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1.- Generalidades |
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Las presentes Bases Administrativas Especiales se refieren a llamado a Propuesta Pública para el “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALES, QUILLÓN 2026”, a ejecutarse durante el período 2026, acorde lo indicado en punto N°7 de las presentes BAE, en dependencias del Edificio Consistorial y CESFAM Antiguo, comuna de Quillón.
En caso de haber cualquier discrepancia entre las Bases Administrativas, Ficha de Licitación, Contrato, Bases Técnicas y demás documentos, será facultad de la Municipalidad de Quillón, interpretarlas en la forma que mejor beneficie a la licitación.
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2.- Definiciones |
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Para todos los efectos de estas bases, los términos utilizados que se indican a continuación tienen el significado que en cada caso se precisa:
a) Adjudicatario: “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALES, QUILLÓN 2026” de acuerdo a lo solicitado.
b) Bases: Son el conjunto de normas y disposiciones que regulan el proceso de ejecución del servicio y a la cual queda sometida la relación del Municipio y el Oferente. Comprenden las Bases Administrativas Especiales, Especificaciones Técnicas, anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
c) Bases Técnicas: Son el conjunto de características que condicionan la ejecución de los proyecto, programa o actividad, que luego darán paso para que el proveedor elabore su propuesta de “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALES, QUILLÓN 2026”.
c) Contrato: Es el acto jurídico que establece los derechos y obligaciones precisas a que se sujetará la vinculación entre la Municipalidad y el Contratista en relación de ejecutar el requerimiento denominado “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALES, QUILLÓN 2026”.
d) Días: Siempre significa días corridos, salvo que específicamente en las bases se indique lo contrario.
e) Garantías Administrativas: Se refiere a garantías de seriedad de la oferta, a la de fiel cumplimiento del Contrato y correcta ejecución del servicio, según corresponda y se materializará a través de cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva.
f) I.T.S: Inspección Técnica del Servicio.
g) Mandante: Ilustre Municipalidad de Quillón.
h) Municipalidad: Es el término para identificar al Municipio de Quillón.
i) Oferente: Cualquier persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos para participar en la Propuesta Pública, privada o trato directo y que se encuentre inscrito en el Registro Chile-proveedores en estado vigente y hábil.
j) Oferta o Propuesta: Es el conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el Oferente, las que deberán ajustarse a los antecedentes exigidos.
k) Proveedor: Es el Adjudicatario cuya oferta ha derivado en un contrato firmado para hacerse cargo de la ejecución del proyecto de acuerdo a lo solicitado por la Municipalidad de Quillón en las presentes Bases Administrativas Especiales y documentos complementarios.
l) Unidad Técnica: Ilustre Municipalidad de Quillón, representada por su Alcalde, (o bien, quien lo subrogue).
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3.- Aplicación de normas de derecho |
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La presente licitación y su consecuente contrato se regirán exclusivamente por las presentes bases, Especificaciones Técnicas, anexos, oficios y enmiendas que formen parte del mismo y que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación hasta la fecha de respuesta de las aclaraciones.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación vigente en la materia.
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios correspondientes a la comuna de Quillón, ciudad donde las partes fijan su domicilio.
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4.- Condiciones de la licitación |
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4.1.- Modalidad de Contratación
Propuesta pública a suma alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, según calendario de licitación contenido en portal mercado público. Esta contratación incluye todos los antecedentes que conforman la presente licitación.
4.2.- Reglamentación
a) Las disposiciones contenidas en el Decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024 del Ministerio de Hacienda, donde aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024.
b) Ley Nº20.123, y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios.
c) Ley N°21.659 Sobre seguridad Privada
d) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores.
e) Legislación vigente que regule la contratación de servicios para los cuales se elaboraron las presentes bases.
4.3.- Orden de Prelación
Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de prelación de la documentación (en orden de mayor a menor importancia), será:
Prelación Administrativa
1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas.
2) Bases Administrativas Especiales Decretadas
3) Formularios.
4) Contrato.
Prelación técnica
1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas
2) Bases Técnicas del servicio, considérese todo lo relacionado con la adquisición del SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALES, QUILLÓN 2026, (según señala el punto N°5 del servicio).
3) Contrato.
La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del proveedor por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
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5.- Del servicio |
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Se contempla la contratación del SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALES, QUILLÓN 2026, correspondiente al resguardo de recintos municipales durante el año 2026.
El servicio requiere contratar los servicios de empresas, personas naturales o unión temporal de proveedores, para la prestación de servicios de seguridad y protección que garantizan la protección de personas, bienes e instalaciones, en estricto cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad privada, acorde requerimientos detallados en Bases Técnicas.
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CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS
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TIEMPO EJECUCIÓN SERVICIO
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ENTREGA DEL SERVICIO
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ü 06 guardias de Seguridad debidamente acreditados.
ü Debidamente uniformados y con su identificación.
ü Deben contar con Directiva de Funcionamiento.
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ü Desde el día 01 de marzo de 2026, hasta el 31 de diciembre de 2026
ü Horarios según punto N°2.2 letra a). de las Bases Técnicas
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ü 01 guardia edificio consistorial, calle 18 de septiembre N°250, Quillón
ü 01 guardia dirección de tránsito y salud, ex Cesfam, Calle Francisco Unzueta 159, Quillón.
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6.- Del precio |
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Presupuesto “Máximo” disponible para la presente licitación es de $60.000.000.- (sesenta millones de pesos), IVA incluido, sin reajuste ni intereses a suma alzada.
Cabe destacar que es necesario que el o los proponentes interesados oferten con el 100% del servicio descrito en las Bases Técnicas, para que su propuesta sea aceptada y evaluada.
La Unidad Técnica, podrá adjudicar la contratación cuando el monto ofertado no supere el monto indicado, conforme al marco presupuestario efectivamente autorizado.
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7.- De los plazos |
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El plazo para la ejecución del servicio, en todos sus detalles, es a contar del 01 de marzo del 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, acorde lo detallado en las bases técnicas.
Eventualmente, el contrato podrá ser extendido según necesidad del servicio y/o mientras se realiza un nuevo proceso de Licitación Pública, por un período de 60 días corridos, manteniendo los valores proporcionales del contrato inicial.
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8.- De la participación |
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Podrán participar en la propuesta todas las personas naturales o jurídicas que sean proveedores de los servicios requeridos o rubros solicitados y que cumplan con las exigencias que se indican en las presentes BAE, además de encontrarse debidamente inscritos y habilitados en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl
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9.- Calendario de la licitación |
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ACTIVIDAD
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PLAZO
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Fecha de Publicación
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Dentro de 1 día hábil desde la total tramitación del decreto que aprueba el llamado a licitación.
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Fecha inicio de preguntas
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02 días posterior a la fecha de publicación del llamado en el portal Mercadopublico.cl , de las presentes bases.
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Fecha cierre de preguntas
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02 días posterior a la fecha de inicio de preguntas del llamado, en portal Mercadopublico.cl
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Respuesta preguntas
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01 día posterior al cierre de preguntas en el portal Mercadopublico.cl
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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10 días corridos, posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal Mercadopublico.cl
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Fecha adjudicación
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Hasta 3 días posteriores a la fecha de apertura.
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NOTA: En caso que la fecha de cada actividad del proceso licitatorio, corresponda a un día sábado, domingo o festivo, será reemplazado al día hábil siguiente.
Si por algún motivo, la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado, se informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará nuevo plazo para la adjudicación. Art. N°58 del Reglamento de la Ley de Compras.
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10.- Consultas |
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Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°9 de las presentes Bases.
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11.- Respuestas a las consultas |
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Las respuestas a las consultas serán efectuadas únicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones es parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las bases administrativas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.
De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
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12.- Presentación de la oferta |
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La Propuesta a participar en la presente Licitación Pública, se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en formatos Word, Excel, Jpg o Pdf, los que deberán ser firmados por el representante legal.
Las propuestas, documentos formularios anexos y todo otro antecedente deberán presentarse en idioma español (o con traducción) y con los valores en moneda nacional, indicando claramente el valor neto y el de los impuestos IVA.
En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto.
La omisión de alguno de los documentos o información mínimos solicitados faculta a la Municipalidad a dejar fuera de bases.
12.1.- Archivo documentación administrativa, deberá incluir:
a) Formulario Anexo 1, Identificación del Oferente.
b) Formulario Anexo 2, Declaración Jurada simple.
c) Certificado de Declaración Jurada de Inicio de Actividades u otro afín emitido por el SII.
d) Patente municipal vigente.
e) Fotocopia de Cédula de Identidad del oferente y/o Representante legal
f) Declaración jurada de Unión Temporal de Proveedores (UTP), cuando corresponda.
g) El oferente deberá incluir un Programa de Integridad según lo establecido en dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°16.d) de las presentes Bases Administrativas Especiales (la no presentación del programa no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES).
h) Declaraciones Juradas simples de Trabajadores respecto del conocimiento del Programa de Integridad según punto N°16.d) de las presentes Bases Administrativas Especiales (la no presentación del programa no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES).
Cabe señalar, que, si el o los oferentes mantienen Documentos Legales vigentes en los Datos Abiertos de su Ficha de Proveedor de Mercado Público, éstos igualmente serán analizados.
12.2.- Archivo documentación técnica, deberá incluir:
a) Formulario N°3 Calidad de la propuesta, Plan y protocolo de trabajo, especificaciones y antecedentes de oferta técnica. Se debe indicar explícitamente:
• Número de guardias
• Personal de reemplazo
• Control y Supervisión
• Identificación de implementación personal que entregan a cada guardia, entre otros aspectos de interés.
Para lo indicado, deberán considerar desde lo mínimo exigido en las Bases Técnicas.
b) Formulario N°4 Remuneraciones al personal, donde deberá señalar la remuneración mensual líquida que percibirá cada trabajador.
c) Formulario N°5 Experiencia del Oferente, proporcionando nómina de servicios ejecutados durante los últimos 4 años con características similares al licitado, señalando: nombre del mandante, monto, unidad, año y en caso de ser servicio público, indicar ID licitación. En tal sentido, se deberá respaldar la información, a través de certificados emitidos por los mandantes en los cuales se señale claramente la labor realizada y término satisfactorio del servicio realizado, como también se podrán acreditar a través de facturas, con sus respectivas órdenes de compra (cuando corresponda).
12.3.- Archivo Propuesta Económica, deberá incluir:
a) Formulario N°6 Formulario Oferta Económica, Oferta económica, indicando valor unitario por guardia.
El valor de la oferta en el portal deberá coincidir con el valor total con IVA incluido, que determine la suma del presupuesto indicado en el presente formulario.
Todo antecedente requerido en el punto precedente, debe presentar fecha de emisión previa a la fecha de apertura de la presente Licitación.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases.
Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura, con salvedad de aquellos oferentes que no cuenten con equipamiento tecnológico podrá ser completa a mano con letra imprenta de manera clara y legible y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales.
La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
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13.- Apertura de la licitación |
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La apertura de la propuesta será en la fecha y horario definido en el cronograma de licitación expuesto en portal www.mercadopublico.cl. Y calendario expuesto en el punto 9 de las presentes bases.
El acto de apertura electrónica de la presente licitación se realizará en una sola etapa, esto es, se procederá a abrir tanto la oferta técnica, la oferta económica y Anexos exigidos. Dicho proceso se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Servicio estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previo certificado de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público.
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14.- Errores u omisiones detectados durante la evaluación |
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La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y período de evaluación.
Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal, errores en el precio de la oferta, como aquellos documentos que son sujeto a evaluación.
El plazo para la corrección de estas omisiones será de 25 horas, contadas desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante.
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15.- Garantías |
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a) Las Garantías podrán consistir en “cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva”.
b) Las Garantías deberán ser tomadas por el proponente, o por un tercero a su nombre, y no únicamente por el oferente o cualquiera de sus socios o integrantes, como se indica en el Dictamen N°18.171, de fecha 19.07.2018, de la Contraloría General de la República, ésta será emitida a la orden de la Ilustre Municipalidad de Quillón. RUT: 69.141.400-0.
c) Las garantías expresarán claramente lo que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar “el fiel cumplimiento de contrato".
d) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del proveedor y será este responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan.
e) El beneficiario (Mandante o Unidad Técnica según cada caso) estará facultado para hacer efectivas la garantía, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
f) Las garantías deberán ser pagaderas a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento.
g) La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento.
15.1 Garantía de fiel cumplimiento de contrato
El proponente que se adjudique la presente licitación pública, deberá ingresar en un plazo no superior a 2 días hábiles, posterior a la adjudicación de la oferta en el portal, una garantía que resguarde el "Fiel Cumplimiento del Contrato", por un monto equivalente al 5% del valor neto adjudicado, con la glosa: “Para garantizar el Fiel cumplimiento del Servicio de seguridad y vigilancia para dependencias municipales, Quillón 2026”, con una vigencia del plazo contractual aumentado en 60 días. La que debe ser ingresada por oficina de partes con copia a los correos electrónicos secretariasecplan@quillon.cl y oficinadepartes@quillon.cl, antes de las 13:00 horas del día indicado como plazo máximo de su recepción. La garantía deberá ser a la vista e irrevocable.
En caso de existir aumento de plazo, la garantía del fiel cumplimiento del contrato, deberá reemplazarse o renovarse contemplándose el mayor plazo. En tal sentido, la empresa deberá ingresar la nueva boleta con al menos 05 días hábiles de anticipación a la expiración al plazo original.
La Municipalidad estará facultada para hacer efectivo el documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de sus obligaciones por parte del proveedor. En tal sentido, se puede hacer efectiva para efectuar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al proveedor; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable.
El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. De existir tal demanda o acción legal, la Municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía.
La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad correspondiente.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.S.
La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Cumplimiento Obligaciones Laborales y Previsionales se hará efectiva también en los siguientes casos:
a) La declaración o sometimiento del proveedor a un proceso de liquidación o reorganización concursal o el estado de notoria insolvencia del mismo, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley 19.886.
b) Si los representantes o el personal del Proveedor han sido condenados por cualquiera de los delitos contemplado en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
c) En caso de término anticipado del contrato según las causales establecidas en las presentes bases, con excepción del término anticipado de contrato por mutuo acuerdo de las partes.
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16.- Evaluación de las ofertas |
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Los integrantes de la comisión de evaluación, serán sujetos pasivos según lo dispuesto en la Ley Nº20.730, que Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, por el periodo que dure el proceso de evaluación y estará constituida por los siguientes funcionarios o quienes subroguen:
NOMBRE UNIDAD
Francisco Salazar Aguilar Director de Seguridad Ciudadana
Juan Fuentealba Montero Profesional Administración
Fátima Fuentealba Arriagada Profesional SECPLAN
Edgardo Carlos Hidalgo Varela Secretario Municipal, Ministro de Fe
Los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.
Para todos los efectos legales, en caso de ausencia de algún integrante titular, pasa a formar parte de la comisión respectiva quien corresponda, o quienes los subroguen o designen. De no poder conformarse dicha comisión por falta de más de la mitad de los integrantes, será quien determine el señor Alcalde mediante Decreto Alcaldicio, los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.
Vale decir que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 del Decreto N°661, del 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda que, que aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024, los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
Sólo serán consideradas en el proceso de evaluación de las ofertas las propuestas que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y, por ende, procede su evaluación.
La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles se realizará en una etapa, considerando los criterios de evaluación de acuerdo con las siguientes ponderaciones:
LETRA CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
a) PRECIO 30%
b) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 20%
c) CALIDAD DE LA PROPUESTA 20%
d) REMUNERACIONES AL PERSONAL 20%
e) PROGRAMA DE INTEGRIDAD 5%
f) CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 5%
a) PRECIO (PONDERACIÓN 30%)
De acuerdo a lo señalado en el punto Nº6 de las presentes Bases especiales, de haber incongruencia entre propuesta en Formulario oferta económica y propuesta ofertada en el portal www.mercadopublico.cl, se considerará la información entregada en el Formulario Anexo N°6.
Fórmula: (Menor Precio Ofertado) * 100 = Puntaje a ponderar
(Precio oferta a evaluar)
La oferta que presente un valor superior al monto máximo disponible, o no presenta información la oferta quedará automáticamente fuera de bases.
b) EXPERIENCIA DEL OFERENTE (PONDERACIÓN 20%)
El Oferente debe ingresar Formulario Anexo N°5, donde deberá indicar servicios ejecutados, con características o superiores a la presente licitación, de acuerdo a lo requerido, cuya información será respaldada con documentos adjuntos tales como: Certificados, Facturas u Órdenes de Compra y/o contratos personalizados, por trabajo realizado.
Características de la Oferta Puntaje
El oferente presenta experiencia en 10 ó más servicios de la misma índole y similar monto (Servicio de vigilancia privada en edificios públicos y espacios municipales). 100
El oferente presenta experiencia entre 6 a 9 servicios de la misma índole y similar monto (Servicio de vigilancia privada en edificios públicos y espacios municipales). 60
El oferente presenta experiencia entre 3 a 5 servicios de la misma índole y similar monto (Servicio de vigilancia privada en edificios públicos y espacios municipales). 30
El oferente presenta experiencia entre 1 a 2 servicios de la misma índole y similar monto (Servicio de vigilancia privada en edificios públicos y espacios municipales). 10
Sin experiencia o no informa 0
c) CALIDAD DE LA PROPUESTA (Ponderación 20%)
Los oferentes deberán describir en detalle su propuesta, Formulario Anexo N°3. Se evaluará lo establecido en Bases Técnicas.
Características de la Oferta Puntaje
Presenta Formulario N°3 “Calidad de la Propuesta”, completo, asegurando cumplir con los requisitos establecidos en las bases de licitación, considerando la idoneidad de los servicios de acuerdo a lo establecido en las Bases Técnicas (vigencia, dotación, turnos, cobertura de espacios, certificación del personal, uniforme y otros accesorios, conocimiento de primeros auxilios, garantía del servicio, entre otros) 100
Presenta Formulario N°3 “Calidad de la Propuesta” completa. Sin embargo, el detalle señalado en el Formulario N°3 “Calidad de la Propuesta”, no contiene la totalidad del detalle, ni sus características, de acuerdo con lo exigido en las bases de licitación y la comisión considera que la propuesta sin detalles, es viable. 50
Presenta Formulario N°3 “Calidad de la Propuesta”, incompleto, carece de detalle para asegurar la entrega del servicio en forma satisfactoria o no se relaciona a lo solicitado en las bases de licitación.
No presenta calidad de la propuesta con plan o protocolo de trabajo Fuera de Bases
d) CONTRATACION DE MANO DE OBRA (Ponderación 20%)
Se evaluará el rango de remuneración mensual líquido a pago a cancelar al personal contratado, según el siguiente detalle:
Tramo de remuneración líquida Puntaje
$690.000.- y más 100
Entre $650.000.- y $689.999.- 80
Entre $600.000.- y $649.999.- 60
Entre $550.000.- y $599.999.- 40
Desde el salario mínimo de $539.000.- hasta $549.999.- 20
e) PROGRAMA DE INTEGRIDAD (5%)
El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, tal como se exige en el dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023.
La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de éste por parte de sus trabajadores, según el siguiente detalle:
DETALLE PUNTAJE
Cuenta con programa de integridad, y es conocido por todo su personal. 100
Cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal. 40
No presenta programa de integridad. 0
La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser, a través de una declaración jurada simple u otro documento que acredite la toma de conocimiento por cada uno de sus trabajadores.
NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos sus trabajadores.
La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores.
f) CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (5%)
DETALLE PUNTAJE
Para la presentación de documentos omitidos en el punto 12.1, letras a) a la f) al momento de efectuar la oferta, la Unidad mandante podrá solicitarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando no otorguen al oferente una situación de privilegio. No afectando la igualdad de participación de los mismos. Los que deberán ser adjuntos a la plataforma en un plazo fatal de 25 horas. Presenta los documentos solicitados en el punto 12.1, letras a), b), c) y d), e), f), g), h), i), j), k) dentro de los plazos establecidos a través del portal www.mercadopublico.cl
100
Presenta documentación incompleta o fuera del plazo primitivo solicitada a través de foro inverso. 50
No presenta la documentación solicitada a través foro inverso.
Documentación presentada a través de foro inverso emitida posterior al cierre de recepción de las ofertas.
Documentación presentada se encuentra sin vigencia. Fuera de Bases
La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
16.1 Comportamiento contractual
Cuando el oferente haya sido contratado anteriormente por este municipio, se evaluará la experiencia de esta entidad con respecto al comportamiento contractual que presentó el proponente.
Entonces, si el proponente cumple con las condiciones para adjudicarse el proyecto, pero, presenta multas por atrasos o término anticipado de contrato, se facultará a la municipalidad para desestimar la eventual adjudicación y proceder con la segunda mejor opción.
16.2 Foro inverso
La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que este presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso.
Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, a excepción de los antecedentes indicados en los puntos 12.2 y 12.3, materia de evaluación, los que a falta de su presentación dejarán al proponente FUERA DE BASES.
Mientras que, la falta u omisión de antecedentes solicitados en el punto 12.1 letras g) y h), será materia de evaluación, acorde a lo indicado en el Punto N°16, letra e). Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar y comprobar otros antecedentes del oferente que permitan determinar que la adquisición será ejecutada correctamente.
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17.- Mecanismo de resolución de empates |
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En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio Oferta económica. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Calidad de la propuesta. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Remuneraciones al personal. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Experiencia del Oferente, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Programa de integridad, y por último, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los requisitos formales.
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18.- De la adjudicación |
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Se adjudicará a un único oferente en el respectivo proceso licitatorio, adjudicando al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°17 “Mecanismo de resolución de empates” en caso de que dos o más oferentes se encuentren con el mismo puntaje.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo N°9 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
18.1 Readjudicación
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:
1. Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula N°18, último párrafo, de las presentes bases.
2. No se inscribe en el Registro de Proveedores dentro del plazo señalado en las presentes bases, si procede.
3. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado.
4. No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N°12 de las presentes bases.
5. De conformidad con lo señalado en la cláusula N°18 de estas bases, si no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación.
6. Si el producto o servicio adjudicado perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación cuando se produzca la situación anteriormente señalada.
7. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación.
8. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.
En caso de concurrir a alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo.
La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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19.- Del contrato |
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Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl. Respecto de la adjudicación del servicio, se deberá firmar el contrato dentro de un plazo de 04 días hábiles a contar de la adjudicación, de no poder cumplirse dicho plazo será facultad de municipio evaluar las situaciones que dieron origen al no cumplimiento, pudiendo ser mayor por causas justificadas, como por ejemplo que la contratación deba ser aprobada por concejo municipal.
El contrato tendrá una duración desde el 01 de marzo de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.
19.1- Orden de Compra
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl, quedará supeditado en su validez, el hecho que, dentro de un plazo no superior a 2 días hábiles, desde la emisión de la orden de compra esta sea aceptada por el proveedor.
19.2.- Coordinación:
El Adjudicatario deberá designar una persona que se relacionara con el ITS decretado para tales efectos, la cual tendrá el rol de coordinar todas las ejecuciones que emanen de esta licitación, y agilizar la resolución de los problemas que se presenten.
19.3.- Subcontratación:
No se permitirá la subcontratación del servicio de vigilancia. Al respecto, el adjudicatario deberá proveer de manera directa la totalidad de la propuesta ofertada.
Si durante el plazo del contrato del servicio, la Municipalidad requiere realizar la prórroga al contrato vigente por el tiempo que conlleve a un nuevo proceso de Licitación, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 30% del monto convenido originalmente entre las partes y si la empresa proveedora manifieste estar de acuerdo, se podrá realizar, formalizando la relación contractual de ésta, a través de la emisión de un anexo de contrato y posterior emisión de órdenes de compra, según sea la necesidad del servicio.
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20.- Prohibición de ceder o transferir el contrato |
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En cuanto a las obligaciones comprometidas por el Contratista, no podrá ceder o transferir el contrato, a persona natural o jurídica alguna. Sin embargo, y previa autorización municipal podrá subcontratar servicios contenidos en la presente licitación, conservándose como responsable directo ante la Municipalidad.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el “Contratista” se establecen, facultará a la “Municipalidad” para poner término anticipado al contrato.
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21.- Supervisión |
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La adquisición del servicio será supervisada por una Contraparte Técnica I.T.S. que será designada al momento de la adjudicación, quien tendrá la función de revisar la recepción e idoneidad de los servicios y exigir a los proveedores las correcciones que procedan. Lo anterior de acuerdo a lo definido en la reglamentación que la rige. La Contraparte Técnica cursará y visará el estado de pago según se indica en el punto N°22 de las presentes BAE, de acuerdo a las etapas prefijadas en las Bases Administrativas.
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22.- Estados de pagos |
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El precio de la adquisición se liquidará mediante estados de pago mensuales, una vez que se haya entregado con éxito la totalidad de los servicios solicitados durante cada mes calendario y posterior a la emisión de Informe del ITS y Certificado de conformidad de la Unidad Mandante indicando que se ha recepcionado el 100% del servicio requerido, dentro de los plazos establecidos.
Para dar curso al estado de pago el proveedor del servicio deberá acompañar los siguientes documentos:
a) Factura Electrónica a nombre de:
Nombre : I. Municipalidad de Quillón
RUT : 69.141.400-0
Giro : Servicios
Dirección : 18 de septiembre Nº250, Quillón
b) Orden de Compra correspondiente, en estado aceptada.
c) Medios de verificación (set de a lo menos 10 imágenes de la prestación del servicio por mes).
d) Otros antecedentes que pudiera solicitar el ITS.
e) En el primer estado de pago, se deberá remitir:
- Acreditación con certificaciones de la dirección del trabajo que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
- Copia protocolizada de contratos de trabajo vigentes.
- Nómina de Trabajadores del mes inmediatamente anterior, firmada por el contratista.
- Contratos de trabajo de sus trabajadores, anexos, liquidaciones de sueldo
- Directiva de funcionamiento
- (desde el 2do estado de pago) además adjuntar, F30 de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
- Anexos (si corresponde), liquidaciones de sueldo e imposiciones del mes inmediatamente anterior.
OBSERVACIÓN: La Municipalidad sólo pagará las facturas debidamente cursadas, en un plazo de 30 días posterior al ingreso de la factura por oficina de partes.
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23.- Obligaciones y responsabilidades del proveedor |
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El proveedor, deberá entregar del servicio de acuerdo a la propuesta presentada en su oferta y a la calidad de servicio exigida en estas bases. En caso de duda primará el criterio de la Municipalidad.
Será responsabilidad del proveedor, cumplir con el 100% de lo estipulado en el “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALES, QUILLÓN 2026”. Por lo que, ante cualquier eventualidad o percance para la ejecución de éste, será el proveedor el encargado de restituir el servicio, solucionar los problemas, según corresponda y siempre que la causa del inconveniente sea ajena a la responsabilidad de la Municipalidad.
Se deja en claro que el Proveedor es el único responsable del personal contratado y de velar por su correcto desempeño. En tal sentido, debe mantener los contratos del personal vigente, sus remuneraciones canceladas y sus cotizaciones previsionales y de salud; en general, debe dar cumplimiento a todas las leyes laborales, previsionales, de seguridad y tributarias vigentes.
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24.- De las modificaciones |
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Las condiciones del servicio que se estipula en las bases técnicas y en la hoja de oferta son inamovibles, la oferta es a precio fijo y no corresponderá pagar mayores servicios ejecutados por el Proveedor, aun cuando exista cualquier error en los estudios realizados.
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25.- De las multas |
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Si el oferente no cumpliera con el servicio ofrecido de acuerdo a lo detallado en Formulario N°3 Calidad de la propuesta, la Ilustre Municipalidad de Quillón quedará facultada para aplicar multas, de acuerdo a los criterios, detallados en la tabla siguiente:
TIPO CAUSAL MONTO
Leve Incumplimiento en cualquiera de los requerimientos sobre el equipamiento de cada Guardia seguridad (implementación personal)
Incumplimiento a las instrucciones otorgadas por el I.T.S.
Punto 2.2 letras g) y h) de las Bases Técnicas. 1,0 UTM
Moderado Servicio que no cumpla con las condiciones requeridas u ofertadas en la implementación del servicio y que no cumpla con el Punto N°2 y 3 de las Bases Técnicas. 1,5 UTM
Grave Incumplimiento a los requisitos mínimos establecidos en las Bases Técnicas (calidad de la oferta v/s calidad de lo entregado) 2 UTM
Muy Grave Incumplimiento reiterado (5 o más eventos) por ausencia o falencia en las características del servicio solicitado o que no proporcione lo señalado en la propuesta. 3 UTM
El valor UTM, corresponderá al día en que se informe la aplicación de multa.
(*) En el caso que el adjudicatario realice el servicio con usencia o falencias en las características de los servicios solicitados o que no correspondan a lo ofertado, se exigirá la normalización de las condiciones, cantidad y calidad de los servicios no proporcionados, o proporcionado con errores o diferentes, con la finalidad de restablecer y/o mejorar las condiciones iniciales de entrega de los servicios, además se aplicará multa estipulada en tabla precedente.
Será el ITS, quien se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas o salvedades, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar la buena calidad y totalidad del servicio según día de inicio requerido.
Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato.
Las multas serán descontadas del estado de pago en curso (mensual).
Será facultad del Sr. Alcalde, aplicar, rebajar o desestimar completamente la multa, en virtud de los descargos y pertinencia de éstos.
En el caso donde las multas superen el margen indicado, la Municipalidad estará facultada para dar término anticipado al contrato.
Procedimiento de multas:
1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega del servicio, del ITS y/o quien le subrogue o designen.
2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación.
3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) I.T.S.
4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica, rebaja o desestima multas, de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico.
5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.
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26.- Término anticipado del contrato |
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Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1.- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2.- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3.- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4.- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5.- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del Reglamento de la Ley 19.886. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este Reglamento.
6.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7.- Las demás establecidas en la ley, en la respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
8.- Incumplimiento reiterado (10 o más eventos) por ausencia o falencia en las características del (los) servicios solicitados, que no proporcione (n) satisfacción a lo ofertado
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27.- Del domicilio y jurisdicción aplicable |
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Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Quillón y prorrogan la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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