Licitación ID: 48-62-LE21
Serv. de Asesoría Prof. a la ITO Parque R. Brasil
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Servicio de asesoría profesional para la inspección técnica de obra especializada, para mejoramiento Parque República de Brasil, etapa 1, comuna de La Granja”, año 2021, según especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. de Asesoría Prof. a la ITO Parque R. Brasil
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar el “Servicio de asesoría profesional para la inspección técnica de obra especializada, para mejoramiento Parque República de Brasil, etapa 1, comuna de La Granja”, año 2021, con el propósito de contar con un apoyo técnico y especializado en las funciones de fiscalización y control que debe ejercer la Inspección Técnica de Obras SERVIU durante la ejecución de las obras relacionadas a este convenio, en la especialidad de geomensura o topografía, que permitan realizar un correcto seguimiento de los ítems vinculados a topografía y trazados, como otros de escarpe, saneamiento, drenajes, tranques y canales, pavimentación y movimiento de tierras en general.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-09-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 09-09-2021 11:02:48
Fecha inicio de preguntas: 09-09-2021 11:04:00
Fecha final de preguntas: 15-09-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-09-2021 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-09-2021 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-09-2021 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 02-12-2021 10:14:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 02-12-2021
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 15 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la entrega de la garantía de y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 2.-5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. En el caso del literal c), si el documento exigido no se adjunta al momento de ofertar, no se solicitará mediante foro de aclaración de ofertas y deberá ser entregado por el oferente adjudicado de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, si esta declaración se encuentra acreditada en ChileProveedores no será necesario adjuntarla. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, si esta declaración se encuentra acreditada en ChileProveedores no será necesario adjuntarla. c) Mediante un Certificado de Inscripción Vigente emitido por cualquier Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo o por el Director del Registro, deberá acreditar estar inscrito en el Registro de Consultores del MINVU regulado por D.S. N° 135, (V. y U.), de 1978, en el rubro “Estudios de Administración”, Especialidad de Obras de 1ª a 3ª Categoría. En caso que este documento no se adjunte a la oferta, deberá ser entregado por el proveedor adjudicado de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes legales para ser contratado”
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos y la descripción de la metodología de trabajo enunciados en el presente punto, constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Los documentos solicitados en los literales a.1), b.1), b.2), constituyen requisitos obligatorios, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°3, experiencia del oferente, en asesorías a la inspección técnica de obras de espacios públicos: parques metropolitanos e intercomunales, comunales o zonales, plazas, plazoletas o plazuelas, espacios residuales (retazos con potencial de recuperación), espacios intersticiales (entre edificaciones), jardines, esquinas, pavimentación, retranqueos de edificaciones. a.1) La experiencia detallada en el presente anexo debe ser acreditada mediante contratos de prestación de servicios o certificados emitidos por el mandante, en ambos casos debidamente firmados, o cualquier otro documento, a excepción de declaraciones juradas emitidas por el mismo oferente. Cualquiera sea el documento de respaldo, éste deberá consignar la siguiente información: (de lo contrario no se considerará para la evaluación) 1. Nombre del oferente o, en su defecto, al de su representante legal. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la consultora. 2. La prestación del servicio, que deberá corresponder al rubro de lo solicitado. Los proyectos deberán haber sido ejecutados y terminados a la fecha de presentación de la oferta, por tanto, no se considerarán para efectos de la evaluación aquellos que se encuentren en ejecución. 3. La fecha de inicio o término de la contratación, o bien, el tiempo de duración de la misma. a.2) En caso de discrepancia entre lo declarado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo indicado en estos últimos. a.3) Solo se evaluará lo indicado en el anexo. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, experiencia del profesional a cargo de la asesoría, en inspección técnica de obras de algún tipo de proyecto: espacios públicos, parques metropolitanos e intercomunales, comunales o zonales, plazas, plazoletas o plazuelas, espacios residuales (retazos con potencial de recuperación), espacios intersticiales (entre edificaciones), jardines, esquinas, pavimentación, retranqueos de edificaciones. b.1) Para acreditar lo anterior, el oferente deberá presentar la documentación (no se aceptarán declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el mismo profesional) que respalden la información contenida en el presente anexo. Dichos documentos deberán indicar expresamente la siguiente información: (de lo contrario no se considerarán en la evaluación) 1. Nombre del profesional. 2. La prestación del servicio y corresponder al rubro de lo solicitado. Los proyectos deberán haber sido ejecutados y terminados a la fecha de presentación de la oferta, por tanto, no se considerarán para efectos de la evaluación aquellos que se encuentren en ejecución. 3. El tiempo de duración de la prestación, o bien, la fecha de inicio y término de los trabajos. b.2) En los casos en que sea la empresa oferente de esta licitación quien emita el certificado de experiencia del profesional, en su calidad de empleador del mismo, además de consignar en dicho certificado la información detallada en los puntos 1, 2 y 3 precedentes, deberá presentar: los documentos que acrediten que como oferente participó en dichos trabajos y el contrato de trabajo o cualquier otro documento que acredite su relación contractual durante el período que señala fueron realizados los trabajos. De no acreditarse lo anterior, no se considerarán para efectos de la evaluación. b.3) Sólo se evaluará lo señalado en el anexo respectivo. b.4) En caso de discrepancia entre lo declarado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo declarado en éstos últimos. c) Adjuntar título o certificado de título, o copia de éstos, del profesional o técnico a cargo, emitido por alguna universidad, instituto profesional o técnico, acreditado por el estado chileno, y en caso de ser extranjero, autorizado por la entidad pública correspondiente. d) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5, Carta Compromiso del Equipo Profesional. e) Adjuntar descripción de la metodología de trabajo que empleará la asesoría para cumplir las tareas solicitadas, conteniendo un enfoque conceptual con el detalle de las tareas a realizar. Se deben indicar las tareas y actividades a realizar, además de adjuntar propuesta de formatos de informe semanal, mensual y final.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio total neto del servicio requerido de acuerdo a las bases técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, o de no presentarse debidamente completado, dicha propuesta no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: ver punto 6 de bases administrativas antecedentes legales para ser contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 65%
2 Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 30%
3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 31.02.002.30485566-0
Monto Total Estimado: 15000000
Justificación del monto estimado el gasto que irrogue la ejecución del contrato emanado del presente proceso de licitación pública al Ítem 31.02.002.30485566-0, del presupuesto vigente de SERVIU Metropolitano aprobado por ley Nº 21.2892020, de Presupuesto para el año 2021, y del presup
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 150 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Andres Riquelme Soto
e-mail de responsable de contrato: ariquelme@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-6-29014100-4100
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, en vista de la idoneidad del contratista para cumplir con las condiciones especiales solicitadas en las presentes bases.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana
Fecha de vencimiento: 28-06-2022
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en el Departamento de Obras de Edificación, de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en Serrano 45, quinto piso, indicando el número ID de la licitación. Sólo de manera excepcional, y en el único caso de que las oficinas de SERVIU Metropolitano se encontraren cerradas para la atención de público, a consecuencia de la dictación de medidas sanitarias derivadas del COVID-19, el adjudicatario podrá hacer entrega de la garantía conforme al procedimiento establecido en la, Resolución Exenta N° 1219/2020, de SERVIU Metropolitano, que autoriza el “procedimiento de ingreso especial de garantías por vía de correo electrónico a SERVIU Metropolitano, bajo las condiciones que indica”. Conforme a ésta, el adjudicatario deberá ingresar, vía correo electrónico dirigido a ariquelme@minvu.cl; los siguientes documentos: • Solicitud orden de garantía en formato PDF. • Garantía escaneada en formato PDF. • Declaración Jurada en formato PDF. • Datos ejecutivos en formato PDF. Durante este período, el documento en garantía deberá quedar bajo custodia de una notaría a elección del proveedor adjudicado, que esté dentro de la Región Metropolitana, con la siguiente instrucción: “1.- Que el otorgante del documento en garantía que a continuación se indica ……………………………..………………… (indicar datos del documento en garantía), instruye al señor Notario, entregarle la señalada garantía a un representante del SERVIU Metropolitano, quien deberá acreditar dicha representación con la respectiva Orden de Servicio; 2.- Quien suscribe la presente instrucción, declara y deja constancia que la estipulación ha sido otorgada en el solo interés de SERVIU Metropolitano, en razón de lo mismo, esta instrucción no podrá ser modificadas sin la concurrencia de SERVIU Metropolitano”. El proveedor deberá señalar al administrador del contrato la información de contacto de la notaría (teléfono y correo electrónico) para efectos de su verificación. Una vez regularizada la atención de público, SERVIU Metropolitano informará al proveedor, mediante correo electrónico.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: de la licitación pública ID N° 48-62-LE21. En caso de vale vista, la glosa deberá venir al reverso del documento o bien, en un documento debidamente firmado por el oferente.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338). En el caso que se aplique el procedimiento especial por COVID-19, y la garantía se encuentre en custodia de la notaría, la restitución se realizará de conformidad a lo señalado en el ítem” Descripción” de la presente tabla, debiendo el proveedor retirarla previa autorización expresa de SERVIU Metropolitano comunicada a la notaria correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas

10.               Otras Cláusulas

10.1.            Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera. 

10.2.            Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando solo aquellos oferentes que hayan cumplido con los requisitos de admisibilidad.

10.3             Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Vivienda y Equipamiento, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica

El presente criterio está ponderado en un 65%, y considera 3 subcriterios; Experiencia del Oferente (ponderado en 30%), Experiencia del Profesional a cargo (ponderado en 50%) y Comprensión de las tareas encomendadas y calidad de la metodología propuesta (ponderado en 20%), a evaluarse en una escala de 50 a 100 puntos.

a)     Experiencia del Oferente (A):

En este aspecto se requiere determinar la experiencia del oferente en asesorías a la inspección técnica de obras de algún tipo de proyecto singularizado en el siguiente cuadro, la cual deberá ser acreditada de acuerdo con lo establecido en el punto 5.2.3 letra a.1) a la a.3), de las bases administrativas de licitación. Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

 

TIPO DE PROYECTOS

PUNTAJE AÑOS DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE

MENOS DE 3 AÑOSS

ENTRE 3 Y 5 AÑOS

MÁS DE 5 AÑOS

Espacios públicos, parques metropolitanos e intercomunales, comunales o zonales, plazas, plazoletas o plazuelas, espacios residuales (retazos con potencial de recuperación), espacios intersticiales (entre edificaciones), jardines, esquinas, pavimentación, retranqueos de edificaciones.

50

75

100

Los años de experiencia, serán cuantificados sumando los meses o años de duración de cada asesoría, todo lo anterior transformado a la unidad de años. Serán considerados los años en enteros y no los decimales que acompañan la suma.

b)     Experiencia del Profesional a cargo (B):

En este aspecto se requiere determinar la experiencia del profesional a cargo, en asesorías a la inspección técnica de obras de algún tipo de proyecto singularizado en el siguiente cuadro, la cual deberá ser acreditada de acuerdo con lo establecido en el punto 5.2.3 letras b.1) a las b.4), de las bases administrativas de licitación. Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

TIPO DE PROYECTOS

PUNTAJE AÑOS DE EXPERIENCIA

MENOS DE 3 AÑOS

ENTRE 3 Y 5 AÑOS

MÁS DE 5 AÑOS

Espacios públicos, parques metropolitanos e intercomunales, comunales o zonales, plazas, plazoletas o plazuelas, espacios residuales (retazos con potencial de recuperación), espacios intersticiales (entre edificaciones), jardines, esquinas, pavimentación, retranqueos de edificaciones.

50

75

100

Los años de experiencia, serán cuantificados sumando los meses o años de duración de cada asesoría, todo lo anterior transformado a la unidad de años. Serán cuantificados los años en enteros y no los decimales que acompañan la suma.

Sólo se evaluará al primer profesional propuesto en consideración a lo requerido en el punto número 5 de las bases técnicas.

Si el profesional propuesto no acredita o acredita una profesión distinta a la solicitada, no será considerado en la evaluación y la oferta quedará fuera de bases.

c)     Comprensión de Tareas y Calidad de la Metodología Propuesta (C):

En este aspecto se requiere conocer el nivel de comprensión del consultor de los propósitos y problemáticas fundamentales de la asesoría a contratar, la cual debe expresarse a través de los énfasis y prioridades en la asignación de recursos que el consultor declare para dichas problemáticas a resolver.

Se deberá explicar de qué forma se realizará la fiscalización de los aspectos normativos y legales que rigen la obra de construcción en las especialidades solicitadas. Las actividades a desarrollar por el consultor no pueden depender de insumos entregados por la empresa contratista a cargo de las obras. Junto con ello, explicar cómo se llevará el control administrativo y técnico de contrato, detallando las herramientas de planificación, programación y seguimiento a utilizar para desarrollar estas tareas según la especialidad contratada.

Se exigirá que la metodología propuesta demuestre la comprensión de las funciones a desarrollar en las obras a inspeccionar. La metodología debe abarcar, además de lo mencionado en las Bases Técnicas, lo siguiente:

ü  Detalle de las acciones preventivas y reactivas que realizará frente a situaciones complejas que se puedan producir en obra, explicando de qué forma informará a la ITO para resolver irregularidades o contradicciones en terreno, dándole diferentes niveles de importancia y urgencia. Entre ellos, como mínimo debe indicar, se puede observar las diferencias entre cotas, puntos de referencia y planos de construcción, destacar niveles incorrectos, diferencias en el replanteo de la obra y visado del trazado, entre otras tipologías de problemáticas que señale el oferente, según la especialidad, verificando la concordancia de la siguiente información contenida en los planos de la licitación:

-    Curvas de nivel.

-    Pavimentos existentes y su materialidad.

-    Aceras, veredas, bandejones, paseos peatonales, sendas de circulación, ciclovías, etc.

-    Calzadas, soleras, cierros existentes.

-    Instalaciones deportivas, juegos infantiles, sedes sociales en el área de la obra u otra edificación.

-    Sumideros, canaletas, cámaras, colectores, tranque, drenes de aguas lluvia.

-    Canales y/o acequias existentes dentro del área de obra (Planta, perfiles longitudinales, perfiles transversales, etc.).

-    Líneas de edificación, límites de propiedad y límites intervención del área de obra.

-    Servicios públicos (cámaras de alcantarillado, agua potable, grifos).

-    Cursos de agua.

-    Señalética y demarcaciones.

-    Postación (vial, peatonal y tirantes).

-    Tasas y/o alcorques.

-    Radieres.

-    Entradas Peatonales a nivel de línea de edificación.

-    Entradas Vehiculares a nivel de línea de edificación.

-    Rebaje de solera.

-    Mobiliario urbano.

-    Esquina de referencia.

-    Fotografías de PR (fijos e inamovibles).

-    Todo elemento identificado en el área de intervención que afecte a la posterior ejecución, como por ejemplo jardines informales, etc.

ü  Detalle del mantenimiento de informes, libros y archivos actualizados, que permitan realizar un correcto seguimiento de los ítems vinculados a topografía y trazados, como otros de escarpe, saneamiento, drenajes, tranques, riego y canales, pavimentación y movimiento de tierras, en general. Para esto, se solicita adjuntar propuesta de informes semanales, mensuales y final. Se evaluará su estructura, contenido y detalle de información entregada, teniendo éstos que cumplir con los requisitos mínimos solicitados por bases técnicas y los plazos de entrega indicados por SERVIU Metropolitano.

ü  Detalle del equipamiento a utilizar para verificar cantidades para los ítems vinculados a topografía y trazados, como otros de escarpe, saneamiento, drenajes, tranque, riego y canales, pavimentación y movimiento de tierras. Se deberá adjuntar un listado con el equipamiento a ocupar en el desarrollo de la asesoría a la inspección técnica de obras, cumpliendo con los requisitos solicitados según bases, especificando marca, modelo y antigüedad de cada elemento como mínimo, así como los certificados de calibración de los instrumentos. La asesoría a la inspección técnica debe proveer todos los equipos para la correcta realización de su labor bajo su costo, lo cual debe estar contenido en el precio de la oferta.

La calidad será evaluada respecto de cómo el consultor pretende abordar las tareas y actividades comprendidas en la asesoría y la interrelación que tendrán esas actividades para el logro de los objetivos, de acuerdo a la siguiente categorización:

Comprensión de las tareas encomendadas y calidad de la metodología

Puntaje

Falta explicitar algún aspecto de la propuesta de tareas y metodología.

50

Cumple con el estándar sugerido en la propuesta de tareas y metodología.

75

Cumple con lo establecido en la entrega de tareas y metodología y propone mejoras que aportan a la gestión de la asesoría.

100

- Se considerará que “Falta explicitar algún aspecto de la propuesta de tareas y metodología”, cuando el oferente omite explicitar, de forma clara y completa, cómo abordará una o más labores contenidas en las Bases Técnicas u omite adjuntar algún documento.

- Se considerará que “Cumple con estándar sugerido en propuesta de tareas y metodología”, cuando el oferente explicita, de forma clara y completa, cómo abordará todas y cada una de las labores precisadas en las Bases Técnicas.

- Se considerará que “Cumple con estándar sugerido en entrega de tareas y metodología y propone mejoras que aportan a la Gestión de la asesoría”, cuando el oferente además de explicitar, de forma clara y completa, cómo abordará todas y cada una de las labores precisadas en las Bases Técnicas, aporta nuevos elementos, tecnología, equipamiento, recursos humanos y/o tareas que redundan en una mayor autonomía por parte del oferente en el desarrollo de las etapas de la asesoría.

10.3.1.1 Cálculo del puntaje final de la Oferta Técnica

Para el cálculo del puntaje final de la oferta técnica, se aplicará la siguiente fórmula:

POT= ∑ (A* 0.30) + (B * 0.50) + (C * 0.20)

Donde:

POT= Puntaje Oferta Técnica

A= Experiencia del Oferente

B= Experiencia del Profesional a cargo

C= Comprensión de las tareas encomendadas y calidad de la metodología propuesta

10.3.2 Precio:

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

10.3.3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (E):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

10.3.4 Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Oferta Técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 65%, al puntaje obtenido en el criterio precio (PP) se le aplicará una ponderación de un 30% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5%, para así obtener el puntaje total ponderado (PTP) de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0,65 + PP * 0,30 + PCRFO * 0,05

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Oferta Técnica. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio precio. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Vivienda y Equipamiento, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.            Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.            Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.            Del Contrato

10.6.1.         Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no haber acreditado la inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.         Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.         Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.         Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.            Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.         De las Obligaciones Laborales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos, conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.192/2019, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al Año 2020, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

10.7.2.         Con la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

 

10.7.3.         Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.7.4.         Cambio de Profesionales

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho el cambio de uno o más de los profesionales que prestan los servicios de la asesoría a la inspección, en caso de que los productos prestados por estos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente.

Si durante la vigencia del contrato, el profesional tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado, o de existir la necesidad de sustituir un profesional en situaciones determinadas como temporada de vacaciones, licencias médicas o alguna otra justificada, la empresa deberá proponer su reemplazo por otro de igual nivel técnico o superior, adjuntando su Curriculum Vitae, siempre y cuando el profesional sustituto cumpla con las mismas exigencias establecidas en el punto N°5 de las bases técnicas del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada por el profesional que se haya adjudicado la propuesta previa autorización por escrito del Supervisor SERVIU.

Este proceso de cambio de profesional no será de más de 5 días hábiles, en el intertanto el proveedor deberá tomar las medidas correspondientes para que la obra durante este período mantenga la inspección. Con todo, en caso de atraso en el cambio del profesional, se aplicará la multa diaria establecida en el literal c) del punto 10.10 de las presentes bases administrativas.

10.8.            De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando el servicio a requerir. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

10.9.            Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual del servicio adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)     Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda. En caso que, el proveedor no tenga a su cargo trabajadores regidos por el Código del Trabajo deberá presentar una declaración simple que señale que no cuenta con trabajadores a su cargo.

b)     Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

c)     Acta Recepción Conforme del servicio prestado emitida por el área que administra el contrato.

d)     Carta conductora con copia del informe mensual validado por el ITO, planilla de Avance de la especialidad y planilla avance en obra.

La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos para el pago, se efectuará en la Sección Control de Egresos de la Subdirección de Administración y Finanzas, ubicada en Arturo Prat 48 entrepiso, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10.           Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

a)   En caso de atraso en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes bases y en el no cumplimiento en el plazo de todas las instrucciones, órdenes y obligaciones impartidas por escrito por la ITO, se aplicará una multa diaria de 3 UF, hasta que dicha observación se resuelva conforme.

b)   Una multa de 1 UF diaria se aplicará por cada día de atraso en la entrega del (los) Informe(s) relacionado(s) con la inspección (Informe primer mes, Informe Semanal, Informe Mensual), detección de posibles errores u omisiones, avances físicos de las partidas del cuadro de precios compensados o detallados, o de los avances físicos de las obras correspondientes a la especialidad.

c)    Además de lo anterior, se aplicará una multa de 5 UF, por evento o día de ausencia, según corresponda, en cada oportunidad en que no se dé cumplimiento a la presencia del personal de la Asesoría, ya sea en las obras, reuniones, citaciones u otros eventos importantes a juicio de la ITO y/o que no termine dentro del plazo contractual establecido.

d)   Una multa de 5 UF diaria se aplicará por cada día de atraso en la entrega del Informe Final posterior al término de la asesoría. También por la falta de antecedentes establecidos en las presentes bases técnicas o por la detección de posibles errores u omisiones.

e)   En caso de incumplimiento de cualquier otra obligación que no esté consignada en los puntos anteriores, se aplicará una multa de 1 UF, por evento detectado.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Jefe del Departamento de Obras notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Jefe del Departamento de Obras, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Los recursos administrativos que dispone la ley 19.880, en conformidad al principio de impugnabilidad, consagrado en el artículo 15° de dicho cuerpo legal, procederán respecto de cualquier acto que se dicte con motivo de la presente licitación y su respectivo contrato; y no solamente en el caso anotado en el párrafo anterior.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso.

10.11.           Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12.           Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)         No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)         No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)         No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

b.4)         Cuando se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 5% del monto total del contrato.

b.5)         En caso de presentar cualquier documentación, certificación o información falsa o inexacta, ya sea en sus antecedentes, nóminas, informes u otros que se relacionen con los servicios a contratar.

b.6)         No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2, de las presentes bases administrativas, en relación a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor contratado, durante la ejecución del contrato, registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, de acuerdo a lo previsto en el punto 10.7.1, de las presentes bases, y conforme lo dispone el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de la Ley Compras, D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda.

g)     Si del análisis y estudio de los informes que solicita la I.T.O del proyecto se desprende que la Asesoría no satisface las necesidades requeridas, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato haciendo efectiva a su favor la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin perjuicio de las sanciones administrativas que resulten aplicables conforme a lo dispuesto en el Art 43 del D.S. N°135 de 1978 que aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13.           Contraparte Técnica  

La I.T.O. ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del servicio licitado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato y de las presentes bases. Sus principales funciones son las siguientes:

ü  Revisar y controlar el servicio en forma periódica, formulando las observaciones que resulten procedentes y, disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias.

ü  Verificar el cumplimiento y correcta ejecución del servicio contratado.

ü  Cursar los estados pagos, en los términos y plazos establecidos en el respectivo contrato.

ü  Citar a reuniones de coordinación.

10.14. Respaldo de los Informes

El adjudicatario deberá entregar la totalidad de los archivos correspondientes a los Informes semanales, mensuales e informe final, según lo estipulado en el punto 2.7 “Entrega de informes” de las Bases Técnicas.

10.15 Renovación y prórroga del contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato podrá ser renovado o prorrogado de común acuerdo por las partes, según sea el caso, por una única vez y al mismo precio contratado en los siguientes casos:

a)   Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

b)   Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

c)    Cuando se ha revocado o invalidado un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

d)   Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la continuidad del servicio de asesoría profesional para la inspección técnica de obra especializada de “Mejoramiento Parque República de Brasil, Etapa 1”, comuna de la Granja, año 2021.

e)   Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación del contrato, y estas sean expresadas en el acto administrativo correspondiente.

  

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la prórroga o renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.

Bases Técnicas

Bases Técnicas

Contratación del “Servicio de asesoría profesional para la inspección técnica de obra especializada para “mejoramiento Parque República de Brasil, etapa 1”, comuna de La Granja, año 2021.

1.       OBJETIVOS GENERALES

SERVIU Metropolitano requiere contratar el “Servicio de asesoría profesional para la inspección técnica de obra especializada para mejoramiento Parque República de Brasil, etapa 1, comuna de la Granja”, año 2021, para los efectos de contar con un apoyo técnico y especializado en las funciones de fiscalización y control que debe ejercer la Inspección Técnica de Obras SERVIU durante la ejecución de las obras relacionadas a este convenio, en la especialidad de geomensura o topografía, que permitan realizar un correcto seguimiento de los ítems vinculados a topografía y trazados, como otros de escarpe, saneamiento, drenajes, tranques y canales, pavimentación y movimiento de tierras en general.

En virtud de lo anterior, las labores de asesoría se ejercerán en forma permanente durante el desarrollo del contrato, para lo cual el adjudicado deberá disponer de todos los equipos y elementos físicos de control necesarios para el adecuado cumplimiento de sus funciones en la totalidad de las obras enunciadas anteriormente.

Asimismo, la Asesoría será la encargada de apoyar a la Inspección Técnica de Obras SERVIU en las cubicaciones, las evaluaciones técnicas, seguimiento de carta Gantt, elaboración, seguimiento y aprobación del Plan de Calidad según Manual de Inspección Técnica de Obras y entrega de trazados, discusión y toma de decisiones, a fin de garantizar la seguridad y calidad de los trabajos que se ejecuten, con respecto a su especialidad.

  1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ASESORÍA

2.1.    Respecto de la Asesoría a la Inspección Técnica de Obras con especialidad en geomensura o topografía.

Las actividades de la Asesoría deberán desarrollarse en forma compatible con la legislación vigente, con las normas técnicas de ingeniería básica y especializada, con los reglamentos vigentes, especificaciones técnicas generales, sin perjuicio del hecho que son de exclusiva competencia del SERVIU Metropolitano las facultades de fiscalización de las obras.

Los servicios que se deberán prestar son los necesarios para una adecuada asesoría para el contrato de ejecución de la obra especializada en geomensura o topografía del proyecto “Mejoramiento Parque República de Brasil, Etapa 1”, comuna de la Granja, entendiéndose que toda la gestión de la Asesoría y los recursos asociados a ella servirán de apoyo integral a la gestión de la Inspección Técnica de Obras del SERVIU Metropolitano y de sus representantes.

El profesional o técnico destinado al trabajo deberá prestar servicio de forma permanente en terreno y exclusiva para SERVIU Metropolitano, deberá contar con experiencia deseable de 3 años mínimo, en la asesoría a la inspección de obras de espacios públicos, parques metropolitanos e intercomunales, comunales o zonales, plazas, plazoletas o plazuelas, espacios residuales (retazos con potencial de recuperación), espacios intersticiales (entre edificaciones), jardines, esquinas, pavimentación, retranqueos de edificaciones, debiendo en consecuencia:

-      Obtener información de terreno según la especialidad, verificar los avances de obra, tanto físicos como financieros, de tal forma de permitir un adecuado control de las obras y de sus estados de pago, lo anterior siendo contrastado por los análisis topográficos propios, del cual debe obtener las respectivas cubicaciones.

-      Interpretar información de terreno, realizando los reportes y recomendaciones pertinentes a la ITO.

-      Elaboración, seguimiento y aprobación del Plan de Calidad según Manual de Inspección Técnica de Obras, aprobado por Decreto N°85 de 2007 (V. y U.) y sus cartillas de control, con respecto a su especialidad.

La información será registrada y reportada a la I.T.O. en informes semanales y mensuales, indicando fecha, lugar y la evolución en el tiempo de los trabajos de la especialidad. Adicionalmente, se contempla para el cierre del servicio, la entrega de un informe final.

Será responsabilidad de la Asesoría efectuar en forma periódica el traspaso y mantenimiento a formato digital de toda la información asociada a la obra a lo largo de este contrato, para la respectiva especialidad. Para ello deberá disponer de todos los elementos necesarios tales como impresora, cámaras fotográficas, etc. debiendo entregar dicha información semanal y mensualmente en cada informe.

2.2.    Labores a Realizar por la Asesoría en Relación con el Contrato

Las actividades de la Asesoría, atendida la naturaleza de las obras, deberán ser: asesorar e informar por el buen cumplimiento de todos los términos contenidos en el contrato de construcción y verificar que éstas se desarrollen en forma compatible con la legislación vigente, con las normas técnicas de la Ingeniería especializada, con las especificaciones correspondientes, y con las normas de seguridad y de protección del medio ambiente, emitiendo una opinión fundada y comprometiéndose responsablemente en la elaboración de la documentación de respaldo que sea necesaria, para gestionar a través de la ITO las autorizaciones, aprobaciones, modificaciones o cualquier acción que demande el contrato de construcción, de acuerdo a pautas que entregue la ITO.

Actividad primordial del A.I.T.O será:

-      Estudiar antecedentes relativos a la Obra relativas a su especialidad: supervisar el cumplimiento del Contrato por parte del Contratista y especialmente lo indicado en los planos, las Especificaciones Técnicas, las Bases Administrativas, la totalidad de la normativa de cada especialidad y cualquier documento de Obra integrante del Contrato y sus posteriores aclaraciones o modificaciones, acordadas entre el Contratista y el Mandante. Realizar informes de avance, realizando modelos topográficos propios en programa Autocad Civil 3D o similar, entregando las cubicaciones iniciales de cada partida, y validando los avances presentados por la empresa constructora. Junto con lo anterior, deberá entregar un análisis de coordinación de especialidades, superponiendo los proyectos de pavimentación, mobiliario, estructuras, aguas lluvias, agua potable y alcantarillado, tranque y riego y proyecto eléctrico.

-      Llevar registro de las reuniones y otras comunicaciones para la aprobación de todos los proyectos de especialidad, además de otras coordinaciones de Servicios y entidades estatales tales como Municipios, realizadas por las empresas contratistas.

-      Estudiar en profundidad cada proyecto y su documentación correspondiente, para dominarlo íntegramente con el objeto de prevenir eventuales inconsistencias, llevando para ello un adecuado control del proyecto durante la ejecución de las obras, debiendo informar oportunamente a la ITO del resultado de esta gestión.

-      Asesorar a SERVIU Metropolitano en la interpretación de las diversas cláusulas de los contratos celebrados con la o las empresas contratistas y en apego a las Bases Generales Reglamentarias aprobado por D. S. Nº 236/02 (V. y U.) de contratación de Obras, e informar sobre cualquier anomalía que se produzca y que altere la buena ejecución de las obras.

-      La Asesoría deberá realizar un análisis crítico de las partidas en ejecución, proponiendo correcciones al proyecto cuando corresponda y evaluando las causas de eventuales problemas en plazo, calidad y/o rendimiento en las obras.

-      La Asesoría deberá prestar a SERVIU Metropolitano servicios del más alto nivel de calidad y simultáneamente velar por el control preciso de los costos de la obra construida, en relación a su especialidad.

-      Elaboración, seguimiento y aprobación del Plan de Calidad según Manual de Inspección Técnica de Obras, aprobado por Decreto N°85 de 2007 (V. y U.) y sus cartillas de control, con respecto a su especialidad.

-      Además, estudiar las disposiciones contractuales y todo lo referente a protección del medio ambiente y laboral.

2.3.    Labores a Realizar por la Asesoría en Relación con la Construcción de las Obras

Asesorar a la Inspección Técnica de Obras del SERVIU Metropolitano en el control del cumplimiento del Programa de Construcción relacionado a la especialidad, así como evaluar permanentemente la calidad del trabajo en ejecución y verificar su conformidad con los términos del contrato, asesorando al SERVIU Metropolitano en el control de su cumplimiento durante la ejecución de las diferentes obras vinculadas a la topografía y los trazados, como otros de escarpe, saneamiento, drenajes, tranque, riego y canales, pavimentación y movimiento de tierras.

Además, deberá asistir a la ITO en la supervisión de las obras a ejecutarse en cada uno de los lugares de trabajo que corresponda; también la Asesoría deberá contemplar en su plan de actividades la validación y seguimiento de la programación de obras correspondiente a la especialidad.

Entre las responsabilidades de control de la Asesoría se incluye:

-      Seguimiento de las Obras de la especialidad, verificando que se ejecuten de acuerdo a Planos y Especificaciones Técnicas, Bases Administrativas y documentos complementarios; Controlando la calidad de las obras ejecutadas.

-      Mantener comunicación constante con la I.T.O. vía e-mail, con la periodicidad necesaria para este fin. Esto no excluye que los productos solicitados presenten toda la información correspondiente al periodo (semanal o mensual).

-      Informar por escrito, tanto vía e-mail como por documento en papel, cuando la ITO lo estime conveniente, sobre la validez del trabajo ejecutado por el autocontrol durante dicho período, utilizando para esto, además de lo indicado anteriormente, el análisis de los certificados de autocontrol emitidos hasta la fecha, correspondientes a la especialidad.

-      Registrar el avance tanto físico como financiero de las obras inspeccionadas, obteniendo semanalmente información de terreno, e informar oportunamente a la I.T.O. sobre las desviaciones que se produzcan respecto a los programas de trabajo establecidos para la obra, de tal forma de permitir un adecuado control de las obras y de los pagos asociados a las especialidades correspondientes.

-      Revisar e informar a la ITO, sobre la efectiva ejecución de las obras que se cobran y sus montos, para lo cual deberá llevar un control riguroso del Avance Real de la obra vinculadas a la topografía y los trazados, como otros de escarpe, saneamiento, drenajes, tranque, riego y canales, pavimentación y movimiento de tierras, detectando las diferencias con respecto a lo programado en cada ítem que compone la obra, también deberá aprobar inicialmente las programaciones de los Estados de Pago. Por lo anterior se le exigirá un sistema de registro de cubicaciones por partida, que sea absolutamente confiable y oportuno, actualizado, con una frecuencia de anotación de los datos diarios o semanales, según el tipo de ítem que se esté controlando, para lo anterior deberá realizar modelos topográficos propios en programa Autocad Civil 3D o similar, entregando las cubicaciones iniciales de cada partida, y validando los avances presentados por la empresa constructora.

-      Proponer a la I.T.O. la aplicación de las multas establecidas por contrato.

-      Participar en las recepciones asesorando a la ITO y a la Comisión que recibirá las obras, en sus avances parciales y acumulados y en la calidad de las mismas, emitiendo previamente un informe con las respectivas recomendaciones que estime pertinentes, de acuerdo a su especialidad.

-      Velar por la correcta aplicación de las cláusulas técnicas y administrativas del contrato, celebrado entre el Mandante y la Empresa Constructora, debiendo informar por correo a la Inspección Técnica de SERVIU, dentro de las 24 horas siguientes de detectada una anomalía, de las fallas o errores en que haya incurrido el contratista, analizando las probables consecuencias del caso.

-      Asesorar íntegramente a la ITO en la implementación y evaluación de los cambios y modificaciones que puedan sufrir los proyectos debido a las condiciones reales del terreno, consideradas o no en el proyecto original, y en la definición y/o ubicación de todas aquellas obras que por su naturaleza deben terminar de definirse en terreno durante su ejecución.

-      Generar un registro digital, tanto con los documentos ya señalados, como los generados por la ITO. Además, deberá diseñar un sistema de respaldo digital de toda la información concerniente al Contrato.

-      Evaluar la calidad del trabajo de la empresa Constructora, verificando además su conformidad con los términos del contrato respectivo, debiéndose incluir esta evaluación en los informes mensuales.

2.4.    Control de Cumplimiento de Normas de Seguridad

A fin de cautelar la seguridad de los usuarios en relación a los Art. 99 y 102 de la Ley de Tránsito N° 18290/84 del Ministerio de Justicia y el cumplimiento de la Res. E-1826/83 de Vialidad del MOP, el cual Determina Normas Técnicas para la Señalización, Control y Regulación del Tránsito en Vías donde se Realicen Trabajos, el Decreto N° 90/2002 (publicado en D.O. el 20/01/2003) del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que aprueba el nuevo texto y anexos del capítulo quinto del “Manual de señalización de tránsito”, la Asesoría a la ITO deberá supervisar permanentemente el estado y suficiencia de la señalización de obras, comunicando oportunamente a la ITO sobre el cumplimiento correspondiente.

Verificar el cumplimiento por parte de la Empresa Contratista y sus Subcontratos declarados, respecto de la Seguridad, Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales del personal, establecidos en la Normativa vigente, que aprueba el reglamento sobre Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, todas del Min. del Trabajo y Previsión Social, comunicándolo oportunamente a la ITO correspondiente.

2.5.    Control de Disposiciones Ambientales

La Asesoría deberá controlar el cumplimiento de las especificaciones técnicas relacionadas a temáticas ambientales, en que se indican consideraciones especiales que deberá cumplir la empresa contratista, en lo que se refiere a manejo y transporte de materiales contaminantes y peligrosos, empréstitos o botaderos, protección de recursos naturales (vegetación y fauna), restos históricos o arqueológicos, plantas de producción de materiales, suspensión temporal de los trabajos por periodos prolongados, transporte durante la faena de construcción, desvíos, cuidados de recursos de agua, terminaciones, aseo y presentación final de la obra, sanciones, etc.

2.6.    Mantenimiento de Archivos Actualizados

La Asesoría deberá mantener archivos actualizados en obra de todos los documentos relacionados con su labor ya sean originales o duplicado, y que permitan responder en forma rápida e inmediata consultas en el momento que éstas se requieran.

Toda la información que tenga relación con la calidad de la obra, así como también la correspondencia al respecto (por vía de ejemplo, y sin ser excluyente: recepción de trazados, certificados de ensayos de granulometría, Proctor, CBR, densidades, resistencias, etc.), tanto del Autocontrol, como los propios de la Asesoría, deberán mantenerse en obra en archivos ordenados, los que una vez finalizada la labor de la Asesoría deberán quedar en poder del SERVIU Metropolitano cuando se haya completado toda la información disponible hasta la fecha de liquidación del contrato de Asesoría. Asimismo, deberá entregar entonces un completo informe de todos los controles que aún quedan pendientes.

2.7.    Entrega de Informes

2.7.1. Primer informe 1 mes posterior al inicio de la asesoría.

Una vez cumplido el primer mes del inicio de la asesoría el adjudicatario deberá entregar a la ITO un primer informe de revisión de la coordinación de especialidades, superponiendo los proyectos de arquitectura, pavimentación, mobiliario, estructuras, aguas lluvias, agua potable y alcantarillado, tranque y riego y proyecto eléctrico, considerando todas las observaciones que haga el mandante al momento de hacer la entrega de los Antecedentes. En ese sentido se recomienda que el asesor de la Inspección Técnica, en este primer documento, atienda e indique todos los puntos del proyecto que sean necesarios de abordar previamente, para hacer una óptima planificación de obras con sus respectivas rutas críticas y/o alcances de Obra.

El(los) informe(s) indicado(s) deberá(n) ser entregado(s) impreso(s) y en formato digital, firmado(s) por el profesional a cargo de la asesoría, dirigido(s) a la I.T.O, correspondiente(s) a la especialidad de geomensura y topografía, sin perjuicio de lo solicitado particularmente por esta, junto con el estado de pago del período informado. Su estructuración será concordada con la I.T.O. Para lo anterior, el adjudicado deberá entregar del informe indicados como primer informe, a los días 2 o el 1er día hábil siguiente en el evento de que dicho día recayese en sábado, domingo o festivo de cada mes, lo anterior, después de 30 días corridos de iniciado el servicio. Al observar incumplimientos de entrega de informes en los plazos indicados, se aplicarán las multas especificadas en el punto b) del apartado 10.10 de las bases administrativas, siempre que dicho atraso no esté justificado por la I.T.O de SERVIU Metropolitano.  

2.7.2. Informe Semanal

En formato postulado por el oferente y previamente aprobado por la Inspección Técnica de Obras (que podría solicitar modificaciones en este), semanalmente se deberá entregar un Informe que contenga el resumen del período, indicando toda la información relevante de la obra de acuerdo su especialidad. Se debe entregar en digital, firmado por el profesional a cargo de la asesoría, dirigido al I.T.O. Este contendrá el detalle y los resultados del trabajo realizado durante la semana, indicando partidas en ejecución con sus respectivas fotografías y descripción de los hitos de obra que se hayan desarrollado durante el período. Se incluye el control del avance respecto al programa aprobado para el proyecto, según Manual de Inspección Técnica de Obras, aprobado por Decreto N° 85, de 2007 (V. y U.), y sus cartillas de control, con respecto a su especialidad. Para lo anterior, el adjudicado deberá entregar los informes semanales, solo en formato digital, los días lunes siguientes o el 1er día hábil siguiente en el evento de que dicho día recayese festivo. Al observar incumplimientos de entrega de informes en los plazos indicados, se aplicarán las multas especificadas en el punto b) del apartado 10.10 de las bases administrativas, siempre que dicho atraso no esté justificado por la I.T.O de SERVIU Metropolitano.

2.7.3. Informe Mensual

En formato postulado por el oferente y previamente aprobado por la Inspección Técnica de Obras (que podría solicitar modificaciones en este), mensualmente se deberá entregar un Informe Detallado que contenga el resumen del período, indicando toda la información relevante de la obra. En este informe se justificará también, los avances de las partidas relevantes de su especialidad, para lo anterior deberá realizar modelos topográficos propios en programa Autocad Civil 3D o similar, entregando las cubicaciones iniciales de cada partida, y validando los avances presentados por la empresa constructora, entregada durante el período.

Además, se debe incluir el grado de cumplimiento del programa, los problemas que se han presentado y sus posibles soluciones, indicando todas aquellas modificaciones del proyecto que pudiesen significar una modificación de contrato, relación de estados de pago de la o las empresas contratistas, con respecto a la especialidad de la Asesoría.

Deberán mantenerse permanentemente en las oficinas de la I.T.O, en obra, los gráficos elaborados por ésta, correspondientes a los avances semanales físicos de las faenas, avances programados y avances financieros con relación al plazo transcurrido.

Además, deberá entregar:

-      Minuta Descriptiva del Proyecto, en lo concerniente tanto a las obras como a la Asesoría.

-      Informar detalladamente sobre el seguimiento de la Ley 20.123 de Subcontratación y DS N° 594, condiciones de higiene mínimas que se deben tener presente en las instalaciones de faena adjuntando fotografía que demuestre el cabal cumplimiento de éste.

-      Como Anexo al informe deberá incluir un juego fotográfico con al menos 20 fotos de 10 x 15 cm, dimensiones mínimas, en donde se muestre el estado de avance de la obra, con su correspondiente respaldo digital.

-      Informar de los avances físicos y financieros con representaciones gráficas que permitan comparar los programas propuestos y el cumplimiento real de los mismos, respecto a la especialidad.

-      Evaluación del desempeño profesional de la mano de obra calificada y personal en general que se ha destacado en la faena por parte del Contratista y de sus subcontratos según corresponda, con respecto a las partidas de su alcance.

-      Resúmenes cronológicos de los controles de calidad efectuados por el contratista, así como los comentarios que procedan al respecto.

-      Efectuar las recomendaciones que se estimen convenientes tanto para mejorar la calidad de las obras, rendimiento, cumplimiento de plazos, etc., junto a conclusiones para cada uno de los rubros que forman parte de esta evaluación.

El(los) informe(s) indicado(s) deberá(n) ser entregado(s) impreso(s) y en formato digital, firmado(s) por el profesional a cargo de la asesoría, dirigido(s) a la I.T.O, correspondiente(s) a la especialidad de geomensura y topografía, sin perjuicio de lo solicitado particularmente por esta, junto con el estado de pago del período informado. Su estructuración será concordada con la I.T.O. Para lo anterior, el adjudicado deberá entregar del informe indicado como mensual, los días 2 o el 1er día hábil siguiente en el evento de que dicho día recayese en sábado, domingo o festivo de cada mes, lo anterior, después de 30 días corridos de iniciado el servicio. Al observar incumplimientos de entrega de informes en los plazos indicados, se aplicarán las multas especificadas en el punto b) del apartado 10.10 de las bases administrativas, siempre que dicho atraso no esté justificado por la I.T.O de SERVIU Metropolitano.

2.7.4. Informe Final                                                    

En formato postulado por el oferente y previamente aprobado por la Inspección Técnica de Obras (que podría solicitar modificaciones en este), la Asesoría deberá confeccionar y entregar un informe final que resuma todos los antecedentes del contrato, así como las labores efectuadas por la Asesoría, situación que será evaluada por la ITO.

Deberá detallar, al menos:

-      Minuta ejecutiva resumen de las obras y de los hechos más relevantes ocurridos en su ejecución (máx. 2 páginas).

-      Modificaciones de Contrato (disminuciones, aumentos y obras extraordinarias).

-      Cubicaciones Finales.

-      Balance Final del Contrato.

-      Curvas de Avance Físico y Financiero desarrolladas durante la ejecución de las obras.

-      Dificultades de la Ejecución de Obras.

-      Informe de Observaciones Técnicas de la Obra.

-      Revisión y chequeo de todos los Certificados de Control de Calidad de acuerdo al Itemizado y Especificaciones Técnicas, correspondientes a su especialidad.

-      Y toda otra información requerida por la ITO.

 

Se deberá incorporar ANEXO FINAL PLAN DE CALIDAD el cual consta de un resumen final del cumplimiento del plan de aseguramiento de calidad según el Manual de Inspección técnica de obras (MITO) de parte de la Constructora: Resumen final de los informes mensuales más un capítulo de recomendaciones y conclusiones.

Se deberá entregar el informe final en un plazo máximo de 15 días corridos posterior al término de la asesoría. Además, si de los informes solicitados se desprende que la Asesoría no satisface las necesidades, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, entendiéndose por éstos, informes incompletos, fuera de tiempo o sin la calidad suficiente y no corrigiendo las correcciones solicitadas por la ITO del Servicio, se aplicarán las multas establecidas el apartado 10.10 Multas letra d)., y en caso de no ser resultas dichas observaciones por la asesoría dentro de un plazo de 5 días corridos, el SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dar término anticipado al contrato de acuerdo a lo estipulado en la letra g) del punto 10.12 de las bases administrativas, haciendo efectiva a su favor la garantía de fiel cumplimiento de contrato, además de aplicar las multas establecidas el apartado 10.10 Multas letra d).

  1. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

La Asesoría deberá mantener comunicación constante con la I.T.O. vía e-mail, relativas al contrato de asesoría, obras ejecutadas en cada especialidad, durante todas las jornadas de las faenas, incluyendo aquellas jornadas especiales, y los aspectos relevantes que presentaron en ella, dejando constancia de las reuniones efectuadas, los acuerdos, etc.

  1. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS

La Asesoría deberá considerar un (1) vehículo de movilización para el normal y adecuado desempeño de la Asesoría. Este deberá ser camioneta doble cabina, año de fabricación 2015-2019, con no menos de cuatro puertas y con seguro de terceros. Será exigencia que el vehículo esté permanentemente limpio y en buenas condiciones en general.

La movilización deberá incluir todos sus gastos de operación y mantención, durante todo el período de vigencia del contrato de la Asesoría. En el interior de la camioneta se deberá contar con 2 conos de tránsito para poder realizar las inspecciones con seguridad.

La Asesoría deberá contar (propio o arrendado) con los siguientes elementos técnicos que permiten desarrollar correctamente la labor, como estación total, GPS para el traslado y verificación de puntos coordenados, radios portátiles y telefonía celular con  minutos ilimitados, internet 4G ilimitado de alta velocidad permanente, o en su defecto con mínimo de 10 GB de Descargas, junto con lo anterior, deberá incluir en su oferta los gastos de los ayudantes que requiera para la correcta labor (no permanentes), los cuales deberán contar con el equipo de seguridad adecuado.

  1. PROFESIONAL A CARGO DE LA ASESORÍA

La Asesoría deberá contar con 1 profesional o técnico de forma permanente (Residente jornada completa) a disposición durante el desarrollo de las obras, según el siguiente listado:

Cantidad

Perfil

Características de Puntaje Máximo

1

Profesional Ingeniero Geomensor, Ingeniero Ejecución en Geomensura, Topógrafo o Técnico En Topografía

Ingeniero Geomensor, Ingeniero Ejecución en Geomensura, Topógrafo o Técnico en Topografía, sean universitarios o de instituto profesional o técnico, con experiencia deseable en el área de 3 años en asesoría a la Inspección Técnica de Obras de Espacios públicos, Parques metropolitanos e intercomunales, comunales o zonales, plazas, plazoletas o plazuelas, Espacios residuales), Espacios intersticiales (entre edificaciones), Jardines, esquinas, Pavimentación, Retranqueos de edificaciones. Jornada completa, residente en obra (contados desde la fecha de titulación).

El profesional o técnico, deberá contar con un computador Notebook pantalla 14 o 15 pulgadas, procesador Intel Core i7, mínimo de 2,0 GHZ, Memoria RAM mínima de 8 GB, Disco Duro mínimo de 1TB, tarjeta de video dedicada, grabador de DVD, Sistema operativo, Office, Software topográfico para curvas de nivel y cubicaciones, MS Project, Autocad y Antivirus que sean compatibles con sistemas y programas que utiliza SERVIU Metropolitano.

Al profesional o técnico a cargo se le exigirá dedicación exclusiva y permanente en oficina y/u obra, según se le indique por parte del ITO, en horario concordante al de la empresa constructora que ejecute las obras, incluyéndose las jornadas de noche, sábados y domingos, lo que no dará derecho a la Asesoría a formular cobro por horas o labores extraordinarias a este SERVIU Metropolitano, lo cual no excluye de ningún modo a la Asesoría de sus obligaciones laborales de acuerdo a la Ley (es) vigente(s).

El profesional para fines de traslado, deberá poseer Licencia de Conducir Clase B vigente.

Así mismo, deberá contar con los equipos de seguridad necesarios para su desempeño cotidiano en faenas. Incluyendo casco de seguridad, bototos de seguridad, chalecos reflectantes, impermeables, entre otros.

Todo el equipo descrito anteriormente es para uso en las labores de Asesoría a la ITO y su disposición será total para esos fines, lo cual será permanentemente supervisado por la Subdirección de Vivienda y Equipamiento del SERVIU Metropolitano. Sin embargo, la Asesoría deberá dar todas las facilidades para que el personal de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento tenga libre acceso a los equipos y a la información contenida en ellos cuando el Subdirector de Vivienda y Equipamiento lo disponga, durante todo el periodo de vigencia del contrato y/o hasta el término del contrato de obras relacionadas con esta Asesoría.

El buen uso de todos los elementos a disponer por la Asesoría será permanentemente supervisado por la ITO.

El SERVIU Metropolitano no se hará responsable por el deterioro, mala manipulación, robo o hurto de los equipos indicados en los puntos anteriores, siendo responsabilidad de la Asesoría su seguro y garantía por todo el período de vigencia del Contrato y su plazo de reposición a la Asesoría en caso de cualquiera de los eventos mencionados, durante el plazo que establezca la ITO.

La asesoría no deberá considerar en su oferta el costo de instalaciones de oficina.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.