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Resolución de Empates |
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En caso de que dos o más proveedores obtuvieran el mismo puntaje final, producto de la evaluación, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que esté persistente:
- Mayor puntaje total obtenido en precio
- Mayor puntaje total obtenido en experiencia
- Mayor puntaje total obtenido en condiciones de empleo.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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El proponente podrá realizar consultas y solicitar aclaraciones de esta propuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha y hora límite indicada en el itinerario de licitación. Las respuestas estarán a disposición de los proponentes en el referido sistema y en archivo digital, en la fecha indicada en el itinerario de licitación.
En la oportunidad definida en el calendario de eventos, los interesados podrán realizar las consultas que estimen necesarias, relativas al proceso de licitación, a través del portal: www.mercadopublico.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante el periodo de evaluación, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones NO les confieren a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igual de los oferentes, requerimiento que será informado al resto de los oferentes del sistema de información.
Por su parte, dentro del plazo fatal de dos días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la comisión evaluadora, los oferentes podrán corregir estos errores o acompañar las certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta; siempre que dichas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Adjudicación |
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La adjudicación se realizará a la oferta que obtenga el puntaje total más alto según los criterios de evaluación de las presentes bases, mediante resolución de la autoridad respectiva y será notificada al adjudicatario y a los restantes oferentes mediante la plataforma de www.mercadopublico.cl.
El Deprov Malleco, adjudicará la presente licitación pública, dentro de los 05 días hábiles desde la publicación del acta de apertura de las ofertas, mediante resolución fundada del Jefe Provincial de Educación Malleco, la que será notificada a todos los eferentes. Formarán parte de esta resolución las presentes bases administrativas, las bases técnicas, sus anexos y las respectivas aclaraciones si es que las hubiere y la oferta presentada por la empresa adjudicada.
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Re-adjudicación |
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Se deberá volver a reunir la Comisión evaluadora, en el caso de que:
• El adjudicatario no presente la documentación que corresponde, en el plazo y forma indicada en las bases. (Quedará fuera del proceso y facultará a este Deporv Malleco proceder a re-adjudicar al oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje, el cual deberá cumplir con los mismos plazos).
• El adjudicatario, no firmara por cualquier razón el contrato (en el tiempo establecido 05 días hábiles) este Deprov, procederá a la re-adjudicación, con el oferente que haya obtenido segundo mejor puntaje.
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Revocación de la adjudicación |
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El Departamento Provincial de Educación Malleco Región de La Araucanía revocará la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, en los siguientes casos:
• Si el oferente adjudicado no se inscribiese en el registro de proveedores quedando en estado hábil.
• Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a la DEPROV, se desistiera de su oferta, situación que será considerada negativamente en futuras licitaciones por el Departamento Provincial de Educación MALLECO Región de La Araucanía.
• Si el adjudicado no presenta los documentos solicitados para ser contratado dentro del plazo estipulado para ello.
• Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades para contratar con el estado.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Departamento Provincial de Educación Malleco Región de La Araucanía adjudicará al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente para los intereses de esta DEPROV o declarará desierta la licitación, según corresponda.
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DEL CONVENIO |
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Se suscribirá con la empresa adjudicada un contrato, en el plazo de 5 días hábiles desde notificada la adjudicación, el que deberá ser aprobado por la Autoridad correspondiente mediante resolución exenta. Para suscribir el contrato el oferente favorecido deberá estar inscrito en el registro de Chile proveedores en estado hábil.
La resolución exenta de adjudicación se notificará a los oferentes a través del sistema www.mercadopúblico.cl, además, el Deprov Malleco requerirá vía correo electrónico dirigido al adjudicatario, los siguientes antecedentes para la ejecución de la relación contractual, las cuales deberán ser entregadas en originales o debidamente autorizados ante Notario público, en el lugar señalado en el correo y en un plazo máximo de 05 días hábiles, salvo que estos consten en el registro www.chileproveddores.cl, en cuyo caso no les serán exigibles.
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Sobre cesión del contrato |
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El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en el contrato.
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Termino anticipado del contrato |
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El Deprov Malleco, podrá poner término administrativamente y en forma anticipada al contrato de prestación de servicios por las siguientes causas:
• Si el proveedor se declara en quiebra o cae en insolvencia.
• Por mutuo acuerdo de las partes, o en forma unilateral, lo cual se deberá notificar con a lo menos 30 días de antelación a la fecha de requerimiento de su término, sin pago de indemnizaciones.
• Si se disuelve la sociedad contratada.
• Si ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores.
• Que el proveedor no cumpla con las formalidades contractuales contraídas con sus trabajadores. el Deprov Malleco podrá poner término inmediato al contrato con el adjudicatario, si éste no cumpliera con cualquiera de las obligaciones que la ley laboral y previsional le impone para con sus trabajadores.
• Le fuese protestado documento mercantil, que se mantuviere impago durante más de sesenta días, o no fuese debidamente aclarado dentro de dicho plazo.
• Si, dentro de la vigencia del contrato el proveedor no se encuentra hábil en Chile proveedores y no resuelve dicha situación en un plazo de 10 días corridos.
• Si en el año presupuestario siguiente al de la contratación, no se contempla presupuesto para los ítems adjudicados.
Ocurrida cualquiera de las situaciones antes indicadas, el Deprov Malleco, notificará por escrito al proveedor el incumplimiento y le fijará un plazo perentorio para que lo solucione.
Si transcurrido este plazo no se corrige la situación a satisfacción del Deprov Malleco o si ésta no fuese subsanable, se pondrá término anticipado al contrato según lo señalado anteriormente.
El Deprov Malleco se reserva el derecho de poner término al contrato por resolución fundada, sin indemnización alguna al contratista, en el evento que acaeciere alguna circunstancia calificada como grave, que así lo aconsejase.
Si debido a un incumplimiento se pone término anticipado al convenio y se hace efectiva la boleta de garantía por fiel cumplimiento, se podrá, además, iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados que excedan el monto de la garantía.
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Sobre modificación al contrato |
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El Deprov Malleco, podrá realizar, modificaciones al contrato de un común acuerdo entre las partes, mediante clausulas anexas aprobadas por resolución fundadas. También podrá requerir prestaciones adicionales a las originales.
Las cláusulas NO tendrán el efecto de alterar el convenio original solo en aquellos puntos exclusivamente tratados en ella.
Sin perjuicio de lo anterior, el Deprov Malleco, podrá contratar servicios extraordinarios y esporádicos (en casos eventuales), sin hacer modificaciones al convenio, (los que se aprobaran con resolución fundada) y que sean de la misma naturaleza del contrato.
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Sobre la renovación del contrato |
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El contrato No será renovable.
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Vigencia y duración del contrato para adjudicar |
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El contrato tendrá una vigencia de 12 meses a contar de la fecha en que quede totalmente tramitada la resolución que lo apruebe,
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado al contrato en las situaciones que se señalen en las bases.
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Vinculo de dependencia frente al contrato de Servicios habituales |
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Se deja constancia, que el contrato se suscribirá y será de prestación de servicios habituales, sin que exista un vinculo de subordinación o dependencia de alguna, entre el Deprov Malleco y el personal del adjudicatario. Por lo tanto, para todos los efectos legales, la empresa tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores.
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Subcontratación |
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El adjudicatario podrá subcontratar, alguno de los servicios necesarios para el cumplimiento del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, será el adjudicatario el que mantendrá la responsabilidad ante la DEPROV, por la calidad, contenido y oportunidad de los servicios contratados. Asimismo, toda comunicación oficial del servicio deberá realizarla el adjudicatario y no los subcontratistas, ya que no se creará relación alguna entre la DEPROV, lo subcontratistas y sus trabajadores.
La subcontratación no exime a la empresa adjudicada de ninguna obligación del contrato suscrito.
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Confidencialidad en la prestación de servicios habituales |
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El adjudicatario, deberá guardar absoluta confidencialidad sobre la información reservada o no, que pongan a su disposición el Deprov Malleco y en general, de toda aquella que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios.
El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, también respecto a los funcionarios del Deprov Malleco, reservándose el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, y especialmente de conformidad con lo establecidos en la Ley 19.628 sobre la protección de datos de carácter personal.
La divulgación por cualquier medio de información antes referida por parte del prestador de servicio o sus dependientes durante la vigencia del contrato o después de su finalización dará lugar a entablar las acciones judiciales que correspondan sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que haya ejecutado sus empleados o dependientes y quienes resulten responsables.
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CONTROLES Y EVALUACIONES |
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El Deprov Malleco realizará los controles que considere necesarios, con el objeto de constatar la calidad de los servicios contratados.
Para estos efectos evaluará los servicios de aseo de acuerdo con los siguientes criterios:
• Cumplimiento de las fechas establecidas en el programa de trabajo.
• Cumplimiento de asistencia de la dotación comprometida.
• Cumplimiento de las actividades, verificado mediante un check list.
• Otras que el Deprov Malleco establezca durante el contrato.
Sin perjuicio de lo anterior se realizará, al menos una vez al mes, una visita en conjunto, entre la contraparte técnica del Deprov Malleco y quien designe la empresa adjudicada. La coordinación podrá realizarse personalmente, por teléfono o por email.
Deberá ser firmado por quien designe la empresa y la contraparte técnica del Deprov Malleco, servirá como insumo a la evaluación del servicio.
Deberá ser aplicado nuevamente cuando una actividad se informe en estado “realizada con deficiencias” o “no realizada
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CONDICIONES, PLAZO Y MODO EN QUE SE COMPROMETE EL PAGO |
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El o los pagos mensuales por los servicios contratados y evidentemente ejecutados, se efectuará mediante transferencia electrónica, en un plazo de 30 días, a partir de la presentación de la factura, previo visto bueno de la contraparte técnica del Deprov Malleco y del ingreso de la documentación respectiva. El pago es fijo y mensual por el servicio de “ASEO Y LIMPIEZA EN EL DEPROV MALLECO”, ubicado en calle pedro Aguirre Cerda N° 212, comuna de Angol; por el que asciende a la suma de $977.000 brutos (Novecientos setenta y siete mil pesos).
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Emisión de la Factura. |
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El documento tributario, se extenderá con los siguientes datos:
Nombre: Departamento Provincial de Educación Malleco Región de La Araucanía.
Giro: Administración Pública.
RUT N°: 61.977.300-4
Dirección: Pedro Aguirre Cerda # 212, Angol.
Se deberá respetar el procedimiento de emisión de documento tributario, que se solicita de acuerdo al “Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos”, que tiene por finalidad que las Instituciones Gubernamentales recepcionen la información de los Documentos Tributarios Electrónicos desde el Servicio de Impuestos internos y sus XML enviados por los proveedores.
DTE (DOCUMENTO TRIBUTARIO ELECTRONICO):
• Emisión con edición del campo 801, que debe incorporar la orden de compra tal como aparece en mercado público (deben ingresar los números y letras de la orden de compra. Ej: 41-1-SE24).
• Enviar al SII
• Enviar XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com (casilla sistema ACEPTA)
Lo anterior se indica para evitar el rechazo por parte del sistema ACEPTA, del documento tributario.
Será obligación de la empresa presentar junto a la factura los antecedentes que se detallan a continuación:
• Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (mensual)
• Liquidación de sueldo firmada por el trabajador (del mes en que se ejecutaron los servicios), LA QUE DEBE ESPECIFICAR CLARAMENTE: MONTO DE LA REMUNERACIÓN PACTADA, LA QUE NO PODRÁ SER INFERIOR AL SUELDO MINIMO, GRATIFICACIÓN LEGAL Y BONOS (LOCOMOCIÓN Y COLACIÓN).
• Copia de la transferencia electrónica por el pago realizado al trabajador
• Documento que acredite los pagos de cotizaciones de salud y previsional.
• Copia del contrato (Primer mes y cuando corresponda)
• Finiquito (cuando corresponda).
El Deprov Malleco, no concretará el pago de la factura, en el caso de que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimento de las obligaciones laborales y de seguridad social del personal asignado a cumplir con el servicio requerido O PRESENTARA EN FORMA INCOMPLETA LOS ANTECEDENTES QUE ACREDITEN PARA EL PAGO.
Para el pago de servicios anexos, la empresa deberá enviar factura distinta a la de los servicios mensuales fijos, con el detalle de las labores realizadas en el mes en cobro y deberá ingresar documentación que justifique el pago de la empresa o personal subcontratado.
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