Licitación ID: 1057468-15-LE24
MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE VEHÍCULOS
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 19
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Seguro de automóviles o camiones 1 Unidad
Cod: 84131503
MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE VEHÍCULOS INSTITUCIONALES DSSMC  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE VEHÍCULOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y DOCUMENTOS ANEXOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE VEHÍCULOS INSTITUCIONALES DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”. DISPONE LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.600-6
Dirección:
Victoria Subercaseaux 381 Santiago Centro
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-11-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 25-10-2024 15:55:39
Fecha inicio de preguntas: 25-10-2024 16:00:00
Fecha final de preguntas: 29-10-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-11-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-11-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-11-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 10-12-2024 16:43:16
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Ver Item 10.4 de las bases administrativas 40%
2 Requerimientos técnicos Ver Item 10.4 de las bases administrativas 30%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales Ver Item 10.4 de las bases administrativas 5%
4 Experiencia del Oferente Ver Item 10.4 de las bases administrativas 20%
5 Programa de Integridad Ver Item 10.4 de las bases administrativas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SSMC
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ursula Beecher Varela
e-mail de responsable de pago: ursula.beecher@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Leyla Balut
e-mail de responsable de contrato: leyla.balut@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-225746900-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
El Servicio de Salud Metropolitano Central requiere la contratación del “Servicio de Mantención Preventiva y Correctiva de Vehículos de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central”, por un periodo de 18 meses. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 100 e inferiores a 1.000 UTM, conforme a lo previsto en el artículo 19 bis del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios Las propuestas deberán tener una validez de 90 (noventa) días corridos a contar de la fecha de la apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Este llamado se hace a través del portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente. 2°. - PRESUPUESTO Para la presente contratación, el Servicio de Salud Metropolitano Central cuenta con un presupuesto estimado de $18.000.000- (dieciocho millones de pesos) impuestos incluidos. La totalidad del presupuesto de la contratación será de uso exclusivo del SSMC, y operará “a demanda”, según las necesidades que se presenten por cada vehículo, y de acuerdo a los montos ofertados por el proveedor que sea adjudicado, de acuerdo a su propuesta indicada en los Anexos Económicos respectivos. 3°. - PARTICIPANTES. Podrán participar en la licitación las personas naturales, jurídicas y asociaciones, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Podrán actuar los oferentes, sean personas naturales o jurídicas, personalmente o representados por terceros, quienes deberán obrar con poder suficiente para ofertar, por tanto, no podrán ser adjudicadas aquellas ofertas formuladas por quien carezca de tal poder, sin perjuicio de su ratificación posterior efectuada conforme a la ley, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 del Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. Las personas jurídicas oferentes, cualquiera sea su nacionalidad, al momento de su adjudicación deberán estar constituidas como sociedad de nacionalidad chilena o como una agencia de la oferente extranjera en el país u otorgar o constituir mandatario con poder suficiente, con arreglo al artículo 4 de la ley N° 19.886 y artículo 67 de su reglamento. Aquellos proponentes que deseen ofertar como Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán adjuntar a su oferta el acuerdo de participación conjunta, en el cual deberá declarar la forma en que se constituirá legalmente en caso de resultar adjudicado, se entenderá al efecto como acuerdo de participación conjunta aquellas UTP en que sus integrantes declaren una participación distinta a 0%, asimismo, en tal acuerdo se deberá declarar cuál de los integrantes representará a las restantes para ofertar y será responsable directo de la oferta ante esta entidad, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes componen la UTP. En caso de que la adjudicación sea mayor a 1000 UTM, el acuerdo en el que conste la Unión Temporal deberá haberse materializado por Escritura Pública, como documento necesario para la suscripción del contrato, sin que sea necesario constituirse como sociedad. (Art. 67 bis inciso 3° del Reglamento de la Ley 19.886.) Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos. El proponente cuya oferta fuese seleccionada deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, misma obligación tendrán los integrantes de UTP, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. En caso que no se encuentre inscrito, el proveedor adjudicado deberá dentro de séptimo día hábil contado desde la fecha en que se le publique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo con las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes. En caso que la empresa que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. En conformidad a lo prescrito por el artículo 4º de la Ley de Compras, ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Además, el Servicio no suscribirá contrato con el oferente que haya sido sancionado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393, ni tampoco con aquellos oferentes condenados a las sanciones previstas en el artículo 26 letra d) del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211 de 1973, mediante sentencia firme y ejecutoriada. De igual manera, el oferente no deberá registrar incumplimientos de contratos suscritos con uno o más Órganos de la Administración del Estado, conforme al artículo 6 de la ley N° 21.640 sobre presupuestos del sector público del año 2024. También quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
NORMATIVA APLICABLE
Los servicios se contratarán de acuerdo con lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante de la licitación y contrato materia de aquella, de acuerdo con los documentos que se indican a continuación, en orden de preferencia en caso de existir discrepancia entre ellos y sin perjuicio de su interpretación armónica: ● Las presentes Bases Administrativas (BA) ● Bases Técnicas (BT) ● Formularios, Anexos: o Formulario 1: Identificación del Proponente. o Formulario 2: Declaración jurada Simple UTP. o Formulario 3: Experiencia del Oferente en contratos de similares características. o Formulario 4/A: Oferta Económica Mantenciones Preventivas. o Formulario 4/B: Oferta Económica Mantenciones Correctivas. o Formulario 4/C: Oferta Económica Resumen. o Formulario 5: Programa de Integridad o Anexo 1: Calendario de la Licitación. ● Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas. ● Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos. ● En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano Central, con anterioridad a la apertura de la propuesta. ● Oferta del o de los Oferentes. ● Acta de evaluación de ofertas. ● Resolución de Adjudicación. ● Orden de Compra ● En general, todo documento relacionado con la licitación. En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: 1. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. 2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3. DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. 4. Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado. 5°. - MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN El Servicio se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. En este caso, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En este caso, se podrá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan hasta 2 días hábiles antes del cierre de presentación de las ofertas. 6°. - ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO Los antecedentes legales para poder ser contratado, solo se requerirán respecto del/los adjudicatarios y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel. Lo anterior, sin embargo, no resultará aplicable a las garantías señaladas en las presentes Bases Administrativas y, según corresponda, solicitudes de aclaración de ofertas realizadas por la Comisión. 7°. - CONSULTAS, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán efectuarse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada en el Calendario de la licitación (Anexo N°1). Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos. En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y APERTURA
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo con el calendario señalado en Anexo Nº1 de las presentes bases administrativas. La evaluación de las ofertas sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes: 1. Formulario N° 2: Declaración Jurada Simple Unión Temporal de Proveedores (UTP), en caso que corresponda. 2. Formulario N°3: Experiencia del Oferente en contratos de similares características. 3. Formulario N° 4/A: Oferta Económica Mantenciones Preventivas. 4. Formulario N° 4/B: Oferta Económica Mantenciones Correctivas. 5. Formulario N° 4/C: Oferta Económica Resumen. 6. Formulario N°5: Programa de Integridad. 7. Documento que respalde patente comercial con giro en Mecánica Automotriz emitida por la Municipalidad respectiva. Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley N° 19.886. El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, sólo respecto de los antecedentes entregados antes de la apertura de las ofertas, siempre que no correspondan a requisitos de admisibilidad y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los proponentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose de esta solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley N° 19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas. Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o a aceptar la que estime más conveniente a sus intereses, aunque no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el capítulo correspondiente de las presentes bases. 9°. - PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (Antecedentes Formales). El proponente deberá ingresar su oferta completa, adjuntando todos y cada uno de los antecedentes solicitados al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el anexo Nº1 de la presente licitación. IMPORTANTE: En relación a los formularios entregados en las presentes bases, éstos deberán ser completados y subidos al portal. Se entenderá que el oferente declara su conformidad y aceptación de las Bases con la sola presentación de su oferta. Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible. 9.1) Antecedentes Administrativos: Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales: • Formulario N°1: Identificación del oferente. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberá conforme al artículo 67 bis del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, con indicación del representante de esta. • Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. • Formulario Nº2: Declaración jurada simple: Declaración jurada simple, suscrita por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda. • Formulario N°6: Programa de Integridad: Según Dictamen N°E370752/2023 de Contraloría General de la República, más precisamente en su letra d) respecto del programa de integridad, prácticas reñidas con probidad y conductas de lavado de activos, el oferente deberá acreditar que dispone herramientas relacionadas al cumplimiento de un programa de integridad el cual ha sido dado a conocer al personal de la empresa. Para lo cual debe incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, los antecedentes señalados en el Formulario 6 según corresponda, para tal efecto. Para acreditar la veracidad de la declaración contenida en el Formulario 6 se deberá adjuntar algún documento, tales como actas de capacitación, actas de jornadas de inducción sobre la materia, código de ética, normativa interna anticorrupción, especialmente en lo relativo al soborno y los demás delitos establecidos en la ley 20.393 de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica, u otro documento que conste que efectivamente se instruyó a sus trabajadores en las materias que se están comprometiendo. • Documento que respalde patente comercial con giro en Mecánica Automotriz emitida por la Municipalidad respectiva. 9.2) Antecedentes Técnicos. • Formulario N°3: Experiencia del Oferente en contratos de similares características La cantidad de contratos deberá ser acreditada a través del Formulario N°3. Los contratos declarados deben corresponder a Servicio Mantención de Vehículos, desde el año 2020 a la fecha de publicación de esta licitación, a instituciones públicas o privadas. Para efectivamente validar los contratos informados se deberá adjuntar cualquier documento que dé veracidad de lo contratado, tales como; órdenes de compra de Mercado Público, contratos, certificados de clientes, entre otros y deberá coincidir con lo informado en el formulario. En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el Formulario N°3, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará válido en la evaluación, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 7 de las presentes bases de licitación. En caso de acreditar experiencia con la presentación de órdenes de compra provenientes de licitación pública, sólo se permitirá una (1) orden de compra por proceso de compra adjudicado. De incluir más de una orden de compra proveniente del mismo proceso licitatorio, sólo se considerará un (1) documento. • Formulario N°5: Requerimientos Técnicos. El oferente deberá indicar en el formulario N°5 el cumplimiento o no de las características técnicas requeridas. 9.3) Oferta económica. El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: • Formulario N°4 Oferta Económica El oferente ingresará como oferta económica al portal el PRECIO TOTAL NETO, indicado en el Formulario N°4/C, el que contempla la sumatoria de los valores declarados en los Formularios N°4/A por Mantenciones Preventivas y N°4/B por Mantenciones Correctivas, además indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el formulario respectivo. Este valor será utilizado para efectos de la evaluación del Criterio “Oferta Económica”. Asimismo, en dicho Formulario se requerirá indicar la garantía técnica ofrecida por las mantenciones efectivamente ejecutadas. El valor debe ser único y definitivo, para todo el periodo del contrato. Se entenderá incluido en este valor todo gasto asociado al servicio, incluido si correspondiere la capacitación, uso de equipo audiovisual, equipos de soporte, o cualesquiera otros si procedieran. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
DE EVALUACION DE LAS OFERTAS:
.- Apertura de las Ofertas y Evaluación de Requisitos de Admisibilidad: Conforme a lo prevenido en el artículo 33 del Decreto Supremo N° 250, el acto de la apertura se efectuará en un solo acto a través del Sistema de Información, en el día y hora establecido en el calendario de la Licitación (Anexo N°1), Sólo serán consideradas como ofertas validas aquellas que cumplan con los requisitos de admisibilidad previstos en las presentes bases. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas siguientes información de la evaluación de requisitos de admisibilidad de las ofertas, para formular observaciones, sólo mediante el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, las cuales serán respondidas en un solo documento a través del sistema de información mediante documento suscrito por el Departamento de Abastecimiento y Operaciones dentro de plazo previsto en el Calendario de la Licitación. Cualquier observación que no fuere presentada a través del sistema de información, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida. 10.2.- Comisión de Evaluación de las Ofertas: Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por los funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan o quienes les subroguen o reemplacen, en relación con cada uno de los ítems de la presente licitación: TITULARES NOMBRE RUT CALIDAD JURIDICA CARGO 1 Miguel Prati Poblete 16.739.558-9 Contrata Jefe Dpto. Abastecimiento y Operaciones 2 Gabriel Abaitúa Pizarro 9.875.821-3 Contrata Conductor 3 Leyla Balut Laing 12.523.726-6 Contrata Jefa Unidad de Operaciones y Logística En caso de ausencia de alguno de los titulares, podrán ser subrogados por cualquiera de los siguientes funcionarios: SUBROGANTES NOMBRE RUT CALIDAD JURIDICA CARGO 1 Myriam Concha Herrera 16.616.655-1 Contrata Jefa Unidad de Compras 2 Cristian Muñoz Otth 11.857.729-9 Contrata Conductor 3 Rocío Thomas Cuevas 16.660.056-1 Contrata Profesional Dpto. Abastecimiento y Operaciones La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, elaborando un informe que contendrá, al menos, los contenidos mínimos dispuestos en el artículo 40 bis del Reglamento de la ley N° 19.886, esto es: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante; d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación; e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 N° 7 de la ley 20.730, los integrantes de la Comisión Evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la Comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida ley 20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27 del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de compras. 10.3.- Omisión de antecedentes: Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo con el criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible conforme a lo prevenido en el punto 7°. Una vez notificado el proponente, por www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y afectase a alguno(s) de sus integrantes causal de inhabilidad, dentro del mismo plazo antes indicado, está deberá informar sólo a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo prevenido en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda si continuará en el proceso de licitación con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste. En caso de no responder dentro del citado plazo, se tendrá por desistida. El requerimiento, por parte de la Comisión de Evaluación, se hará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal. Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación. La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo con los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director/a del Servicio de Salud Metropolitano Central con la proposición de adjudicación. 10.4.- Evaluación de las ofertas y pauta de Evaluación: La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas: Evaluación de Admisibilidad: La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará qué ofertas son admisibles conforme a las presentes bases y cuáles no, respecto de aquellas deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad. Evaluación de Ofertas Admisibles: Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas a base de los siguientes criterios y ponderaciones: CRITERIO PONDERACION EN % Cumplimiento de Requisitos Formales 5 Experiencia del Oferente 20 Oferta Económica 40 Requerimientos técnicos 30 Programa de Integridad 5 Cumplimiento de Requisitos Formales (el puntaje se deberá ponderar al 5%) Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, se asignará 100 puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizarla evaluación, es decir, todo documento solicitado en las bases de licitación. EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100 Cumple con la entrega de todos los formularios y documentos solicitados por foro inverso. 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 5)/100) Experiencia del oferente en servicios de similares características (el puntaje se deberá ponderar 20%) Para efectivamente validar los contratos informados se deberá adjuntar cualquier documento que dé veracidad de lo contratado, tales como; órdenes de compra de Mercado Público, contratos, certificados de clientes, entre otros y deberá coincidir con lo informado en el formulario. En caso que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el Formulario N°3, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará válido en la evaluación, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 7 de las presentes bases de licitación. En caso de acreditar experiencia con la presentación de órdenes de compra provenientes de licitación pública, sólo se permitirá una (1) orden de compra por proceso de compra adjudicado. De incluir más de una orden de compra proveniente del mismo proceso licitatorio, sólo se considerará un (1) documento. Para evaluar el presente criterio se aplicará lo siguiente: Cantidad de contratos similares PUNTOS La empresa acredita haber ejecutado cinco (5) o más contratos de similares características a empresa o instituciones públicas o privadas. 100 La empresa acredita haber ejecutado entre dos (2) y cuatro (4) contratos de similares características a empresas o institucionales públicas o privadas. 50 La empresa no acredita o acredita haber ejecutado un (1) contrato de similares características a empresas o institucionales públicas o privadas. 0 La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente formula: Ponderación % =((Puntaje x 20)/100) El medio de verificación será el Formulario N°3, junto con los antecedentes de respaldo que permitan acreditar la experiencia. Oferta Económica (el puntaje se deberá ponderar al 40%) El puntaje se determinará según la siguiente Fórmula, obteniendo la oferta económica menor, la mayor ponderación, a saber: Se evaluará con puntaje de 1 a 100 puntos conforme a la siguiente expresión. Puntaje =((Min Precio entre Oferentes)/(Precio Oferente i))*100 Donde “Min Precio entre Oferentes”, corresponde al mínimo precio entre oferentes y el “Precio Oferente i” corresponde al precio del oferente a evaluar. El Precio corresponderá al valor de la sumatoria de los Formularios N°4/A y N°4/B, indicados en el Formulario N°4/C Resumen de la Oferta Económica. Quien ofrezca el menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas de forma proporcional obtendrán puntajes tras la aplicación de la formula antes indicada. La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente formula: Ponderación % =((Puntaje x 40)/100) El medio de verificación será el Formulario N°4/A, N°4/B y N°4/C. Requerimientos técnicos: E. Requerimientos técnicos (30%): Se evaluará a través de lo informado en el Formulario N°5 y la asignación de puntajes de los puntos críticos solicitados en las bases técnicas de esta licitación. Se evaluará de acuerdo con lo siguiente: CRITERIO PUNTAJE OBSERVACIONES Requerimientos Técnicos 18 Prestación de servicios en modalidad 24/7, los 365 días del año. 10 El oferente cuenta con stock de repuestos y piezas en bodega de taller para reparaciones de modo que no afecte la operatividad de la organización. 10 El oferente cuenta con servicio de grúa con disponibilidad 24/7, 365 días del año. Con un nivel de servicio no mayor a 2 horas. 10 Priorización en la recepción (antes de 30 min) y evaluación inicial (antes de 1 hora) de móviles del SSMC. 8 Dependencias con zona interior de resguardo de al menos 4 vehículos, 8 Oferente cuenta con zonas de trabajo segmentadas. 8 Atención en terreno (debe presentar material, herramientas y/o repuestos) tiempo de respuesta no mayor a 2 horas. 6 Oferente realiza trabajos sólo con piezas originales, recomendadas y/o certificadas (OEM). 6 Ante siniestros, robos o eventualidades el oferente responde económicamente con el pago íntegro y reposición de los daños. 6 El oferente dispone de personal dedicado a ejecutar supervisión diaria de los trabajos ejecutados cuando lo requiera el Servicio de Salud Metropolitano Central. 5 Dependencias cuentan con salas de espera para cliente. 5 Envío de informe técnico antes de 72 horas por reparaciones solicitadas con ítems solicitados por el requirente. 100 Requerimientos Técnicos = Puntaje x 0.30 Programa de Integridad (Puntaje se deberá ponderar al 5%) Según Dictamen N°E370752/2023 de Contraloría General de la República, más precisamente en su letra d) respecto del programa de integridad, prácticas reñidas con probidad y conductas de lavado de activos, el oferente deberá acreditar que dispone herramientas relacionadas al cumplimiento de un programa de integridad el cual ha sido dado a conocer al personal de la empresa. Para lo cual debe incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, los antecedentes señalados en el Formulario 6 según corresponda, para tal efecto. Para acreditar la veracidad de la declaración contenida en el Formulario 6 se deberá adjuntar algún documento, tales como actas de capacitación, actas de jornadas de inducción sobre la materia, código de ética, normativa interna anticorrupción, especialmente en lo relativo al soborno y los demás delitos establecidos en la ley 20.393 de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica, u otro documento que conste que efectivamente se instruyó a sus trabajadores en las materias que se están comprometiendo. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo a lo siguiente: EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Oferente presenta información 100 Oferente no presenta información o no adjunta métodos verificables 0 Aquellos oferentes que no cuenten con personal y realicen la declaración contenida en el Formulario respectivo, se les asignara puntaje máximo. Ponderación % =((Puntaje x 5)/100) TOTAL, PUNTAJE DE EVALUACIÓN: a) + b) +c) + d) + e) El puntaje total se expresará en número entero, aproximando a la unidad la parte fraccionaria que iguales o exceda de 0,5; y se descartará cuando sea menor. La Comisión de Evaluación elaborará un Cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su Informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar. 10.5 CRITERIOS DESEMPATES: En caso de existir empate entre dos o más propuestas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Requerimientos técnicos”. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Experiencia del Oferente. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Programa de Integridad”. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. 11°. - DE LA ADJUDICACIÓN La modalidad de la presente licitación es mediante adjudicación simple, sin emisión automática de orden de compra. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, por Ítems, mediante resolución fundada del Director/a del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La oferta se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en el Calendario de la Licitación. El Servicio adjudicará la propuesta más conveniente, por el monto total del presupuesto disponible, el cual será ejecutado durante la contratación para la mantención preventiva y correctiva, y operará “a demanda”, según las necesidades que se presenten por cada vehículo, y de acuerdo a los montos ofertados por el proveedor que sea adjudicado, de acuerdo a su propuesta indicada en los Anexos Económicos respectivos. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Servicio dentro del plazo señalado en el Calendario de la Licitación de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Anexo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886. En caso de ser ampliado el plazo de adjudicación y de ser necesario para evitar la caducidad de las ofertas, el Departamento de Abastecimiento y Operaciones solicitará a los oferentes a través del portal, pronunciamiento sobre la prórroga de la vigencia de sus ofertas. Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Portal Chile Proveedores, deberá registrarse en un plazo de (5) días hábiles desde que el SSMC notifique la adjudicación de su oferta. Lo mismo ocurrirá en la situación en que el adjudicatario se encuentre inscrito, pero no habilitado en el citado Portal, en cuyo caso deberá habilitarse antes del envío de la Orden de Compra. Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación, los oferentes podrán realizar consultas respecto del proceso de adjudicación hasta 2 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación realizada en el portal Mercado Público, a través del correo electrónico: operaciones.dssmc@redsalud.gob.cl, las cuales serán respondidas dentro de cinco (5) días hábiles en documento anexo que se publicará en el portal referido. 11.1.-Facultad de Re adjudicar El Servicio podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en general, en los siguientes casos: Si el adjudicatario se desiste de su oferta. Si el adjudicatario no acepta la respectiva orden de compra, conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 63 de la Ley N° 19.886, dentro del plazo de 48 horas desde su emisión, o bien Rechaza la Orden de Compra. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley de Compras o conforme a la legislación vigente o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición
GARANTÍAS
De acuerdo a los montos asociados a la presente licitación, no se requerirá presentación de garantía de seriedad de la oferta, en conformidad al artículo 31° del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras. 12.2 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO. De acuerdo a los montos asociados a la presente licitación, no se requerirá presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en conformidad al artículo 68° inciso séptimo, del Decreto Supremo N° 250 13°. - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, VIGENCIA Y MODALIDAD DE PAGO Al tratarse de servicios que revisten de las características de ser simples y objetiva especificación; y conforme a lo establecido en el artículo 63° del Decreto Supremo N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, la contratación se formalizará mediante la emisión y posterior aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, cuestión que deberá gestionarse dentro de las 24 horas desde su recepción, y cuyo envío al proveedor requerirá previamente la total tramitación de la presente resolución. En caso que la orden de compra no fuere aceptada dentro del plazo referido, el Servicio de Salud podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. 13.1 PRECIO El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable. 13.2 VIGENCIA La vigencia de la adquisición comenzará a regir a partir desde la emisión de la respectiva Orden de Compra y aceptación de ésta por parte del proveedor en el portal www.mercadopublico.cl., y se extenderá por 18 meses contados desde la fecha de inicio de ejecución del mismo o hasta que se consuma la totalidad de monto del contrato, lo que ocurra primero. 13.3 FORMA DE PAGO El Servicio procederá a efectuar el pago por los servicios efectivamente prestados, previa recepción conforme emitida por el Referente técnico. La fecha de emisión de la factura, debe ser posterior a la de la Orden de Compra, y deberá ser emitida toda vez que los servicios fueran entregados en conformidad por el proveedor y serán pagadas dentro de los 30 (treinta) días corridos desde la emisión de la factura. Para esto el Adjudicatario deberá enviar vía correo electrónico la cuarta copia de crédito cedible al siguiente correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl junto con los datos bancarios (banco, tipo de cuenta, N° de cuenta, correo electrónico). En caso de emitirse factura el proveedor deberá emitirla con la siguiente información: • Nombre : Servicio de Salud Metropolitano Central • Rut : 61.608.600-6 • Dirección : Victoria Subercaseaux N°381 • Comuna : Santiago Centro El SSMC rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y la autorización expresa de facturar por parte de éste. La orden de compra debe estar en estado “Aceptada” en el portal www.mercadopublico.cl. Al momento de generar la factura electrónica deberá considerar la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com Debe emitir DTE a crédito, el proveedor debe registrar en forma obligatoria N° de Orden de Compra, en campo de referencia, y tener código (campo 801/802), en caso de no cumplir casilla de intercambio (dipresrecepcion@custodium.com) y registro de OC, DTE será rechazado. La factura una vez validada y devengada se ingresará al proceso de pago centralizado a través de Tesorería General de la Republica. Las consultas de pago podrán realizar a través del sitio web disponible de la Tesorería General de la Republica www.tgr.cl. En módulo “Consulta de pago Proveedores del Estado”. 14°. - DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS El adjudicatario deberá prestar los servicios convenidos, de acuerdo con las especificaciones técnicas, bases del presente proceso y orden de compra. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo, por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un Informe técnico emanado del Referente Técnico respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la cual podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud. Tal determinación será notificada mediante Ordinario dirigido al domicilio informado por el proveedor adjudicado, quien contará con quinto día hábil para deducir Reposición, conforme a lo prevenido en la ley N° 19.880. Acogida total, parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, deberá el Referente Técnico requerir a la Dirección de Servicio, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con Informe técnico. 14.1.- Calidad de los servicios ofrecidos La Contraparte Técnica del Servicio pondrá especial énfasis en el control de calidad de los servicios para que coincidan con lo ofertado y las bases respectivas, en caso de no ser así, dará origen al rechazo de estos y se tendrán por no recepcionados, sin perjuicio de lo cual, podrá ser motivo de multas y/o término del contrato. 15°. - REFERENTE TECNICO Actuará como referente técnico el Encargado de Movilización, dependiente del Departamento de Abastecimiento y Operaciones del SSMC, o quien subrogue o se designe del Servicio de Salud Metropolitano Central, que estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Para tales efectos, el Referente Técnico tendrá las siguientes facultades: 1. Dar recepción conforme de los servicios entregados, y respecto de aquellos que no sean aptos conforme a lo previsto en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, y requerir su entrega respectiva. 2. Instruir al proveedor adjudicado los lugares y fechas donde se ejecutarán los servicios. 3. Instruir al proveedor acreditar el estado de cotizaciones y/o remuneraciones del personal conforme a lo prevenido en las bases. 4. Emitir en forma oportuna los informes que correspondan con ocasión de solicitud de prórroga de plazo de entrega, aplicación de multas y/o término anticipado de contrato. 5. Informar oportunamente a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de modificación de contrato prevista en las bases. 6. Requerir a las unidades receptoras de los servicios, que verifiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases. 7. Verificar el correcto cumplimiento del contrato, cumplimiento de las obligaciones del oferente adjudicado. 16°. - PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y FACULTAD DE LA ENTIDAD LICITANTE DE CELEBRAR CONTRATO CON OTROS PROVEEDORES. El proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato La infracción de esta prohibición dará derecho al SSMC para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Se deja constancia que la adjudicación no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen. 17°. - CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD El proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Central en caso de acciones entabladas por terceros, debido a subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales y de seguridad social, transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada o diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del Contrato. 18°. - CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio de Salud Metropolitano Central que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado a iniciar las acciones legales procedentes. 19°. - OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO Serán obligaciones del Oferente Adjudicado, sin perjuicio de aquellas que emanen de la naturaleza del contrato, las siguientes: 1. Ejecutar los servicios adjudicados dentro del plazo ofertado, en la dirección informada en la Orden de Compra o la indicada por el Referente técnico. 2. Observar las indicaciones del Referente Técnico en cuanto a lugar y fecha de entrega, calidad de los servicios según corresponda. 3. Guardar el deber de confidencialidad dispuesto en las bases. 4. Observar la prohibición de cesión de contrato. 5. Librar de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Central, conforme a lo prevenido en las bases. 6. Observar que los servicios cumplan con las bases técnicas y estándares de calidad durante la totalidad del contrato. 7. Acreditar haber cancelado, en caso de existir, la totalidad de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, mediante exhibición de certificados de PreviRed, planillas de cotizaciones, finiquitos, liquidaciones de sueldo y/o cualesquiera otros documentos que acrediten tal cumplimiento. 8. Cumplir con las obligaciones en materia de higiene y seguridad respecto de sus trabajadores. 9. En caso de inhabilidad sobreviniente conforme a lo previsto en la ley N° 19.886 y su reglamento, informar dentro de quinto día hábil al Referente Técnico, contado desde que se encontraré a firme el hecho que la genera. 10. Todas las demás que emanen de la naturaleza del contrato y las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas y aclaraciones del proceso concursal.
MULTAS
Se considerarán infracciones sujetas a multa, los incumplimientos a las obligaciones contractuales imputables al proveedor, debidamente calificados por el Referente Técnico conforme al siguiente cuadro: TIPO DE INFRACCIÓN DESCRIPCIÓN VALOR TOPE Leves: Se entenderá por tales incumplimientos del contrato por parte del proveedor que no afecten de forma directa la disponibilidad de los servicios contratados. Incumplimiento de instrucciones y/o requerimientos del referente técnico, de acuerdo con lo previsto en las bases. 5 UTM 20% del valor total de contrato. Servicios no realizados en las fechas, forma, calidad, cantidad y/o lugar contenido en la oferta económica y/o aquel acordado entre proveedor y referente técnico, según corresponda. Incumplimiento de los Plazos Ofertados, contados desde la aprobación de la cotización. Graves: Se entenderá por tales incumplimientos del contrato por parte del proveedor que genere al SSMC perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. No dar cumplimiento a la garantía técnica ofertada 10 UTM 20% del valor total de contrato. Ante la imposibilidad de comunicarse con el Proveedor en un plazo mayor a 24 horas Ante diferencias injustificadas en el presupuesto de trabajos a ejecutar, conforme a precios detallados en su oferta Cambio de repuestos no autorizados por el Referente Técnico Ejecución de Mantenciones o servicios afectos al contrato sin autorización del Referente Técnico Con todo, la suma de las multas no podrá superar el 20% del valor total del contrato, impuestos incluidos. La U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) aplicable, será correspondiente al mes en que se incurrió en la falta. 20.1.- Procedimiento de aplicación de multas: Las multas previstas en el cuadro anterior se sujetarán al siguiente procedimiento: a) El Referente Técnico, en ejercicio de las potestades contempladas en las presentes bases, deberá emitir un Informe técnico fundado y con documentos de respaldo, detallando los hechos constitutivos de infracción contractual, la calificación de los mismos como leves o graves, la cantidad de eventos respectivos y el monto de la sanción propuesta, el cual estará dirigido a la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros, para su aprobación, pudiendo este último requerir informe al Departamento Jurídico para validar la procedencia de iniciar un procedimiento de multa. b) Con el mérito de tales antecedentes e informes en su caso, el Servicio remitirá un Ordinario dirigido al domicilio consignado en el Formulario N° 1 informando el inicio de un procedimiento de multa, hechos justificativos, valor de multa propuesta y respaldos. c) Una vez notificado, el proveedor contará con cinco (5) días hábiles para formular sus descargos, los cuales deberá hacer llegar por escrito a través de la Oficina de Partes del SSMC, junto a los antecedentes de respaldo que estimare. d) Si el proveedor no formulare descargos, son extemporáneos o se allanare, será dictada la correspondiente Resolución que aplique la multa respectiva. e) Si el proveedor formulare descargos, el Referente Técnico deberá pronunciarse emitiendo Informe a la Dirección del SSMC informando la procedencia de rechazar o acoger total o parcialmente los descargos formulados, con lo cual dictará la correspondiente Resolución, la que será notificada mediante carta certificada al domicilio consignado en el Formulario N° 1. f) La Resolución que aplique una multa podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. g) Transcurrido el plazo para deducir recursos, respecto de la Resolución que determine la aplicación de una multa sin que se hubiesen formulado, o desestimado total o parcialmente el recurso respectivo, el proveedor sancionado deberá hacer efectivo el pago dentro de quinto día hábil, mediante deposito en Cuenta Corriente N° 9276491 del Banco Estado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central Rut: 61.608.600-6, enviando comprobante de pago a la casilla de correo: virginia.tuya@redsalud.gov.cl. h) En caso de no pago de la multa dentro del plazo antes indicado, el Servicio podrá iniciar las acciones de cobro, e iniciar el procedimiento de término de contrato, conforme a lo previsto en las presentes bases. i) Con todo, las multas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor. j) El Servicio informará la circunstancia de haber aplicado multa a la Dirección de Compras y Contratación Pública conforme a lo previsto en el artículo 96 bis del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. 21°. - TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Director/a del Servicio, y sin forma de juicio, por las siguientes causales: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. 3) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Caso fortuito o fuerza mayor. 5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación. 6) Por haber alcanzado el tope de multas, por infracciones leves o graves, según se indica en las presentes bases, se terminará anticipadamente el contrato, conforme a lo señalado en el numeral 21.1 de estas Bases. 7) Por no acreditar, previo informe de Referente Técnico y Ordinario dirigido al domicilio de adjudicatario, otorgando plazo para tal efecto, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años. Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor las siguientes: 1. Si es sometido a procedimiento de Liquidación Forzosa, solicita su Liquidación, o inicia gestiones de Acuerdo de Reorganización Judicial y/o Extrajudicial con sus acreedores. 2. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. 3. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. 4. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. 5. Si se disuelve y procede a su liquidación 6. Por infracción al deber de confidencialidad y/o prohibición de cesión dispuesto en estas bases. 7. Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente. 8. Si los servicios no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días desde la fecha en que debía hacerse. 9. Si los servicios no corresponden a las Especificaciones Técnicas y no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días desde la fecha en que debía hacerse producto de instrucción del referente técnico. 10. Incumplimiento a las obligaciones comprendidas en bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, calificado como grave en forma fundada, por informe de Referente Técnico remitido a la Dirección del Servicio. 21.1.- Procedimiento de término anticipado de contrato: El termino anticipado del contrato se sujetará al siguiente procedimiento: a) El Referente Técnico, en ejercicio de las potestades contempladas en las presentes bases, deberá emitir un Informe técnico fundado y con documentos de respaldo, detallando los hechos constitutivos de infracción contractual que den lugar al término anticipado propuesto, el cual estará dirigido a la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros, para su aprobación, pudiendo este último requerir informe al Departamento Jurídico para validar la procedencia de iniciar un procedimiento de término anticipado. b) Con el mérito de tales antecedentes e informes en su caso, el Servicio remitirá un Ordinario dirigido al domicilio consignado en el contrato informando el inicio de un procedimiento de término anticipado, hechos justificativos y respaldos. c) Una vez notificado, el proveedor contará con cinco (5) días hábiles para formular sus descargos, los cuales deberá hacer llegar por escrito a través de la Oficina de Partes del SSMC, junto a los antecedentes de respaldo que estimare. d) Si el proveedor no formulare descargos, son extemporáneos o se allanare, será dictada la correspondiente Resolución que declare el término anticipado. e) Si el proveedor formulare descargos, el Referente Técnico deberá pronunciarse emitiendo informe a la Dirección del SSMC informando la procedencia de rechazar o acoger total o parcialmente los descargos formulados, con lo cual dictará la correspondiente Resolución, la que será notificada mediante carta certificada al domicilio consignado en el contrato. f) La Resolución que declare el término anticipado podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. g) Transcurrido el plazo para deducir recursos, respecto de la Resolución que determine la término anticipado o desestimado el recurso respectivo y la causal de término sea imputable al proveedor, el Servicio podrá ejercer acciones ordinarias ante Tribunales de Justicia para hacer efectiva la responsabilidad por los daños y perjuicios causados. h) De igual modo, en caso de término anticipado por causa imputable a la contratista, el Servicio informará tal circunstancia a la Dirección de Compras y Contratación Pública conforme a lo previsto en el artículo 96 bis del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. 22°. - MODIFICACIONES CONTRACTUALES Conforme a lo previsto en el artículo 77 del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sin perjuicio de lo señalado en el artículo 13 de la ley N° 19.886 el contrato a suscribir podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo, en los siguientes casos: a) Mutuo Acuerdo entre las partes b) Caso fortuito o fuerza mayor El Referente Técnico, en ejercicio de sus potestades, deberá emitir un informe técnico fundado y con documentos de respaldo, detallando los hechos justificativos de la modificación de contrato, fecha de inicio de la misma y detallar el mayor valor o vigencia del vínculo contractual, el cual estará dirigido a la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros, para su aprobación, pudiendo este último requerir informe al Departamento Jurídico para validar la procedencia de iniciar un procedimiento de modificación de contrato. Con todo, en el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado. 23°. - DOMICILIO El proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Cualquier diferencia en la interpretación de los antecedentes que forman parte de estas Bases y del contrato, que no pueda resolverse por las partes, se someterá a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Justicia, prorrogándose en este acto competencia en los Juzgados de Letras de Santiago, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República. 24°. – SUBCONTRATACIÓN No se admitirá subcontratación para la ejecución de los servicios licitados. 25°. OBLIGACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES El personal que contrate el proveedor durante la vigencia del contrato no tendrá vínculo alguno de origen laboral ni de subordinación o dependencia o funcionario con el Servicio. El Referente Técnico podrá requerir información sobre el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del personal del proveedor que sea necesario para la ejecución de los servicios, debiendo acreditar documentalmente el cumplimiento de tales obligaciones mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo u otros tales como certificados de PreviRed, Planillas de pago de cotizaciones, etc. En caso de registrarse saldos insolutos con sus actuales trabajadores o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar la inexistencia de deuda a la mitad de ejecución del contrato o un máximo de seis meses, aquella que resulte inferior. En caso de infracción será calificada como incumplimiento grave conforme al punto N° 21 de estas bases y se procederá en la forma allí estipulada.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.