal Mercado Público. Sin perjuicio de ello, la Comisión Evaluadora deberá revisar en primer término la admisibilidad administrativa y técnica de las ofertas, evaluando únicamente aquellas que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases.

Garantías

Garantía De Fiel Cumplimiento

Formalización

  • Contrato
  • Orden de Compra Portal
  • Órdenes de compra interna según requerimiento.

Opciones de pago

Transferencia Bancaria

Plazo de pago

30 días

  1. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA EN EL PORTAL

Para efectos de la presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, el oferente deberá ingresar como valor económico el monto/valor total neto (sin impuestos) del último ejercicio informado en formulario N°4 “económico”, montos que deben coincidir en ambas partes de la presente licitación.

Sin perjuicio de lo anterior, la oferta económica válida y vinculante del oferente estará constituida por los valores unitarios informados en el Formulario N°4 Oferta Económica, debidamente completado y adjunto en el portal, los que deberán expresarse en pesos chilenos, valores netos, e incluir todos los costos directos e indirectos asociados al cumplimiento del contrato.

El monto ingresado en el portal tendrá un carácter referencial y de habilitación de la oferta económica dentro del sistema, no constituyendo por sí mismo el valor unitario adjudicado ni obligando a la Corporación a consumir la totalidad del presupuesto estimado.

En caso de discrepancia entre el monto total ingresado en el portal y los valores unitarios contenidos en el Formulario N°4, prevalecerá lo señalado en el Formulario N°4 para todos los efectos de evaluación, adjudicación, ejecución, facturación y pago.

 III.          MODELO DEL CONVENIO

La presente contratación corresponderá a un convenio de suministro a demanda, adjudicado a un solo oferente, para la prestación del servicio de mantención preventiva y correctiva de grupos electrógenos de la Corporación, de acuerdo con los requerimientos efectivos de la entidad y a los valores adjudicados.

La contratación considerará dos modalidades de ejecución:

a)    Mantención preventiva:

La mantención preventiva será adjudicada y pagada como un servicio completo, comprendiendo dentro del valor ofertado y adjudicado la provisión de la mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas necesarias para su correcta ejecución, conforme a las Bases Técnicas.

b)   Mantención correctiva:

La mantención correctiva será adjudicada y evaluada económicamente respecto del valor de la mano de obra ofertada por el proveedor. En caso de requerirse materiales, repuestos, insumos, componentes o accesorios para su ejecución, éstos deberán ser cotizados separadamente para cada requerimiento, individualizando su descripción, cantidad, valor unitario y valor total, quedando su adquisición, provisión, instalación y cobro sujetos a la aprobación previa y expresa de la Contraparte Técnica.

El valor de los materiales y/o repuestos necesarios para las mantenciones correctivas deberá ajustarse a valores de mercado. Para estos efectos, el proveedor deberá remitir a la Contraparte Técnica la respectiva cotización, desglosando mano de obra conforme al valor adjudicado y materiales/repuestos requeridos. La Corporación evaluará la conveniencia técnica y económica de dichos valores y otorgará el visto bueno respectivo conforme a sus intereses, presupuesto disponible y al mecanismo definido en las Bases.

La circunstancia de que los materiales, repuestos o insumos de las mantenciones correctivas no formen parte del precio evaluado de dicho ítem no implica que se encuentren excluidos del presupuesto estimado del contrato, sino únicamente que su valorización y pago se determinarán durante la ejecución contractual, caso a caso, previa autorización de la Corporación


IV. ETAPAS Y PLAZOS


Fecha de publicación

05-05-2026

Plazo para realizar consultas

11-05-2026

Plazo para publicar respuestas

13-05-2026

Fecha de cierre para presentar ofertas

18-05-2026

Fecha de apertura técnica y económica

18-05-2026

Fecha de adjudicación

03-06-2026

En caso de NO cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

En caso de alguno de los plazos señalados expiren en días sábados, domingo o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente.

  V.   CONTENIDO DE LA OFERTA

Todos documentos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales.

  • Las proposiciones, declaraciones y formularios exigidos en estas bases deberán ser suscritos mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas. Se entenderá por Firma electrónica aquella emitida por prestadores acreditados o por sistemas institucionales que garanticen trazabilidad, integridad y autenticidad.

  • Excepcionalmente, la Corporación podrá aceptar documentos suscritos con firma manuscrita escaneada (imagen), únicamente cuando se acompañen de la “Declaración Jurada de Autenticidad de Firma Manuscrita Escaneada” (Anexo N° A), cumpliendo copulativamente lo siguiente:

a)      La declaración jurada deberá ser firmada manuscritamente en tinta sobre el documento impreso y escaneada como página completa (no se aceptará firma “pegada” o insertada como imagen recortada).

b)     La declaración deberá incluir, escrita de puño y letra por el firmante: nombre completo, RUT, cargo, razón social, fecha, lugar, y un código único indicado por la Corporación para el proceso (por ejemplo: “Código: [ID licitación]-[fecha]”), el cual deberá quedar junto a la firma.

c)      Se deberá adjuntar copia simple por ambos lados de la cédula de identidad del firmante (o documento equivalente), solo para fines de verificación de identidad y facultades.

Solicitud de original. La Corporación podrá, en cualquier etapa del proceso (incluida adjudicación y formalización), requerir la presentación del documento original en papel con firma autógrafa, o bien exigir su suscripción mediante firma electrónica, dentro del plazo que se indique. El incumplimiento será causal de rechazo de la oferta o de no suscripción/desistimiento de la adjudicación, según la etapa.

Alcance y no equivalencia. La aceptación excepcional de firma manuscrita escaneada no implica que ésta sea equivalente a firma electrónica para efectos de no repudio, trazabilidad o responsabilidades, siendo válida solo como mecanismo transitorio de presentación documental, sin perjuicio de las verificaciones que la Corporación estime pertinentes.

Se aceptarán documentos con firma manuscrita escaneada solo en los términos de la cláusula y su Declaración Jurada. Alternativamente, se aceptarán documentos cuya firma se encuentre autorizada ante notario (firma puesta en original ante ministro de fe), siempre que se adjunte copia íntegra escaneada del instrumento donde conste la autorización notarial, sin perjuicio de que la Corporación pueda requerir el original para cotejo.

  • El Organismo podrá requerir, en cualquier momento del proceso, la verificación de la firma empleada o la presentación del soporte físico o electrónico que acredite su validez. La falta de acreditación dará lugar a la exclusión de la oferta.

En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886.

      I.        ANEXOS ADMINISTRATIVOS

DESCRIPCIÓN

1.

Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.

2.

Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público

3.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha hasta el cierre de recepción de ofertas. (F-30)

4.

Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”

5.

Formulario N°5 “Datos de pago”

6.

En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”

7.

Anexo “A” Declaración jurada firma manuscrita (En caso de que aplique)

Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):

  • Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
  • Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
  • No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP.
  • Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM

Los documentos correspondientes y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”.

    II.        ANEXOS TÉCNICOS

DESCRIPCIÓN

8.

Formulario N°3: Oferta técnica

Respaldo de capacitación o certificación del personal técnico, tales como:

  • certificados de cursos,
  • capacitaciones,
  • diplomas,
  • certificados del fabricante,
  • credenciales técnicas,
  • currículum firmado con respaldo suficiente.

 certificado SEC vigente del instalador;

  • Copia simple de la licencia o certificado descargado del registro SEC;

Informe de Disponibilidad Técnica: Documento detallado que describa el equipamiento, herramientas e instrumentos de diagnóstico destinados al servicio, adjuntando imágenes que acrediten fehacientemente la existencia y estado de:

  • herramientas de mantención,
  • instrumentos de diagnóstico,
  • elementos de medición,
  • equipos para pruebas,
  • .

Procedimiento o declaración de seguridad para trabajos en grupos electrógenos, indicando uso de EPP, medidas de aislamiento, trabajo seguro, resguardo del área y cumplimiento de normativa eléctrica aplicable.

Procedimiento de retiro, manejo y disposición de residuos generados en la mantención, incluyendo filtros, aceites, baterías, envases y demás residuos asociados

9.

Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda

10.

Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.

11.

Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”

12.

Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda

13.

Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda

14.

Formulario N°8 “Condiciones Laborales”


   III.        ANEXOS ECONÓMICO

Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos

En caso de haber incongruencia entre la información entregada por el proveedor a través del Formulario N°4 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4.

IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3, Formulario Nº4 y Formulario Nº6 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.


VI. DE LA EVALUACION


La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por tres (3) integrantes, designados por resolución.

La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:

  1. Encargado de la Unidad de movilización de administración central o a quien designe en su remplazo.
  2. Funcionario de la Unidad de Movilización.
  3. Un funcionario(a) del Departamento de Abastecimiento

Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:

a)      Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta

b)     Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas

c)      Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente

d)     Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas

e)     Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras

f)       Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas

g)     Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los productos requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo

h)     Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas.

VII. PAUTA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN


CRITERIO

PONDERACIÓN

1.

ANTECEDENTES FORMALES

2%

2.

PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

2%

3.

SUSTENTABILIDAD

2%

4.

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

12%

5.

CONDICIONES LABORALES

5%

6.

CALIDAD TECNICA

27%

7.

OFERTA ECONÓMICA

50%

TOTAL PONDERACIÓN

100%

C1: ANTECEDENTES FORMALES DE LA PROPUESTA

2%

Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos.

Si Cumple = 100 puntos

No Cumple = 0 puntos            

Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,02

C2: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

2%

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.  

Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: 

Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos   

Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,02

C3: SUSTENTABILIDAD

2%

  1. Inclusión laboral

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años).

Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras.

  1. 2. Inclusión de género

El oferente es una Empresa liderada por una mujer.

Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer)

  1. 3. Fomento a empresas de menor tamaño.

El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño

El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos.

  1. 4. Fomento de buenas prácticas ambientales

La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente)

https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/ 

  • Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf
  • Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl.

Se evaluará si el oferente acredita, mediante al menos un medio de verificación válido, el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:

  • inclusión laboral;
  • enfoque o participación de género;
  • calidad de empresa de menor tamaño;
  • adopción de buenas prácticas ambientales.

Para efectos de este criterio, las condiciones antes señaladas tendrán el carácter de alternativas, no siendo acumulables entre sí. En consecuencia:

Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos.

Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos.

Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,02

C4:  EXPERENCIA DEL OFERENTE

12%

PUNTAJE

DESCRIPCIÓN

100

Acredita debidamente 5 experiencias

80

Acredita debidamente 4 experiencias

60

Acredita debidamente 3 experiencias

40

Acredita debidamente 2 experiencias

20

Acredita debidamente 1 experiencias

0

No declara o no acredita debidamente su experiencia

Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, vinculados a:

  • mantención preventiva de grupos electrógenos,
  • mantención correctiva de grupos electrógenos,
  • reparación de sistemas de respaldo eléctrico,
  • servicios técnicos de generadores diésel o equivalentes.

Con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos:

a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente

b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente

c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas:

  • Decretos o Resolución de Adjudicación
  • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva
  • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo

IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL.

Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3.

La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:

-     En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL

-     En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente

-     Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible

-     No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente

-     La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio

La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.

El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo:

- Nombre del cliente o mandante

- Fecha de la entrega del servicio

- Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación.

- Tipo de servicio contratado

- Teléfono de contacto

Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,12

C5: CONDICIONES LABORALES 

5%

En este criterio deberá ser informado en el formulario n°8 y se evaluará como se indica el siguiente detalle:

•        Ponderación TOTAL

A% + B% = C5

SUBFACTOR

%

DETALLES

  1. A . Remuneración Bruta Mensual del equipo de trabajo (Formulario N°8)

3

RE: Remuneración evaluada      RM: Remuneración máxima

Puntaje = ((RE/RM) *100) * 0,03

El oferente deberá acompañar respecto del personal individualizado para la ejecución del contrato, cualquiera de estos:

  • Liquidaciones de remuneración de los últimos tres meses,
  • Comprobantes de cotizaciones previsionales pagadas del mismo período.
  • Contrato de trabajo o anexo vigente.
  • En caso de personal que aún no se encuentre contratado al momento de ofertar, podrá acompañarse compromiso formal suscrito por el representante legal, indicando cargo, jornada, remuneración bruta mensual y condiciones ofrecidas, sin perjuicio de la obligación del adjudicatario de acreditar la contratación efectiva al inicio de la ejecución.
  1. B. Tasa de empleo comunal (domicilio en Comuna de Lampa) del personal asignado a la ejecución

2

Sobre 80%

=

  100 puntos.

Sobre 60% a 79%

=

  80 puntos.

Sobre 40 a 59%

=

  60puntos.

Sobre 20 a 39%

=

40 puntos

Sobre 10% a 19%

=

20 puntos

Inferior al 10%

=

  0 puntos.

Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor

Ej.  80 puntos * 0,02

Documento que acredite domicilio en la comuna de Lampa, respecto de cada trabajador computado para este subfactor. Puede ser cualquiera de estos:

  • certificado de residencia emitido por Junta de Vecinos, Municipalidad o notario;
  • cartola o certificado del Registro Social de Hogares, si consigna comuna;
  • certificado emitido por la AFP, Isapre/Fonasa, banco o institución oficial que registre domicilio.

C6: CALIDAD TECNICA

27%

En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3. Se evaluará la capacidad de respuesta y la garantía adicional ofrecida por el oferente. El puntaje se asignará según los plazos de respuesta ante fallas y la extensión de la garantía técnica. Se evaluará como se indica el siguiente detalle:

•        Evaluación por Sub-factor

Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor

Ej.  Tiempo de garantía técnica

50 puntos * 0,09

•        Ponderación TOTAL

A% + B% + C% + D% + E% = C6

 SUBFACTOR

%

DETALLES

   TIEMPOS MÁXIMOS DE RESPUESTA

A. Tiempo de llegada a establecimientos de Salud

5

Hasta 6 horas

=

100 puntos.

Más de 6 y hasta 8 horas

=

80 puntos

Más de 8 y hasta 10 horas

=

60 puntos

Más de 10 y hasta 12 horas

=

40 puntos

Más de 12 horas

=

inadmisible

B. Tiempo de llegada al resto de las dependencias

4

Hasta 12 horas

=

100 puntos

Más de 12 y hasta 16 horas

=

80 puntos

Más de 16 y hasta 20 horas

=

60 puntos

Más de 20 y hasta 24 horas

=

40 puntos

Más de 24 horas

=

inadmisible

  1. c. Tiempo de solución provisoria en establecimientos de Salud

5

Hasta 12 horas

=

100 puntos

Más de 12 y hasta 16 horas

=

80 puntos

Más de 16 y hasta 20 horas

=

60 puntos

Más de 20 y hasta 24 horas

=

40 puntos

Más de 24 horas

=

inadmisible

D. Tiempo de solución provisoria en el resto de las dependencias

4

Hasta 24 horas

=

100 puntos

Más de 24 y hasta 32 horas

=

80 puntos

Más de 32 y hasta 40 horas

=

60 puntos

Más de 40 y hasta 48 horas

=

40 puntos

Más de 48 horas

=

inadmisible

E. GARANTÍA TÉCNICA ADICIONAL A LA MÍNIMA EXIGIDA

9

24 meses o más

=

100 puntos

18 a 23 meses

=

70 puntos.

13 a 17 meses

=

40 puntos

12 meses

=

10 puntos

Menor a 12 meses

=

0     puntos

C7: OFERTA ECONÓMICA

50%

Para efectos exclusivos de la evaluación económica, se entenderá por “Precio Evaluado” el monto total neto resultante de la valorización del itemizado oficial contenido en el Formulario N°4, calculado sobre la base de las partidas, unidades y cantidades referenciales definidas por la Corporación.

La evaluación económica considerará:

a) el valor ofertado para las mantenciones preventivas, entendiéndose que dicho precio incorpora el servicio completo, incluyendo mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas necesarias para su ejecución; y

b) el valor ofertado para la mano de obra de las mantenciones correctivas.

.

PM= Precio mínimo ofertado        PE= Precio que se evalúa

Puntaje C7 = ((PM/PE) *100) * 0,50

La omisión de precios unitarios, la alteración del itemizado oficial, la modificación de partidas, unidades o cantidades referenciales, o la incorporación de condiciones que impidan la comparación homogénea de las ofertas, hará inadmisible la propuesta.

Sin perjuicio de lo anterior, durante la ejecución del contrato el pago se efectuará únicamente por los trabajos efectivamente requeridos, ejecutados y recepcionados conforme, de acuerdo con las respectivas Órdenes de Trabajo y a los precios unitarios adjudicados.

PUNTAJE TOTAL

Puntaje Total =   C1 x 2% + C2 x 2% + C3 x 2% + C4 x 12% + C5 x 5% + C6 x 27% + C7 x 50%

El puntaje total, corresponderá a la suma de todos los criterios de evaluación, y se adjudicará la oferta que posea el mayor puntaje total.


VIII. 
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES

La evaluación del Comportamiento Contractual tiene por objeto resguardar el correcto uso de recursos públicos, privilegiando a proveedores con conductas contractuales satisfactorias y penalizando significativamente a aquellos que registren incumplimientos reiterados o graves en contratos anteriores con organismos públicos.

Este criterio se aplicará como factor de descuento directo del puntaje total obtenido por el oferente, afectando la ponderación final y, por tanto, su posición en el ranking de adjudicación.


A. Fuente de información


Para evaluar este criterio, la Comisión Evaluadora considerará exclusivamente:

  • La información contenida en el Historial de Comportamiento Contractual del proveedor disponible en la Plataforma ChileProveedores,
  • Correspondiente a los últimos veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.

No se admitirán descargos, aclaraciones ni antecedentes distintos a los registrados oficialmente en dicha plataforma.


B. Tipos de sanciones consideradas


Se considerarán las siguientes sanciones contractuales debidamente registradas:

  • Cobro de Multa
  • Cobro de Garantía
  • Término Anticipado del Contrato por incumplimiento imputable al proveedor

  1. C. Tabla de descuento de puntaje

El puntaje obtenido por el oferente será afectado por sanciones previas según el siguiente criterio:

Tipo de Sanción

Descuento de Puntaje

Cobro de Multa

−2 puntos por cada multa

Cobro de Garantía

−4 puntos por cada garantía cobrada

Término anticipado por incumplimiento

−8 puntos por cada término anticipado

Los descuentos serán acumulativos, aplicándose por cada sanción registrada, independiente del órgano contratante que la haya aplicado.

El descuento máximo que podrá aplicarse por Comportamiento Contractual será de hasta 20 puntos del puntaje total de evaluación.

La existencia de dos o más términos anticipados o cobros reiterados de garantías dentro del período evaluado podrá ser considerada por la Comisión Evaluadora como antecedente suficiente para calificar la conducta del proveedor como deficiente, justificando fundadamente su no adjudicación, por riesgo para la correcta ejecución del contrato.

La sola presentación de una oferta implica que el proveedor conoce, acepta y se somete expresamente al presente criterio de evaluación y a los efectos derivados de la información registrada en su historial contractual oficial.

   IX.                MECANISMO DE DESEMPATE

En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:

  1. Mejor puntaje Oferta económica.
  2. Mejor puntaje Calidad técnica
  3. Mejor puntaje Experiencia del oferente.
  4. Mejor puntaje Condiciones laborales
  5. Mejor puntaje de Sustentabilidad.
  6. Mejor puntaje programas de integridad.
  7. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
  8. Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.

                           X.         GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva.

La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso.

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

Igual al 5% del monto máximo referencial neto, en pesos chilenos

VIGENCIA

Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo

GLOSA

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: ID 1271359-44-LE26 SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE GRUPOS ELECTRÓGENOS 2026-2027

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF

La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.

La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.

El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.

   XI.             EFECTIVIDAD GARANTÍA

La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato podrá hacerse efectiva, total o parcialmente, por la Corporación, en forma administrativa y mediante acto fundado, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial previa, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le imponen las presentes Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, la oferta adjudicada, el contrato y los requerimientos formalizados durante su ejecución.

Para los efectos precedentes, se entenderá que el incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto, tardío o parcial de las obligaciones del adjudicatario.

Sin que la siguiente enumeración sea taxativa, la Corporación podrá hacer efectiva la garantía en los siguientes casos:

a)      Termino anticipado del contrato, imputable al proveedor.

b)     Incumplimiento grave o reiterado.

c)      Cobro improcedente de materiales, repuestos, insumos o accesorios, cuando éstos no hayan sido previamente cotizados, revisados y autorizados por la Contraparte Técnica, o cuando los valores cobrados no se ajusten a lo aprobado.

d)     Daños causados a los grupos electrógenos, instalaciones o bienes de la Corporación, cuando éstos sean imputables al adjudicatario por mala ejecución, negligencia, manipulación incorrecta, falta de resguardo o cualquier otra causa atribuible a su actuación, y no sean reparados o asumidos íntegramente por éste dentro del plazo instruido.

e)     Multas impagas o no descontadas, cuando el adjudicatario no pague directamente las multas aplicadas o no sea posible descontarlas del respectivo estado de pago, caso en el cual la garantía podrá hacerse efectiva por el monto necesario para cubrirlas.

f)       Incumplimiento comprobado de obligaciones laborales y sociales respecto del personal del adjudicatario, o falta de entrega de los antecedentes exigidos para acreditar su cumplimiento, de conformidad con la normativa vigente y lo establecido en las presentes Bases.

La efectividad de la garantía será compatible con la aplicación de multas, con el rechazo de cobros improcedentes, con la obligación de subsanar el incumplimiento y, cuando proceda, con el término anticipado del contrato y el ejercicio de las demás acciones que correspondan.

En caso de cobro total o parcial de la garantía, el adjudicatario deberá reponerla o reemplazarla por otra de igual monto y condiciones, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la notificación del acto administrativo que disponga su cobro.

La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, tratándose de esta contratación de servicios, asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, y deberá mantenerse vigente hasta, a lo menos, sesenta (60) días hábiles después de culminado el contrato, o por el plazo superior que establezcan las presentes Bases.

La garantía deberá ser prorrogada por el oferente adjudicado cuando exista extensión en los plazos de la entrega de los bienes o servicios adquiridos u otras circunstancias que se le informen. Dicha prorroga será requerida por la corporación quedando obligado el oferente adjudicado a endosar su garantía o emitir una nueva a satisfacción de esta corporación, la que deberá ser entregada dentro del término de 5 (cinco) días hábiles una vez sea solicitada por la entidad, siendo obligación del oferente adjudicado mantener vigente su garantía durante la vigencia de la formalidad.

                        XII.        VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato que se celebre tendrá una vigencia que durará desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que formaliza la contratación hasta el fin del periodo 2027 y/o hasta el término de los recursos asignados al proceso, lo que ocurra primero.

No obstante, en caso de que al finalizar el período correspondiente a 2027 la licitación aún disponga de saldo vigente, se podrá extender la vigencia del contrato por un período adicional de hasta seis (6) meses, previa aprobación mutua entre las partes involucradas.

Ante razones de buen funcionamiento de los servicios públicos se podrá dar inicio anticipadamente a la ejecución contractual, sin perjuicio de lo anterior, no se procederá ningún pago hasta la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

   XIII.             VALOR DEL CONTRATO

El contrato tendrá un monto máximo referencial de $7.000.000, sujeto a disponibilidad presupuestaria, según certificación correspondiente, y no podrá exceder los montos estimados para el período de vigencia contractual.

Dicho monto constituye el presupuesto estimado total del convenio y comprende, en su conjunto:

a) los servicios de mantención preventiva;

b) los servicios de mantención correctiva; y

c) el eventual costo de materiales, repuestos, insumos, componentes y accesorios asociados a las mantenciones correctivas, siempre que éstos hayan sido previamente cotizados, revisados, aprobados por la Contraparte Técnica y formalizados conforme al procedimiento establecido en las Bases.

El monto indicado es referencial y constituye el techo de gasto para efectos contractuales; en consecuencia, no genera obligación de consumo mínimo ni garantiza al adjudicatario un volumen determinado de servicios.

El valor efectivo del contrato corresponderá a la suma de los montos de las Órdenes de Compra internas emitidas durante su vigencia, según requerimiento de la Corporación, debidamente ejecutadas y recepcionadas conforme.

Los precios unitarios adjudicados se entenderán netos, salvo que en la oferta se indique expresamente lo contrario.

En el caso de las mantenciones preventivas, el valor adjudicado comprenderá la prestación completa del servicio, incluyendo materiales, insumos, consumibles y herramientas necesarias para su ejecución.

En el caso de las mantenciones correctivas, el valor adjudicado corresponderá a la mano de obra ofertada, mientras que los materiales, repuestos, insumos, componentes y accesorios requeridos para cada intervención serán valorizados separadamente, previa autorización de la Contraparte Técnica, y su costo se imputará al presupuesto total del contrato.

No procederán cobros adicionales distintos a los expresamente aprobados y formalizados por la Corporación.

   XIV.                FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

La contratación se formalizará mediante la suscripción del contrato respectivo y el posterior envío de la Orden de Compra a través del Portal Mercado Público.

Sin perjuicio de lo anterior, la ejecución específica de cada mantención preventiva o correctiva se formalizará operativamente mediante la correspondiente Orden de Compra interna, emitida según requerimiento de la Corporación, en la cual se individualizará, a lo menos, el establecimiento, equipo, tipo de mantención, alcance del servicio y monto autorizado.

En consecuencia, el contrato y la Orden de Compra Portal constituirán la formalización general del convenio, mientras que las Órdenes de Compra internas serán el instrumento de gestión y control de cada requerimiento particular que se ejecute durante la vigencia contractual.

La Unidad de Asesoría Jurídica será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:

  • Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal.

  • Copia de escritura pública de constitución.

  • Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

  • Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

  • Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia actualizado.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.

Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.

Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas (equivalente a 2 días hábiles) desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.

     XV.                DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

La ejecución del contrato se realizará a demanda, conforme a los requerimientos que formule la Corporación durante su vigencia, y comprenderá tanto mantenciones preventivas como correctivas de grupos electrógenos instalados en dependencias de Salud, Educación y Administración Central.

Cada mantención preventiva y correctiva se gestionará y ejecutará mediante la respectiva Orden de Compra interna, emitida según requerimiento de la Contraparte Técnica.

   XVI.                           FACTURACIÓN

La factura deberá emitirse conforme a la Orden de Compra interna respectiva, únicamente respecto de servicios efectivamente ejecutados y recepcionados conforme, en la cual se deberá identificar la siguiente información:

RAZÓN SOCIAL

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954-200-1

GLOSA

nombre del servicio;

número de Orden de Compra interna;

identificación del equipo o dependencia intervenida;

tipo de mantención ejecutada, esto es, preventiva o correctiva;

breve descripción del servicio efectuado.

DOC. REFERENCIA (CAMPO 801)

ID de la licitación

FOLIO

ID de la Orden de compra portal e interna

En el caso de mantenciones preventivas, la facturación comprenderá el valor total del servicio ejecutado, incluyendo mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas incorporados en la prestación.

En el caso de mantenciones correctivas, la factura deberá distinguir expresamente:

a) el valor de la mano de obra, conforme al precio adjudicado; y

b) el valor de los materiales, repuestos, insumos, componentes o accesorios aprobados para el respectivo requerimiento, cuando corresponda.

No podrán facturarse materiales o repuestos de mantenciones correctivas que no cuenten con autorización previa de la Contraparte Técnica.

Cada Orden de Compra interna deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:

CENTRO DE COSTO

GIRO

SALUD

Actividades de centros de salud municipalizados (Servicios de salud pública)

EDUCACIÓN

  1. Enseñanza preescolar pública.
  2. Enseñanza primaria, secundaria científico humanista y Técnico profesional pública.

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Actividades de otras asociaciones N.C.P.

Una vez emitidas, deben ser enviadas en un plazo de 24 horas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl, Daniela.navarro@corporacionlampa.cl y javiera.ayala@corporacionlampa.cl financiamiento una vez realizado el servicio o despachados los productos.

La corporación tendrá el plazo de 8 días corridos para reclamar del contenido de la factura según Artículo 3 número 2 de la Ley Nº 19.983.

El proveedor deberá facturar según Orden de Compra interna y proporcional a los servicios y/o productos, una vez recepcionados estos de manera conforme.


XVII. PAGO


El pago se efectuará contra recepción conforme de los servicios efectivamente ejecutados, previa emisión de la correspondiente Orden de Compra interna y presentación de la documentación de respaldo exigida en las Bases.

Cada mantención preventiva o correctiva será pagada conforme al requerimiento efectivamente ejecutado y recepcionado, según la respectiva Orden de Compra interna.

El pago quedará sujeto a la recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica y a la entrega, por parte del adjudicatario, de la documentación de respaldo que corresponda según la naturaleza del cobro, a lo menos:

  1. CONTRATISTA

Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales conforme a lo dispuesto en la ley 20.123 de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o Instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, del mes anterior (F30-1).

Acta o registro de servicio efectuado.

Informe técnico de la intervención realizada.

Registro fotográfico del estado del equipo y de los trabajos ejecutados.

Registro de horómetro, cuando corresponda.

Comprobante de pago de multas, ejecutoriadas si las hubiese.

La(s) factura(s) respectiva(s).

  1. 2. ENCARGADO DEL CONTRATO

Memorándum con breve descripción del pago

Certificado que indique la recepción conforme de los servicios y la(s) factura(s) respectiva(s) al pago.

Cualquier otro antecedente que el ITO considere relevante para poder cursar el pago.

NO SE DARÁ CURSO AL PAGO EN TANTO NO SE CUMPLA CON LA ENTREGA DE TODA LA DOCUMENTACIÓN ANTES INDICADA.

Para que pueda realizarse el pago, la orden de compra deberá estar debidamente emitida y estar aceptada por quien haya sido contratado. La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días posterior a la factura y estando los servicios y productos debidamente recepcionados sin observaciones, salvo que se presenten incongruencias en las facturas y/u otro documento.

En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato factoring, éste deberá notificar a la corporación dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, para efectos del pago oportuno.

El pago se efectuará a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.

En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.

XVIII.  DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO

La inspección y supervisión técnica del contrato corresponderá a la Contraparte Técnica designada por la Corporación, la que, para estos efectos, será ejercida por el/la Encargado(a) de Movilización Comunal, o por quien le subrogue o reemplace formalmente.

La Contraparte Técnica tendrá a su cargo la supervisión, coordinación, control y fiscalización de la correcta ejecución del contrato, velando porque los servicios de mantención preventiva y correctiva de grupos electrógenos se presten en estricta conformidad con las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, oferta adjudicada, aclaraciones del proceso, contrato suscrito y demás antecedentes que rijan la contratación.

Serán funciones de la Contraparte Técnica, a lo menos, las siguientes:

a) Supervisar y fiscalizar el cumplimiento íntegro de las obligaciones del adjudicatario durante toda la vigencia contractual.

b) Coordinar y programar, según requerimiento institucional, la ejecución de las mantenciones preventivas y correctivas de los grupos electrógenos comprendidos en la contratación, conforme a las necesidades de Salud, Educación y Administración Central.

c) Emitir, gestionar o validar las respectivas Órdenes de Compra internas que formalicen cada requerimiento específico, individualizando, a lo menos, la dependencia, equipo, tipo de mantención, alcance del servicio y monto autorizado, cuando corresponda.

d) Verificar que las mantenciones preventivas se ejecuten de forma completa, incluyendo la totalidad de las actividades mínimas exigidas en las Bases Técnicas, así como la provisión por parte del proveedor de la mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas necesarias para su correcta ejecución.

e) Verificar que las mantenciones correctivas se ejecuten conforme al diagnóstico informado, controlando que la mano de obra corresponda a lo adjudicado y que los materiales, repuestos, insumos, componentes o accesorios requeridos hayan sido previamente cotizados, desglosados y sometidos a su revisión y visto bueno, cuando corresponda.

f) Revisar y pronunciarse sobre la pertinencia técnica y económica de los materiales y/o repuestos propuestos para mantenciones correctivas, debiendo exigir que éstos se ajusten a valores de mercado y a lo establecido en las Bases. Para tal efecto, podrá requerir al proveedor los respaldos, cotizaciones y antecedentes técnicos que estime necesarios.

g) Controlar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta establecidos en las Bases Técnicas, tanto en cuanto al tiempo de llegada como a la solución provisoria exigible, dejando constancia de cualquier atraso o incumplimiento.

h) Verificar en terreno, o mediante los medios de respaldo técnico correspondientes, la correcta ejecución de cada intervención, comprobando el estado del equipo antes, durante y después del servicio, así como su condición operativa final.

i) Revisar, validar u observar la documentación técnica que debe entregar el adjudicatario por cada visita, mantención o atención correctiva, la que deberá comprender, a lo menos: acta o registro de servicio efectuado, informe técnico de la intervención realizada, registro fotográfico de los trabajos ejecutados y registro de horómetro, cuando corresponda.

j) Verificar que el informe técnico contenga, a lo menos, la fecha de atención, dependencia, identificación del equipo intervenido, diagnóstico, trabajos realizados, observaciones, recomendaciones y estado operativo final del equipo.

k) Otorgar, rechazar u observar la recepción conforme de cada servicio ejecutado, dejando constancia formal de las observaciones detectadas y del plazo otorgado al adjudicatario para su subsanación.

l) Mantener control y registro de las mantenciones efectuadas, fallas detectadas, requerimientos pendientes, observaciones formuladas, subsanaciones exigidas, tiempos de respuesta, garantías vigentes y estado general de ejecución del contrato.

m) Requerir la corrección, reparación o subsanación de fallas, deficiencias, omisiones o trabajos mal ejecutados, especialmente cuando se trate de prestaciones cubiertas por la garantía mínima del servicio, sin costo adicional para la Corporación.

n) Verificar que los repuestos y accesorios utilizados sean originales de la marca correspondiente o, en caso de autorizarse una alternativa, que ésta cumpla con las condiciones técnicas exigidas en las Bases.

o) Velar por que el adjudicatario adopte todas las medidas de seguridad necesarias durante la ejecución de los servicios, resguardando la integridad de las personas, de terceros y de la infraestructura intervenida, así como el correcto cumplimiento de la normativa eléctrica y de seguridad aplicable.

p) Informar formal y oportunamente al Departamento de Abastecimiento todo incumplimiento detectado que pueda dar lugar a la aplicación de multas, cobro de garantías, término anticipado del contrato u otras medidas contempladas en las bases y en el contrato, acompañando los antecedentes de respaldo respectivos.

q) Revisar y validar los antecedentes necesarios para cursar cada pago, verificando que exista correspondencia entre la Orden de Compra interna, el servicio efectivamente ejecutado, la recepción conforme emitida y la documentación de respaldo exigida en las Bases.

r) Emitir o tramitar los certificados, memorándums, informes u otros antecedentes que resulten necesarios para acreditar la correcta ejecución del servicio y la procedencia del pago correspondiente.

s) Mantener coordinación permanente con el Departamento de Abastecimiento y con las demás unidades competentes de la Corporación, para la adecuada administración técnica y contractual del convenio.

La Contraparte Técnica no estará facultada para alterar por sí sola las condiciones esenciales de la contratación, modificar precios adjudicados, autorizar prestaciones ajenas al objeto del contrato ni comprometer gasto fuera de los mecanismos formales establecidos, correspondiendo dichas materias a la autoridad y unidades competentes, conforme a la normativa vigente y a las presentes Bases.


XIX. PROHIBICIONES


Con la finalidad de resguardar la seguridad de las personas, la continuidad operativa de los establecimientos, la integridad de la infraestructura intervenida y la correcta ejecución del contrato, el adjudicatario deberá prohibir expresamente a su personal y a cualquier subcontratista autorizado incurrir en las siguientes conductas durante la ejecución de los servicios:

  1. Asistir o permanecer en las dependencias de la Corporación bajo la influencia del alcohol, drogas o sustancias estupefacientes.
  2. Consumir alcohol, drogas o fumar en zonas no habilitadas o al interior de dependencias de la Corporación, en contravención a la normativa vigente.
  3. Ingresar o ejecutar trabajos sin portar y utilizar correctamente los elementos de protección personal exigidos para la labor a desarrollar.
  4. Ejecutar trabajos sin haber adoptado previamente las medidas de seguridad correspondientes, o sin ajustarse a procedimientos de trabajo seguro.
  5. Intervenir instalaciones eléctricas, tableros, sistemas de transferencia, cableados, baterías, motores, alternadores o cualquier otro componente energizado sin autorización de la Contraparte Técnica y sin cumplir la normativa eléctrica vigente y las exigencias de seguridad aplicables.
  6. Realizar maniobras, pruebas o intervenciones que puedan comprometer el funcionamiento del grupo electrógeno, del sistema de respaldo eléctrico o de las instalaciones del recinto, sin coordinación previa con la Contraparte Técnica.
  7. Efectuar conexiones provisorias, puentes, adaptaciones, reparaciones improvisadas o intervenciones técnicas no autorizadas que puedan generar riesgo eléctrico, mecánico, de incendio o de falla operacional.
  8. Manipular combustibles, lubricantes, baterías, refrigerantes, filtros u otros insumos sin adoptar los resguardos técnicos y ambientales correspondientes, o en forma contraria a la normativa vigente.
  9. Provocar derrames de combustible, aceite u otras sustancias, o abandonar residuos peligrosos o no peligrosos, repuestos, filtros, envases, trapos, baterías o elementos retirados, sin su debido retiro y disposición conforme a la normativa aplicable.
  10. Utilizar herramientas, equipos, instrumentos de medición o elementos de trabajo en mal estado, sin calibración cuando corresponda, o que no resulten idóneos para la intervención requerida.
  11. Operar, revisar o reparar equipos sin contar con personal capacitado, certificado o técnicamente competente para la labor encomendada.
  12. Ejecutar trabajos distintos de los autorizados, alterar el alcance del requerimiento o incorporar repuestos, insumos, componentes o accesorios no aprobados previamente por la Contraparte Técnica, cuando dicha autorización sea exigible conforme a las Bases.
  13. Retirar piezas, partes, componentes, accesorios o materiales pertenecientes a los equipos o a la Corporación sin autorización formal de la Contraparte Técnica.
  14. Sustituir repuestos o componentes por otros de calidad inferior, incompatibles, usados o no autorizados, o instalar elementos que no se ajusten a las condiciones técnicas aprobadas.
  15. Abandonar trabajos iniciados, suspender injustificadamente la ejecución del servicio o retirarse del recinto sin informar a la Contraparte Técnica cuando ello afecte la continuidad o seguridad de la prestación.
  16. Obstaculizar el acceso de la Contraparte Técnica a los lugares de trabajo, impedir la fiscalización, ocultar información o negarse a entregar antecedentes, registros, informes, evidencias fotográficas u otros respaldos exigidos por las Bases.
  17. Alterar, omitir o falsear información en informes técnicos, registros de horómetro, actas de servicio, registros fotográficos, cotizaciones, documentos de respaldo o cualquier antecedente relacionado con la ejecución contractual.
  18. Ejecutar trabajos en condiciones inseguras para el personal del contratista, funcionarios, usuarios o terceros, o sin adoptar medidas de aislamiento, señalización y control del área intervenida.
  19. Generar interrupciones evitables en la operación de los establecimientos por acciones no coordinadas, negligentes o contrarias a las instrucciones impartidas por la Contraparte Técnica.
  20. Mantener conductas impropias, agresivas, irrespetuosas o reñidas con la debida probidad hacia funcionarios, usuarios o terceros en el contexto de la ejecución del servicio.
  21. Subcontratar o permitir el ingreso de terceros para ejecutar prestaciones vinculadas al contrato sin autorización previa, cuando ésta sea exigible conforme a las Bases.
  22. Incumplir las instrucciones técnicas y de seguridad impartidas formalmente por la Contraparte Técnica, especialmente aquellas destinadas a corregir condiciones de riesgo, subsanar observaciones o resguardar la operatividad de los equipos.
  23. Dejar el área de trabajo en condiciones deficientes de orden, limpieza o seguridad una vez terminada la intervención.
  24. Realizar cualquier acción u omisión que ponga en riesgo la integridad de las personas, la infraestructura del recinto, el funcionamiento del grupo electrógeno o la continuidad operativa del establecimiento.

El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones precedentes constituirá infracción contractual y podrá dar lugar a la aplicación de las medidas, multas o demás sanciones establecidas en las presentes Bases y en el contrato, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.


XX. INCUMPLIMIENTOS


Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato.

  1. A. LEVES

DESCRIPCIÓN

1.

Falta de credencial de identificación del personal

2.

Emisión de facturas fuera del plazo y condiciones estipuladas en las presentes bases.

3.

Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función.

4.

Cualquier falta y/o incumplimiento de carácter menor cometida por el prestador y/o sus funcionarios, que no origina riesgos a las personas, ni daños a los bienes de la corporación o a su imagen y que no esté afecta a cobros pecuniarios.

5.

Emitir más de una factura por servicio, sin previamente anular la ya emitida.

6.

Factorizar sin previa notificación a la Corporación.

  1. B. GRAVES

Incumplimiento

Multa

1

No cumplir el tiempo máximo de llegada comprometido para atender una mantención correctiva o contingencia, según el tipo de dependencia.

0,5% de la OC interna afectada por cada evento

2

No cumplir el plazo máximo para entregar una solución provisoria que permita restablecer temporalmente la operatividad del equipo o adoptar una contingencia técnica adecuada.

1% de la OC interna afectada por cada evento

3

Ejecutar de forma incompleta una mantención preventiva, omitiendo actividades mínimas exigidas en las Bases Técnicas, tales como revisiones, pruebas, mediciones, limpieza, registro fotográfico, informe técnico o registro de horómetro, cuando corresponda.

1% de la OC interna afectada por cada evento

4

No entregar acta o registro de servicio efectuado, informe técnico, registro fotográfico o registro de horómetro, cuando corresponda, impidiendo verificar correctamente la prestación ejecutada.

0,7% de la OC interna afectada por cada evento

5

No subsanar dentro del plazo instruido por la Contraparte Técnica las observaciones formuladas respecto de trabajos mal ejecutados, partidas incompletas o deficiencias detectadas en la recepción del servicio.

1% de la OC interna afectada por cada evento

6

Instalar o utilizar repuestos, insumos, componentes o accesorios sin autorización previa, cuando ésta sea exigible, o sin ajustarse a la cotización aprobada.

1% de la OC interna afectada por cada evento

7

Cobrar materiales, repuestos o insumos que no hayan sido previamente autorizados por la Contraparte Técnica o que no se ajusten a valores de mercado aprobados.

1% de la OC interna afectada, sin perjuicio del rechazo del cobro

8

Utilizar repuestos no originales o alternativos no autorizados, o instalar componentes incompatibles o de calidad inferior a la aprobada.

1,5% de la OC interna afectada por cada evento

9

Incumplir las instrucciones formales impartidas por la Contraparte Técnica en materias técnicas, operativas o de seguridad, dentro del plazo otorgado.

0,7% de la OC interna afectada por cada evento

10

No adoptar las medidas de seguridad exigibles para la ejecución del servicio, incluyendo falta de EPP, ausencia de procedimientos de trabajo seguro o intervención sin resguardos del área, cuando ello no haya generado daño efectivo.

1% de la OC interna afectada por cada evento

11

Provocar interrupciones evitables, fallas adicionales o afectación al funcionamiento del grupo electrógeno o de las instalaciones por acciones negligentes, imprudentes o contrarias a la buena técnica, siempre que no constituyan incumplimiento gravísimo.

1,5% de la OC interna afectada por cada evento

12

No corregir, dentro del plazo que fije la Contraparte Técnica, fallas atribuibles a una deficiente mantención o reparación ejecutada por el proveedor y cubiertas por la garantía del servicio.

1% de la OC interna afectada por cada evento

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 8 UTM son:

  • Abandonar injustificadamente un trabajo iniciado o suspender unilateralmente la ejecución de una mantención, afectando la continuidad operacional del establecimiento.
  • Intervenir instalaciones energizadas, sistemas de transferencia, tableros o componentes eléctricos sin autorización o sin cumplir la normativa técnica y de seguridad aplicable, poniendo en riesgo a personas, terceros o infraestructura.
  • Provocar daños al grupo electrógeno, a sus componentes, a la infraestructura del establecimiento o a bienes de la Corporación por ejecución deficiente, negligencia o incumplimiento de procedimientos técnicos.
  • Falsear, adulterar u omitir maliciosamente información en informes técnicos, registros de servicio, cotizaciones, respaldos fotográficos, registros de horómetro u otros antecedentes contractuales.
  • Reincidir en un incumplimiento grave ya sancionado en dos o más ocasiones durante la vigencia contractual.
  • Negarse injustificadamente a atender una contingencia o requerimiento debidamente emitido por la Contraparte Técnica.
  • Incumplir la obligación de corregir sin costo adicional fallas imputables a trabajos defectuosos dentro del período de garantía, cuando ello afecte la operatividad del equipo o la continuidad del servicio.
  • Subcontratar, ceder o transferir total o parcialmente la ejecución del contrato en contravención a lo dispuesto en las Bases.
  • Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.

El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.

La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la CORPORACIÓN de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.

 XXII.       DE LOS SERVICIOS

El proveedor deberá prestar el servicio con su propio personal, materiales, y todo instrumento que permita dar continuidad operativa y cumplir con las obligaciones contraídas.

Además, el proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases


XXIII. EQUIPOS DE BAJA


En caso de que se encuentre que un generador no es posible hacer técnicamente la reparación, ya que no existen las piezas para su reparación en mercado o es inviable económicamente, se definirá como un “generador de baja”. Para este caso se procederá de la siguiente manera:

- Se generará un informe emitido por la empresa indicando fecha, causa de la baja, nombre del técnico responsable y empresa que emite dicho informe.

XXIV. INCORPORACIÓN DE GENERADORES

En caso de que un generador no se encuentre en el listado, o debido a la baja de uno y la reposición mediante la compra de uno nuevo, en común acuerdo con el proveedor, se incorporará este, el cual debe enumerarse en el listado de equipos de las Bases Técnicas de Licitación. Dicha incorporación será aprobada mediante acto administrativo y publicado en la plataforma de Mercado público, sección “Ficha del contrato”.

 XXV.       SUBCONTRATACIÓN

El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Corporación. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.

BASES TÉCNICAS

ID MERCADO PUBLICO

1271359-44-LE26

NOMBRE

SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE GRUPOS ELECTRÓGENOS 2026-2027

OFERTA Y ADJUDICACIÓN

La licitación contempla un Convenio de Suministro basado en precios unitarios. Se adjudicará de manera simple y total a un (1) solo oferente que cubra la totalidad del itemizado requerido. La Corporación emitirá Órdenes de Compra interna según necesidad, respetando los valores adjudicados.

CALIDAD TÉCNICA

Los servicios y materiales deberán ajustarse, asimilarse o superar las Especificaciones Técnicas y normas vigentes.

  1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

Las presentes Bases Técnicas tienen por objeto regular la contratación del servicio de mantención preventiva y correctiva de grupos electrógenos instalados en dependencias de Salud, Educación y Administración Central de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, con el fin de asegurar su correcto funcionamiento, continuidad operativa y disponibilidad frente a contingencias eléctricas.

  1. CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN

  • Los repuestos deben ser originales de la marca, en caso fortuito se podrá reemplazar por uno alternativo, el cual deberá ser equivalente y certificado por la marca correspondiente.
  • La empresa adjudicataria será responsable de los generadores mientras se encuentren bajo su intervención, responsabilizándose por los daños que pudieran producirse dentro de la ejecución de los servicios, como consecuencia de procesos mal ejecutados, accidentes o robos.
  • Auxiliar y trasladar el generador a un lugar de resguardo seguro, bajo su responsabilidad.

  1. MODALIDAD DEL SERVICIO

El servicio comprenderá:


a) para las mantenciones preventivas, la provisión integral de la mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas necesarias para su correcta ejecución; y

b) para las mantenciones correctivas, la mano de obra necesaria para la reparación de fallas o averías, debiendo los materiales, repuestos, insumos, componentes o accesorios requeridos ser cotizados separadamente y quedar sujetos a aprobación previa de la contraparte técnica.

  1. DEPENDENCIAS Y EQUIPOS CONSIDERADOS

A. Administración Central

Dependencia / Centro de costo

Dirección

Marca o modelo

1

Oficinas Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

Sargento Aldea N° 898, Lampa

Generador de carro de arrastre KOLVOK

2

Oficinas Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

Sargento Aldea N° 898, Lampa

ELECTROPOWER y KOLVOK

B. Educación

Dependencia / Centro de costo

Dirección

Marca o modelo

1

Escuela N° 368 Manuel Segovia M.

Pedro Aguirre Cerda N° 1002

KOLVOK

C. Salud

Dependencia / Centro de costo

Dirección

Marca o modelo

1

CESFAM Bauzá

Barros Luco N° 1239, Lampa

HALTER

2

CESFAM Batuco

Santa Elena N° 180, Batuco

LUREYE

3

CESFAM Juan Pablo II

Camino Lo Pinto N° 2049

LUREYE

4

Laboratorio Clínico Lampa

Arturo Prat N° 815, Lampa

HALTER

5

Droguería Comunal

El Taqueral s/n

HALTER

6

SAPU Lampa

Ismael Carmona N° 976, Lampa

ELECTROPOWER

7

CESCOF Sol de Septiembre

Arcoíris N° 367, Sol de Septiembre, Lampa

HALTER

8

Sala Neurodiversa

Tricaco Poniente 2150, Lampa

HALTER

9

COSAM Lampa

Directora María Melié N° 765, Lampa

HALTER

10

CESCOF Batuco

Av. Argentina N° 1065, Batuco - Lampa

KOLVOK

  1. ALCANCE TÉCNICO MÍNIMO DE LA MANTENCIÓN PREVENTIVA

La mantención preventiva deberá considerar, a lo menos, las siguientes actividades, según corresponda a cada equipo:

Cambio de aceite de motor.

Cambio de filtros de aire, aceite y combustible.

Revisión del sistema de combustible.

Limpieza de radiador.

Revisión del sistema de refrigeración.

Revisión de correas.

Revisión de escape.

Revisión de tablero de control.

Revisión de sensores.

Revisión de baterías.

Revisión de alternador.

Revisión de cableado.

Revisión de puesta a tierra.

Apriete de pernos.

Limpieza general del equipo.

Prueba de arranque manual.

Prueba de arranque automático.

Prueba de transferencia.

Prueba bajo carga.

Medición de voltaje.

Medición de frecuencia.

Medición de temperatura.

Medición de presión de aceite.

Inspección de fugas.

Inspección de vibraciones.

Inspección de ruidos.

Registro fotográfico.

Emisión de informe técnico.

Registro de horómetro.

Serán de cuenta del proveedor la provisión de la mano de obra, materiales y de las herramientas necesarias para los servicios de mantención preventiva.

Una vez gestionado el servicio de mantención preventiva se emitirá un informe por parte del proveedor, el cual debe contener lo ejecutado por el trabajador.

En el caso de que existan fallas o problemas que dificulten el funcionamiento del generador, en el informe se deberán detallar dichas fallas o problemas y de comprobarse la pertinencia procederá una solicitud de mantención correctiva.

  1. ALCANCE TÉCNICO MÍNIMO DE LA MANTENCIÓN CORRECTIVA

El mantenimiento correctivo consiste en la intervención y reparación de los problemas y fallas que surgen a los generadores. A diferencia del mantenimiento preventivo, el correctivo se realiza en respuesta a defectos o averías que ya han ocurrido, con el objetivo de restablecer el funcionamiento adecuado de los vehículos.

El mantenimiento correctivo deberá incluir la reposición y reparación de cualquier componente, pieza o accesorio, original de la marca correspondiente, nuevo y sin uso, o de igual o superior calidad de modo que permita el óptimo funcionamiento.

En caso de que, en la mantención preventiva se constate que existen reparaciones adicionales que no correspondan a este servicio, es decir casos fortuitos, estas se contemplarán dentro de la mantención correctiva, la cual se deberá realizar las veces que sea necesaria la reparación de un equipo descrito con anterioridad que se encuentre con fallas luego de la realización del servicio permanente.

La mantención correctiva deberá contemplar, a lo menos, las siguientes prestaciones, cuando ello resulte técnica y operativamente procedente:

Diagnóstico completo del equipo.

Reparación de alternador.

Reparación de motor.

Cambio de componentes internos.

Reparación de turbo.

Reparación del sistema de combustible.

Cambio de bomba de combustible.

Cambio de inyectores.

Reparación del sistema eléctrico.

Reparación de tablero de transferencia.

Instalación de tablero de transferencia.

Cambio de sensores.

Cambio de controlador.

Reparación de cableado.

Cambio de cableados desde el grupo electrógeno al edificio.

Cambio de baterías.

Cambio de motor de partida.

Reparación de mantenedor de batería.

Cambio de mantenedor de batería.

Reparación del sistema de refrigeración.

Reparación del sistema de lubricación.

Reparación de escape.

Corrección de fugas.

Ajustes electrónicos.

Cambio de pantalla de grupo electrógeno.

Reprogramación de controlador.

Pruebas finales bajo carga.

Cambio de chapa de encendido.

Cambio de chapa de seguridad de caja de insonorización.

Otras reparaciones compatibles con la naturaleza del servicio y debidamente autorizadas por la contraparte técnica.

Serán de cuenta del proveedor la provisión de las herramientas necesarias para los trabajos de mantención correctiva.

En cuanto a los repuestos y accesorios para la reparación, el contratista deberá enviar una cotización con la valorización de la mantención correctiva, detallando costo mano de obra (conforme a lo ofertado), descripción y valores de los repuestos a utilizar, para su posterior análisis y aprobación de la contraparte técnica.

La corporación asumirá el gasto de mano de obra (conforme a lo ofertado y adjudicado); en caso de maquinarias, herramientas y equipamiento será responsabilidad del proveedor asumir la provisión costos y/o gastos de estos.

El valor de los materiales y/o repuestos será consensuado con el contratista, se decidirá sobre la calidad de estos con precios que se ajusten al Mercado. Para ello el proveedor deberá enviar a la contraparte al menos dos cotizaciones, individualizando, costos de materiales y/o repuestos. La corporación dará visto bueno a la cotización más conveniente conforme a sus intereses y presupuesto.

El valor de los materiales y/o repuestos a utilizar en cada Orden de trabajo debe ajustarse a los valores de Mercado, en caso contrario, la Corporación estará facultada para adquirir los insumos y/o servicios mediante otro mecanismo de compra.

Cualquier insumo, material, consumibles, repuestos, accesorios, etc. adquiridos por la corporación serán de todas formas instalados y utilizados para el funcionamiento, sin costo adicional para la Corporación.

Los repuestos y accesorios deberán ser originales, en caso fortuito, quiebres de stock y/o fuerza mayor se podrán emplear alternativos previa autorización del Departamento de Abastecimiento.

  1. TIEMPOS MÁXIMOS DE RESPUESTA

Para efectos de atención de requerimientos, el adjudicatario deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes plazos:

Tipo de dependencia

Tiempo de llegada

Solución provisoria

Establecimientos de Salud

12 horas

24 horas

Resto de las dependencias

24 horas

48 horas

La solución provisoria deberá permitir restablecer, al menos temporalmente, la operatividad del equipo o adoptar medidas de contingencia técnicamente adecuadas, hasta la solución definitiva.

  1. REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS DEL OFERENTE

Experiencia comprobable en mantención y reparación de grupos electrógenos.

Personal técnico capacitado o certificado para la ejecución de los servicios requeridos.

Capacidad de atención de emergencias.

Equipamiento, herramientas e instrumentos adecuados para diagnóstico, mantención y reparación.

Disponibilidad operativa permanente para responder a contingencias.

El oferente deberá acreditar que cuenta, dentro de su equipo técnico asignado al contrato o como responsable técnico de la ejecución, con al menos un instalador eléctrico autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), con certificado vigente y clase compatible con el tipo de instalación a intervenir, cuando la ejecución de las mantenciones considere intervención, verificación, modificación, reparación o trabajos sobre instalaciones eléctricas asociadas a los grupos electrógenos.

  1. CONDICIONES DE SEGURIDAD

Uso obligatorio de elementos de protección personal (EPP).

Aplicación de procedimientos de trabajo seguro.

Cumplimiento de la normativa eléctrica vigente y de las exigencias que correspondan ante la SEC, cuando proceda.

Observancia de protocolos de seguridad eléctrica y prevención de riesgos.

Será de exclusiva responsabilidad del proveedor adoptar todas las medidas necesarias para resguardar la integridad de su personal, de terceros y de la infraestructura intervenida.

  1. INFORMES Y ENTREGABLES

Cada visita, mantención o atención correctiva deberá quedar respaldada, a lo menos, por la siguiente documentación:

Acta o registro de servicio efectuado.

Informe técnico de la intervención realizada.

Registro fotográfico del estado del equipo y de los trabajos ejecutados.

Registro de horómetro, cuando corresponda.

El informe técnico deberá señalar, a lo menos, fecha de atención, dependencia, equipo intervenido, diagnóstico, trabajos realizados, observaciones, recomendaciones y estado operativo final del equipo.

  1. GARANTÍA DEL SERVICIO

Los trabajos ejecutados por el adjudicatario deberán contar con una garantía mínima de 1 año, contada desde la recepción conforme del servicio respectivo.

En caso de fallas atribuibles a una deficiente mantención o reparación ejecutada por el proveedor, éste deberá corregirlas sin costo adicional para la Corporación, dentro del plazo que establezca la contraparte técnica según la naturaleza y urgencia del requerimiento.


FORMULARIO N° 1

IDENTIFICACION COMPLETA DEL OFERENTE

 

DATOS DEL PROPONENTE

Nombre o Razón Social

Giro

Domicilio

R.U.T. N°

Fono:

Fax:

e-mail

ANTECEDENTES REPRESENTANTE(S)*

Nombre Completo

Cédula de Identidad

Domicilio

e-mail

Fono

Nombre Completo

Cédula de Identidad

Domicilio

e-mail (institucional)

Fono

ENCARGADO DE LA PROPUESTA

Nombre Completo

Cédula de Identidad

Cargo o Función

e-mail

Fono

NOTA:

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Firma

< Representante Legal o persona natural según corresponda>


FORMULARIO N° 2

IDENTIFICACION UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA UNIÓN TEMPORAL:

CÉDULA DE IDENTIDAD O RUT:

NOMBRE REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN:

CÉDULA DE IDENTIDAD:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO:

CORREO ELECTRÓNICO:

FIRMA REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN

IDENTIFICACIÓN MIEMBROS UNIÓN DE PROVEEDORES

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

REPRESENTANTE LEGAL

RUT

DOMICILIO

CORREO ELECTRÓNICO

NOTA:

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Firma

< Representante Legal o persona natural según corresponda>

FORMULARIO N° 3

OFERTA TÉCNICA

I. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

Nombre o razón social

RUT

Giro

Correo electrónico

Domicilio

Teléfono

Representante legal

Cédula de identidad

II. ENCARGADO(A) DE LA PROPUESTA

Nombre completo

Cargo o función

Correo electrónico

Teléfono

III. CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

Instrucciones: marque si cumple y señale en forma breve el respaldo acompañado, página, folio o anexo en que se acredita cada requisito técnico mínimo.

Requerimiento técnico mínimo

Cumple
Sí/No

1

Acredita experiencia comprobable en mantención y reparación de grupos electrógenos.

2

Cuenta con personal técnico capacitado o certificado para la ejecución de los servicios requeridos.

3

Acredita capacidad de atención de emergencias y disponibilidad operativa permanente para contingencias.

4

Declara disponer de equipamiento, herramientas e instrumentos adecuados para diagnóstico, mantención y reparación.

5

La oferta contempla íntegramente el alcance técnico mínimo de la mantención preventiva definido en las Bases Técnicas.

6

La oferta considera que en mantención preventiva son de cargo del proveedor la mano de obra, materiales y herramientas necesarias.

7

La oferta contempla mantención correctiva con mano de obra ofertada y provisión de repuestos/insumos sujeta a autorización previa de la Contraparte Técnica.

8

Los repuestos y accesorios ofertados serán originales; en caso excepcional, los alternativos se someterán a autorización previa.

9

Cumple los tiempos máximos mínimos de respuesta: Salud, llegada 12 horas y solución provisoria 24 horas.

10

Contempla uso obligatorio de EPP, procedimientos de trabajo seguro y cumplimiento de normativa eléctrica vigente.

11

Cada visita, mantención o correctiva será respaldada con acta o registro de servicio, informe técnico, registro fotográfico y horómetro cuando corresponda.

12

El informe técnico incluirá fecha, dependencia, equipo intervenido, diagnóstico, trabajos realizados, observaciones, recomendaciones y estado operativo final.

13

Los trabajos ejecutados contarán con garantía mínima de 1 año desde la recepción conforme.

IV. PLAZOS OFERTADOS Y NIVELES DE SERVICIO

Concepto

Oferta del proveedor

Observaciones / respaldo

Tiempo de llegada a establecimientos de Salud

Máximo mínimo en bases: 12 horas

Tiempo de solución provisoria en establecimientos de Salud

Máximo mínimo en bases: 24 horas

Tiempo de llegada al resto de las dependencias

Máximo mínimo en bases: 24 horas

Tiempo de solución provisoria al resto de las dependencias

Máximo mínimo en bases: 48 horas

Garantía técnica ofrecida sobre los trabajos ejecutados

Mínimo exigido en bases: 12 meses

V. EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Complete hasta cinco experiencias similares ejecutadas o en ejecución desde 2019 en adelante y acompañe respaldo. Solo se evaluarán las primeras cinco experiencias declaradas.

Mandante / cliente

Tipo de servicio similar

Fecha o período

Monto / ID

Documento de respaldo

Contacto

1

2

3

4

5

VI. PERSONAL TÉCNICO ASIGNADO AL CONTRATO

Nombre

Cargo / función

Capacitación o certificación

Documento de respaldo

Experiencia relevante

VII. EQUIPAMIENTO, HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS DISPONIBLES

Equipamiento / herramienta

Cantidad

Uso principal

Respaldo / observaciones


FORMULARIO N°4

OFERTA ECONÓMICA

Nombre completo o razón social

RUT

MANTENCIÓN PREVENTIVA

La oferta deberá contener la totalidad del servicio señalado en las bases técnicas, contemplando que será a cuenta del ofertante la provisión de herramientas, materiales y mano de obra.

N° ITEM

TIPO: MANTENCIÓN PREVENTIVA

CANTIDAD

VALOR NETO UNITARIO

TOTAL

(A)

(B)

(A*B)

1

EQUIPO MARCA/ MODELO KOLVOK

1

 

$0,00

2

EQUIPO MARCA/ MODELO HALTER

 

$0,00

3

EQUIPO MARCA/ MODELO LUREYE

 

$0,00

4

EQUIPO MARCA/ MODELO ELECTROPOWER

 

$0,00

COSTO TOTAL UNITARIO NETO

$0,00

IVA

$0,00

COSTO TOTAL UNITARIO IVA INCLUIDO

$0,00

MANTENCIÓN CORRECTIVA

La oferta solo deberá considerar el costo de la mano de obra y servicio. Sin considerar los costos de materiales y/o repuestos.

Descripción

Valor Unitario Neto Servicio de mano de obra

1

Diagnóstico completo del equipo.

 

2

Reparación de alternador.

 

3

Reparación de motor.

 

4

Cambio de componentes internos.

 

5

Reparación de turbo.

 

6

Reparación del sistema de combustible.

 

7

Cambio de bomba de combustible.

 

8

Cambio de inyectores.

 

9

Reparación del sistema eléctrico.

 

10

Reparación de tablero de transferencia.

 

11

Instalación de tablero de transferencia.

 

12

Cambio de sensores.

 

13

Cambio de controlador.

 

14

Reparación de cableado.

 

15

Cambio de cableados desde el grupo electrógeno al edificio.

 

16

Cambio de baterías.

 

17

Cambio de motor de partida.

 

18

Reparación de mantenedor de batería.

 

19

Cambio de mantenedor de batería.

 

20

Reparación del sistema de refrigeración.

 

21

Reparación del sistema de lubricación.

 

22

Reparación de escape.

 

23

Corrección de fugas.

 

24

Ajustes electrónicos.

 

25

Cambio de pantalla de grupo electrógeno.

 

26

Reprogramación de controlador.

 

27

Pruebas finales bajo carga.

 

28

Cambio de chapa de encendido.

 

29

Cambio de chapa de seguridad de caja de insonorización.

 

COSTO TOTAL UNITARIO NETO

$0,00

IVA

$0,00

VALOR TOTAL UNITARIO IVA INCLUIDO

$0,00

SÍNTESIS DE LAS CANASTAS

VALORES TOTALES NETOS

COSTO TOTAL UNITARIO NETO MANTENCIÓN PREVENTIVA

$0,00

COSTO TOTAL UNITARIO NETO MANTENCIÓN CORRECTIVA

$0,00

VALOR TOTAL NETO

$0,00

IVA

$0,00

VALOR TOTAL IVA INCLUIDO

$0,00

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FORMULARIO N°5

DATOS DE PAGO

 

  1. DATOS PARA TRANSFERENCIA

 

Cedida a crédito (factoring)

SI

NO

Se deberá adjuntar una copia del contrato de factoring, en caso que corresponda.

Nombre

Rut

N° Cuenta corriente

Banco

Email

 

 

  1. CONTACTO DE COBRANZA Y/O FINANZAS

 

Nombre

Cargo

N° de teléfono

Email

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

,


FORMULARIO N°6

DECLARACIÓN SIMPLE: ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA PROPUESTA

Por intermedio de la presente yo____________________________ Rut______________, representante legal de la empresa____________________________________________ declaro lo siguiente:

  1. Ha estudiado y conoce íntegramente los antecedentes de la licitación, incluyendo Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, formularios, aclaraciones, respuestas, anexos y demás documentos que rigen el proceso.

  1. Acepta expresa e íntegramente las condiciones de la propuesta y de eventual ejecución contractual, en los términos establecidos en las Bases de la licitación.

  1. Declara conocer y aceptar que la contratación corresponde a un convenio de suministro a demanda, cuya ejecución se materializará conforme a los requerimientos efectivos de la Corporación durante la vigencia contractual.

  1. Declara conocer y aceptar que:

  • las mantenciones preventivas serán ejecutadas como un servicio completo, incluyendo mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas necesarias para su correcta ejecución; y
  • las mantenciones correctivas serán ejecutadas conforme al valor adjudicado de mano de obra, mientras que los materiales, repuestos, insumos, componentes o accesorios requeridos deberán ser previamente cotizados y autorizados por la Contraparte Técnica, según corresponda.

  1. Acepta que la ejecución específica de cada requerimiento se formalizará mediante la correspondiente Orden de Compra interna, sin perjuicio de la formalización general del contrato y de la Orden de Compra emitida a través del Portal Mercado Público.

  1. Declara conocer y aceptar los tiempos máximos de respuesta, las condiciones de atención de contingencias, los entregables técnicos exigidos, la obligación de emitir acta o registro de servicio, informe técnico, registro fotográfico, registro de horómetro cuando corresponda, y todas las demás exigencias de ejecución contenidas en las Bases Técnicas.

  1. Declara conocer y aceptar que los trabajos ejecutados deberán ajustarse a la normativa técnica y de seguridad aplicable, incluyendo uso de elementos de protección personal, procedimientos de trabajo seguro y cumplimiento de la normativa eléctrica vigente, cuando corresponda.

  1. Declara conocer y aceptar que los repuestos y accesorios deberán ajustarse a las condiciones técnicas establecidas en las Bases, y que no podrán incorporarse ni cobrarse materiales o repuestos sin la autorización previa que corresponda, cuando ésta sea exigible.

  1. Declara conocer y aceptar que el pago procederá únicamente respecto de los servicios efectivamente ejecutados, recepcionados conforme y debidamente respaldados, en los términos establecidos en las Bases.

  1. Declara conocer y aceptar el régimen de multas, cobro de garantía, causales de término anticipado, obligaciones laborales y previsionales, y demás responsabilidades establecidas en las Bases y en el contrato.

  1. Declara que, en caso de resultar adjudicado, ejecutará el servicio en estricta conformidad con su oferta, con los documentos de la licitación y con las instrucciones formalmente impartidas por la Corporación, sin alterar unilateralmente el alcance ni las condiciones de la contratación.


FORMULARIO N°7

DECLARACIÓN DE IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

Nombre completo o razón social

RUT

¿Qué es un Programa de Integridad?

Es un conjunto de políticas, procedimientos y acciones que una organización establece para prevenir, detectar y corregir conductas indebidas. También se le conoce como Programa de Compliance.

Los programas de integridad ayudan a las organizaciones a:

-          Cumplir con las leyes y regulaciones.

-          Minimizar los riesgos de corrupción.

-          Mejorar la relación con el Estado, las personas colaboradoras y terceras partes.

-          Cuidar la reputación e imagen de la organización.

-          Generar una mayor sustentabilidad y competitividad a largo plazo.

-          Mejorar el funcionamiento y eficiencia de la organización.

-          Atraer y retener talento.

1)   El oferente cuenta con un Pacto de Integridad, de acuerdo a lo descrito en las bases, implementado en la empresa y socializado oportunamente dentro de su institución.

(indique sí o no): _____________

2)    El oferente acompaña el pacto de integridad. En el cual se verifique posee un programa de integridad que considera: a) procesos claros para evitar conflictos de interés en nuestra empresa, b) mecanismos de control interno, de dichos procesos, c) procedimientos de denuncia idóneos de conductas atentatorias a la integridad, d) sanciones para las personas que lo incumplan, y e) establecer periodos de revisión y actualización de dicho programa.

(indique sí o no):_________________

3)    El oferente acompaña medios verificadores que muestren que el instrumento ha sido socializado oportunamente dentro de su institución

(indique sí o no):___________

Nota 1: En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por cada integrante de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.

Nota 2: Marcar con SÍ/NO el párrafo, según corresponda a su situación.

Nota 3: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.

Nota 4: A fin de comprobar la información entregada en su declaración se deberá adjuntar a la oferta el referido programa de integridad. Debe indicar el nombre del archivo de respaldo ; en caso de no adjuntarlo, no será verificable la información, por lo cual no se le asignará puntaje.

>


FORMULARIO N° 8

CONDICIONES LABORALES

Nombre completo o razón social

RUT

  1. REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL

ITEM

SUELDO BRUTO MENSUAL

(PESOS CHILENOS)

Responsable técnico o jefe de contrato

Técnico electricista

Instalador eléctrico autorizado SEC o técnico con respaldo SEC

OTRO ( Especificar)

SUMATORIA TOTAL SUELDOS BRUTOS

El oferente deberá acompañar respecto del personal individualizado para la ejecución del contrato, cualquiera de estos:

  • Liquidaciones de remuneración de los últimos tres meses,
  • Comprobantes de cotizaciones previsionales pagadas del mismo período.
  • Contrato de trabajo o anexo vigente.
  • En caso de personal que aún no se encuentre contratado al momento de ofertar, podrá acompañarse compromiso formal suscrito por el representante legal, indicando cargo, jornada, remuneración bruta mensual y condiciones ofrecidas, sin perjuicio de la obligación del adjudicatario de acreditar la contratación efectiva al inicio de la ejecución.

  1. TASA DE EMPLEO COMUNAL

Indicar porcentaje de trabajadores con domicilio en la Comuna de Lampa:

TASA DE EMPLEO COMUNAL

Documento que acredite domicilio en la comuna de Lampa, respecto de cada trabajador computado para este subfactor. Puede ser cualquiera de estos:

  • certificado de residencia emitido por Junta de Vecinos, Municipalidad o notario;
  • cartola o certificado del Registro Social de Hogares, si consigna comuna;
  • certificado emitido por la AFP, Isapre/Fonasa, banco o institución oficial que registre domicilio.

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ANEXO A

DECLARACIÓN JURADA DE AUTENTICIDAD
FIRMA MANUSCRITA ESCANEADA

Yo, ________________________________________, RUT ________________________, en mi calidad de ________________________________________, de la empresa ________________________________________, RUT ________________________, con domicilio en ______________________________________________________________, vengo en declarar bajo juramento que:

1. La firma manuscrita que consta en la documentación acompañada a la oferta corresponde efectivamente a mi firma, puesta de mi puño y letra, en tinta, sobre documento impreso, y posteriormente escaneado como página completa, sin inserción de firmas recortadas o “pegadas”.

2. Reconozco que la firma manuscrita escaneada se acepta solo para efectos de presentación documental, y que la Corporación podrá requerir en cualquier etapa la presentación del documento original en papel con firma autógrafa y/o la suscripción mediante firma electrónica, dentro del plazo que se indique.

3. Acepto que la falta de entrega del original o la detección de alteración, montaje o inserción de firma podrá implicar el rechazo de la oferta, tenerse por no presentada la documentación o las medidas que correspondan conforme a las Bases.

Datos manuscritos obligatorios (de puño y letra, junto a la firma):

Nombre completo: _________________________________________________

RUT: _____________________________________________________________

Cargo: ___________________________________________________________

Razón social: _____________________________________________________

Lugar y fecha: ____________________________________________________

Código único del proceso (OBLIGATORIO): ____________________________

FIRMA MANUSCRITA (EN TINTA) DEL DECLARANTE





Nombre:
RUT:
Cargo:

Adjuntos:

• Copia simple de cédula de identidad del firmante (ambos lados).

• (Si corresponde) Antecedente que acredite facultades del firmante, cuando éstas no consten en los antecedentes del proceso.

CONDICIONES DE ACEPTACIÓN DE LA FIRMA MANUSCRITA ESCANEADA

a)    La declaración jurada deberá ser firmada manuscritamente en tinta sobre el documento impreso y escaneada como página completa (no se aceptará firma “pegada” o insertada como imagen recortada).

b)    La declaración deberá incluir, escrita de puño y letra por el firmante: nombre completo, RUT, cargo, razón social, fecha, lugar, y un código único indicado por la Corporación para el proceso (por ejemplo: “Código: [ID licitación]-[fecha]”), el cual deberá quedar junto a la firma.

BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES

ID MERCADO PUBLICO

1271359-44-LE26

NOMBRE

SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE GRUPOS ELECTRÓGENOS 2026-2027

MANDANTE

Corporación Municipal de Desarrollo Social

RUT

70.954.200-1

DIRECCIÓN

Sargento Aldea 898, Lampa

UNIDAD TÉCNICA

Dirección de Administración y Finanzas, Departamento de Abastecimiento

FORMALIZACIÓN

Contrato - Orden de compra

FORMA DE PAGO

Transferencia Bancaria

PLAZO DE PAGO

30 días

    I.          BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR

La información se encuentra contenida en “BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, TECNICAS Y ANEXOS” de la presente licitación.

Importante: La evaluación y adjudicación se realizará por la totalidad del servicio, esto quiere decir que podrá haber un proveedores adjudicado, y en caso de no cumplir, esta será declarada inadmisible.

     II.          REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán participar en la presente licitación quienes cumplan con las siguientes disposiciones:

  1. Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten idoneidad técnica y financiera, y que se encuentren inscritas con su información actualizada en el “Registro de Proveedores”, en estado hábil.
  2. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad al Artículo N°4 de Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  3. No haber incurrido en alguna inhabilidad establecida en Artículo N° 35 quáter de la Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  4. No situarse en alguna de las circunstancias indicadas en el Artículo N° 154 del Decreto N° 661 y Articulo N° 35 septies de la Ley N° 19.886.

    III.          INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

  1. Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl.Incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las bases Administrativas Especiales. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los Formularios y/o anexos solicitados.
  2. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
  3. En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) el acuerdo en que conste la unión deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, deberá materializarse mediante el Formulario N° 2, en el cual deberán individualizar a cada miembro y designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto
  4. El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas.

 

En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de los puntos III Y IV de las presentes bases, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.       

    IV. PRESENTACIÓN DE OFERTAS FUERA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN


En el caso que existan circunstancias que impida presentar la respectiva oferta del bien y/o servicio en el portal www.mercadopublico.cl , se aceptará la presentación de las ofertas vía presencial y/o correo electrónico.

Ante dificultades, los proveedores deberán notificar la situación antes del cierre de recepción de ofertas al correo electrónico licitaciones@corporacionlampa.cl . De acuerdo a lo anterior, aquellos proveedores que no cumplan con la notificación vía correo electrónico, su oferta no será recepcionada.

Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, se aceptarán ofertas fuera del sistema de compras y contratación, en las siguientes circunstancias:

  1. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, como por ejemplo en caso de catástrofe, contingencia, emergencia climática u otro similar.

  1. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Dicha circunstancia deberá ser ratificada por la Dirección de ChileCompra mediante el certificado de indisponibilidad, el cual deberá ser solicitado por el oferente.

El certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de su oferta fuera del Sistema de Información.

Además, se podrán presentar ofertas o antecedentes fuera del portal, previo al cierre de las ofertas, en los siguientes casos:

  1. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse de manera física.
  2. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.

La postulación podrá realizarse de manera física o vía correo electrónico a licitaciones@corporacionlampa.cl , en el cual deberán entregar:

  1. Toda la documentación solicitada para esta licitación, como, por ejemplo, formularios, anexos y/o certificados.  Todos los documentos adjuntos deberán tener fecha de emisión hasta antes de la fecha de recepción de ofertas de licitación, como es el caso de garantías o certificados si corresponde.
  2. Certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, en caso que corresponda.

En caso de entrega física, deberá realizarse mediante la entrega de un sobre sellado en las dependencias de la Corporación de Desarrollo Social, ubicada en Sargento Aldea Nº 898, Lampa.

Sin perjuicio de lo señalado, se publicarán en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa.

     V.          INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

El proveedor deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores) para ofertar de manera efectiva. De la misma manera aplicará tratándose adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores. En caso de que al momento de adjudicar se encuentre(n) sin información se extenderá un plazo máximo de 02 días corridos.

Para subsanar esto, en caso que el(los) proveedor(es) se encuentre(n) inhabilitado(s), la oferta será declarada inadmisible, y se podrá readjudicar.

   VI.        FORO Y PREGUNTAS

Las consultas deberán formularse por escrito a través de la página www.mercadopublico.cl en los plazos establecidos, Link "FORO" durante la fecha y hora que se señala en el portal. Estas consultas serán respondidas por esa misma vía a través de Resolución Fundada, al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta, dentro de los plazos estipulados.

a)    La corporación se reserva el derecho de no responder la totalidad o parte de las consultas si no las considera pertinentes al desarrollo de este proceso.

b)   El oferente adjudicado no podrá condicionar ninguna aclaración o modificación de las Bases Administrativas o Técnicas, si ella no ha sido materia de la serie de preguntas y respuestas efectuadas dentro del plazo antes dicho.

c)    Si habiéndose realizado consultas complejas que dificulten dar respuesta dentro de los plazos establecidos o impliquen la revisión de los antecedentes del Itemizado, se extenderá el plazo de respuestas.

  VII.    DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta, existiendo la posibilidad de re-adjudicación.

En el caso del adjudicado, las condiciones comerciales ofrecidas se mantendrán vigentes hasta el total cumplimiento de la entrega de lo requerido, o por el periodo de duración del contrato, salvo que exista alguna modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en las Bases de Licitación.

  1. SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS

La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

v  ACLARACIONES DE OFERTA

Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

  • Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida.

  • Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.

  • Solución, errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.

  • Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste.

Se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará para el día hábil siguiente. Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible.

Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.


IX. REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN


Se procederá a Revocar la licitación cuando exista una causa justificada que afecte el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Y puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante resolución o acto administrativo y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.

Con relación al estado de Licitación “suspendida”, permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días, y posteriormente, seguir con el curso normal de una licitación y procede cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida pudiendo asignarse el estado desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.

  X.       INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas cuando éstas no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento.

 Además, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.

Esta declaración se hará a través de acto administrativo o resolución fundada, y no dará derecho a indemnización a los oferentes. Las causas que pueden llevar a esta declaración son:

û  La falta de publicación de la oferta en el Sistema de Información Mercado Público, a menos que haya una indisponibilidad del sistema.

û  Ofertas publicadas con valores de $1.

û  No presentar las garantías solicitadas en las bases.

û  Cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior, la corporación podrá considerar para efectos de la evaluación, la oferta más conveniente.

û  No adjuntar, modificar o presentar de forma incompleta los Anexos técnicos y/o económicos.

û  Conforme a las bases, en caso de haber incongruencias entre la información entregada por el proveedor en el Anexo económico y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4, sin embargo, si el anexo mencionado también presenta incongruencias, será causa de inadmisibilidad de la oferta.

û  Si las fichas técnicas o la información entregada respecto al producto son ilegible, incongruente y/o carecen de la información y especificaciones básicas solicitadas.

û  La omisión de documentos administrativos o técnicos esenciales que conducen a la inelegibilidad de la oferta y, por ende, a su exclusión según las pautas de las bases de licitación.

û  Ofertas que no cumplan con las pautas de postulación según tipo de adjudicación, como la oferta de menos del 50% los insumos de una canasta o productos.

û  Ofertas presentadas que superan el presupuesto disponible indicado y que no se dispongan de los recursos financieros suficientes para aceptarla. En otras palabras, solo se admitirá la oferta que, al exceder el presupuesto, la corporación tenga los recursos económicos necesarios.

û  Si el precio unitario ofertado no resulta conveniente para la adquisición en base a la comparación del costo en el mercado.

û  No cumplir con la asistencia a la visita a terreno o entrega de muestra cuando se indique su carácter obligatorio.

û  No suscribir el contrato mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas.

Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no presenten todos los documentos exigidos debidamente firmados por el representante legal, apoderado con facultades suficientes o por el oferente, en el caso de personas naturales.

Todos los formularios, declaraciones y antecedentes requeridos en estas Bases deberán estar suscritos mediante Firma Electrónica Simple o Avanzada, conforme a la Ley N°19.799. La utilización de firmas escaneadas solo será aceptada de forma excepcional y cuando así se disponga expresamente, no siendo equivalente a la Firma Electrónica Avanzada.

La Entidad Licitante podrá requerir la verificación de la firma utilizada. La falta de acreditación de su validez será causal de inadmisibilidad de la oferta.

En el caso de Uniones Temporales de Proveedores, el apoderado deberá acreditar poder suficiente para participar en la licitación. La falta de dicha acreditación dará lugar a la inadmisibilidad.

  XI.        OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS

La Corporación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trate de ofertas riesgosas o temerarias. 

Una oferta será declarada riesgosa o temeraria cuando cumpla con alguna de las siguientes condicionantes:

  • Si el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras ofertas propuestas,

Para esto, quien o quienes estén a cargo de la revisión de la oferta consideraran el cálculo del promedio de las ofertas no consideradas temerarias, se calculará el cociente entre la oferta previamente considerada temeraria y el promedio de las otras cuando el valor sea igual o inferior al 0,40 esta será considerada temeraria. Esto conforme a la siguiente formula:

Promedio =

Sumatoria de los precios totales no considerados temerarios

Cantidad de oferentes no considerados temerarios

          Formula final =

              Precio total de la oferta considerada temeraria

Promedio

  • Si la oferta es menor al 50% del presupuesto estimado/disponible.

  • Si el precio ofertado está 50% por debajo de los precios del mercado.

  • Si la ponderación final obtenida en el acta de evaluación es igual o inferior a un 50%

Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

Sin embargo, La corporación estará facultada para evaluar las ofertas riesgosas mediante la solicitud de información a través del sistema a él o los oferentes:

Antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. La cual deberá ser adjuntada al portal en un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la solicitud de los antecedentes.

La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato

En caso de ser adjudicada la oferta, el oferente deberá realizar aumento o presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto resultante entre la diferencia del precio ofertado y el precio ofertado por el proveedor que sigue en la calificación económica.

En caso que la licitación solo reciba una oferta el oferente deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto del monto adjudicado.

     XII.   SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

La Comisión de Evaluadora queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que pueda surgir en relación con el acto de apertura, etapas previas a la evaluación contempladas en las Bases (tales como demostración de los productos, visita a terreno u otros análogos) o de evaluación de las ofertas, en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases, todas las cuales deberán ser resueltas procurando el correcto, transparente, imparcial y eficiente desarrollo de la licitación y resguardando la debida armonía que en tal proceder debe existir entre los principios de estricta sujeción a las Bases con los de razonabilidad e interés público. En ningún caso el ejercicio de esta facultad podrá importar una modificación a lo establecido en las Bases.

Durante la ejecución cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración al secretario/a General o al Director/a de Administración y Finanzas, según corresponda, previo informe Técnico emitido por la Contraparte.

   XIII.          DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA

Los oferentes que hayan obtenido los mayores puntajes finales en la evaluación de producto y/o servicios será seleccionado y se procederá, posteriormente, a su adjudicación mediante acto administrativo fundado de la Corporación, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas.

La notificación de la adjudicación, tanto al/los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.

Si el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, Re-adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. Dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento.


XIV. CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN


Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica licitaciones@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl.

 XV.       FACTORING

La Corporación cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, conforme a lo dispuesto en el Artículo 127 del Decreto N° 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, “siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.

En relación a la Ley 19.983, que “regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura”; operaciones con Factoring, se establece que una vez firmado el contrato o durante la ejecución de del contrato y en la eventualidad que el contratista ceda el crédito a un Factoring, el contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de Factorizar.

El contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de factorizar al correo adquisiciones@corporacionlampa.cl. El contratista sólo podrá factorizar, facturas con glosas recepcionadas por la unidad técnica siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

En todo lo no previsto se regirá por lo estipulado en la Ley N. º 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la Factura.

Si la empresa contratista no cumple con lo solicitado en este punto, será causal de liquidación del contrato con cargo a la empresa.


XVI. DERECHO DE RETENCIÓN


Conforme al Artículo N°4 de la Ley 19.886, en caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Para lo anterior el proveedor deberá enviar a adquisiciones@corporacionlampa.cl los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 183-C Inciso Tercero del Código del Trabajo, el derecho de retención es aquél que le permite a la empresa principal retener de los pagos que debe efectuar a los contratistas que no acrediten el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales, los montos por los cuales es responsable y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora. El mismo derecho tienen los contratistas respecto de sus subcontratistas.

Si la empresa no logra acreditar el pago al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato y/o sobrepasa los seis meses, la Corporación estará facultada para retener cualquier estado de pago. No obstante, se otorgará un plazo de 5 días hábiles adicionales para acreditar el pago, de no ser así, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, y se realizará el cobro de la Boleta de Fiel cumplimiento con la finalidad de liquidar los saldos insolutos de sus obligaciones laborales y previsionales.

 XVII.   OBLIGACIONES DEL OFERENTE

a)   Obligaciones Esenciales:

  • Dar cumplimiento íntegro a las Bases Administrativas Generales y Bases Administrativas Especiales.

b)    Obligaciones de Suministro:

  • Cumplir con los plazos de entrega establecidos.
  • Mantener los precios ofertados durante la vigencia del contrato.

c)    Obligaciones Financieras y Administrativas:

  • Emitir facturas según procedimiento establecido.
  • Cumplir con garantías exigidas por Ley 19.886.
  • Mantener registros actualizados de entregas.

          XVII.   INCUMPLIMIENTO Y MEDIDAS APLICABLES


En virtud al Artículo 135 del decreto N° 661, en caso de incumplimiento por parte de los proveedores respecto a las obligaciones establecidas en las Bases y/o en el contrato, la Entidad contratante podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas


que se determinen.

Las medidas sancionatorias tienen su origen en un incumplimiento de naturaleza contractual y registran las conductas contrarias a lo comprometido en el contrato respectivo. Cada medida sancionatoria influirá en la nota de comportamiento contractual.

LEVES

Infracciones que no afectan de manera significativa la ejecución del contrato.

GRAVES

Infracciones que afectan la ejecución del contrato o el cumplimiento de sus condiciones.

GRAVÍSIMAS

Infracciones que comprometen gravemente la integridad del contrato o los intereses de la Corporación.


XIX. 
TIPOS DE MEDIDAS Y SANCIONES

INCUMPLIMIENTOS LEVES

AMONESTACIÓN

Medida que se aplica por incumplimientos leves a las obligaciones dispuestas en las bases de un contrato.  Es una medida que se registra y puede tener como consecuencia la aplicación de sanciones más graves si las faltas son reiterativas

INCUMPLIMIENTOS GRAVES

MULTAS

Obligación al pago de un monto de dinero, según el cálculo que se fijó en las Bases Administrativas especiales.

INCUMPLIMIENTOS GRAVISIMOS

COBRO DE GARANTÍAS

Se aplica el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, de seriedad de la oferta y/u otras garantías.

RESCISIÓN DEL CONTRATO

La terminación anticipada del contrato, que es una sanción severa.

     XX.  PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MEDIDAS SANCIONATORIAS

Detectada una situación que amerite la aplicación de una medida sancionatoria, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de una carta de notificación mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, en caso de contar con Ficha de Contrato al tratarse de convenio suministros o contrataciones de ejecución en el tiempo.

 

A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, los que podrá ingresar directamente a través de la Ficha de Contrato si aplica, o bien remitirlos al correo electrónico contratos@corporacionlampa.cl  con copia a  licitaciones@corporacionlampa.cl

Una vez recibido los descargos, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días hábiles para determinar si aplica la sanción de forma completa, parcial o se descarta de manera completa. Para ello, se realizará una comisión de análisis y evaluación de descargos, compuesta por el Departamento de Abastecimiento, Unidad de Control y Dirección de Administración y Finanzas, conforme a resultados obtenidos en dicha comisión, se dictará el respectivo acto administrativo fundado, aplicando en caso que corresponda la medida sancionatoria y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha situación.

No obstante, el proveedor tendrá un plazo de hasta cinco (5) días hábiles para interponer un recurso de reposición o jerárquico con el fin de solicitar una revisión de la medida sancionatoria, esto basado en argumentos de hecho o derecho, los que podrá remitirlos al correo electrónico contratos@corporacionlampa.cl  y fpardo@corporacionlampa.cl  con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl  y a licitaciones@corporacionlampa.cl  

Vencido el plazo, y si no se presentará recurso de reposición o jerárquico, la Corporación ratificará el acto administrativo fundado inicial, la cual será notificada al adjudicatario, mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, en caso de contar con Ficha.

Sin embargo, si el adjudicatario hubiera presentado recurso de reposición o jerárquico en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante acto administrativo fundado.

Estos actos administrativos fundados serán publicadas y notificadas electrónicamente, a través de correo electrónico, y en el módulo de gestión de contratos, en caso de contar con Ficha de Contrato, y en la ficha del proveedor, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio, correo electrónico y convenio respectivo.

Las notificaciones de los actos administrativos antes referidos, que deban practicarse por medio de correo electrónico serán dirigidas a la casilla o dirección que el oferente adjudicado indique al momento de la postulación para estos efectos, el cual deberá procurar mantener operativa.

En caso de adquisiciones simples, que no impliquen la gestión de contratos, la resolución de multa será publicada solo en el módulo “Ficha del proveedor” sección Comportamiento del proveedor en el portal mercado público.

El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la orden de compra correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar o mediante el cobro de la o las boletas de garantía.

El contratista podrá pagar las multas directamente en la Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación o a la cuenta corriente de la Corporación, indicada mediante resolución que aplica la multa, debiendo otorgársele recibo para tal efecto.

   XXI.       ACUMULACIÓN DE MULTAS

Las multas ejecutoriadas no podrán superar el 30% del valor del contrato o la orden de compra. En caso de que las multas acumuladas superen el porcentaje, la Corporación podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen.

   XXII.        TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La entidad contratante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario.

a)    LIQUIDACIÓN POR DECISIÓN DEL MANDATARIO

Por caso fortuito o fuerza mayor de la Corporación, podrá dar término anticipado al contrato. Además, cuando no haya fondos disponibles para llevarlas adelante, o cuando así lo aconsejan sus necesidades.

El aviso de término deberá ser comunicado por escrito al contratista con una anticipación mínima de 20 días corridos.

Si la unidad ejecutora pone término anticipado al contrato por causa que no sea imputable al contratista, quedará obligada a pagar a éste las sumas por concepto de:

v  Costo de los trabajos realizados hasta ese momento, por partida, unidad o fracción, de acuerdo al presupuesto ponderado.

Para el cobro de estas cantidades, el contratista cuando proceda, deberá acreditar con los documentos, comprobantes o recibos pertinentes, los gastos en que hubiere incurrido.

b)   LIQUIDACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA

La corporación podrá poner término anticipado al contrato, por causas imputables al contratista, en los siguientes casos:

v  Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

v  Por fallecimiento o incapacidad sobreviniente del proveedor.

v  El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las Bases y este contrato, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad contratante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

v  Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

v  La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886.

v  Si el contratista no cumple oportunamente con mantener vigentes los documentos de garantía y/o la póliza de seguros correspondiente, y ha excedido el periodo otorgado para el pago de multas por estos conceptos.

v  No acatar órdenes expresas de la Inspección Técnica, insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave. debidamente comprobado y tal situación persistiese por un período superior a 10 días hábiles.

v  En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Corporación, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

v  Si el contratista es declarado en quiebra.

v  Si el contratista es declarado como imputado por una causa civil o penal.

v  Incumplir lo señalado en bases administrativas punto “Factoring”.

v  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

v  Si el proveedor no puede cumplir con su obligación de suministro de los productos debido a la cancelación de la licencia del producto o de la autorización para su comercialización o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el producto o no cuente con el mismo.

v  Si, transcurrido a lo menos la mitad del período de vigencia del contrato, los productos se encuentran descontinuados o desaparecen del mercado lo cual deberá ser debidamente acreditado por el Proveedor con la documentación que dé cuenta de ello. Lo anterior a menos que el proveedor ofrezca productos alternativos de igual o superior calidad, por el mismo precio contratado.

v  Si los productos licitados son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio.

v  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

v  Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas.

v  La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad compradora, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

v  En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total contratado o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de tres meses.

v  En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.

v  En caso de que inhabiliten al proveedor para contratar con el Estado.

En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación, mutuo acuerdo o fallecimiento, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

                   XXIII.         MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN

La Corporación se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes Bases Administrativas Generales, bases administrativas especiales, técnicas y anexos, sea por iniciativa propia. o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de compra.

Estas modificaciones se realizarían hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, las que deberán ser aprobadas por el correspondiente acto administrativo y cumplir con las formalidades respectivas.

La Corporación comunicará oportunamente el contenido de estas modificaciones a los oferentes por medio del portal www.mercadopublico.cl, las cuales podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas, suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, que pudiesen ser relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior adjudicación.


XXIV. GESTIÓN CONTRACTUAL


Roles que intervienen en la gestión del contrato:

ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

  • Elaborar contratos.
  • Realizar reunión de inicio y coordinación contractual con la contraparte técnica y proveedor adjudicado, además de enviar correo con detalle.
  • Creación, publicación y actualización de la ficha del contrato en el aplicativo de Gestión de Contrato a partir de una licitación o de una orden de compra, completando los datos requeridos e incorporando aquella documentación que sea necesaria adjuntar en la ejecución y duración contractual.
  • Gestionar multas y/o aplicación de sanciones a solicitud de la contraparte técnica, bodega central, Subunidad de logística y gestión de proveedores, o referente técnico.
  • Realizar seguimiento al cobro y pago de multas.
  • Gestionar termino anticipado y/o cobro de boletas de en caso de que corresponda
  • Alertar a la contraparte técnica y/o encargado del contrato, respecto a la fecha de inicio y termino contractual.
  • En general, desarrollar todas las acciones de apoyo referidas a velar por el buen cumplimiento y gestión del contrato

SUPERVISOR DEL CONTRATO

  1. Es quien valida la información incorporando al sistema de Gestión de Contratos por parte del administrador de contrato.
  2. Verificar la gestión y seguimiento oportuno de los contratos.
  3. Verificar la gestión oportuna de las medidas de incumplimiento.

CONTRAPARTE TÉCNICA E INSPECTOR DEL CONTRATO

   Es la unidad, requirente y/o referente que realiza el requerimiento del servicio y/o producto, quien cumple la función de:

  1. Supervisar el cumplimiento de los requisitos y especificaciones técnicas establecidos, según área de competencia.
  2. Solicitar e informar incumplimientos, solicitar aumentos y/o disminución, prórrogas, aumento de plazos y/o cualquier otro acontecimiento.
  3. Recepcionar conforme la factura y dar visto bueno para la tramitación de los pagos.
  4. Llevar control de ejecución y saldos en conjunto con el administrador del contrato.
  5. Otras funciones establecidas en las Bases Administrativas especiales.

  XXV.        AUMENTO Y DISMINUCIÓN

La Corporación podrá ordenar al proveedor que amplíe hasta en un 30% o disminuya hasta en un 50% el valor total del contrato u orden de compra impuesto incluido, lo cual será notificado a través de la respectiva Orden de Compra o la Resolución Exenta que lo autorice a través del Portal Mercado Público.

 XXVI.   RESPOSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO

El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.


XXVII. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES


La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la Corporación de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados. 

XXVIII. DEMANDA ESTIMADA

Las cantidades estipuladas como demanda para cada servicio constituyen estimaciones de consumo durante la vigencia del contrato. En consecuencia, estas cantidades pueden experimentar variaciones a lo largo del desarrollo del mismo.

Por tanto, al ser cantidades referenciales, no existirá ninguna limitación en la cantidad de servicios efectuados, pudiendo modificarse de acuerdo a las necesidades reales, ya sea aumentando o disminuyendo las cantidades, sin significar ello ningún costo adicional.

En consecuencia, las facturaciones se realizarán siempre en base al consumo real efectuado y el precio unitario indicado por el oferente en su propuesta


XXIX. PRECIOS DEL CONVENIO


Los precios ofertados se mantendrán inalterables por toda la vigencia del Convenio, según los valores indicados en el formulario económico. No obstante, a la mitad del periodo del respectivo contrato, podrá solicitar reajuste de los precios, el cual no podrá exceder la variación acumulada que experimente el I.P.C, esta será considerada desde la formalización del contrato hasta el último mes informado por el servicio de impuestos internos (SII). La Corporación podrá aceptar o rechazar la propuesta. La respuesta de aceptación o rechazo de la Corporación se dará en un plazo máximo de 15 días corridos posteriores a la fecha de recibo de la propuesta.

Para ello el proveedor una vez cumplido la mitad del periodo deberá ingresar dentro de los primeros 07 días hábiles a través del Departamento de Abastecimiento o enviada al correo electrónico del Inspector Técnico una carta debidamente firmada por el representante de la empresa, adjuntando una lista con los nuevos valores, siempre que estos nuevos valores se encuentren de acuerdo a los valores de mercado y que el incremento no exceda la Variación de IPC.

En caso que el oferente no envíe carta de reajuste, se entenderá como su voluntad de mantener los precios vigentes para el periodo de correspondiente. En este caso que no acepte seguir con el contrato se llamara a un nuevo proceso de licitación.

 XXX.       INCORPORACIÓN DE SERVICIOS

Durante la vigencia del convenio, podrán incorporarse nuevos productos/servicios de la misma naturaleza, marca y categorías adjudicadas, siempre y cuando no implique alterar la naturaleza de los productos/servicios objeto de la licitación y del contrato, asimismo no signifique un aumento del contrato superior ala 30%, debiendo ajustarse al siguiente procedimiento:

  1. La contraparte técnica e inspector solicitará al proveedor, cotización del nuevo producto/servicio, mediante el documento “Formulario N°4.
  2. El proveedor deberá enviar la respectiva cotización, individualizando, especificaciones técnicas, valor neto y valor con impuestos incluidos. en un plazo máximo de 3 días hábiles, contados desde la fecha de envío del referido correo electrónico.
  3. La contraparte técnica e inspector del contrato, deberá realizar una evaluación técnica y económica de la cotización presentada en conjunto con la Dirección de Administración y Finanzas, asegurando que esta se ajuste a las condiciones y valores del mercado.
  4. Dicha cotización será aprobada mediante acto administrativo y publicado en la plataforma de Mercado público, sección “Ficha del contrato”.
  5. En caso de rechazo de la cotización, por razones técnicas y/o económicas, se procederá a un nuevo proceso de compra por los productos y/o servicios.

  1. XXXI. EXCLUSIVIDAD

Los bienes y/o servicios contratados serán sin exclusividad, es decir, en caso que se encuentren condicionas más ventajosas, quiebre de stock y/u otra circunstancia que dificulte el suministro de los bienes y/o productos, la Corporación podrá adquirir los productos y/o servicios mediante otros mecanismos dispuestos en la ley N° 19.886.


XXXII. PRÓRROGA DE CONTRATO

Para todos los efectos de las presentes bases, se entenderá por prórroga la extensión excepcional, transitoria y no renovable del plazo de vigencia del contrato originalmente suscrito, manteniéndose íntegramente las condiciones técnicas, económicas y jurídicas pactadas, sin dar origen a un nuevo período contractual ni a un nuevo contrato.

En conformidad con la Ley N°19.886, modificada por la normativa vigente, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°661, la Corporación podrá prorrogar el contrato, por una sola vez y hasta por un plazo máximo de seis (6) meses, únicamente cuando dicha extensión resulte indispensable para asegurar la continuidad del servicio mientras se desarrolla o se concluye un nuevo procedimiento de contratación.


La prórroga operará exclusivamente bajo las siguientes condiciones y etapas:

  1. Deberá disponerse con anterioridad al vencimiento del contrato vigente, encontrándose expresamente prohibida su aplicación retroactiva.

  1. Dictación de una resolución fundada, que acredite la necesidad de continuidad del servicio, la inexistencia de una alternativa contractual inmediata y la evaluación favorable del proveedor.

  1. No podrán modificarse precios, alcances, niveles de servicio ni demás condiciones del contrato original.

  1. Garantía de Fiel Cumplimiento: El proveedor deberá mantener, ampliar o adecuar la garantía vigente, de forma tal que ésta cubra íntegramente el período prorrogado y se extienda, a lo menos, hasta 90 días hábiles posteriores a su término, en los mismos montos, condiciones y modalidades exigidas originalmente.

La prórroga no constituirá renovación, no generará derechos adquiridos ni expectativas legítimas a favor del proveedor y no podrá utilizarse como mecanismo ordinario de extensión contractual, de conformidad con los criterios reiterados de la Contraloría General de la República.


XXXIII. RENOVACIÓN DEL CONTRATO

Para los efectos de estas bases, se entenderá por renovación la habilitación de un nuevo período contractual, derivado del mismo procedimiento concursal, cuya aplicación no es automática y se encuentra sujeta a una decisión expresa de la Corporación.

De conformidad con la Ley N°19.886 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°661, el contrato podrá ser renovado por un período adicional de hasta doce (12) meses, siempre que dicha facultad se encuentre expresamente contemplada en las presentes bases y que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente y en el contrato.


La renovación se aplicará conforme a las siguientes condiciones:

  1. Oportunidad: La decisión de renovación deberá adoptarse antes del término del contrato vigente.

  1. Evaluación previa: La renovación estará condicionada a una evaluación técnica, administrativa y financiera favorable del proveedor, acreditando el cumplimiento íntegro de sus obligaciones contractuales.

  1. Fundamentación: Requerirá la dictación de una resolución fundada, que justifique la conveniencia institucional de la renovación, la eficiencia del contrato y la continuidad del servicio.

  1. Disponibilidad presupuestaria: Será requisito indispensable contar con disponibilidad presupuestaria para el período a renovar.

  1. Garantía de Fiel Cumplimiento: Previo al inicio del período renovado, el proveedor deberá renovar, sustituir o constituir una nueva garantía de fiel cumplimiento, que cubra la totalidad del período renovado y se extienda, a lo menos, hasta 90 días hábiles posteriores a su término, conforme a las exigencias de las presentes bases.

La renovación no otorgará derechos adquiridos, no operará de forma automática y no podrá ejecutarse si no se cumple íntegramente el procedimiento descrito, en resguardo de los principios de competencia, eficiencia, transparencia y estricta sujeción a las bases, conforme al marco regulatorio de las compras públicas y a la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República.

XXXIV.  PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

v  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

v  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

v  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

v  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

v  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

                XXXV.         ANTECEDENTES FINALES

Para efectos de la presente licitación, las bases administrativas, bases técnicas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato.

Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato.

En caso de existir discordancia entre lo indicado en las Bases Administrativas Generales y la Ficha Electrónica de la Licitación, primará lo informado en las Bases Administrativas.

Finalmente, los servicios y sistemas ofertados se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica del modelo tipo indicado o características señaladas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.

La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.)


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
  1. MECANISMO DE DESEMPATE

 

En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:

 

  1. Mejor puntaje Oferta económica.
  2. Mejor puntaje Calidad técnica
  3. Mejor puntaje Experiencia del oferente.
  4. Mejor puntaje Condiciones laborales
  5. Mejor puntaje de Sustentabilidad.
  6. Mejor puntaje programas de integridad.
  7. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.