|
RESOLUCION EMPATE |
|
En caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
1. PRECIO
2. CALIDAD TECNICA
3. PLAZO DE ENTREGA
4. MONTO POR DESPACHO
5. DOCUMENTOS FORMALES
En caso de persistir el empate (aplicados los criterios de desempate ya indicados) prevalecerá la oferta que primero haya ingresado al portal.
|
|
|
|
DE LA ADJUDICACION |
|
El Director del Hospital podrá adjudicar el total, parcial o declarar inadmisible la propuesta, sobre la base del informe emitido por la Comisión de Evaluación. La propuesta será resuelta por Resolución Exenta del Director del Hospital San Camilo, la cual será notificada mediante publicación en el portal www.mercadopublico.cI
|
|
|
|
READJUDICACION |
|
El Hospital se reserva el derecho de readjudicar, en el caso de que el proveedor adjudicado, no cumpla con su oferta técnica.
|
|
|
|
DE LA FACTURA |
|
Es Responsabilidad de los oferentes despachar los insumos adjudicados dentro de los horarios preestablecidos para ello, según lo señalado, en articulo 20, de no ser así el establecimiento no se hace responsable de certificar la recepción conforme.
El Establecimiento requiere que los despachos de los insumos, bienes y/o servicios solicitados a través de la orden de compra aceptada por el proveedor en la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl , sean enviadas con Guia de Despacho al Hospital San Camilo. La cual debe ser fiel reflejo a la orden de compra, de tal forma que exista un tiempo prudunte de aceptación de los insumos, bienes y/o servicios.
El oferente debera hacer llegar la factura a la casilla que se indica a continuación, de lo contrario será rechazada por la plataforma de Acepta, retresando los pagos centralizados programados por la tesorería General de la republica.
dipresrecepcion@custodium.com
El oferente adjudicado deberá facturar a:
NOMBRE : HOSPITAL SAN CAMILO
RUT : 61.602.038-2
DIRECCIÓN : MIRAFLORES 2085. SAN FELIPE. QUINTA REGIÓN
|
|
|
|
DEL PAGO CENTRALIZADO |
|
En virtud a lo señalado en los Art.15, Art. 16, los pagos serán centralizados a travez de la Tesorería General de la Repubica, previa visación y recepción conforme de la orden de compra emitida por el Hospital San Camilo.
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del Estado, que realizaron despachos de insumos, bienes y/o servicios, dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES.
Podrá acceder directamente a consultar el estado de su pago en el siguiente link https://comprobantes.tgr.cl/
|
|
|
|
TECNOVIGILANCIA |
|
De acuerdo a la Norma Técnica N°226 sobre Obligatoriedad de Implementar un sistema de registro de datos que permita la trazabilidad de los Dispositivos Médicos, ya sean: Instrumento, equipo, aparato, material, software o artículo, incluyendo sus componentes, partes o accesorios, destinados a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o anticoncepción y que no utiliza medio farmacológico, inmunología o metabólico para realizar su función principal en seres humanos (artículo 111 del Código Sanitario o Reglamento D.S. 825/98; al momento de la recepción por Prestadores Institucionales de Salud. Los oferentes adjudicados deberán considerar en los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE): Nombre del producto, Identificación del proveedor, N° Guía/Factura, Modelo, N° Lote/Serie y Fecha de Vencimiento.
|
|
|
|
PRORROGA DE CONTRATO |
|
El contrato que se suscriba entre el establecimiento y el proveedor adjudicado por la compra de insumos y/o servicios, podrá ser prorrogado por el Hospital San Camilo, con una vigencia de 12 meses o hasta no superar las 1.000 UTM. En la cual el proveedor deberá mantener los precios adjudicados manteniendo los mismos condiciones de reajustabilidad si la licitación así lo amerita y hasta que se proceda con una nueva licitación.
Dicha prorroga se hará efectiva mediante un acto administrativo, en el cual el establecimiento dictará una Resolución Exenta, la que será informada en el portal www.merecadopublico.cl.
|
|
|
|
PRECIOS, CONDICIONES Y REAJUSTABILIDAD |
|
Se deja constancia que el precio es un factor que incide en la adjudicación de la presente Licitación, por lo que un menor precio ofertado puede ser relevante para la selección de la oferta.
La Oferta Económica entregada debe expresarse en pesos chilenos,y debe considerar en todos los costos asociados parala correcta y oportuna entrega de los servicios en el Hospital San Camilo de San Felipe.
Una vez conocido el valor adjudicado, el valor de los insumos podrán ser reajustados anualmente por periodo vencido, considerando fecha de inicio y fecha de término del primer año, para tal efecto se utilizará la calculadora del IPC de la página https://calculadoraipc.ine.cl/
El reajuste de precios debe ser solicitado por el adjudicatario cada año, para lo cual debe enviar una carta dirigida al Director del establecimiento, hasta los 15 días hábiles anteriores al vencimiento de los doce meses (12).
|
|
|
|
EQUIPO EN COMODATO |
El Laboratorio Clínico del Hospital San Camilo requiere licitar reactivos e insumos para la toma de muestra y ejecución de exámenes de PCR tiempo real para diagnóstico de virus papiloma humano de alto riesgo oncológico.
Para esto se requiere que los oferentes pongan a disposición del Laboratorio el o los equipos nuevos de primer uso en calidad de comodato, necesarios para el proceso de extracción y amplificación automatizada de ácidos nucleicos. El equipamiento debe cumplir con las especificaciones técnicas señaladas a continuación. Además debe proveer los insumos de toma y autotoma de muestra compatibles con el equipamiento ofertado.
|
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL EQUIPAMIENTO AUTOMATIZADO DE
EXTRACCIÓN Y AMPLIIFCACION
|
|
CARACTERÍSTICAS
|
|
|
Entrega de equipos por modalidad COMODATO.
|
|
|
El equipo de extracción automatizada debe poder procesar muestras desde tubo primario.
|
|
|
El equipo de extracción automatizada debe tener función de montaje de diferentes pruebas.
|
|
|
El termociclador debe contar con 6 canales de detección para fluoróforos comerciales más utilizados.
|
|
|
El termociclador debe tener capacidad de 96 posiciones.
|
|
|
El volumen de reacción para la PCR de tiempo real debe ser de 10-50 uL.
|
|
|
REQUISITOS OBLIGATORIOS Y EXCLUYENTES
|
|
Certificación C E- IVD.
|
|
|
La oferta debe incluir Programa de Calidad Externo para el diagnóstico molecular de VPH.
|
|
|
Deben ofertarse equipos nuevos de primer uso.
|
|
|
El proveedor debe incluir software de interpretación y visualización de resultados, asociado al termociclador que también permita exportar los resultados al LIS.
|
|
|
El proveedor debe incluir mantenciones preventivas y correctivas a costo de la empresa, a efectuar a todo evento durante el periodo de vigencia del contrato.
|
|
|
La visita de especialista y/o reposición de piezas o cambio de equipo en caso de fallas no debe superar las 48 horas de informado el desperfecto.
|
|
|
El software de la plataforma ofertada debe conectarse con el LIS y el sistema Citoweb.
|
|
|
El proveedor debe asegurar la renovación tecnológica del equipo si corresponde, en caso de discontinuación o actualización por parte del fabricante.
|
|
|
Se adjudicara al mismo proveedor todos los ítems descritos y solicitados en estas bases y deben ser todos compatibles con el equipamiento ofertado (oferta por el flujo completo, NO por sus elementos individuales)
|
|
|
El proveedor se compromete a realizar la instalación y acompañar la puesta en marcha de los equipos, así como la verificación de los test a implementar.
|
|
|
El proveedor debe realizar la capacitación del personal usuario.
|
|
|
El proveedor debe reponer los insumos utilizados que hayan resultado inválidos o abortados por falla inherente al equipamiento.
|
|
|
El proveedor debe entregar un equipo de respaldo en caso de falla del equipo en comodato, por el tiempo que sea necesario hasta la reparación del equipo principal.
|
|
|
El proveedor debe reponer los insumos asociados a fallas de lote de reactivo.
|
|
|
La oferta debe incluir y asegurar la integración con el sistema Citoweb.
|
|
Otros:
El Proponente contratado deberá asumir directa y exclusivamente a su cargo:
ü Tener al menos 12 meses de vida útil, desde la fecha de recepción.
ü Del formato: Todos los que se solicitan en las presentes Bases o su equivalente para dar respuesta a la demanda asistencial.
- Los despachos de productos deberán realizarse por el Proveedor bajo las condiciones de temperatura requeridas por el fabricante.
- Plazos de entrega deseables no superior a 72 hrs, se exceptúan los productos que requieran importación, los cuales deberán ser declarados previamente por el proveedor, aludiendo el establecimiento que aquellos no declarados se mantienen en Stock necesarios para un despacho que no supere lo requerido en las bases de esta Licitación.
|
|
|
|
CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS |
|
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de las Bases y Especificaciones Técnicas que rigen la presente licitación. Si producto del estudio el oferente estimara que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Hospital San Camilo, sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo establecido expresamente en la Ficha de la licitación publicada en el portal mercado público. Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente, cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes de la licitación, será resuelta conforme lo determine el Hospital San Camilo, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión.
Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl en la ficha de la licitación, a todos los interesados, haya o no formulado consultas, en la fecha que se indica en ese portal electrónico.
Con motivo de dichas aclaraciones el Hospital San Camilo podrá precisar el sentido y alcance de estas Bases Administrativas y/o de las Especificaciones Técnicas y/o de cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
Las consultas que los proponentes deseen formular, ya sea referida a los antecedentes entregados por el Mandante y/o a la visita a terreno (si corresponde), se deberán hacer a través del portal www.mercadopublico.cl desestimándose las consultas efectuadas por un medio distinto al señalado, como asimismo las realizadas fuera de plazo.
El plazo para efectuar consultas será el establecido en el Formulario de Bases de la licitación publicada. Las respuestas serán informadas a través del mismo portal, en la fecha que indica el Formulario de Bases de la Licitación publicada.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN |
|
El Hospital San Camilo podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de Licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas serán aprobadas por Resolución Exenta pasando a formar parte integrante de estas Bases, para lo cual, el plazo de cierre de las ofertas, será ampliado en cinco días hábiles.
|
|
|
|
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
|
El oferente adjudicado deberá entregar una Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, la que debe cumplir con las siguientes características:
TIPO
DOCUMENTO Cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y expedita (decreto 661/2024, Reglamento ley 19.886) que sea pagadera a la VISTA o a su sola presentación y con carácter de irrevocable.
BENEFICIARIO Hospital San Camilo Rut. 61.602.038-2
FECHA DE
VIGENCIA Desde la adjudicación en el portal mercado público hasta 60 días después del término de la vigencia del contrato.
MONTO 5% del monto total del contrato (Neto), expresada en pesos chilenos.
DESCRIPCIÓN Pagadera a primer requerimiento, a la vista, de carácter irrevocable, sin intereses. Dicho instrumento de garantía debe emitirse por una institución con operación en Chile y no devengarán intereses ni reajustes para ninguna de las partes.
GLOSA Garantiza el Fiel Cumplimiento de Contrato de la Licitación “CONVENIO SUMINISTRO ADQUISICIÓN DE INSUMOS Y REACTIVOS PARA TOMA DE MUESTRA Y DIAGNOSTICO MOLECULAR DE VPH CON EQUIPO EN COMODATO PARA EL HOSPITAL SAN CAMILO” ID 619133-227-LP25
Dicho instrumento de garantía debe indicar en forma expresa la GLOSA respectiva, la cual, si no es consignada por el Banco, como es el caso de Vale Vista o Depósito a la Vista, debe ser estampada por el oferente en el mismo documento en su reverso
FORMA Y OPORTUNIDAD
DE ENTREGA El proveedor deberá presentar la garantía al momento de suscribir el contrato. Para el caso de garantía física deberá presentarla en la Oficina de Partes del Hospital San Camilo, ubicada en pasaje Avenida Miraflores #2085, San Felipe, de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas y viernes de 08:00 a 16:00 horas. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y deberá ser enviada a los correos electrónicos: mitxy.abarca.m@redsalud.gob.cl y oficinadepartes@hospitalsancamilo.cl
FORMA Y
OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El Jefe del Departamento de Abastecimiento solicitará la devolución de la garantía, la que será devuelta 60 días después del término de la vigencia del contrato.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. En caso de modificación del contrato, el instrumento de garantía deberá ser reemplazada por otra de acuerdo al nuevo monto y su vigencia deberá ser 30 días después del término de la vigencia del contrato, se podrá entregar un certificado de extensión de vigencia emitida por un Banco o Entidad Financiera.
|
|
|
|
CAUSAL DE COBRO |
|
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento será cobrada en caso de termino anticipado por las causales indicadas en las letras b, c y e del punto 29.3. de las presentes bases administrativas.
|
|
|
|
DEL PROCEDIMIENTO |
|
En caso de que concurra alguna causal de cobro de la Garantía de fiel Cumplimiento de Contrato, el Director del Hospital, notificará al adjudicado mediante carta certificada dirigida al domicilio signado en el contrato, con el cobro de dicha garantía, indicando el incumplimiento en que ha incurrido el proveedor. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a la recepción de la carta certificada en la oficina de Correos del domicilio del proveedor.
El proveedor dispondrá de 5 días hábiles a contar de la notificación, para evacuar sus descargos. Con los descargos o sin ellos, mediante resolución fundada, se dispondrá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, la que se notificará al infractor mediante carta certificada dirigida a su domicilio, efectuando igualmente la publicación de ésta a través del portal Sistema, pudiendo el contratista objetar tal decisión conforme a lo dispuesto en la Ley 19.886.
Producida la causal, si es imputable al adjudicado, el Hospital hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
|
|
|
|
MULTAS, SANCIONES Y COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL |
|
El Hospital San Camilo, aplicará una multa al proveedor adjudicado, en el siguiente caso:
• Si el Contratante no realiza la entrega del insumo/producto/medicamento deacuerdo a su oferta técnica, el Hospital podrá aplicar una multa equivalente a 1%, por cada día de atraso, con un tope del 30% del valor total de la orden de compra.
Déjese establecido que:
1. Los días de atraso, comienzan a regir a contar de las 48 horas de enviada la orden de compra a través del portal mercado público.
2. La multa será por los insumos/artículos o medicamentos efectivamente no despachados dentro del plazo ofertado o sin recepción conforme.
3. Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor total de la orden de compra.
4. El plazo de ampliación, debe ser informado mediante carta de aviso (razón de fuerza mayor) dirigido al Director del Hospital San Camilo, indicando las razones y el tiempo adicional de demora, para cuyo procedimiento el Establecimiento evaluará la solicitud e informará al proveedor la aceptación o rechazo.
|
|
|
|
MECANISMOS PARA COBRO DE MULTAS |
|
El Servicio y/o Unidad deberá informar detalladamente a la Subdirección Administrativa, los incumplimientos que poseen los proveedores, de acuerdo a las bases administrativas que son el soporte de todo proceso licitatorio.
La Subdirección Administrativa solicitará, según sea el caso, al Depto. de Contabilidad y Finanzas, la revisión y cálculo de las multas a aplicar, debiendo este último validar que el proceso de aplicación este acorde a la estricta sujeción de las bases administrativas, pudiendo realizar observaciones si estima que el proceso no está acorde a lo normado.
El Depto. de Contabilidad y Finanzas solicitará a quien corresponda, esto es Depto. de Abastecimiento y/o Administración de Contratos la confección de la Resolución por aplicación de multas, en un plazo no superior a dos días de solicitada la información por parte de la Subdirección Administrativa.
El Administrador de Contratos al igual que el Depto. de Abastecimiento, tendrán dos días para la confección y tramitación de la respectiva Resolución de aplicación de multas.
Una vez tramitada, el Depto. de Abastecimiento tendrá la responsabilidad de subirla al portal mercado público y enviar por los canales que señalan las bases administrativas dicho documento al proveedor involucrado, con copia al Depto. de Contabilidad y Finanzas.
Si el proveedor dentro de los plazos establecidos en las respectivas bases administrativas, considera que la multa es improcedente, podrá enviar carta de apelación al Director del Establecimiento, a través de la Oficina de la Partes.
Los plazos que posee el Proveedor para la apelación y el Hospital para dar respuesta a dicha apelación, serán los que se estipulen en las respectivas bases administrativas.
Depto. de Contabilidad y Finanzas, deberá realizar el registro contable de la aplicación de multas, una vez validada la pertinencia de dicha aplicación, la cual debe corroborar a través de Oficina de Partes del Hospital, quien tendrá la responsabilidad de informar a través de correo electrónico si existe carta de apelación por parte del proveedor.
De existir carta de apelación deberá requerir a Asesoría Jurídica copia de la respuesta formal al proveedor, con la aceptación y/o rechazo de dicha apelación.
De existir rechazo de la apelación, se procederá con el registro contable y el cobro respectivo, de los documentos tributarios que existieren pendiente.
|
|
|
|
DE LA ORDEN DE COMPRA |
|
El Hospital San Camilo emitirá orden de compra según necesidades del establecimiento por la cantidad de insumos requeridos, debiendo el adjudicatario entregarlos en Bodega Farmacia del Hospital dando cumplimiento al plazo de entrega señalado en la oferta y a los horarios de entrega establecidos en la Orden de Compra. En todo caso los productos se recibirán hasta las 16:00 horas de lunes a jueves y hasta las 15:00 horas los días viernes.
|
|
|
|
PROBLEMA CON LA ENTREGA DE LOS INSUMOS |
|
Si el proveedor presenta problemas con la entrega de los insumos ofertados y adjudicados deberá informar por escrito o vía correo electrónico al encargado de la licitación mitxy.abarca.m@redsalud.gob.cl , 30 días antes de producirse el inconveniente y también deberá avisar a la brevedad cuando se revierta la situación.
El Hospital San Camilo se reserva el derecho de poner término al Convenio, pudiendo volver a licitar los insumos adjudicados o readjudicar al segundo oferente mejor evaluado.
|
|
|
|
DEL CONTRATO (LP, LQ, LR) |
|
Una vez notificada la Resolución de Adjudicación, se suscribirá un contrato simple firmado ante Notario Público, entre el Hospital San Camilo y el adjudicatario. Dicho contrato será confeccionado por Administrador de Contrato del Hospital y se suscribirá dentro de los treinta días siguientes a la fecha de publicación de la Resolución de Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. Los gastos notariales por protocolización de firmas, será de cargo del oferente adjudicado. Previo a la firma del contrato o a la suscripción de éste, el oferente adjudicado deberá presentar el instrumento de Garantía de Fiel cumplimiento de contrato y demás documentos que se indican en este mismo artículo.
El contrato será aprobado mediante Resolución Exenta del Director del Hospital San Camilo.
La vigencia del contrato comenzará a partir de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe y tendrá una duración correspondiente a la sumatoria de los plazos de entrega del equipamiento y el periodo de garantía técnica.
En caso que el oferente adjudicado se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores Chile proveedores, no será necesario presentar los documentos mencionados precedentemente, debiendo presentar sólo el Instrumento de Garantía de Fiel cumplimiento de contrato.
Formarán parte integrante del contrato o convenio, los siguientes documentos:
La Ficha de la Licitación publicada en el portal www.mercadopublico.cl, las presentes Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, Anexos, adjuntos, las Consultas y Respuestas, Aclaraciones si las hubiere, la Oferta presentada, Resolución de Adjudicación, Normas técnicas, legales, reglamentos e instrucciones generales y locales, vigentes en la materia y cualquier otro documento que se origine con motivo de la presente licitación.
En caso de existir discrepancias entre los documentos que forman parte de la licitación y el contrato, primarán las especificaciones técnicas y las Bases Administrativas.
El contratista no podrá introducir unilateralmente ninguna modificación al contrato licitado.
|
|
|
|
MODIFICACIONES AL CONTRATO |
|
Los contratos administrativos regulados por esta ley podrán modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
a. La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. Las resoluciones o decretos que dispongan tales medidas deberán ser fundadas.
Toda modificación deberá ser formalizada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo dictado por el Director del Hospital.
|
|
|
|
CESIÓN DEL CONTRATO |
|
El Contratante no podrá, en caso alguno, ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el punto, sobre término anticipado del contrato, de las presentes Bases.
Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato, los que podrán ser efectuados con arreglos a las normas del derecho común.
|
|
|
|
FISCALIZACION DEL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
|
La supervisión y fiscalización del fiel cumplimiento del contrato corresponderá a la Unidad de Laboratorio Clinico o por quien él determine, quien actuará como contraparte técnica.
La coordinación y supervisión administrativa de la contratación, corresponderá al Subdirector Administrativo, quien además deberá velar por cumplimientos de oportunidad y de todos los aspectos relacionados con las materias de probidad y transparencia.
|
|
|
|
TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
|
Se deja expresa constancia que el presente contrato tiene el carácter de administrativo, y Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento de Compras Públicas.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
En relación a la resolución fundada de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el art. 132 del DS. 661/2024 del Ministerio de Hacienda.
En caso de término anticipado, el adjudicatario no tendrá derecho a solicitar indemnización alguna, sin perjuicio de la posibilidad de hacer valer sus derechos por las vías que el ordenamiento jurídico establece para ello.
|
|
|
|
DE LOS PRECIOS, CONDICIONES Y REAJUSTABILIDAD |
|
Se deja constancia que el precio es un factor que incide en la adjudicación de la presente Licitación, por lo que un menor precio ofertado puede ser relevante para la selección de la oferta.
La Oferta Económica entregada debe expresarse en pesos chilenos,y debe considerar en todos los costos asociados parala correcta y oportuna entrega de los servicios en el Hospital San Camilo de San Felipe.
Una vez conocido el valor adjudicado, el valor de los insumos podrán ser reajustados anualmente por periodo vencido, considerando fecha de inicio y fecha de término del primer año, para tal efecto se utilizará la calculadora del IPC de la página https://calculadoraipc.ine.cl/
El reajuste de precios debe ser solicitado por el adjudicatario cada año, para lo cual debe enviar una carta dirigida al Director del establecimiento, hasta los 15 días hábiles anteriores al vencimiento de los doce meses (12).
|
|
|
|