De no ser acompañados los antecedentes solicitados dentro del plazo establecido para la emisión de la orden de compra, la institución estará facultada para no proceder a su emisión. Además, se entenderá por este solo hecho que no existe interés en contratar y que se renuncia a la adjudicación, por lo que se procederá a re adjudicar, conforme a lo establecido en el Artículo N.º 28.
Adicionalmente, previo a comenzar el servicio a prestar, el adjudicatario debe entregar una relación de los trabajadores involucrados en este, acompañando una copia de las cedulas de identidad de cada uno y el contrato de trabajo.
El mandante, por razones de seguridad, podrá excluir a uno o más trabajadores, que deberán ser reemplazados.
En caso de reemplazo de un trabajador por solicitud del mandante o necesidad del contratista, se deberá acompañar también respecto de ellos los documentos indicados.