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1. ANTECEDENTES. |
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OBJETIVOS:
El objetivo de la presente contratación es contar con un servicio de auditoría externa de los Estados Financieros Separados de la Universidad de Aysén y del Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU) por los periodos 2025 y 2026, emitiendo una opinión independiente y técnica sobre la razonabilidad de sus cifras para ser presentada ante la SES y la CGR.
FINANCIAMIENTO:
Para la contratación de los Servicio de Auditoría Externa de los Estados Financieros Separados y del Fondo Solidario de Crédito Universitario del año 2025 y 2026 de la Universidad de Aysén, se cuenta con un presupuesto referencial de UF 400.- impuestos incluidos, equivalente a $ 15.888.112.- (según UF de fecha 29.12.2025; $39.720,28) considerando un aumento de hasta el 30% del presupuesto Institucional de esta casa de estudios, según se el siguiente desglose:
Año 2026: UF 200
Año 2027: UF 200
El monto final del contrato se establecerá en el marco de la oferta adjudicada y lo autorizado en la orden de compra respectiva.
TIPO DE LICITACIÓN:
Licitación Pública por monto mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM.
TIPO DE ADJUDICACIÓN:
La presente licitación pública contempla un sistema de adjudicación simple, es decir, no se aceptarán ofertas parciales, es por esto que cualquier oferta que no contenga la totalidad de los servicios será declarada inadmisible de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
LOS PROPONENTES O PARTICIPANTES:
Podrán participar las personas naturales, jurídicas, chilenas o extranjeras, o Unión Temporal de Proveedores (asociación de personas naturales o jurídicas), en adelante “UTP”, que no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, que no registren alguna de las causales de inhabilidad establecidas en el artículo 4 de la ley Nº19.886, o en el artículo 35 quáter de la ley 21.634, y presenten su oferta en la oportunidad y forma establecida en las presentes bases administrativas. En el evento que resulte adjudicada esta licitación a una persona jurídica extranjera, para contratar se le exigirá tener constituido domicilio en Chile.
Las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras podrán participar en esta licitación celebrando un Pacto de Unión Temporal de Proveedores (UTP), de acuerdo a lo establecido en el Capítulo XIII, párrafo 2, del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. En este caso, ninguno de los integrantes de la UTP podrá registrar alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley N°19.886, y artículo N°154 del Reglamento de la misma Ley. El acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Compras.
El representante de la Unión Temporal de Proveedores identificado en el anexo N°1-B, deberá presentar los antecedentes de la oferta y de la contratación; subsanar solicitudes de aclaración y entregar información que pudiese requerir la Universidad.
Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a la Universidad de Aysén, en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la Unión Temporal de Proveedores, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Al momento de la presentación de las ofertas, es de carácter obligatorio que los proponentes se encuentren hábil en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público, en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, se deben considerar a todos los integrantes.
Los proponentes de la presente licitación pública deberán examinar todas las instrucciones y condiciones estipuladas en las presentes bases, que, junto con las eventuales preguntas que formulen los interesados y respuestas emanadas de esta Universidad, constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar su oferta.
La participación en el proceso implica la aceptación, de parte de los proponentes, de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las bases administrativas, técnicas, anexos y formularios.
INHABILIDADES Y PROHIBICIONES:
No podrán participar en este proceso licitatorio aquellos oferentes afectados por alguna de las prohibiciones e inhabilidades contenidas en el artículo 4° de la Ley 19.886 o en el artículo 35 quáter de la ley 21.634.
COMUNICACIÓN CON LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN:
Toda comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, está prohibido, salvo que se realice a través del Sistema de Información y gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl) que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Por lo que, está prohibido tanto a los que hayan obtenido estas bases administrativas como a los proponentes, su personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con funcionarios de la Universidad para fines relacionados con esta licitación, salvo aquellos contemplados expresamente en el reglamento Nº661/2024 de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en adelante “el Reglamento”, y que se encuentren contemplados en las presentes bases administrativas. De verificarse este tipo de situaciones, el involucrado quedará excluido del presente proceso licitatorio cualquiera sea la fase en que éste se encuentre, debiendo declararse su oferta inadmisible.
FORMA DE COMPUTAR LOS PLAZOS DE LA LICITACIÓN:
Todos los plazos que se establecen en este proceso de Licitación son de días corridos, salvo que en estas Bases se especifiquen plazos de días hábiles, entendiéndose por días inhábiles los sábados, los domingos y los festivos.
En caso de que alguno de los plazos de días corridos señalados en las Bases, venciere en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes, o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas, así como también, la fecha de recepción de ofertas no puede ser mayor a las 12.00 horas cuando se trata de un día pre-feriado, y el horario de recepción de ofertas no puede estar entre las 20:00 y las 09:00 horas.
COSTOS DE LA PROPUESTA Y CONOCIMIENTO DE LAS BASES:
La totalidad de los gastos en que incurra el oferente con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte de la Universidad.
Los oferentes participantes por el sólo hecho de presentarse a la licitación se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de los bienes; equipo, equipamiento y/o productos que se desea adquirir, según corresponda, por lo que se declaran conformes con ellas.
TIPO DE SOPORTE DE DOCUMENTOS:
Todos los documentos requeridos en las presentes bases administrativas deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl, salvo lo que se dispone respecto a las garantías.
Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en la Ley Nº19.886 y su Reglamento y de acuerdo con lo previsto en las presentes bases administrativas.
IDIOMA DE LA LICITACIÓN.
Todo el proceso de licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que, en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. Los manuales o folletos también serán en español, salvo que en las Bases Técnicas se autorice la presentación de ellos en un idioma diferente.
NOTIFICACIONES.
Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud de su Reglamento, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Universidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
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2. TÉRMINOS GENERALES Y MARCO NORMATIVO. |
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TÉRMINOS GENERALES
Para la correcta aplicación de las presentes bases administrativas se entiende por:
Adjudicatario: Oferente cuya propuesta, presentada dentro del marco del proceso de Licitación, es seleccionada y aceptada para la emisión de la orden de compra.
Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante que describen los bienes, servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Bases o Especificaciones Técnicas: Son documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/ o particular, descripciones, requisitos y demás características del bien, servicio a contratar.
Contrato: Acto bilateral que celebra la Universidad de Aysén y el adjudicatario cuya propuesta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de la presente licitación.
Días Corridos: Son todos los días de la semana (lunes a domingo), que se computan uno a uno en forma correlativa.
Días Hábiles: Son todos los días de la semana (lunes a viernes), salvo los sábados, domingos, festivos y feriados legales.
Entidad Licitante: Universidad de Aysén.
Estado de Pago: Pago que efectúa la entidad licitante durante el curso de la ejecución del contrato en conformidad a las bases administrativas, técnicas, contra recepción conforme por parte del Encargado del contrato de los servicios entregados y de acuerdo con el valor ofertado por el proveedor en su anexo económico.
Garantía: El documento emitido por un Banco de la plaza, Institución de Garantía Recíproca (I.G.R.), o Compañía de Seguros destinado a responder por las obligaciones del Proponente o Contratante, que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas.
Mandante: Responsable de realizar los pagos al proveedor según precio convenido y de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases Administrativas, solo una vez que el Encargado del Contrato informe favorablemente y en conformidad la recepción de los servicios entregados. Para el presente contrato el mandante es la Universidad de Aysén.
Oferta o Propuesta: Es aquel conjunto de proposiciones administrativo-técnico-económico presentadas por el Oferente en el sistema de información.
Oferente o Proponente: Persona natural, jurídica y/o UTP que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
Oferta temeraria: Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. La Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
Proveedor: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo contrae la obligación de suministrar el producto/servicio, materia de la presente licitación, de acuerdo a las presentes bases administrativas, bases técnicas y demás antecedentes del proceso licitatorio.
Reglamento: Decreto Supremo N°661/2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y de otros medios para la compra y contratación electrónica de las Entidades, administrada y licitada por la Dirección de Compras y compuesta por software, hardware e infraestructura electrónica, de comunicaciones y soporte que permite efectuar los procesos de compra.
Unidad Técnica: Se entenderá por tal a la Dirección de Administración y Finanzas, de la Universidad de Aysén, quien tiene a su cargo la supervisión técnica y administrativa del contrato, quien podrá destinar los recursos profesionales que estime oportunos para apoyar el trabajo del Encargado del contrato, y resolverá las controversias que se susciten entre el adjudicatario y el Encargado del contrato, sin perjuicio de las facultades del Director de Administración y Finanzas.
Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un Trato Directo.
DOCUMENTACIÓN Y NORMATIVA QUE RIGE ESTA LICITACIÓN.
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº19.886 y su reglamento, y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica:
Ley N° 21.094 sobre Universidades Estatales: Es el marco fundamental para la Universidad de Aysén.
Ley N° 21.091 sobre Educación Superior: Crea la Superintendencia (SES), que es la entidad receptora de la auditoría.
Ley N° 19.287: Es la ley que crea y regula los Fondos Solidarios de Crédito Universitario. Sin esta ley, la auditoría del FSCU carece de base legal específica.
Aclaraciones y modificaciones emitidas por la Universidad, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes en relación con las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Formularios y sus anexos.
Bases Técnicas y sus anexos.
Bases Administrativas y sus anexos
Respuestas de la Universidad a las preguntas de los oferentes o proponentes.
Otros antecedentes técnicos que se incluyan en la licitación
Ficha de Licitación del sistema de información Mercado Público.
Acta de evaluación.
Oferta completa del adjudicatario y aclaraciones a la misma que eventualmente hayan sido solicitadas por la Entidad Licitante.
Resolución que declara adjudicada la presente licitación.
Orden de compra.
Los documentos antes señalados, se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallan.
En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria sobre la materia, entre otras:
Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Ley N°19.880, establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
Ley Nº19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio y su reglamento Decreto N°661/2024.
Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas.
Ley Nº19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
El artículo 9 inciso 3° de la Ley N°21.369 que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la Educación Superior.
Lo dispuesto en la Ley Nº20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
El Código del Trabajo y sus leyes complementarias, que regula las relaciones laborales entre los empleadores y sus trabajadores.
Ley Nº16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo, incorporado por la ley Nº20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.
Todas las leyes que tengan relación con el régimen laboral (de trabajo y previsional) del personal que trabaje en el servicio, las normas chilenas oficiales obligatorias del Instituto Nacional de Normalización y todas aquellas normas legales y reglamentarias atingentes de la materia, que rijan para las Universidades.
Ley N°20.285: Ley sobre acceso a la información pública.
Decreto N°180 de 1987, del Ministerio de Hacienda, que fija normas para la presentación de presupuestos, balance de ejecución presupuestaria e informes de gestión de las Instituciones de Educación Superior.
Oficio E572829/2024 de la Contraloría General de la República, que imparte instrucciones sobre el ejercicio contable año 2025 para Universidades Estatales
Norma de Carácter General N°302 (CMF), relativa a la independencia y rotación de los auditores externos
Estatuto de la Universidad de Aysén (DFL N°7 de 2016) y además normativa interna institucional
Las Bases estarán a disposición de todos los proveedores, a través del portal www.mercadopublico.cl.
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3. ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO LICITANTE. |
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Razón Social
Universidad de Aysén
R.U.T.
61.980.520-8
Dirección
Calle Eusebio Lillo N°667
Comuna
Coyhaique
Región
Aysén, del General Carlos Ibáñez del Campo
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4. CALENDARIZACIÓN. |
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ETAPAS Y PLAZOS.
La presentación de las ofertas debe realizarse a través del sistema de información, de acuerdo al “Calendario de Licitación” informado en el sistema de información de Mercado Público. El plazo mínimo entre el llamado y la recepción de ofertas será de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 del reglamento de la ley Nº19.886, pudiendo rebajarse hasta 5 días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación. El sistema no aceptará propuestas ingresadas con posterioridad a la fecha de cierre de la propuesta en dicho sistema de información.
La etapas y plazos del proceso de licitación se detallan a continuación:
(ver cuadro en bases adjuntas)
MODIFICACIONES DE LOS PLAZOS.
Las etapas y plazos contemplados en el “Calendario de Licitación” informado en el Sistema de Información, podrán ser modificados; cuando se modifiquen los plazos establecidos, la institución mandante realizará el acto administrativo que apruebe dichas modificaciones, ingresando el documento al sistema de información de compras y contratación, para conocimiento de todos los oferentes interesados y según lo establecido en el numeral 5.1 de estas bases administrativas.
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5. DE LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES. |
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GENERALIDADES.
Los proponentes podrán efectuar consultas y/o aclaraciones, sólo a través del sistema de información, conforme a las fechas indicadas en el “Calendario de la Licitación”. Las consultas y/o la solicitud de aclaraciones deben indicar expresamente el punto pertinente de las bases, formularios y/o sus anexos a que se hace referencia.
Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones sólo estarán disponibles en el citado Sistema según lo indicado en el “Calendario de la Licitación”. Sólo se responderán consultas dentro del plazo establecido y por la vía señalada, reservándose la Universidad, el derecho de agrupar las respuestas a las consultas que se refieran a un mismo tema. Las respuestas que se entreguen complementan las presentes Bases Administrativas y/o Bases Técnicas, entendiéndose que forman parte integrante de ellas.
Las consultas deberán formularse en forma precisa y deben ser pertinentes al desarrollo de la presente licitación. La Universidad de Aysén se reserva la facultad de no responder aquellas consultas o aclaraciones manifiestamente incongruentes con el proceso licitatorio o que no fueran formuladas en términos respetuosos.
Con todo, la Universidad de Aysén se reserva la facultad de introducir enmiendas o modificaciones a las presentes Bases, solo durante el proceso licitatorio, las que podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior materialización del acuerdo entre las partes con la emisión de la orden de compra, esto amparado en el principio de estricta sujeción a las Bases.
La Universidad de Aysén comunicará el contenido de esas modificaciones por medio del sistema de información una vez que se haya cursado el acto administrativo que las apruebe, siendo anexadas a las Bases disponibles. En todo caso, y en conformidad al artículo 40 del Reglamento, la Universidad de Aysén podrá efectuar las antedichas modificaciones antes del cierre de recepción de ofertas, y otorgando un plazo prudencial a los oferentes para que adecúen sus propuestas.
Asimismo, la Universidad de Aysén tendrá la facultad de prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, si el nivel de eventuales consultas, enmiendas, y aclaraciones así lo amerita, lo que será debidamente notificado a través del sistema de información ya individualizado.
En todos los casos será obligación del oferente revisar periódicamente el proceso de licitación por medio del portal de compras públicas con el ID correspondiente a la licitación y atender toda modificación realizada por la Universidad.
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6. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS, FORMALIDADES Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS, ANTECEDENTES. |
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6.1 DISPOSICIONES GENERALES.
La propuesta será en UF. En el marco de lo establecido en el artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886, en los casos en que un proveedor presente dos o más ofertas dentro de un procedimiento de contratación, se procederá a evaluar únicamente aquella que resulte más conveniente y que cumpla con las especificaciones técnicas requeridas, descartando las demás ofertas presentadas por el mismo oferente. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que ésta no se trate de una oferta riesgosa o temeraria, de acuerdo a lo indicado en el Art. 61 del DS 661.
El sólo hecho de la presentación de la oferta significa el estudio en su conjunto y en detalle de todos los documentos que forman parte integrante del proceso licitatorio, así como también la aceptación por parte del proponente de las presentes Bases y de los demás antecedentes que forman parte del expediente de licitación.
Todos los antecedentes solicitados en las presentes bases para ofertar deberán presentarse electrónicamente, dentro del plazo establecido en el Calendario de la licitación, debidamente firmados cuando corresponda por el oferente o por su representante legal en el caso de personas jurídicas, o apoderado en el caso de las UTP, y en formato digital, vía sistema de información. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto para cada uno de ellos en los numerales siguientes.
No obstante, lo anterior, la Universidad podrá recibir ofertas fuera del sistema si se comprueba alguna de las circunstancias previstas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En este sentido, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de información, el oferente deberá presentar el correspondiente Certificado de Indisponibilidad emitido y ratificado por la Dirección de Chile Compra, el que se solicitará dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las recepciones de las ofertas, pudiendo enviar o entregar en soporte papel su oferta en un sobre cerrado en cuyo anverso deberán indicarse el nombre o razón social del proponente y nombre de la licitación, “Contratación del Servicio de Auditoría Externa de los Estados Financieros Separados y del Fondo Solidario de Crédito Universitario del año 2025 y 2026 de la Universidad de Aysén”, hasta las 15:30 horas del segundo día hábil desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en la oficina de partes de la Universidad de Aysén, ubicada en Eusebio Lillo N°667, Coyhaique, Región de Aysén. En caso de contar con los antecedentes digitales, debe remitirlos, en el plazo descrito precedentemente al correo electrónico licitaciones@uaysen.cl, oportunidad en que deberá detallar claramente en el texto del correo electrónico, todos los documentos que componen su oferta.
Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el sistema de información, quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación. También será declarada inadmisible toda oferta que no esté acompañada de los formularios, anexos y declaraciones considerados esenciales para la oferta por no ajustarse a los términos de las presentes bases administrativas, todo lo anterior en concordancia con lo solicitado en los criterios de evaluación.
6.2 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
La presentación de toda oferta deberá reunir los siguientes requisitos formales:
Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedente requerido en las presentes Bases, independiente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.
Sin embargo, si por condiciones técnicas del sistema de información www.mercadopublico.cl como por ejemplo “la existencia de un límite de Mb para subir archivos adjuntos a la plataforma”, el documento podrá estar distribuido en distintos archivos indicando claramente la relación entre uno y otro. Esta última situación podrá ser verificada con la Dirección de Compras Públicas en cualquier momento por la Universidad.
Subir archivos en el anexo del sistema de información que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes Bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital al anexo del Portal que corresponda.
Nombre de los Archivos Digitales: El nombre que se asigne a cada archivo, debe guardar relación con el contenido de este y estar antecedido por la letra que le corresponda, en atención al orden que fijan las presentes Bases. Ejemplo: a) Anexos administrativos.
Filtrar información: Los proponentes no deben ingresar antecedentes adicionales a los requeridos.
Formato: El formato digital de los antecedentes deben ser de uso común (JPG, PDF, Word, Excel, etc.), y el oferente será el único responsable de legibilidad en el sistema de información electrónico.
Los antecedentes presentados deberán concordar entre sí, permitiendo la completa revisión y comprensión de la oferta.
Cualquier situación en contrario será ponderada bajo las condiciones establecidas para el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”.
Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.
Si durante el periodo de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.
6.3 FORMA DE PRESENTAR LA OFERTA.
Los participantes deberán contemplar en su propuesta todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación, de acuerdo con los Anexos cuya presentación se exige en esta licitación. Así cada oferta deberá estar conformada por:
(ver cuadro en bases adjuntas)
6.3.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS:
Para los efectos de la presente licitación se entiende por antecedentes administrativos las certificaciones, documentos y en general, aquellos que den cuenta de la existencia legal y situación económica y financiera de los oferentes y aquellos que los habilitan para desarrollar actividades económicas y profesionales requeridas para la presente licitación.
Se entenderán de este orden los siguientes anexos, a los que deberán adjuntarse los documentos que avalen la información en ellos contenida, si procediere:
Declaración Jurada de "Requisitos para ofertar" que se le solicita en forma automática, al momento de ofertar, a través del sistema de información con el ID de la presente licitación, que da cuenta de su habilidad para contratar con el Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4 de la ley 19.886 de 2003 y 8 N°2 y 10 N°2 de la Ley 20.393 de 2009, y artículo 33 de la Ley 21.595.
Anexo N°1-A “Identificación del oferente”
Corresponde a su individualización y declara tener conocimiento de todos los antecedentes que se encuentran contenidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Aclaraciones y cualquier documento que forme parte de la propuesta y aceptar expresamente dichos contenidos y cumplir con las habilidades estipuladas en la normativa de compras y contratación pública vigente. (Art. 154 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas).
Anexo N°1-B “Identificación Unión Temporal de Proveedores”
Corresponde a la individualización de la UTP. Además, deberá suscribir la declaración jurada de “Requisitos para ofertar” que se le solicita en forma automática, al momento de ofertar, a través del portal www.mercadopublico.cl con el ID de la presente licitación, que da cuenta de su habilidad para contratar con el Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4 de la Ley N°19.886; 8 N°2 de la Ley N°20.393 y 33 de la Ley N°21.595.
Anexo N°2-A “Declaración Jurada” cuando corresponda a Unión Temporal de Proveedores
En caso de que el oferente sea Unión Temporal de Proveedores (UTP), el oferente que presenta la oferta a través del portal deberá cumplir con lo señalado en el párrafo anterior, en tanto, el resto de los integrantes de la UTP, con la finalidad de acreditar que no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades para contratar con el Estado, deberán acompañar conjuntamente con la oferta las declaraciones juradas correspondiente al anexo N°2-A, suscrita por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso de persona jurídica o persona natural. Los integrantes de la UTP determinarán, al momento de la presentación de su oferta, que antecedentes presentarán para ser considerado en la evaluación respectiva, conforme al artículo 48 del Reglamento de Compras Públicas.
Anexo N°2-B “Declaración Jurada de Socios”, para personas jurídicas de más de un socio, cuando corresponda.
Documentos adicionales (personerías)
Documentos adicionales: En el caso de las personas jurídicas, las declaraciones aludidas deberán ser firmadas únicamente por el representante legal de la entidad participante y deberá acompañar copia simple de la escritura donde conste la personería de el/los firmantes. Si este documento se encuentra anexado a la ficha electrónica del proveedor en el Registro de Proveedores del Estado en www.mercadopublico.cl, no será necesaria su presentación.
6.3.2 ANTECEDENTES TÉCNICOS:
La solicitud de presentación de los Anexos Técnicos considera la necesidad de contar con información relevante del servicio que se requiere contratar por parte de la entidad licitante, de modo tal de tener claridad respecto de las características técnicas del servicio ofertado y verificar si se ajusta a los requisitos técnicos que se solicitan, haciendo más expedita la revisión de antecedentes presentados.
El proveedor deberá adjuntar en la carpeta digital “ANEXOS TÉCNICOS”, la “Propuesta técnica” en que precise el servicio ofertado que permita verificar el cumplimiento de los requisitos detallados en las Bases Técnicas, con toda la información requerida y adjuntar los respaldos correspondientes. Asimismo, se requerirá que el oferente adjunte de manera obligatoria:
Propuesta de Metodología de trabajo, descripción del equipo profesional (Socio/Director responsable). (formato libre), se deberá identificar el equipo de trabajo, especificando las funciones que cumplirá cada uno, y presentar el curriculum detallado de los profesionales (expresado en cantidad de auditores)
Certificado de Inscripción en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), con vigencia no mayor a 30 días a la fecha de la postulación.
Anexo N°3-EXPERIENCIA DEL OFERENTE: En este anexo el oferente debe detallar los contratos de similares características a las requeridas en las presentes bases, realizados con Universidades Estatales, que haya ejecutado o se encuentren en ejecución en los últimos 4 años (expresada en cantidad de servicios prestados en el rubro), como empresa.
Por cada contrato informado se debe adjuntar el Certificado de Experiencia según el formato dado en el Anexo 3-A, o contratos formales suscritos que den cuenta expresamente del nombre del oferente, la fecha de inicio y término de la ejecución, con el respectivo dato de contacto del receptor del servicio, que acrediten de manera fehaciente a la Comisión Evaluadora que este ha realizado o se encuentra realizando servicios similares en el periodo señalado.
La Universidad de Aysén podrá chequear los antecedentes brindados.
Los proponentes no pueden emitir certificados en favor propio. El certificado debe ser otorgado por un tercero (el cliente público o privado) que recibió el servicio.
Anexo N°3-A “CERTIFICADO DE EXPERIENCIA”: El anexo debe ser emitido por la empresa que haya contratado al Oferente que postula a la presente licitación, en este Anexo deben informar los servicios en que el oferente fue contratado, el plazo de ejecución (fecha de inicio y término) y una breve descripción del servicio ofertado.
Anexo N°4 “Declaración Jurada Simple Programa de Integridad y Compliance”: Donde el proveedor declara contar con un programa de integridad, el cual se encuentra implementado y es conocido por todo el personal y/o trabajadores y trabajadoras de su empresa.
Los oferentes deberán acompañar a lo menos uno de los siguientes verificadores, debidamente suscrito por quién en su caso corresponda a fin de acreditar lo declarado en el anexo respectivo.
1.- Programa de integridad y ética empresarial (como por ejemplo manuales de procedimiento, Código de Ética Empresarial o similar).
2.- Informe de evaluación de cumplimiento.
3.- Declaración Jurada de Cumplimiento y Conocimiento de los Programas de Integridad y Ética empresarial suscrito por los trabajadores, donde conste la fecha en que se recibieron dichos programas.
4.- Reglamento Interno sobre Conflicto de Intereses.
5.- Carta compromiso de todos los empleados de la empresa.
Anexo N°6-EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL: En este anexo el oferente debe detallar los contratos de similares características a las requeridas en las presentes bases, realizados con Universidades Estatales, que haya ejecutado o se encuentren en ejecución en los últimos 4 años (expresada en cantidad de servicios prestados en el rubro), por el profesional responsable mencionado en el anexo N°5 Económico
Por cada contrato informado se debe adjuntar el Certificado de Experiencia según el formato dado en el Anexo 6-A, o contratos formales suscritos que den cuenta expresamente del nombre del oferente, la fecha de inicio y término de la ejecución, con el respectivo dato de contacto del receptor del servicio, que acrediten de manera fehaciente a la Comisión Evaluadora que este ha realizado o se encuentra realizando servicios similares en el periodo señalado.
La Universidad de Aysén podrá chequear los antecedentes brindados.
Los proponentes no pueden emitir certificados en favor propio. El certificado debe ser otorgado por un tercero (el cliente público o privado) que recibió el servicio.
Anexo N°6-A “CERTIFICADO DE EXPERIENCIA PROFESIONAL”: El anexo debe ser emitido por la empresa que haya contratado al profesional que postula a la presente licitación, en este Anexo deben informar los servicios en que el profesional fue contratado, el plazo de ejecución (fecha de inicio y término) y una breve descripción del servicio ofertado.
6.3.3 ANTECEDENTES ECONÓMICOS:
La oferta económica deberá expresarse exclusivamente en Unidades de Fomento (UF), indicando el valor neto por cada año de auditoría a través del Sistema de Información de Mercado Público, según Anexo N°5: OFERTA ECONÓMICA. El formulario debe ser debidamente firmado por el oferente o su representante legal. Los proponentes deberán contemplar todos los costos directos, indirectos, gastos generales, impuestos, seguros, utilidades, y cualquier otro gasto o derecho a que dé origen el adecuado cumplimiento del contrato. Los participantes al tiempo de realizar sus propuestas deben considerar la totalidad de las especificaciones técnicas y requerimientos específicos y normativos. Por tanto, en el valor de la oferta deberá incluir y contemplar todo gasto que irrogue su cumplimiento total del contrato.
La oferta económica además debe contemplar:
Fecha de entrega por año
Encargado de la Contratación con nombre y RUT del profesional responsable
No obstante, lo anterior, los oferentes deberán tener presente que, al momento en que la Universidad de Aysén realice la evaluación comparativa de las ofertas económicas, exigirá en el Anexo N°5. Ante cualquier inconsistencia presentada en la oferta, entre el Anexo N°5 y la ficha electrónica, se considerará para la revisión y evaluación, la información entregada en el Anexo N°5.
En caso de que el proveedor no presente información sobre el valor o plazos requeridos, esta oferta no será evaluada y será declarada inadmisible.
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7. VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta tendrá validez a lo menos de 60 (sesenta) días corridos posteriores a la fecha de cierre de la propuesta en el Portal. Si dentro de este plazo no se efectuare la adjudicación, la Universidad de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de su vencimiento, la prórroga de las mismas, que no podrá ser superior a 30 (treinta) días corridos. Esta solicitud será publicada en el Portal del Sistema.
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8. PROHIBICIÓN DEL OFERENTE DE MODIFICAR LOS ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA LICITACIÓN |
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La Universidad de Aysén, no admitirá modificaciones a los documentos y/o anexos, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que no se ajuste a lo requerido en las especificaciones técnicas, salvo que, tal como lo prescribe el artículo 56 del Reglamento D.S N°661 de la Ley de Compras Públicas, se trate de:
Omisiones u errores formales al momento de presentar los antecedentes: en este caso la Universidad le podrá solicitar al oferente que salve dicha omisión o error, siempre y cuando dichas rectificaciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores y comunicando esta situación a través del sistema de información mediante foro inverso, todo dentro del plazo fatal que al efecto fije la Universidad, el que en ningún caso podrá ser superior a 48 horas, a menos que la materia consultada requiera un plazo mayor, lo cual deberá ser justificado por la Comisión.
Omisión de certificados y antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para postular a la presente licitación y el período de evaluación: si al momento de postular los oferentes no han acompañado estos documentos, la Universidad podrá solicitar al oferente vía sistema de información, que dentro del plazo que aquél fije, el cual podrá ser hasta un máximo de 48 horas, acompañe esos certificados y antecedentes faltantes, informando de estos hechos en el sistema de información.
En caso de existir errores de transcripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones, en las mismas condiciones ya señaladas. De producirse los casos señalados en los párrafos anteriores, los oferentes serán evaluados en su Correcta Presentación de la Oferta según los parámetros descritos en las presentes bases administrativas.
Se pedirá por única vez acompañar los antecedentes solicitados o rectificar lo que indique la Universidad según lo establecido en el presente numeral.
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9. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
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De la Integración de la Comisión Evaluadora.
Para efectos de la apertura, evaluación de las propuestas y de proposición de adjudicación, de declaración de inadmisibilidad de la o las ofertas o declaración de licitación como desierta, según sea el caso, la Universidad de Aysén designará una Comisión de Apertura y Evaluación, en adelante “la Comisión”, que será responsable de la ejecución de dicha gestión, la que será integrada por funcionarios de la Universidad de Aysén, cuyos cargos se individualizan a continuación y en ausencia de ellos(as), participara quien los subrogue o reemplace:
Marco Formantel Lincomán, Encargado de Presupuesto, Unidad de Finanzas de la Universidad de Aysén
Andrés Cuevas Cuevas, Director de Administración y Finanzas de la Universidad de Aysén
Mauricio Garrido Neira, Profesional de la Unidad de Finanzas de la Universidad de Aysén
En caso de ausencia de alguno de los miembros titulares de la Comisión Evaluadora, será reemplazado por la Encargada de la Unidad de Adquisiciones
La comisión será apoyada por un/a funcionario/a de la Unidad de Adquisiciones que actuará como secretario de actas.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 35 ter de la ley N°19.886 y teniendo presente el art 54 del reglamento de la referida ley.
Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de interés con aquellos oferentes que participen en el procedimiento de licitación, obligándose, además, a guardar la confidencialidad del mismo.
Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de calificación o evaluación en el presente proceso tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.
Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadoras o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada.
Los integrantes de la comisión serán sujetos pasivos obligados por la Ley del Lobby.
Funciones de la Comisión Evaluadora.
Apertura de ofertas y verificación de antecedentes.
La apertura de los antecedentes de la propuesta se efectuará electrónicamente en un acto, según lo establecido en el Calendario de la licitación a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Sólo se tomarán en consideración las propuestas presentadas hasta antes de la fecha y hora de cierre para presentar ofertas, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta nueva alguna, ni modificaciones de las presentadas, ni solicitudes de explicaciones o aclaraciones por parte de los oferentes.
Una vez conocida la identidad de los Oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar que no tienen conflicto de intereses respecto de alguno de los oferentes o si lo tienen indicarlo en su declaración y solicitar su exclusión del proceso de evaluación, procediendo la Universidad a nombrar a otro integrante con las mismas formalidades.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Universidad estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, debiendo contar para ello con la certificación respectiva de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Durante el proceso de evaluación, la comisión podrá requerir a los oferentes salvar los errores u omisiones formales detectados, en los términos referidos sobre “Consultas y aclaración de las ofertas”.
La Universidad de Aysén podrá proveer a la Comisión Evaluadora, a requerimiento de esta, de asesoría experta en materias específicas, propias de la materia objeto de la presente licitación.
Declaración de admisibilidad o inadmisibilidad de las ofertas.
Se dejará constancia en el acta de evaluación que suscriba la Comisión, de aquellas propuestas que sean declaradas admisibles, y aquellas que previo a la evaluación hayan sido rechazadas, declarándose inadmisibles, de acuerdo a los siguientes criterios:
Las ofertas serán rechazadas y no pasarán a la etapa de evaluación, cuando:
No adjunta Propuesta Metodológica de trabajo
No adjunta Anexo N°5 “Oferta Económica”.
No adjunta el Certificado de Inscripción en el registro de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), con vigencia no mayor a 30 días a la fecha de la postulación
No adjunta el anexo N°3 “Experiencia del Oferente”
No adjunta el anexo N°6 “Experiencia Profesional”
La oferta supera el plazo de entrega según se detalla en el punto II. Bases técnicas párrafo 5, de la presente Licitación
Asimismo, las propuestas serán declaradas inadmisibles si en la etapa de evaluación se evidencia alguna de las siguientes situaciones:
La propuesta no indica el valor y/o los plazos requeridos en el anexo económico, N°5
En el Anexo N°5, no indica datos del profesional responsable de la contratación
No se da cumplimiento a lo establecido en las bases técnicas.
Consultas y aclaración de las ofertas.
Posterior a la apertura de las ofertas, la comisión evaluadora, a fin de facilitar la evaluación y comparación de aquellas, podrá solicitar información complementaria a través del foro inverso del Portal Mercado Público, la que de ninguna manera puede referirse a aspectos determinantes de la licitación. La respuesta deberá ser canalizada por el mismo medio. También podrá solicitar a cualquier proponente que aclare su oferta, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las aclaraciones y/o rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Del mismo modo, conforme a lo establecido en el artículo 56, inciso 2° y 3°, del Reglamento de la Ley N°19.886, la Universidad podrá permitir la entrega de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación y que se trate de antecedentes que no alteren la oferta económica o técnica.
Para tal efecto el o los oferentes tendrán un plazo de 48 horas contados desde el ingreso de la Solicitud en el Sistema de Información, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para la presentación de ofertas, con todo lo requerido. (Criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”).
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Aspectos Generales.
Para la evaluación de las propuestas la Comisión de Evaluación elaborará y suscribirá un acta y/o informe de evaluación de las ofertas, en la cual se consignará lo siguiente:
Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
Las ofertas que deban ser declaradas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiendo especificar los requisitos incumplidos.
La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaron ofertas.
La asignación de porcentaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de la ponderación, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
La proposición de adjudicación.
Asimismo, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre las ofertas evaluadas, el cual estará dado por la ponderación total que obtenga cada una de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación.
En el proceso de evaluación, la comisión podrá requerir el apoyo o la asesoría técnica que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento y establecer contacto con los oferentes en los términos descritos en el artículo 54 del Reglamento N°661.
En caso de existir errores de transcripción o documentación administrativa incompleta, que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones en las mismas condiciones ya señaladas en el numeral 9 de las presentes bases administrativas.
La omisión, distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las Bases, facultará a la Universidad para declarar inadmisible la oferta correspondiente, situación que será consignada en el Acta de Evaluación.
Criterios de Evaluación.
Una vez verificado el cumplimiento estricto de los requisitos de admisibilidad inicial de las ofertas, éstas se evaluarán y ponderarán considerando los criterios que se indican a continuación:
(ver cuadro en bases adjuntas)
Por lo tanto, el oferente seleccionado será el que obtenga la mayor ponderación, producto de la sumatoria de todas las ponderaciones obtenidas correspondientes a cada criterio de evaluación, en una escala de 0% a 100%.
La base de cálculo para cada criterio de evaluación se presenta a continuación:
Precio (Ponderación 50%)
Se evaluará en base al valor total de lo ofertado (impuestos incluidos) indicado en su Anexo N°5 “Oferta Económica”. La ponderación se obtendrá del resultado de la aplicación de la siguiente fórmula:
Ponderación final Criterio Oferta Económica = ((Oferta con menor valor/Valor de la oferta evaluada) × 100) x 0,50
Experiencia del oferente (Ponderación 20%)
Se evaluará la experiencia indicada en el anexo N°3, respaldada según indican las presentes bases en el punto 6.3.2, letra c). del Oferente
(ver cuadro en bases adjuntas)
Experiencia del Profesional Responsable (Ponderación 20%)
Se evaluará la experiencia indicada en el anexo N°6, respaldada según indican las presentes bases en el punto 6.3.2, letra f). del Profesional responsable indicado en el anexo Económico N°5.
(ver cuadro en bases adjuntas)
Programa de Integridad o Compliance (Ponderación 5%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE. En caso de que no se presente el Anexo N°4 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad y compliance que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el formulario referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.
Se entenderá por programas de integridad y compliance cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Podrá acreditar que se ha difundido el programa, podrá hacerlo de la siguiente manera:
Se ha remitido por correo electrónico a sus trabajadores.
Estar disponible en el sitio web de la compañía, de acceso público, comprobable. (Indicar URL para verificación).
Haber sido distribuido con el personal, acreditado mediante la firma de recepción conforme de los trabajadores e involucrados.
Haber sido comunicado mediante una charla o capacitación, mediante la firma de asistencia a dicha instancia por parte de los trabajadores e involucrados.
Ser parte de alguna política o parte del reglamento interno de la empresa, el cual debe haber sido recepcionada conforme, mediante firma del trabajador e involucrados.
Cualquier otro mecanismo que permita evidenciar y a la vez acreditar que el personal ha tomado conocimiento del programa o pacto en cuestión.
Este criterio se ponderará de acuerdo con la siguiente tabla:
(ver cuadro en bases adjuntas)
Cumplimiento de Requisitos Formales (Ponderación 5%)
Evalúa la oportuna presentación de la documentación administrativa, técnica y económica. La ponderación se asignará según la siguiente tabla:
(ver cuadro en bases adjuntas)
Decimales en la Evaluación.
Una vez calculada la ponderación de cada uno de los criterios señalados, se realizará la sumatoria de estas obteniendo la ponderación final.
Para efectos de la aplicación de las fórmulas se utilizarán números enteros con dos decimales.
Resolución de Empates.
En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, se considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el ítem de OFERTA ECONÓMICA, y luego, en el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem, EXPERIENCIA DEL OFERENTE. Si persiste el empate, se considerará para dirimir el empate la calificación más alta obtenida en el ítem EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL RESPONSABLE
En caso de que aplicado este criterio se mantuviera el empate en la puntuación obtenido por los Proveedores, se revisará la primera oferta que haya sido ingresada en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl conforme al “Comprobante de Ingreso de Oferta” considerándose como la mejor oferta presentada.
Acta de Evaluación.
Será la Comisión, quien evaluará y calificará, desde el punto de vista técnico y económico, los antecedentes de los oferentes, información con que elaborará un Acta de Evaluación, firmada por todos sus integrantes, en virtud de la cual, a partir de la ponderación final obtenida por cada oferente, se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre ellos, para posteriormente proceder a presentar, a la autoridad de la institución, una propuesta de adjudicación o deserción del proceso, con todos los antecedentes que permitan resolver sobre la materia, y donde además consten, las observaciones respecto a los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases en el proceso de evaluación de antecedentes, especificando los motivos que determinaron su concurrencia.
Declaración de Licitación Desierta.
La Universidad se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles, o cuando, en general, las ofertas no resulten convenientes para los intereses de la corporación universitaria, procediendo a emitir una resolución fundada. En este caso los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme el artículo 9° de la Ley N°19.886 de Compras Públicas.
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10. DE LA ADJUDICACIÓN. |
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La Comisión emitirá una proposición de adjudicación que recaerá en el oferente que, a su juicio, mejor cumpla con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la licitación, de acuerdo con los criterios de evaluación fijados en estas Bases Administrativas; para ello, informará a la autoridad competente el resultado de la evaluación en un “Acta de Evaluación” en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente para la Universidad de Aysén.
La presente licitación pública contempla un sistema de adjudicación simple, es decir, no se aceptarán ofertas parciales, es por esto que cualquier oferta que no contenga la totalidad de los servicios será declarada inadmisible de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
La Universidad de Aysén se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta, que, aplicando los criterios de evaluación, obtenga el mejor puntaje, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del mismo, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto.
Con todo, sin perjuicio de lo anterior cuando ninguna de las ofertas supere el 50% del puntaje de evaluación, la Universidad de Aysén podrá declarar desierta la licitación sin expresión de causa. Asimismo, la Universidad podrá declarar inadmisibles la o las ofertas y/o desierta la licitación, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en estas bases y/o demás casos establecidos indicados en la Ley, o bien, no se recibieren ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. La decisión de la Universidad de Aysén de declarar desierta la licitación o inadmisible la o las ofertas, se hará por resolución fundada que se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl.
Si la autoridad competente, en uso de sus facultades decide aprobar la proposición de adjudicación, se dictará la resolución de adjudicación respectiva, dentro del plazo establecido en el Calendario de la licitación. Si la adjudicación no puede efectuarse dentro de los plazos establecidos, la Universidad informará de este hecho y sus causas en el Sistema de Información e indicará un nuevo plazo para ello, según lo establecido en el art. 58, inciso 2 del Reglamento de la Ley N°19.886. En caso de que se requiera ampliar dicho plazo por más de lo estipulado anteriormente, se deberá dictar resolución fundada y debidamente notificada que autorice dicha extensión.
Se deja constancia que necesariamente para la adjudicación debe considerarse la respectiva autorización presupuestaria.
Si, al momento de la adjudicación uno o más proponentes no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores, no se podrá continuar con la adjudicación, entendiéndose desestimada la oferta y se procederá a readjudicar de acuerdo al mecanismo descrito en el numeral 12 de las presentes bases, según corresponda.
MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN.
Los proponentes podrán a través de correo electrónico licitaciones@uaysen.cl realizar las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl
La Universidad de Aysén responderá dichas consultas, por la misma vía, dentro de los 5 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación. En caso de que este plazo se cumpliera un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará al día hábil siguiente.
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11. DE LA READJUDICACIÓN. |
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Conforme a lo estipulado se entenderá aplicable el artículo 58 del Decreto Supremo 661 del Ministerio de Hacienda de la Ley de Compras Públicas, se podrá dejar sin efecto la adjudicación debiendo la Entidad licitante a la o las propuestas más ventajosas, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones deberá dar suscripción del respectivo contrato según lo establecido en el presente numeral:
Si el adjudicatario rechaza expresamente la adjudicación.
Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en el plazo establecido en las presentes bases, contados desde la fecha de la notificación a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Si el adjudicatario no se encuentra Hábil en el Registro de Proveedores al momento de la notificación de la adjudicación de la oferta. En el caso de las UTP la habilidad aplica para todos sus integrantes.
Si el oferente adjudicado incurre en un Conflicto de Intereses con la Universidad de Aysén, de aquellos establecidos en el artículo 4º de la Ley N°19.886 de 2003, y la N°20.393 de 2009.
En caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días corridos desde la adjudicación, si se desiste o decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Sin perjuicio de lo expuesto, si se estima conveniente de acuerdo a los intereses del servicio, se podrá declarar desierta la licitación y efectuar la contratación mediante la realización de un nuevo proceso de compra.
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12. DE LA REVOCACIÓN. |
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La Universidad de Aysén se reserva el derecho de revocar en cualquier momento, hasta antes de la adjudicación de la propuesta, el presente llamado a licitación, por razones de interés de la Universidad o de disponibilidad presupuestaria, mediante la publicación de la resolución correspondiente en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Si el llamado fuere revocado, los proponentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna.
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13. DE LA FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN. |
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La presente contratación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por parte de la Entidad licitante y aceptación por parte del proveedor adjudicado, de conformidad a lo establecido en el artículo 41 N°9 Decreto Supremo 661/2024 de la Ley de Compras Públicas. Atendido a que el servicio requerido se encuentra suficientemente detallado en las bases técnicas, pudiendo catalogarse de simple y objetiva especificación y que el monto para la adquisición es inferior a 1000 UTM.
De la Orden de compra
En un plazo no superior a los 07 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la resolución que adjudica la presente licitación, y previa a la recepción de la garantía de Fiel cumplimiento del contrato la Universidad emitirá la Orden de Compra.
El proveedor adjudicado, dispondrá de un plazo de 02 días hábiles para aceptar la orden de compra, contados desde la notificación realizada por Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Antes de aceptar la orden de compra, el proveedor deberá acompañar los antecedentes solicitados en el numeral 14.2 de las presentes bases. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo señalado, se entenderá que se desiste de la propuesta, caso en el cual la Universidad podrá disponer una nueva adjudicación conforme con lo señalado en el numeral 12. de las presentes bases administrativas.
Se exigirá al proveedor que al momento de aceptar la orden de compra debe encontrarse “Hábil” en el portal mercadopublico.cl, calidad que deberá detentar durante todo el período de vigencia de la contratación.
Antecedentes a presentar previa a la emisión de la orden de compra.
Previo a la emisión de la orden de compra, la Universidad exigirá al oferente adjudicado, la siguiente
documentación:
Certificado de Habilidad-Registro de Proveedores. En el caso de corresponder el Oferente a una UTP, cada integrante de ésta deberá presentar individualmente el presente certificado.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, se deberá acompañar la escritura Pública o Privada en la cual conste el acuerdo de constitución de la UTP.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Garantía por oferta temeraria, sólo en caso de que procediere.
Vigencia y duración de la Contratación.
La vigencia de esta contratación se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones que se contraigan por la suscripción de él, del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases, aclaraciones, adiciones y todo otro antecedente de esta licitación. Así el oferente que resulte contratado cumplirá con todas las obligaciones impuestas en estos antecedentes.
Se entenderá que el proveedor ha cumplido la totalidad de sus obligaciones una vez que ejecute todas las actividades descritas en las especificaciones técnicas, y éstas sean recibidas conforme en la etapa de recepción
final por la contraparte de la Universidad de Aysén.
La entrega de el o los productos deberá ser ejecutado en el plazo establecido por el proveedor adjudicado en su oferta “Anexo N°5”, cuya fecha no puede ser a lo indicado en el punto II. Bases técnicas párrafo 5, de la presente Licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, durante su vigencia, la Universidad de Aysén podrá poner término al contrato,
de acuerdo con lo establecido en la cláusula “Modificación y Término anticipado del contrato”.
Prórroga o Renovación:
Al término del periodo original, el contrato podrá ser prorrogado por un periodo único y sucesivo de un año, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Existencia de un informe de Evaluación de Desempeño favorable emitido por la contraparte Técnica de la Universidad.
Acuerdo escrito de ambas partes (voluntad bilateral)
Dictación del acto administrativo correspondiente
Encargado de la Contratación.
La supervisión del contrato será llevada por el Director de Administración y Finanzas de la Universidad de Aysén, o por quien se designe o subrogue, siendo indicado en la resolución que adjudique el proceso de licitación, y tendrá las siguientes obligaciones:
Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de la entrega de los bienes/servicios contratados, y el cumplimiento de los requisitos exigibles en las presentes bases.
Proponer a la autoridad Universitaria cuando corresponda la aplicación de multas o cuando se incurra en causal de término anticipado.
Supervisar y controlar al Adjudicatario en todo cuanto diga relación con la ejecución del Contrato, impartiendo las instrucciones y medidas que estime pertinentes a dicho fin.
Exigir al proveedor la presentación de cualquier documentación que a su juicio estime necesaria para la correcta ejecución del contrato u orden de compra.
Dar visto recepción conforme de la entrega de los servicios recibidos.
Remitir información necesaria para el proceso de pago.
Las demás que le encomienden las bases de licitación y demás inherentes a la ejecución propia del contrato.
La Universidad de Aysén se reserva el derecho de efectuar todas las inspecciones que estime pertinentes para asegurarse que el contratista, cumpla con todos los requisitos del contrato y el marco regulatorio aplicable.
Modificaciones del Contrato.
El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes siempre que no se alteren las cláusulas esenciales del mismo referidas al objeto del contrato. Dichas modificaciones surtirán plenos efectos una vez que sean cursadas por el acto administrativo respectivo, totalmente tramitado. La modificación del valor del contrato no podrá superar el 30% del monto originalmente pactado, de acuerdo con lo regulado en el artículo 129 del Reglamento N°661, las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la
Entidad contratante, según se indica en el Art. 45. del Código Civil que identifica la fuerza mayor o caso fortuito como el imprevisto a que no es posible resistir, atribuibles a la naturaleza y/o seres humanos.
Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En caso de modificación del contrato, el contratista deberá extender la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato o entregar una nueva. En caso de producirse la modificación del contrato, el contratista, con 30 (treinta) días corridos de anticipación al vencimiento de la garantía, deberá renovarla en las mismas condiciones por el periodo de la prórroga más 60 (sesenta) días hábiles, en la misma proporción, en relación al del valor estimado de la prórroga del contrato. La no renovación de la garantía en el plazo estipulado será causal de término anticipado del contrato por incumplimiento de las obligaciones de éste, y dará lugar al cobro de las cauciones correspondientes, si las hubiere.
Contenido del contrato.
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas, como en las Técnicas, anexos y eventuales preguntas y respuestas, así como en la oferta del adjudicatario y en todos los demás documentos que regulan la presente licitación, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en los contratos que se realicen con el adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan. El proveedor adjudicado debe ejecutar los trabajos de acuerdo con las Especificaciones Técnicas elaboradas para el efecto. Dichos documentos se interpretarán siempre de manera que propenda o permita la mejor y perfecta ejecución de los trabajos y conforme a las normas técnicas y laborales.
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14. DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. |
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Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el/la adjudicatario/a tendrá
las siguientes obligaciones:
El proveedor seleccionado estará obligado a entregar documentación de acuerdo a lo establecido en las presentes bases administrativas, técnicas, y otros documentos que así lo establezcan.
Ejecutar correctamente, de buena fe la contratación con estricta sujeción a los requerimientos exigidos y dentro del plazo establecido.
Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, el/la adjudicatario/a deberá informar a toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del mismo, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños.
El/la adjudicatario/a deberá dar cumplimiento a las instrucciones que imparta la contraparte del contrato de la Universidad de Aysén para la correcta ejecución de la contratación.
Deberá el/la adjudicatario/a entregar oportunamente todos los antecedentes que la Universidad le requiera.
Confidencialidad: El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla.
El o la Adjudicatario/a, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla.
El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
No podrá hacer por ninguna iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de la contratación.
Ejecutar la contratación con estricta sujeción a las bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes, como asimismo a las directrices que establezca la Universidad de Aysén.
De igual modo, el/la adjudicatario/a será responsable de cumplir con las obligaciones que le correspondan como empleador/a, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc.
Las demás que le encomienden las presentes bases.
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15. GARANTÍAS |
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GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
En consideración a la ponderación realizada por la Universidad de Aysén y lo establecido en el Art. 52 del reglamento de la ley Nº19.886, la presente licitación pública no contempla Garantía de Seriedad de la Oferta
GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
TIPO DE DOCUMENTO.
El Adjudicatario deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las condiciones establecidas en presente numeral y cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 121 del reglamento N°661, la cual será condicionante para la formalización de la contratación. La garantía podrá consistir en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza, y debe ser irrevocable, pagadera a la vista y tomada por el oferente o por un tercero en nombre del oferente, en este último caso, deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo, el nombre del adjudicatario cuya obligación garantiza.
BENEFICIARIO.
Universidad de Aysén, R.U.T. N°61.980.520-8.
VIGENCIA DE LA GARANTÍA.
Con una vigencia equivalente al plazo de ejecución del contrato, más 60 (sesenta) días hábiles administrativos.
MONTO DE LA GARANTÍA.
En UF, por una cantidad equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor total neto ofertado por el adjudicatario (sin IVA).
GLOSA.
Debe decir: Para Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato: “Servicio de Auditoría Externa de los Estados Financieros Separados y del Fondo Solidario de Crédito Universitario del año 2025 y 2026 de la Universidad de Aysén”, expresando claramente el número de ID de la licitación. Según artículo N°121 inciso 2 del Reglamento N°661.
En caso de que el documento corresponda a Vale Vista, deberá señalar en su reverso la siguiente glosa: Garantía de fiel cumplimiento del contrato: “Servicio de Auditoría Externa de los Estados Financieros Separados y del Fondo Solidario de Crédito Universitario del año 2025 y 2026 de la Universidad de Aysén”, expresando claramente el número de ID de la licitación. Según artículo N°121, inciso 2 del Reglamento N°661.
PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de constar la garantía en un medio de soporte papel, esta deberá ser entregada directamente en Oficina de Partes de la Universidad de Aysén, ubicado en Eusebio Lillo N°667, de la comuna y ciudad de Coyhaique (lunes a viernes: 08:00-13:00 y 14:00-17:00 horas). Por el contrario, si el documento de garantía se otorga de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley No 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y deberá ser enviado al correo electrónico partes@uaysen.cl con copia a licitaciones@uaysen.cl.
La garantía debe presentarse dentro de cinco días hábiles después de comunicada la adjudicación y de manera previa a la emisión de la orden de compra, la cual, una vez ingresada por la Oficina de Partes, la Entidad Licitante revisará y verificará el cumplimiento con lo dispuesto en el presente numeral 16. En caso de encontrarse conforme, será enviada a custodia la Unidad de Finanzas de la Universidad de Aysén.
FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será restituida una vez finalice su vigencia; cumplido el plazo de ejecución del servicio y estos estén recepcionados conforme por parte del Encargado del contrato, será devuelta al proveedor adjudicado, previa coordinación con la Unidad de Finanzas de la Universidad de Aysén, dentro de los 15 días hábiles. El documento podrá ser retirado por el representante de la empresa o quien cuente con un poder simple para realizar este trámite.
COBRO GARANTÍA.
Al proveedor adjudicado le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
Término anticipado de contrato, por causales imputable al proveedor.
Incumplimiento de obligaciones laborales respecto del personal contratado.
No renovación garantía por parte del proveedor adjudicado, antes de la fecha de vencimiento de esta.
Si aplicadas las multas, no es posible cobrar la totalidad de éstas, de los estados de pagos que estuvieran pendientes.
Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes bases.
OTRAS GARANTÍAS; Garantía por oferta riesgosa o temeraria.
La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.
Se considerará que la justificación presentada por el contratista no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
TIPO DE DOCUMENTO.
El Adjudicatario deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las condiciones establecidas en presente numeral y cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 121 del reglamento N°661, la cual será condicionante para la formalización de la contratación.
La garantía debe ser irrevocable, pagadera a la vista y tomada por el oferente o por un tercero en nombre del oferente, en este último caso, deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo, el nombre del adjudicatario cuya obligación garantiza.
BENEFICIARIO.
Universidad de Aysén, R.U.T. N°61.980.520-8.
VIGENCIA DE LA GARANTÍA.
Con una Vigencia equivalente al plazo de ejecución del contrato, más 60 (sesenta) días hábiles administrativos.
MONTO DE LA GARANTÍA.
En moneda nacional, por una cantidad hasta por la diferencia del precio neto con la oferta que le sigue, será señalado en la resolución de adjudicación.
GLOSA.
Garantía adicional por oferta riesgosa o temeraria de fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el: “Servicio de Auditoría Externa de los Estados Financieros Separados y del Fondo Solidario de Crédito Universitario del año 2025 y 2026 de la Universidad de Aysén”, expresando claramente el número de ID de la licitación. Según artículo N°121 inciso 2 del Reglamento N°661.
En caso de que el documento corresponda a Vale Vista, deberá señalar en su reverso la siguiente glosa: Garantía adicional por oferta riesgosa o temeraria de fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el: “Servicio de Auditoría Externa de los Estados Financieros Separados y del Fondo Solidario de Crédito Universitario del año 2025 y 2026 de la Universidad de Aysén”, expresando claramente el número de ID de la licitación. Según artículo N°121, inciso 2 del Reglamento N°661.
PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de constar la garantía en un medio de soporte papel, esta deberá ser entregada directamente en Oficina de Partes de la Universidad de Aysén, ubicado en Eusebio Lillo N°667, de la comuna y ciudad de Coyhaique (lunes a viernes: 08:00-13:00 y 14:00-17:00 horas). Por el contrario, si el documento de garantía se otorga de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley No 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y deberá ser enviado al correo electrónico partes@uaysen.cl con copia a licitaciones@uaysen.cl.
La garantía debe presentarse dentro de cinco días hábiles después de comunicada la adjudicación y de manera previa a la emisión de la orden de compra, la cual, una vez ingresada por la Oficina de Partes, la Entidad Licitante revisará y verificará el cumplimiento con lo dispuesto en el presente numeral 16. En caso de encontrarse conforme, será enviada a custodia la Unidad de Finanzas de la Universidad de Aysén.
FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN.
La garantía adicional por oferta riesgosa o temeraria de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será restituida una vez finalice su vigencia; cumplido el plazo de ejecución del servicio y estos estén recepcionado conforme por parte del Encargado del contrato, será devuelta al proveedor adjudicado, previa coordinación con la Unidad de Finanzas de la Universidad de Aysén, dentro de los 15 días hábiles. El documento podrá ser retirado por el representante de la empresa o quien cuente con un poder simple para realizar este trámite.
COBRO GARANTÍA.
Al proveedor adjudicado le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
Término anticipado de contrato, por causales imputable al proveedor.
Incumplimiento de obligaciones laborales respecto del personal contratado.
No renovación garantía por parte del proveedor adjudicado, antes de la fecha de vencimiento de esta.
Si aplicadas las multas, no es posible cobrar la totalidad de éstas, de los estados de pagos que estuvieran pendientes.
Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes bases.
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16. DE LA SUBCONTRATACIÓN. |
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En relación a lo indicado en artículo 128 del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, el adjudicatario podrá subcontratar la ejecución parcial de la contratación, en cuyo caso deberá contar con la aprobación previa y expresa de la Universidad de Aysén. Si esto ocurriera el adjudicatario continuará siendo responsable de todas las obligaciones contraídas con la Universidad por el contrato y del pago de todas las obligaciones con los trabajadores, proveedores u otras contraídas por el subcontratista. En ningún caso el adjudicatario podrá ceder los derechos adquiridos por la adjudicación de esta licitación
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17. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DEL CONTRATO. |
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En conformidad con el artículo 126 del Decreto Supremo 661/2024 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.866, se prohíbe al contratista ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en la contratación definitiva. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificados de los créditos que emanen de estas contrataciones podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
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18. DE LA FORMA DE PAGO Y PROGRAMACIÓN. |
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18.1. ESTADO DE PAGO.
La Universidad de Aysén pagará mediante estados de pagos anuales, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de la factura correspondiente, y previa recepción conforme de los servicios por parte del Encargado del Contrato, o por quien lo subrogue en el cargo.
En el caso de la UTP, será el representante de ésta, indicado en el documento de constitución, quien deberá emitir la factura o documento tributario electrónico respectiva para cursar los pagos que se generen de la ejecución del contrato.
La Facturación deberá indicar a lo menos, los siguientes datos:
- Razón Social: Universidad de Aysén
- RUT: 61.980.520-8
- Giro: Universidades o Educación
- Domicilio: Eusebio Lillo N°667 Coyhaique
- N° de la orden de compra
- Glosa en caso de que la orden de compra lo indique
La factura electrónica, deberá ser remitida al correo facturacion@uaysen.cl, con copia al Encargado del contrato, debiendo el proveedor adjudicado adjuntar, además, los siguientes antecedentes que se detallan a continuación:
Certificado de antecedentes laborales y previsionales (Formulario F30): Emitido por la Inspección del Trabajo, en el cual se deja constancia que no registra reclamos pendientes por deudas; salariales o previsionales que afecten a sus trabajadores directos o a sus subcontratistas y sus trabajadores, contratados para la obra.
Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Formulario F30-1): Emitido por la Inspección del trabajo, que acredita el monto y estado de cumplimiento, de las obligaciones laborales y previsionales, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, de un Contratista· o subcontratista respecto de sus trabajadores en la obra.
Si el proveedor para entregar el o los bienes de la o las líneas adjudicadas, no necesitare contratar personal,
deberá así declararlo, mediante declaración jurada simple y por lo tanto, no será necesario presentar los
antecedentes en los puntos anteriores del presente numeral.
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19. SANCIONES Y PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN. |
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Sanciones.
Todo incumplimiento del proveedor facultará a la Universidad para ser sancionado con el pago de una multa, en los casos estipulados en el numeral 20.3 “Multas” de las presentes bases de licitación.
Procedimiento para la aplicación de sanciones.
Detectada una situación que amerite la aplicación de una o más sanciones al contratista, el Encargado del contrato notificará al adjudicatario, personalmente, por carta certificada o vía correo electrónico, al domicilio o correo electrónico indicado en su oferta, la infracción y los hechos que la constituyen. A contar del día siguiente a la notificación, el adjudicatario tendrá 5 días hábiles para efectuar los descargos, que deberán ser dirigidos al administrador del contrato de la Universidad de Aysén o a quien lo reemplace, al correo electrónico licitaciones@uaysen.cl, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos o se allana expresamente a la aplicación de la medida respectiva, se dictará la resolución fundada dando cuenta de esta situación y aplicando la respectiva medida.
Si el contratista presenta descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante acto administrativo, el cual será notificado al adjudicatario, personalmente o por carta certificada enviada al domicilio indicado en el contrato. En contra de esta resolución, el contratista podrá presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de la notificación de la resolución, debiendo acompañar todos los antecedentes que fundan el recurso, si los hubiere. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N°19.880.
La UNIVERSIDAD resolverá el recurso de reposición a través de resolución fundada, que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada; acoger parcialmente el recurso; o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta resolución será notificada al contratista mediante el envío de la copia de la misma por carta certificada al domicilio indicado en su oferta-
Además de lo señalado, la UNIVERSIDAD quedará autorizada para iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del proveedor responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados que excedan el monto de las garantías otorgadas.
Cabe señalar que la multa se podrá deducir de cualquier pago que la Universidad deba efectuar, en especial al estado de pago más próximo a la aplicación de la multa.
La aplicación de las multas no exime del derecho de poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales por parte del contratista.
Una vez que la sanción aplicada se encuentre firme, procederá a aplicarse de acuerdo al mecanismo estatuido en las presentes bases.
Multas.
La Universidad de Aysén aplicará el cobro de multas al proveedor adjudicado, si no entrega los servicios requeridos dentro del plazo ofertado, por cada día de atraso, siendo el monto diario, equivalente al uno por ciento (1%) del valor total del contrato (IVA incluido) con un máximo de 10 días hábiles administrativos
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20. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
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La contratación o el contrato podrán terminarse anticipadamente por la ocurrencia de cualquiera de las siguientes causales según el art. 130 del reglamento:
Muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Los hechos que tipifican este tipo de incumplimiento se especifican en el numeral siguiente.
Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos (2) años, a la mitad del período de ejecución de la contratación, con un máximo de seis (6) meses.
Caso fortuito o fuerza mayor.
Las demás que se establezcan en los presentes términos de referencia.
Si alguna de las causales de término anticipado del contrato es originada por un hecho imputable al contratista, la contratación se entenderá resuelta administrativamente sin forma de juicio, mediante la dictación de la resolución fundado, sin derecho a indemnización al adjudicatario afectado y otras en caso de estar estipuladas en las presentes bases, y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieran ejercerse.
CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN, POR INCUMPLIMIENTO GRAVE.
Para todos los efectos legales, se considerará que las siguientes causales son de incumplimiento grave de las obligaciones del Adjudicatario y facultan a la Universidad mediante resolución fundada, a poner término anticipado a la contratación / orden de compra, sin perjuicio de las demás acciones que eventualmente pudieran ejercerse
En caso de que la universidad detecte cualquiera de las causales de incumplimiento grave, esto será notificado por escrito al contratista mencionando la causal de incumplimiento, a fin de que éste, dentro del plazo que se le fije, solucione o remedie la causal de incumplimiento alegada.
Si transcurrido el plazo fijado, el contratista no hubiere solucionado o remediado la causal de incumplimiento alegada, a plena satisfacción de la Universidad, se procederá a poner término anticipado al contrato.
Se entenderá por "incumplimiento grave", lo siguiente:
Si el Adjudicatario rechaza la Orden Compra emitida.
Si el Adjudicatario demostrara incapacidad técnica para ejecutar el cumplimiento del contrato/ orden de compra.
Si en el curso de la vigencia del contrato, el proveedor fuera sancionado con multas que alcanzaren los topes de cada multa, indicada en el numeral 20.3 Causales de multa y montos.
Si en el curso de la vigencia del contrato, no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores.
Cuando el proponente fuese condenado por algún delito que merezca pena aflictiva; tratándose de sociedades anónimas, cuando lo fuere alguno de los miembros del directorio, titulares o no.
Por quiebra, sujeción a procedimiento concursal de la ley N°20.720, cesión de bienes o notoria insolvencia del proponente, a menos que se mejoren las garantías entregadas a satisfacción de la Universidad o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato/ orden de compra.
Por cesión o traspaso, a cualquier título, del contrato/ orden de compra.
Por acreditarse, respecto del Adjudicatario que constituyere una Unión Temporal de Proveedores, alguna de las siguientes causales:
La constatación que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta y dicho integrante reuniese uno o más características esenciales objeto de la evaluación de la oferta.
Si se ocultare información relevante para ejecutar el contrato/ orden de compra, que afecte a cualquiera de sus miembros.
Si se presentare inhabilidad sobreviviente en alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
Si se disolviere la Unión Temporal de Proveedores.
Sin perjuicio de lo anterior, si en una UTP constituida por 3 o más integrantes, uno de ellos se retira, aquella podría continuar ejecutando el contrato orden de compra con los restantes integrantes, siempre que ellos se verifiquen en los mismos términos comprometidos en la oferta. La UTP deberá informar de inmediato al mandante cualquier modificación que esta tenga, especialmente respecto del retiro de algún integrante, en un plazo de 10 días hábiles.
Todos los gastos administrativos que hubiere que efectuar con motivo del término anticipado del contrato serán de cargo del adjudicatario. Las causales de término anticipado serán calificadas por el Encargado del contrato y se notificarán al contratista en forma escrita, quien tendrá un plazo de 48 horas, contados desde la notificación, para realizar sus descargos, si los tuviere.
La resolución del contrato se perfeccionará mediante resolución fundada debidamente notificada al contratista, el cual contendrá la orden de liquidar el contrato. Dicha resolución, se pronunciará de los descargos, si los hubiere.
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21. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES. |
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Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente licitación pública.
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22. PACTO DE INTEGRIDAD. |
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El/la oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el/la oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario/a público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El/la oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
El/la oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados/as y/o dependientes y/o asesores/as y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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23. INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO. |
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Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes que forman parte del contrato / orden de compra, que no pueda resolverse por las partes, se someterá a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna de Coyhaique
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24. DOMICILIO. |
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Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la comuna de Coyhaique.
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25. RESPONSABILIDAD. |
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La Universidad de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el/la ejecutor/a y sus trabajadores/as con motivo de los trabajos contratados, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del/de la ejecutor/a.
Cabe señalar que, una vez emitida la orden de compra, no se derivarán con la Universidad de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el/la oferente adjudicatario/a como para con los trabajadores/as del mismo.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
La factura electrónica, deberá ser remitida al correo facturacion@uaysen.cl, con copia al Encargado del
contrato, debiendo el proveedor adjudicado adjuntar, además, los siguientes antecedentes que se detallan a
continuación:
● Certificado de antecedentes laborales y previsionales (Formulario F30): Emitido por la Inspección
del Trabajo, en el cual se deja constancia que no registra reclamos pendientes por deudas; salariales
o previsionales que afecten a sus trabajadores directos o a sus subcontratistas y sus trabajadores,
contratados para la obra.
● Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Formulario F30-1): Emitido
por la Inspección del trabajo, que acredita el monto y estado de cumplimiento, de las obligaciones
laborales y previsionales, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por
término de la relación laboral, de un Contratista· o subcontratista respecto de sus trabajadores en
la obra.
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