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1.-
Nombre de la licitación. Servicio de corta para manejo de rebrotes de diámetros mayores en plantaciones quemadas de Eucalyptus globulus y ordenamiento de los desechos entre hileras de plantación, en predios de pequeños(as) y medianos(as) propietarios(as) de la Región de Ñuble, año 2021.
Descripción. La Corporación Nacional Forestal requiere contratar el servicio de un contratista que ejecute las siguientes faenas en predios de pequeños(as) y medianos(as) propietarios(as) de la Región de Ñuble.
1.- Corta para manejo de vástagos quemados de diámetros mayores en plantaciones quemadas de Eucalyptus globulus que fueron afectadas por los incendios forestales del año 2017, en una superficie total de 48 hectáreas en predios de pequeños(as) y medianos(as) propietarios(as) de la Región de Ñuble, cuyo detalle se encuentra en el anexo N°8 de estas bases de licitación.
En términos simples, el manejo consiste en la corta del vástago vivo y quemado de la regeneración de Eucalyptus globulus, dejando 2 a 3 rebrotes por tocón y una altura de este que no sobrepase los 20 cm, actividad que se detalla en el punto N°12 de estas bases. Los predios serán detallados en el Anexo N°8 de las presentes bases.
2.- Ordenamiento del material cortado proveniente de los desechos generados de la corta de las plantaciones quemadas de Eucalyptus globulus en una superficie de 48 hectáreas, y ordenamiento de este material entre las hileras de plantación.
3.- Cada predio tendrá su respectivo Plan de Manejo aprobado previamente al inicio de las faenas de manejo de plantaciones quemadas de Eucalyptus globulus, donde se definirá la superficie a intervenir con sus respectivos límites y prescripciones técnicas vigentes que tiene la Corporación.
4.- En cada predio en que se realice esta actividad se deben cumplir las prescripciones técnicas vigentes que tiene la Corporación, respecto a áreas de protección contra incendios forestales y de protección ambiental (flora y fauna, suelos y recursos hídricos), donde los desechos ordenados no podrán quedar en cursos de aguas, cunetas, alcantarillas, caminos, cortafuegos y zonas de protección.
5.- Por otro lado, por razones de caso fortuito o fuerza mayor, ajenas a CONAF, pudiese disminuir la superficie total, anteriormente definida, pagándose solo lo efectivamente ejecutado.
Tipo de licitación. Licitación pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE).
Tipo de convocatoria. Abierto a personas naturales y/o jurídicas.
Moneda Peso chileno.
Etapas del proceso de apertura. Una etapa.
Contrato Se requerirá suscripción de contrato.
Toma de razón por Contraloría. No requiere toma de razón por la Contraloría.
Publicidad de ofertas técnicas. Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación.
4.- Organismo demandante.
Razón social. Corporación Nacional Forestal - CONAF
Unidad de compra. Oficina Regional CONAF
R.U.T. N° 61.313.000-4
Dirección Claudio Arrau N°738, 2° piso, Chillán.
Comuna Chillán
Provincia Diguillín
Región en que se genera la licitación. XVI - región de Ñuble.
5.- Etapas y plazos.
Todas las etapas y plazos serán las que indica el portal en la ficha de postulación.
6.- Antecedentes para incluir en la oferta.
Documentos administrativos. Para el caso en que el(la) oferente o proveedor(a) del servicio no se encuentre inscrito, o esté inhabilitado en el registro de proveedores (Chileproveedores), deberá acompañar declaración jurada simple (Anexo N°6) de:
No haber sido condenado por infracción a los derechos fundamentales de sus trabajadores consagrados en la Constitución Política de la República y tratados internacionales, y por prácticas antisindicales.
Asimismo, deberá declararse en este mismo documento no haber sido condenado por prácticas antisindicales, no ser funcionario directivo de esta Corporación, ni estar unido a ninguno de ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica de Bases Generales de Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones anónimas cerradas en que aquellos o estás sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estás sean dueños de acciones, que representen el 10 %, o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Además, deberán agregar en esta declaración no encontrarse afectos a ninguna de las inhabilidades señaladas en el artículo 92 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 (Ley de Compras Públicas y Reglamento).
Documentos técnicos. Las ofertas deberán presentarse a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, en el cual se deberán incluir todos los antecedentes solicitados en las bases. Tener presente subir archivo digital de acuerdo a los requerimientos de los 6 criterios definidos en el punto N°8.2 de las presentes bases (1. Precio, 2. Experiencia en el área, 3. Programa de trabajo, 4. Presentación de antecedentes, 5. Plazo de entrega y 6. Condiciones de empleo), los que deben acreditarse, o respaldarse, mediante las copias de contratos, finiquitos o facturas respectivas, que den cuenta que el(la) oferente hubiera prestado servicios en el área de cosecha, raleo y ordenamiento de los residuos entre las hileras de plantaciones forestales de Eucalyptus globulus quemadas y no quemadas, en cualquiera de las faenas indicadas anteriormente.
Documentos económicos. Las ofertas deberán presentarse a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl en valores netos (sin impuestos incluido).
Se hace presente que las faenas de corta para manejo de rebrotes de diámetros mayores en plantaciones quemadas de Eucalyptus globulus y ordenamiento de los desechos entre hileras de plantación, son indivisibles en cada predio y se adjudicarán a un(a) mismo(a) proponente, en el caso de existir más de uno.
7.- Requisitos para contratar al(a la) proveedor(a) adjudicado(a).
Persona natural. A. Encontrarse habilitado(a) en el portal www.chileproveedores.cl, registro que verificará no haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1.- Haber sido condenado(a) por cualquiera de los delitos de cohecho, contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
2.- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un periodo superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente de juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
3.- Registrar deudas previsionales, o de salud, por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4.- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
5.- Haber sido declarado(a) en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
6.- Haber sido eliminado(a), o encontrarse suspendido(a) del Registro Nacional de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras.
7.- Haber sido condenado(a) por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
8.- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (cumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
B. No tener registro de algún incumplimiento contractual con la Corporación Nacional Forestal durante los últimos 24 meses.
Persona jurídica. A. Encontrarse habilitado en el portal www.chileproveedores.cl, registro que verificará no haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1.- Haber sido condenado(a) por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
2.- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un periodo superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente de juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
3.- Registrar deudas previsionales, o de salud, por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4.- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
5.- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
6.- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras.
7.- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
8.- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (cumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
B. No tener registro de algún incumplimiento contractual con la Corporación Nacional Forestal durante los últimos 24 meses.
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