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DESEMPATES |
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En caso de que, en la Tabla de Evaluación Técnica de Licitación, resultaren 2 o más oferentes con el mismo puntaje final, se pasara a adjudicar de la siguiente manera:
16.1 El 1° Punto para desempate será la Propuesta Técnica quien obtenga puntaje mayor, ganará, si hay igualdad se pasa al Punto 16.2.
16.2 El 2° Punto para desempate será la Experiencia del Oferente, quien obtenga puntaje mayor, ganará, si hay igualdad se pasa al Punto 16.3.
16.3 El 3° Punto para desempate será el Plazo Ejecución de la Obra, quien obtenga puntaje mayor, ganará, si hay igualdad se pasa al Punto 16.4.
16.4 El 4° Punto para desempate será el Certificado Deuda Fiscal, quien obtenga puntaje mayor, ganará, si hay igualdad se pasa al Punto 16.5.
16.5 De persistir el empate, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información.
La Comisión Evaluadora podrá declarar FUERA DE BASES a algún oferente, incluso a todos, o podrá recomendar que la propuesta pública se declare desierta por ser las ofertas inconvenientes para los intereses de la Corporación. Dependiendo de la magnitud, gravedad e incidencia del defecto, serán causales para declarar fuera de bases a un oferente, entre otras, las siguientes:
a. No cumplir con las exigencias establecidas en estas bases respecto del contenido de cada uno de los documentos exigidos en tanto a forma y fondo de los mismos.
b. Presentar ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
c. La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, conforme a lo establecido en el artículo 61 del decreto supremo 661/2024.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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