Licitación ID: 1735-20-LE26
SERVICIO DE ESTUDIO GEOFISICO DE PROSPECCION AGUAS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE ARAUCO
Fecha de Cierre: 05-05-2026 12:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 17
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Estudios geofísicos 1 Unidad
Cod: 81151901
SERVICIO DE ESTUDIO GEOFISICO DE PROSPECCION AGUAS SUBTERRANEAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ESTUDIO GEOFISICO DE PROSPECCION AGUAS
Estado:
Publicada
Descripción:
La presente licitación tiene como objetico establecer los requisitos técnicos para la contratación de un Estudio Geofísico de Prospección de Aguas subterráneas, utilizando tecnologías de tomografía de resistividad eléctrica.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Secretaría Comunal de Planificación
R.U.T.:
69.160.100-5
Dirección:
ESMERALDA 411
Comuna:
Arauco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-05-2026 12:00:00
Fecha de Publicación: 21-04-2026 18:21:45
Fecha inicio de preguntas: 22-04-2026 8:00:00
Fecha final de preguntas: 27-04-2026 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-04-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-05-2026 12:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-05-2026 12:05:00
Fecha de Adjudicación: 20-05-2026 16:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 6.1 “Anexos Administrativos”: Los “Documentos Anexos” a ingresar en el Portal Mercado Público son los siguientes: a) Identificación del oferente de acuerdo a formato adjunto a las Bases de la Licitación b) Declaración jurada simple según formato adjunto a las Bases de la Licitación. c) Declaración jurada simple que no presenta “Condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador y Deudas con Trabajadores”, Ley 20.238. Todo lo anterior contenido en el Formulario 1. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquel deberá presentar una Declaración jurada por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso. d) La experiencia del oferente deberá acreditarse mediante la presentación del Formulario N°2 y la documentación de respaldo correspondiente. Se aceptarán certificados o documentos emitidos por algún Organismo Público y /o Empresas Privadas que acrediten experiencia en Hidrogeología o con experiencia en aguas subterráneas o consultoras dedicadas al desarrollo de estudios geofísicos. Se considera solo la experiencia debidamente certificada por el consultor El oferente deberá detallar en cada certificado el tipo de trabajo realizado. No se aceptarán como respaldo contratos, órdenes de compra ni certificados de recepción provisorios con observaciones, facturas, decreto de adjudicación y/o auto certificados. Observación: Solo se considerará la experiencia presentada debidamente certificada, correspondiente a la Empresa Consultora, y no la experiencia individual de los socios, profesionales de planta ni de personas que mantengan un contrato de trabajo con la empresa oferente. En el caso de que el oferente sea una persona natural, solo se considerará la experiencia que esté acreditada directamente a su nombre. En el caso de UTP se considerará la suma de la experiencia de cada integrante. Los documentos aportados deben ser legibles y expresar claramente los proyectos asociados. En todo caso la Municipalidad se reserva el derecho de corroborar la información entregada. e) Se deberá detallar el plazo de entrega de los informes conforme al formato adjunto a las presentes Bases de Licitación (Formulario 3), de acuerdo con el plazo máximo establecido para cada etapa de entrega de informes, según lo señalado en el punto 11 de las presentes Bases. Asimismo, se deja establecido que el plazo para la entrega de los informes comenzará a regir a partir de la fecha de inicio de la primera etapa, indicada en el Acta de Inicio del Estudio. Cabe señalar que el acta de inicio del servicio constituye el único documento que acredita el inicio efectivo del estudio. f) declaración de Programa de Integridad y Ética Empresarial” (Formulario 4). Mediante este formulario, el oferente deberá acreditar obligatoriamente la existencia en su empresa de un Programa de Integridad y Ética Empresarial, el cual debe ser conocido y aplicado efectivamente por su personal, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Supremo N° 661, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. Para estos efectos, el oferente deberá adjuntar verificadores suficientes que acrediten dicha difusión y aplicación. En caso de contar con un Programa de Integridad, el oferente deberá acompañar copia íntegra del mismo junto a los antecedentes de su oferta, y acreditar su difusión interna mediante correo electrónico masivo, comunicado interno publicado en la página web, incorporación en su Reglamento Interno, u otro medio idóneo, que permita verificar objetivamente que dicho programa es conocido por su personal. Para los efectos de estas Bases, se entenderá por Programa de Integridad cualquier sistema de gestión destinado a prevenir y, en su caso, identificar y sancionar infracciones a leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos, promoviendo una cultura de cumplimiento normativo al interior de la organización. La presentación del Formulario 4 constituye un requisito esencial para la evaluación de este criterio. En consecuencia, si el Formulario 4 no se presenta conjuntamente con la oferta, o bien no contiene todos los datos requeridos o no se encuentra debidamente firmado, se entenderá, para todos los efectos de la evaluación, que el oferente no cuenta con un Programa de Integridad y Ética Empresarial. Del mismo modo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa cuando así lo declare expresamente o cuando no acompañe copia del Programa de Integridad y Ética Empresarial junto a su difusión interna. Tratándose de oferentes personas naturales, este criterio será evaluado asignándose el puntaje correspondiente únicamente si acreditan haber cursado capacitaciones, diplomados o cursos en materias de compliance o integridad, mediante documentos fidedignos tales como certificados u otros antecedentes equivalentes. Solo se otorgará puntaje a aquellas oferentes personas naturales que acrediten el cumplimiento íntegro de estas condiciones. Finalmente, cuando la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), la exigencia antes señalada resulta plenamente aplicable a cada uno de los integrantes que la conforman, debiendo todos ellos cumplir individualmente con la presentación válida de la Declaración de Programa de Integridad y Ética Empresarial (Formulario 4), en los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases. g) Antecedentes Legales Persona Jurídica: Copia de la inscripción de la sociedad, sus modificaciones si las hubiere y el poder de su representante, ambos con vigencia a la fecha de la apertura de la licitación. Persona Natural: copia digitalizada de la Cedula de Identidad. Unión Temporal de Proveedores (UTP): Documento que formaliza la Unión Temporal de Proveedores conforme al artículo 180 y 181 del Decreto N° 661 que aprueba el reglamento de la ley 19.886. La omisión de información, respecto a lo requerido y verificado por la comisión evaluadora de las ofertas, será sancionada en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de Requisitos” cuando corresponda. h) Personal Responsable que se hará cargo de los estudios (Formulario 5), adjuntando Curriculum Vitae actualizado del profesional a cargo y Certificado de Estudio Profesional (Geólogo o Ingeniero Civil Geólogo, Ingeniero en Minas o Profesional del Área con las debidas competencias). i) Carta Gantt, en la cual programará los días que se destinará a cada actividad del Estudio, desglosado en etapas, con los tiempos asignados por actividad (días corridos), el cual debe ser coincidentes con el plazo ofertado, cuya presentación contenga las siguientes columnas: • Nombre de la actividad. • Duración en días corridos. • Actividades procesadoras. Para este efecto, deberá consideras cada una de las Etapas del estudio, señaladas en el punto 11 de las presentes Bases de Licitación
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- “Anexos Económicos”. La Propuesta Económica, deberá contener los siguientes documentos: a) Formulario Oferta Económica. (formulario 6). La cual debe ser presentada en pesos chilenos, de lo contrario se declarará oferta inadmisible. b) Presupuesto por Partida (Formulario 9) El valor del estudio podrá desglosarse por etapas, conforme a lo establecido en el punto 14 de las presentes Bases de Licitación, debiendo indicarse en todo caso el valor total del estudio (la suma de todas las etapas), cumpliendo lo que solicita el formulario 6. La Municipalidad de Arauco, podrá dar por presentados aquellos antecedentes que se encuentren disponibles en el Registro de Proveedores del Estado (Chile proveedores). Además, podrá consultar aquellos registros o base de datos de carácter público a los cuales tenga acceso, y que a su juicio sean necesarios. Todos los documentos requeridos, deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del sistema de información de Compras y Contrataciones de la administración. La Municipalidad o la comisión evaluadora, se reserva el derecho de calificar cualquier error aritmético o insuficiencia de algún documento, como error u omisión de tipo menor, siempre que no se alteren los principios que rigen la licitación. Además, La Municipalidad de Arauco se reserva el derecho de solicitar o verificar ante los organismos respectivos la información comercial, financiera y legal, presentada por los oferentes en su oferta. En caso que el oferente, hasta antes del cierre de recepción de ofertas omita algún antecedente de carácter “administrativo”, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 hrs. contados desde el requerimiento por parte de la municipalidad a través del foro “Aclaraciones a la Oferta” del portal Mercado Público. De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes Bases de Licitación, aquellas o aquellos proveedores que presenten “Anexos Administrativos” fuera de plazo de la hora cierre del proceso de licitación, serán evaluados con una ponderación inferior. Se exceptúa de esta opción la presentación de los “Anexos Económicos”, solicitados en el punto 6.2 de las presentes bases, los cuales deberán ser ingresados hasta antes de la hora de cierre de recepción de ofertas y en caso contrario la oferta será declarada INADMISIBLE. Los certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, podrán ser aceptados, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. La Municipalidad, podrá solicitar a los oferentes, a través del “Foro Inverso” del Portal Mercado Público, las aclaraciones o correcciones menores de la oferta, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a éstos, una situación de privilegio respecto a los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y el correspondiente trato igualitario de los oferentes, y se informe de dicha situación al resto de los oferentes a través del sistema de información.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROGRAMA INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL Se evaluará de acuerdo a lo declarado por el oferente en el formulario 6 “Declaración Programa de Integridad y Ética Empresarial” y documentación ingresada en portal Mercado Público. 5%, proveedor posee un Programa de Integridad que sea conocido por el personal, ingresando evidencia del programa y del conocimiento del mismo. 0%, Proveedor no posee un Programa de Integridad. En caso de que el proveedor indique en el Formulario 4 que cuenta con un programa de integridad, pero no presente la documentación correspondiente que lo respalde y/o no entregue evidencia de que dicho programa es conocido por su personal, la evaluación correspondiente será calificada con un 0%. 5%
2 Precio Mayor ponderación a oferta más económica. Formula a aplicar: X= (menor precio ofertado x 100/precio oferta) x 35% “Las ofertas que superen el presupuesto indicado en el punto 3 de las presentes bases de licitación, se declarada inadmisible”. 35%
3 Experiencia de los Oferentes Se evaluará de acuerdo a lo declarado por el Oferente en el Formulario 2 “Experiencia del Oferente” la cantidad de certificados o documentos del área en Estudios Geofísicos, aguas subterráneas e Hidrogeología. 20% 7 o más estudios ejecutados. 15% 6 Estudios ejecutados. 10% 5 Estudios ejecutados. 7% 4 Estudios ejecutados. 5% 3 Estudios ejecutados. 3% 2 Estudios ejecutados. 2% 1 o no tiene experiencia de Estudios ejecutados. No informa o no se puede comprobar, será declarada como oferta inadmisible 20%
4 Cumplimiento de los requisitos Se asignará el máximo de puntaje al o los oferentes que cumplan con todos los antecedentes solicitados al momento de la apertura de la Licitación. Adjunta correctamente todos los antecedentes solicitados 5% Adjunta los antecedentes solicitados, pero con un error menor y lo subsana correctamente a través del foro inverso 4% Adjunta los antecedentes solicitados, pero con dos o más errores y los subsana correctamente a través del foro inverso 3% No adjunta un documento “Anexo Administrativo” antes de la hora de cierre recepción de oferta del proceso de licitación, pero lo subsana correctamente al ser solicitado a través del foro inverso. 2% No adjunta dos o más documentos “Anexos Administrativos” antes de la hora de cierre de recepción de oferta del proceso de licitación, pero lo subsana correctamente al ser solicitado a través del foro inverso. 1% No da respuesta a la solicitud de subsanación a través del foro inverso 0% No obstante, otorgado el plazo de 48 horas desde la publicación del requerimiento para corregir el error detectado y/o acompañar los antecedentes faltantes solicitados en el foro inverso “Aclaraciones a la Oferta” y si estos no son ingresados, se procederá evaluar con un 0% en el criterio respectivo. Se exceptúa de esta opción la entrega de los “Anexos Económicos”, solicitados en el punto 6.2 “Anexos Económicos” de las presentes Bases, los cuales deberán ser ingresados hasta antes de la hora de cierre de ofertas y en caso contrario la oferta será declarada inadmisible. 5%
5 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL 10%, Proveedor no tiene reclamos y/o sanciones en los registros de la ficha del proveedor del portal Mercado Publico. 0%, proveedor tiene 1 o más reclamos y/o sanciones en los registros de la ficha del proveedor del portal Mercado Público. 10%
6 Plazo de Entrega Se asignará mayor puntaje a menor plazo de entrega de los informes del Estudio, teniendo como fecha máxima a lo indicado en el punto 11 de las presentes bases de licitación. 20% Menor plazo de entrega del proyecto. 15% Segundo menor plazo de entrega del proyecto. 10% Tercer menor plazo de entrega del proyecto. 5% Cuarto menor plazo de entrega del proyecto. 3% Quinto menor plazo o más de entrega del proyecto. No informa, será declarada como oferta inadmisible 20%
7 Otras Materias de Alto Impacto Social Se le asignará puntación de acuerdo a la ubicación de casa matriz registrada en la ficha Chile Proveedores y/o SII, considerando un criterio de Alto Impacto Social. 5% Ubicación en la Comuna o Provincia de Arauco. 3% Ubicación en la Región del Biobío. 1% Ubicación fuera de la Región del Biobío. Si la casa matriz está ubicada fuera del país o no informa oportunamente quedara automáticamente fuera de las bases. Esto con el fin de incentivar el impulso a las empresas de menor tamaño, la descentralización y el desarrollo social. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Gore
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Georgina Burgos
e-mail de responsable de pago: gburgos@muniarauco.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Arauco
Fecha de vencimiento: 21-08-2026
Monto: 5 %
Descripción: El Consultor deberá entregar para caucionar el Fiel Cumplimiento del Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales con los Trabajadores”, una Garantía por una cantidad mínima equivalente al 5% del valor neto del Contrato y una vigencia igual a la del plazo contractual aumentada en 90 días. La garantía deberá estar expresada en pesos y deberá ser entregada a la municipalidad, a más tardar, al momento de la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta una vez que la Municipalidad sancione, mediante Decreto Alcaldicio, la recepción conforme del Estudio en todas sus etapas como se señala en el punto 11 de las presentes bases y se verifique el cumplimiento íntegro de las obligaciones contractuales, laborales y previsionales del Consultor. Con todo, de existir modificaciones al contrato, que impliquen aumentos de plazos o monto del contrato, se deberá (n) renovar la (s) garantía (s) de acuerdo a las nuevas condiciones siendo responsabilidad del Consultor a cargo del estudio, la renovación oportuna de la(s) garantía(s)” en el plazo de, al menos, 20 días corridos antes de la expiración de su vigencia. El no cumplimiento de lo anterior, faculta a la Municipalidad para hacer efectiva esta garantía y, además, le faculta para poner término anticipado al contrato por causas imputables al proveedor
Glosa: Garantiza “Fiel cumplimiento del Contrato y Pago de las obligaciones laborales y previsionales con los Trabajadores” del proyecto “Servicio de Estudio Geofísico de Prospección Aguas Subterráneas en Sectores Pemerehue, Loma Larga, Bajo Raqui y Cerro Colorado de la comuna de Arauco, ID 1735-20-LE26”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta una vez que la Municipalidad sancione, mediante Decreto Alcaldicio, la recepción conforme del Estudio en todas sus etapas como se señala en el punto 11 de las presentes bases y se verifique el cumplimiento íntegro de las obligaciones contractuales, laborales y previsionales del Consultor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES:

En la eventualidad de generarse un empate entre 2 o más oferentes respecto a la evaluación final, se adjudicara al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de mayor ponderación “Oferta económica”  y en el caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en los siguientes criterios: Experiencia del Oferentey “Plazo de Ejecución del Estudiode persistir el empate, se utilizará como último criterio de desempate la primera oferta que haya sido ingresada.

La Municipalidad o la Comisión de evaluación se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta a aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.

Lo anterior se podrá verificar mediante registro o base de datos públicos, tales como Poder Judicial, Conservador de Bienes Raíces, Registro de Comercio, Dirección del Trabajo, Mercado Público, etc.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN.

El proceso de evaluación, se efectuará de acuerdo a los criterios establecidos en el 8 de las presentes Bases Administrativas.

En conformidad con lo establecido en el Articulo 35 ter de la ley N°19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán mantener contacto con los oferentes, durante el periodo de la evaluación, salvo a través de los mecanismos que se establezcan previa y expresamente en las bases de licitación, tales como solicitudes de aclaración de ofertas.

La Municipalidad a través de la Comisión de Evaluación, especialmente designada mediante Decreto Alcaldicio, analizará las ofertas y emitirá un Informe Técnico, en un plazo no superior a 15 días hábiles a contar de la fecha de la apertura de la licitación. Dicho Informe se someterá a consideración del Sr. Alcalde, quien adjudicará la licitación por medio de Decreto Alcaldicio, previo acuerdo del Concejo Municipal.

Aceptada la proposición de adjudicación, la Municipalidad, notificará de ésta al adjudicatorio mediante la publicación del Decreto Alcaldicio que se dicte al efecto en el portal www.mercadopublico.cl.

Conforme a lo establecido en el Artículo 9 del Decreto Nº 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 19.886, Ley de Compras Públicas, la notificación del Decreto Alcaldicio que adjudica la licitación al Oferente favorecido y a todos los proponentes, se entenderá realizada luego de transcurridas 24 horas, desde la publicación en el Portal www.mercadopublico.cl.

No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la Ley.

Solo podrán adjudicarse contratos cuyas ofertas hayan sido recibidas a través de los Sistemas Electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública.

La Municipalidad se reserva el derecho de admitir en esta instancia, aquellos documentos que presenten defectos de forma, errores y omisiones de menor importancia siempre y cuando no alteren el tratamiento igualitario de los Proponentes ni la adecuada evaluación de las ofertas.

Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes, a través del “Foro Inverso” del Portal Mercado Público”, que salven errores u omisiones formales, quienes deberán responder dentro del plazo de 48 horas de formulada la solicitud, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes. Esto es en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

Lo anterior, es especialmente necesario tratándose de licitaciones en las que potencialmente participarán oferentes que tengan la calidad de UTP, más aún considerando que en tal evento dichos oferentes presentarán conjuntamente con sus ofertas antecedentes provenientes de uno o más integrantes de la respectiva UTP. Dicha circunstancia generará eventualmente situaciones confusas, las que necesariamente deberán ser resueltas por la vía de solicitudes de documentos o aclaraciones a la oferta.

En todo caso, se advierte que tratándose de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, si el documento omitido en la oferta es aquel en que se contiene el acuerdo para la creación de la UTP, tal omisión no podrá ser subsanada por las vías expuestas en el párrafo anterior, ya que a este respecto el artículo 181 del Reglamento preceptúa en forma explícita que dicho documento debe adjuntarse “al momento de ofertar”.

Por otro lado, la Municipalidad o la Comisión Evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

Para lo anterior se concederá un plazo de 48 horas, que se contarán desde la publicación del requerimiento en el Portal www.mercadopublico.cl. La presentación de los antecedentes presentados en la forma señalada, será considerada por la Comisión Evaluadora al momento de la Evaluación de las ofertas, asignando menor puntaje, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos”. El oferente que no presente finalmente los documentos requeridos para su evaluación, se le procederá a calificar con 0% en el criterio respectivo. Se exceptúa de esta opción la entrega de los “Anexos Económicos”, solicitados en el punto 6.2 “Anexos Económicos”, los cuales deberán ser ingresados hasta antes de la hora de cierre de ofertas y en caso contrario la oferta será declarada inadmisible.

 

Del mismo modo, la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes la presentación de antecedentes que permitan corroborar la exactitud y veracidad de la información contenida en algunos de los documentos que componen las ofertas. Dicha solicitud deberá ser fundada y atendida por el respectivo proponente, dentro de las 48 horas siguientes, en que haya sido formulada en el Portal Mercado Público.

La Municipalidad se reserva en todo caso el derecho para rechazar todas las ofertas o aceptar cualquiera de ellas, aunque no sea la más baja, cuando ello resulte conveniente a los intereses municipales. Cabe señalar que cualquier decisión deberá ser fundamentada técnicamente.

En el caso de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), esta deberá informar en forma inmediata, sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar, además, en forma inmediata si producto de este retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta. Cabe recordar que, luego del retiro de alguno de sus integrantes, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes.

Cabe señalar que, una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.

Si durante la evaluación de las ofertas, se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de Declaración de Inadmisibilidad de la propuesta.

Con todo, no podrán adjudicarse ofertas que no superen una ponderación total del 50% de los Criterios de Evaluación, lo cual se considerará una causal para ser declarada desierta la licitación

Los oferentes cuyas propuestas no fueron aceptadas, no tendrán derecho a indemnización alguna.

De conformidad con lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, se prohíbe toda comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, una vez iniciado éste, así como entre eventuales interesados o participantes y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que intervengan en el proceso de adjudicación, cualquiera sea su calidad jurídica, en materias que se refieran directa o indirectamente a dicho proceso.

Lo anterior, salvo que dichas comunicaciones se realicen a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, y en la forma establecida en las Bases de Licitación, garantizando así la participación y la igualdad de los oferentes.

En caso de no cumplirse con la fecha establecida para la adjudicación de la presente Licitación, se publicará una nueva fecha en el portal Mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

Pacto de integridad

f)     Declaración de Programa de Integridad y Ética Empresarial” (Formulario 4).
Mediante este formulario, el oferente deberá acreditar obligatoriamente la existencia en su empresa de un Programa de Integridad y Ética Empresarial, el cual debe ser conocido y aplicado efectivamente por su personal, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Supremo N° 661, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. Para estos efectos, el oferente deberá adjuntar verificadores suficientes que acrediten dicha difusión y aplicación.

En caso de contar con un Programa de Integridad, el oferente deberá acompañar copia íntegra del mismo junto a los antecedentes de su oferta, y acreditar su difusión interna mediante correo electrónico masivo, comunicado interno publicado en la página web, incorporación en su Reglamento Interno, u otro medio idóneo, que permita verificar objetivamente que dicho programa es conocido por su personal.

Para los efectos de estas Bases, se entenderá por Programa de Integridad cualquier sistema de gestión destinado a prevenir y, en su caso, identificar y sancionar infracciones a leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos, promoviendo una cultura de cumplimiento normativo al interior de la organización.

La presentación del Formulario 4 constituye un requisito esencial para la evaluación de este criterio. En consecuencia, si el Formulario 4 no se presenta conjuntamente con la oferta, o bien no contiene todos los datos requeridos o no se encuentra debidamente firmado, se entenderá, para todos los efectos de la evaluación, que el oferente no cuenta con un Programa de Integridad y Ética Empresarial. Del mismo modo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa cuando así lo declare expresamente o cuando no acompañe copia del Programa de Integridad y Ética Empresarial junto a su difusión interna.

Tratándose de oferentes personas naturales, este criterio será evaluado asignándose el puntaje correspondiente únicamente si acreditan haber cursado capacitaciones, diplomados o cursos en materias de compliance o integridad, mediante documentos fidedignos tales como certificados u otros antecedentes equivalentes. Solo se otorgará puntaje a aquellas oferentes personas naturales que acrediten el cumplimiento íntegro de estas condiciones.

Finalmente, cuando la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), la exigencia antes señalada resulta plenamente aplicable a cada uno de los integrantes que la conforman, debiendo todos ellos cumplir individualmente con la presentación válida de la Declaración de Programa de Integridad y Ética Empresarial (Formulario 4), en los términos y condiciones establecidos en las presentes Bases.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.