- BASES ADMINISTRATIVAS
- PRODUCTOS REQUERIDOS:
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Línea
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Código Interno
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Descripción
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Cantidad aprox. 36 meses
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1
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10-700-350-501-02
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Lente De Contacto Pediátrico, Según Especificaciones Técnicas.
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176 Unidades
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- CARACTERISTICAS DE LA LICITACIÓN
a) Nombre de la licitación: “Convenio Suministro Lentes de Contacto Pediátricos para el Servicio de Oftalmología del Hospital Guillermo Grant Benavente.” ID: 886954-58-LE26”
b) Descripción: La necesidad de abastecer insumos para la atención oportuna del paciente.
c) Tipo de licitación: Pública-Licitación Pública Mayor a 100 y Menor a 1.000 UTM (LE).
d) Tipo de convocatoria: ABIERTO
e) Moneda: Peso Chileno
f) Etapas del proceso de apertura: Una Etapa
g) Toma de razón por Contraloría: No requiere Toma de Razón por Contraloría
h) Publicidad de ofertas técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación.
- ORGANISMO DEMANDANTE:
a) Razón Social: Hospital Guillermo Grant Benavente
b) Unidad de compra: Unidad de Abastecimiento de Insumos
c) R.U.T.: 61.602.189-3
d) Dirección: San Martín # 1436.
e) Comuna: Concepción
f) Región en que se genera la licitación: Región del Biobío.
- CALENDARIO DE LICITACIÓN.
a) Fecha inicio de preguntas: A partir de la fecha de publicación.
b) Fecha final de preguntas: 4 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
c) Fecha de publicación de respuestas: 7 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
d) Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
e) Fecha de acto de apertura técnica y económica: 10 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
f) Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas: 30 días corridos, a partir de la fecha de apertura
g) Fecha de Adjudicación: 60 días corridos, a partir de la fecha de Cierre de ofertas.
- ETAPAS Y PLAZOS.
a) Convocatoria a Propuesta: Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal.
b) Entrega de antecedentes para postulación: Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
c) Recepción de consultas: Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
d) Respuesta a Consultas: La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán como parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
e) Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl: Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
f) Recepción Física de las Propuestas: Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del Hospital Guillermo Grant Benavente ubicada en calle San Martín 1436, Concepción, hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
g) Apertura de las Propuestas: La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación.
h) Fecha de adjudicación: Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
- GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
- DEFINICIONES
Director: Claudio Baeza Avello.
Servicio: Hospital Clínico Dr. Guillermo Grant Benavente, Región del Biobío
Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento de Insumos.
- UNIDAD TÉCNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en Janequeo #239, Concepción, Unidad de Abastecimiento de Insumos.
- DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
- DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
- INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.
Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español.
- MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
El Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
- ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
Documentos Administrativos (Requisitos Formales)
a) El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en los formularios N° 1A o N°1B, N°2, N°3, N°4A o N°4B, N°5, N°7, N°9, N°11 y N°12, según corresponda, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural.
b) En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
Documentos Técnicos
El oferente deberá presentar su oferta técnica con la siguiente información obligatoria, de no ser así, las ofertas se declararán inadmisibles por incumplimiento de presentación oferta técnica.
a) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en la letra b) “especificaciones técnicas” (catálogos, fichas técnicas, certificados, entre otros).
b) Debe completar Formulario N° 6, N°8 y N°10 adjunto, con Especificaciones Técnicas, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural.
c) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en formato PDF en idioma español, sólo de los productos o servicios solicitados en esta Licitación, (No incluir otros insumos adicionales que no sean requeridos), debe señalar que los oferentes deben completar formulario N°8 indicando código ofertado y, en caso de adjuntar catálogo, se debe indicar el N° de la página donde se encuentra el material ofertado.
d) Debe presentar Formulario N°10 firmado por el representante Legal o Persona Natural que acredite que los productos ofertados en esta licitación presentan políticas de canje donde estipule reemplazo dentro de 48 horas de presentada la falla, en los siguientes casos:
● Fallas del insumo.
● Insumo en mal estado.
● Fallas del empaque, empaque que permita contaminación del insumo.
● Envase en mal estado.
● Insumo deteriorado por empaque de difícil acceso.
● Recepción lentes con vencimiento menor a 1 año.
Documentos Económicos
El oferente debe cotizar en su oferta el valor unitario neto, sin considerar impuestos.
Las ofertas que no cumplan con lo anteriormente solicitado se declararán inadmisibles.
- VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de estas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES.
15.1 PERSONA NATURAL.
15.1.1 Requisitos para ofertar:
- El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad:
- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
15.1.2 Requisitos para ser contratado:
El adjudicado debe NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
- Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, en el cual se establece que "Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.”
- No estar afecto a lo regulado en el artículo 35 quáter.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
- Debe acompañar fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores.
15.2 PERSONA JURÍDICA.
15.2.1 Requisitos para ofertar:
- El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad:
● Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
15.3 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
15.3.1 Requisitos para ofertar:
- El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad del art. 4 inciso 2 de la ley 19886:
‘‘Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del convenio, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
15.3.2 Requisitos para ser contratado:
El adjudicado debe acreditar a través de los formularios diseñados para estos efectos el NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
a).- Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
b).- No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Como lo indica el artículo 180. Decreto N°661 del año 2024: Unión Temporal de Proveedores: “Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento”.
c).- Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deben estar Inscritos y habilitados en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
15.3.3.- Documentos para contratar:
- Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
- Declaración jurada de cada uno de los integrantes de la UTP, acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- Certificado de Vigencia de persona Jurídica, en caso que corresponda, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones.
- Certificado de Vigencia de Poder, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 inciso final de la ley 21.053.
Para tener en cuenta los documentos de UTP anteriormente mencionados:
● Instrumento privado en el que conste la unión, si la contratación es igual o mayor a 1000 UTM el acuerdo en que conste la UTP deberá materializarse por escritura pública. (inciso 4 del art. 180 del decreto 661/2024 correspondiente al reglamento de compras públicas)
● Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
● En relación a los formularios en donde consten las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
15.4 OTROS REQUERIMIENTOS QUE DEBEN OCUPAR LOS OFERENTES Y/O CONTRATISTAS, PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y UNIÓN DE PROVEEDORES.
- En ningún caso el suministro de los productos se podrá iniciar con anterioridad a la total tramitación del contrato.
- EL ADJUDICATARIO, desde el momento de la adjudicación de LA LICITACIÓN en el portal Mercado, deberá acreditar, antes de 15 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación, su habilitación para contratar con la Administración del Estado presentando la inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, requisito indispensable para la firma del Contrato.
- Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo de EL ADJUDICATARIO, en adelante EL PROVEEDOR. En consecuencia, EL HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CONCEPCIÓN no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros vinculados al convenio y a los actos que de él se deriven.
- MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO
a) Estimación en base a: Presupuesto Estimado.
b) Fuente de financiamiento: Presupuesto del Hospital Dr. Guillermo Grant Benavente.
c) Monto total estimado: $ 50.000.000.- con IVA incluido.
d) Tipo Contrato: Bienes.
e) Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.
f) Tiempo de ejecución: 36 meses.
g) Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada, según lo señalado en el punto 32 de las presentes Bases.
h) Opciones de Pago: Transferencia / Cheque
i) Responsable del pago: Loreto Rodríguez Neira
j) e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
k) Nombre del responsable de contrato: Blanca González Lara
l) e-mail del responsable de contrato: ejecutivocomprasinsumos@ssconcepcion.cl
m) Teléfono responsable de contrato 41-2722515
n) Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación parcial; transporte y descarga.
- GARANTÍAS REQUERIDAS
Documentos de garantías no serán requeridos.
- DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
1. Jefe (s) Unidad Abastecimiento de Insumos, HGGB.
2. Jefe del Servicio de Oftalmología, HGGB.
3. Jefe Depto Oftalmopediatria y Estrabismo, HGGB.
Funciones de la comisión:
- Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
- Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de estas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
- Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
- De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
- Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital.
- Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción que adjudicará.
- En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Hospital, para que éste dirima como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
- Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
- PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Guillermo Grant Benavente, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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N°
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Criterio
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Fórmula de cálculo (dependerá, según el objeto de la contratación)
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Ponderación
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1.
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Precio
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A MENOR PRECIO, MEJOR PUNTAJE.
Fórmula=
(menor precio ofertado/
precio evaluado) x factor x100
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60%
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2.
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Plazo de Entrega
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MENOR PLAZO DE ENTREGA, MAYOR PUNTAJE:
Fórmula=
(menor plazo de entrega ofertado/
plazo de entrega evaluado) x factor x100
(Se evaluará según información entregada en Formulario N° 6.)
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30 %
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3.
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Cumplimiento de documentación y requisitos formales.
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Cumplimiento de documentación y requisitos formales
Fórmula= puntaje obtenido x factor según punto 20.1
- Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre=100
- Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud= 10.
- No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud= OFERTA INADMISIBLE.
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8%
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4.
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Programa de integridad entre los trabajadores de la empresa y difusión.
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Programa de Integridad entre los trabajadores de la empresa y su difusión.
Fórmula: Puntaje obtenido * factor * 100
* Proveedor sí cuenta con programas de integridad y éstos son conocidos por su personal: 100 puntos
* Proveedor sí cuenta con programas de integridad, pero no son conocidos por su personal, o no respalda su difusión: 0 puntos.
* Proveedor no cuenta con programas de integridad: 0 puntos.
Se evaluará si la empresa cuenta con programas de integridad y si éstos son conocidos por su personal, para lo cual, se considerará como medio de verificación el Formulario N° 12 de los anexos a la oferta.
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2%
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Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
20.1 El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos en el punto N°13 Antecedentes para incluir en la oferta/Antecedentes Administrativos obtendrá 100 puntos. El oferente que acompañe los antecedentes requeridos dentro de las 48 horas acordadas desde la nueva solicitud, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 10 pts.
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Cumplimiento de los Requisitos 8%
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Puntaje
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Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre.
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100
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Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud.
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10
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El Hospital no considerará las ofertas sin los antecedentes requeridos dentro del nuevo plazo de 48 horas contados desde la solicitud, dejando la Oferta Inadmisible.
● La puntuación por línea se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
● La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será la adjudicada.
- RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio
2) Plazo de Entrega
3) Cumplimiento de documentación y requisitos formales.
4) Programa de integridad entre los trabajadores de la empresa y difusión.
- DE LA ADJUDICACIÓN
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación múltiple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de cada una de las líneas, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten conveniente a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El HGGB tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 58 de Decreto N°661 que establece Reglamento de compras).
23. MECANISMO PARA LA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del Sistema de Compras Públicas, conforme lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento.
24. AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
FÓRMULA: Cantidad requerida de insumo por línea x 0.3
25. DEL CONTRATO
Por tratarse una licitación de bienes estándar y de simple especificación el contrato correspondiente se entenderá como formalizado una vez que el proveedor acepte la Orden de Compra.
26. DE LA ORDEN DE COMPRA
La primera orden de compra será emitida a contar desde la total tramitación de Resolución de Adjudicación.
Cada Orden de Compra se entenderá notificada al adjudicatario desde la publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para aceptar la orden de Compra desde la notificación en el portal Mercado Publico.
27. VIGENCIA Y RENOVACIÓN.
El suministro tendrá una vigencia de 36 meses a contar desde la total tramitación de Resolución de Adjudicación.
No se contempla renovación.
28. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
29. OPERATIVIDAD DEL SUMINISTRO
El proceso se iniciará con la atención del paciente en el establecimiento hospitalario, donde el médico tratante emitirá la receta correspondiente para lentes de contacto pediátricos. Dicha prestación deberá ser registrada en el sistema interno del hospital, quedando debidamente formalizada.
Posteriormente, los pacientes serán incorporados en una nómina oficial elaborada por la entidad contratante. Cada receta médica será debidamente timbrada en el servicio de Policlínico de Oftalmología, indicando el nombre de la óptica adjudicada, junto con su dirección y número de contacto.
Asimismo, la óptica adjudicada deberá realizar la donación de un timbre institucional, el cual será utilizado por el establecimiento de salud para formalizar la validación de las recetas emitidas. Dicho timbre permitirá acreditar que la receta se encuentra conforme al convenio vigente, siendo requisito para la correcta atención y entrega del producto al paciente.
Por su parte, la óptica adjudicada deberá generar un registro o listado consolidado de los lentes entregados, el cual será remitido mensualmente para su revisión y validación al servicio.
Los correos institucionales son: tmcoordinacionpoliofta@ssconcepcion.cl, secrepolioftalmologia@ssconcepcion.cl, y a cvidal@ssconcepcion.cl.
Dicho informe se remitirá al Servicio de Abastecimiento de Insumos para sus respectivas órdenes de compra. ejecutivocomprasinsumos@ssconcepcion.cl.
30. PLAZO DE ENTREGA
El proveedor deberá garantizar la entrega del lente de contacto en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la indicación. Aquellas ofertas que consideren un plazo de entrega superior al máximo establecido serán declaradas inadmisibles.
31. DE LA RECEPCIÓN
La óptica que sea adjudicada en la presente licitación deberá tener su casa matriz o sucursal dentro de la cuidad de Concepción, en lo posible, en los alrededores más cercanos al Hospital Guillermo Grant Benavente. El Proveedor deberá garantizar la entrega del lente de contacto en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la indicación.
32. MODALIDAD DE PAGO
Facturas que no se envíen correctamente, serán rechazadas de manera inmediata por el Hospital y para la Refacturación deberá ser gestionada con Nota de Crédito que mencione factura rechazada.
El pago se realizará contra factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura o boleta de honorarios respectiva.
La factura o boleta de honorarios deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente RUT.61.602.189-3, dirección San Martín N° 1436, Concepción, cancelada en original y dos copias. ADJUNTANDO ORDEN DE COMPRA E INDICANDO EL NUMERO DE ID DE ÉSTA.
Si el proveedor adjudicado posee emisión de facturas electrónicas, deberá actualizar en su ERP correspondiente el listado de contribuyentes respectivo desde SII, para que la factura sea recepcionada mediante los sistemas informáticos del Hospital Guillermo Grant Benavente.
Es responsabilidad del proveedor que la factura electrónica ingrese con detalle de todo lo requerido.
a) Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital.
Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores.
b) En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación a dipresrecepcion@custodium.com para poder ser rescatados por nuestro sistema.
Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
“DTE debe indicar la condición de dispositivo médico en despacho, además de los siguientes datos de trazabilidad: -Nombre del producto, identificación del proveedor, modelo (solo cuando corresponda), N°lote/serie, Fecha de vencimiento, según las exigencias indicadas en norma técnica N°226 del 06.09.22”.
33. DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
34. SANCIONES Y MULTAS
34.1 Los siguientes incumplimientos, obligarán al Hospital para aplicar las multas que se detallan a continuación:
34.1.1 Faltas Leves y sus multas:
● Por incumplimiento de las políticas de canje: El incumplimiento en los plazos de entrega de insumos solicitados a canjear por los motivos antes dispuestos en las presentes bases administrativas; salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 10% del Monto Neto, respecto al valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
● Retraso en el Plazo de Entrega de Insumos: Por el atraso en el plazo de entrega de insumos por cada día hábil, en los plazos propuestos por el proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente al 10% (Monto Neto) aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas.
34.1.2 Faltas Graves y sus multas:
● Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos recibidos: en relación a lo requerido en la presente Licitación y a la oferta técnica del proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente a 1 UTM, cada vez que se reciba un insumo que no haya sido adjudicado en el presente convenio.
34.1.3 Faltas Gravísimas y sus multas:
● En caso de existir incidente grave: Si se produjera un incidente grave, por falla con alguno de los insumos entregados por el proveedor, que haya significado un riesgo para la salud del paciente, se aplicará una multa equivalente al 20% del Monto Neto del producto que ha fallado. Lo anterior, procederá ante emisión de Incidente Critico por falla de producto, emitida por servicio requirente del HGGB.
34.2 Compensación de cuentas por pagar con multas aplicadas: El Hospital podrá descontar las multas que se originen de los incumplimientos que se estipulen como tal en las bases de licitación o trato directo, según corresponda, de forma administrativa de los documentos por pagar que se tenga con el proveedor respectivo, hasta completar el monto de la multa ratificada por resolución exenta. Si no existieren facturas pendientes o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro de los 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. El Hospital podrá efectuar cobro a través de la vía judicial o extrajudicial, si así lo determina.
34.3 Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del convenio mediante informe al Jefe (s) Unidad Abastecimiento de Insumos para proceder con el proceso de evaluación de multa.
34.4 Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
34.5 La multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
34.6 El cobro de dos o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al convenio por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
34.7 Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
35. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
En todos estos casos, detectada por parte de la entidad o del funcionario responsable una situación que amerite una posible aplicación de multas, se le informará al proveedor mediante oficio remitido a su correo electrónico a través de la plataforma Mercado Público, en el módulo de gestión de contratos, opción "gestión de sanciones", conforme al art. 140 del Decreto N°661. Dicha comunicación señalará la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
Una vez comunicado el inicio del procedimiento sancionatorio, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos (lunes a viernes) para aceptar la sanción o efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, módulo gestión de contratos.
Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará el respectivo acto administrativo pronunciándose sobre la procedencia de la multa.
Si el proveedor presentase descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de treinta días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Esto se resolverá mediante un acto administrativo fundado y se comunicará a través de la plataforma Mercado Público, en el módulo de gestión de contratos, opción "Sanción Aplicada".
Sin perjuicio de lo expuesto, una vez concluida la tramitación del acto administrativo que se pronuncia sobre la multa, el adjudicatario podrá interponer los recursos establecidos en la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos.
Se deja establecido que el Hospital no podrá proceder al cobro de multas que se hayan aplicado en virtud del artículo 13 ter., en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del convenio que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio de pago de multas.
36. DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
36.1 De las modificaciones:
El Hospital podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado (Art. 129 del Reglamento).
36.2 Del Término Anticipado del Contrato:
El Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, debe declarar, administrativamente, el término del contrato, en todo o en parte, por alguna de las causales siguientes:
- Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente:
● Cuatro veces por Faltas Leves, durante la vigencia del convenio.
● Tres veces por Falta Leve con una vez por Falta Grave, durante la vigencia del convenio.
● Dos veces por Falta Grave, durante la vigencia del convenio.
● Una vez por falta gravísima, durante la vigencia del convenio.
- Que el proveedor presente retraso en plazo de entrega, superior a 15 días hábiles en relación a plazo de entrega ofertado.
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la incapacidad de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del convenio.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el convenio conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Las demás establecidas en la Ley, en las presentes Bases de licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
37. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
37.1 En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 9, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al convenio pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al convenio.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del conveniogaran, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
37.2 El término del convenio por la causal establecida en el numeral 7 se deberá generar mediante la inscripción de mutuo acuerdo del término anticipado, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente cláusula.
38. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
39. DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del convenio, según lo dispuesto en el p. 36.2 de las presentes bases.
40. PRESENTAR MUESTRAS Y/O PROTOTIPOS
Luego de la evaluación de admisibilidad de las ofertas, es decir, de verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos, administrativos y económicos, se solicitarán muestras de los insumos ofertados, con el fin de verificar que éstas cumplan con lo detallado en la oferta técnica.
Las muestras de aquellos productos con los que el hospital haya trabajado durante los últimos 12 meses, no serán solicitadas, ya que éstos se encuentran probados clínicamente. La cantidad de insumos que se soliciten se realizará según el producto que se esté adquiriendo.
Las muestras serán enviadas por el proveedor sin costo para el Hospital.
Serán solicitadas mediante fe a la Oferta, Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl y el plazo de entrega máximo será de 2 días hábiles, contados desde la solicitud.
Las muestras deberán ser entregadas con Guía de Despacho que señale claramente que es un despacho sin costo, en la Bodega de Insumos del Hospital Guillermo Grant Benavente, durante el horario de lunes a jueves de 8:00 a 17:00 hrs. y los días viernes desde las 8:00 a las 16:00 hrs.
El proveedor que no envíe las muestras dentro del plazo señalado quedará en estado de inadmisibilidad y no será considerado en etapa de evaluación.
Sólo tendrá la validez, la pauta de evaluación que se adjunta en Anexo N° 1.
41. DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS
Los productos ofertados deberán tener un vencimiento mínimo de 1 año a contar de la fecha de recepción, No obstante, la empresa adjudicada deberá ofrecer políticas de canje, (Formulario N° 10), para el caso de los productos sin rotación, según lo estipulado en el punto N° 42.
42. POLÍTICAS DE CANJE
El proveedor adjudicado debe presentar políticas de canje en un plazo igual o inferior a 48 horas en los siguientes casos:
● Fallas del empaque: empaque que permita contaminación del insumo.
● Productos sin rotación: insumos que no hayan sido consumido y se requiera cambio de medida, fr, cm, calibre, entre otros.
● Envase en mal estado: que el envase se encuentre aplastado, o abierto al momento de su recepción.
● Conservación del insumo inadecuada: que el insumo presente algún tipo de objeto extraño, por ejemplo, pelo, pelusa, basura, etc.
● Fallas del insumo: al momento de utilizar o manipular el insumo por parte del equipo médico en pabellón, esté se encuentre defectuoso, es decir, que presente características que no permita su uso en paciente o que su posible uso signifique un riesgo para el paciente, según determine el personal clínico.
● Vencimiento de 1 año del insumo: desde la recepción del lente en la institución.
43. DEVOLUCIONES
Todos los proveedores que se encuentren adjudicados y sin excepción, deberán asumir los costos asociados a las devoluciones que sean realizadas desde bodega de insumos de manera inmediata y sin necesidad de completar ningún documento adicional (Formulario N° 11) para los siguientes casos:
• Pedido no solicitado.
• Pedido mal despachado (en cantidad o detalle).
• Insumos con fallas de empaque: Se refiere a empaques mal sellados (con aperturas) o con alguna característica del envase que haga referencia a que el insumo pueda estar con deterioro y que sea alterada la eficiencia en el uso de éste.
• Términos de licitaciones.
• Muestras enviadas por parte del proveedor, sin haber sido solicitadas por el hospital.
• Muestras posterior a la evaluación de especificaciones técnicas.
• U otro factor que sea a causa de mal despacho de proveedor.
44. POR FALLA DE CALIDAD
Conforme a la relación entre características y especificaciones adjudicadas y lo recepcionado por el servicio clínico usuario del insumo, en caso de existir diferencias, deberán ser correctamente formalizadas por parte de éstos, quienes son responsables de evaluar y llevar control de que lo recepcionado guarde relación con lo solicitado y adjudicado. Por otro lado, cualquier falla del insumo que se produzca antes o durante su uso y que no permita utilizarlo ni llevar a cabo el procedimiento, deberá ser informado oportunamente por el servicio clínico de acuerdo a protocolos del Hospital sobre incidentes de esta naturaleza.
B) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, requiere realizar Licitación Pública de “Convenio Suministro Lentes de Contacto Pediátricos para el Servicio de Oftalmología del Hospital Guillermo Grant Benavente.” ID: 886954-58-LE26, con las siguientes características:
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Los insumos requeridos, son los siguientes:ÍTEM
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Especificaciones Técnicas
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Cantidad Aprox. 36 meses
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1
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Lentes de Contacto Pediátrico.
Código:10-700-350-501-02, con la siguiente especificación:
Lentes de contacto pediátricos para corrección óptica de afaquia
Las características técnicas requeridas son las siguientes:
• Lentes de contacto pediátricos destinados a la corrección óptica de afaquia.
• Lentes rígidos gas permeables (RGP) o lentes blandos de silicona hidrogel diseñados para uso en afaquia pediátrica.
• Material con alta permeabilidad al oxígeno (Dk ≥ 200) adecuado para uso en población pediátrica.
• Filtro ultravioleta incorporado. (97% de absorción bajo los 380 NM).
• Diseño personalizado, incluyendo ajuste de parámetros como:
o Curva base
o Diámetro total
o Potencia dióptrica
o Zona óptica
o Otros parámetros necesarios para la correcta adaptación, etc.
• Disponibilidad de potencias positivas elevadas, requeridas habitualmente en afaquia pediátrica.
• Modalidad de uso diario o extendido según indicación médica del Servicio de Oftalmología.
• Adaptación realizada por contactólogo con experiencia en pacientes pediátricos.
• El tratamiento deberá considerar al menos tres recambios de lentes de contacto durante los primeros meses de vida del paciente, debido a los cambios anatómicos y refractivos propios del crecimiento ocular. y controles mensuales hasta el cumplimiento de los dos (4) años de edad del paciente, conforme a los requerimientos del Servicio de Oftalmología.
• Educación obligatoria a los padres o cuidadores respecto al uso, manipulación, higiene y mantención de los lentes de contacto.
• Controles clínicos mensuales durante el primer año de vida, y posteriormente según indicación médica.
• El proveedor deberá garantizar la entrega del lente de contacto en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la indicación.
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176 unidades
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Especificaciones Técnicas Adicionales:
Requisitos del Profesional de la óptica adjudicada.
El profesional responsable de la adaptación de los lentes de contacto deberá:
• Acreditar formación como contactólogo.
• Presentar experiencia mínima de 2 años en adaptación de lentes de contacto en pacientes pediátricos.
• Adjuntar documentación que respalde dicha experiencia.
El consumo estimado mensual es de 2 pares de Lentes de Contacto Pediátrico.
El costo ofertado corresponde al tratamiento completo del paciente pediátrico, es decir, el Hospital Guillermo Grant Benavente realizará la compra de lentes de contacto, cuyo valor debe considerar al menos 3 cambios de lentes sin costo y controles mensuales hasta los cuatro 4 años de edad cumplidos en el paciente, según requerimiento desde el Servicio de Oftalmología.
- Duración de Convenio: 36 meses.
- Procedimiento de entrega de Lentes de Contacto al paciente:
El proceso se iniciará con la atención del paciente en el establecimiento hospitalario, donde el médico tratante emitirá la receta correspondiente para lentes de contacto pediátricos. Dicha prestación deberá ser registrada en el sistema interno del hospital, quedando debidamente formalizada.
Posteriormente, los pacientes serán incorporados en una nómina oficial elaborada por la entidad contratante. Cada receta médica será debidamente timbrada en el servicio de Policlínico de Oftalmología, indicando el nombre de la óptica adjudicada, junto con su dirección y número de contacto.
Asimismo, la óptica adjudicada deberá realizar la donación de un timbre institucional, el cual será utilizado por el establecimiento de salud para formalizar la validación de las recetas emitidas. Dicho timbre permitirá acreditar que la receta se encuentra conforme al convenio vigente, siendo requisito para la correcta atención y entrega del producto al paciente.
Por su parte, la óptica adjudicada deberá generar un registro o listado consolidado de los lentes entregados, el cual será remitido mensualmente para su revisión y validación al servicio.
Los correos institucionales son: tmcoordinacionpoliofta@ssconcepcion.cl, secrepolioftalmologia@ssconcepcion.cl, y a cvidal@ssconcepcion.cl.
Dicho informe se remitirá al Servicio de Abastecimiento de Insumos para sus respectivas órdenes de compra. ejecutivocomprasinsumos@ssconcepcion.cl.
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- Controles periódicos y recambios:
Controles clínicos mensuales durante el primer año de vida, y posteriormente según indicación médica.
El tratamiento deberá considerar al menos tres recambios de lentes de contacto durante los primeros 18 meses de vida del paciente, debido a los cambios anatómicos y refractivos propios del crecimiento ocular.
El contactólogo debe enviar informes de asistencia a controles y evolución del paciente al Servicio de Oftalmologia del Hospital Guillermo Grant Benavente, con la finalidad de que haya una excelente coordinación y comunicación fluida con el contactólogo encargado.
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- Recepción conforme:
La óptica que sea adjudicada en la presente licitación deberá tener su casa matriz o sucursal dentro de la cuidad de Concepción, en lo posible, en los alrededores más cercanos al Hospital Guillermo Grant Benavente.
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- Información para Cumplimiento de entrega lentes:
Una vez entregado el lente de contacto pediátrico al paciente perteneciente al programa “GES”, la óptica adjudicada deberá informar al Servicio de Oftalmología del Hospital Guillermo Grant Benavente mediante correo electrónico, adjuntando copia de la recepción conforme de éstos, con el fin de que la Institución ingrese el cumplimiento de la Garantía GES.
Los correos electrónicos al cual se debe informar este cumplimiento, es: tmcoordinacionpoliofta@ssconcepcion.cl, y a: secrepolioftalmologia@ssconcepcion.cl, y a cvidal@ssconcepcion.cl>
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- Contactólogo: (óptica adjudicada)
Requisitos del Profesional Adaptador
El profesional responsable de la adaptación de los lentes de contacto deberá:
• Acreditar formación como contactólogo.
• Presentar experiencia mínima de 2 años en adaptación de lentes de contacto en pacientes pediátricos.
• Adjuntar documentación que respalde dicha experiencia.
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- Óptica Adjudicada:
El Proveedor deberá garantizar la entrega del lente de contacto en un plazo máximo de 10 días hábiles. Indicar dirección en (ANEXO N°6)
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