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Participantes |
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Podrán participar en la licitación todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cumplan con los requisitos indicados en las Bases Administrativas y Términos Técnicos de Referencias (TDR), que regulan la presente licitación y no incurran en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar con la I. Municipalidad de General Lagos, señaladas en el artículo 4° de la Ley Nº 19.886.
Se excluirá a los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados, dentro de los anteriores dos años, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
De la misma forma, se excluirá a los oferentes que, al momento de presentación de la oferta, se encuentren inhabilitados por condenas de acuerdo a lo dispuesto en el art. 10 de la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
Igualmente, se excluirá a los oferentes que tengan condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato.
Los oferentes, personas naturales o jurídicas, deberán cumplir los siguientes requisitos, que acreditarán de la forma que en cada caso se indica, según se encuentren o no inscritos en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, en adelante el Registro, Chile Proveedores, www.chileproveedores.cl.
Respecto de la Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, afectarán a cada uno de sus integrantes individualmente considerados.
Los proponentes declaran expresamente que con la presentación de sus ofertas se entenderá, para todos los efectos a que haya lugar, que conocen y aceptan íntegra y cabalmente el contenido de las presentes Bases, especialmente en cuanto a las obligaciones que tendrán y en cuanto a la facultad de la Municipalidad de rechazar las ofertas en los casos y formas que las bases indican.
Oferentes inscritos en el registro
Los oferentes inscritos en el Registro de Chileproveedores podrán acreditar todos los antecedentes solicitados en la sección “Documentos acreditados” del Registro, debiendo indicarlo así en la presentación de la oferta. Esta información se considerará de carácter oficial.
Oferentes no inscritos en el Registro
Tratándose de participantes, sean éstos personas naturales o jurídicas, que al momento de la apertura no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl un curriculum empresarial que contenga los datos de identificación del oferente, este documento deberá contener su nombre o razón social, el número de RUT de la empresa o cédula nacional de identidad del oferente, según corresponda, el nombre y número de cédula nacional de identidad del representante legal, si se trata de una sociedad y el domicilio comercial, número de teléfono, fax y correo electrónico.
Por último, todos los participantes, inscritos o no inscritos en el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl o acreditar en ChileProveedores los siguientes documentos:
Personas naturales
REQUISITOS/ANTECEDENTES
Fotocopia cédula de identidad.
Declaración Jurada según formato Anexo N° 5, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886.
Personas jurídicas
REQUISITOS/ANTECEDENTES
Fotocopia Rut de la Empresa
Fotocopia de cédula de identidad del representante legal
Declaración Jurada según formato Anexo N° 5, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886.
Si es Unión Temporal de Proveedores:
• Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
• Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, debiendo igualmente adjuntarse. letras a, b y c
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Modalidad de la oferta |
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En moneda nacional, es decir pesos chilenos; valor a precio unitario, sin reajustes, ni intereses.
La Oferta deberá ser presentada en el Portal Chile Compra, dentro del plazo estipulado para este fin.
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Antecedentes |
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Las Bases Generales Administrativas y Términos técnicos de Referencias (TDR) se publicarán en el Portal Mercado Público, de forma gratuita, en los días estipulados en el proceso de llamado a licitación pública.
Será responsabilidad del oferente ver y descargar los anexos y demás antecedentes que se encuentren publicados en el PORTAL CHILECOMPRA (www.chilecompra.cl), según Ley Nº 19.886, bajo el ID correspondiente a la presente licitación pública.
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Obligaciones laborales y previsionales |
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De conformidad a lo señalado en el art. 4° de la ley N° 19.886, para efectos del pago, el oferente adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, acompañando el certificado respectivo de la Dirección del Trabajo.
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Consultas y aclaraciones |
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Las consultas que los oferentes quisieran formular deberán ser realizadas a través de un foro electrónico disponible en www.mercadopublico.cl, conectando el ID correspondiente a la presente licitación, desde el día de la publicación, hasta el día y dentro del horario que se determine el Portal www.mercadopublico.cl .
Las respuestas y las aclaraciones si las hubiere, serán emitidas por las instancias técnicas de la I. Municipalidad de General Lagos que tendrán participación en el presente proceso licitatorio, al día siguiente al cierre de las consultas de los oferentes, dentro del horario que determine el Portal www.mercadopublico.cl.
Se deja constancia que las respuestas y aclaraciones sólo se efectuarán, a través del foro electrónico existente en el portal www.mercadopublico.cl.
Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones, se entenderán incorporadas a las presentes Bases Administrativas en todo aquello que las complemente o rectifique y que no sea expresamente excluido por el Servicio.
Por otra parte, la I. Municipalidad de General Lagos, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de ofertas.
Se entenderá que estas aclaraciones contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases Administrativas y/o Técnicas, según sea la naturaleza de la materia tratada y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
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Vigencia de la oferta |
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La oferta deberá tener una vigencia mínima de 30 días corridos, contados desde la fecha de apertura de las ofertas. La oferta cuyo período de vigencia sea inferior será rechazada por no ajustarse a este requisito. En caso que el oferente no indique el plazo de vigencia de la oferta, se entenderá que ella lo es por todo el período señalado anteriormente.
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Consultas aclaratorias a los oferentes |
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A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de las ofertas técnicas y/o de las ofertas económicas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que aclaren aspectos determinados de las mismas, sin que estas aclaraciones signifiquen, en ningún caso, un cambio a la oferta presentada o impliquen una situación de ventaja de un oferente por sobre los demás.
La solicitud de aclaración y la respuesta se efectuará a través del Sistema www.mercadopublico.cl. Las respuestas obtenidas, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la oferta.
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Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación |
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La comisión de Licitación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de Igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de la misma. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta |
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A solicitud del municipio, los oferentes deberán presentar los antecedentes exigidos en el punto 1.8.1 y 1.8.2 de estas bases que hayan omitido al momento de presentación de las ofertas, siempre que esos antecedentes se hayan producido con anterioridad al vencimiento del plazo para efectuar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Las certificaciones o antecedentes antes señalados deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 02 días corridos, contados desde el día siguiente al de su aviso vía electrónica.
Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, la oferta será declarada inadmisible.
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Cierre del proceso de evaluación |
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De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el Acta de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando los artículos que habrían sido vulnerados
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Rechazo de ofertas |
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La I. Municipalidad de General Lagos, se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta e, incluso, rechazarlas todas, si del examen practicado por la Comisión Evaluadora, según los criterios de evaluación, se estimare que ellas no son convenientes a sus intereses.
Si todas las ofertas fueren rechazadas, la I. Municipalidad de General Lagos declarará desierta la licitación, mediante resolución fundada. De igual manera se declarará la inadmisibilidad de las ofertas.
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Adjudicación |
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La adjudicación de la propuesta se efectuará mediante Decreto Alcaldicio fundado, en la fecha indicada en el cronograma de licitación publicado en la página web www.mercadopúblico.cl bajo el ID de la misma, y se entenderá notificada luego de transcurridas 24 horas, desde que el MUNICIPIO la publique en la referida página Web (www.mercadopublico.cl).
En caso de que la adjudicación no se realice en dicho plazo, se informaran los motivos de dicho incumplimiento, indicándose en el sistema Mercado Publico, un nuevo plazo para la Adjudicación.
El MUNICIPIO se reserva el derecho de adjudicar cualquier de las ofertas que cumpla con los requisitos de la presente licitación y en su conjunto, evaluados todos los criterios de ponderación, resulte la más conveniente para los intereses de la institución, aunque no sea la de más bajo costo.
Asimismo, El MUNICIPIO se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación o inadmisibles las propuestas, mediante Resolución fundada en los casos establecidos en el art. 9 de la ley Nª 19.886.
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Readjudicación |
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Sin perjuicio de lo anterior, se deja establecido que, si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no firma el contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Resolución de consultas respecto de la adjudicación |
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El proponente que desee efectuar algún reclamo u observación, deberá hacerlo a través del portal mercadopúblico.cl, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
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Vigencia y plazo del contrato |
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La relación contractual que se produzca entre el adjudicatario y el municipio como resultado de la adjudicación de la licitación comenzará a regir a contar de la fecha de publicación en el sistema de mercadopúblico.cl de la resolución alcaldicia que aprueba el contrato y se extenderá hasta el 31 de diciembre, hasta que se complete el ultimo servicio de la ronda medica.
Sin perjuicio de lo anterior, el referido contrato se regirá por la oferta del proveedor, las disposiciones de la ley N° 18695, antes citadas, la ley N° 19.886 y su Reglamento en forma supletoria, junto a lo dispuesto en la ley N° 19.880 y a las normas del derecho civil, todas los cuales pasan a formar parte integrante del presente trato directo, exceptuándose aquellas disposiciones que no sean conciliables con la contratación directa como mecanismo de contratación.
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Resolución o termino anticipado del contrato por incumplimiento grave |
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En caso de incumplimiento grave de las obligaciones que emanan de las presentes bases o del contrato, por parte del oferente adjudicado, el municipio podrá, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley Nº 19.886, terminar anticipadamente el contrato. Para esos efectos, se entenderá por incumplimiento grave:
a) Si el oferente adjudicado fuere declarado en quiebra, en insolvencia notoria; o si se disolviere;
b) Si el oferente adjudicado resulta condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
c) Si el oferente adjudicado cede o transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública o del contrato que suscriba con el municipio, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
d) Incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario correspondientes al servicio licitado y su oferta, ya sea en calidad, precio, no prestar el servicio con los vehículos ofertados, no prestar el servicio en los días solicitados en 02 oportunidades en el mes o 08 veces mientras duré el contrato, prestar el servicio con retraso en los horarios en 02 oportunidades en el mes o 08 veces mientras dure el contrato, prestar servicio todo un mes con el vehículo de reemplazo u otro elemento debidamente informado por la contraparte técnica del municipio, designada mediante Decreto Alcaldicio para tal efecto.
d) Las demás disposiciones de las presentes Bases de licitación que indiquen expresamente que una conducta determinada será considerada causal de término anticipado de contrato.
Verificada la ocurrencia de cualquiera de las situaciones antes enunciadas, el municipio podrá poner término anticipado al contrato, dictando el acto administrativo correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, el municipio estará facultado para perseguir judicialmente la reparación de los perjuicios no cubiertos con la citada garantía que se le hayan ocasionado a esta Corporación Edilicia.
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Resolución o termino anticipado del contrato por otras situaciones |
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El contrato a que dé lugar la presente licitación podrá terminar anticipadamente por mutuo acuerdo de las partes o por razones de caso fortuito o fuerza mayor, debiendo dictarse un decreto alcaldicio fundado para tal efecto donde conste el acuerdo alcanzado por las partes y las razones que dan lugar a ello.
En caso de resolverse la contratación en forma anticipada por mutuo acuerdo de las partes, no habrá lugar a indemnización alguna por parte del municipio al contratista.
En este caso las partes deberán liquidar el contrato a fin de establecer la situación de garantías, pagos y multas que pudiesen adeudarse.
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Forma de pago |
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Facturación mensual, una vez efectuada la recepción total de los servicios en el mes, el adjudicatario deberá emitir la factura por el monto adjudicado y contratado, previa certificación de recepción de los servicios prestados.
La facturación deberá hacerse a nombre de la I. Municipalidad de General Lagos Calle Ignacio Carrera Pinto S/N°, Comuna General Lagos, RUT N° 69.250.700-2, señalando el nombre del proyecto, y el ID de la Propuesta Pública y N° de Orden de Compra.
Además, deberá adjuntar a la factura la respectiva orden de compra en estado aceptada.
a) Documentos a presentar para el pago:
1. Factura a nombre de la I. Municipalidad de General Lagos, RUT: 69.250.700-2, dirección. Carrera Pinto S/N°, Comuna General Lagos (original) y dos copias
2. Copia de la bitácora de las salidas a terreno
3. Listados y fotografías de los servicios prestados, relación de pasajeros.
4. Orden de compra en estado aceptada
El municipio podrá objetar o reclamar respecto del contenido de la factura dentro de los 08 días corridos después de su recepción.
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Contraparte técnica |
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La contraparte técnica del municipio corresponderá a la Encargada del Departamento de Salud, o quien la subrogue, quien deberá velar por la correcta ejecución del contrato y certificar el cumplimiento de las condiciones del mismo para efectos de los pagos, multas e incumplimiento de las obligaciones que el contrato impone al oferente adjudicado, siempre que proceda. -
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