Licitación ID: 2667-74-LR24
CONCESIÓN DEL ATRIO DEL CENTRO CÍVICO DE LA MUNICIPALIDAD DE VITACURA PARA EL DISEÑO IMPLEMENTACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CAFETERÍA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Estacionamientos 1 Global
Cod: 78180302
Porcentaje de aporte mensual en UTM por Ocupación de Bien Nacional de Uso Público, los que deberán considerar (Este aporte mensual incluye los derechos de Ocupación de Bien Nacional de Uso Público), según lo dispuesto en las Bases de la Licitación  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONCESIÓN DEL ATRIO DEL CENTRO CÍVICO DE LA MUNICIPALIDAD DE VITACURA PARA EL DISEÑO IMPLEMENTACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CAFETERÍA
Estado:
Revocada
Descripción:
La Municipalidad de Vitacura, a través de esta propuesta pública, requiere entregar en concesión la explotación del espacio público para la cafetería, en sector Atrio del Edificio Centro Cívico de Vitacura. Esta concesión incluye la venta de alimentos sin manipulación requerida, dirigida a los usuarios del Parque Bicentenario y del Centro Cívico de Vitacura, respectivamente. Además, incluye el diseño del recinto, la provisión e instalación de una estructura de fierro autosoportante de rápida y fácil instalación en sector Atrio del Centro Cívico, conforme a los requerimientos y exigencias descritas en las presentes Bases Administrativas Especiales (BAE), Bases Técnicas (BT) y demás documentos del proceso licitatorio. Para ello, la Municipalidad entregará una superficie de 30m² para la estructura del o los módulos, con una extensión de 100m² para la instalación de mesas, sillas y cubierta de protección solar. El horario de atención deberá ser, al menos, de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 horas y, sábado, domingo y festivos de 11:00 a 20:00 hrs., tomando en cuenta el horario de funcionamiento del Centro Cívico y del Auditórium. El concesionario debe contar con un sistema de abastecimiento que asegure la calidad y cantidad de las materias primas utilizadas. Además, el Concesionario deberá pagar semestralmente, por concepto de derechos municipales, la ocupación de bien nacional de uso público que se le entrega en Concesión, según la Ordenanza de Derechos Municipales de Vitacura vigente, y que se entienden conocidas por los oferentes, y parte integrante de la presente Licitación Pública.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-12-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 25-10-2024 12:59:00
Fecha inicio de preguntas: 25-10-2024 15:00:00
Fecha final de preguntas: 08-11-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-11-2024 21:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-12-2024 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-12-2024 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 06-02-2025 21:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA: El punto de reunión será en el Sector del Atrio en el Centro Cívico de la Municipalidad de Vitacura (frente al acceso del Registro Civil de Vitacura), ubicado en Av. Bicentenario 3.800, Piso 0, comuna de Vitacura 04-11-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes administrativos según lo dispuesto en el Numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes técnicos según lo dispuesto en el Numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
 
Documentos Económicos
1.- Adjuntar antecedentes económicos según lo dispuesto en el Numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Experiencia del Oferente. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en Numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 10%
2 POLÍTICAS DE INCLUSIÓN POLÍTICAS DE INCLUSIÓN . Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en Numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 5%
3 OFERTA TÉCNICA Oferta Técnica. Revisar Pauta de Evaluación y SUBCRITERIOS, conforme a lo dispuesto en Numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 40%
4 OFERTA ECONÓMICA Oferta Económica. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en Numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 42%
5 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES Cumplimiento de los Requisitos Formales. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en Numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 2%
6 POLITICAS DE INTEGRIDAD Política de Integridad. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en Numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal Vigente
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 48 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Nancy Ortiz Farias
e-mail de responsable de pago: Nortiz@vitacura.cl
Nombre de responsable de contrato: PABLO MONTERO ARAVENA
e-mail de responsable de contrato: pmontero@vitacura.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-22402374-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 02-04-2025
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Con el objeto de resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas de la oferta, los participantes deberán entregar una Garantía de Seriedad de la Oferta, a nombre de la Municipalidad de Vitacura, mediante documento en la forma establecida en el artículo 21° de las BAG y según lo dispuesto en el artículo 31° del Reglamento de la Ley de Compras, pagadero a la vista e irrevocable. Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la Garantía de Seriedad de la Oferta podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: a) vale vista; b) boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; c) póliza de seguro de ejecución inmediata; d) depósito a la vista; e) certificado de fianza a la vista emitido por sociedades de garantía recíproca; f) cualquier otro instrumento pagadero a la vista e irrevocable, que asegure el pago en forma rápida y efectiva, de conformidad al artículo 31 del Reglamento de la Ley 19.886. El monto de esta Garantía será de $1.000.000.- (un millón de pesos chilenos) y deberá estar vigente por al menos 120 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Si la garantía se presenta en una unidad reajustable, deberá corresponder al valor de la Unidad de Fomento (UF) o Unidad Tributaria Mensual (UTM) al día de cierre de recepción de ofertas. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser incorporada en forma digital a través del portal www.mercadopublico.cl, sólo en el caso que se ajuste a lo dispuesto en la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, deberá hacer entrega obligatoria del documento en la Secretaría Municipal, ubicada en Av. Bicentenario N° 3.800, Piso 3°, hasta el día y hora señalados para el ingreso de las ofertas en el Portal. En el evento de no cumplir con la entrega o el ingreso de la Garantía de Seriedad de la Oferta en tiempo y forma antes señalados, el Oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, declarada inadmisible su oferta. En caso que la suscripción del respectivo contrato no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el Municipio podrá solicitar prórroga de estas, siendo obligación del oferente su cumplimiento, en caso de que decida continuar con su oferta; si alguno de los oferentes no accediera a la solicitud, su propuesta se tendrá por desistida, en cuyo caso la Municipalidad devolverá las garantías respectivas en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde su vencimiento. La Municipalidad hará efectiva íntegramente la Garantía de Seriedad de la Oferta en cualquiera de los siguientes casos: a) Si el adjudicatario se desiste de la oferta presentada. b) Si el oferente entrega antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta (Aplica Dictamen CGR N°10.706 de 2019). c) Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo establecido en el Numeral 11.1 “Requisitos para contratar” de las presentes Bases Administrativas. d) Si el adjudicatario no acompaña los documentos que se le soliciten para la redacción del contrato en los plazos establecidos en las presentes Bases Administrativas. e) Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo y forma estipulada en las presentes Bases Administrativas. f) Si el adjudicatario no entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y Pólizas de Seguros de Responsabilidad Civil, según corresponda, en el plazo que dispongan las presentes BAE.
Glosa: Garantiza Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión ID 2667-74-LR24
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta a los proponentes, conforme a los siguientes casos: • En el caso del adjudicatario o los oferentes que figuren en el segundo y tercer lugar de prelación en el Informe Técnico de Evaluación de la propuesta, esta garantía les será devuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato. • Para el resto de los oferentes participantes de la licitación, esta garantía les será devuelta una vez que se encuentre notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, o bien, el Decreto que declara desierta la licitación, o lo deja sin efecto, en su caso.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 06-12-2030
Monto: 500 Unidad Tributaria Mensual
Descripción: Notificada la adjudicación a través del Portal, y dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal señalada en el Numeral 11.2 “Documentación para elaborar el contrato” de las Bases Administrativas, el oferente adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Adjudicatario, con el objeto de resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del concesionario. El monto de esta Garantía, será el equivalente a 500 (quinientas) UTM, y su vigencia debe exceder, en al menos, 120 (ciento veinte) días corridos a la fecha de término del contrato de concesión. Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva e irrevocable. La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá entregarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso que se efectúe físicamente, deberá entregarse materialmente en la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA). La SECPLA será la encargada de revisar la conformidad de la garantía, de acuerdo con los términos y condiciones solicitados en las bases, y remitirá el documento original a la Tesorería Municipal, para su debida custodia y resguardo. En el evento de no cumplir con la entrega física o electrónica de la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a las disposiciones precedentes, el Municipio podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la propuesta, hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por el adjudicatario infractor y adjudicar ésta al que le siga en puntaje, de acuerdo a lo establecido en los Numerales 9.1 y 9.2 de las presentes Bases Administrativas. Todo eventual aumento de contrato o de plazo deberá ser igualmente garantizado, de modo que se cumpla con el porcentaje señalado para el valor total del contrato y plazo de vigencia. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en cualquiera de los casos previstos en el artículo 72° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, es decir, por incumplimiento del concesionario de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, como también en los siguientes casos: i. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y el respectivo contrato. ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos o servicios adjudicados establecidos en el Contrato. iii. Por la declaración de término anticipado, respecto de las causales imputables al proveedor. iv. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, siempre que estos sean imputables al proveedor. Ante casos de incumplimiento, y con el objeto de respetar los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 ter del DS N°250 “Reglamento de la Ley N°19.886”, se adoptará el procedimiento establecido en el numeral 16.4 “Procedimiento de Aplicación de Multas” de las presentes bases, en todo lo que resulte procedente, permitiendo al concesionario exponer sus descargos de manera previa al cobro de la caución. Para aquellos casos en que la adjudicataria no presente los formularios señalados, la Subdirección de Tesorería Municipal deberá hacer efectivas las garantías de fiel cumplimiento, en el caso que correspondiere. Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario, siendo este responsable de mantenerlas vigentes por todo el periodo que caucionan, especialmente en aquellos casos de eventuales aumento de plazos, debiendo ser reemplazadas por otro documento, conforme al nuevo plazo contractual, más los días previstos según corresponda a la Licitación, siendo todos los costos financieros de responsabilidad única de la adjudicataria.
Glosa: Garantiza Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión ID 2667-74-LR24
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se efectuará en Tesorería Municipal, una vez transcurridos 90 días corridos posteriores al término de vigencia del contrato, y sólo previa certificación por la Unidad Técnica supervisora del contrato, de la circunstancia de no existir obligaciones pendientes, tanto desde el punto de vista contractual, como del punto de vista laboral y previsional, de los trabajadores del contratista y/o de sus subcontratistas, a través de la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo. No obstante, lo anterior, será obligación de la adjudicataria, presentar con 20 días de anticipación al término de la Vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario F30-1). Estos certificados deben estar vigentes al momento de su presentación y ser entregados al ITS, quien dará su aprobación.
    Otras Garantías
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 01-10-2030
Monto: 1000 Unidad de Fomento
Descripción: El concesionario será responsable por todos los perjuicios generados por su personal o el personal del subcontratista, si lo hubiere, que afecten (al suministro, bienes o la prestación de los servicios (explotación de la Cafetería) y/o la ejecución de las obras), así como los que se produjeran a terceras personas o se provocaren a funcionarios de la Municipalidad y, en general, por todos los daños a personas o bienes, causados durante o como consecuencia de ellos. La Municipalidad de Vitacura no pagará al concesionario ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones de acuerdo a lo estipulado precedentemente. Con el objeto de caucionar el pago de los daños indicados en el párrafo que antecede, el concesionario deberá entregar, en la misma oportunidad que haga entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, y mantener vigente durante la ejecución del contrato una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros a todo evento, por un monto equivalente a UF 1.000.- (mil unidades de fomento), y con pago de prima único, por lo que deberá presentar el comprobante de pago de la totalidad de la Póliza. A su vez, este instrumento debe considerar obligatoriamente, una cláusula de responsabilidad civil patronal, por UF 500.- (quinientas unidades de fomento). La póliza de seguro requerida en el presente Numeral será condición para la suscripción del contrato. De no cumplir esta disposición en el plazo estipulado, se hará efectivo el documento correspondiente a la Garantía de Seriedad de la Oferta. La vigencia de la Póliza será, a lo menos, desde la fecha de emisión de la misma, la cual deberá ser siempre anterior a la fecha de suscripción del contrato, más 60 (sesenta) días corridos posteriores al término del mismo. Lo anterior, sin perjuicio de que ésta podrá contener una cláusula anual de renovación automática, en su caso. En caso de que las prestaciones se extendieran más allá del plazo ofertado o este periodo no estuviese debidamente resguardado por la Póliza de Responsabilidad Civil vigente, el concesionario deberá realizar la respectiva prórroga y mantener la vigencia de la Póliza, hasta la nueva fecha de término validada por la ITS y el Decreto Alcaldicio que lo sancione. Esta Póliza de Seguro tendrá como asegurado a la Municipalidad de Vitacura, “debiendo excluir expresamente la cláusula de arbitraje, respecto de la Municipalidad de Vitacura, además de incluir obligatoriamente una cláusula que imponga la prohibición de introducir modificaciones a los términos y condiciones de la misma (cláusula de inalterabilidad), sin autorización previa, expresa, y por escrito, de la Municipalidad de Vitacura”, en el Artículo 62° de las BAG. Si la póliza es con deducible, en las condiciones particulares de ésta, deberá estipular expresamente que, el deducible será de cargo exclusivo del contratante de dicha póliza. En caso de renovación de la póliza de seguro, deberá hacerse con un mínimo de 30 (treinta) días corridos de anticipación a su respectivo vencimiento. En caso de daños a la propiedad privada, pública o a terceros, cuyo monto sea inferior al deducible del seguro, el concesionario deberá responder en forma inmediata una vez notificado por el ITS. Esta póliza será devuelta al concesionario de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final el artículo 133° de las BAG. De igual forma, será considerado como requisito esencial para la firma del contrato, y su no entrega oportuna facultará a la Municipalidad para dejar sin efecto la adjudicación y cobrar la Garantía de Seriedad de la Oferta, como también dará lugar a la readjudicación de la licitación si fuese procedente y conforme a los intereses municipales. En caso de daños a terceros, el concesionario se obliga a activar en forma personal el procedimiento para responder civilmente por dichos daños, notificando de dicho trámite en un plazo no mayor a 48 horas a la Municipalidad de Vitacura, vía Libro de Servicio. Toda carencia, exclusión o insuficiencia de los seguros será de única y exclusiva responsabilidad del concesionario, de forma que deberá complementar o suplir las indemnizaciones que correspondan, hasta la reparación total del daño producido.
Glosa: Seguro de Responsabilidad Civil Licitación Pública ID 2667-74-LR24
Forma y oportunidad de restitución: Esta póliza será devuelta al Contratista de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final el artículo 133° de las BAG. De igual forma, será considerado como requisito esencial para la firma del contrato, y su no entrega oportuna facultará a la Municipalidad para dejar sin efecto la adjudicación y cobrar la Garantía de Seriedad de la Oferta, como también dará lugar a la readjudicación de la licitación si fuese procedente y conforme a los intereses municipales. En caso de daños a terceros, el contratista se obliga a activar en forma personal el procedimiento para responder civilmente por dichos daños, notificando de dicho trámite en un plazo no mayor a 48 horas a la Municipalidad de Vitacura, vía Libro de Obras. Toda carencia, exclusión o insuficiencia de los seguros será de única y exclusiva responsabilidad del Contratista, de forma que deberá complementar o suplir las indemnizaciones que correspondan, hasta la reparación total del daño producido.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

Si al completarse la evaluación dos o más ofertas tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a favor de quien presente el mejor puntaje en el Criterio de Evaluación “Oferta Económica”; en caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien acredite la mayor cantidad de contrataciones en el Criterio de Evaluación “Oferta Técnica. De perseverar la paridad, se resolverá a favor de quien acredite la mayor cantidad de contrataciones en el criterio “Experiencia del Oferente”. De persistir la igualdad, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Políticas de Inclusión”. De perseverar el empate, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Con todo, si aún no se resolviera la paridad, se optará a favor del oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Políticas de Integridad”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Mediante la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (FORMULARIO F30) vigente a la fecha de apertura de la licitación, y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, (F30-1 a partir del segundo mes del Contrato si el plazo ofertado supera los 30 días) ambos emitidos por la Dirección del Trabajo, según lo requerido en los numerales 10.2 , 12.1 letra a) y b) de las BAE de la presente Licitación.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

i.     El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485º del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 

ii.    El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

 

iii.   El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

 

iv.   El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

 

v.    El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

 

vi.   El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.

 

vii.  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

 

viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

 

ix.  El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.




Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40° del Reglamento de la Ley de Compras.

Además, la Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de la oferta, si estas certificaciones o antecedentes se han producido u obtenido antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 40° inciso segundo del Reglamento de la Ley N°19.886.

De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.

Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.  



Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40° del Reglamento de la Ley de Compras.

Además, la Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de la oferta, si estas certificaciones o antecedentes se han producido u obtenido antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 40° inciso segundo del Reglamento de la Ley N°19.886.

De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.

Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.  

Modificación N°1
.1° MODIFICACIONES AL DECRETO ALCALDICIO N°3/3170, DE FECHA 25/10/2024, QUE AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA Y APRUEBA LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES (EN ADELANTE BAE) Y BASES TÉCNICAS (EN ADELANTE BT), PARA LA CONTRATACIÓN DE LA “CONCESIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CAFETERÍA, EN SECTOR ATRIO EDIFICIO CENTRO CÍVICO DE VITACURA”, ID 2667-74-LR24, como sigue: MODIFICACIÓN N°1 DEL NUMERAL 4° CRONOGRAMA DE LICITACIÓN DE LAS BAE, “DEL CIERRE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA”:
Donde dice: “A las 15:01 hrs, del 25° día hábil desde la publicación del Decreto Alcaldicio de Llamado en el portal.”
 Debe decir: “A las 15:01 hrs, del 26° día hábil desde la publicación del Decreto Alcaldicio de Llamado en el portal.”
Modificación N°2
.1° MODIFICACIONES AL DECRETO ALCALDICIO N°3/3170, DE FECHA 25/10/2024, QUE AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA Y APRUEBA LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES (EN ADELANTE BAE) Y BASES TÉCNICAS (EN ADELANTE BT), PARA LA CONTRATACIÓN DE LA “CONCESIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CAFETERÍA, EN SECTOR ATRIO EDIFICIO CENTRO CÍVICO DE VITACURA”, ID 2667-74-LR24, como sigue: MODIFICACIÓN N°1 DEL NUMERAL 4° CRONOGRAMA DE LICITACIÓN DE LAS BAE, “DEL CIERRE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA”:

MODIFICACIÓN N°2 DEL NUMERAL 10.1 “GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA”, DE LAS BAE:

 Donde dice: … “El monto de esta Garantía será de $1.000.000.- (un millón de pesos chilenos) y deberá estar vigente por al menos 120 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.” (…)

 Debe decir: … “El monto de esta Garantía será de $1.000.000.- (un millón de pesos chilenos) y deberá estar vigente por al menos 119 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.” (…)
Modificación N°3
MODIFICACIÓN N°2 DEL NUMERAL 10.1 “GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA”, DE LAS BAE: Donde dice: … “El monto de esta Garantía será de $1.000.000.- (un millón de pesos chilenos) y deberá estar vigente por al menos 120 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.” (…) Debe decir: … “El monto de esta Garantía será de $1.000.000.- (un millón de pesos chilenos) y deberá estar vigente por al menos 119 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.” (…) DEL NUMERAL 10.1 “GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA”, DE LAS BAE:

MODIFICACIÓN N3.


Donde dice: … “El monto de esta Garantía, será el equivalente a 500 (quinientas) UTM, y su vigencia debe exceder, en al menos, 120 (ciento veinte) días corridos a la fecha de término del contrato de concesión.” (…)

Debe decir: … “El monto de esta Garantía, será el equivalente a 100 (cien) UTM, y su vigencia debe exceder, en al menos, 120 (ciento veinte) días corridos a la fecha de término del contrato de concesión.” (…)
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.