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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EVALUACIÓN TÉCNICA”, Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “ECONÓMICO”, si la situación de empate persiste, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CANTIDAD DE EQUIPOS OFRECIDOS”
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar respecto al resultado del proceso de adjudicación, consultas referidas a la misma, estas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jsanchez@ptovaras.cl, en un plazo no superior a 3 días corridos contados desde la notificación a través del portal de la resolución de adjudicación, unidad que entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ADJUDICACIÓN |
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12. ADJUDICACIÓN
La adjudicación de esta licitación se efectuará mediante Decreto Alcaldicio, seleccionando la oferta que resulte más ventajosa y conveniente para los intereses municipales, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora y conforme a la Pauta de Evaluación establecida en las presentes bases.
En caso de recibirse una sola oferta, ésta podrá ser adjudicada siempre que dé estricto cumplimiento a las exigencias de las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás requisitos establecidos en esta licitación.
Se deja expresamente establecido que los oferentes que no resulten adjudicados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza.
Si por cualquier motivo no se efectuara la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma, la municipalidad deberá informar a través del portal www.mercadopublico.cl las razones que justifican dicho incumplimiento, indicando además una nueva fecha estimada para adjudicación del proceso.
No se adjudicará la oferta de aquel oferente que, al momento de la adjudicación, se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.
Asimismo, si dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de liberación de las ofertas no se hubiese resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, estos tendrán la facultad de desistirse de su oferta y retirarla, sin derecho a indemnización alguna.
Finalmente, se hace presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, letra j), de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, la adjudicación de este contrato requerirá el acuerdo del Honorable Concejo Municipal, quien tendrá la facultad legal de aprobar o rechazar fundadamente la propuesta seleccionada por la Comisión Evaluadora.
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CONTRATO |
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1. SUSCRIPCION DEL CONTRATO
Una vez resuelta la adjudicación de la oferta, la Municipalidad de Puerto Varas notificará al oferente adjudicado a través del portal www.mercadopublico.cl. Posteriormente, se procederá a la firma del contrato en un plazo de 15 días hábiles, contados desde que sea puesto a disposición del adjudicatario a través del portal de compras públicas, conforme a lo establecido en el artículo N° 119 del Decreto N° 661. Todos los costos relacionados con la autorización de firma ante notario y protocolización del contrato, si fuera necesario, correrán por cuenta del adjudicatario.
Los aspectos más relevantes del contrato son los siguientes:
• Modalidad del contrato: El contrato será a suma alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna índole, y se expresará en pesos chilenos. El contrato será firmado en tres ejemplares de igual tenor y fecha.
• Garantía de cumplimiento: Se notificará al proveedor adjudicado a través de correo electrónico, solicitando la gestión y obtención de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, la cual deberá ser presentada en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación.
• Firma del contrato: Una vez recibida la garantía y redactado el contrato, se informará al adjudicatario, también por correo electrónico, la necesidad de proceder con la firma del contrato. El plazo para la firma del contrato no podrá exceder los 5 días hábiles a partir de la notificación.
En caso de que el contrato no se firme dentro del plazo estipulado debido a una causa imputable al adjudicatario, se procederá a hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta. En este caso, la Municipalidad de Puerto Varas podrá adjudicar el contrato al siguiente oferente con mayor puntaje en la evaluación, o bien declarar la licitación como desierta. Estas acciones deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo.
El contrato incluirá como parte integral las presentes Bases de Licitación, las bases técnicas y sus aclaraciones, las respuestas a las consultas formuladas, la oferta adjudicada y toda la documentación intercambiada entre las partes.
El contrato será redactado por la Unidad Jurídica de la Municipalidad, quien incluirá las cláusulas necesarias para asegurar el resguardo de los intereses de ambas partes. El contrato será suscrito por el adjudicatario en la fecha que se le comunicará oportunamente.
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PAGOS |
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El pago se realizará en 36 cuotas mensuales vencidas por los servicios entregados, debiéndose restar los valores que corresponda por concepto de atraso y multas.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto Supremo N° 661/2024), y en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N° 21.131, que regula el pago a 30 días, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas se compromete a realizar el pago por los servicios prestados dentro del plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la Recepción Conforme de la factura y la respectiva orden de compra, debidamente registrada en el Sistema de Información de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl).
El pago se efectuará únicamente respecto de los servicios efectivamente ejecutados y que hayan sido debida y conformemente recepcionados. La Recepción Conforme deberá ser certificada por el Inspector Técnico del contrato, según corresponda.
Para la Línea de Adjudicación N° 1 (Impresoras y Scanner), los pagos se efectuarán conforme a las siguientes condiciones:
• Primera Etapa de Implementación:
El pago se realizará de acuerdo con lo indicado por el proveedor en el Anexo N° 7, considerando la eventualidad de que el proveedor no disponga inmediatamente de impresoras nuevas para su implementación.
• Segunda Etapa de Implementación:
El pago se efectuará conforme a lo indicado por el proveedor en el Anexo N° 5, y se mantendrá dicha modalidad hasta la finalización del período de vigencia de la licitación correspondiente a esta línea de adjudicación.
Para la Línea de Adjudicación N° 2 (Plotter), el pago se realizará conforme a lo indicado por el proveedor en el Anexo N° 5.
• Recepción Conforme y plazos
La Recepción Conforme será registrada en el portal Mercado Público y constituye el hito que habilita el cómputo del plazo para el pago, conforme a lo estipulado en el artículo 2° de la Ley N° 21.131. La recepción deberá emitirse en un plazo no superior a 10 días corridos desde la prestación del servicio, salvo que el municipio a través de su unidad requirente presente observaciones fundadas, dentro de dicho plazo.
En caso de existir observaciones o reparos, el adjudicatario tendrá un plazo de 8 días hábiles para subsanarlas. Durante este período, el cómputo del plazo de 30 días para el pago quedará suspendido, y se reiniciará una vez efectuada la recepción conforme de la orden de compra a través del portal de compras públicas, el adjudicatario podrá proceder a emitir su factura.
• Procedimiento de facturación
Las facturas deberán ser emitidas electrónicamente a nombre de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, y deben incluir los siguientes datos:
• Razón Social: Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
• RUT: 69.220.200-7
• Domicilio: San Francisco N° 413, Puerto Varas
Las facturas deben ser ingresadas a través de uno de los siguientes medios:
1. De manera presencial, en la Oficina de Partes Municipal.
2. De manera digital, enviando la factura al correo electrónico oficial habilitado para la recepción de facturas: segundo.garces@ptovaras.cl, con copia a informatica@ptovaras.cl (o al correo que se indique expresamente en la orden de compra).
Cada factura debe referenciar el ID de la orden de compra correspondiente y detallar con precisión los servicios prestados.
• Montos y respaldo de pago
El monto a pagar será el indicado en la orden de compra, según los detalles indicados. El pago estará limitado exclusivamente a los servicios efectivamente ejecutados. Cualquier diferencia entre el monto facturado y los servicios realmente prestados será objeto de una observación al proceso, la cual deberá ser resuelta antes de la Recepción Conforme.
• Aplicación de multas y descuentos
Conforme a lo establecido en estas bases, la Municipalidad de Puerto Varas podrá aplicar multas por atrasos o incumplimientos en la ejecución de los servicios. Dichas multas serán descontadas directamente de los pagos correspondientes al proveedor, previa notificación escrita y aprobación mediante un Decreto Alcaldicio.
• Obligaciones del adjudicatario
El adjudicatario tiene las siguientes responsabilidades:
1. Emitir y presentar la factura de manera oportuna, incluyendo todos los servicios requeridos en la orden de compra recepcionada conforme.
2. Subsanar cualquier observación que se le realice respecto de la factura o los servicios prestados, dentro de los plazos establecidos.
3. Mantener al día sus obligaciones laborales, tributarias y previsionales, cuya inobservancia podrá constituir causal de retención o no pago hasta que se regularicen, conforme al artículo 58 del Reglamento DS N° 661.
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