Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Instituto de Neurocirugía
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Fecha de vencimiento:
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30-06-2028
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato tiene por objeto caucionar el cumplimiento en tiempo y forma por el adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores. Esta garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar, no devengará intereses, ni reajustes, tendrá el carácter de irrevocable y podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre del proponente, quien podrá presentar Boleta de Garantía, Nominativa, Bancaria No Endosable; Vale vista o Certificado de Fianza, entre otros.
Esta garantía tendrá el carácter de irrevocable, no devengará intereses ni reajustes, y deberá mantenerse vigente durante todo el período de ejecución del contrato, incluyendo el eventual plazo de renovación o prórroga, si procediere.
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Glosa:
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“PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO SERVICIO DE REMODELACIÓN DE INFRAESTRUCTURA PASILLOS DE PABELLÓN, ID_______________”
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Forma y oportunidad de restitución:
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a) Forma y oportunidad de entrega: La garantía deberá entregarse en original en el Departamento de Finanzas del Instituto al momento de suscribir el contrato respectivo. Si no se presenta esta garantía en tiempo y forma, el Instituto de Neurocirugía podrá dejar sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán también ser entregadas hasta el momento de suscribir el contrato.
La garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato no devengará intereses, ni reajuste alguno, y tendrá el carácter de irrevocable.
b) Vigencia: Deberá exceder, al menos, en 60 días hábiles a la fecha de término del convenio. En el caso de prorrogar el contrato, la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato se deberá renovar bajo las mismas condiciones de la garantía original.
c) Devolución: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del convenio podrá retirarse por el oferente adjudicado en el Departamento de Finanzas del Instituto de Neurocirugía a su vencimiento, en el siguiente horario: de lunes a viernes desde las 10:00 horas hasta las 15:00 horas Para el retiro de la garantía deberá presentarse poder simple timbrado por la Empresa, fotocopia de la cédula de identidad de la persona que retira y el Rut de la Empresa.
Lo anterior, siempre que no existan observaciones pendientes.
Para todos los efectos, la garantía mencionada en el párrafo precedente se iniciará una vez que se firme el acta de recepción conforme sin observaciones por parte del Subdirector de Operaciones, el oferente adjudicado y el Administrador del Contrato, según se regula en el punto siguiente de estas bases administrativas.
Las partes que suscriben el contrato, de común acuerdo, podrán prorrogar el contrato por igual periodo de vigencia, con el fin de otorgar continuidad calidad al servicio, siempre y cuando la prórroga no supere las UTM 1.000.
Con todo, el Instituto de Neurocirugía podrá poner término anticipado al Contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento por causa imputable a éste, en virtud de las causales establecidas en las presentes bases para poner término al contrato.
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